Este documento resume las características y fuentes principales del derecho mercantil. Se describe como un derecho consuetudinario y progresivo que se basa en la ley, la costumbre y la jurisprudencia. Explica que los actos de comercio son aquellos con carácter mercantil según su propia naturaleza e independientemente de la persona, y provee algunos ejemplos de estos actos según el Código de Comercio. Finalmente, resume las clasificaciones de los actos de comercio según las partes involuc
3. Características
•Es un Derecho profesional, creado y desarrollado para resolver los conflictos y la actividad propia de los empresarios.
•Relacionado con lo anterior, es un Derecho consuetudinario ya que, a pesar de estar codificado, se basa en la tradición, en la costumbre de los comerciantes en el ejercicio de su profesión.
•Es un Derecho progresivo. Al mismo tiempo que evolucionan las condiciones sociales y económicas el Derecho mercantil ha de ir actualizándose.
•Es un Derecho global o internacionalizado; las relaciones económicas cada vez son más internacionales por lo que este Derecho ha tenido que hacerlo también, para lo cual diversos organismos trabajan en su normativización y armonización internacional.
4. Fuentes
•La ley: el Derecho Mercantil es Derecho Positivo, ergo se regula con disposiciones de carácter normativo (leyes, reales decretos, reales decreto legislativos, etc.).
•La costumbre: es la repetición constante y uniforme de actos obedeciendo a las convicciones jurídicas que consisten en la certeza de que ellos pueden ser objeto de una sanción legal o judicial.
•La jurisprudencia: Es una interpretación de la ley y es realizada por los órganos jurisdiccionales.
5. Autonomía
•Se dice que el Derecho Mercantil es autónomo en virtud de que no depende de ninguna otra disciplina jurídica para existir, tiene su propio sistema normativo, dispone de su propia jurisprudencia y de su doctrina.
6. Actos de Comercio
•Son aquellos que tienen carácter mercantil por su propia índole e independientemente de la persona que los realice.
7. •Estos actos están enumerados por nuestro legislador en una larga lista en el Art. 2º del C.Co.
•“Artículo 2. Son actos de comercio, ya de parte de todos los contratantes, ya de parte de algunos de ellos solamente:
•La compra, permuta o arrendamiento de cosas muebles hecha con ánimo de revenderlas, permutarlas, arrendarlas o subarrendarlas en la misma forma o en otra distinta; y la reventa, permuta o arrendamiento de estas mismas cosas.
•La compra o permuta de Deuda Pública u otros títulos de crédito que circulen en el comercio, hecha con el ánimo de revenderlos o permutarlos; y la reventa o permuta de los mismos títulos.
8. •La compra y la venta de un establecimiento de comercio y de las acciones de las cuotas de una sociedad mercantil. La comisión y el mandato comercial. Las empresas de fábricas o de construcciones.
•La comisión y el mandato comercial.
•Las empresas de fábricas o de construcciones.
•Entre otos
9. Clasificación de los Actos de Comercio
•Los Actos de Comercio se clasifican de acuerdo a lo que determina el artículo 2 del Código de Comercio, a la cualidad de las partes intervinientes y a la naturaleza del acto en sí mismo en Actos de Comercio Objetivos, Subjetivos y Mixtos. También se admite una clasificación en base al número de partes que se obligan en el acto de comercio, en Unilaterales y Bilaterales, o según coexista la dualidad de la naturaleza civil y mercantil, o prive la mercantil solamente.