3. ¿QUÉ ES EL RUC?
Es el registro informático a cargo de la SUNAT donde se encuentran inscritos los
contribuyentes de todo el país.
Nombre, denominación o razón social, el domicilio fiscal, la actividad
económica principal y las secundarias de cada contribuyente, la relación de
tributos afectos, teléfonos, correo electrónico, la fecha de inicio de actividades
y los responsables del cumplimiento de obligaciones tributarias.
Número de 11 dígitos es de carácter único y permanente y debe utilizarse en
todo trámite que se realiza ante la SUNAT.
4. OBLIGADOS
• Todas las personas naturales y jurídicas, sucesiones
indivisas y sociedades conyugales, sociedades de hecho u
otros entes colectivos que adquieran la condición de
contribuyentes y/o responsables de tributos administrados
y/o recaudados por la SUNAT.
• Sujetos que soliciten la devolución del Impuesto General a
las Ventas y/o el Impuesto de Promoción Municipal al
amparo de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 783.
• Los sujetos que se acojan a los regímenes aduaneros o a los
destinos aduaneros especiales.
5. PERSONA NATURAL, SOCIEDAD
CONYUGAL Y SUCESIÓN INDIVISA
• 1. A través de Internet (Pre - inscripción)
• 2. En forma presencial
Podrá realizar su inscripción en cualquier Centro
de Servicios al Contribuyente cercano a su
domicilio fiscal, debiendo presentar en original y
copia los siguientes documentos:
6. PERSONAS JURÍDICAS Y OTRAS
ENTIDADES
• En forma presencial, el representante legal de
la persona jurídica u otras entidades, deberá
acudir a cualquier Centro de Servicios al
Contribuyente cercano a su domicilio fiscal y
deberá exhibir el original y presentar
fotocopia de los siguientes documentos:
6
7. 7
PERSONA NATURAL PERSONA JURÍDICA
El Titular
1. Exhibir el DNI y presentar 2 copias.
2. Exhibir algún documento establecido TUPA, que
permita identificar el domicilio fiscal.
El Titular
1. Exhibir el DNI y presentar 2 copias.
2. Exhibir algún documento establecido TUPA, que
permita identificar el domicilio fiscal.
3. Exhibir Copia Literal y copia (F/Ant < 30 días)
Tercero
1. Presentar copia DNI (Titular).
2. Exhibir algún documento establecido TUPA, que
permita identifica el domicilio fiscal.
3. Carta poder con firma legalizada notarialmente
(Expresa).
4. Formulario físico 2119 (firmado por el titular).
5. Exhibir el DNI y presentar 2 copias (tercero).
Tercero
1. Presentar copia DNI (Titular).
2. Exhibir algún documento establecido TUPA, que
permita identificar el domicilio fiscal.
3. Exhibir Copia Literal y copia (F/Ant < 30 días)
4. Carta poder con firma legalizada notarialmente
(Expresa)
5. Formulario físico 2119 (firmado por el
titular,/representante legal)
6. Formulario físico 2054 y Anexo (firmado por el
titular,/representante legal)
7. Formulario físico 2046 (firmado por el
titular,/representante legal)
8. Exhibir el DNI y presentar 2 copias (tercero)
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL
RUC
8. RENTA
Artículo 1° de la Ley del Impuesto a la
Renta
a) Las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la
aplicación conjunta de ambos factores, entendiéndose como
tales aquellas que provengan de una fuente durable y
susceptible de generar ingresos periódicos.
b) Las ganancias de capital.
c) Otros ingresos que provengan de terceros , establecidos por
ley.
9. Comprende las rentas obtenidas por personas naturales; sucesiones indivisas,
sociedades conyugales; las que se clasifican como rentas de capital:
• Rentas de primera categoría: Por el arrendamiento y subarrendamiento de
predios (casas y terrenos) y alquiler de bienes muebles, incluida la cesión
gratuita de tales bienes.
• Rentas de Segunda categoría: Proveniente de intereses, regalías,
dividendos, ganancias de capital por venta de inmuebles adquiridos a partir
del 01 de enero 2004, ganancias por venta o enajenación de valores
mobiliarios (acciones, bonos).
RENTAS DE CAPITAL
10. RENTAS DE TRABAJO
RENTA DE 4TA CATEGORIA:
Trabajo Independiente
• Son las obtenidas por: el ejercicio individual de
cualquier profesión, arte, ciencia, oficio o actividades.
como por ejemplo: contador, médico, dentista, gasfitero,
entre otros, las que generan rentas consideradas como
Rentas de Cuarta Categoría del Impuesto a la Renta y
por las cuales se deben emitir recibos por honorarios.
• También se incluyen en esta categoría a los ingresos
percibidos por el ejercicio de otros cargos como director,
regidor, consejero regional, síndico, albacea en los
cuales no se emiten recibos por honorarios.
10
11. RENTAS DE TRABAJO
RENTA DE 5TA CATEGORIA:
Trabajo dependiente
• Son las obtenidas por concepto de:
El trabajo prestado en relación de
dependencia, incluidos cargos públicos,
electivos o no como sueldos salarios primas,
dietas, comisiones, etc.
11
12. Comprenden las Rentas de Tercera Categoría del
Impuesto a la Renta. Para este tipo de actividades, existen
los siguientes regímenes:
• i. Nuevo Régimen Único Simplificado – Nuevo RUS
(sólo para personas naturales y sucesiones indivisas
domiciliadas en el país)
• ii. Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER.
• iii. Régimen General del Impuesto a la Renta.
12
RENTAS EMPRESARIALES
(NEGOCIOS)
16. Personas NO comprendidas
Cuando ...
Ventas Activos Compras
3.1)
Artículo 4° del D. Leg. N° 967 y el D. S. N° 077-2007-EF.
2 o más UE
17. Personas NO comprendidas
Realicen la siguientes actividades :
3.2)
Transp. de carga
Notarios,
martilleros, .....
Org. Espectaculos
públicos
Artículo 4° del D. Leg. N° 967 y el D. S. N° 077-2007-EF.
Transp. de pasajeros Comercio exterior
Casinos y
Tragamonedas
18. Personas NO comprendidas
Artículo 4° del D. Leg. N° 967
Venta de
inmuebles
Terminales de
almacenamiento
Venta de
Combustible
Agencias
de viaje....
Tampoco podrán acogerse quienes realicen las siguientes actividades:
Consignación Op. gravadas
con el ISC
Op. afectas
al IVAP
19. Comprobantes de pago a emitir
Artículo 16° del D. Leg. N° 937 y la R.S. N° 143-2007/SUNAT
FACTURA LIQ. DE COMPRA
GUIA DE REMISIÓN BOLETA DE VENTATICKET
20. Comprobantes de pago a exigir
Artículo 17° del D. Leg. N° 937
FACTURA TICKET REC. x HONORARIOS
BOLETA DE VENTAGUIA DE REMISIÓN
22. OTRAS OBLIGACIONES
Artículo 20°,21 y 22 del D. Leg. N° 937
Libros y registros
contables
Exhibir en
lugar visible
Comprobantes
emitidos
Comprobantes que
sustenten adquisiciones
23. Categorización y cuota mensual
Artículo 7° y 8° del D. Leg. N° 967
Categorías
PARAMETROS
CUOTA
MENSUAL
(S/.)
Total ingresos Brutos
Mensuales (Hasta
S/.)
Total Adquisiciones
Mensuales (Hasta
S/.)
1 5,000 5,000 20
2 8,000 8,000 50
3 13,000 13,000 200
4 20,000 20,000 400
5 30,000 30,000 600
24. Forma de pago
Artículo 10° del D. Leg. N° 967
• Número de RUC
• Período tributario
• Indicar si es la primera vez que declara el período que
está pagando
• Total ingresos brutos
del mes
• Categoría
• Monto a compensar
por Percepciones de
IGV efectuadas.
• Importe a pagar
25. Cambio de Régimen obligado
Artículo 12° del D. Leg. N° 967
Supuestos previstos
en los numerales 3.1)
y 3.2) del artículo 3°
27. Sujetos Comprendidos
Artículo 117º del D.S. N° 179-2004-EF
Personas
naturales
Sociedades
conyugales
Sucesiones
indivisas
Personas
jurídicas
Comercio Industria Servicios
4
28. Sujetos NO Comprendidos
Artículo 118º - a) del D.S. N° 179-2004-EF / D.S.118-2008-EF Art. 118
Cuando ...
Ventas Activos Compras
a)
5
S/.525,00
0
S/.126,000 S/.525,00
0
29. Sujetos NO Comprendidos
Artículo 118º - b) del D.S. N° 179-2004-EF / D.S.118/2008-EF Art 118 inc. iv
Realiza la siguientes
actividades :
Casinos y
Tragamonedas
b)
Contratos de
construcción
Transp. De
carga
Notarios,
martilleros, .....
Org. Espectaculos
públicos
Venta de
inmuebles
Agencias
de viaje....
Terminales de
almacenamiento
Venta de
Combustible
6
Personal no > a 10
30. Sujetos NO Comprendidos
Artículo 118º - b) del D.S. N° 179-2004-EF
Médicos y
odontólogos Veterinarios
Actividades
jurídicas
Actividades
de contabilidad
Arquitectura
e ingeniería
Informática
y conexas
Asesoramiento
empresarial
Además las que realicen la siguientes actividades (CIIU):
7
32. Acogimiento
Artículo 119º del D.S. N° 179-2004-EF /D.S.118-2008-EF Art.124-A
Al inicio de actividades
Por cambio de régimen
DDJJ y Pago Cronograma
8
36. CONCEPTO
Impuesto que grava las utilidades: diferencia
entre ingresos y gastos aceptados.
Fuente generadora de renta: Capital y
Trabajo.
Tiene que sustentar sus gastos.
Realiza pagos a cuenta mensuales por el
Impuesto a la Renta.
Presenta Declaración Anual
37. ¿QUIÉNES PUEDEN ACOGERSE ?
Personas Naturales.
Sucesiones Indivisas.
Asociaciones de Hecho de Profesionales.
Personas Jurídicas.
Sociedades irregulares.
Contratos asociativos que lleven contabilidad
independiente.
38. ACTIVIDADES COMPRENDIDAS
Cualquier tipo de actividad económica y/o
explotación comercial.
Prestación de servicios.
Contratos de construcción.
Notarios.
Agentes mediadores de comercio,
rematadores y martilleros.
39. COMPROBANTES DE PAGO Y OTROS
DOCUMENTOS QUE PUEDEN EMITIR
Facturas
Boletas de venta
Tickets
Liquidación de compra
Notas de crédito
Notas de débito
Guías de remisión remitente
Guías de remisión transportista
40. TRIBUTOS AFECTOS
I.G.V.:
18 % del valor de venta, con deducción del
crédito fiscal.
Impuesto a la Renta:
28% sobre la renta neta
41. ¿CÓMO SE CALCULA EL IGV?
VENTAS COMPRAS
Valor de venta (+) Valor de compra (+)
Imp.Gr.Ventas Imp. Gr. Compras
______________________________ __________________________________
Precio de Venta Precio de compra
42. PAGOS A CUENTA MENSUALES
Dos sistemas:
SISTEMA “A”: Coeficiente aplicado sobre
los Ingresos Netos de cada mes,
multiplicado por 0.9333
SISTEMA “B”: Dos por ciento (1.5%)
aplicado sobre los Ingresos Netos de cada
mes.