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PRESENTACIÓN
La Institución Educativa N°16004 es una comunidad de aprendizaje, en cuyo
espacio este documento normativo de orden técnico administrativo, establece nuestra línea
axiológica como integrantes de esta institución. Aquí están instaurados los objetivos que se
esperan lograr, los deberes, derechos, estímulos y sanciones para el personal que labora,
para los estudiantes y los padres de familia; Así mismo, se contempla las funciones generales
del equipo directivo de acuerdo a las áreas de gestión como: los criterios de administración,
organización del personal y manejo de los recursos; el desarrollo de las actividades
académicas y administrativas; las relaciones con la Asociación de Padres de Familia,
Asociación de Ex-Alumnos, la comunidad, entre otros, a fin de garantizar la calidad de la
educación a través de la mejora de las condiciones para los aprendizajes y el desarrollo de la
profesionalidad docente a partir del acompañamiento sistemático.
Nuestra comunidad educativa está conformada por los estudiantes, padres de
familia, profesores, directivos, administrativos, ex alumnos y miembros de la
comunidad local. Representados en el Consejo Educativo Institucional quienes participan en la
formulación y ejecución del Proyecto Educativo y en lo que de acuerdo a ley les corresponda.
La participación de los integrantes de la comunidad educativa se realiza mediante formas
democráticas de asociación, a través de la elección libre, universal y secreta de sus
representantes.
Siendo este un documento normativo, todo el personal directivo, docente,
administrativo, estudiantes y padres de familia están en la obligación a cumplirlo de acuerdo a
sus funciones y/o atribuciones establecidas. El documento consta de 9 capítulos, 10 títulos, 33
sub títulos y 133 artículos, además de disposiciones finales y transitorias.
EQUIPO DIRECTIVO
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CAPÍTULO I
TÍTULO I: INFORMACIÓN GENERAL
Art. 1º DATOS GENERALES:
1.1. Institución INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 16004
1.2. Ubicación Distrito de Jaén, Provincia de Jaén, Región Cajamarca
1.3. Código Modular 0263376
1.4. Código de Local 120309
1.5. Resolución de Creación R. M. Nº 3139
1.6. Dirección Micaela Bastidas N°241
1.7. Teléfono 076- 432770
1.8. Servicio Educativo Educación Básica Regular: Primaria
1.9. Total de docentes 38 docentes
1.10. Población Escolar 1022
1.11. Número de secciones 32
1.12. Número de Aulas 16
1.13. Horarios
MAÑANA 7:45 a.m. a 12:45 p.m.
TARDE de 13:30p.-m a 18:30 p.m.
1.14. Área total de terreno 1583.17 M2
1.15. Sitio web http://estamoscreciendounidos.blogspot.pe/
Art. 2º BASE LEGAL
- Constitución Política del Perú de 1993.
- Ley General de Educación Nro. 28044 y su Reglamento.
- Ley No. 29944. Ley de la Reforma Magisterial y su Reglamento.
- D.S.Nro.007 – 2001 –ED. normas para la gestión educativa y desarrollo de
actividades del centro y programas educativos.
- Ley No. 28628 que regula la participación de los padres de familia en las IIEE y
su respectivo Reglamento.
- DS. Nro.276, ley de Bases de la Carrera Administrativa y su Reglamento DS Nro.
005-90 PCM.
- Ley General de Procedimiento Administrativo Nro. 27444.
- DS Nro. 050-82-ED Reglamento de Supervisión Educativa.
- RM.0571-94.ED. Reglamento de control de asistencia y permanencia del
Personal del Ministerio de Educación.
- Resolución Ministerial N° 556-2014 “Normas y orientaciones para el desarrollo
del año escolar 2015.
- Proyecto Educativo Institucional del plantel.
Art. 3º ALCANCES:
• Personal directivo
• Personal administrativo.
• Personal docente.
• Personal auxiliar de educación
• Estudiantes.
• Padres, madres y apoderados.
CAPITULO II
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TÍTULO II: DE LA CREACION, FINES, OBJETIVOS, Y ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCION
EDUCATIVA
SUBTÍTULO I: CREACIÓN
Art. 4° La autorización y creación de la Institución Educativa del Nivel Primario N°16004, fue dada por
R. M. Nº 3139 del 17 de junio del año 1964. La actual infraestructura educativa está ubicada en la calle
Micaela Bastidas N°241 en la que se atiende a cerca de mil cien estudiantes en 32 secciones.
SUBTÍTULO II: FINES
Art. 5° Son fines de la Educación Peruana:
a. Formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva,
física, espiritual y religiosa; promoviendo la formación y consolidación de su identidad y
autoestima, su integración adecuada y crítica a la sociedad; para el ejercicio de su ciudadanía en
armonía con su entorno; así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular
su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el
conocimiento.
b. Contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y
forjada de una cultura de paz, que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad
cultural, étnica y lingüística; supere e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la
integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado.
SUBTÍTULO III: OBJETIVOS GENERALES COMO INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
Art. 6° Objetivos en el área institucional
a. Establecer alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas de la localidad, para una
gestión eficiente, concertada a fin de optimizar el desarrollo interinstitucional local y regional.
b. Proponer a organismos gubernamentales y no gubernamentales proyectos para el mejoramiento
de la calidad del servicio educativo en materia pedagógica, infraestructura y equipamiento.
c. Difundir nuestras propuestas pedagógicas y nuestros logros a través de las redes sociales.
d. Desarrollar un modelo de gestión democrática y participativa en donde los miembros de la
comunidad educativa, con sus propuestas, promuevan el crecimiento institucional.
e. Establecer con claridad los deberes, derechos, sanciones y estímulos de todos los
trabajadores, de los estudiantes y padres de familia.
f. Organizar a los estudiantes para participar en actividades curriculares y extracurriculares a fin de
promover la responsabilidad, compromiso, y conciencia de su rol en la institución educativa.
g. Diseñar y desarrollar un plan de tutoría que permita el desarrollo de habilidades sociales y
garantice la formación integral del educando.
h. Proyectarse a la comunidad para promover el desarrollo de la educación social, cultural,
preservación y mejoramiento de la calidad de vida y el cuidado del medio ambiente.
i. Regular las relaciones personales entre todos los miembros de la Comunidad Educativa:
profesores, estudiantes, padres de familia y personal no docente a fin de no alterar el clima
institucional.
Art. 7° Objetivos en el área pedagógica
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a. Diseñar un modelo pedagógico de reflexión acción que promueva la mejora continua de la
práctica docente y la participación de los padres de familia.
b. Diversificar, implementar, desarrollar y evaluar la propuesta curricular en base a los principios
educativos de la educación intercultural.
c. Insertar software educativo en las diferentes actividades pedagógicas.
d. Establecer, implementar, desarrollar y evaluar el plan de formación continua para elevar el nivel
de competencia profesional de los docentes y directivos de la institución educativa.
Art. 8° En el área administrativa
a. Normar el sistema de monitoreo al cumplimiento de las actividades de cada uno de los
estamentos de la Institución Educativa a fin de brindar un adecuado servicio educativo en
concordancia con las normas provenientes del Sector Educación.
b. Ordenar el funcionamiento de la I.E. para alcanzar el mayor rendimiento educativo posible.
c. Utilizar software para viabilizar los procesos administrativos relacionados con el manejo de la
base de datos de los padres de familia, estudiantes, profesores y personal administrativo.
d. Implementar la página web de la institución educativa con distintos servicios.
e. Establecer un sistema de vigilancia y de seguridad interno y externo en la institución educativa.
CAPÍTULO III
TÍTULO III: DE LAS FUNCIONES GENERALES SEGÚN ÁREAS DE GESTIÓN Y/O EQUIPOS DE
TRABAJO
SUBTÍTULO IV: GESTIÓN INSTITUCIONAL:
Art.9° El Director es el responsable de asegurar el normal desarrollo de las acciones técnico-
pedagógicas y administrativas de la Institución Educativa, y de garantizar y promover el respeto
a las propuestas educativas asumidas democráticamente.
Art.10° La Dirección es responsable de promover la elaboración participativa y la aprobación de la
Estructura Orgánica Institucional, el Reglamento Interno, el Proyecto Educativo y Curricular, el
Plan Anual de Trabajo así como el respectivo Presupuesto Anual de la institución.
Art.11° La Asociación de Padres de Familia elaborará su plan operativo que concuerde con el Plan
Anual de la institución educativa y será aprobado por la Dirección.
Art.12° El Plan de Trabajo Anual de la Institución Educativa, tendrá como objeto presentar el
diagnóstico en relación a los ocho compromisos de gestión asumidos para el año escolar, los
objetivos y metas planteadas y las diversas actividades que realizaremos con el fin de
optimizar la calidad del servicio que brindamos para la mejora de los aprendizajes de nuestros
estudiantes entre el primero de marzo al 31 de diciembre.
Art.13° La Dirección es responsable de formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual
con la participación del personal docente y la colaboración de la Asociación de Padres de
Familia y alumnos según sus capacidades.
SUBTÍTULO V: GESTIÓN ADMINISTRATIVA
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Art. 14° Estructura orgánica institucional
Art.15° Detalle de la organización institucional. La Institución educativa cuenta con la siguiente
estructura orgánica:
a. Órgano de Dirección (Equipo directivo)
- Director
- Sub Director
b. Órgano Consultivo y de participación:
- Consejo Educativo Institucional (CONEI)
- Asociación de Padres de Familia
- Consejo de vigilancia
- Comités de Aula
- Asociación de ex estudiantes.
c. Órgano de Ejecución
- Consejo académico (Equipo de coordinadores de grado)
- Personal Docente: Con aula a cargo, docentes de educación física y docentes del CRT.
- Comisiones de Trabajo.
d. Organización escolar
- Consejo Estudiantil
- Policía escolar
e. Órgano de Apoyo
- Personal Administrativo
- Personal de Servicio
Art. 16° De la matrícula y ratificación.
a. La ratificación de la matrícula en la Institución Educativa es responsabilidad del Director y se
llevará a cabo, siguiendo las directivas del Ministerio de Educación.
b. Para el ingreso al primer grado, los estudiantes tendrán un proceso de valoración de sus
aprendizajes logrados en el nivel inicial y una evaluación psicológica para comprobar situaciones
que favorezcan su escolaridad. Además, entrevista a los padres de familia a fin de determinar su
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nivel de compromiso y de responsabilidad con la educación del estudiante aspirante al primer
grado. En dicho proceso, la Dirección considera las siguientes prioridades para otorgar la
vacante:
- Padres de familia de la institución cuyos hijos aún cursan un grado o nivel educativo.
- Ex alumnos de la institución.
- Padres de familia del sector de influencia de la institución y otros casos que la Dirección
considere pertinente.
c. El Equipo Directivo determinará el porcentaje de padres de familia que alcanzarán vacante,
según los criterios establecidos.
d. Para acceder a una nueva vacante, los padres de familia, tendrán que demostrar
responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes y además, sus hijos deben alcanzar el
puntaje mínimo aprobatorio en la valoración de sus aprendizajes, caso contrario, ya no tienen
acceso a una nueva vacante.
e. La matrícula, su ratificación o traslado será efectuado por el Padre de Familia o apoderado. Sólo
podrá efectuar el traslado quien hizo la matrícula previa presentación del DNI.
Art.17° De los recursos propios:
a. La Dirección, junto a una comisión elegida en asamblea de los trabajadores de la I.E. se
encargará de la administración de los recursos propios de la Institución Educativa de acuerdo a
las normas establecidas.
b. Los ingresos propios que genere la institución educativa se destinarán, preferentemente, a
financiar actividades que favorezcan los aprendizajes de los estudiantes o la mejora de los
desempeños docentes. Además, pueden orientarse a financiar otras actividades consideradas
en el Proyecto Educativo Institucional y/o Plan de Trabajo Anual.
SUBTÍTULO VI: DE LA GESTIÓN PEDAGÓGICA
Art.18° El Sub Director, asume las mismas funciones del Director en ausencia de éste, pero como
función específica, es el responsable ejecutivo para programar, orientar, coordinar, ejecutar y
supervisar las acciones técnico-pedagógicas en coordinación con el Director de la Institución
Educativa y en armonía con las características de los educandos y la realidad socio cultural de
la comunidad para el logro de los objetivos institucionales.
Art.19° El coordinador de grado, se encarga de promover en su equipo, el trabajo pedagógico de
manera cooperativa y asegura similitud en la planificación, aplicación de estrategias, uso de los
materiales educativos, manejo del tiempo, el clima del aula, los aspectos referidos a la
evaluación y las acciones ante los estudiantes con dificultades académicas. Así mismo, velará
por el cumplimiento de las acciones de tutoría y la mejora de la participación de los padres en
las jornadas y encuentros para asegurar acompañamiento familiar de mejor calidad en la
educación de los niños y niñas. Realiza sus funciones en coordinación con el Sub Director o el
Director de la Institución Educativa.
Art.20° El coordinador, junto a sus maestros deben realizar, validar y difundir estudios, proyectos y
experiencias innovadoras en la gestión pedagógica.
Art.21° El Sub Director y los diferentes coordinadores colaboran de manera directa en la formulación
del Plan Anual de Trabajo de la I.E.
Art.22° La programación curricular en Educación Primaria se realizará en equipos de trabajo, por
grados y ciclos teniendo en cuenta las orientaciones para la planificación emitidas por el
Ministerio de Educación. Cada docente es responsable de su aula.
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Art.23° La asignación de grados para los docentes se realizará de acuerdo a los criterios siguientes:
Resultados de la evaluación ECE, resultados del monitoreo y acompañamiento. Si los
resultados son positivos, los docentes permanecen en el grado o rotan en el ciclo, caso
contrario el equipo directivo dispone su ubicación previa coordinación con el docente.
Art.24° El mobiliario y equipamiento permanece en el aula. Por ningún motivo, habrá traslado de
mobiliario y/o equipos a otras aulas.
Art.25° Todas las reuniones de planificación, coordinación e información a los padres, así como las de
interaprendizaje se realizarán fuera del horario escolar sin afectar las horas efectivas de clase
y sin la presencia de estudiantes. Salvo en el caso de realizarse encuentros familiares.
Art.26° El equipo directivo realizará visitas de monitoreo y acompañamiento al docente en aula tres
veces al año, luego del cual se realizarán jornadas de inter aprendizaje institucional de acuerdo
a las dificultades encontradas. La asistencia del personal docente a estas jornadas es
obligatoria.
Art.27° La Sub Dirección y el equipo de coordinadores organizan reuniones periódicas a fin de
reajustar y evaluar las actividades previstas en la programación anual y unidades didácticas.
Art.28° El programa de recuperación y nivelación académica se realizará bajo las siguientes
condiciones:
- El coordinador del Programa de Reforzamiento y/o Nivelación Académica será elegido entre
los docentes en asamblea.
- El coordinador del PRA, se encargará de organizar el proceso de inscripción del programa
de recuperación y reforzamiento académico.
- Los docentes encargados del PRA serán elegidos por sorteo entre todos los que deseen.
No podrán participar quienes ejecutaron el PRA en el año anterior y los que tengan
resultados negativos en el monitoreo al aula.
- En caso de existir oferta laboral se hará un sorteo entre los que ya realizaron el PRA el año
anterior.
- La parte administrativa será asumida por los administrativos en forma rotativa; entre los que
se encuentren en uso de sus vacaciones.
- El PRA se realizará entre los meses de enero y febrero (ciclo de verano) y tendrá una
duración de acuerdo a lo que se establezca en el plan respectivo.
- Las responsabilidades del coordinador son:
• Monitorear y apoyar el proceso del curso de nivelación y recuperación académica.
• Elaboración de actas de subsanación y visado en la UGEL.
• Elaboración del plan de trabajo del PRA y Nivelación Académica.
- El equipo Directivo hará monitoreo al trabajo de los docentes del PRA de manera inopinada.
- La distribución de los montos recaudados serán de acuerdo a lo que se establece en las
directivas que el MINEDU para cada año escolar.
SUBTÍTULO VII: DE LA ORGANIZACIÓN Y LAS FUNCIONES DE LOS TRABAJO EDUCATIVO
Art.29°Comisión de Asuntos Sociales: (modificar nombre)
a. Promover actividades de orientación sobre ética y relaciones interpersonales para propiciar
un clima institucional de cordialidad y compromiso entre los Docentes.
b. Realizar encuentros de confraternidad que promuevan la unión y el compañerismo de la plana
docente administrativa y directivos.
c. Con autorización de la Dirección y CONEI, organizar actividades para la obtención de fondos
que permitan estimular a los trabajadores de la institución.
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d. Promover el apoyo económico, asistencia moral y espiritual en forma oportuna a los
trabajadores de la Institución que padezcan enfermedades terminales o de la pérdida de
familiares directos: padres, hijos o cónyuge(con quien tenga hijos y vivan juntos)
Art.30°Del comité de imagen institucional.
a. Propiciar la realización de eventos de carácter cultural y científico que favorezcan el mejor
desempeño laboral, en coordinación con la APAFA y el equipo directivo.
b. Participar en reuniones culturales, en representación del colegio, siempre y cuando sea
delegado por la Dirección.
c. Promover la realización de charlas y/o conversatorios sobre diversos temas de interés de la
comunidad educativa.
d. Difundir los hechos o actividades relevantes para conocimiento de la población, a través de
los medios de comunicación locales y redes sociales.
e. Propiciar la edición de la revista institucional con motivo de su aniversario.
f. Promover el cumplimiento de las fechas señaladas en el calendario cívico escolar, en
coordinación con la Dirección y los docentes responsables, a efectuarse de preferencia los
días lunes, durante las formaciones.
g. Preparar el directorio de la institución y autoridades locales y regionales que faciliten la
relación interinstitucional.
h. Crear, editar, revisar o actualizar: afiches, página web, trípticos, logos, insignias, otros antes
de su publicación o socialización.
Art.31°Del comité ambiental
a. Proteger el ambiente escolar a través de la adopción de normas y hábitos de comportamiento
saludable a través del trabajo cooperativo de todos los miembros de la comunidad educativa.
b. Participar en las reuniones que realice el equipo Directivo con el personal administrativo de
mantenimiento.
c. Contar con plan de actividades y establecer permanente coordinación con el facilitador del
CAE del Gobierno Regional de Cajamarca.
d. Planificar, organizar, ejecutar y evaluar actividades previstas en su plan de trabajo.
Art.32°Del comité de gestión de riesgos
a. Contar con el Plan correspondiente que permita cumplir las actividades previstas.
b. Realizar las señalizaciones respectivas en el local institucional.
c. Utilizar estrategias para recomendar a los estudiantes, personal docente y trabajadores
administrativos la adopción de actitudes adecuadas frente a los sucesos imprevisibles.
d. Ejecutar los simulacros que se encuentran establecidos en el DS.No.622-2013-ED, a fin de
promover medidas de prevención y disminuir sus efectos.
e. Mantener permanente coordinación con el responsable de PREVAED de la UGEL.
Art.33°Del comité de tutoría y defensoría escolar del niño y adolescente y tutorías.
a. Velar por la integridad física y psicológica de los estudiantes.
b. Coordinar acciones con instituciones afines cuando los derechos de los estudiantes se
encuentren amenazados.
c. Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los
niños y adolescentes.
d. Promover y fortalecer el desarrollo integral de los estudiantes a través de la tutoría responsable.
e. Coordinar, con el equipo directivo, acciones de diagnóstico de las situaciones psicosociales y
culturales de los estudiantes.
f. Promover y organizar capacitaciones tutoriales para docentes y padres de familia como la
escuela de padres.
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g. Actuar como mediador, ayudando a comprender y resolver la diversidad de situaciones
conflictivas dentro de la familia escolar.
Art.34° Del comité de cultura, deporte y recreación.
a. Fomentar en la I.E. la realización de proyectos educativos que desarrollen actividades culturales,
deportivas, artísticas y recreativas que contribuyan a garantizar la adquisición de valores y la
formación integral de los estudiantes.
b. Promover la participación activa, permanente y concertada de los estudiantes, docentes,
directivos y padres de familia en la promoción del deporte y del arte, de acuerdo a las directivas
nacionales de los juegos deportivos y los juegos florales escolares.
c. Asegurar que en toda actividad deportiva o artística, se vivencie la formación de valores
democráticos, el respeto, la disciplina y otros que contribuyan a la buena formación de los
estudiantes
d. Contribuir a la formación integral de las alumnas a través de actividades artísticas y deportivas,
organizadas mediante convenios de cooperación interinstitucional.
e. Promover la formación de talentos artísticos y deportivos, entre los alumnos y docentes a través
de clubes y/o talleres.
f. Asegurar el funcionamiento de la radio escolar.
g. Revisar planes y programas de actividades, salidas o visitas, que estén acordes con las normas
y que contribuyan la formación de los estudiantes y representación institucional, antes de la
aprobación por el equipo directivo.
Art.35° Los coordinadores de cada comité son los responsables de promover la participación activa de
los integrantes de su equipo en las acciones de planificación, ejecución y evaluación del plan
que les corresponde. El plan deberán presentarlo durante los primeros quince días de iniciado
el año escolar bajo responsabilidad.
Art.36° La asamblea de docentes puede conformar otros comités de acuerdo a las necesidades
institucionales.
CAPÍTULO IV
TÍTULO IV: DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN
SUB TÍTULO VIII: EL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
Art.37° Es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa
pública, que colabora con la promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética
y democrática, promoviendo el respeto a los principios de equidad, inclusión e interculturalidad
en las Instituciones Educativas Públicas.
Art.38° Es presidido por el Director de la I.E. e integrado por representantes del personal docente,
estudiantes, administrativos, ex alumnas y padres de familia, pudiendo ser integrado también
por otros representantes de Instituciones de la comunidad local, por acuerdo del Consejo.
Art.39° El Consejo Educativo Institucional, tendrá una vigencia de dos años para garantizar la
continuidad del plan de trabajo.
Art.40° Son funciones del Consejo Educativo Institucional:
a. Participar en la formulación y evaluación del PEI.
b. Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal
docente y administrativo de la Institución, de acuerdo con la normatividad específica que
emita el Ministerio de Educación.
c. Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de las estudiantes en la Institución
Educativa.
d. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad
y calidad en la Institución Educativa.
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e. Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos que, de
acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de
Familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el PAT.
f. Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de
aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y
administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido.
g. Propiciar la solución de conflictos que se susciten en ésta, priorizando soluciones
concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.
h. Opinar sobre los criterios de auto evaluación de la Institución Educativa y los indicadores
de desempeño laboral.
SUBTÍTULO IX: DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA.
Art.41° DE LOS DEBERES:
a. Los padres de familia son parte de la comunidad educativa de la institución y se constituyen en
asociación de acuerdo a la Ley. La Asociación de padres de familia es un organismo de apoyo y
de participación.
b. Los padres de familia al matricular a sus hijos/as se comprometen a participar activamente en las
actividades y tareas educativas encaminadas a lograr los objetivos educacionales. Caso
contrario no tendría acceso a una nueva matrícula.
c. Los padres de familia dejan y recogen sus hijos en el portón principal de la I.E. Salvo los niños
del primer grado, ellos pueden ser recogidos desde la puerta del aula durante el primer mes de
asistencia a la I.E.
d. Los padres de familia tienen la responsabilidad de colaborar con su trabajo y aporte económico
(cuota y/o actividades de la asociación) para la ampliación de la infraestructura, reposición de
mobiliario escolar, mantenimiento o gastos previstos en el Plan Anual de Trabajo.
e. Asistir de manera puntual a las reuniones y entrevistas fijadas por la Asociación de Padres de
Familia, por la Dirección o los Docentes. Al momento de asistir a las reuniones, deben presentar
la citación enviada por la Dirección o profesorado anotando sus datos para el control de su
asistencia, caso contrario no podrán ingresar a la reunión. Así mismo, está en la obligación de
permanecer en la reunión, si sale de ella sin motivo justificado, se considera inasistencia.
f. Elegir sus comités de aula, asesorados por los profesores tutores.
g. Dialogar con los tutores y profesores sobre cualquier problema o dificultad que surja en relación
con la educación de sus hijos, pero en el horario establecido. No podrán interponer quejas en
Dirección sin antes haber dialogado con el profesor de aula, salvo asuntos de extrema gravedad.
h. Garantizar la participación de sus hijos/as en todas las actividades que se programen y más aún
cuando tienen que representar a la I.E otorgando la autorización respectiva y justificando
oportunamente toda inasistencia o tardanza.
i. Garantizar el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos, apoyando y reforzando la
labor realizada en horario escolar y extraescolar. Además debe inculcar en sus hijos valores
morales y buenas costumbres, tratando de ser ejemplo de vida.
j. Colaborar a solicitud del docente en el desarrollo de las actividades programadas por éste en el
aula, para la adquisición y mejora de los aprendizajes.
Art.42° DE LOS DERECHOS:
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a. Ser informados oportuna y adecuadamente sobre el rendimiento académico, asistencia y
comportamiento de sus hijos.
b. Elegir y ser elegidos(as) para desempeñar diferentes funciones del Consejo Directivo de la
Asociación de Padres de Familia o de los Comités de Aula de acuerdo a la ley 28628.
c. Recibir información documentada y oportuna del movimiento económico de parte del Consejo
Directivo de la APAFA u órgano correspondiente.
d. Participar con voz y voto en todas las asambleas convocadas por la Dirección o Consejo
Directivo de la APAFA.
e. Ser convocado (a) con no menos de 48 horas de anticipación a reuniones del Comité de Aula o
asamblea de padres de familia, salvo situación de emergencia.
f. Recibir de manera trimestral, del o de la docente, el informe de los logros y dificultades de sus
hijos con el fin de coordinar la ayuda y estímulo que el estudiante necesita para la mejora de sus
aprendizajes.
Art.43° DE LAS PROHIBICIONES, ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES DE LOS PADRES DE
FAMILIA
A. PROHIBICIONES
a) Desprestigiar a la institución educativa sin contar con las pruebas necesarias.
b) Interrumpir las horas de clases ingresando directamente a los salones de clase, sin el
permiso respectivo del director, subdirector o personal autorizado de la institución.
c) Alterar el clima institucional denigrando la labor de sus directivos o docentes.
d) Hacer ingreso a la institución educativa en estado de ebriedad, en ropa deportiva o en
prendas muy cortas o escotadas.
e) Asistir a reuniones de padres de familia con sus hijos pese a que en la citación se indica
la no presencia de éstos.
f) Dejar basura en el patio y/o aulas después de las reuniones.
B. ESTÍMULOS: Los estímulos a los padres y madres de familia por su participación plena con
las actividades de la institución, colaboraciones, cuotas y compromiso en la formación
espiritual, cultural, social y cívica de sus hijos/as. Son:
a) Felicitación mediante resolución directoral.
b) Tener preferencia al solicitar vacante para un nuevo hijo.
c) Otros Incentivos que la Dirección y la directiva de APAFA lo establezcan en cada año
lectivo.
C. FALTAS
a. Los Padres y Apoderados, conscientes del derecho primario e irrenunciable de educar a
sus hijos, faltan a su deber al no participar en la tarea educativa de la institución.
b. No aceptar el presente reglamento en todos sus puntos y no comprometerse a cumplirlo.
c. No colaborar en la educación integral de sus hijos. Esto implica:
- Desinterés por el desarrollo escolar de su menor hijo-a.
- No asistir reiteradamente a las asambleas convocadas por la Dirección y/o la
Asociación de Padres de Familia (APAFA).
- No justificar personalmente los atrasos e inasistencia de sus hijos, así como el
constante incumplimiento de sus deberes escolares. En caso de enfermedad y que
requiera tratamiento prolongado se debe presentar el certificado médico.
- Incumplir con el pago de las diversas colaboraciones.
- No recoger las tarjetas de información y otros documentos de evaluación de sus
hijos/as, dentro de los plazos establecidos.
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- Desatender la buena presentación de sus hijos y despreocuparse de los útiles
necesarios para el buen desenvolvimiento en sus clases.
- No cumplir su papel de educadores en el hogar con el buen ejemplo, el diálogo, la
armonía entre sus miembros, y el interés por la educación cristiana de sus hijos.
- Negar la autorización a su hijo/a para que represente a la I.E. sabiendo que ha sido
seleccionado(a).
D. SANCIONES
a. Amonestación verbal.
b. Amonestación escrita.
c. No tendrán derecho a ocupar cargos en el consejo directivo de APAFA y Comités de
Aula.
d. Multa acordada por la asamblea general.
e. No tiene opción de solicitar nueva vacante.
SUB TÍTULO X: EL CONSEJO O MUNICIPIO ESCOLAR.
Art.44° Es el órgano de participación de los estudiantes en el Proyecto Educativo Institucional.
Participa en la gestión educativa, como un ente dinamizador de las relaciones entre
estudiantes, personal docente y padres de familia. Asimismo, participan en la planificación y
ejecución de actividades e intervienen en la toma de decisiones.
Art.45° Tiene como fines:
a. Canalizar las iniciativas de los estudiantes.
b. Propiciar la buena comunicación del alumnado con el equipo directivo y el cuerpo docente de la
IE.
c. Dar al estudiantado la oportunidad de desarrollar un liderazgo democrático a través de la
planificación y organización de actividades.
d. Sus integrantes son elegidos democráticamente al inicio de cada año escolar.
e. Los integrantes del Consejo Estudiantil cesan en sus cargos, por haber incurrido en falta grave
de conducta, tener 1 ó 2 cursos desaprobados y 3 ausencias injustificadas a las reuniones que el
Consejo convoque.
SUB TÍTULO XI: DE LA ASOCIACIÓN DE EX ESTUDIANTES DE LA IE.
Art.46° Es la organización que representa a sus Ex Estudiantes, a quienes les reconoce una
importante responsabilidad como colaboradores de la I.E.
Art.47° Son fines de la Asociación de Ex estudiantes, los siguientes:
a. Vincular de la mejor forma posible a los Ex estudiantes con la IE.
b. Propiciar entre los Ex estudiantes de todas las promociones la cooperación más amplia,
ayudándose mutuamente dentro de las esferas de su actividad.
c. Sostener vinculación constante con los Profesores de la IE, prestándoles la ayuda necesaria
para estimular la formación de los estudiantes en cualquier campo de acción aprobado por las
autoridades de la IE.
d. Promover actuaciones culturales, sociales, artísticas y deportivas entre los
estudiantes, alumnas y Ex estudiantes, procurando cooperar con ellas por lo menos con su
asistencia y la de sus familiares.
e. Contribuir a la organización de las sociedades promocionales, para estrechar los vínculos
entre ellas y la Asociación.
f. Colaborar en la solución de los problemas educacionales que pudieran presentarse en la IE,
para mantener su prestigio y contribuir a su progreso.
g. Colaborar o hacerse presente en las actividades de aniversario.
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Art.48° La Asociación de Ex Estudiantes contará con un Estatuto que será aprobado y reconocido por
la Dirección de la I.E.
SUB TÍTULO XII: COMITÉ DE PADRES DE FAMILIA DEL AULA.
Art.49° El comité de aula está constituido por los padres o apoderados de los estudiantes matriculados
en la IE.
Art.50° La primera semana de clases se convocará a la primera reunión del año escolar donde se
elegirán al presidente, secretario, tesorero y vocal del comité de aula de acuerdo al cronograma
establecido por el equipo directivo.
Art.51° El Director asiste obligatoriamente a las sesiones de la Asamblea General de los Comités de
Aula. En caso no pudiera asistir, designará como su representante, al Sub Director o a los
coordinadores de grado.
Art.52° Para postular al comité de aula o directiva de APAFA debe tenerse en cuenta la Ley N°28628
que regula la participación de los padres de familia en las Instituciones educativas.
Art.53° Todos los bienes que logren adquirir los comités de aula pasan a ser propiedad del aula de
acuerdo a ley. Por ningún motivo estos bienes pueden ser trasladados a otros ambientes.
CAPÍTULO V
TÍTULO V: DE LA JORNADA LABORAL
SUB TÍTULO XIII: CUMPLIMIENTO DE LA HORAS EFECTIVAS DE CLASE.
Art.54° La calendarización del año escolar es elaborada en la semana de planificación y será aprobada
la primera semana de iniciadas las clases del año siguiente. La calendarización debe contener
como mínimo mil cien horas efectivas de clases con los estudiantes y todos los trabajadores
asumirán el compromiso de cumplirlo bajo responsabilidad.
Art.55° Todos los servidores de la Institución Educativa están obligados a concurrir puntualmente a sus
labores y desempeñar el cargo en forma eficiente y permanente durante toda la jornada de
trabajo y de acuerdo al horario establecido para cada caso.
Art.56° El control de la asistencia se realizará a través de reloj digital. Mientras tanto se utilizará
soporte impreso.
Art.57° El horario de trabajo para el Director es de 7:20 am. a 1:20 pm y de 6:30 a 8:30 pm. y el
horario establecido para el Sub Director es de 12:30 am. a 8:30 pm con la finalidad de
establecer coordinaciones tanto al medio día como el finalizar la jornada.
Art.58° Los horarios establecidos para los estudiantes del turno de la mañana es de 7:45 am 12:45 pm
y para el turno de la tarde de 1:30pm a 6:30 pm. El ingreso a la institución educativa de los
estudiantes del turno de la tarde será a partir de la 1:20pm a fin de dar el tiempo necesario a
los trabajadores de servicio para que efectúen una adecuada limpieza de las aulas.
Art.59° El horario puede modificarse durante la semana de planificación del año anterior y aprobado en
la última asamblea general de padres de familia. La modificación procede siempre que se
atienda las necesidades de los estudiantes.
Art.60° Los docentes, atenderán en las horas de educación física a los padres de familia cuyos hijos
necesitan apoyo, caso contrario tendrán que realizar acciones de planificación o de apoyo al
docente de educación física en el control de los estudiantes.
Art.61° Los docentes evitará realizar conversaciones con sus compañeros, o realizar llamadas
telefónicas, imprimir o sacar copias en horas de clase abandonando a sus estudiantes.
Art.62° El local de la Institución Educativa, no puede ser utilizado como escenario de ventas de
ninguna clase (libros, separatas, ropa, colonias, perfumes, maquillaje, joyas, otros); por parte
de los alumnos y menos por parte del personal docente o administrativo.
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Art.63° Los docentes no pueden abandonar la institución para realizar gestiones personales durante
las horas de educación fisca, AIP o descanso, salvo emergencias médicas autorizadas por el
equipo directivo.
CAPITULO VI
TÍTULO VI: DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS TRABAJADORES
SUB TÍTULO XIV: DEL DIRECTOR
Art.64° Competencias del director de la institución:
b) Representar oficialmente a la I.E. y mantener relación con las diversas instancias del Ministerio
de Educación.
c) Participar en las reuniones de comité de aula, de la Asociación de Padres de Familia y de la
comunidad magisterial.
d) Ejercer el cargo con dedicación exclusiva, distribuyendo sus horas de labor en los dos turnos.
e) Velar por el prestigio de la Institución Educativa y el alto nivel formativo, académico y
disciplinario.
f) Promover la integración de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de
los ocho compromisos de gestión.
g) Convocar, coordinar y presidir las reuniones generales del profesorado, alumnos y padres de
familia.
h) Realizar las acciones de administración en conformidad con lo establecido en las normas
vigentes del Ministerio de Educación y el Reglamento interno de la Institución Educativa.
i) Promover la captación de recursos para implementar la organización y funcionamiento de la
Institución Educativa.
j) Autorizar paseos, visitas de estudio.
k) Organizar y distribuir racionalmente los recursos de la Institución Educativa.
l) Planificar, asesorar y coordinar la elaboración del plan general de la Institución Educativa cada
año lectivo.
m) Asesorar a la Asociación de Padres de Familia y promover su colaboración.
n) Velar por el cumplimiento de las disposiciones técnico-pedagógicas y administrativas
emanadas del Ministerio de Educación.
o) Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo. En caso de una
evaluación negativa sancionar al personal a su cargo según las normas vigentes.
p) Otorgar licencia. Cuando la licencia sea de treinta o más días seleccionar y designar al
personal docente titulado reemplazante.
q) Formular el presupuesto de la I.E. y velar por su correcta administración de los recursos
propios.
r) Suscribir convenios y/o contratos con fines educativos y organizar eventos de capacitación y
actualización docente.
SUB TÍTULO XV: DEL SUB DIRECTOR
Art.65° Corresponde al Sub Director:
a) Planificar, orientar y apoyar las actividades técnico – pedagógicas de la Institución Educativa
en coordinación con el Director.
b) Orientar y asesorar la adecuación, el desarrollo y la evaluación de los currículos que se
apliquen en la Institución Educativa.
c) Colaborar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo en coordinación con la Dirección de la
I.E
d) Promover la capacitación pedagógica y técnica de los docentes, en coordinación con el
Director.
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e) Apoyar al Director de la Institución Educativa y asesorar al personal docente.
f) Incentivar la capacitación del personal docente.
g) Organizar reuniones con el Consejo Académico, los docentes, equipos de grados, para unificar
criterios, integrar objetivos y planificar acciones conjuntas.
h) Coordinar y asesorar las acciones de reajuste, complementación y nivelación de los
educandos.
i) Convocar y coordinar las reuniones técnico-pedagógicas de los profesores.
j) Apoyar y orientar las actividades cívicas, culturales, deportivas, artísticas y recreativas
propuestas en el Plan de Trabajo de la I.E. coordinando con los profesores responsables y la
Dirección.
k) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne el Director.
l) Velar por el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación
SUB TÍTULO XVI: DEL TUTOR
Art.66° La función del tutor-orientador en primaria lo ejercen los docentes de cada aula asignando una
hora semanal para esta labor.
Art.67° El Tutor es el profesor responsable directo de la orientación de su aula en los aspectos
formativos, de conducta, aprovechamiento e integración. Es el punto de convergencia de los
esfuerzos educativos de Padres, Profesores, Institución Educativa y Alumno.
Art.68° Corresponde al docente Tutor:
a) Integrar el equipo de Coordinación de disciplina escolar y Tutoría educativa y trabajar en
estrecha conexión con el Coordinador de tutoría.
b) Elaborar y ejecutar programas específicamente formativos para los alumnos/as y padres de
familia.
c) Coordinar para elaborar, ejecutar y monitorear el Plan Tutorial de la institución educativa.
d) Asistir a las reuniones de implementación y coordinación del servicio de Tutoría escolar.
e) Participar como miembro activo del equipo formador de su ciclo o grado.
f) Colaborar en las actividades destinadas a la conservación y mejoramiento de la salud y otros
aspectos del bienestar del educando.
g) Realizar la atención y seguimiento del grupo de estudiantes a su cargo en el área académica,
personal, social, actitudinal.
h) Acompañar y orientar a sus estudiantes en su despliegue personal a todo nivel: físico
conductual; intelectual; psicológico; comunitario; moral y espiritual.
i) Estimular a los estudiantes a su cargo cuando intervengan en alguna actividad competitiva,
organizándolos y orientándolos, acompañándolos en los triunfos y enseñándolos a aceptar los
resultados cuando éstos no son los que se esperaban.
j) Conocer los aspectos personales de los alumnos a su cargo: características positivas,
debilidades y talentos y consolidarlos en una ficha.
k) Mantener comunicación permanente con los Padres de Familia o Apoderados sobre el desarrollo
integral de sus hijos.
l) Conocer acerca del rendimiento y comportamiento de cada estudiante o grupos, y buscar
solución a eventuales problemas de conducta y aprendizaje, coordinando con otros tutores, con
la subdirección y coordinación de tutoría.
m) Promover en los estudiantes hábitos de orden y de limpieza, así como el cumplimiento de
responsabilidades como factores básicos para un trabajo productivo.
n) Velar por la adecuada dosificación de tareas y exámenes de los alumnos de su tutoría.
o) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes a su cargo que le asigne el Director.
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SUB TÍTULO XVII: DEL DOCENTE ENCARGADO DE LABORATORIO DE CIENCIAS
Art.69° El profesor estable de laboratorio es responsable de organizar, orientar, supervisar y evaluar el
proceso de enseñanza-aprendizaje en el laboratorio y de administrar los equipos e insumos
correspondientes.
Art.70° Corresponde al profesor encargado del laboratorio:
a) Orientar y coordinar las actividades técnico-pedagógicas del laboratorio.
b) Orienta y asesora la adecuación del desarrollo y evaluación de la enseñanza-aprendizaje de
las ciencias en el laboratorio.
c) Elaborar su plan de trabajo y cronograma de prácticas en el laboratorio, coordinando con los
profesores, el cual presenta en el mes de marzo.
d) Realizar el inventario del laboratorio, lo mantiene actualizado y lo publica en un lugar visible.
e) Ejercer el cargo y funciones distribuyendo sus horas en dos turnos de trabajo.
f) Mantener y conservar los equipos, instrumentos e insumos.
g) Promover en los docentes la ubicación ordenada del material didáctico y colaborar en la
adquisición de nuevos recursos.
h) Colaborar con los docentes en la elaboración y desarrollo de las prácticas de laboratorio.
i) Coordinar y apoyar las actividades curriculares del área de ciencias.
j) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne el Director.
SUBTÍTULO XVIII: DEL DOCENTE DEL AULA DE INNOVACIONES PEDAGÓGICAS
Art.71° Son sus funciones específicas:
a. Diseñar, organizar y administrar el sistema informático de la institución de acuerdo a los
requerimientos de la Dirección.
b. Velar por el funcionamiento constante y eficiente de la red y comunicaciones. Hacer
mantenimientos periódicos.
c. Prever las necesidades de crecimiento de la red y realizar oportunamente los pedidos de
nuevos insumos y equipos.
d. Elaborar su plan anual de trabajo en coordinación con los profesores y presentarlo a la
subdirección.
e. Diseñar y mantener actualizada la Página Web del Colegio.
f. Publicar semanalmente el boletín electrónico del Colegio.
g. Proveer asesoría y capacitación en inserción de las TIC en las sesiones de aprendizaje al
personal de la institución acerca de nuevos sistemas, equipos y software.
h. Realizar el inventario del aula y mantenerlo actualizado.
i. Es obligación del docente asistir a las jornadas de capacitación organizado en la I.E. o a
cualquier otro que organice la DIGETE a través de los órganos desconcentrados del Ministerio
de Educación debidamente sustentados.
j. Informar a las autoridades pertinentes del uso inadecuado de los equipos por parte de
alumnos o personal.
k. Asistir técnicamente al docente y a los estudiantes durante el desarrollo de la sesión, previa
coordinación anticipada.
Art.72° El docente del Aula de innovaciones, debe asegurar que todos los usuarios hagan buen uso de
ésta, para lo cual aplicará las siguientes prohibiciones:
a. Ingresar al aula de Innovación Pedagógica, antes o después de las horas establecidas.
b. Dañar las paredes, muebles y equipos del aula o realizar inscripciones.
c. Ingresar al Aula de Innovación sin permiso del responsable o la autorización de la Dirección.
d. Tomar equipos, accesorios o mobiliario del AIP sin permiso o presencia del responsable o la
autorización de la Dirección.
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e. El estudiante será responsable de reparar cualquier daño ocasionado como consecuencia de
su indisciplina o trasgresión al reglamento del Aula de Innovación además de las sanciones
previstas en el reglamento interno general de la I.E.
f. En relación a los docentes o trabajadores administrativos, el procedimiento que tomará la
dirección será de acuerdo a las normas establecidas en las leyes vigentes.
SUB TÍTULO XIX: DEL RESPONSABLE DE LA BANDA DE MÚSICA.
Art.73° El responsable de la banda tiene la responsabilidad de la formación, continuidad y desarrollo
de la banda del colegio como organización escolar. Su objetivo primordial es contribuir en la
formación integral del estudiante de manera académica y valorativa. El docente será
especializado en música y sus funciones son las siguientes:
a. Garantizar presencia de calidad de la banda en las actividades de nuestro colegio.
b. Buscar la renovación constante del elemento alumno-participante de la banda.
c. Buscar y desarrollar talentos musicales en nuestro Institución Educativa.
d. Actualizar el repertorio.
e. Mantener los instrumentos en buen estado y orden; encargándose de su administración y
solicitando su periódica renovación.
f. Los ensayos de la banda será de dos horas sólo los días sábados en la mañana de 6:00 am
a 8:00 am. o por la tarde de 3:00pm a 5:00pm. en el espacio asignado.
SUB TÍTULO XX: DE LOS DOCENTES DE AULA
Art.74° DERECHOS: El personal docente de la I.E.N°16004, además de lo establecido en los artículos
74 al 76 del reglamento de la ley 29944, ley de reforma magisterial, tiene derecho a:
a. Buen trato y reconocimiento social acorde con su elevada función.
b. Recibir estímulos de la I.E. como reconocimiento a su esfuerzo y dedicación en bien de la
educación y de la comunidad.
c. El personal docente de la Institución Educativa, representados por su coordinador tienen
derecho al fotocopiado sólo de sus fichas de trabajo y de los materiales para las jornadas y
encuentros.
d. Los coordinadores de grado que alcancen la programación anual y sus unidades de
aprendizaje en los tiempos establecidos al equipo directivo, tendrán derecho a una impresión
original y el fotocopiado para los compañeros de su equipo.
Art.75° DEBERES:
a) Cumplir los deberes establecidos en la Ley General de Educación N°28044, Ley de
Reforma Magisterial N° 29944, el Código de Ética de la función pública contemplado en la
Ley N°27815 y el Marco del Buen Desempeño Docente. Estos constituyen un referente en
la evaluación del desempeño docente, que se incorpora en los criterios e indicadores de
manera transversal.
b) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, extracurriculares y de
orientación y presentar sus documentos técnico-pedagógicos en el plazo establecido.
c) En caso de visitas de estudio y otras afines, presentar la documentación respectiva 72 horas
antes para su revisión y aprobación.
d) Dirigir y evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje sobre la base del conocimiento de los
estudiantes y del contexto socio-cultural.
e) Seleccionar y preparar a los estudiantes de acuerdo a la directiva nacional que norma los
juegos florales escolares. Estos procesos debe realizarlo desde los primeros grados y desde
los primeros días de iniciado el año escolar.
f) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo Anual.
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g) Velar por el mantenimiento de la infraestructura y equipamiento educativo y promover su
mejoramiento. Deberá indagar sobre cualquier situación irregular e informar con prontitud a
Dirección indicando los responsables.
h) Utilizar los enfoques y las estrategias propuestos por el MED para asegurar la formación
integral de los estudiantes.
i) Orientar su esfuerzo a que todos sus estudiantes aprendan durante la jornada escolar. Por
ética Profesional ningún profesor de la Institución Educativa puede dictar clases remuneradas
a sus estudiantes en su domicilio u otro lugar.
j) Utilizar el material educativo proporcionado por el MED.
k) Utilizar el CRT (AIP) de acuerdo a lo que se establece en el presente reglamento.
l) Hacer buen uso del tiempo durante la sesión de aprendizaje.
m)Manejar el clima del aula en base a normas democráticamente establecidas.
n) Cumplir y hace cumplir el Reglamento Interno.
o) Acompañar a los estudiantes en las actuaciones y formaciones colocándose al frente de ellos
como referente, velando por su buena presentación y exigiendo corrección, orden, buenos
modales y aseo personal. Velará en todo momento para que cualquier desplazamiento de
los estudiantes dentro o fuera de la institución se realice de manera ordenada.
p) Asistir con puntualidad a la institución y a sus horas de clase, y no interrumpirlas antes de su
finalización. En el caso de una eventual inasistencia deberá comunicarse con el Director antes
del comienzo de las horas de clase.
q) Atender a los padres de familia en el horario establecido por la Dirección y por el profesor.
r) Durante el desarrollo de su clase, asegurar que los estudiantes se mantengan dentro del aula,
la correcta ubicación de los muebles, material educativo y útiles escolares.
s) Contribuir, durante su jornada, en dejar las aulas limpias y con el mobiliario ordenado, así
como las pizarras.
t) Expresar su identificación con la institución y con sus estudiantes participando en las
actividades extracurriculares.
u) Alcanzar al responsable de impresiones, dentro de los horarios establecidos, las fichas de
trabajo a ser fotocopiadas.
v) Llevar a los estudiantes al aula de innovaciones de acuerdo al horario establecido, para ello
deben cumplir con lo siguiente:
- Coordinar como mínimo 24 horas antes, con el docente de AIP, las actividades a realizar
y los recursos a utilizar en el aula de Innovación Pedagógica con los estudiantes, a fin de
programarlos adecuada y oportunamente.
- Al solicitar el ingreso al aula de innovaciones, los docentes presentarán su guía de trabajo
o diario de clases al responsable del aula AIP en el que demostrarán el uso de recursos
tecnológicos en la sesión y/o actividad de aprendizaje.
- Tanto el docente de aula como sus estudiantes cumplirán las normas del aula de
innovaciones.
- La conducción de la sesión de aprendizaje es responsabilidad del docente de aula y para
el uso recursos TIC contará con el acompañamiento del docente de Aula de innovaciones.
- Los docentes solicitarán ser registrados cada vez que hagan uso del Aula de Innovación.
La ficha tendrá un formato establecido por el equipo directivo.
- Después de hacer uso del aula, dejar los equipos y el mobiliario en la misma ubicación y
estado con que se los encontró.
w) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne el Director o Sub
Director.
SUB TÍTULO XXI: DE LOS DOCENTES DE EDUCACIÓN FÍSICA
Art.76° Son funciones del docente de educación física:
a. Planificar y ejecutar sus actividades de aprendizaje siguiendo las orientaciones
propias del área.
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b. Seleccionar y preparar a los estudiantes de acuerdo a la directiva nacional que
norma los juegos deportivos escolares. Estos procesos debe realizarlo desde los primeros
grados y desde los primeros días de iniciado el año escolar.
c. Seleccionar y preparar los estudiantes para la escolta de la I.E.
d. Coordinar con los padres de familia de los niños seleccionados para que se
encarguen de brindar entrenamientos adicionales a sus hijos en otros espacios educativos.
e. Cuidar y usar bajo responsabilidad los materiales educativos asignados al
departamento de educación física y encargarse de mantener el inventario actualizado.
f. Los docentes de educación física, llevarán a los estudiantes a realizar las
actividades desde las aulas, previa orientación y/o recomendación, velando que todos y
todas participen activamente en dichas actividades.
TÍTULO VII: ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES AL PERSONAL DOCENTE DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
Art.77° El Director, sub director y docentes, son responsables administrativamente de cumplir las
normas legales vigentes y el presente reglamento.
SUB TÍTULO XXII: DE LOS ESTÍMULOS:
Art.78° El personal docente que en cumplimiento de sus funciones, realiza acciones sobresalientes a
favor de la educación y la comunidad educativa se hará acreedor a:
a) Mención honrosa en las formaciones y en las asambleas generales de padres de
familia.
b) Felicitación mediante resolución directoral.
c) Ser propuesto por el equipo directivo para ser beneficiario de becas otorgadas por el
MINEDU.
d) Plato Recordatorio al docente, administrativo y de servicio por haber cumplido 25 o 30
años a favor de la Educación.
e) Otros Incentivos que la Dirección y el Equipo Directivo lo establezca de acuerdo a la
labor sobresaliente.
SUB TÍTULO XXIII: DE LAS FALTAS:
Art.79° Son Faltas:
a. No registrar su asistencia al ingreso a su centro de labores.
b. Se considera tardanza el ingreso del personal a la institución de trabajo después de cinco
minutos de la hora establecida. Estas serán informadas periódicamente para su descuento.
c. Salir de la institución sin el permiso respectivo del Director y de la papeleta correspondiente.
d. Se considera inasistencia la no concurrencia a su centro de trabajo, o habiendo concurrido,
no desempeñar su función y retirarse antes de la hora de salida sin justificación alguna.
e. Incurrir en actos de violencia y de abuso de autoridad ante sus estudiantes.
f. La utilización y disposición de los bienes de la institución en beneficio propio o de terceros
sin autorización.
g. Hacer uso de permiso solamente con la presentación de la solicitud sin la autorización del
Director, salvo caso fortuito o fuerza mayor que debe llamar a la Dirección informando el
caso.
h. La concurrencia al trabajo en estado de embriaguez o en otro estado que contravenga su
envestidura.
i. La apropiación y enajenación de bienes materiales, dinero, instrumentos de laboratorio,
centro de cómputo, aulas especializadas, instrumentos musicales y otros.
j. La inasistencia a jornadas, reuniones, actividades culturales y otras de la institución
educativa convocadas por los coordinadores o el equipo directivo.
k. Imprimir documentos personales en la sala de impresiones de la I.E.
l. Sacar copias durante las horas de clase abandonando a sus estudiantes.
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m. Hacer uso del teléfono celular u otros equipos durante la sesión de aprendizaje interfiriendo
el normal desarrollo de ésta. Las llamadas deben ser devueltas durante las horas de
descanso.
n. Enviar a estudiantes fuera del aula o de la institución para realizar gestiones personales.
o. No atender situaciones de conflicto u otras que necesiten de su participación y
documentación inmediata siendo tutor de sus estudiantes, mostrando indiferencia.
SUB TÍTULO XXIV: PROHIBICIONES:
Art.80° Son prohibiciones de los trabajadores del plantel:
a) Abandonar la Institución educativa y las labores académicas en horas de trabajo, sin permiso,
ni justificación alguna autorizada por el Director o subdirector.
b) Dedicarse en horas de trabajo a otras labores ajenas a su función.
c) Dedicar las horas de clase a la calificación de evaluaciones o a la revisión de cuadernos.
Asimismo, dejar salir a los estudiantes de las aulas después que éstos terminan su evaluación
o práctica, sin que éstos tengan quien los acompañe.
d) Asistir a la institución educativa no ecuánime, etílico o fomentar escándalos de palabra u obra
delante de los estudiantes.
e) Dejar de asistir a sus labores reiteradamente sin previa justificación.
f) No entregar en la fecha indicada los trabajos, informes y otros documentos que de acuerdo a
sus obligaciones debe hacerlo.
g) Dejar de ingresar al aula, al toque de timbre que señala el inicio del trabajo.
h) Someter a castigos corporales a sus estudiantes lesionando su personalidad.
i) Simular reiteradas enfermedades.
j) Dar clases remuneradas a sus estudiantes. Dentro o fuera del local escolar.
k) Celebrar contratos económicos a nombre del plantel sin autorización respectiva.
l) Celebrar cumpleaños y otras actividades interrumpiendo las horas de clase.
m)Provocar conflictos de toda índole, menoscabando las buenas relaciones dentro de la
comunidad educativa.
n) Denigrar a sus colegas frente a los padres de familia e incitar a otras acciones no educativas.
o) Las demás que señalen las leyes vigentes.
SUB TÍTULO XXV: DE LAS SANCIONES.
Art.81° Son sanciones por faltas disciplinarias:
a) Amonestación verbal.
b) Amonestación escrita.
c) Descuentos por tardanzas e inasistencias tanto a sus labores como a reuniones debidamente
comunicadas. El monto se aprobará en asamblea de docentes al inicio del año escolar.
d) Suspensión temporal de sus funciones sin derecho a remuneración hasta por 30 días.
e) Puesto a disposición de la Unidad de Gestión Educativa Local para su sanción o reubicación
en otra plaza.
f) Apertura de proceso en la instancia correspondiente con resolución de demérito.
g) Ningún personal Docente que tenga proceso administrativo tendrá derecho a ocupar cargos
directivos y jerárquicos por encargatura.
SUB TÍTULO XXVI: DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
Art.82° El servicio administrativo de la institución educativa será realizado a través de los siguientes
sectores que abarca el campo de su competencia:
a. Secretaría.
b. Biblioteca.
c. Portería – Guardianía.
d. Mantenimiento y/o limpieza
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Art.83° El equipo directivo designará las funciones y horarios a cada trabajador administrativo y
establecerá los mecanismos de evaluación y monitoreo al cumplimiento de sus funciones
comunicando por escrito la forma de su ejecución en aplicación al Decreto Legislativo N°276.
En dicho monitoreo participarán los integrantes del CONEI. Las responsabilidades estarán
publicadas en la página web de la institución educativa y en un mural de la institución.
Art.84° Corresponde a la Secretaría:
a) Organizar y actualizar el archivo de los documentos relacionados con los alumnos/as y la
institución educativa.
b) Realizar labores de secretaría: trámite documentario e impresiones dispuestos por la
Dirección o Sub Dirección.
c) Redacta y digita documentos inherentes a su cargo.
d) Atender al público con prontitud, esmero y cortesía.
e) Responde por el cuidado e integridad de los documentos a su cargo.
f) Administrar la documentación técnico-pedagógica, especialmente la relacionada con las
matrículas, evaluación y certificación de los educandos.
g) Cumplir con las funciones inherentes a su cargo y colaborar con las distintas áreas de la
institución educativa.
h) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne la Dirección o
Sub Dirección.
Art.85° Corresponde al Bibliotecario:
a) Organizar y controlar la biblioteca.
b) Realizar el inventario del material de biblioteca y tenerlo actualizado.
c) Responsabilizarse del mantenimiento de la infraestructura, mobiliario, enseres y libros de la
biblioteca.
d) Atender y orientar a los alumnos/as que asisten a la biblioteca.
e) Atender y orientar un adecuado préstamo y devolución de libros y materiales según las reglas
internas. Sólo puede prestar textos a estudiantes que tienen regularizado su carnet y por un
solo día.
f) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne la Dirección o
Sub Dirección.
g) Colaborar con la limpieza de los ambientes a su cargo.
Art.86° Corresponde al Guardián
a) En lo posible vivir en la Institución Educativa.
b) Estar atento y vigilante por las noches. Ante ruidos sospechosos en el local escolar, dar la
alarma correspondiente y comunicarse con el serenazgo o policía nacional, sin exponer su
integridad física. Comunicar a la Dirección sobre cualquier incidente.
c) Impedir cualquier ingreso o salida de bienes durante su servicio y comunicar a Dirección
sobre cualquier irregularidad.
d) Colaborar con la limpieza de los ambientes asignados.
e) Abrir las puertas de la institución educativa y de las aulas cuando sea oportuno y necesario.
f) Arreglar las instalaciones eléctricas y de agua en la institución educativa.
g) Controlar la entrada y salida de los alumnos y de las personas ajenas a la institución
educativa durante su jornada laboral.
h) Salir previo permiso de la Dirección de la institución educativa.
i) Evitar el ingreso de personas ajenas al colegio sin previo permiso.
j) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne la Dirección o
Sub Dirección.
Art.87° Corresponde al portero:
a. Mantener la puerta de ingreso bajo su control, preferentemente cerrada, preguntar el motivo
de la visita, comunicará a Dirección o Subdirección la atención que solicita la persona
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visitante, pedir la identificación correspondiente y autorizar su ingreso. Debe quedarse con el
DNI.
b. Contar con un cuaderno de incidencia y tenerlo al día.
c. Mantener la seguridad del colegio en todo momento.
d. Impedir el ingreso de personas que vienen a ofrecer productos en calidad de venta o
propaganda.
e. Mantener su área de trabajo debidamente ordenada y limpia.
f. Impedir el ingreso de padres y apoderados a los ambientes del colegio en las horas de
descanso para los estudiantes.
g. Desalojar a todos los estudiantes que se encuentren dentro del plantel después de terminada
su jornada de estudios y opten por quedarse sin motivo justificado.
h. Impedir cualquier ingreso o salida de bienes durante su servicio comunicando de manera
inmediata a Dirección.
i. Realizar las demás tareas asignadas por Dirección.
j. Salvo caso urgente y de absoluta necesidad, la portería aceptará encargos o mensajes para
los alumnos que se encuentren en el salón de clase.
k. Otorgar salida al personal sólo si presenta la papeleta respectiva, caso contrario comunicar al
equipo directivo.
Art.88° Del personal de servicio y mantenimiento:
a) Cumplir responsablemente con los trabajos asignadas por la Dirección.
b) Apoyar a los trabajos comunes siempre que lo solicite la Dirección o Sub Dirección de la
institución educativa.
c) Proponer a la Dirección los requerimientos de materiales necesarios para cumplir con sus
obligaciones.
d) Usar de manera adecuada los materiales y herramientas de trabajo asignados y dejarlas en
su lugar después de concluir su jornada.
e) Conservar diariamente limpios los ambientes administrativos, los servicios higiénicos, las
aulas, los pasadizos de todas las aulas, y la infraestructura en general.
f) Informar a la dirección sobre el deterioro o pérdida de bienes y enseres de la institución de
forma inmediata.
g) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne la Dirección o
Sub Dirección.
Art.89° Es obligación de todo el personal administrativo estar presentes en las asambleas generales
ordinarias y extraordinarias de padres de familia a fin de colaborar con el control y el orden al
ingreso y salida de los padres de familia, el uso adecuado del mobiliario y la limpieza del local
escolar.
CAPÍTULO VII
TÍTULO VIII: ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Art.90° El Director, sub director, personal jerárquico, docentes, personal administrativo y de servicios,
son responsables administrativamente de cumplir las normas legales y el presente reglamento.
SUB TÍTULO XXVII: DE LOS ESTÍMULOS:
Art.91° El personal administrativo que en cumplimiento de sus funciones, realiza acciones
sobresalientes a favor de la educación y la comunidad educativa se hará acreedor a:
a) Mención honrosa en las formaciones y en las asambleas generales de padres de familia.
b) Felicitación mediante resolución directoral.
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c) Plato Recordatorio al docente, administrativo y de servicio por haber cumplido 25 o 30 años
a favor de la Educación.
d) Otros Incentivos que la Dirección y el equipo directivo lo establezca de acuerdo a la labor
sobresaliente.
SUB TÍTULO XXVIII: DE LAS FALTAS:
Art.92° Son Faltas:
a) No registrar su asistencia al ingreso a su centro de labores.
b) Se considera tardanza el ingreso del personal a la institución de trabajo
después de cinco minutos de la hora establecida. Estas serán informadas periódicamente
para su descuento.
c) Salir de la institución sin el permiso respectivo del Director o la papeleta
respectiva.
d) Se considera inasistencia la no concurrencia a su centro de trabajo, o
habiendo concurrido, no desempeñar su función y retirarse antes de la hora de salida sin
justificación alguna.
e) Incumplimiento de los compromisos asumidos y de las responsabilidades
asignadas por el equipo directivo.
f) Incurrir en actos de violencia y de abuso de autoridad ante sus estudiantes.
g) La utilización y disposición de los bienes de la institución en beneficio propio o
de terceros sin autorización.
h) Hacer uso de permiso solamente con la presentación de la solicitud sin la
autorización del Director, salvo caso fortuito o fuerza mayor que debe llamar a la Dirección
informando el caso.
i) La concurrencia al trabajo en estado de embriaguez o en otro estado de
acuerdo con su envestidura.
j) La apropiación y enajenación de bienes materiales, dinero, instrumentos de
laboratorio, centro de cómputo, aulas especializadas, instrumentos musicales y otros.
k) La inasistencia a jornadas, reuniones, actividades culturales y otras de la
institución educativa convocadas por el equipo directivo.
l) Hacer uso reiterado del teléfono celular u otros equipos o atender a personas
particulares por tiempos prolongados interfiriendo sus actividades.
m) No estar atento para atender situaciones de conflicto, falta de limpieza,
desorden u otras que necesiten de su participación inmediata mostrando indiferencia.
SUB TÍTULO XXIX: PROHIBICIONES:
Art.93° Son prohibiciones para los trabajadores administrativos:
a) Abandonar la Institución educativa y las labores sin permiso, ni justificación alguna
autorizada por el Director.
b) Dedicarse dentro de su jornada laboral a otras labores ajenas a su función.
c) Asistir a la institución educativa no ecuánime, etílico o fomentar escándalos de
palabra u obra delante de los estudiantes.
d) Dejar de asistir a sus labores reiteradamente sin previa justificación simulando
reiteradas enfermedades.
e) Provocar conflictos de toda índole, menoscabando las buenas relaciones dentro de la
comunidad educativa.
f) Denigrar o difamar a sus compañeros de trabajo ante los padres de familia.
g) Las demás que señalen las leyes vigentes.
SUB TÍTULO XXX: DE LAS SANCIONES.
Art.94° Son sanciones por faltas disciplinarias:
24
a) Amonestación verbal.
b) Amonestación escrita.
c) Descuentos por tardanzas e inasistencias.
d) Suspensión temporal de sus funciones sin derecho a remuneración hasta por 30 días.
e) Puesto a disposición de la Unidad de Gestión Educativa Local para su sanción o reubicación en
otra plaza.
f) Apertura de proceso en la instancia correspondiente con resolución de demérito.
CAPÍTULO VIII
TÍTULO IX: TARDANZAS, PERMISOS, INASISTENCIAS Y LICENCIAS
Art.95° Se considera tardanza cuando el personal administrativo o de mantenimiento registra su
ingreso pasada la hora establecida por la Dirección.
Art.96° El trabajador que habiendo asistido puntualmente al Colegio no registre su ingreso o salida,
será considerado ausente salvo que justifique la omisión dentro de las 24 horas posteriores, la
que será atendida, una sola vez al mes hasta un máximo de seis veces al año.
Art.97° El personal que por cualquier motivo no pueda concurrir al centro de trabajo, está obligado a
dar aviso a la Dirección del colegio antes de las 7.30 am para adoptar las previsiones
necesarias para su reemplazo.
Art.98° Las tardanzas así como las inasistencias dan lugar al descuento económico, proporcional del
ingreso total que percibe el trabajador por el tiempo no laborado, independiente de la sanción
disciplinaria que establece la Ley por el perjuicio que ocasiona su ausencia a la prestación del
servicio educativo.
Art.99° El permiso es la autorización escrita otorgada por el Director para ausentare por
horas del centro de trabajo hasta un día como máximo por los siguientes motivos:
a. Por enfermedad.
b. Por capacitación autorizada de la I.E.
c. Por citación proveniente de autoridades públicas, judicial, militar o policial.
d. Por lactancia materna directa.
e. Otro autorizado por la Dirección.
Art.100°El permiso será gestionado por el interesado con una anticipación no menor de 24 horas
ante el Director, salvo los casos de enfermedad e imprevistos de fuerza mayor.
Art.101°Los permisos por enfermedad o situaciones de fuerza mayor serán puestos en conocimiento
de la Dirección durante el día a efectos de su comprobación.
Art.102°En todos los casos la Dirección se reserva el derecho de calificar y otorgar o denegar el
permiso solicitado.
Art.103°Las inasistencias del personal en casos de enfermedad, después de los 20 primeros días en
un año, sólo podrán ser justificadas previa presentación del Certificado de Incapacidad
Temporal para el Trabajo expedido por ESSALUD, con los requisitos y formalidades que la
Ley establece.
Art.104°El trabajador que tuviera que concurrir al hospital, clínica o policlínico por urgencia o cita
médica deberá acreditar haber sido atendido con la respectiva Tarjeta de Control o Constancia
de Atención y Receta de Prescripción Médica.
Art.105° La sola presentación de la solicitud de permiso o licencia, no da derecho al goce de la
misma salvo motivo de enfermedad comprobada o caso fortuito o de fuerza mayor. Si el
trabajador se ausentara sin haber recibido la autorización escrita de la Dirección, su
ausencia será considerada como falta disciplinaria sujeta a sanción conforme a Ley.
Art.106°En caso que el trabajador hiciera uso reiterado de atención médica, el Director se reserva
el derecho de solicitar un Informe Médico del lugar donde se le brinda la asistencia médica y
los descansos médicos.
Art.107°Las licencias, permisos y tardanzas se rigen por lo siguiente:
25
a. El Director concederá las licencias establecidas por Ley y aquellas que su despacho
autorice.
b. Las licencias pueden ser con o sin goce de haber, dependiendo de lo estipulado en la Ley
o lo dispuesto por la Dirección.
c. El permiso es una autorización para ausentarse por horas. El mismo que debe ser
autorizado por el Director.
d. Los descuentos por inasistencias procederán en forma automática. Sólo se
justificarán aquellas inasistencias refrendadas por el certificado médico oficial u aquellas
autorizadas por la Dirección.
Art.108°Licencia es toda ausencia a la jornada de trabajo igual o superior a un día, autorizado por la
Dirección. La licencia será solicitada con anticipación y por escrito y sujeta a su
aprobación, la que puede ser con o sin goce de haber; en el primer caso se mantiene vínculo
laboral con el I.E, teniendo derecho a todos los beneficios que le corresponde por ley; en el
segundo caso, se mantiene el vínculo laboral con la I.E, pero quedan suspendidos
temporalmente el derecho a los beneficios que le corresponden por ley.
Art.109°Por fallecimiento del padre, madre, conyugue o hijos, el personal administrativo de la I.E, tiene
derecho a licencia con goce de remuneraciones, de acuerdo a ley, situaciones que se
acreditarán con la presentación oportuna de la correspondiente partida de defunción.
CAPÍTULO IX
TÍTULO X: DE LOS ESTUDIANTES
SUB TÍTULO XXXI: DE LOS DEBERES
Art.110° Demostrar puntualidad, higiene y buena presentación personal. Esto significa que debe asistir
por lo menos diez minutos antes de la hora señalada, aseados, uniformados y con útiles
escolares completos y permanecer en ella de acuerdo al horario establecido para cada turno.
Pasados diez minutos los estudiantes no podrán ingresar a la I.E.
Art.111°Los varones asistirán con el cabello corte escolar, las mujeres con el cabello recogido con lazo
azul y blanco, ambos con insignia bordada en el lado izquierdo de la camisa o blusa.
Art.112°Para las visitas fuera del horario escolar los estudiantes deben venir vestidos con blusa, camisa
o polo sin escote, falda (no mini falda), pantalón o short tipo sniker.
Art.113°Para educación física, los varones asistirán con polo de deporte del colegio, pantalón del
uniforme escalar, zapatillas de color blanco y medias azules. El short se lo pondrán a la hora
que corresponde. Las mujeres, asistirán con polo de deporte del colegio, short, su falda del
uniforme escalar y zapatillas blancas.
Art.114°Con respecto a la asistencia: Tres tardanzas contabilizarán una falta. El 30% de faltas
injustificadas implica la repitencia del grado.
Art.115°Todos los estudiantes son responsables de cuidar la limpieza de sus materiales y ambientes
de trabajo. Evitarán dejar basura en las mesas de trabajo, en el piso o en el patio de la
escuela.
Art.116°Saludar y demostrar consideración a los directivos, docentes, trabajadores administrativos,
compañeros y/o a los padres de familia; emplear vocabulario adecuado y culto en sus
conversaciones y escritos, y cumplir las recomendaciones o sugerencias que de ellos reciba.
Art.117°Mostrar atención en clase o cuando participe en diálogos o conversaciones, evitando
interrumpir. Siempre debe pedir la palabra para participar.
Art.118°Demostrar responsabilidad cuando represente a su aula o institución educativa. Esto implica
que el estudiante tiene que participar obligatoriamente en todas las actividades programadas
por la Institución Educativa o en aquellas para las cuales haya sido seleccionado(a) y
demostrar en ellas un comportamiento correcto, en especial, ante los actos cívicos y
patrióticos así como las formaciones escolares de los días lunes.
26
Art.119°Usar el diálogo para resolver controversias. Nada justificará el uso de la violencia. Cualquier
situación que le genere malestar debe comunicarlo a su maestro de aula.
Art.120°Relacionarse interculturalmente sin discriminación y demostrando solidaridad. El estudiante
tiene que respetar y valorar las diferencias de sus compañeros y de toda persona. Además de
compartir sus conocimientos así como sus materiales de manera recíproca.
Art.121°Cuidar las cosas de sus compañeros (as) y los bienes de la escuela. Esto significa custodiar
los bienes de los compañeros y el mantenimiento del orden y la limpieza del mobiliario y los
materiales del aula así como la limpieza de la infraestructura y cuidado de las áreas verdes.
Art.122°Demostrar responsabilidad cuando trabaja en el aula y con sus tareas extraescolares. Implica
que el estudiante tiene que esforzarse al máximo para mantener un buen rendimiento
académico, demostrar disposición de atención y participación activa y asertiva en clase, y en
sus trabajos escolares: originalidad, esmero y pulcritud.
Art.123°Los estudiantes permanecerán dentro de la institución educativa a no ser por razones de
estudio, enfermedad u otro motivo personal de urgencia, para lo cual contará con el permiso
expreso de la Dirección o Subdirección. Quienes lo conduzcan a su domicilio serán sus padres
o el personal administrativo para lo que firmarán una papeleta de salida.
SUB TÍTULO XXXII: DE LOS DERECHOS
Art.124°A que padres y maestros les ofrezcan modelos de vida apropiados para su desarrollo, físico,
mental, espiritual, moral, social y cultural.
Art.125°A recibir de los maestros, educación de calidad que desarrolle aprendizajes fundamentales y
valores como el respeto a los demás, la solidaridad, la responsabilidad, la paz, la amistad, la
igualdad y el respeto al ambiente. Además, a recibir información sobre sus calificaciones cada
vez que son evaluados o al término de cada unidad o trimestre.
Art.126°A profesar una religión. El padre podrá solicitar la exoneración de éste curso en caso profese
una religión distinta.
Art.127°Al descanso y a reunirnos en forma pacífica o formar parte de las organizaciones estudiantiles
reconocidas por la ley y el presente reglamento con el fin de manifestar sus opiniones. La
Dirección de la I.E y los profesores deben hacer participar a sus representantes, en las
diversas reuniones de planificación o evaluación de las actividades que se realicen en la I.E. o
en las aulas.
Art.128°A recibir buen trato. Nadie, ni los padres, pueden maltratar explotar o ejercer violencia de
ninguna clase en contra de un estudiante. En caso de suceder, están protegidos por la ley. Si
hubiera lugar a una sanción, debe ser de acuerdo a lo que establece la ley, el presente
reglamento y las normas de aula.
Art.129°A que se respete la vida privada del estudiante. Cualquier observación debe recibirlo en forma
personal y el caso no debe ser divulgado. Su cuerpo debe ser respetado. Nadie puede tocarlos
con mala intención. En caso que esto ocurriera, están protegidos (as) por la ley salvo que esté
inmerso en situaciones de riesgo de salud o peligro de vida.
SUBTÍTULO XXXIII: DE LAS PROHIBICIONES, SANCIONES Y ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES
Art.130°De las prohibiciones a los educandos en la Institución Educativa:
a. Está prohibido no asistir a la Institución Educativa sin causas justificadas y llegar tarde
reiteradamente. En caso de tardanzas reiteradas se hará un informe al padre de familia y si
éstas exceden el 30% del total de días efectivos laborables implica la repitencia del grado.
b. Portar cámaras digitales, celulares, tablets, mp3, mp4, auriculares u otros objetos que no
forman parte de la presentación personal como alumnos durante el horario escolar. Salvo
en los casos que se utilice como material de trabajo solicitado por el maestro(a).
c. Portar y/o asistir a clases con cosméticos, joyas, gorras, tatuajes, atuendos, maquillaje que
no corresponde a la presentación como estudiante en la Institución Educativa.
27
d. Portar o usar objetos o instrumentos que puedan ocasionar daños físicos a sus
compañeros.
e. Pronunciar palabras soeces, realizar actos reñidos contra la moral y las buenas
costumbres, así como efectuar inscripciones en las paredes de la infraestructura del
plantel.
f. Fomentar desorden, indisciplina y acciones violentas dentro y fuera del plantel con y sin
uniforme.
g. Realizar o participar en juegos violentos y de uso extremo de energía que ponga en riesgo
su integridad o la de otros estudiantes durante las horas de descanso y otros momentos.
h. Concurrir a lugares públicos indebidos (tragamonedas, videojuegos, play station y otros)
con uniforme escolar e insignia.
i. Hacer mal uso del Internet con uniforme escolar o polo del colegio.
j. Introducir al plantel lecturas inapropiadas, objetos indebidos, material pornográfico, bebidas
alcohólicas o cualquier tipo de drogas; y su consumo.
k. Malograr y destruir los bienes, enseres y mobiliario de la institución educativa, así como
apropiarse de bienes y objetos ajenos.
l. Ofender de palabra u obra a sus compañeros y personal del colegio, así como incurrir en
actos de amenaza.
m. Abandonar el aula y/o la institución en horas de clase
n. Abandonar la representación escolar y actividades del colegio sin previa autorización.
o. Adulterar y/o falsificar calificativos, firmas y documentos oficiales de la institución.
p. Propiciar, organizar o integrar pandillas dentro y fuera del plantel.
q. Realizar venta de productos y otros en el colegio, sin autorización de la institución
educativa.
r. Organizar fiestas interrumpiendo las horas de clase.
s. No entregar los avisos o comunicados que el colegio envía a los padres de familia.
Art.131°De los estímulos:
Los estímulos a que se hacen acreedores los educandos que resaltan y realizan acciones
extraordinarias dentro y fuera del colegio son:
• Diploma al mejor estudiante de la promoción.
• Diploma de honor a los tres mejores estudiantes de cada sección.
• Mención honrosa, reconocimiento público y publicación de sus logros en el mural de la
excelencia de la I.E y la página web institucional.
• Agasajo por logros provinciales, regionales o nacionales.
• Apoyo en la gestión de una beca para reforzar su talento.
Art.132°De las sanciones y sus procedimientos: Teniendo en cuenta que la aplicación de sanciones
tiene como propósito la reparación del daño causado y la modificación de la conducta del
estudiante que comete la falta, todas las infracciones al presente reglamento por los
estudiantes seguirán el siguiente tratamiento:
a) Todos los padres y madres de familia que matriculen a su hijos (a), firmarán el
compromiso Nº 01 que aparece como anexo del presente reglamento. Del mismo modo lo
hará el estudiante, el primer día de ingreso a clases. La Dirección de la I.E. está obligada a
entregar copia del reglamento interno en lo referente a deberes, derechos y sanciones al
padre de familia y al estudiante de lo cual se debe dar fe en el compromiso firmado.
b) El estudiante tendrá hasta dos oportunidades, dentro de una misma unidad, por una
misma falta, de dialogar personalmente con su docente de aula o tutor. Dicho
conversatorio seguirá el siguiente proceso: hacerle recordar su compromiso firmado,
promover la reflexión sobre las consecuencias negativas de sus actos, reparar el daño
28
causado, cumplir la sanción remediable que establezcan las normas del aula (previamente
aprobadas por los estudiantes y la asamblea de padres de familia del aula) y concluirá
firmando un compromiso de no volver a repetir la falta. El docente anotará lo actuado en
su cuaderno de incidencias e informará el hecho al padre de familia.
Para el conversatorio con el estudiante, tener en cuenta lo siguiente:
 Se dirá al niño lo que debe hacer, no lo que no debe hacer.
 Si hay que llamarle la atención, lo haremos en cercanía física y con contacto visual. Nunca
se le gritará a la distancia o delante de sus compañeros.
 Ayudaremos a que acepte y exprese de manera apropiada y calmada sus sentimientos de
frustración, malestar, desánimo, tristeza, etc.
 Nos alejaremos de los patrones de comunicación negativa para que el niño no se sienta
criticado o acusado. Es mejor utilizar “mira niño, yo me siento muy mal por lo que has
hecho, imagínate como se puede sentir tu padre”; en estos mensajes el maestro que habla
dice cómo se siente respecto a una situación, sin culpar o rotular al estudiante con quien
está hablando.
 Trataremos que el estudiante reconozca su error y que asuma la responsabilidad de sus
actos.
 Reconoceremos los esfuerzos y progresos del niño en la mejora de sus actitudes, aun
cuando éstos fuesen pequeños.
c) De negarse a cumplir lo anteriormente establecido o de reincidir en la misma falta,
por tercera vez en la unidad; el docente o tutor convocará por escrito al padre de
familia indicando motivo, fecha, hora y lugar. Después de realizado el diálogo, el padre de
familia reparará los daños causados por su hijo. En casa, aplicará las estrategias
recomendadas por el docente para modificar la conducta de su hijo. El estudiante infractor
tiene que ofrecer sus disculpas en forma oral o escrita ante sus compañeros, la sanción
remediable se duplicará y puede tener calificativo “B” en la unidad correspondiente en el
área de personal social. Si los padres de familia no concurren a la citación o no cumplen
con la reparación del daño o la orientación de sus hijos, se considerará incumplimiento a sus
obligaciones de padre o madre e infracción al reglamento interno. Al término de cada
unidad, el docente informará por escrito a Dirección y esta comunicará a la APAFA para la
aplicación de la multa que corresponda.
d) Las faltas relacionadas con la agresión física, verbal, psicológica, sexual y social realizadas
en contra de un estudiante de manera individual o en grupo son consideradas como faltas
graves, por lo tanto requiere de intervención urgente. Este tipo de faltas se pueden
manifestar en las siguientes actitudes:
 Física: Se relaciona con el uso de la fuerza para dañar al otro. Pueden ser empujones,
patadas, puñetazos, agresiones con objetos.
 Verbal, psicológico y social. Suele tomar cuerpo en forma de insultos y apodos orales o
escritos. También los menosprecios en público o el estar resaltando y haciendo patente
de forma constante un defecto físico o de acción. Son acciones encaminadas a minar la
autoestima del individuo y fomentar su sensación de inseguridad y temor aislándolo
respecto del grupo. El componente psicológico está en todas las formas de maltrato.
 Sexual: Acciones encaminadas a obligar a un compañero(a) a cualquier tipo de contacto
sexual, realizar expresiones obscenas de manera verbal o escrita.
29
e) En caso de falta grave, el docente citará directamente al padre de familia, el procedimiento
para resolver el conflicto será el mismo, pero el estudiante infractor puede obtener “C” como
calificación en el área de personal social en la unidad correspondiente y será suspendido
de manera temporal. El padre de familia debe buscar apoyo psicológico como condición
para el reingreso de su hijo a la I.E y se evaluará su permanencia en la misma sección o
I.E. En caso el padre de familia no se apersone a la citación o de no cumplir con la
reparación de daños causados, al término de la unidad, el docente informará a la Dirección
y esta comunicará a la APAFA para la aplicación de la multa correspondiente y a la fiscalía
de familia para que tome las medidas correctivas pertinentes. Se reportará el caso al
sistema informático SISEVE.
Durante el conversatorio con el padre tener en cuenta lo siguiente:
 Demostrar un interés genuino por ayudar al estudiante.
 Demostrar comprensión por la dificultad del estudiante.
 Comunicar los aspectos positivos y las fortalezas del estudiante.
 Proveer recomendaciones prácticas que los padres puedan aplicar en casa, en especial
cómo criar hijos disciplinados.
 Registrar el hecho en el cuaderno de incidencias y reportarlo al sistema SISEVE.
 Sugerir el cambio de I.E.
f) Para el cumplimiento de lo previsto, la Dirección debe firmar convenios con las siguientes
Instituciones: Fiscalía de familia, defensoría del niño y del adolecente, policía nacional,
ONGS “Jorge Basadre”, IENNEE “Sagrado Corazón”
g) En conclusión, las sanciones para el estudiante y el padre de familia son las siguientes:
- Amonestación verbal al alumno hasta en dos oportunidades en la unidad.
- Por tercera vez, registro en el libro de incidencias, informe al padre de familia.
Reparación y restitución de mobiliario o bienes en caso de deterioro por parte de los
estudiantes.
- Suspensión de la institución educativa. (En la aplicación de sanciones a los educandos,
se evita la humillación y se brinda la orientación correspondiente para su recuperación).
- Cambio de aula o de I.E.
Art.133°La sanción de suspensión se determina por Resolución Directoral previo del informe del Comité
de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERIA: El presente Reglamento Interno será aprobado después del análisis y reflexión de cada uno
de los equipos de trabajo del personal directivo, docentes, estudiantes y padres de familia.
TERCERA: Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán absueltas por la Dirección.
CUARTA: El presente Reglamento será publicado en la página web y en la vitrina de la institución.
QUINTA: El Reglamento Interno, está sujeto a modificaciones sugeridas por la comunidad educativa
y entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación mediante Resolución Directoral.
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
1. Todos los acuerdos tomados en reunión de profesores y otros, serán de estricto cumplimiento y
deberán estar registrados en el correspondiente libro de actas.
2. Los tutores y presidentes del Comité de Aula de todos los grados, deberán informar
trimestralmente sobre el estado de sus fondos económicos y decisiones de gasto.´
30
3. Los viajes de promoción, se realizan preferentemente en el periodo vacacional de medio año y,
excepcionalmente, hasta fines del mes de noviembre sin afectar las horas efectivas de clases
ANEXOS:
A. FORMATO PARA EL REGISTRO Y SEGUIMIENTO DE FALTAS:
FECHA:……………………………
1. REGISTRO DEL HECHO:
2. REGISTRO DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR EL DOCENTE, EL ESTUDIANTE O POR
EL PADRE DE FAMILIA.
a) Anotar las preguntas a realizar para promover la reflexión del niño y/o el padre de familia y lo
más importante de las respuestas recibidas.
b) Anotar lo que hizo el niño y/o el padre de familia para reparar el daño causado.
3. COMPROMISOS ASUMIDOS POR LOS ESTUDIANTES Y/O EL PADRE DE FAMILIA.
B. FORMATO DE CITACIÓN AL PADRE DE FAMILIA:
Sr:………………………………………………………………………………………………………….
Por el presente le comunico que el día……………de…………a horas ………. su hijo(a) cometió la
……….. falta de consideración ……..……al reglamento escolar por lo que debe acercarse a la
institución educativa el día ………….de ………………..a horas ……………. con la finalidad de
reparar daños y coordinar medidas correctivas.
Jaén,…/….../………
Atentamente:
Profesor de aula del……Grado: “…..”
Jaén, setiembre del 2015.
31
C. CARTA DE COMPROMISO
CARTA DE COMPROMISO PARA EL PADRE DE FAMILIA
Por este medio el suscrito, padre de familia y/o tutor del (la): …………… matriculado en esta
institución educativa en el ……grado de educación primaria.
Consciente de la importancia y trascendencia que tiene el cumplimiento de mis responsabilidades
como padre, madre y/o tutor(a) para asegurar el éxito de mi hijo durante su paso por este nivel
educativo, antes de formar parte de la comunidad educativa del 16004, me doy por enterado y a la
vez me comprometo a respetar y cumplir cada una de las cláusulas siguientes:
1. Como padre de familia cumpliré con todo lo señalado en el subtítulo VIII y haré que mi hijo
también cumpla lo establecido en los subtítulos XV y XVIII del reglamento interno.
2. Cuidaré la salud (física y emocional) de mi hijo(a) a fin de que se encuentre en condiciones de
dar un buen rendimiento escolar. Es mi compromiso informar a la maestra si padece alguna
enfermedad contagiosa y/o crónica que pueda poner en riesgo su persona y la de sus
compañeros.
3. Proporcionaré oportunamente los materiales que mi hija(o) requiera, sea al inicio de ciclo
escolar o aquellos que sean requeridos de acuerdo a las actividades previstas para desempeñar
actividades de trabajo en el aula, así como organizarlos tal y como se me solicite.
4. Cuidaré que mi hijo cumpla diariamente con sus tareas escolares dándole el apoyo necesario y
adecuándole un espacio adecuado para que las realice satisfactoriamente y estoy en pleno
conocimiento que de no ser así ello impactará en sus evaluaciones.
5. Atenderé los problemas de conducta y aprendizaje de mi hijo(a), manteniendo comunicación
constante con su maestra, considerando sus sugerencia e indicaciones y observaciones. Todo
esto lo haré cuando su maestra solicite mi presencia en la institución pues de ningún modo
interrumpiré la labor docente en horario de clases.
6. Me responsabilizaré de los desperfectos que ocasione mi hija(o) en la infraestructura escolar,
mobiliario y otros materiales. En caso de daño parcial o total deberé repararlo o reponerlo según
corresponda.
7. Estaré comprometido a vigilar que mi hijo evite usar vocabulario inadecuado, conductas
impropias, agresiones físicas o verbales a sus compañeros o adultos que laboran en esta
institución, pues de ser así, será motivo de impacto negativo en su evaluación, además de una
amonestación que puede llevarlo hasta la suspensión para su atención psicológica. Luego del
cual aceptaré el cambio o aula o de I.E. debido a su mal comportamiento.
8. Acudiré a la institución educativa cuando sea citado por el docente, director, comité de aula o
directiva de APAFA, así como, cumpliré con las medidas disciplinarias adoptadas por la
dirección de la escuela o docente responsable del aula. Si por algún motivo estoy en desacuerdo
con medidas disciplinarias relacionadas con la conducta de mi hijo(a) o forma de trabajo del
docente responsable del aula, estoy consciente de que a la primera persona a la que acudiré
será a él o ella, guardando el debido respeto y demás valores propios de un sano diálogo, con
tal de llevar a mejor término el asunto a tratar.
9. Evitaré que mi hijo(a) lleve consigo juguetes, celulares u objetos que puedan distraer su
atención y la de sus compañeros, ya que si sufren un desperfecto o le son retirados, la escuela o
maestros no se harán responsables de los mismos. Los objetos quedarán a resguardo en la
dirección hasta finalizar el ciclo escolar.
32
Firmo el presente, comprometiéndome a cumplir y hacer cumplir todos los puntos estipulados
en el presente documento y el reglamento interno de la institución educativa por el tiempo que
mi hija(o) pertenezca a esta familia educativa.
Firma y DNI del padre de familia o tutor Firma y sello del Director y/o Sub
Resolución Directoral Nº-007-D-IEP-N°16004-2015
Morro Solar, setiembre del 2015
Visto el proyecto del Plan Anual de Trabajo para la Mejora del
Aprendizaje de la Institución Educativa N°16004, elaborado por la Comisión
de Trabajo integrado por el personal directivo y el pleno del personal docente, así
como los representante del equipo administrativo, estudiantes y padres de familia;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del proceso de mejora de la calidad de la gestión
educativa, es necesario contar con un Reglamento Interno, derivado del PEI y
del Informe de Gestión Anual de la Dirección que concrete los compromisos
de gestión asumidos para el año escolar 2015.
Que, conforme al literal a) del Artículo 68° de la Ley N° 28044, Ley
General de Educación, donde se establece que, entre otras, son
funciones de las Instituciones Educativas, elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar
el Proyecto Educativo Institucional (PEI), así como su Reglamento Interno (RI) en
concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa
pertinentes.
Habiéndose realizado las respectivas consultas a todos los integrantes de la
comunidad educativa;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- APROBAR el Reglamento Interno 2016 de la Institución
Educativa N° 16004 para el presente año en mención, que forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Coordinación de Tutoría y Orientación
Educativa, así como a las demás coordinaciones de grado, la aplicación de todo
lo establecido en el instrumento de gestión aprobado mediante la presente
Resolución, disponiendo las acciones pertinentes que permitan su cabal
33
cumplimiento por parte de todo el personal docente, administrativo, estudiantes y
padres de familia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
34

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Reglamento interno 16004

  • 1. 1
  • 2. PRESENTACIÓN La Institución Educativa N°16004 es una comunidad de aprendizaje, en cuyo espacio este documento normativo de orden técnico administrativo, establece nuestra línea axiológica como integrantes de esta institución. Aquí están instaurados los objetivos que se esperan lograr, los deberes, derechos, estímulos y sanciones para el personal que labora, para los estudiantes y los padres de familia; Así mismo, se contempla las funciones generales del equipo directivo de acuerdo a las áreas de gestión como: los criterios de administración, organización del personal y manejo de los recursos; el desarrollo de las actividades académicas y administrativas; las relaciones con la Asociación de Padres de Familia, Asociación de Ex-Alumnos, la comunidad, entre otros, a fin de garantizar la calidad de la educación a través de la mejora de las condiciones para los aprendizajes y el desarrollo de la profesionalidad docente a partir del acompañamiento sistemático. Nuestra comunidad educativa está conformada por los estudiantes, padres de familia, profesores, directivos, administrativos, ex alumnos y miembros de la comunidad local. Representados en el Consejo Educativo Institucional quienes participan en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo y en lo que de acuerdo a ley les corresponda. La participación de los integrantes de la comunidad educativa se realiza mediante formas democráticas de asociación, a través de la elección libre, universal y secreta de sus representantes. Siendo este un documento normativo, todo el personal directivo, docente, administrativo, estudiantes y padres de familia están en la obligación a cumplirlo de acuerdo a sus funciones y/o atribuciones establecidas. El documento consta de 9 capítulos, 10 títulos, 33 sub títulos y 133 artículos, además de disposiciones finales y transitorias. EQUIPO DIRECTIVO 2
  • 3. CAPÍTULO I TÍTULO I: INFORMACIÓN GENERAL Art. 1º DATOS GENERALES: 1.1. Institución INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 16004 1.2. Ubicación Distrito de Jaén, Provincia de Jaén, Región Cajamarca 1.3. Código Modular 0263376 1.4. Código de Local 120309 1.5. Resolución de Creación R. M. Nº 3139 1.6. Dirección Micaela Bastidas N°241 1.7. Teléfono 076- 432770 1.8. Servicio Educativo Educación Básica Regular: Primaria 1.9. Total de docentes 38 docentes 1.10. Población Escolar 1022 1.11. Número de secciones 32 1.12. Número de Aulas 16 1.13. Horarios MAÑANA 7:45 a.m. a 12:45 p.m. TARDE de 13:30p.-m a 18:30 p.m. 1.14. Área total de terreno 1583.17 M2 1.15. Sitio web http://estamoscreciendounidos.blogspot.pe/ Art. 2º BASE LEGAL - Constitución Política del Perú de 1993. - Ley General de Educación Nro. 28044 y su Reglamento. - Ley No. 29944. Ley de la Reforma Magisterial y su Reglamento. - D.S.Nro.007 – 2001 –ED. normas para la gestión educativa y desarrollo de actividades del centro y programas educativos. - Ley No. 28628 que regula la participación de los padres de familia en las IIEE y su respectivo Reglamento. - DS. Nro.276, ley de Bases de la Carrera Administrativa y su Reglamento DS Nro. 005-90 PCM. - Ley General de Procedimiento Administrativo Nro. 27444. - DS Nro. 050-82-ED Reglamento de Supervisión Educativa. - RM.0571-94.ED. Reglamento de control de asistencia y permanencia del Personal del Ministerio de Educación. - Resolución Ministerial N° 556-2014 “Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2015. - Proyecto Educativo Institucional del plantel. Art. 3º ALCANCES: • Personal directivo • Personal administrativo. • Personal docente. • Personal auxiliar de educación • Estudiantes. • Padres, madres y apoderados. CAPITULO II 3
  • 4. TÍTULO II: DE LA CREACION, FINES, OBJETIVOS, Y ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCION EDUCATIVA SUBTÍTULO I: CREACIÓN Art. 4° La autorización y creación de la Institución Educativa del Nivel Primario N°16004, fue dada por R. M. Nº 3139 del 17 de junio del año 1964. La actual infraestructura educativa está ubicada en la calle Micaela Bastidas N°241 en la que se atiende a cerca de mil cien estudiantes en 32 secciones. SUBTÍTULO II: FINES Art. 5° Son fines de la Educación Peruana: a. Formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa; promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima, su integración adecuada y crítica a la sociedad; para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno; así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento. b. Contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjada de una cultura de paz, que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística; supere e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado. SUBTÍTULO III: OBJETIVOS GENERALES COMO INSTITUCIÓN EDUCATIVA. Art. 6° Objetivos en el área institucional a. Establecer alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas de la localidad, para una gestión eficiente, concertada a fin de optimizar el desarrollo interinstitucional local y regional. b. Proponer a organismos gubernamentales y no gubernamentales proyectos para el mejoramiento de la calidad del servicio educativo en materia pedagógica, infraestructura y equipamiento. c. Difundir nuestras propuestas pedagógicas y nuestros logros a través de las redes sociales. d. Desarrollar un modelo de gestión democrática y participativa en donde los miembros de la comunidad educativa, con sus propuestas, promuevan el crecimiento institucional. e. Establecer con claridad los deberes, derechos, sanciones y estímulos de todos los trabajadores, de los estudiantes y padres de familia. f. Organizar a los estudiantes para participar en actividades curriculares y extracurriculares a fin de promover la responsabilidad, compromiso, y conciencia de su rol en la institución educativa. g. Diseñar y desarrollar un plan de tutoría que permita el desarrollo de habilidades sociales y garantice la formación integral del educando. h. Proyectarse a la comunidad para promover el desarrollo de la educación social, cultural, preservación y mejoramiento de la calidad de vida y el cuidado del medio ambiente. i. Regular las relaciones personales entre todos los miembros de la Comunidad Educativa: profesores, estudiantes, padres de familia y personal no docente a fin de no alterar el clima institucional. Art. 7° Objetivos en el área pedagógica 4
  • 5. a. Diseñar un modelo pedagógico de reflexión acción que promueva la mejora continua de la práctica docente y la participación de los padres de familia. b. Diversificar, implementar, desarrollar y evaluar la propuesta curricular en base a los principios educativos de la educación intercultural. c. Insertar software educativo en las diferentes actividades pedagógicas. d. Establecer, implementar, desarrollar y evaluar el plan de formación continua para elevar el nivel de competencia profesional de los docentes y directivos de la institución educativa. Art. 8° En el área administrativa a. Normar el sistema de monitoreo al cumplimiento de las actividades de cada uno de los estamentos de la Institución Educativa a fin de brindar un adecuado servicio educativo en concordancia con las normas provenientes del Sector Educación. b. Ordenar el funcionamiento de la I.E. para alcanzar el mayor rendimiento educativo posible. c. Utilizar software para viabilizar los procesos administrativos relacionados con el manejo de la base de datos de los padres de familia, estudiantes, profesores y personal administrativo. d. Implementar la página web de la institución educativa con distintos servicios. e. Establecer un sistema de vigilancia y de seguridad interno y externo en la institución educativa. CAPÍTULO III TÍTULO III: DE LAS FUNCIONES GENERALES SEGÚN ÁREAS DE GESTIÓN Y/O EQUIPOS DE TRABAJO SUBTÍTULO IV: GESTIÓN INSTITUCIONAL: Art.9° El Director es el responsable de asegurar el normal desarrollo de las acciones técnico- pedagógicas y administrativas de la Institución Educativa, y de garantizar y promover el respeto a las propuestas educativas asumidas democráticamente. Art.10° La Dirección es responsable de promover la elaboración participativa y la aprobación de la Estructura Orgánica Institucional, el Reglamento Interno, el Proyecto Educativo y Curricular, el Plan Anual de Trabajo así como el respectivo Presupuesto Anual de la institución. Art.11° La Asociación de Padres de Familia elaborará su plan operativo que concuerde con el Plan Anual de la institución educativa y será aprobado por la Dirección. Art.12° El Plan de Trabajo Anual de la Institución Educativa, tendrá como objeto presentar el diagnóstico en relación a los ocho compromisos de gestión asumidos para el año escolar, los objetivos y metas planteadas y las diversas actividades que realizaremos con el fin de optimizar la calidad del servicio que brindamos para la mejora de los aprendizajes de nuestros estudiantes entre el primero de marzo al 31 de diciembre. Art.13° La Dirección es responsable de formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual con la participación del personal docente y la colaboración de la Asociación de Padres de Familia y alumnos según sus capacidades. SUBTÍTULO V: GESTIÓN ADMINISTRATIVA 5
  • 6. Art. 14° Estructura orgánica institucional Art.15° Detalle de la organización institucional. La Institución educativa cuenta con la siguiente estructura orgánica: a. Órgano de Dirección (Equipo directivo) - Director - Sub Director b. Órgano Consultivo y de participación: - Consejo Educativo Institucional (CONEI) - Asociación de Padres de Familia - Consejo de vigilancia - Comités de Aula - Asociación de ex estudiantes. c. Órgano de Ejecución - Consejo académico (Equipo de coordinadores de grado) - Personal Docente: Con aula a cargo, docentes de educación física y docentes del CRT. - Comisiones de Trabajo. d. Organización escolar - Consejo Estudiantil - Policía escolar e. Órgano de Apoyo - Personal Administrativo - Personal de Servicio Art. 16° De la matrícula y ratificación. a. La ratificación de la matrícula en la Institución Educativa es responsabilidad del Director y se llevará a cabo, siguiendo las directivas del Ministerio de Educación. b. Para el ingreso al primer grado, los estudiantes tendrán un proceso de valoración de sus aprendizajes logrados en el nivel inicial y una evaluación psicológica para comprobar situaciones que favorezcan su escolaridad. Además, entrevista a los padres de familia a fin de determinar su 6
  • 7. nivel de compromiso y de responsabilidad con la educación del estudiante aspirante al primer grado. En dicho proceso, la Dirección considera las siguientes prioridades para otorgar la vacante: - Padres de familia de la institución cuyos hijos aún cursan un grado o nivel educativo. - Ex alumnos de la institución. - Padres de familia del sector de influencia de la institución y otros casos que la Dirección considere pertinente. c. El Equipo Directivo determinará el porcentaje de padres de familia que alcanzarán vacante, según los criterios establecidos. d. Para acceder a una nueva vacante, los padres de familia, tendrán que demostrar responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes y además, sus hijos deben alcanzar el puntaje mínimo aprobatorio en la valoración de sus aprendizajes, caso contrario, ya no tienen acceso a una nueva vacante. e. La matrícula, su ratificación o traslado será efectuado por el Padre de Familia o apoderado. Sólo podrá efectuar el traslado quien hizo la matrícula previa presentación del DNI. Art.17° De los recursos propios: a. La Dirección, junto a una comisión elegida en asamblea de los trabajadores de la I.E. se encargará de la administración de los recursos propios de la Institución Educativa de acuerdo a las normas establecidas. b. Los ingresos propios que genere la institución educativa se destinarán, preferentemente, a financiar actividades que favorezcan los aprendizajes de los estudiantes o la mejora de los desempeños docentes. Además, pueden orientarse a financiar otras actividades consideradas en el Proyecto Educativo Institucional y/o Plan de Trabajo Anual. SUBTÍTULO VI: DE LA GESTIÓN PEDAGÓGICA Art.18° El Sub Director, asume las mismas funciones del Director en ausencia de éste, pero como función específica, es el responsable ejecutivo para programar, orientar, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones técnico-pedagógicas en coordinación con el Director de la Institución Educativa y en armonía con las características de los educandos y la realidad socio cultural de la comunidad para el logro de los objetivos institucionales. Art.19° El coordinador de grado, se encarga de promover en su equipo, el trabajo pedagógico de manera cooperativa y asegura similitud en la planificación, aplicación de estrategias, uso de los materiales educativos, manejo del tiempo, el clima del aula, los aspectos referidos a la evaluación y las acciones ante los estudiantes con dificultades académicas. Así mismo, velará por el cumplimiento de las acciones de tutoría y la mejora de la participación de los padres en las jornadas y encuentros para asegurar acompañamiento familiar de mejor calidad en la educación de los niños y niñas. Realiza sus funciones en coordinación con el Sub Director o el Director de la Institución Educativa. Art.20° El coordinador, junto a sus maestros deben realizar, validar y difundir estudios, proyectos y experiencias innovadoras en la gestión pedagógica. Art.21° El Sub Director y los diferentes coordinadores colaboran de manera directa en la formulación del Plan Anual de Trabajo de la I.E. Art.22° La programación curricular en Educación Primaria se realizará en equipos de trabajo, por grados y ciclos teniendo en cuenta las orientaciones para la planificación emitidas por el Ministerio de Educación. Cada docente es responsable de su aula. 7
  • 8. Art.23° La asignación de grados para los docentes se realizará de acuerdo a los criterios siguientes: Resultados de la evaluación ECE, resultados del monitoreo y acompañamiento. Si los resultados son positivos, los docentes permanecen en el grado o rotan en el ciclo, caso contrario el equipo directivo dispone su ubicación previa coordinación con el docente. Art.24° El mobiliario y equipamiento permanece en el aula. Por ningún motivo, habrá traslado de mobiliario y/o equipos a otras aulas. Art.25° Todas las reuniones de planificación, coordinación e información a los padres, así como las de interaprendizaje se realizarán fuera del horario escolar sin afectar las horas efectivas de clase y sin la presencia de estudiantes. Salvo en el caso de realizarse encuentros familiares. Art.26° El equipo directivo realizará visitas de monitoreo y acompañamiento al docente en aula tres veces al año, luego del cual se realizarán jornadas de inter aprendizaje institucional de acuerdo a las dificultades encontradas. La asistencia del personal docente a estas jornadas es obligatoria. Art.27° La Sub Dirección y el equipo de coordinadores organizan reuniones periódicas a fin de reajustar y evaluar las actividades previstas en la programación anual y unidades didácticas. Art.28° El programa de recuperación y nivelación académica se realizará bajo las siguientes condiciones: - El coordinador del Programa de Reforzamiento y/o Nivelación Académica será elegido entre los docentes en asamblea. - El coordinador del PRA, se encargará de organizar el proceso de inscripción del programa de recuperación y reforzamiento académico. - Los docentes encargados del PRA serán elegidos por sorteo entre todos los que deseen. No podrán participar quienes ejecutaron el PRA en el año anterior y los que tengan resultados negativos en el monitoreo al aula. - En caso de existir oferta laboral se hará un sorteo entre los que ya realizaron el PRA el año anterior. - La parte administrativa será asumida por los administrativos en forma rotativa; entre los que se encuentren en uso de sus vacaciones. - El PRA se realizará entre los meses de enero y febrero (ciclo de verano) y tendrá una duración de acuerdo a lo que se establezca en el plan respectivo. - Las responsabilidades del coordinador son: • Monitorear y apoyar el proceso del curso de nivelación y recuperación académica. • Elaboración de actas de subsanación y visado en la UGEL. • Elaboración del plan de trabajo del PRA y Nivelación Académica. - El equipo Directivo hará monitoreo al trabajo de los docentes del PRA de manera inopinada. - La distribución de los montos recaudados serán de acuerdo a lo que se establece en las directivas que el MINEDU para cada año escolar. SUBTÍTULO VII: DE LA ORGANIZACIÓN Y LAS FUNCIONES DE LOS TRABAJO EDUCATIVO Art.29°Comisión de Asuntos Sociales: (modificar nombre) a. Promover actividades de orientación sobre ética y relaciones interpersonales para propiciar un clima institucional de cordialidad y compromiso entre los Docentes. b. Realizar encuentros de confraternidad que promuevan la unión y el compañerismo de la plana docente administrativa y directivos. c. Con autorización de la Dirección y CONEI, organizar actividades para la obtención de fondos que permitan estimular a los trabajadores de la institución. 8
  • 9. d. Promover el apoyo económico, asistencia moral y espiritual en forma oportuna a los trabajadores de la Institución que padezcan enfermedades terminales o de la pérdida de familiares directos: padres, hijos o cónyuge(con quien tenga hijos y vivan juntos) Art.30°Del comité de imagen institucional. a. Propiciar la realización de eventos de carácter cultural y científico que favorezcan el mejor desempeño laboral, en coordinación con la APAFA y el equipo directivo. b. Participar en reuniones culturales, en representación del colegio, siempre y cuando sea delegado por la Dirección. c. Promover la realización de charlas y/o conversatorios sobre diversos temas de interés de la comunidad educativa. d. Difundir los hechos o actividades relevantes para conocimiento de la población, a través de los medios de comunicación locales y redes sociales. e. Propiciar la edición de la revista institucional con motivo de su aniversario. f. Promover el cumplimiento de las fechas señaladas en el calendario cívico escolar, en coordinación con la Dirección y los docentes responsables, a efectuarse de preferencia los días lunes, durante las formaciones. g. Preparar el directorio de la institución y autoridades locales y regionales que faciliten la relación interinstitucional. h. Crear, editar, revisar o actualizar: afiches, página web, trípticos, logos, insignias, otros antes de su publicación o socialización. Art.31°Del comité ambiental a. Proteger el ambiente escolar a través de la adopción de normas y hábitos de comportamiento saludable a través del trabajo cooperativo de todos los miembros de la comunidad educativa. b. Participar en las reuniones que realice el equipo Directivo con el personal administrativo de mantenimiento. c. Contar con plan de actividades y establecer permanente coordinación con el facilitador del CAE del Gobierno Regional de Cajamarca. d. Planificar, organizar, ejecutar y evaluar actividades previstas en su plan de trabajo. Art.32°Del comité de gestión de riesgos a. Contar con el Plan correspondiente que permita cumplir las actividades previstas. b. Realizar las señalizaciones respectivas en el local institucional. c. Utilizar estrategias para recomendar a los estudiantes, personal docente y trabajadores administrativos la adopción de actitudes adecuadas frente a los sucesos imprevisibles. d. Ejecutar los simulacros que se encuentran establecidos en el DS.No.622-2013-ED, a fin de promover medidas de prevención y disminuir sus efectos. e. Mantener permanente coordinación con el responsable de PREVAED de la UGEL. Art.33°Del comité de tutoría y defensoría escolar del niño y adolescente y tutorías. a. Velar por la integridad física y psicológica de los estudiantes. b. Coordinar acciones con instituciones afines cuando los derechos de los estudiantes se encuentren amenazados. c. Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes. d. Promover y fortalecer el desarrollo integral de los estudiantes a través de la tutoría responsable. e. Coordinar, con el equipo directivo, acciones de diagnóstico de las situaciones psicosociales y culturales de los estudiantes. f. Promover y organizar capacitaciones tutoriales para docentes y padres de familia como la escuela de padres. 9
  • 10. g. Actuar como mediador, ayudando a comprender y resolver la diversidad de situaciones conflictivas dentro de la familia escolar. Art.34° Del comité de cultura, deporte y recreación. a. Fomentar en la I.E. la realización de proyectos educativos que desarrollen actividades culturales, deportivas, artísticas y recreativas que contribuyan a garantizar la adquisición de valores y la formación integral de los estudiantes. b. Promover la participación activa, permanente y concertada de los estudiantes, docentes, directivos y padres de familia en la promoción del deporte y del arte, de acuerdo a las directivas nacionales de los juegos deportivos y los juegos florales escolares. c. Asegurar que en toda actividad deportiva o artística, se vivencie la formación de valores democráticos, el respeto, la disciplina y otros que contribuyan a la buena formación de los estudiantes d. Contribuir a la formación integral de las alumnas a través de actividades artísticas y deportivas, organizadas mediante convenios de cooperación interinstitucional. e. Promover la formación de talentos artísticos y deportivos, entre los alumnos y docentes a través de clubes y/o talleres. f. Asegurar el funcionamiento de la radio escolar. g. Revisar planes y programas de actividades, salidas o visitas, que estén acordes con las normas y que contribuyan la formación de los estudiantes y representación institucional, antes de la aprobación por el equipo directivo. Art.35° Los coordinadores de cada comité son los responsables de promover la participación activa de los integrantes de su equipo en las acciones de planificación, ejecución y evaluación del plan que les corresponde. El plan deberán presentarlo durante los primeros quince días de iniciado el año escolar bajo responsabilidad. Art.36° La asamblea de docentes puede conformar otros comités de acuerdo a las necesidades institucionales. CAPÍTULO IV TÍTULO IV: DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN SUB TÍTULO VIII: EL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Art.37° Es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa pública, que colabora con la promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática, promoviendo el respeto a los principios de equidad, inclusión e interculturalidad en las Instituciones Educativas Públicas. Art.38° Es presidido por el Director de la I.E. e integrado por representantes del personal docente, estudiantes, administrativos, ex alumnas y padres de familia, pudiendo ser integrado también por otros representantes de Instituciones de la comunidad local, por acuerdo del Consejo. Art.39° El Consejo Educativo Institucional, tendrá una vigencia de dos años para garantizar la continuidad del plan de trabajo. Art.40° Son funciones del Consejo Educativo Institucional: a. Participar en la formulación y evaluación del PEI. b. Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la Institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación. c. Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de las estudiantes en la Institución Educativa. d. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en la Institución Educativa. 10
  • 11. e. Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el PAT. f. Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido. g. Propiciar la solución de conflictos que se susciten en ésta, priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito. h. Opinar sobre los criterios de auto evaluación de la Institución Educativa y los indicadores de desempeño laboral. SUBTÍTULO IX: DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA. Art.41° DE LOS DEBERES: a. Los padres de familia son parte de la comunidad educativa de la institución y se constituyen en asociación de acuerdo a la Ley. La Asociación de padres de familia es un organismo de apoyo y de participación. b. Los padres de familia al matricular a sus hijos/as se comprometen a participar activamente en las actividades y tareas educativas encaminadas a lograr los objetivos educacionales. Caso contrario no tendría acceso a una nueva matrícula. c. Los padres de familia dejan y recogen sus hijos en el portón principal de la I.E. Salvo los niños del primer grado, ellos pueden ser recogidos desde la puerta del aula durante el primer mes de asistencia a la I.E. d. Los padres de familia tienen la responsabilidad de colaborar con su trabajo y aporte económico (cuota y/o actividades de la asociación) para la ampliación de la infraestructura, reposición de mobiliario escolar, mantenimiento o gastos previstos en el Plan Anual de Trabajo. e. Asistir de manera puntual a las reuniones y entrevistas fijadas por la Asociación de Padres de Familia, por la Dirección o los Docentes. Al momento de asistir a las reuniones, deben presentar la citación enviada por la Dirección o profesorado anotando sus datos para el control de su asistencia, caso contrario no podrán ingresar a la reunión. Así mismo, está en la obligación de permanecer en la reunión, si sale de ella sin motivo justificado, se considera inasistencia. f. Elegir sus comités de aula, asesorados por los profesores tutores. g. Dialogar con los tutores y profesores sobre cualquier problema o dificultad que surja en relación con la educación de sus hijos, pero en el horario establecido. No podrán interponer quejas en Dirección sin antes haber dialogado con el profesor de aula, salvo asuntos de extrema gravedad. h. Garantizar la participación de sus hijos/as en todas las actividades que se programen y más aún cuando tienen que representar a la I.E otorgando la autorización respectiva y justificando oportunamente toda inasistencia o tardanza. i. Garantizar el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos, apoyando y reforzando la labor realizada en horario escolar y extraescolar. Además debe inculcar en sus hijos valores morales y buenas costumbres, tratando de ser ejemplo de vida. j. Colaborar a solicitud del docente en el desarrollo de las actividades programadas por éste en el aula, para la adquisición y mejora de los aprendizajes. Art.42° DE LOS DERECHOS: 11
  • 12. a. Ser informados oportuna y adecuadamente sobre el rendimiento académico, asistencia y comportamiento de sus hijos. b. Elegir y ser elegidos(as) para desempeñar diferentes funciones del Consejo Directivo de la Asociación de Padres de Familia o de los Comités de Aula de acuerdo a la ley 28628. c. Recibir información documentada y oportuna del movimiento económico de parte del Consejo Directivo de la APAFA u órgano correspondiente. d. Participar con voz y voto en todas las asambleas convocadas por la Dirección o Consejo Directivo de la APAFA. e. Ser convocado (a) con no menos de 48 horas de anticipación a reuniones del Comité de Aula o asamblea de padres de familia, salvo situación de emergencia. f. Recibir de manera trimestral, del o de la docente, el informe de los logros y dificultades de sus hijos con el fin de coordinar la ayuda y estímulo que el estudiante necesita para la mejora de sus aprendizajes. Art.43° DE LAS PROHIBICIONES, ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA A. PROHIBICIONES a) Desprestigiar a la institución educativa sin contar con las pruebas necesarias. b) Interrumpir las horas de clases ingresando directamente a los salones de clase, sin el permiso respectivo del director, subdirector o personal autorizado de la institución. c) Alterar el clima institucional denigrando la labor de sus directivos o docentes. d) Hacer ingreso a la institución educativa en estado de ebriedad, en ropa deportiva o en prendas muy cortas o escotadas. e) Asistir a reuniones de padres de familia con sus hijos pese a que en la citación se indica la no presencia de éstos. f) Dejar basura en el patio y/o aulas después de las reuniones. B. ESTÍMULOS: Los estímulos a los padres y madres de familia por su participación plena con las actividades de la institución, colaboraciones, cuotas y compromiso en la formación espiritual, cultural, social y cívica de sus hijos/as. Son: a) Felicitación mediante resolución directoral. b) Tener preferencia al solicitar vacante para un nuevo hijo. c) Otros Incentivos que la Dirección y la directiva de APAFA lo establezcan en cada año lectivo. C. FALTAS a. Los Padres y Apoderados, conscientes del derecho primario e irrenunciable de educar a sus hijos, faltan a su deber al no participar en la tarea educativa de la institución. b. No aceptar el presente reglamento en todos sus puntos y no comprometerse a cumplirlo. c. No colaborar en la educación integral de sus hijos. Esto implica: - Desinterés por el desarrollo escolar de su menor hijo-a. - No asistir reiteradamente a las asambleas convocadas por la Dirección y/o la Asociación de Padres de Familia (APAFA). - No justificar personalmente los atrasos e inasistencia de sus hijos, así como el constante incumplimiento de sus deberes escolares. En caso de enfermedad y que requiera tratamiento prolongado se debe presentar el certificado médico. - Incumplir con el pago de las diversas colaboraciones. - No recoger las tarjetas de información y otros documentos de evaluación de sus hijos/as, dentro de los plazos establecidos. 12
  • 13. - Desatender la buena presentación de sus hijos y despreocuparse de los útiles necesarios para el buen desenvolvimiento en sus clases. - No cumplir su papel de educadores en el hogar con el buen ejemplo, el diálogo, la armonía entre sus miembros, y el interés por la educación cristiana de sus hijos. - Negar la autorización a su hijo/a para que represente a la I.E. sabiendo que ha sido seleccionado(a). D. SANCIONES a. Amonestación verbal. b. Amonestación escrita. c. No tendrán derecho a ocupar cargos en el consejo directivo de APAFA y Comités de Aula. d. Multa acordada por la asamblea general. e. No tiene opción de solicitar nueva vacante. SUB TÍTULO X: EL CONSEJO O MUNICIPIO ESCOLAR. Art.44° Es el órgano de participación de los estudiantes en el Proyecto Educativo Institucional. Participa en la gestión educativa, como un ente dinamizador de las relaciones entre estudiantes, personal docente y padres de familia. Asimismo, participan en la planificación y ejecución de actividades e intervienen en la toma de decisiones. Art.45° Tiene como fines: a. Canalizar las iniciativas de los estudiantes. b. Propiciar la buena comunicación del alumnado con el equipo directivo y el cuerpo docente de la IE. c. Dar al estudiantado la oportunidad de desarrollar un liderazgo democrático a través de la planificación y organización de actividades. d. Sus integrantes son elegidos democráticamente al inicio de cada año escolar. e. Los integrantes del Consejo Estudiantil cesan en sus cargos, por haber incurrido en falta grave de conducta, tener 1 ó 2 cursos desaprobados y 3 ausencias injustificadas a las reuniones que el Consejo convoque. SUB TÍTULO XI: DE LA ASOCIACIÓN DE EX ESTUDIANTES DE LA IE. Art.46° Es la organización que representa a sus Ex Estudiantes, a quienes les reconoce una importante responsabilidad como colaboradores de la I.E. Art.47° Son fines de la Asociación de Ex estudiantes, los siguientes: a. Vincular de la mejor forma posible a los Ex estudiantes con la IE. b. Propiciar entre los Ex estudiantes de todas las promociones la cooperación más amplia, ayudándose mutuamente dentro de las esferas de su actividad. c. Sostener vinculación constante con los Profesores de la IE, prestándoles la ayuda necesaria para estimular la formación de los estudiantes en cualquier campo de acción aprobado por las autoridades de la IE. d. Promover actuaciones culturales, sociales, artísticas y deportivas entre los estudiantes, alumnas y Ex estudiantes, procurando cooperar con ellas por lo menos con su asistencia y la de sus familiares. e. Contribuir a la organización de las sociedades promocionales, para estrechar los vínculos entre ellas y la Asociación. f. Colaborar en la solución de los problemas educacionales que pudieran presentarse en la IE, para mantener su prestigio y contribuir a su progreso. g. Colaborar o hacerse presente en las actividades de aniversario. 13
  • 14. Art.48° La Asociación de Ex Estudiantes contará con un Estatuto que será aprobado y reconocido por la Dirección de la I.E. SUB TÍTULO XII: COMITÉ DE PADRES DE FAMILIA DEL AULA. Art.49° El comité de aula está constituido por los padres o apoderados de los estudiantes matriculados en la IE. Art.50° La primera semana de clases se convocará a la primera reunión del año escolar donde se elegirán al presidente, secretario, tesorero y vocal del comité de aula de acuerdo al cronograma establecido por el equipo directivo. Art.51° El Director asiste obligatoriamente a las sesiones de la Asamblea General de los Comités de Aula. En caso no pudiera asistir, designará como su representante, al Sub Director o a los coordinadores de grado. Art.52° Para postular al comité de aula o directiva de APAFA debe tenerse en cuenta la Ley N°28628 que regula la participación de los padres de familia en las Instituciones educativas. Art.53° Todos los bienes que logren adquirir los comités de aula pasan a ser propiedad del aula de acuerdo a ley. Por ningún motivo estos bienes pueden ser trasladados a otros ambientes. CAPÍTULO V TÍTULO V: DE LA JORNADA LABORAL SUB TÍTULO XIII: CUMPLIMIENTO DE LA HORAS EFECTIVAS DE CLASE. Art.54° La calendarización del año escolar es elaborada en la semana de planificación y será aprobada la primera semana de iniciadas las clases del año siguiente. La calendarización debe contener como mínimo mil cien horas efectivas de clases con los estudiantes y todos los trabajadores asumirán el compromiso de cumplirlo bajo responsabilidad. Art.55° Todos los servidores de la Institución Educativa están obligados a concurrir puntualmente a sus labores y desempeñar el cargo en forma eficiente y permanente durante toda la jornada de trabajo y de acuerdo al horario establecido para cada caso. Art.56° El control de la asistencia se realizará a través de reloj digital. Mientras tanto se utilizará soporte impreso. Art.57° El horario de trabajo para el Director es de 7:20 am. a 1:20 pm y de 6:30 a 8:30 pm. y el horario establecido para el Sub Director es de 12:30 am. a 8:30 pm con la finalidad de establecer coordinaciones tanto al medio día como el finalizar la jornada. Art.58° Los horarios establecidos para los estudiantes del turno de la mañana es de 7:45 am 12:45 pm y para el turno de la tarde de 1:30pm a 6:30 pm. El ingreso a la institución educativa de los estudiantes del turno de la tarde será a partir de la 1:20pm a fin de dar el tiempo necesario a los trabajadores de servicio para que efectúen una adecuada limpieza de las aulas. Art.59° El horario puede modificarse durante la semana de planificación del año anterior y aprobado en la última asamblea general de padres de familia. La modificación procede siempre que se atienda las necesidades de los estudiantes. Art.60° Los docentes, atenderán en las horas de educación física a los padres de familia cuyos hijos necesitan apoyo, caso contrario tendrán que realizar acciones de planificación o de apoyo al docente de educación física en el control de los estudiantes. Art.61° Los docentes evitará realizar conversaciones con sus compañeros, o realizar llamadas telefónicas, imprimir o sacar copias en horas de clase abandonando a sus estudiantes. Art.62° El local de la Institución Educativa, no puede ser utilizado como escenario de ventas de ninguna clase (libros, separatas, ropa, colonias, perfumes, maquillaje, joyas, otros); por parte de los alumnos y menos por parte del personal docente o administrativo. 14
  • 15. Art.63° Los docentes no pueden abandonar la institución para realizar gestiones personales durante las horas de educación fisca, AIP o descanso, salvo emergencias médicas autorizadas por el equipo directivo. CAPITULO VI TÍTULO VI: DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS TRABAJADORES SUB TÍTULO XIV: DEL DIRECTOR Art.64° Competencias del director de la institución: b) Representar oficialmente a la I.E. y mantener relación con las diversas instancias del Ministerio de Educación. c) Participar en las reuniones de comité de aula, de la Asociación de Padres de Familia y de la comunidad magisterial. d) Ejercer el cargo con dedicación exclusiva, distribuyendo sus horas de labor en los dos turnos. e) Velar por el prestigio de la Institución Educativa y el alto nivel formativo, académico y disciplinario. f) Promover la integración de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de los ocho compromisos de gestión. g) Convocar, coordinar y presidir las reuniones generales del profesorado, alumnos y padres de familia. h) Realizar las acciones de administración en conformidad con lo establecido en las normas vigentes del Ministerio de Educación y el Reglamento interno de la Institución Educativa. i) Promover la captación de recursos para implementar la organización y funcionamiento de la Institución Educativa. j) Autorizar paseos, visitas de estudio. k) Organizar y distribuir racionalmente los recursos de la Institución Educativa. l) Planificar, asesorar y coordinar la elaboración del plan general de la Institución Educativa cada año lectivo. m) Asesorar a la Asociación de Padres de Familia y promover su colaboración. n) Velar por el cumplimiento de las disposiciones técnico-pedagógicas y administrativas emanadas del Ministerio de Educación. o) Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo. En caso de una evaluación negativa sancionar al personal a su cargo según las normas vigentes. p) Otorgar licencia. Cuando la licencia sea de treinta o más días seleccionar y designar al personal docente titulado reemplazante. q) Formular el presupuesto de la I.E. y velar por su correcta administración de los recursos propios. r) Suscribir convenios y/o contratos con fines educativos y organizar eventos de capacitación y actualización docente. SUB TÍTULO XV: DEL SUB DIRECTOR Art.65° Corresponde al Sub Director: a) Planificar, orientar y apoyar las actividades técnico – pedagógicas de la Institución Educativa en coordinación con el Director. b) Orientar y asesorar la adecuación, el desarrollo y la evaluación de los currículos que se apliquen en la Institución Educativa. c) Colaborar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo en coordinación con la Dirección de la I.E d) Promover la capacitación pedagógica y técnica de los docentes, en coordinación con el Director. 15
  • 16. e) Apoyar al Director de la Institución Educativa y asesorar al personal docente. f) Incentivar la capacitación del personal docente. g) Organizar reuniones con el Consejo Académico, los docentes, equipos de grados, para unificar criterios, integrar objetivos y planificar acciones conjuntas. h) Coordinar y asesorar las acciones de reajuste, complementación y nivelación de los educandos. i) Convocar y coordinar las reuniones técnico-pedagógicas de los profesores. j) Apoyar y orientar las actividades cívicas, culturales, deportivas, artísticas y recreativas propuestas en el Plan de Trabajo de la I.E. coordinando con los profesores responsables y la Dirección. k) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne el Director. l) Velar por el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación SUB TÍTULO XVI: DEL TUTOR Art.66° La función del tutor-orientador en primaria lo ejercen los docentes de cada aula asignando una hora semanal para esta labor. Art.67° El Tutor es el profesor responsable directo de la orientación de su aula en los aspectos formativos, de conducta, aprovechamiento e integración. Es el punto de convergencia de los esfuerzos educativos de Padres, Profesores, Institución Educativa y Alumno. Art.68° Corresponde al docente Tutor: a) Integrar el equipo de Coordinación de disciplina escolar y Tutoría educativa y trabajar en estrecha conexión con el Coordinador de tutoría. b) Elaborar y ejecutar programas específicamente formativos para los alumnos/as y padres de familia. c) Coordinar para elaborar, ejecutar y monitorear el Plan Tutorial de la institución educativa. d) Asistir a las reuniones de implementación y coordinación del servicio de Tutoría escolar. e) Participar como miembro activo del equipo formador de su ciclo o grado. f) Colaborar en las actividades destinadas a la conservación y mejoramiento de la salud y otros aspectos del bienestar del educando. g) Realizar la atención y seguimiento del grupo de estudiantes a su cargo en el área académica, personal, social, actitudinal. h) Acompañar y orientar a sus estudiantes en su despliegue personal a todo nivel: físico conductual; intelectual; psicológico; comunitario; moral y espiritual. i) Estimular a los estudiantes a su cargo cuando intervengan en alguna actividad competitiva, organizándolos y orientándolos, acompañándolos en los triunfos y enseñándolos a aceptar los resultados cuando éstos no son los que se esperaban. j) Conocer los aspectos personales de los alumnos a su cargo: características positivas, debilidades y talentos y consolidarlos en una ficha. k) Mantener comunicación permanente con los Padres de Familia o Apoderados sobre el desarrollo integral de sus hijos. l) Conocer acerca del rendimiento y comportamiento de cada estudiante o grupos, y buscar solución a eventuales problemas de conducta y aprendizaje, coordinando con otros tutores, con la subdirección y coordinación de tutoría. m) Promover en los estudiantes hábitos de orden y de limpieza, así como el cumplimiento de responsabilidades como factores básicos para un trabajo productivo. n) Velar por la adecuada dosificación de tareas y exámenes de los alumnos de su tutoría. o) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes a su cargo que le asigne el Director. 16
  • 17. SUB TÍTULO XVII: DEL DOCENTE ENCARGADO DE LABORATORIO DE CIENCIAS Art.69° El profesor estable de laboratorio es responsable de organizar, orientar, supervisar y evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje en el laboratorio y de administrar los equipos e insumos correspondientes. Art.70° Corresponde al profesor encargado del laboratorio: a) Orientar y coordinar las actividades técnico-pedagógicas del laboratorio. b) Orienta y asesora la adecuación del desarrollo y evaluación de la enseñanza-aprendizaje de las ciencias en el laboratorio. c) Elaborar su plan de trabajo y cronograma de prácticas en el laboratorio, coordinando con los profesores, el cual presenta en el mes de marzo. d) Realizar el inventario del laboratorio, lo mantiene actualizado y lo publica en un lugar visible. e) Ejercer el cargo y funciones distribuyendo sus horas en dos turnos de trabajo. f) Mantener y conservar los equipos, instrumentos e insumos. g) Promover en los docentes la ubicación ordenada del material didáctico y colaborar en la adquisición de nuevos recursos. h) Colaborar con los docentes en la elaboración y desarrollo de las prácticas de laboratorio. i) Coordinar y apoyar las actividades curriculares del área de ciencias. j) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne el Director. SUBTÍTULO XVIII: DEL DOCENTE DEL AULA DE INNOVACIONES PEDAGÓGICAS Art.71° Son sus funciones específicas: a. Diseñar, organizar y administrar el sistema informático de la institución de acuerdo a los requerimientos de la Dirección. b. Velar por el funcionamiento constante y eficiente de la red y comunicaciones. Hacer mantenimientos periódicos. c. Prever las necesidades de crecimiento de la red y realizar oportunamente los pedidos de nuevos insumos y equipos. d. Elaborar su plan anual de trabajo en coordinación con los profesores y presentarlo a la subdirección. e. Diseñar y mantener actualizada la Página Web del Colegio. f. Publicar semanalmente el boletín electrónico del Colegio. g. Proveer asesoría y capacitación en inserción de las TIC en las sesiones de aprendizaje al personal de la institución acerca de nuevos sistemas, equipos y software. h. Realizar el inventario del aula y mantenerlo actualizado. i. Es obligación del docente asistir a las jornadas de capacitación organizado en la I.E. o a cualquier otro que organice la DIGETE a través de los órganos desconcentrados del Ministerio de Educación debidamente sustentados. j. Informar a las autoridades pertinentes del uso inadecuado de los equipos por parte de alumnos o personal. k. Asistir técnicamente al docente y a los estudiantes durante el desarrollo de la sesión, previa coordinación anticipada. Art.72° El docente del Aula de innovaciones, debe asegurar que todos los usuarios hagan buen uso de ésta, para lo cual aplicará las siguientes prohibiciones: a. Ingresar al aula de Innovación Pedagógica, antes o después de las horas establecidas. b. Dañar las paredes, muebles y equipos del aula o realizar inscripciones. c. Ingresar al Aula de Innovación sin permiso del responsable o la autorización de la Dirección. d. Tomar equipos, accesorios o mobiliario del AIP sin permiso o presencia del responsable o la autorización de la Dirección. 17
  • 18. e. El estudiante será responsable de reparar cualquier daño ocasionado como consecuencia de su indisciplina o trasgresión al reglamento del Aula de Innovación además de las sanciones previstas en el reglamento interno general de la I.E. f. En relación a los docentes o trabajadores administrativos, el procedimiento que tomará la dirección será de acuerdo a las normas establecidas en las leyes vigentes. SUB TÍTULO XIX: DEL RESPONSABLE DE LA BANDA DE MÚSICA. Art.73° El responsable de la banda tiene la responsabilidad de la formación, continuidad y desarrollo de la banda del colegio como organización escolar. Su objetivo primordial es contribuir en la formación integral del estudiante de manera académica y valorativa. El docente será especializado en música y sus funciones son las siguientes: a. Garantizar presencia de calidad de la banda en las actividades de nuestro colegio. b. Buscar la renovación constante del elemento alumno-participante de la banda. c. Buscar y desarrollar talentos musicales en nuestro Institución Educativa. d. Actualizar el repertorio. e. Mantener los instrumentos en buen estado y orden; encargándose de su administración y solicitando su periódica renovación. f. Los ensayos de la banda será de dos horas sólo los días sábados en la mañana de 6:00 am a 8:00 am. o por la tarde de 3:00pm a 5:00pm. en el espacio asignado. SUB TÍTULO XX: DE LOS DOCENTES DE AULA Art.74° DERECHOS: El personal docente de la I.E.N°16004, además de lo establecido en los artículos 74 al 76 del reglamento de la ley 29944, ley de reforma magisterial, tiene derecho a: a. Buen trato y reconocimiento social acorde con su elevada función. b. Recibir estímulos de la I.E. como reconocimiento a su esfuerzo y dedicación en bien de la educación y de la comunidad. c. El personal docente de la Institución Educativa, representados por su coordinador tienen derecho al fotocopiado sólo de sus fichas de trabajo y de los materiales para las jornadas y encuentros. d. Los coordinadores de grado que alcancen la programación anual y sus unidades de aprendizaje en los tiempos establecidos al equipo directivo, tendrán derecho a una impresión original y el fotocopiado para los compañeros de su equipo. Art.75° DEBERES: a) Cumplir los deberes establecidos en la Ley General de Educación N°28044, Ley de Reforma Magisterial N° 29944, el Código de Ética de la función pública contemplado en la Ley N°27815 y el Marco del Buen Desempeño Docente. Estos constituyen un referente en la evaluación del desempeño docente, que se incorpora en los criterios e indicadores de manera transversal. b) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, extracurriculares y de orientación y presentar sus documentos técnico-pedagógicos en el plazo establecido. c) En caso de visitas de estudio y otras afines, presentar la documentación respectiva 72 horas antes para su revisión y aprobación. d) Dirigir y evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje sobre la base del conocimiento de los estudiantes y del contexto socio-cultural. e) Seleccionar y preparar a los estudiantes de acuerdo a la directiva nacional que norma los juegos florales escolares. Estos procesos debe realizarlo desde los primeros grados y desde los primeros días de iniciado el año escolar. f) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo Anual. 18
  • 19. g) Velar por el mantenimiento de la infraestructura y equipamiento educativo y promover su mejoramiento. Deberá indagar sobre cualquier situación irregular e informar con prontitud a Dirección indicando los responsables. h) Utilizar los enfoques y las estrategias propuestos por el MED para asegurar la formación integral de los estudiantes. i) Orientar su esfuerzo a que todos sus estudiantes aprendan durante la jornada escolar. Por ética Profesional ningún profesor de la Institución Educativa puede dictar clases remuneradas a sus estudiantes en su domicilio u otro lugar. j) Utilizar el material educativo proporcionado por el MED. k) Utilizar el CRT (AIP) de acuerdo a lo que se establece en el presente reglamento. l) Hacer buen uso del tiempo durante la sesión de aprendizaje. m)Manejar el clima del aula en base a normas democráticamente establecidas. n) Cumplir y hace cumplir el Reglamento Interno. o) Acompañar a los estudiantes en las actuaciones y formaciones colocándose al frente de ellos como referente, velando por su buena presentación y exigiendo corrección, orden, buenos modales y aseo personal. Velará en todo momento para que cualquier desplazamiento de los estudiantes dentro o fuera de la institución se realice de manera ordenada. p) Asistir con puntualidad a la institución y a sus horas de clase, y no interrumpirlas antes de su finalización. En el caso de una eventual inasistencia deberá comunicarse con el Director antes del comienzo de las horas de clase. q) Atender a los padres de familia en el horario establecido por la Dirección y por el profesor. r) Durante el desarrollo de su clase, asegurar que los estudiantes se mantengan dentro del aula, la correcta ubicación de los muebles, material educativo y útiles escolares. s) Contribuir, durante su jornada, en dejar las aulas limpias y con el mobiliario ordenado, así como las pizarras. t) Expresar su identificación con la institución y con sus estudiantes participando en las actividades extracurriculares. u) Alcanzar al responsable de impresiones, dentro de los horarios establecidos, las fichas de trabajo a ser fotocopiadas. v) Llevar a los estudiantes al aula de innovaciones de acuerdo al horario establecido, para ello deben cumplir con lo siguiente: - Coordinar como mínimo 24 horas antes, con el docente de AIP, las actividades a realizar y los recursos a utilizar en el aula de Innovación Pedagógica con los estudiantes, a fin de programarlos adecuada y oportunamente. - Al solicitar el ingreso al aula de innovaciones, los docentes presentarán su guía de trabajo o diario de clases al responsable del aula AIP en el que demostrarán el uso de recursos tecnológicos en la sesión y/o actividad de aprendizaje. - Tanto el docente de aula como sus estudiantes cumplirán las normas del aula de innovaciones. - La conducción de la sesión de aprendizaje es responsabilidad del docente de aula y para el uso recursos TIC contará con el acompañamiento del docente de Aula de innovaciones. - Los docentes solicitarán ser registrados cada vez que hagan uso del Aula de Innovación. La ficha tendrá un formato establecido por el equipo directivo. - Después de hacer uso del aula, dejar los equipos y el mobiliario en la misma ubicación y estado con que se los encontró. w) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne el Director o Sub Director. SUB TÍTULO XXI: DE LOS DOCENTES DE EDUCACIÓN FÍSICA Art.76° Son funciones del docente de educación física: a. Planificar y ejecutar sus actividades de aprendizaje siguiendo las orientaciones propias del área. 19
  • 20. b. Seleccionar y preparar a los estudiantes de acuerdo a la directiva nacional que norma los juegos deportivos escolares. Estos procesos debe realizarlo desde los primeros grados y desde los primeros días de iniciado el año escolar. c. Seleccionar y preparar los estudiantes para la escolta de la I.E. d. Coordinar con los padres de familia de los niños seleccionados para que se encarguen de brindar entrenamientos adicionales a sus hijos en otros espacios educativos. e. Cuidar y usar bajo responsabilidad los materiales educativos asignados al departamento de educación física y encargarse de mantener el inventario actualizado. f. Los docentes de educación física, llevarán a los estudiantes a realizar las actividades desde las aulas, previa orientación y/o recomendación, velando que todos y todas participen activamente en dichas actividades. TÍTULO VII: ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES AL PERSONAL DOCENTE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Art.77° El Director, sub director y docentes, son responsables administrativamente de cumplir las normas legales vigentes y el presente reglamento. SUB TÍTULO XXII: DE LOS ESTÍMULOS: Art.78° El personal docente que en cumplimiento de sus funciones, realiza acciones sobresalientes a favor de la educación y la comunidad educativa se hará acreedor a: a) Mención honrosa en las formaciones y en las asambleas generales de padres de familia. b) Felicitación mediante resolución directoral. c) Ser propuesto por el equipo directivo para ser beneficiario de becas otorgadas por el MINEDU. d) Plato Recordatorio al docente, administrativo y de servicio por haber cumplido 25 o 30 años a favor de la Educación. e) Otros Incentivos que la Dirección y el Equipo Directivo lo establezca de acuerdo a la labor sobresaliente. SUB TÍTULO XXIII: DE LAS FALTAS: Art.79° Son Faltas: a. No registrar su asistencia al ingreso a su centro de labores. b. Se considera tardanza el ingreso del personal a la institución de trabajo después de cinco minutos de la hora establecida. Estas serán informadas periódicamente para su descuento. c. Salir de la institución sin el permiso respectivo del Director y de la papeleta correspondiente. d. Se considera inasistencia la no concurrencia a su centro de trabajo, o habiendo concurrido, no desempeñar su función y retirarse antes de la hora de salida sin justificación alguna. e. Incurrir en actos de violencia y de abuso de autoridad ante sus estudiantes. f. La utilización y disposición de los bienes de la institución en beneficio propio o de terceros sin autorización. g. Hacer uso de permiso solamente con la presentación de la solicitud sin la autorización del Director, salvo caso fortuito o fuerza mayor que debe llamar a la Dirección informando el caso. h. La concurrencia al trabajo en estado de embriaguez o en otro estado que contravenga su envestidura. i. La apropiación y enajenación de bienes materiales, dinero, instrumentos de laboratorio, centro de cómputo, aulas especializadas, instrumentos musicales y otros. j. La inasistencia a jornadas, reuniones, actividades culturales y otras de la institución educativa convocadas por los coordinadores o el equipo directivo. k. Imprimir documentos personales en la sala de impresiones de la I.E. l. Sacar copias durante las horas de clase abandonando a sus estudiantes. 20
  • 21. m. Hacer uso del teléfono celular u otros equipos durante la sesión de aprendizaje interfiriendo el normal desarrollo de ésta. Las llamadas deben ser devueltas durante las horas de descanso. n. Enviar a estudiantes fuera del aula o de la institución para realizar gestiones personales. o. No atender situaciones de conflicto u otras que necesiten de su participación y documentación inmediata siendo tutor de sus estudiantes, mostrando indiferencia. SUB TÍTULO XXIV: PROHIBICIONES: Art.80° Son prohibiciones de los trabajadores del plantel: a) Abandonar la Institución educativa y las labores académicas en horas de trabajo, sin permiso, ni justificación alguna autorizada por el Director o subdirector. b) Dedicarse en horas de trabajo a otras labores ajenas a su función. c) Dedicar las horas de clase a la calificación de evaluaciones o a la revisión de cuadernos. Asimismo, dejar salir a los estudiantes de las aulas después que éstos terminan su evaluación o práctica, sin que éstos tengan quien los acompañe. d) Asistir a la institución educativa no ecuánime, etílico o fomentar escándalos de palabra u obra delante de los estudiantes. e) Dejar de asistir a sus labores reiteradamente sin previa justificación. f) No entregar en la fecha indicada los trabajos, informes y otros documentos que de acuerdo a sus obligaciones debe hacerlo. g) Dejar de ingresar al aula, al toque de timbre que señala el inicio del trabajo. h) Someter a castigos corporales a sus estudiantes lesionando su personalidad. i) Simular reiteradas enfermedades. j) Dar clases remuneradas a sus estudiantes. Dentro o fuera del local escolar. k) Celebrar contratos económicos a nombre del plantel sin autorización respectiva. l) Celebrar cumpleaños y otras actividades interrumpiendo las horas de clase. m)Provocar conflictos de toda índole, menoscabando las buenas relaciones dentro de la comunidad educativa. n) Denigrar a sus colegas frente a los padres de familia e incitar a otras acciones no educativas. o) Las demás que señalen las leyes vigentes. SUB TÍTULO XXV: DE LAS SANCIONES. Art.81° Son sanciones por faltas disciplinarias: a) Amonestación verbal. b) Amonestación escrita. c) Descuentos por tardanzas e inasistencias tanto a sus labores como a reuniones debidamente comunicadas. El monto se aprobará en asamblea de docentes al inicio del año escolar. d) Suspensión temporal de sus funciones sin derecho a remuneración hasta por 30 días. e) Puesto a disposición de la Unidad de Gestión Educativa Local para su sanción o reubicación en otra plaza. f) Apertura de proceso en la instancia correspondiente con resolución de demérito. g) Ningún personal Docente que tenga proceso administrativo tendrá derecho a ocupar cargos directivos y jerárquicos por encargatura. SUB TÍTULO XXVI: DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Art.82° El servicio administrativo de la institución educativa será realizado a través de los siguientes sectores que abarca el campo de su competencia: a. Secretaría. b. Biblioteca. c. Portería – Guardianía. d. Mantenimiento y/o limpieza 21
  • 22. Art.83° El equipo directivo designará las funciones y horarios a cada trabajador administrativo y establecerá los mecanismos de evaluación y monitoreo al cumplimiento de sus funciones comunicando por escrito la forma de su ejecución en aplicación al Decreto Legislativo N°276. En dicho monitoreo participarán los integrantes del CONEI. Las responsabilidades estarán publicadas en la página web de la institución educativa y en un mural de la institución. Art.84° Corresponde a la Secretaría: a) Organizar y actualizar el archivo de los documentos relacionados con los alumnos/as y la institución educativa. b) Realizar labores de secretaría: trámite documentario e impresiones dispuestos por la Dirección o Sub Dirección. c) Redacta y digita documentos inherentes a su cargo. d) Atender al público con prontitud, esmero y cortesía. e) Responde por el cuidado e integridad de los documentos a su cargo. f) Administrar la documentación técnico-pedagógica, especialmente la relacionada con las matrículas, evaluación y certificación de los educandos. g) Cumplir con las funciones inherentes a su cargo y colaborar con las distintas áreas de la institución educativa. h) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne la Dirección o Sub Dirección. Art.85° Corresponde al Bibliotecario: a) Organizar y controlar la biblioteca. b) Realizar el inventario del material de biblioteca y tenerlo actualizado. c) Responsabilizarse del mantenimiento de la infraestructura, mobiliario, enseres y libros de la biblioteca. d) Atender y orientar a los alumnos/as que asisten a la biblioteca. e) Atender y orientar un adecuado préstamo y devolución de libros y materiales según las reglas internas. Sólo puede prestar textos a estudiantes que tienen regularizado su carnet y por un solo día. f) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne la Dirección o Sub Dirección. g) Colaborar con la limpieza de los ambientes a su cargo. Art.86° Corresponde al Guardián a) En lo posible vivir en la Institución Educativa. b) Estar atento y vigilante por las noches. Ante ruidos sospechosos en el local escolar, dar la alarma correspondiente y comunicarse con el serenazgo o policía nacional, sin exponer su integridad física. Comunicar a la Dirección sobre cualquier incidente. c) Impedir cualquier ingreso o salida de bienes durante su servicio y comunicar a Dirección sobre cualquier irregularidad. d) Colaborar con la limpieza de los ambientes asignados. e) Abrir las puertas de la institución educativa y de las aulas cuando sea oportuno y necesario. f) Arreglar las instalaciones eléctricas y de agua en la institución educativa. g) Controlar la entrada y salida de los alumnos y de las personas ajenas a la institución educativa durante su jornada laboral. h) Salir previo permiso de la Dirección de la institución educativa. i) Evitar el ingreso de personas ajenas al colegio sin previo permiso. j) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne la Dirección o Sub Dirección. Art.87° Corresponde al portero: a. Mantener la puerta de ingreso bajo su control, preferentemente cerrada, preguntar el motivo de la visita, comunicará a Dirección o Subdirección la atención que solicita la persona 22
  • 23. visitante, pedir la identificación correspondiente y autorizar su ingreso. Debe quedarse con el DNI. b. Contar con un cuaderno de incidencia y tenerlo al día. c. Mantener la seguridad del colegio en todo momento. d. Impedir el ingreso de personas que vienen a ofrecer productos en calidad de venta o propaganda. e. Mantener su área de trabajo debidamente ordenada y limpia. f. Impedir el ingreso de padres y apoderados a los ambientes del colegio en las horas de descanso para los estudiantes. g. Desalojar a todos los estudiantes que se encuentren dentro del plantel después de terminada su jornada de estudios y opten por quedarse sin motivo justificado. h. Impedir cualquier ingreso o salida de bienes durante su servicio comunicando de manera inmediata a Dirección. i. Realizar las demás tareas asignadas por Dirección. j. Salvo caso urgente y de absoluta necesidad, la portería aceptará encargos o mensajes para los alumnos que se encuentren en el salón de clase. k. Otorgar salida al personal sólo si presenta la papeleta respectiva, caso contrario comunicar al equipo directivo. Art.88° Del personal de servicio y mantenimiento: a) Cumplir responsablemente con los trabajos asignadas por la Dirección. b) Apoyar a los trabajos comunes siempre que lo solicite la Dirección o Sub Dirección de la institución educativa. c) Proponer a la Dirección los requerimientos de materiales necesarios para cumplir con sus obligaciones. d) Usar de manera adecuada los materiales y herramientas de trabajo asignados y dejarlas en su lugar después de concluir su jornada. e) Conservar diariamente limpios los ambientes administrativos, los servicios higiénicos, las aulas, los pasadizos de todas las aulas, y la infraestructura en general. f) Informar a la dirección sobre el deterioro o pérdida de bienes y enseres de la institución de forma inmediata. g) Realizar las demás funciones y/o acciones inherentes al cargo que le asigne la Dirección o Sub Dirección. Art.89° Es obligación de todo el personal administrativo estar presentes en las asambleas generales ordinarias y extraordinarias de padres de familia a fin de colaborar con el control y el orden al ingreso y salida de los padres de familia, el uso adecuado del mobiliario y la limpieza del local escolar. CAPÍTULO VII TÍTULO VIII: ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Art.90° El Director, sub director, personal jerárquico, docentes, personal administrativo y de servicios, son responsables administrativamente de cumplir las normas legales y el presente reglamento. SUB TÍTULO XXVII: DE LOS ESTÍMULOS: Art.91° El personal administrativo que en cumplimiento de sus funciones, realiza acciones sobresalientes a favor de la educación y la comunidad educativa se hará acreedor a: a) Mención honrosa en las formaciones y en las asambleas generales de padres de familia. b) Felicitación mediante resolución directoral. 23
  • 24. c) Plato Recordatorio al docente, administrativo y de servicio por haber cumplido 25 o 30 años a favor de la Educación. d) Otros Incentivos que la Dirección y el equipo directivo lo establezca de acuerdo a la labor sobresaliente. SUB TÍTULO XXVIII: DE LAS FALTAS: Art.92° Son Faltas: a) No registrar su asistencia al ingreso a su centro de labores. b) Se considera tardanza el ingreso del personal a la institución de trabajo después de cinco minutos de la hora establecida. Estas serán informadas periódicamente para su descuento. c) Salir de la institución sin el permiso respectivo del Director o la papeleta respectiva. d) Se considera inasistencia la no concurrencia a su centro de trabajo, o habiendo concurrido, no desempeñar su función y retirarse antes de la hora de salida sin justificación alguna. e) Incumplimiento de los compromisos asumidos y de las responsabilidades asignadas por el equipo directivo. f) Incurrir en actos de violencia y de abuso de autoridad ante sus estudiantes. g) La utilización y disposición de los bienes de la institución en beneficio propio o de terceros sin autorización. h) Hacer uso de permiso solamente con la presentación de la solicitud sin la autorización del Director, salvo caso fortuito o fuerza mayor que debe llamar a la Dirección informando el caso. i) La concurrencia al trabajo en estado de embriaguez o en otro estado de acuerdo con su envestidura. j) La apropiación y enajenación de bienes materiales, dinero, instrumentos de laboratorio, centro de cómputo, aulas especializadas, instrumentos musicales y otros. k) La inasistencia a jornadas, reuniones, actividades culturales y otras de la institución educativa convocadas por el equipo directivo. l) Hacer uso reiterado del teléfono celular u otros equipos o atender a personas particulares por tiempos prolongados interfiriendo sus actividades. m) No estar atento para atender situaciones de conflicto, falta de limpieza, desorden u otras que necesiten de su participación inmediata mostrando indiferencia. SUB TÍTULO XXIX: PROHIBICIONES: Art.93° Son prohibiciones para los trabajadores administrativos: a) Abandonar la Institución educativa y las labores sin permiso, ni justificación alguna autorizada por el Director. b) Dedicarse dentro de su jornada laboral a otras labores ajenas a su función. c) Asistir a la institución educativa no ecuánime, etílico o fomentar escándalos de palabra u obra delante de los estudiantes. d) Dejar de asistir a sus labores reiteradamente sin previa justificación simulando reiteradas enfermedades. e) Provocar conflictos de toda índole, menoscabando las buenas relaciones dentro de la comunidad educativa. f) Denigrar o difamar a sus compañeros de trabajo ante los padres de familia. g) Las demás que señalen las leyes vigentes. SUB TÍTULO XXX: DE LAS SANCIONES. Art.94° Son sanciones por faltas disciplinarias: 24
  • 25. a) Amonestación verbal. b) Amonestación escrita. c) Descuentos por tardanzas e inasistencias. d) Suspensión temporal de sus funciones sin derecho a remuneración hasta por 30 días. e) Puesto a disposición de la Unidad de Gestión Educativa Local para su sanción o reubicación en otra plaza. f) Apertura de proceso en la instancia correspondiente con resolución de demérito. CAPÍTULO VIII TÍTULO IX: TARDANZAS, PERMISOS, INASISTENCIAS Y LICENCIAS Art.95° Se considera tardanza cuando el personal administrativo o de mantenimiento registra su ingreso pasada la hora establecida por la Dirección. Art.96° El trabajador que habiendo asistido puntualmente al Colegio no registre su ingreso o salida, será considerado ausente salvo que justifique la omisión dentro de las 24 horas posteriores, la que será atendida, una sola vez al mes hasta un máximo de seis veces al año. Art.97° El personal que por cualquier motivo no pueda concurrir al centro de trabajo, está obligado a dar aviso a la Dirección del colegio antes de las 7.30 am para adoptar las previsiones necesarias para su reemplazo. Art.98° Las tardanzas así como las inasistencias dan lugar al descuento económico, proporcional del ingreso total que percibe el trabajador por el tiempo no laborado, independiente de la sanción disciplinaria que establece la Ley por el perjuicio que ocasiona su ausencia a la prestación del servicio educativo. Art.99° El permiso es la autorización escrita otorgada por el Director para ausentare por horas del centro de trabajo hasta un día como máximo por los siguientes motivos: a. Por enfermedad. b. Por capacitación autorizada de la I.E. c. Por citación proveniente de autoridades públicas, judicial, militar o policial. d. Por lactancia materna directa. e. Otro autorizado por la Dirección. Art.100°El permiso será gestionado por el interesado con una anticipación no menor de 24 horas ante el Director, salvo los casos de enfermedad e imprevistos de fuerza mayor. Art.101°Los permisos por enfermedad o situaciones de fuerza mayor serán puestos en conocimiento de la Dirección durante el día a efectos de su comprobación. Art.102°En todos los casos la Dirección se reserva el derecho de calificar y otorgar o denegar el permiso solicitado. Art.103°Las inasistencias del personal en casos de enfermedad, después de los 20 primeros días en un año, sólo podrán ser justificadas previa presentación del Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo expedido por ESSALUD, con los requisitos y formalidades que la Ley establece. Art.104°El trabajador que tuviera que concurrir al hospital, clínica o policlínico por urgencia o cita médica deberá acreditar haber sido atendido con la respectiva Tarjeta de Control o Constancia de Atención y Receta de Prescripción Médica. Art.105° La sola presentación de la solicitud de permiso o licencia, no da derecho al goce de la misma salvo motivo de enfermedad comprobada o caso fortuito o de fuerza mayor. Si el trabajador se ausentara sin haber recibido la autorización escrita de la Dirección, su ausencia será considerada como falta disciplinaria sujeta a sanción conforme a Ley. Art.106°En caso que el trabajador hiciera uso reiterado de atención médica, el Director se reserva el derecho de solicitar un Informe Médico del lugar donde se le brinda la asistencia médica y los descansos médicos. Art.107°Las licencias, permisos y tardanzas se rigen por lo siguiente: 25
  • 26. a. El Director concederá las licencias establecidas por Ley y aquellas que su despacho autorice. b. Las licencias pueden ser con o sin goce de haber, dependiendo de lo estipulado en la Ley o lo dispuesto por la Dirección. c. El permiso es una autorización para ausentarse por horas. El mismo que debe ser autorizado por el Director. d. Los descuentos por inasistencias procederán en forma automática. Sólo se justificarán aquellas inasistencias refrendadas por el certificado médico oficial u aquellas autorizadas por la Dirección. Art.108°Licencia es toda ausencia a la jornada de trabajo igual o superior a un día, autorizado por la Dirección. La licencia será solicitada con anticipación y por escrito y sujeta a su aprobación, la que puede ser con o sin goce de haber; en el primer caso se mantiene vínculo laboral con el I.E, teniendo derecho a todos los beneficios que le corresponde por ley; en el segundo caso, se mantiene el vínculo laboral con la I.E, pero quedan suspendidos temporalmente el derecho a los beneficios que le corresponden por ley. Art.109°Por fallecimiento del padre, madre, conyugue o hijos, el personal administrativo de la I.E, tiene derecho a licencia con goce de remuneraciones, de acuerdo a ley, situaciones que se acreditarán con la presentación oportuna de la correspondiente partida de defunción. CAPÍTULO IX TÍTULO X: DE LOS ESTUDIANTES SUB TÍTULO XXXI: DE LOS DEBERES Art.110° Demostrar puntualidad, higiene y buena presentación personal. Esto significa que debe asistir por lo menos diez minutos antes de la hora señalada, aseados, uniformados y con útiles escolares completos y permanecer en ella de acuerdo al horario establecido para cada turno. Pasados diez minutos los estudiantes no podrán ingresar a la I.E. Art.111°Los varones asistirán con el cabello corte escolar, las mujeres con el cabello recogido con lazo azul y blanco, ambos con insignia bordada en el lado izquierdo de la camisa o blusa. Art.112°Para las visitas fuera del horario escolar los estudiantes deben venir vestidos con blusa, camisa o polo sin escote, falda (no mini falda), pantalón o short tipo sniker. Art.113°Para educación física, los varones asistirán con polo de deporte del colegio, pantalón del uniforme escalar, zapatillas de color blanco y medias azules. El short se lo pondrán a la hora que corresponde. Las mujeres, asistirán con polo de deporte del colegio, short, su falda del uniforme escalar y zapatillas blancas. Art.114°Con respecto a la asistencia: Tres tardanzas contabilizarán una falta. El 30% de faltas injustificadas implica la repitencia del grado. Art.115°Todos los estudiantes son responsables de cuidar la limpieza de sus materiales y ambientes de trabajo. Evitarán dejar basura en las mesas de trabajo, en el piso o en el patio de la escuela. Art.116°Saludar y demostrar consideración a los directivos, docentes, trabajadores administrativos, compañeros y/o a los padres de familia; emplear vocabulario adecuado y culto en sus conversaciones y escritos, y cumplir las recomendaciones o sugerencias que de ellos reciba. Art.117°Mostrar atención en clase o cuando participe en diálogos o conversaciones, evitando interrumpir. Siempre debe pedir la palabra para participar. Art.118°Demostrar responsabilidad cuando represente a su aula o institución educativa. Esto implica que el estudiante tiene que participar obligatoriamente en todas las actividades programadas por la Institución Educativa o en aquellas para las cuales haya sido seleccionado(a) y demostrar en ellas un comportamiento correcto, en especial, ante los actos cívicos y patrióticos así como las formaciones escolares de los días lunes. 26
  • 27. Art.119°Usar el diálogo para resolver controversias. Nada justificará el uso de la violencia. Cualquier situación que le genere malestar debe comunicarlo a su maestro de aula. Art.120°Relacionarse interculturalmente sin discriminación y demostrando solidaridad. El estudiante tiene que respetar y valorar las diferencias de sus compañeros y de toda persona. Además de compartir sus conocimientos así como sus materiales de manera recíproca. Art.121°Cuidar las cosas de sus compañeros (as) y los bienes de la escuela. Esto significa custodiar los bienes de los compañeros y el mantenimiento del orden y la limpieza del mobiliario y los materiales del aula así como la limpieza de la infraestructura y cuidado de las áreas verdes. Art.122°Demostrar responsabilidad cuando trabaja en el aula y con sus tareas extraescolares. Implica que el estudiante tiene que esforzarse al máximo para mantener un buen rendimiento académico, demostrar disposición de atención y participación activa y asertiva en clase, y en sus trabajos escolares: originalidad, esmero y pulcritud. Art.123°Los estudiantes permanecerán dentro de la institución educativa a no ser por razones de estudio, enfermedad u otro motivo personal de urgencia, para lo cual contará con el permiso expreso de la Dirección o Subdirección. Quienes lo conduzcan a su domicilio serán sus padres o el personal administrativo para lo que firmarán una papeleta de salida. SUB TÍTULO XXXII: DE LOS DERECHOS Art.124°A que padres y maestros les ofrezcan modelos de vida apropiados para su desarrollo, físico, mental, espiritual, moral, social y cultural. Art.125°A recibir de los maestros, educación de calidad que desarrolle aprendizajes fundamentales y valores como el respeto a los demás, la solidaridad, la responsabilidad, la paz, la amistad, la igualdad y el respeto al ambiente. Además, a recibir información sobre sus calificaciones cada vez que son evaluados o al término de cada unidad o trimestre. Art.126°A profesar una religión. El padre podrá solicitar la exoneración de éste curso en caso profese una religión distinta. Art.127°Al descanso y a reunirnos en forma pacífica o formar parte de las organizaciones estudiantiles reconocidas por la ley y el presente reglamento con el fin de manifestar sus opiniones. La Dirección de la I.E y los profesores deben hacer participar a sus representantes, en las diversas reuniones de planificación o evaluación de las actividades que se realicen en la I.E. o en las aulas. Art.128°A recibir buen trato. Nadie, ni los padres, pueden maltratar explotar o ejercer violencia de ninguna clase en contra de un estudiante. En caso de suceder, están protegidos por la ley. Si hubiera lugar a una sanción, debe ser de acuerdo a lo que establece la ley, el presente reglamento y las normas de aula. Art.129°A que se respete la vida privada del estudiante. Cualquier observación debe recibirlo en forma personal y el caso no debe ser divulgado. Su cuerpo debe ser respetado. Nadie puede tocarlos con mala intención. En caso que esto ocurriera, están protegidos (as) por la ley salvo que esté inmerso en situaciones de riesgo de salud o peligro de vida. SUBTÍTULO XXXIII: DE LAS PROHIBICIONES, SANCIONES Y ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES Art.130°De las prohibiciones a los educandos en la Institución Educativa: a. Está prohibido no asistir a la Institución Educativa sin causas justificadas y llegar tarde reiteradamente. En caso de tardanzas reiteradas se hará un informe al padre de familia y si éstas exceden el 30% del total de días efectivos laborables implica la repitencia del grado. b. Portar cámaras digitales, celulares, tablets, mp3, mp4, auriculares u otros objetos que no forman parte de la presentación personal como alumnos durante el horario escolar. Salvo en los casos que se utilice como material de trabajo solicitado por el maestro(a). c. Portar y/o asistir a clases con cosméticos, joyas, gorras, tatuajes, atuendos, maquillaje que no corresponde a la presentación como estudiante en la Institución Educativa. 27
  • 28. d. Portar o usar objetos o instrumentos que puedan ocasionar daños físicos a sus compañeros. e. Pronunciar palabras soeces, realizar actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres, así como efectuar inscripciones en las paredes de la infraestructura del plantel. f. Fomentar desorden, indisciplina y acciones violentas dentro y fuera del plantel con y sin uniforme. g. Realizar o participar en juegos violentos y de uso extremo de energía que ponga en riesgo su integridad o la de otros estudiantes durante las horas de descanso y otros momentos. h. Concurrir a lugares públicos indebidos (tragamonedas, videojuegos, play station y otros) con uniforme escolar e insignia. i. Hacer mal uso del Internet con uniforme escolar o polo del colegio. j. Introducir al plantel lecturas inapropiadas, objetos indebidos, material pornográfico, bebidas alcohólicas o cualquier tipo de drogas; y su consumo. k. Malograr y destruir los bienes, enseres y mobiliario de la institución educativa, así como apropiarse de bienes y objetos ajenos. l. Ofender de palabra u obra a sus compañeros y personal del colegio, así como incurrir en actos de amenaza. m. Abandonar el aula y/o la institución en horas de clase n. Abandonar la representación escolar y actividades del colegio sin previa autorización. o. Adulterar y/o falsificar calificativos, firmas y documentos oficiales de la institución. p. Propiciar, organizar o integrar pandillas dentro y fuera del plantel. q. Realizar venta de productos y otros en el colegio, sin autorización de la institución educativa. r. Organizar fiestas interrumpiendo las horas de clase. s. No entregar los avisos o comunicados que el colegio envía a los padres de familia. Art.131°De los estímulos: Los estímulos a que se hacen acreedores los educandos que resaltan y realizan acciones extraordinarias dentro y fuera del colegio son: • Diploma al mejor estudiante de la promoción. • Diploma de honor a los tres mejores estudiantes de cada sección. • Mención honrosa, reconocimiento público y publicación de sus logros en el mural de la excelencia de la I.E y la página web institucional. • Agasajo por logros provinciales, regionales o nacionales. • Apoyo en la gestión de una beca para reforzar su talento. Art.132°De las sanciones y sus procedimientos: Teniendo en cuenta que la aplicación de sanciones tiene como propósito la reparación del daño causado y la modificación de la conducta del estudiante que comete la falta, todas las infracciones al presente reglamento por los estudiantes seguirán el siguiente tratamiento: a) Todos los padres y madres de familia que matriculen a su hijos (a), firmarán el compromiso Nº 01 que aparece como anexo del presente reglamento. Del mismo modo lo hará el estudiante, el primer día de ingreso a clases. La Dirección de la I.E. está obligada a entregar copia del reglamento interno en lo referente a deberes, derechos y sanciones al padre de familia y al estudiante de lo cual se debe dar fe en el compromiso firmado. b) El estudiante tendrá hasta dos oportunidades, dentro de una misma unidad, por una misma falta, de dialogar personalmente con su docente de aula o tutor. Dicho conversatorio seguirá el siguiente proceso: hacerle recordar su compromiso firmado, promover la reflexión sobre las consecuencias negativas de sus actos, reparar el daño 28
  • 29. causado, cumplir la sanción remediable que establezcan las normas del aula (previamente aprobadas por los estudiantes y la asamblea de padres de familia del aula) y concluirá firmando un compromiso de no volver a repetir la falta. El docente anotará lo actuado en su cuaderno de incidencias e informará el hecho al padre de familia. Para el conversatorio con el estudiante, tener en cuenta lo siguiente:  Se dirá al niño lo que debe hacer, no lo que no debe hacer.  Si hay que llamarle la atención, lo haremos en cercanía física y con contacto visual. Nunca se le gritará a la distancia o delante de sus compañeros.  Ayudaremos a que acepte y exprese de manera apropiada y calmada sus sentimientos de frustración, malestar, desánimo, tristeza, etc.  Nos alejaremos de los patrones de comunicación negativa para que el niño no se sienta criticado o acusado. Es mejor utilizar “mira niño, yo me siento muy mal por lo que has hecho, imagínate como se puede sentir tu padre”; en estos mensajes el maestro que habla dice cómo se siente respecto a una situación, sin culpar o rotular al estudiante con quien está hablando.  Trataremos que el estudiante reconozca su error y que asuma la responsabilidad de sus actos.  Reconoceremos los esfuerzos y progresos del niño en la mejora de sus actitudes, aun cuando éstos fuesen pequeños. c) De negarse a cumplir lo anteriormente establecido o de reincidir en la misma falta, por tercera vez en la unidad; el docente o tutor convocará por escrito al padre de familia indicando motivo, fecha, hora y lugar. Después de realizado el diálogo, el padre de familia reparará los daños causados por su hijo. En casa, aplicará las estrategias recomendadas por el docente para modificar la conducta de su hijo. El estudiante infractor tiene que ofrecer sus disculpas en forma oral o escrita ante sus compañeros, la sanción remediable se duplicará y puede tener calificativo “B” en la unidad correspondiente en el área de personal social. Si los padres de familia no concurren a la citación o no cumplen con la reparación del daño o la orientación de sus hijos, se considerará incumplimiento a sus obligaciones de padre o madre e infracción al reglamento interno. Al término de cada unidad, el docente informará por escrito a Dirección y esta comunicará a la APAFA para la aplicación de la multa que corresponda. d) Las faltas relacionadas con la agresión física, verbal, psicológica, sexual y social realizadas en contra de un estudiante de manera individual o en grupo son consideradas como faltas graves, por lo tanto requiere de intervención urgente. Este tipo de faltas se pueden manifestar en las siguientes actitudes:  Física: Se relaciona con el uso de la fuerza para dañar al otro. Pueden ser empujones, patadas, puñetazos, agresiones con objetos.  Verbal, psicológico y social. Suele tomar cuerpo en forma de insultos y apodos orales o escritos. También los menosprecios en público o el estar resaltando y haciendo patente de forma constante un defecto físico o de acción. Son acciones encaminadas a minar la autoestima del individuo y fomentar su sensación de inseguridad y temor aislándolo respecto del grupo. El componente psicológico está en todas las formas de maltrato.  Sexual: Acciones encaminadas a obligar a un compañero(a) a cualquier tipo de contacto sexual, realizar expresiones obscenas de manera verbal o escrita. 29
  • 30. e) En caso de falta grave, el docente citará directamente al padre de familia, el procedimiento para resolver el conflicto será el mismo, pero el estudiante infractor puede obtener “C” como calificación en el área de personal social en la unidad correspondiente y será suspendido de manera temporal. El padre de familia debe buscar apoyo psicológico como condición para el reingreso de su hijo a la I.E y se evaluará su permanencia en la misma sección o I.E. En caso el padre de familia no se apersone a la citación o de no cumplir con la reparación de daños causados, al término de la unidad, el docente informará a la Dirección y esta comunicará a la APAFA para la aplicación de la multa correspondiente y a la fiscalía de familia para que tome las medidas correctivas pertinentes. Se reportará el caso al sistema informático SISEVE. Durante el conversatorio con el padre tener en cuenta lo siguiente:  Demostrar un interés genuino por ayudar al estudiante.  Demostrar comprensión por la dificultad del estudiante.  Comunicar los aspectos positivos y las fortalezas del estudiante.  Proveer recomendaciones prácticas que los padres puedan aplicar en casa, en especial cómo criar hijos disciplinados.  Registrar el hecho en el cuaderno de incidencias y reportarlo al sistema SISEVE.  Sugerir el cambio de I.E. f) Para el cumplimiento de lo previsto, la Dirección debe firmar convenios con las siguientes Instituciones: Fiscalía de familia, defensoría del niño y del adolecente, policía nacional, ONGS “Jorge Basadre”, IENNEE “Sagrado Corazón” g) En conclusión, las sanciones para el estudiante y el padre de familia son las siguientes: - Amonestación verbal al alumno hasta en dos oportunidades en la unidad. - Por tercera vez, registro en el libro de incidencias, informe al padre de familia. Reparación y restitución de mobiliario o bienes en caso de deterioro por parte de los estudiantes. - Suspensión de la institución educativa. (En la aplicación de sanciones a los educandos, se evita la humillación y se brinda la orientación correspondiente para su recuperación). - Cambio de aula o de I.E. Art.133°La sanción de suspensión se determina por Resolución Directoral previo del informe del Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERIA: El presente Reglamento Interno será aprobado después del análisis y reflexión de cada uno de los equipos de trabajo del personal directivo, docentes, estudiantes y padres de familia. TERCERA: Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán absueltas por la Dirección. CUARTA: El presente Reglamento será publicado en la página web y en la vitrina de la institución. QUINTA: El Reglamento Interno, está sujeto a modificaciones sugeridas por la comunidad educativa y entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación mediante Resolución Directoral. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS 1. Todos los acuerdos tomados en reunión de profesores y otros, serán de estricto cumplimiento y deberán estar registrados en el correspondiente libro de actas. 2. Los tutores y presidentes del Comité de Aula de todos los grados, deberán informar trimestralmente sobre el estado de sus fondos económicos y decisiones de gasto.´ 30
  • 31. 3. Los viajes de promoción, se realizan preferentemente en el periodo vacacional de medio año y, excepcionalmente, hasta fines del mes de noviembre sin afectar las horas efectivas de clases ANEXOS: A. FORMATO PARA EL REGISTRO Y SEGUIMIENTO DE FALTAS: FECHA:…………………………… 1. REGISTRO DEL HECHO: 2. REGISTRO DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR EL DOCENTE, EL ESTUDIANTE O POR EL PADRE DE FAMILIA. a) Anotar las preguntas a realizar para promover la reflexión del niño y/o el padre de familia y lo más importante de las respuestas recibidas. b) Anotar lo que hizo el niño y/o el padre de familia para reparar el daño causado. 3. COMPROMISOS ASUMIDOS POR LOS ESTUDIANTES Y/O EL PADRE DE FAMILIA. B. FORMATO DE CITACIÓN AL PADRE DE FAMILIA: Sr:…………………………………………………………………………………………………………. Por el presente le comunico que el día……………de…………a horas ………. su hijo(a) cometió la ……….. falta de consideración ……..……al reglamento escolar por lo que debe acercarse a la institución educativa el día ………….de ………………..a horas ……………. con la finalidad de reparar daños y coordinar medidas correctivas. Jaén,…/….../……… Atentamente: Profesor de aula del……Grado: “…..” Jaén, setiembre del 2015. 31
  • 32. C. CARTA DE COMPROMISO CARTA DE COMPROMISO PARA EL PADRE DE FAMILIA Por este medio el suscrito, padre de familia y/o tutor del (la): …………… matriculado en esta institución educativa en el ……grado de educación primaria. Consciente de la importancia y trascendencia que tiene el cumplimiento de mis responsabilidades como padre, madre y/o tutor(a) para asegurar el éxito de mi hijo durante su paso por este nivel educativo, antes de formar parte de la comunidad educativa del 16004, me doy por enterado y a la vez me comprometo a respetar y cumplir cada una de las cláusulas siguientes: 1. Como padre de familia cumpliré con todo lo señalado en el subtítulo VIII y haré que mi hijo también cumpla lo establecido en los subtítulos XV y XVIII del reglamento interno. 2. Cuidaré la salud (física y emocional) de mi hijo(a) a fin de que se encuentre en condiciones de dar un buen rendimiento escolar. Es mi compromiso informar a la maestra si padece alguna enfermedad contagiosa y/o crónica que pueda poner en riesgo su persona y la de sus compañeros. 3. Proporcionaré oportunamente los materiales que mi hija(o) requiera, sea al inicio de ciclo escolar o aquellos que sean requeridos de acuerdo a las actividades previstas para desempeñar actividades de trabajo en el aula, así como organizarlos tal y como se me solicite. 4. Cuidaré que mi hijo cumpla diariamente con sus tareas escolares dándole el apoyo necesario y adecuándole un espacio adecuado para que las realice satisfactoriamente y estoy en pleno conocimiento que de no ser así ello impactará en sus evaluaciones. 5. Atenderé los problemas de conducta y aprendizaje de mi hijo(a), manteniendo comunicación constante con su maestra, considerando sus sugerencia e indicaciones y observaciones. Todo esto lo haré cuando su maestra solicite mi presencia en la institución pues de ningún modo interrumpiré la labor docente en horario de clases. 6. Me responsabilizaré de los desperfectos que ocasione mi hija(o) en la infraestructura escolar, mobiliario y otros materiales. En caso de daño parcial o total deberé repararlo o reponerlo según corresponda. 7. Estaré comprometido a vigilar que mi hijo evite usar vocabulario inadecuado, conductas impropias, agresiones físicas o verbales a sus compañeros o adultos que laboran en esta institución, pues de ser así, será motivo de impacto negativo en su evaluación, además de una amonestación que puede llevarlo hasta la suspensión para su atención psicológica. Luego del cual aceptaré el cambio o aula o de I.E. debido a su mal comportamiento. 8. Acudiré a la institución educativa cuando sea citado por el docente, director, comité de aula o directiva de APAFA, así como, cumpliré con las medidas disciplinarias adoptadas por la dirección de la escuela o docente responsable del aula. Si por algún motivo estoy en desacuerdo con medidas disciplinarias relacionadas con la conducta de mi hijo(a) o forma de trabajo del docente responsable del aula, estoy consciente de que a la primera persona a la que acudiré será a él o ella, guardando el debido respeto y demás valores propios de un sano diálogo, con tal de llevar a mejor término el asunto a tratar. 9. Evitaré que mi hijo(a) lleve consigo juguetes, celulares u objetos que puedan distraer su atención y la de sus compañeros, ya que si sufren un desperfecto o le son retirados, la escuela o maestros no se harán responsables de los mismos. Los objetos quedarán a resguardo en la dirección hasta finalizar el ciclo escolar. 32
  • 33. Firmo el presente, comprometiéndome a cumplir y hacer cumplir todos los puntos estipulados en el presente documento y el reglamento interno de la institución educativa por el tiempo que mi hija(o) pertenezca a esta familia educativa. Firma y DNI del padre de familia o tutor Firma y sello del Director y/o Sub Resolución Directoral Nº-007-D-IEP-N°16004-2015 Morro Solar, setiembre del 2015 Visto el proyecto del Plan Anual de Trabajo para la Mejora del Aprendizaje de la Institución Educativa N°16004, elaborado por la Comisión de Trabajo integrado por el personal directivo y el pleno del personal docente, así como los representante del equipo administrativo, estudiantes y padres de familia; CONSIDERANDO: Que, en el marco del proceso de mejora de la calidad de la gestión educativa, es necesario contar con un Reglamento Interno, derivado del PEI y del Informe de Gestión Anual de la Dirección que concrete los compromisos de gestión asumidos para el año escolar 2015. Que, conforme al literal a) del Artículo 68° de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, donde se establece que, entre otras, son funciones de las Instituciones Educativas, elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional (PEI), así como su Reglamento Interno (RI) en concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa pertinentes. Habiéndose realizado las respectivas consultas a todos los integrantes de la comunidad educativa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBAR el Reglamento Interno 2016 de la Institución Educativa N° 16004 para el presente año en mención, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Coordinación de Tutoría y Orientación Educativa, así como a las demás coordinaciones de grado, la aplicación de todo lo establecido en el instrumento de gestión aprobado mediante la presente Resolución, disponiendo las acciones pertinentes que permitan su cabal 33
  • 34. cumplimiento por parte de todo el personal docente, administrativo, estudiantes y padres de familia. Regístrese, comuníquese y publíquese. 34