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Perito, Se define como sabio, práctico, experto, hábil, versado en una ciencia, arte u oficio. El diccionario
Larousse indica que es la persona autorizada legalmente para dar su opinión acerca de una materia
Perito Contable, Es un Contador Público Colegiado, que contando con la experiencia del caso y la especialización
en el área pericial, puede ser llamado para actuar como perito de oficio o de parte en un proceso arbitral,
administrativo, judicial, militar, con el objeto de esclarecer hechos que tiene relación con su profesión.
Perito Contable Judicial, Es el Contador Público Colegiado que reuniendo especiales condiciones científicas,
técnicas y de experiencia es nombrado por el administrador de justicia, en las diversas instancias y jurisdicciones,
para que lo asesore informándole sobre determinados asuntos litigiosos y/o controvertidos de naturaleza contable
y financiera.
Condiciones. El Perito Contable debe reunir una serie de condiciones inherentes a su especialidad pudiendo
citarse las siguientes:
Idoneidad.- Capacidad técnico – científica dentro de la especialidad y poseer la necesaria “ cultura jurídica”
relacionada con el ámbito de la especialidad que le permita cumplir con cualquier encargo dentro de los distintos
fueros judiciales .
Cualidad Investigatoria.- Debe poseer esta cualidad que le permita conocer una serie de campos ajenos a la
contabilidad, empleando la lógica aplicada y su experiencia profesional.
Respeto a las Normas Éticas y Reglamentarias. Es condición especial que la conciencia del perito Contable este
plenamente condicionada para el respeto a todas las normas éticas, jurídicas y reglamentarias de la especialidad.
Solidaridad Profesional.- La condición de Perito Contable exige algo mas que el simple compromiso moral, debe
exigirse la solidaridad contemplada en las normas internas del Colegio de Contadores Públicos de Lima.
Pericia Contable, Es la labor de investigación desarrollada por un Contador Público Colegiado en un proceso
judicial, contando con la información del expediente judicial, los libros y registros de contabilidad y la información de
las partes y de terceros y realizando la aplicación de métodos y procedimientos que le permiten esclarecer los
hechos puestos a su consideración.
Peritaje Contable, Es el documento que el Perito presenta como resultado de su labor, el cual contiene una
estructura aprobada en el XI Congreso de Contadores Públicos del Perú, se le conoce también como informe
pericial o prueba pericial o informe contable judicial.

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  • 1. Perito, Se define como sabio, práctico, experto, hábil, versado en una ciencia, arte u oficio. El diccionario Larousse indica que es la persona autorizada legalmente para dar su opinión acerca de una materia Perito Contable, Es un Contador Público Colegiado, que contando con la experiencia del caso y la especialización en el área pericial, puede ser llamado para actuar como perito de oficio o de parte en un proceso arbitral, administrativo, judicial, militar, con el objeto de esclarecer hechos que tiene relación con su profesión. Perito Contable Judicial, Es el Contador Público Colegiado que reuniendo especiales condiciones científicas, técnicas y de experiencia es nombrado por el administrador de justicia, en las diversas instancias y jurisdicciones, para que lo asesore informándole sobre determinados asuntos litigiosos y/o controvertidos de naturaleza contable y financiera. Condiciones. El Perito Contable debe reunir una serie de condiciones inherentes a su especialidad pudiendo citarse las siguientes: Idoneidad.- Capacidad técnico – científica dentro de la especialidad y poseer la necesaria “ cultura jurídica” relacionada con el ámbito de la especialidad que le permita cumplir con cualquier encargo dentro de los distintos fueros judiciales . Cualidad Investigatoria.- Debe poseer esta cualidad que le permita conocer una serie de campos ajenos a la contabilidad, empleando la lógica aplicada y su experiencia profesional. Respeto a las Normas Éticas y Reglamentarias. Es condición especial que la conciencia del perito Contable este plenamente condicionada para el respeto a todas las normas éticas, jurídicas y reglamentarias de la especialidad. Solidaridad Profesional.- La condición de Perito Contable exige algo mas que el simple compromiso moral, debe exigirse la solidaridad contemplada en las normas internas del Colegio de Contadores Públicos de Lima. Pericia Contable, Es la labor de investigación desarrollada por un Contador Público Colegiado en un proceso judicial, contando con la información del expediente judicial, los libros y registros de contabilidad y la información de las partes y de terceros y realizando la aplicación de métodos y procedimientos que le permiten esclarecer los hechos puestos a su consideración. Peritaje Contable, Es el documento que el Perito presenta como resultado de su labor, el cual contiene una estructura aprobada en el XI Congreso de Contadores Públicos del Perú, se le conoce también como informe pericial o prueba pericial o informe contable judicial.