SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 34
Descargar para leer sin conexión
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
“SIMÓN RODRÍGUEZ”
NÚCLEO CARICUAO
CURSO: SEGURIDAD SOCIAL
SECCIÓN: “C”

ORGANIZACIÓN DE LA HIGIENE
Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

Facilitadora:
Marcano Oneida

Participante,

C.I.Nº:

Briceño Dilmary,

19.609.355

Becerra Kellin,

22.026.847

Millan Angelis,

22.670.203

Caracas, octubre 2013
INTRODUCCIÓN

La Seguridad siempre ha sido un tema importante, tanto para la protección que el
Estado debe proporcionar a sus ciudadanos y ciudadanas por medio de la seguridad
social, como las que las empresas proporcionan a sus empleados mediante la
aplicación de la legislación vigente que concierna a la seguridad e higiene industrial.

La higiene y seguridad industrial se inicia en Venezuela en el año 1909 proveniente
de la formulación de la ley de minas, y en 1928 se promulga la primera ley del trabajo
aunque la real legislación en prevención de accidentes laborales se creó en el año
1936 con la formulación de la nueva ley de trabajo y su respectivo reglamento,
permitiendo así el incremento en la seguridad e higiene en los distintos sistemas de
trabajo industriales que existían en Venezuela. No es hasta el año de 1944 que se crea
la ley del Seguro Social Obligatorio S.S.O., la cual establecía para ese momento
protección para el trabajador asegurado, en cuanto a enfermedad, maternidad,
accidentes laborales, enfermedades profesionales, vejez, invalidez y muerte. Para el
año 1968 se promulga el Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en
el Trabajo, en la actualidad es de mucha importancia, así mismo en 1974 se pone en
vigencia el decreto Nº46 (2195), que se conoció como el reglamento de prevención.

En la actualidad, en pro de los avances que ha hecho el Estado en materia social, se
ha visto en la obligación de reformar leyes y llevar nuevas medidas para su
aplicación. Tanto las empresas como las personas han cambiado, las rutinas las
tecnologías se han modificado, por lo que las reformas han ido adaptando la ley de
manera que el capital humano sea beneficiado en toda empresa.

Los más importantes cambios se observan, son en las industrias o empresas
manufactureras, que a pesar de que conocen que su fuerza de trabajo es tan intelectual
como física, han descuidado la protección y olvidado los beneficios de sus
trabajadores.
1.

DEFINICIONES

Higiene:
Podemos entender a la higiene como el proceso que hace que una persona cuide su
salud, su aspecto, su limpieza para evitar contraer enfermedades o virus, para limpiar
la suciedad, para conducirse de manera sana en la sociedad en la que vive. La higiene
es un complejo sistema de acciones más o menos simples que cada individuo debe
llevar a cabo por su cuenta, es decir que la higiene no es una responsabilidad del
Estado o de los profesionales (como sí lo puede ser mantener una epidemia
controlada) si no que es pura y exclusiva responsabilidad de la persona.

Higiene industrial:
La higiene industrial es el conjunto de procedimientos destinados a controlar los
factores ambientales que pueden afectar la salud en el ámbito de trabajo. Se entiende
por salud al completo bienestar físico, mental y social.

La higiene industrial, por lo tanto, debe identificar, evaluar y, si es necesario, eliminar
los agentes biológicos, físicos y químicos que se encuentran dentro de una empresa o
industria y que pueden ocasionar enfermedades a los trabajadores.

En concreto, toda la práctica de la higiene industrial se encarga de tres diferentes
clases de situaciones: los primeros estudios que se acometen en el seno del ámbito
laboral para evaluar la exposición a los riesgos, el control y la vigilancia del
seguimiento, y la evaluación final para los diversos estudios epidemiológicos.

Esta cuestión es particularmente importante en aquellos sectores productivos que
implican la manipulación de contaminantes. Por ejemplo: una empresa dedicada a la
tintura de pantalones debe tomar precauciones especiales con los químicos que utiliza
en sus procesos cotidianos. Los trabajadores, por otra parte, deben contar con la
protección adecuada en su vestimenta.
En este sentido, tenemos que exponer que es fundamental, por tanto, la labor del
higienista industrial pues será el encargado de identificar los distintos riesgos a los
que está expuesta una persona en su ámbito de trabajo, prever los posibles riesgos al
tiempo que asesorar sobre la manera de evitar los mismos, evaluar los diversos
métodos de trabajo, participar en el análisis del riesgo laboral o formar y educar a los
individuos sobre los riesgos.

La Seguridad Industrial.
Es una obligación que la ley impone a patrones y a trabajadores y que también se
debe organizar dentro de determinados cánones y hacer funcionar dentro de
determinados procedimientos. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la
naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las
instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuada para prevenir
accidente en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a
organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de
los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres
embarazada. Las leyes contendrán al efecto, las sanciones procedentes en cada caso.
Es la encargada del estudio de normas y métodos tendientes a garantizar una
producción que contemple el mínimo de riesgos, tanto del factor humano como en los
elementos (equipo, herramientas, edificaciones, etc.). Es un conjunto de normas que
deben ser respetadas para evitar accidentes, para poder beneficiar un buen trabajo
afuera y adentro de ese contexto de industria, y dar una gran seguridad para quienes
laboran en una industria.

Un accidente de trabajo puede ser causado por diferentes razones:
• Falta de información sobre el uso adecuado de la maquinaria y equipo que ellos
manejan.
• Mal uso o carencia de los elementos de seguridad que se dan a los operarios.
Estos accidentes de trabajo se pueden evitar de la siguiente manera:
• Usar los elementos de seguridad como gafas, guantes, gorros, etc.
• Mostrar al operario cómo, dónde y por qué puede ocurrir un accidente.
• Cuando se instale una máquina nueva se debe inspeccionar antes de que entre a
funcionar.
• Advertir a los operarios que no lleven ropas sueltas, camisas de manga larga, etc.
en torno a la máquina en movimiento

Staff
Conjunto de personas que, en torno y bajo el mando del director de una empresa o
institución, coordina su actividad o le asesora en la dirección.

2.

LEGISLACIÓN VENEZOLANA DE HIGIENE Y SEGURIDAD
INDUSTRIAL

CONCEPTOS GENERALES

Representantes del Patrono: Los directores,

gerentes, administradores, jefes de

relaciones industriales, jefes de personal, capitanes de

buques o aeronaves,

liquidadores y depositarios y demás personas que ejerzan funciones de dirección o
administración se considerarán

representantes del patrono aunque no tengan

mandato expreso, y obligarán a su

representado, para todos los fines derivados de

la relación de trabajo. (LOT).

Seguridad y Salud Laboral: Estado de equilibrio y bienestar físico, mental y social,
incluye salud somática, psíquica, y social.

Accidente laboral: Todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una
lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la
muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso
del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo.

Enfermedad Ocupacional: Los estados patológicos contraídos o agravados con
ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se
encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos
y mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos,
biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión
orgánica,

trastornos

enzimáticos

o

bioquímicos,

trastornos

funcionales

o

desequilibrio mental, temporales o permanentes.

MARCO JURIDICO:

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Título III: Derechos Sociales.

Capítulo V: De Los Derechos Sociales y de las Familias

Artículo 87: en su aparte 2do. Establece:
Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de
seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y
creará instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones.

Por lo tanto, el Ámbito Legal en materia de Seguridad y Salud Laboral, se expresa en:
Art. 86 Política Social Constitución Nacional
Art. 87 Obligación del Patrono Control y Promoción del Estado Convenio 155 OIT
de 1.981 Sobre Seguridad y Salud laboral Recomendación 164.
LEYES Y REGLAMENTOS:
Leyes Orgánicas
Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, 2002
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, 2.005

Ley Orgánica del Trabajo, 1997
Ley Orgánica de Protección del Niño, Niñas y Adolescentes.
Ley Orgánica de Ordenación Urbanística.
Ley Orgánica del Ambiente
Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
Código Orgánico Procesal Penal.
Ley Penal del Ambiente.
Ley de Bomberos, Bomberas y Administración de
Emergencia Carácter Civil.
Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos.
Código Civil.

Leyes Ordinarias Código Penal.
Ley de Gestión Integral de Riesgos Socio naturales y Tecnológicos.
Ley Forestal de Suelos y Aguas.
Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana.
Ley del Seguro Social.
Ley de Drogas.
Ley de Transporte Terrestre.

Reglamento de Condiciones de Higiene y Reglamentos Seguridad en el Trabajo.
Reglamento Parcial de la Lopcymat.
Reglamento sobre Prevención y Protección contra Incendios (Decreto 2195)
Resoluciones Administrativas.
Norma Técnica 01-08 Programa de Normas Técnicas.
Seguridad y Salud Laboral.
Norma Técnica 02-08.
Investigación y Declaración de Enfermedades Ocupacionales.

LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO
• Responsabilidad objetiva del patrono o patrona
Artículo 43. Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores o trabajadoras
condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuado, y son responsables
por los accidentes laborales ocurridos y enfermedades ocupacionales acontecidas a
los trabajadores, trabajadoras, aprendices, pasantes, becarios y becarias en la entidad
de trabajo, o con motivo de causas relacionadas con el trabajo. La responsabilidad del
patrono o patrona se establecerá exista o no culpa o negligencia de su parte o de los
trabajadores, trabajadoras, aprendices, pasantes, becarios o becarias, y se procederá
conforme a esta Ley en materia de salud y seguridad laboral.
• Participación en salud y seguridad
Artículo 44. Los patronos o patronas están en la obligación de garantizar que los
delegados y delegadas de prevención dispongan de facilidades para el cumplimiento
de sus funciones, y que los comités de salud y seguridad laboral cuenten con la
participación de todos y todas sus integrantes, y sus recomendaciones sean adoptadas
en la entidad de trabajo.
LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE
DE TRABAJO, (LOPCYMAT):
TÍTULO IV - DE LOS DERECHOS Y DEBERES

CAPÍTULO I - Derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras
• Derechos de los trabajadores y las trabajadoras.
Artículo 53. Los trabajadores y las trabajadoras tendrán derecho a desarrollar sus
labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus
facultades físicas y mentales, y que garantice condiciones de seguridad, salud, y
bienestar adecuadas. En el ejercicio del mismo tendrán derecho a:

1. Ser informados, con carácter previo al inicio de su actividad, de las condiciones
en que ésta se va a desarrollar, de la presencia de sustancias tóxicas en el área de
trabajo, de los daños que las mismas puedan causar a su salud, así como los
medios o medidas para prevenirlos.
2. Recibir formación teórica y práctica, suficiente, adecuada y en forma periódica,
para la ejecución de las funciones inherentes a su actividad, en la prevención de
accidentes de trabajo y en enfermedades ocupacionales, y en la utilización del
tiempo libre y aprovechamiento del descanso en el momento de ingresar al
trabajo, cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe, cuando se
introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. Esta
formación debe impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de
trabajo y si ocurriese fuera de ella, descontar de la jornada laboral.
3. Participar en la vigilancia, mejoramiento y control de las condiciones y ambiente
de trabajo, en la prevención de los accidentes y enfermedades ocupacionales, en
el mejoramiento de las condiciones de vida y de los programas de recreación,
utilización del tiempo libre, descanso y turismo social y de la infraestructura para
su funcionamiento, y en la discusión y adopción de las políticas nacionales,
regionales, locales, por rama de actividad, por empresa y establecimiento, en el
área de seguridad y salud en el trabajo.
4. No ser sometido a condiciones de trabajo peligrosas o insalubres que, de acuerdo
a los avances técnicos y científicos existentes, puedan ser eliminadas o atenuadas
con modificaciones al proceso productivo o las instalaciones o puestos de trabajo
o mediante protecciones colectivas. Cuando lo anterior no sea posible, a ser
provisto de los implemento y equipos de protección personal adecuados a las
condiciones de trabajo presentes en su puesto de trabajo y a las labores
desempeñadas de acuerdo a lo establecido en la presente Ley, su Reglamento y las
convenciones colectivas.
5. Rehusarse a trabajar, a alejarse de una condición insegura o a interrumpir una
tarea o actividad de trabajo cuando, basándose en su formación y experiencia,
tenga motivos razonables para creer que existe un peligro inminente para su salud
o para su vida sin que esto pueda ser considerado como abandono de trabajo. El
trabajador o trabajadora comunicará al delegado o delegada de prevención y al
supervisor inmediato de la situación planteada. Se reanudará la actividad cuando
el Comité de Seguridad y Salud Laboral lo determine. En estos casos no se
suspenderá la relación de trabajo y el empleador o empleadora continuará
cancelando el salario correspondiente y computará el tiempo que dure la
interrupción a la antigüedad del trabajador o de la trabajadora.
6. Denunciar las condiciones inseguras o insalubres de trabajo ante el supervisor
inmediato, el empleador o empleadora, el sindicato, el Comité de Seguridad y
Salud Laboral, y el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad
Laborales; y a recibir oportuna respuesta.
7. Denunciar ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales
cualquier violación a las condiciones y medio ambiente de trabajo, cuando el
hecho lo requiera o cuando el empleador o empleadora no corrija oportunamente
las deficiencias denunciadas; así como cualquier incumplimiento en los
programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo
social y en la construcción y mantenimiento de infraestructura para su desarrollo.
8. Acompañar a los funcionarios o funcionarias de inspección cuando éstos realicen
su labor inspectora en las empresas, establecimientos o explotaciones.
9. Ser reubicados de sus puestos de trabajo o a la adecuación de sus tareas por
razones de salud, rehabilitación o reinserción laboral.
10. Que se le realicen periódicamente exámenes de salud preventivos, y al completo
acceso a la información contenida en los mismos, así como a la confidencialidad
de sus resultados frente a terceros.
11. La confidencialidad de los datos personales de salud. En tales casos, éstos sólo
podrán comunicarse previa autorización del

trabajador o de la trabajadora,

debidamente informados; limitado dicho conocimiento al personal médico y a las
autoridades sanitarias correspondientes.
12. Participar activamente en los programas de recreación, utilización del tiempo
libre, descanso y turismo social.
13. Expresar libremente sus ideas y opiniones, y organizarse para la defensa del
derecho a la vida, a la salud y a la seguridad en el trabajo.
14. Ser protegidos del despido o cualquier otro tipo de sanción por haber hecho uso
de los derechos consagrados en esta Ley y demás normas que regulen la materia.
15. La defensa en caso de imputaciones o denuncias que puedan acarrearle sanciones
en virtud de lo establecido en la presente Ley.
16. La privacidad de su correspondencia y comunicaciones y al libre acceso a todos
los datos e informaciones referidos a su persona.
17. Recibir oportunamente las prestaciones e indemnizaciones expuestas en la Ley.
18. Ser afiliados o afiliadas por sus empleadores o empleadoras al

Régimen

Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo creado por la Ley Orgánica del
Sistema de Seguridad Social.
19. Exigir a sus empleadores o empleadoras el pago oportuno de las cotizaciones al
Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
20. Denunciar ante la Tesorería de Seguridad Social la no afiliación al Régimen
Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y de los retardos en el pago de las
cotizaciones que debe efectuar empleador o la empleadora y de los cuales el
trabajador o la trabajadora tenga conocimiento.
• Deberes de los trabajadores y las trabajadoras
Artículo 54. Son deberes de los trabajadores y trabajadoras:
1. Ejercer las labores derivadas de su contrato de trabajo con sujeción a las normas
de seguridad y salud en el trabajo no sólo en defensa de su propia seguridad y
salud sino también con respecto a los demás trabajadores y trabajadoras y en
resguardo de las instalaciones donde labora.
2. Hacer uso adecuado y mantener en buenas condiciones de funcionamiento los
sistemas de control de las condiciones inseguras trabajo en la empresa o puesto de
trabajo, de acuerdo a las instrucciones recibidas, dando cuenta inmediata al
supervisor o al responsable0 de su mantenimiento o del mal funcionamiento de
los mismos. El trabajador o la trabajadora deberá informar al Servicio de
Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa o al Comité de Seguridad y Salud
Laboral cuando, de acuerdo a sus conocimientos y experiencia, considere que los
sistemas de control a que se refiere esta disposición no correspondiesen a las
condiciones inseguras que se pretende controlar.
3. Usar en forma correcta y mantener en buenas condiciones los
protección personal de acuerdo a las instrucciones

equipos de

recibidas dando cuenta

inmediata al responsable de su suministro o mantenimiento, de la pérdida,
deterioro, vencimiento, o mal funcionamiento de los mismos. El trabajador o la
trabajadora deberá informar al Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la
empresa o al Comité de Seguridad y Salud Laboral cuando, de acuerdo a sus
conocimientos y experiencia, considere que los equipos de protección personal
suministrados no corresponden al objetivo de proteger contra las condiciones
inseguras a las que está expuesto.
4. Hacer buen uso y cuidar las instalaciones de saneamiento básico, así como
también las instalaciones y comodidades para la recreación, utilización del tiempo
libre, descanso, turismo social, consumo de alimentos, actividades culturales,
deportivas y en general, de todas las instalaciones de servicio social.
5. Respetar y hacer respetar los avisos, carteleras de seguridad e higiene y demás
indicaciones de advertencias que se fijaren en diversos sitios, instalaciones y
maquinarias de su centro de trabajo, en materia de seguridad y salud en el trabajo.
6. Mantener las condiciones de orden y limpieza en su puesto de trabajo.
7. Cumplir con las normas e instrucciones del Programa de Seguridad y Salud en el
Trabajo establecido por la empresa.
8. Informar de inmediato, cuando tuvieren conocimiento de la existencia de una
condición insegura capaz de causar daño a la salud o la vida, propia o de terceros,
a las personas involucradas, al Comité de Seguridad y Salud Laboral y a su
inmediato superior, ateniéndose de realizar la tarea hasta tanto no se dictamine
sobre la conveniencia o no de su ejecución.
9. Participar activamente en forma directa o a través de la elección de
representantes, en los Comités de Seguridad y Salud Laboral y demás organismos
que se crearen con los mismos fines.
10. Participar activamente en los programas de recreación, uso del tiempo libre,
descanso y turismo social.
11. Cuando se desempeñen como supervisores o supervisoras, capataces, caporales,
jefes o jefas de grupos o cuadrillas y, en general, cuando en forma permanente u
ocasional actuasen como cabeza de grupo, plantilla o línea de producción, vigilar
la observancia de las prácticas de seguridad y salud por el personal bajo su
dirección.
12. Denunciar ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales,
cualquier violación a las condiciones y medio ambiente de trabajo, cuando el
hecho lo requiera o en todo caso en que el empleador o empleadora no corrija
oportunamente las deficiencias denunciadas.
13. En general, abstenerse de realizar actos o incurrir en conductas que puedan
perjudicar el buen funcionamiento del Régimen Prestacional de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
14. Acatar las pautas impartidas por las supervisoras o supervisores inmediatos a fin
de cumplir con las normativas de prevención
manteniendo la armonía y respeto en el trabajo.

y condiciones de seguridad
CAPITULO II - Derechos y deberes de los empleadores y empleadoras
• Derechos de los empleadores y empleadoras
Artículo 55. Los empleadores y empleadoras tienen derecho a:
1. Exigir de sus trabajadores y trabajadoras el cumplimiento de las normas de
higiene, seguridad y ergonomía, y de las políticas de prevención y participar en
los programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo
social que mejoren su calidad de vida, salud y productividad.
2. Participar activamente en los Comités de Seguridad y Salud Laboral.
3. Participar en la discusión y adopción de las políticas nacionales, regionales,
locales, por rama de actividad, empresa y establecimiento en el área de seguridad
y salud en el trabajo.
4. Solicitar y recibir asesoría del Comité de Seguridad y Salud Laboral de su centro
de trabajo, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y
demás órganos competentes.
5. Participar de manera individual o colectiva en las actividades tendentes a mejorar
la calidad de la prestación de los servicios del Régimen Prestacional de Seguridad
y Salud en el Trabajo.
6. Recibir información y capacitación en materia de salud, higiene, seguridad,
bienestar en el trabajo, recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo
social, por parte de los organismos competentes.
7. Exigir a los trabajadores y trabajadoras el uso adecuado y mantener en buenas
condiciones de funcionamiento los sistemas de

control de las condiciones

inseguras de trabajo instalados en la empresa o puesto de trabajo.
8. Exigir a los trabajadores y trabajadoras el uso adecuado y de forma correcta, y
mantener en buenas condiciones los equipos de protección personal suministrados
para preservar la salud.
9. Exigir a los trabajadores y trabajadoras hacer buen uso y cuidar las instalaciones
de saneamiento básico, así como también las instalaciones y comodidades para la
recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, consumo de
alimentos, actividades culturales, deportivas y en general, de todas las
instalaciones del centro de trabajo.
10. Exigir a los trabajadores y trabajadoras el respeto y acatamiento de los avisos, las
carteleras y advertencias que se fijaren en los diversos sitios, instalaciones y
maquinarias de su centro de trabajo, en materia de salud, higiene y seguridad.
11. Proponer ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral las amonestaciones a los
trabajadores y trabajadoras que incumplan con los deberes establecidos en el
artículo 54 de la presente Ley.
12. Recibir pronta y adecuada respuesta en relación a sus solicitudes ante los
organismos competentes.
13. Recibir, en los lapsos previstos por esta Ley y su Reglamento, los reembolsos de
los pagos realizados a los trabajadores y trabajadoras en caso de prestaciones
diarias por discapacidad temporal.
14. Garantizar que sus trabajadores y trabajadoras reciban oportunamente las
prestaciones de atención médica garantizadas en el

Régimen Prestacional de

Seguridad y Salud en el Trabajo, por el Sistema Público Nacional de Salud.
15. Lograr que el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo se
subrogue a las obligaciones derivadas de la responsabilidad objetiva del
empleador o de la empleadora ante la ocurrencia de un accidente o enfermedad
ocupacional cuando no hubiese negligencia o dolo por parte del empleador o de la
empleadora.
16. Ser reclasificados de manera oportuna y adecuada en relación a las categorías de
riesgo establecidas en la clasificación de las empresas a los efectos de las
cotizaciones al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
17. Denunciar ante la Superintendencia de Seguridad Social irregularidades relativas
al registro y otorgamiento de las prestaciones del Régimen Prestacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
18. Denunciar ante las autoridades competentes y recibir pronta y oportuna respuesta
por cualquier violación a las normativas legales y reglamentarias vigentes sobre
condiciones y medio ambiente de trabajo, ambiente general, condiciones para la
recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, que afecte el
ambiente de trabajo de su empresa, por parte de las empresas aledañas o de los
organismos públicos o privados.
19. Exigir a sus trabajadores y trabajadoras que se abstengan de realizar actos o
incurrir en conductas que puedan perjudicar el buen funcionamiento del Régimen
Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
20. Ejercer la defensa en caso de imputaciones o denuncias que puedan acarrearle
sanciones en virtud de lo establecido en la presente Ley.
• Deberes de los empleadores y las empleadoras
Artículo 56. Son deberes de los empleadores y empleadoras, adoptar las medidas
necesarias para garantizar a los trabajadores y trabajadoras condiciones de salud,
higiene, seguridad y bienestar en el trabajo, así como programas de recreación,
utilización del tiempo libre, descanso y turismo social e infraestructura para su
desarrollo en los términos previstos en la presente Ley y en los tratados
internacionales suscritos por la República, en las disposiciones legales y
reglamentarias que se establecieren, así como en los contratos individuales de trabajo
y en las convenciones colectivas. A tales efectos deberán:

1. Organizar el trabajo de conformidad con los avances tecnológicos que permitan
su ejecución en condiciones adecuadas a la capacidad física y mental de los
trabajadores y trabajadoras, a sus hábitos y creencias culturales y a su dignidad
como personas humanas.
2. Consultar a los trabajadores y trabajadoras y a sus organizaciones, y al Comité de
Seguridad y Salud Laboral, antes de que se

ejecuten, las medidas que prevean

cambios en la organización del trabajo que puedan afectar a un grupo o la
totalidad de los trabajadores y trabajadoras o decisiones importantes de seguridad
e higiene y medio ambiente de trabajo.
3. Informar por escrito a los trabajadores y trabajadoras de los principios de la
prevención de las condiciones inseguras o insalubres, tanto al ingresar al trabajo
como al producirse un cambio en el proceso laboral o una modificación del puesto
de trabajo e instruirlos y capacitarlos respecto a la promoción de la salud y la
seguridad, la prevención de accidentes y enfermedades profesionales así como
también en lo que se refiere a uso de dispositivos personales de seguridad y
protección.
4. Informar por escrito a los trabajadores y trabajadoras y al Comité de Seguridad y
Salud Laboral de las condiciones inseguras a las que están expuestos los
primeros, por la acción de agentes físicos, químicos, biológicos, meteorológicos o
a condiciones de ser ergonómicas o psicosociales que puedan causar daño a la
salud, de acuerdo a los criterios establecidos por el Instituto Nacional de
Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
5. Abstenerse de realizar, por sí o por sus representantes, toda conducta ofensiva,
maliciosa, intimidatoria y de cualquier acto que

perjudique psicológica o

moralmente a los trabajadores y trabajadoras, prevenir toda situación de acoso por
medio de la degradación de las condiciones y ambiente de trabajo, violencia física
o psicológica, aislamiento o por no proveer una ocupación razonable al trabajador
o la trabajadora de acuerdo a sus capacidades y antecedentes y evitar la aplicación
de sanciones no claramente justificadas o desproporcionadas y una sistemática e
injustificada crítica contra el trabajador o la trabajadora, o su labor.
6. Informar por escrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad
Laborales y al Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los
Trabajadores de los programas desarrollados para la recreación, utilización del
tiempo libre, descanso y turismo social, del estado de la infraestructura para la
ejecución de los mismos, del impacto en la calidad de vida, salud y productividad,
así como las dificultades en la incorporación y participación activa de los
trabajadores y trabajadoras en ellos.
7. Elaborar, con la participación de los trabajadores y trabajadoras, el Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa, las políticas y compromisos y los
reglamentos internos relacionados con la materia así como planificar y organizar
la producción de acuerdo a esos programas, políticas, compromisos y
reglamentos.
8. Tomar las medidas adecuadas para evitar cualquier forma de acoso sexual y
establecer una política destinada a erradicar el mismo de los lugares de trabajo.
9. Abstenerse de toda discriminación contra los aspirantes a obtener trabajo o contra
los trabajadores y trabajadoras y, dentro de los requerimientos de la actividad
productiva, respetar la libertad de conciencia y expresión de los trabajadores.
10. Tomar todas las medidas adecuadas para asegurar la privacidad de la
correspondencia y comunicaciones de los trabajadores y trabajadoras y el libre
acceso a todos los datos e informaciones referidos a su persona.
11. Notificar al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, con
carácter obligatorio, las enfermedades ocupacionales, los accidentes de trabajo y
cualesquiera otras condiciones patológicas que ocurrieren dentro del ámbito
laboral previsto por esta Ley y su Reglamento y llevar un registro de los mismos.
12. Llevar un registro actualizado de las condiciones de prevención, seguridad y salud
laborales, así como de recreación, utilización

del tiempo libre, descanso y

turismo social de acuerdo a los criterios establecidos por los sistemas de
información del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

ISO 9001

La Norma ISO 9001:2008 elaborada por la Organización Internacional para la
Estandarización (ISO), especifica los requisitos para un Sistema de gestión de la
calidad (SGC) que pueden utilizarse para su aplicación interna por las organizaciones,
sin importar si el producto o servicio lo brinda una organización pública o empresa
privada, cualquiera sea su tamaño, para su certificación o con fines contractuales.
ISO 14001

ISO 14001, es una norma aceptada inter nacionalmente que establece cómo implantar
un sistema de gestión medioambiental (SGM) eficaz. La norma se ha concebido para
gestionar el delicado equilibrio entre el mantenimiento de la rentabilidad y la
reducción del impacto medioambiental. Con el compromiso de toda la organización,
permite lograr ambos objetivos.

Lo que contiene ISO 14001: Requisitos generales, Política medioambiental;
Planificación de implantación y funcionamiento; Comprobación y medidas
correctivas; Revisión de gestión.

Ello significa que puede identificar aspectos del negocio que tienen un impacto en el
medio ambiente y comprender las leyes medioambientales que son significativas para
esa situación. El paso siguiente consiste en generar objetivos de mejora y un
programa de gestión para alcanzarlos, con revisiones periódicas para la mejora
continua. De este modo, podemos evaluar el sistema regularmente y, si cumple la
normativa, registrar la compañía o la sede para la norma ISO 14001.

¿Para quién es significativo?
El impacto medioambiental se está convirtiendo en un asunto importante en todo el
globo. La presión para minimizar ese impacto procede de muchas fuentes: gobiernos
locales y nacionales, organismos reguladores, asociaciones sectoriales, clientes,
empleados y accionistas.

Las presiones sociales también proceden del creciente despliegue de grupos de interés
o partes interesadas, como consumidores, organizaciones no gubernamentales (ONG)
dedicadas al medio ambiente o a los intereses de grupos minoritarios, círculos
académicos y asociaciones vecinales.
La norma ISO 14001 resulta significativa para toda organización, incluidas:
• Compañías de una sola sede y grandes compañías multinacionales
• Compañías de alto riesgo y organizaciones de servicio de bajo riesgo
• Industrias manufactureras, de procesos y servicios, incluidos los gobiernos locales
• Todos los sectores industriales tanto públicos como privados
• Fabricantes de equipo original y sus proveedores

2.

ORGANIZACIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL.

La finalidad de la organización de la seguridad industrial en cualquier actividad es
ayudar a la dirección, a que establezca y ponga en vigencia un programa destinado a
proteger a los empleados y aumentar la producción mediante la prevención y control
de accidentes, que afecta a cualquiera de los elementos de la producción, recursos
humanos, materiales, maquinarias, herramientas, equipos y tiempo.

La prevención de accidentes y lesiones debe ser de prioridad importancia para todas
las personas que forman parte de una organización.

Un buen programa de seguridad proporcionará un modelo para que todo el personal
participe en el programa de prevención de accidentes, ya que de ocurrir estos originan
incapacidades temporales o permanentes, pérdidas de vida, daño a equipos,
instalaciones y materiales.

Elementos básicos de la organización de la seguridad:
• Liderazgo de la dirección. Asunción de responsabilidades y exposición de la
política.
• Asignación de responsabilidades hacia el personal de seguridad e higiene hacia los
distintos niveles de supervisión y hacia los comités mixtos.
• Mantenimiento de condiciones de trabajo seguros.
• Implementación de un programa de capacitación y adiestramiento en seguridad.
• Sistema de registro de accidentes por medio de análisis, investigaciones y
estadísticas.
• Servicio de medicina laboral.
• Aceptación de responsabilidades por parte de los trabajadores.

Tipos De Organizaciones
Existen diferentes tipos de organizaciones y en ella influyen principalmente, la
política de la empresa respecto a la seguridad ¿qué es lo que produce?, ¿el tamaño de
la empresa?, ¿los tipos de riesgo que existen?.
• Organización En Línea. Es la que delega las responsabilidades de la seguridad al
superior, los cuales corren paralelos con las asignaciones de producción propios
del supervisor, tanto es lo que se refiere al control de su personal, como al de las
condiciones de seguridad del lugar de trabajo.

En algunas empresas a este tipo de organización se la conoce con el nombre de
seguridad integrada pero en realidad NO lo es.

La autoridad máxima de la empresa es quien define la política del establecimiento y
asume la responsabilidad general por la seguridad de todos sus trabajadores.

El supervisor de línea, supervisa la seguridad del trabajador y a su vez dirige la
instrucción para efectuar el adiestramiento destinado a mejorar la eficiencia de cada
uno de sus trabajadores.

Ventajas y desventajas de la organización de línea:
La ventaja que presenta este tipo de organización es que define claramente la
responsabilidad por la seguridad en cada uno de los niveles de dirección y de
supervisión, de tal modo que la seguridad bien entendida queda integrada como parte
inherente e intrínseca del trabajador.

En cuanto a las desventajas que puede tener este tipo de organización en línea, está
dada por la ausencia de procedimientos nuevos, a menos que se realice una
capacitación formalmente en lo referido a la seguridad con la asistencia a cursos,
seminarios, charlas, etc.

Finalmente otro tema a tener en cuenta es la delegación de la seguridad a un segundo
plano, esto puede llegar a ocasionar falta de atención, planeamiento y generalmente
lleva a remediar las causas de accidentes después que estos ocurran.
• Organización de Staff. Significa asesoría o apoyo. Este tipo de organización no es
más ni menos que una organización de línea con personal especializada para que
asesore y ayude en todos los niveles. Incluye un responsable en jefe de seguridad que
puede ser un ingeniero o licenciado y a los técnicos en seguridad e higiene.

Ventajas de la organización staff sobre la de línea
La principal ventaja es la experiencia especializada, puesto que cuenta con personal
experimentado en organización y en el funcionamiento de los programas de
prevención de accidentes. Como así también en lo que se relaciona con capacitación

3.

COMITES DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

Los Comités de Higiene y Seguridad Industrial son Organismos paritarios encargados
de asesorar, cooperar y vigilar la ejecución del Programa de Higiene y Seguridad
Industrial, los miembros del Comité de Higiene y Seguridad Industrial / Laboral
deben ser personas que, por su dedicación, puedan contribuir a lograr la mejor
solución de los problemas de seguridad industrial en la empresa.
Ellos deben cumplir cabalmente con los deberes inherentes a la función que asuman
en un plano, de equidad, imparcialidad y honestidad. (Lopcymat - Título III De la Participación y el Control Social - Capítulo II - Del Comité de Seguridad y
Salud Laboral - Art. 46).

Importancia
El Comité de Seguridad incorpora a los trabajadores al programa de Seguridad
Industrial de la Empresa, lo que permite intercambiar conocimientos y experiencias
para lograr soluciones que contribuyan a mejorar las condiciones de seguridad.

El Comité orienta y analiza su actividad hacia el campo educativo y la investigación
de accidentes, logrando despertar en los trabajadores una conciencia prevencionista;
así comprenderán que los accidentes de trabajo suceden por causas determinadas. De
esta forma, los trabajadores podrán asumir actitud mental consciente ante los riesgos
a que están expuestos durante su trabajo y, por lo tanto, adoptarán las medidas de
seguridad idóneas para cada caso.

4.

RESPONSABILIDAD EN MATERIA DE HIGIENE Y SEGURIDAD
INDUSTRIAL

La implementación de programas de Seguridad e Higiene en los centros de trabajo se
justifica por el solo hecho de prevenir los riesgos laborales que puedan causar daños
al trabajador, ya que de ninguna manera debe considerarse humano él querer obtener
una máxima producción a costa de lesiones o muertes, mientras más peligrosa es una
operación, mayor debe ser el cuidado y las precauciones que se observen al
efectuarla; prevención de accidentes y producción eficiente van de la mano; la
producción es mayor y de mejor calidad cuando los accidentes son prevenidos; un
óptimo resultado en seguridad resultara de la misma administración efectiva que
produce artículos de calidad, dentro de los límites de tiempo establecidos.

El implementar y llevar a efecto programas de Seguridad e Higiene para lograr un
ambiente seguro en el área de trabajo y que los trabajadores trabajen seguramente y
con tranquilidad, es parte integral de la responsabilidad total de todos, ya que
haciendo conciencia a todos acarrearía beneficios.

Beneficios.


La reducción de los riesgos laborales automáticamente disminuirá los costos de
operación y aumentaría las ganancias (pues la aplicación efectiva de los
programas, el objetivo primordial es el de obtener ganancias).



Controlar las observaciones y las causas de pérdidas de tiempo relacionadas con
la interrupción del trabajo efectivo;



Aumentar el tiempo disponible para producir, evitando la repetición del accidente



Reducir el costo de las lesiones, incendios, daños a la propiedad, crea un mejor
ambiente laboral

5.

PROGRAMAS DE INDUCCIÓN DE LOS TRABAJADORES Y
PERSONAL.

Programas de Prevención de Accidentes
El empleo en la industria de algunas técnicas de la psicología del comportamiento,
puede lograr que las actividades en el programa de prevención de accidentes resulten
más eficaces para los trabajadores y, por consiguiente, que estos participen más
activamente en la prevención de accidentes.

Hay siete elementos básicos:


Liderazgo de alta gerencia.



Asignación de responsabilidades.


Mantenimiento de condiciones adecuadas de trabajo.



Entrenamiento en prevención de accidentes.



Un sistema de registro de accidentes.



Servicio médico y de primeros auxilios



Aceptación de responsabilidad personal por parte de los trabajadores.

Los logros de un programa de seguridad irán directamente a proporcionar la
capacitación del personal. El entrenamiento en la prevención de accidentes debe tener
como objetivo fundamental que la disminución de accidentes tiene que ser
consecuencia del esfuerzo de cada trabajador.

Esto supone dos fases:
1. Cada persona debe aprender a comportarse y efectuar su trabajo de modo seguro.
2. Debe ser estimulada a poner en práctica sus conocimientos.

Técnicas para fomentar la seguridad:


Concursos basados en el espíritu de competencia, relativo a alguna actividad
determinada (ejm. Disminuir el número de horas perdidas por accidentes)



Participación de todos y cada uno de los trabajadores.



Información de casos reales ocurridos en la organización o en otras.

Papel del experto en capital humano y del experto en seguridad laboral.
Estos profesionales requieren un conocimiento profundo de ingeniería y seguridad
industrial, sino también mayor y conciencia de la influencia ejercida por otros
aspectos, como el biológico, psicológico, social, cultural y antropológico.

Es un error pensar que la conducta, salud, enfermedad y seguridad del ser humano
implica requerir una sola ciencia, también es un error pensar en la existencia de una
sola causa para explicar la salud, la enfermedad y el comportamiento. Por tanto, en el
comportamiento manifiesto del individuo se encuentran la influencia cultural, la
organización familiar, social, económica y política, constitutivas del ambiente social,
medio físico o el clima, entonces es obligación legal y moral del directivo ocuparse
en elevar la salud integral de los miembros de la organización, así como la protección
contra accidentes.

Funciones del experto en capital humano y del experto en seguridad laboral.



Función científica: investigación del desarrollo alcanzado por la seguridad en el
medio familiar, escolar, laboral, etc. Implica investigación interdisciplinaria y
científica de los accidentes ocurridos tanto en la organización como en el contexto
nacional y contrarrestar sus efectos. Es necesario investigar la tecnología
preventiva y evaluar su aplicación.



Función asistencial: coordinación de la cooperación privada y comunitaria para
su óptimo aprovechamiento buscando llegar a acciones balanceadas y continuas
dentro de los programas de salud ocupacional y salud pública.



Función de control: coordinación de la administración, evolución y
perfeccionamiento de las medidas técnicas, médicas, psicológicas y sociales,
necesarias para las evaluaciones de las actitudes y repercusiones físicas, mentales
y sociales del elemento humano expuesto al accidente.



Función coordinadora: busca evitar la duplicidad de esfuerzos y desperdicios de
los recursos, coordinando los sectores profesionales involucrados en la
prevención de accidentes.



Función educativa: su función es la de lograr conciencia de la necesidad de
modificar los patrones socioculturales y lograr que las aportaciones de la
diferentes ciencias se apliquen en forma crítica y racional congruentes con
nuestras circunstancias características socioculturales, económicas y psicológicas,
cobrando conciencia de la responsabilidad que tenemos de pugnar por el
desarrollo óptimo del ser humano y no su utilización como herramienta de
manipulación.
6.

EJEMPLO DE HIGIENE INDUSTRIAL

(LOCALES, PISOS, ESCALERAS, PASILLOS, CORREDORES, LIMPIEZA,
ORDEN, RUIDOS, ILUMINACION, INSTALACIONES SANITARIAS)

Inspección a la Óptica Caroní Sucursal de Quórum (NOVIEMBRE 2012), donde se
constata lo siguiente en el informe:

DEPARTAMENTO ANTIREFLEJO:

Los químicos se encuentran mezclados, el espacio para salir o circular dentro del
departamento es reducido hay mucha desorganización, pendiente reubicación de
extintores.
ÁREA DE MAQUINADO DE ANTIRREFLEJO

Observación: El personal no utiliza los equipos de protección personal.

DEPARTAMENTO DE MONTAJE:
La puerta de

la coordinación del

departamento, se encuentra sostenida con
una pieza de madera, se ha reportado
varias veces.
La biseladora se encuentra descubierta y
ese polvo es aspirado por los operarios,
también solicitan un desagüe más cercano
ya que deben transportarlo hasta una parte
alejada de su departamento para desechar
los desperdicios.

DEPARTAMENTO DE ALMACEN:

Se debe terminar de señalizar todo el
departamento, retirar el aceite que se
encuentre

en

el

área

de

aire

acondicionado.

AREA DE LABORATORIO:

En el área de la línea Satis se encuentra un
hueco, de una cañería cabe destacar que por
esta zona pasan todos los empleados de esa
línea de producción con cajas.
El área también se encuentra desorganizada, cabe destacar que esta en remodelación

El personal del área de laboratorio moviliza
diariamente lotes de cajas (12 a 15) con un peso
aproximado por caja de 1,2 kilos
El aloe para surtir las maquinas se transporta
caliente y es cargado tiene un peso aproximado de
26 kilos, también cargan chapas y moldes con un
peso aproximado de 30 kilos, la mayoría de moldes
y chapas son de metal.
Por ello se sugiere estudiar la posibilidad de colocarles calzado de seguridad a
algunos empleados en Quórum.

Se debe reemplazar la
manguera que surte el
agua

al

filtro

de

laboratorio.

Un peldaño de la escalera se encuentra rota en su base,
debajo

de

dicha

escalera

se

encuentran

tres

transformadores eléctricos.

Falta colocar una tapa en el piso en la entrada del baño
de caballeros, y colocar pasadores en las puertas.
Pendientes:

1. Lámparas de emergencia en Quórum.
2. Demarcación.
3. Reubicación de extintores.
4. dotar nuevamente de equipos de protección personal.
5. Cambiar varios bombillos quemados.
6. Revisar el status de las reparaciones de la bomba y rociadores.
CONCLUSIÓN

En síntesis, la higiene y seguridad, es una rama que se ocupa de las normas,
procedimientos y estrategias, destinados a preservar la integridad física de los
trabajadores y trabajadoras, por ello las operaciones de la empresa, deben incluir un
comité encargado de afrontar situaciones de prevención y preparación, y las acciones
de este comité dirigen, básicamente, a prevenir accidentes laborales y a garantizar
condiciones personales y materiales de trabajo, siendo capaces de mantener un nivel
óptimo de salud de los trabajadores.

Las empresas con una visión amplia y clara de significado de la seguridad e higiene
laboral, entienden que los programas de seguridad efectivos se consiguen con el
apoyo y acoplamiento del factor humano; esto debe ser motivado y encaminado a
sentir la verdadera necesidad de crear un ambiente de trabajo más seguro y estable.
Por lo que el apoyo constante a los trabajadores y trabajadoras implicara la creación
de un ambiente seguro donde el cumplir con las normas y procedimientos, sin pasar
por alto ninguno de los factores que intervienen en la confirmación de la seguridad, es
primordial para toda empresa.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS:

Textos electrónicos, Bases de Datos y Programas Informáticos:

LEY ORGANICA DE PREVENCION, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE
TRABAJO,

[en

línea].

[Consulta:

octubre

2013].

Disponible

en:

http://www.mindefensa.gob.ve/documentos/LOPCYMAT.pdf

HIGIENE Y SEGURIDAD, [en línea]. [Consulta: octubre 2013]. Disponible en:
http://www.monografias.com/trabajos13/hiseg/hiseg.shtml

INTRODUCCÓN
VENEZUELA,

A
[en

LA

HIGIENE

línea].

Y

[Consulta:

SEGURIDAD
octubre

INDUSTRIAL

2013].

Disponible

EN
en:

http://edinssed.com/culturapreventiva.com.ve/?p=146

WORDREFERENCE.COM, Definición de staff, [en línea]. [Consulta: octubre 2013].
Disponible en: http://www.wordreference.com/definicion/staff

Leyes y Reglamentos:

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Título III: Derechos Sociales. Capítulo V: De Los Derechos Sociales y de las
Familias.

LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO. Artículos 43 y44.

LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE
TRABAJO, Título IV De los Derechos y Deberes. Capítulo I y II.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Higiene y seguridad industrial
Higiene y seguridad industrial Higiene y seguridad industrial
Higiene y seguridad industrial REGP 8
 
Organismos legales que controlan la higiene y seguridad industrial
Organismos legales que controlan la higiene y seguridad industrialOrganismos legales que controlan la higiene y seguridad industrial
Organismos legales que controlan la higiene y seguridad industrialsergiomendez25
 
Riesgos laborales segun las normas covenin
Riesgos laborales segun las normas coveninRiesgos laborales segun las normas covenin
Riesgos laborales segun las normas coveninVanessa Regueiro
 
Norma del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo NT03-2016
Norma del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo NT03-2016Norma del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo NT03-2016
Norma del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo NT03-2016Gustavo Specht
 
Conceptos Básicos de Seguridad Industrial
Conceptos Básicos de Seguridad IndustrialConceptos Básicos de Seguridad Industrial
Conceptos Básicos de Seguridad Industrialdocente
 
Jorge martinez cuadro comparativo
Jorge martinez cuadro comparativoJorge martinez cuadro comparativo
Jorge martinez cuadro comparativoJorgexm01
 
Programa de Seguridad y Salud Laboral NT 01- 2008
Programa de Seguridad y Salud Laboral NT 01- 2008Programa de Seguridad y Salud Laboral NT 01- 2008
Programa de Seguridad y Salud Laboral NT 01- 2008ENDER ORIVE
 
Análisis De articulos de la LOPCYMAT
Análisis De articulos de la LOPCYMATAnálisis De articulos de la LOPCYMAT
Análisis De articulos de la LOPCYMATJimmy Sanchez
 
EVOLUCIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN VENEZUELA
EVOLUCIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN VENEZUELAEVOLUCIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN VENEZUELA
EVOLUCIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN VENEZUELAJonas_jesus28
 
Diseña plan de seguridad industrial
Diseña plan de seguridad industrialDiseña plan de seguridad industrial
Diseña plan de seguridad industrial20941862
 
Estructura del servicio de seguridad y salud en el trabajo
Estructura del servicio de seguridad y salud en el trabajo Estructura del servicio de seguridad y salud en el trabajo
Estructura del servicio de seguridad y salud en el trabajo Gustavo Specht
 
Organización y Planificación Seguridad Industrial
Organización y Planificación Seguridad IndustrialOrganización y Planificación Seguridad Industrial
Organización y Planificación Seguridad IndustrialCeirlys Rodriguez
 
Higiene y seguridad Industrial (antecedentes, evolución, ventajas y efectos)
Higiene y seguridad Industrial (antecedentes, evolución, ventajas y efectos)Higiene y seguridad Industrial (antecedentes, evolución, ventajas y efectos)
Higiene y seguridad Industrial (antecedentes, evolución, ventajas y efectos)esolimando
 
CONCEPTO SOBRE NORMAS, FUNDAMENTOS Y ALCANCES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUS...
CONCEPTO SOBRE NORMAS, FUNDAMENTOS Y ALCANCES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUS...CONCEPTO SOBRE NORMAS, FUNDAMENTOS Y ALCANCES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUS...
CONCEPTO SOBRE NORMAS, FUNDAMENTOS Y ALCANCES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUS...MAGNO CARDENAS
 
NT 01-2008, Norma Técnica para Elaboración de Programas de Seguridad y Salud ...
NT 01-2008, Norma Técnica para Elaboración de Programas de Seguridad y Salud ...NT 01-2008, Norma Técnica para Elaboración de Programas de Seguridad y Salud ...
NT 01-2008, Norma Técnica para Elaboración de Programas de Seguridad y Salud ...GECSICA
 
Riesgos biologicos (3558:2000)
Riesgos biologicos (3558:2000)Riesgos biologicos (3558:2000)
Riesgos biologicos (3558:2000)Christians Gotty
 
Aspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad Ocupacional
Aspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad OcupacionalAspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad Ocupacional
Aspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad Ocupacionalezequielbrito22
 
Programa de seguridad e higiene laboral
Programa de seguridad e higiene laboralPrograma de seguridad e higiene laboral
Programa de seguridad e higiene laboralRonhald Mendhez
 

La actualidad más candente (20)

Higiene y seguridad industrial
Higiene y seguridad industrial Higiene y seguridad industrial
Higiene y seguridad industrial
 
Organismos legales que controlan la higiene y seguridad industrial
Organismos legales que controlan la higiene y seguridad industrialOrganismos legales que controlan la higiene y seguridad industrial
Organismos legales que controlan la higiene y seguridad industrial
 
Riesgos laborales segun las normas covenin
Riesgos laborales segun las normas coveninRiesgos laborales segun las normas covenin
Riesgos laborales segun las normas covenin
 
Norma del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo NT03-2016
Norma del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo NT03-2016Norma del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo NT03-2016
Norma del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo NT03-2016
 
Ntc2272
Ntc2272Ntc2272
Ntc2272
 
Conceptos Básicos de Seguridad Industrial
Conceptos Básicos de Seguridad IndustrialConceptos Básicos de Seguridad Industrial
Conceptos Básicos de Seguridad Industrial
 
Jorge martinez cuadro comparativo
Jorge martinez cuadro comparativoJorge martinez cuadro comparativo
Jorge martinez cuadro comparativo
 
Programa de Seguridad y Salud Laboral NT 01- 2008
Programa de Seguridad y Salud Laboral NT 01- 2008Programa de Seguridad y Salud Laboral NT 01- 2008
Programa de Seguridad y Salud Laboral NT 01- 2008
 
Análisis De articulos de la LOPCYMAT
Análisis De articulos de la LOPCYMATAnálisis De articulos de la LOPCYMAT
Análisis De articulos de la LOPCYMAT
 
EVOLUCIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN VENEZUELA
EVOLUCIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN VENEZUELAEVOLUCIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN VENEZUELA
EVOLUCIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN VENEZUELA
 
Diseña plan de seguridad industrial
Diseña plan de seguridad industrialDiseña plan de seguridad industrial
Diseña plan de seguridad industrial
 
Estructura del servicio de seguridad y salud en el trabajo
Estructura del servicio de seguridad y salud en el trabajo Estructura del servicio de seguridad y salud en el trabajo
Estructura del servicio de seguridad y salud en el trabajo
 
Organización y Planificación Seguridad Industrial
Organización y Planificación Seguridad IndustrialOrganización y Planificación Seguridad Industrial
Organización y Planificación Seguridad Industrial
 
Higiene y seguridad Industrial (antecedentes, evolución, ventajas y efectos)
Higiene y seguridad Industrial (antecedentes, evolución, ventajas y efectos)Higiene y seguridad Industrial (antecedentes, evolución, ventajas y efectos)
Higiene y seguridad Industrial (antecedentes, evolución, ventajas y efectos)
 
Analisis lopcymat
Analisis lopcymatAnalisis lopcymat
Analisis lopcymat
 
CONCEPTO SOBRE NORMAS, FUNDAMENTOS Y ALCANCES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUS...
CONCEPTO SOBRE NORMAS, FUNDAMENTOS Y ALCANCES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUS...CONCEPTO SOBRE NORMAS, FUNDAMENTOS Y ALCANCES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUS...
CONCEPTO SOBRE NORMAS, FUNDAMENTOS Y ALCANCES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUS...
 
NT 01-2008, Norma Técnica para Elaboración de Programas de Seguridad y Salud ...
NT 01-2008, Norma Técnica para Elaboración de Programas de Seguridad y Salud ...NT 01-2008, Norma Técnica para Elaboración de Programas de Seguridad y Salud ...
NT 01-2008, Norma Técnica para Elaboración de Programas de Seguridad y Salud ...
 
Riesgos biologicos (3558:2000)
Riesgos biologicos (3558:2000)Riesgos biologicos (3558:2000)
Riesgos biologicos (3558:2000)
 
Aspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad Ocupacional
Aspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad OcupacionalAspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad Ocupacional
Aspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad Ocupacional
 
Programa de seguridad e higiene laboral
Programa de seguridad e higiene laboralPrograma de seguridad e higiene laboral
Programa de seguridad e higiene laboral
 

Destacado

Organización y Planificación de la Seguridad Industrial
Organización y Planificación de la Seguridad IndustrialOrganización y Planificación de la Seguridad Industrial
Organización y Planificación de la Seguridad Industrialmaria fernanda
 
ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA HIGIENE Y LA SEGURIDAD INDUSTRIAL
ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA HIGIENE Y LA SEGURIDAD INDUSTRIALORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA HIGIENE Y LA SEGURIDAD INDUSTRIAL
ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA HIGIENE Y LA SEGURIDAD INDUSTRIALSaile Fonseca
 
Organizacion y Planificacion de la Seguridad Industrial
Organizacion y Planificacion de la Seguridad Industrial Organizacion y Planificacion de la Seguridad Industrial
Organizacion y Planificacion de la Seguridad Industrial Joale26
 
Administración y Seguridad Industrial
Administración y Seguridad IndustrialAdministración y Seguridad Industrial
Administración y Seguridad IndustrialYAS A
 
Planificación de la seguridad industrial
Planificación de la seguridad industrialPlanificación de la seguridad industrial
Planificación de la seguridad industrialAnissho
 
Responsabilidad social en materia de seguridad, salud e higiene en el ambient...
Responsabilidad social en materia de seguridad, salud e higiene en el ambient...Responsabilidad social en materia de seguridad, salud e higiene en el ambient...
Responsabilidad social en materia de seguridad, salud e higiene en el ambient...Henry Salom
 
Presentación: Organización de la Higiene y Seguridad Industrial
Presentación: Organización de la Higiene y Seguridad IndustrialPresentación: Organización de la Higiene y Seguridad Industrial
Presentación: Organización de la Higiene y Seguridad IndustrialAngelis Millan
 
Plan seguridad e higiene industrial
Plan  seguridad e higiene industrialPlan  seguridad e higiene industrial
Plan seguridad e higiene industrialJohn Black
 
Ces PlanificacióN De La Seguridad
Ces   PlanificacióN De La SeguridadCes   PlanificacióN De La Seguridad
Ces PlanificacióN De La SeguridadMilichine
 
Organización y planificacion de la seguridad industrial
Organización y planificacion de la seguridad industrialOrganización y planificacion de la seguridad industrial
Organización y planificacion de la seguridad industrialLourdes Angulo
 
Seguridad Social - Conceptos
Seguridad Social - ConceptosSeguridad Social - Conceptos
Seguridad Social - ConceptosAngelis Millan
 
Algunas cosas de importancia de la Locymat (kellin)
Algunas cosas de importancia de la Locymat (kellin)Algunas cosas de importancia de la Locymat (kellin)
Algunas cosas de importancia de la Locymat (kellin)Angelis Millan
 
Politicas en higiene y seguridad industrial
Politicas en higiene y seguridad industrialPoliticas en higiene y seguridad industrial
Politicas en higiene y seguridad industrialverduguillo
 
El supervisor
El supervisorEl supervisor
El supervisorhysspgi
 
POLITICA DE SEGURIDAD E HIGIENE
POLITICA DE SEGURIDAD E HIGIENE POLITICA DE SEGURIDAD E HIGIENE
POLITICA DE SEGURIDAD E HIGIENE jorge24910
 
Manual de higiene y seguridad industrial pro
Manual de higiene y seguridad industrial proManual de higiene y seguridad industrial pro
Manual de higiene y seguridad industrial proalejandro escobar
 
Seguridad Industrial Presentacion
Seguridad Industrial PresentacionSeguridad Industrial Presentacion
Seguridad Industrial Presentacionguest8eb4e
 

Destacado (20)

Organización y Planificación de la Seguridad Industrial
Organización y Planificación de la Seguridad IndustrialOrganización y Planificación de la Seguridad Industrial
Organización y Planificación de la Seguridad Industrial
 
ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA HIGIENE Y LA SEGURIDAD INDUSTRIAL
ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA HIGIENE Y LA SEGURIDAD INDUSTRIALORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA HIGIENE Y LA SEGURIDAD INDUSTRIAL
ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA HIGIENE Y LA SEGURIDAD INDUSTRIAL
 
Organizacion y Planificacion de la Seguridad Industrial
Organizacion y Planificacion de la Seguridad Industrial Organizacion y Planificacion de la Seguridad Industrial
Organizacion y Planificacion de la Seguridad Industrial
 
Administración y Seguridad Industrial
Administración y Seguridad IndustrialAdministración y Seguridad Industrial
Administración y Seguridad Industrial
 
Planificación de la seguridad industrial
Planificación de la seguridad industrialPlanificación de la seguridad industrial
Planificación de la seguridad industrial
 
Responsabilidad social en materia de seguridad, salud e higiene en el ambient...
Responsabilidad social en materia de seguridad, salud e higiene en el ambient...Responsabilidad social en materia de seguridad, salud e higiene en el ambient...
Responsabilidad social en materia de seguridad, salud e higiene en el ambient...
 
Presentación: Organización de la Higiene y Seguridad Industrial
Presentación: Organización de la Higiene y Seguridad IndustrialPresentación: Organización de la Higiene y Seguridad Industrial
Presentación: Organización de la Higiene y Seguridad Industrial
 
Plan seguridad e higiene industrial
Plan  seguridad e higiene industrialPlan  seguridad e higiene industrial
Plan seguridad e higiene industrial
 
Ces PlanificacióN De La Seguridad
Ces   PlanificacióN De La SeguridadCes   PlanificacióN De La Seguridad
Ces PlanificacióN De La Seguridad
 
Organización y planificacion de la seguridad industrial
Organización y planificacion de la seguridad industrialOrganización y planificacion de la seguridad industrial
Organización y planificacion de la seguridad industrial
 
Planificacion Estrategica de Seguridad Industrial
Planificacion Estrategica de Seguridad IndustrialPlanificacion Estrategica de Seguridad Industrial
Planificacion Estrategica de Seguridad Industrial
 
Seguridad Social - Conceptos
Seguridad Social - ConceptosSeguridad Social - Conceptos
Seguridad Social - Conceptos
 
Algunas cosas de importancia de la Locymat (kellin)
Algunas cosas de importancia de la Locymat (kellin)Algunas cosas de importancia de la Locymat (kellin)
Algunas cosas de importancia de la Locymat (kellin)
 
Politicas en higiene y seguridad industrial
Politicas en higiene y seguridad industrialPoliticas en higiene y seguridad industrial
Politicas en higiene y seguridad industrial
 
Seguridad Industrial
Seguridad IndustrialSeguridad Industrial
Seguridad Industrial
 
El supervisor
El supervisorEl supervisor
El supervisor
 
Seguridad e higiene laboral
Seguridad e higiene laboralSeguridad e higiene laboral
Seguridad e higiene laboral
 
POLITICA DE SEGURIDAD E HIGIENE
POLITICA DE SEGURIDAD E HIGIENE POLITICA DE SEGURIDAD E HIGIENE
POLITICA DE SEGURIDAD E HIGIENE
 
Manual de higiene y seguridad industrial pro
Manual de higiene y seguridad industrial proManual de higiene y seguridad industrial pro
Manual de higiene y seguridad industrial pro
 
Seguridad Industrial Presentacion
Seguridad Industrial PresentacionSeguridad Industrial Presentacion
Seguridad Industrial Presentacion
 

Similar a Organización de la Higiene y Seguridad Industrial

Unidad i. introducción a la higiene y seguridad industrial. cursos ice
Unidad i. introducción a la higiene y seguridad industrial. cursos iceUnidad i. introducción a la higiene y seguridad industrial. cursos ice
Unidad i. introducción a la higiene y seguridad industrial. cursos iceJuan Gerardo Maldonado Caldera
 
Ensayo milkari malvacia
Ensayo milkari malvaciaEnsayo milkari malvacia
Ensayo milkari malvaciamilkaritas
 
saude ocupacional
saude ocupacionalsaude ocupacional
saude ocupacionalduducox
 
Ensayo higiene y seguridad industrial. maria castillo enrega
Ensayo higiene y seguridad industrial. maria castillo enregaEnsayo higiene y seguridad industrial. maria castillo enrega
Ensayo higiene y seguridad industrial. maria castillo enregaMaría Castillo
 
De Paz Macaribel A1
De Paz Macaribel A1De Paz Macaribel A1
De Paz Macaribel A1macaribel
 
Victoria dominguez. a2
Victoria dominguez. a2Victoria dominguez. a2
Victoria dominguez. a2victoriasdc
 
Seguridad industrial iv salud ocupacional
Seguridad industrial iv salud ocupacionalSeguridad industrial iv salud ocupacional
Seguridad industrial iv salud ocupacionalReibelinRodriguez
 
Mapa y resumen
Mapa y resumenMapa y resumen
Mapa y resumenjoseaia
 
Julio zambrano a1 (higiene y seguridad industrial)
Julio zambrano a1 (higiene y seguridad industrial)Julio zambrano a1 (higiene y seguridad industrial)
Julio zambrano a1 (higiene y seguridad industrial)Julio Zambrano
 
Seguridad industrial
Seguridad industrialSeguridad industrial
Seguridad industrialjhonder07
 

Similar a Organización de la Higiene y Seguridad Industrial (20)

Presentacion seguridad social.gif
Presentacion seguridad social.gifPresentacion seguridad social.gif
Presentacion seguridad social.gif
 
Higiene y seguridad
Higiene y seguridadHigiene y seguridad
Higiene y seguridad
 
Freddygil ae1.pptx.
Freddygil ae1.pptx.Freddygil ae1.pptx.
Freddygil ae1.pptx.
 
Unidad i. introducción a la higiene y seguridad industrial. cursos ice
Unidad i. introducción a la higiene y seguridad industrial. cursos iceUnidad i. introducción a la higiene y seguridad industrial. cursos ice
Unidad i. introducción a la higiene y seguridad industrial. cursos ice
 
Actividad 2 sena salud ocupacional
Actividad 2 sena salud ocupacionalActividad 2 sena salud ocupacional
Actividad 2 sena salud ocupacional
 
Seguridad e higiene
Seguridad e higieneSeguridad e higiene
Seguridad e higiene
 
Ensayo milkari malvacia
Ensayo milkari malvaciaEnsayo milkari malvacia
Ensayo milkari malvacia
 
saude ocupacional
saude ocupacionalsaude ocupacional
saude ocupacional
 
Ensayo higiene y seguridad industrial. maria castillo enrega
Ensayo higiene y seguridad industrial. maria castillo enregaEnsayo higiene y seguridad industrial. maria castillo enrega
Ensayo higiene y seguridad industrial. maria castillo enrega
 
De Paz Macaribel A1
De Paz Macaribel A1De Paz Macaribel A1
De Paz Macaribel A1
 
Seguridad industrial norma ohsas 18001
Seguridad industrial norma ohsas 18001Seguridad industrial norma ohsas 18001
Seguridad industrial norma ohsas 18001
 
Victoria dominguez. a2
Victoria dominguez. a2Victoria dominguez. a2
Victoria dominguez. a2
 
Seguridad industrial iv salud ocupacional
Seguridad industrial iv salud ocupacionalSeguridad industrial iv salud ocupacional
Seguridad industrial iv salud ocupacional
 
Mapa y resumen
Mapa y resumenMapa y resumen
Mapa y resumen
 
Leunnit
LeunnitLeunnit
Leunnit
 
Julio zambrano a1 (higiene y seguridad industrial)
Julio zambrano a1 (higiene y seguridad industrial)Julio zambrano a1 (higiene y seguridad industrial)
Julio zambrano a1 (higiene y seguridad industrial)
 
Seguridad industrial
Seguridad industrialSeguridad industrial
Seguridad industrial
 
GRUPO 1.pptx
GRUPO 1.pptxGRUPO 1.pptx
GRUPO 1.pptx
 
Seg. Ind. Salud Ocupacional
Seg. Ind. Salud OcupacionalSeg. Ind. Salud Ocupacional
Seg. Ind. Salud Ocupacional
 
SALUD OCUPACIONAL
SALUD OCUPACIONALSALUD OCUPACIONAL
SALUD OCUPACIONAL
 

Más de Angelis Millan

UNESR - Plan de Unidades - Seguridad Social - 2013-2
UNESR - Plan de Unidades - Seguridad Social - 2013-2UNESR - Plan de Unidades - Seguridad Social - 2013-2
UNESR - Plan de Unidades - Seguridad Social - 2013-2Angelis Millan
 
Blogg actividades corregidas
Blogg actividades corregidasBlogg actividades corregidas
Blogg actividades corregidasAngelis Millan
 

Más de Angelis Millan (6)

Autoevaluaciones
AutoevaluacionesAutoevaluaciones
Autoevaluaciones
 
Coevaluación
CoevaluaciónCoevaluación
Coevaluación
 
UNESR - Plan de Unidades - Seguridad Social - 2013-2
UNESR - Plan de Unidades - Seguridad Social - 2013-2UNESR - Plan de Unidades - Seguridad Social - 2013-2
UNESR - Plan de Unidades - Seguridad Social - 2013-2
 
Blogg Asistencia
Blogg AsistenciaBlogg Asistencia
Blogg Asistencia
 
Blogg actividades corregidas
Blogg actividades corregidasBlogg actividades corregidas
Blogg actividades corregidas
 
Crisis financiera
Crisis financieraCrisis financiera
Crisis financiera
 

Último

TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSjlorentemartos
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuaDANNYISAACCARVAJALGA
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptxFelicitasAsuncionDia
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Carlos Muñoz
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxMaritzaRetamozoVera
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfFrancisco158360
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxlclcarmen
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdfBaker Publishing Company
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxYadi Campos
 

Último (20)

TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdfTema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
 
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptxMedición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
 

Organización de la Higiene y Seguridad Industrial

  • 1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” NÚCLEO CARICUAO CURSO: SEGURIDAD SOCIAL SECCIÓN: “C” ORGANIZACIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Facilitadora: Marcano Oneida Participante, C.I.Nº: Briceño Dilmary, 19.609.355 Becerra Kellin, 22.026.847 Millan Angelis, 22.670.203 Caracas, octubre 2013
  • 2. INTRODUCCIÓN La Seguridad siempre ha sido un tema importante, tanto para la protección que el Estado debe proporcionar a sus ciudadanos y ciudadanas por medio de la seguridad social, como las que las empresas proporcionan a sus empleados mediante la aplicación de la legislación vigente que concierna a la seguridad e higiene industrial. La higiene y seguridad industrial se inicia en Venezuela en el año 1909 proveniente de la formulación de la ley de minas, y en 1928 se promulga la primera ley del trabajo aunque la real legislación en prevención de accidentes laborales se creó en el año 1936 con la formulación de la nueva ley de trabajo y su respectivo reglamento, permitiendo así el incremento en la seguridad e higiene en los distintos sistemas de trabajo industriales que existían en Venezuela. No es hasta el año de 1944 que se crea la ley del Seguro Social Obligatorio S.S.O., la cual establecía para ese momento protección para el trabajador asegurado, en cuanto a enfermedad, maternidad, accidentes laborales, enfermedades profesionales, vejez, invalidez y muerte. Para el año 1968 se promulga el Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo, en la actualidad es de mucha importancia, así mismo en 1974 se pone en vigencia el decreto Nº46 (2195), que se conoció como el reglamento de prevención. En la actualidad, en pro de los avances que ha hecho el Estado en materia social, se ha visto en la obligación de reformar leyes y llevar nuevas medidas para su aplicación. Tanto las empresas como las personas han cambiado, las rutinas las tecnologías se han modificado, por lo que las reformas han ido adaptando la ley de manera que el capital humano sea beneficiado en toda empresa. Los más importantes cambios se observan, son en las industrias o empresas manufactureras, que a pesar de que conocen que su fuerza de trabajo es tan intelectual como física, han descuidado la protección y olvidado los beneficios de sus trabajadores.
  • 3. 1. DEFINICIONES Higiene: Podemos entender a la higiene como el proceso que hace que una persona cuide su salud, su aspecto, su limpieza para evitar contraer enfermedades o virus, para limpiar la suciedad, para conducirse de manera sana en la sociedad en la que vive. La higiene es un complejo sistema de acciones más o menos simples que cada individuo debe llevar a cabo por su cuenta, es decir que la higiene no es una responsabilidad del Estado o de los profesionales (como sí lo puede ser mantener una epidemia controlada) si no que es pura y exclusiva responsabilidad de la persona. Higiene industrial: La higiene industrial es el conjunto de procedimientos destinados a controlar los factores ambientales que pueden afectar la salud en el ámbito de trabajo. Se entiende por salud al completo bienestar físico, mental y social. La higiene industrial, por lo tanto, debe identificar, evaluar y, si es necesario, eliminar los agentes biológicos, físicos y químicos que se encuentran dentro de una empresa o industria y que pueden ocasionar enfermedades a los trabajadores. En concreto, toda la práctica de la higiene industrial se encarga de tres diferentes clases de situaciones: los primeros estudios que se acometen en el seno del ámbito laboral para evaluar la exposición a los riesgos, el control y la vigilancia del seguimiento, y la evaluación final para los diversos estudios epidemiológicos. Esta cuestión es particularmente importante en aquellos sectores productivos que implican la manipulación de contaminantes. Por ejemplo: una empresa dedicada a la tintura de pantalones debe tomar precauciones especiales con los químicos que utiliza en sus procesos cotidianos. Los trabajadores, por otra parte, deben contar con la protección adecuada en su vestimenta.
  • 4. En este sentido, tenemos que exponer que es fundamental, por tanto, la labor del higienista industrial pues será el encargado de identificar los distintos riesgos a los que está expuesta una persona en su ámbito de trabajo, prever los posibles riesgos al tiempo que asesorar sobre la manera de evitar los mismos, evaluar los diversos métodos de trabajo, participar en el análisis del riesgo laboral o formar y educar a los individuos sobre los riesgos. La Seguridad Industrial. Es una obligación que la ley impone a patrones y a trabajadores y que también se debe organizar dentro de determinados cánones y hacer funcionar dentro de determinados procedimientos. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuada para prevenir accidente en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazada. Las leyes contendrán al efecto, las sanciones procedentes en cada caso. Es la encargada del estudio de normas y métodos tendientes a garantizar una producción que contemple el mínimo de riesgos, tanto del factor humano como en los elementos (equipo, herramientas, edificaciones, etc.). Es un conjunto de normas que deben ser respetadas para evitar accidentes, para poder beneficiar un buen trabajo afuera y adentro de ese contexto de industria, y dar una gran seguridad para quienes laboran en una industria. Un accidente de trabajo puede ser causado por diferentes razones: • Falta de información sobre el uso adecuado de la maquinaria y equipo que ellos manejan. • Mal uso o carencia de los elementos de seguridad que se dan a los operarios.
  • 5. Estos accidentes de trabajo se pueden evitar de la siguiente manera: • Usar los elementos de seguridad como gafas, guantes, gorros, etc. • Mostrar al operario cómo, dónde y por qué puede ocurrir un accidente. • Cuando se instale una máquina nueva se debe inspeccionar antes de que entre a funcionar. • Advertir a los operarios que no lleven ropas sueltas, camisas de manga larga, etc. en torno a la máquina en movimiento Staff Conjunto de personas que, en torno y bajo el mando del director de una empresa o institución, coordina su actividad o le asesora en la dirección. 2. LEGISLACIÓN VENEZOLANA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL CONCEPTOS GENERALES Representantes del Patrono: Los directores, gerentes, administradores, jefes de relaciones industriales, jefes de personal, capitanes de buques o aeronaves, liquidadores y depositarios y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración se considerarán representantes del patrono aunque no tengan mandato expreso, y obligarán a su representado, para todos los fines derivados de la relación de trabajo. (LOT). Seguridad y Salud Laboral: Estado de equilibrio y bienestar físico, mental y social, incluye salud somática, psíquica, y social. Accidente laboral: Todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la
  • 6. muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo. Enfermedad Ocupacional: Los estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes. MARCO JURIDICO: CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Título III: Derechos Sociales. Capítulo V: De Los Derechos Sociales y de las Familias Artículo 87: en su aparte 2do. Establece: Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones. Por lo tanto, el Ámbito Legal en materia de Seguridad y Salud Laboral, se expresa en: Art. 86 Política Social Constitución Nacional Art. 87 Obligación del Patrono Control y Promoción del Estado Convenio 155 OIT de 1.981 Sobre Seguridad y Salud laboral Recomendación 164.
  • 7. LEYES Y REGLAMENTOS: Leyes Orgánicas Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, 2002 Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, 2.005 Ley Orgánica del Trabajo, 1997 Ley Orgánica de Protección del Niño, Niñas y Adolescentes. Ley Orgánica de Ordenación Urbanística. Ley Orgánica del Ambiente Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Código Orgánico Procesal Penal. Ley Penal del Ambiente. Ley de Bomberos, Bomberas y Administración de Emergencia Carácter Civil. Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos. Código Civil. Leyes Ordinarias Código Penal. Ley de Gestión Integral de Riesgos Socio naturales y Tecnológicos. Ley Forestal de Suelos y Aguas. Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana. Ley del Seguro Social. Ley de Drogas. Ley de Transporte Terrestre. Reglamento de Condiciones de Higiene y Reglamentos Seguridad en el Trabajo. Reglamento Parcial de la Lopcymat. Reglamento sobre Prevención y Protección contra Incendios (Decreto 2195)
  • 8. Resoluciones Administrativas. Norma Técnica 01-08 Programa de Normas Técnicas. Seguridad y Salud Laboral. Norma Técnica 02-08. Investigación y Declaración de Enfermedades Ocupacionales. LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO • Responsabilidad objetiva del patrono o patrona Artículo 43. Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores o trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuado, y son responsables por los accidentes laborales ocurridos y enfermedades ocupacionales acontecidas a los trabajadores, trabajadoras, aprendices, pasantes, becarios y becarias en la entidad de trabajo, o con motivo de causas relacionadas con el trabajo. La responsabilidad del patrono o patrona se establecerá exista o no culpa o negligencia de su parte o de los trabajadores, trabajadoras, aprendices, pasantes, becarios o becarias, y se procederá conforme a esta Ley en materia de salud y seguridad laboral. • Participación en salud y seguridad Artículo 44. Los patronos o patronas están en la obligación de garantizar que los delegados y delegadas de prevención dispongan de facilidades para el cumplimiento de sus funciones, y que los comités de salud y seguridad laboral cuenten con la participación de todos y todas sus integrantes, y sus recomendaciones sean adoptadas en la entidad de trabajo.
  • 9. LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO, (LOPCYMAT): TÍTULO IV - DE LOS DERECHOS Y DEBERES CAPÍTULO I - Derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras • Derechos de los trabajadores y las trabajadoras. Artículo 53. Los trabajadores y las trabajadoras tendrán derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades físicas y mentales, y que garantice condiciones de seguridad, salud, y bienestar adecuadas. En el ejercicio del mismo tendrán derecho a: 1. Ser informados, con carácter previo al inicio de su actividad, de las condiciones en que ésta se va a desarrollar, de la presencia de sustancias tóxicas en el área de trabajo, de los daños que las mismas puedan causar a su salud, así como los medios o medidas para prevenirlos. 2. Recibir formación teórica y práctica, suficiente, adecuada y en forma periódica, para la ejecución de las funciones inherentes a su actividad, en la prevención de accidentes de trabajo y en enfermedades ocupacionales, y en la utilización del tiempo libre y aprovechamiento del descanso en el momento de ingresar al trabajo, cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe, cuando se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. Esta formación debe impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo y si ocurriese fuera de ella, descontar de la jornada laboral. 3. Participar en la vigilancia, mejoramiento y control de las condiciones y ambiente de trabajo, en la prevención de los accidentes y enfermedades ocupacionales, en el mejoramiento de las condiciones de vida y de los programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social y de la infraestructura para su funcionamiento, y en la discusión y adopción de las políticas nacionales, regionales, locales, por rama de actividad, por empresa y establecimiento, en el
  • 10. área de seguridad y salud en el trabajo. 4. No ser sometido a condiciones de trabajo peligrosas o insalubres que, de acuerdo a los avances técnicos y científicos existentes, puedan ser eliminadas o atenuadas con modificaciones al proceso productivo o las instalaciones o puestos de trabajo o mediante protecciones colectivas. Cuando lo anterior no sea posible, a ser provisto de los implemento y equipos de protección personal adecuados a las condiciones de trabajo presentes en su puesto de trabajo y a las labores desempeñadas de acuerdo a lo establecido en la presente Ley, su Reglamento y las convenciones colectivas. 5. Rehusarse a trabajar, a alejarse de una condición insegura o a interrumpir una tarea o actividad de trabajo cuando, basándose en su formación y experiencia, tenga motivos razonables para creer que existe un peligro inminente para su salud o para su vida sin que esto pueda ser considerado como abandono de trabajo. El trabajador o trabajadora comunicará al delegado o delegada de prevención y al supervisor inmediato de la situación planteada. Se reanudará la actividad cuando el Comité de Seguridad y Salud Laboral lo determine. En estos casos no se suspenderá la relación de trabajo y el empleador o empleadora continuará cancelando el salario correspondiente y computará el tiempo que dure la interrupción a la antigüedad del trabajador o de la trabajadora. 6. Denunciar las condiciones inseguras o insalubres de trabajo ante el supervisor inmediato, el empleador o empleadora, el sindicato, el Comité de Seguridad y Salud Laboral, y el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales; y a recibir oportuna respuesta. 7. Denunciar ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales cualquier violación a las condiciones y medio ambiente de trabajo, cuando el hecho lo requiera o cuando el empleador o empleadora no corrija oportunamente las deficiencias denunciadas; así como cualquier incumplimiento en los programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social y en la construcción y mantenimiento de infraestructura para su desarrollo. 8. Acompañar a los funcionarios o funcionarias de inspección cuando éstos realicen
  • 11. su labor inspectora en las empresas, establecimientos o explotaciones. 9. Ser reubicados de sus puestos de trabajo o a la adecuación de sus tareas por razones de salud, rehabilitación o reinserción laboral. 10. Que se le realicen periódicamente exámenes de salud preventivos, y al completo acceso a la información contenida en los mismos, así como a la confidencialidad de sus resultados frente a terceros. 11. La confidencialidad de los datos personales de salud. En tales casos, éstos sólo podrán comunicarse previa autorización del trabajador o de la trabajadora, debidamente informados; limitado dicho conocimiento al personal médico y a las autoridades sanitarias correspondientes. 12. Participar activamente en los programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social. 13. Expresar libremente sus ideas y opiniones, y organizarse para la defensa del derecho a la vida, a la salud y a la seguridad en el trabajo. 14. Ser protegidos del despido o cualquier otro tipo de sanción por haber hecho uso de los derechos consagrados en esta Ley y demás normas que regulen la materia. 15. La defensa en caso de imputaciones o denuncias que puedan acarrearle sanciones en virtud de lo establecido en la presente Ley. 16. La privacidad de su correspondencia y comunicaciones y al libre acceso a todos los datos e informaciones referidos a su persona. 17. Recibir oportunamente las prestaciones e indemnizaciones expuestas en la Ley. 18. Ser afiliados o afiliadas por sus empleadores o empleadoras al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo creado por la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social. 19. Exigir a sus empleadores o empleadoras el pago oportuno de las cotizaciones al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. 20. Denunciar ante la Tesorería de Seguridad Social la no afiliación al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y de los retardos en el pago de las cotizaciones que debe efectuar empleador o la empleadora y de los cuales el trabajador o la trabajadora tenga conocimiento.
  • 12. • Deberes de los trabajadores y las trabajadoras Artículo 54. Son deberes de los trabajadores y trabajadoras: 1. Ejercer las labores derivadas de su contrato de trabajo con sujeción a las normas de seguridad y salud en el trabajo no sólo en defensa de su propia seguridad y salud sino también con respecto a los demás trabajadores y trabajadoras y en resguardo de las instalaciones donde labora. 2. Hacer uso adecuado y mantener en buenas condiciones de funcionamiento los sistemas de control de las condiciones inseguras trabajo en la empresa o puesto de trabajo, de acuerdo a las instrucciones recibidas, dando cuenta inmediata al supervisor o al responsable0 de su mantenimiento o del mal funcionamiento de los mismos. El trabajador o la trabajadora deberá informar al Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa o al Comité de Seguridad y Salud Laboral cuando, de acuerdo a sus conocimientos y experiencia, considere que los sistemas de control a que se refiere esta disposición no correspondiesen a las condiciones inseguras que se pretende controlar. 3. Usar en forma correcta y mantener en buenas condiciones los protección personal de acuerdo a las instrucciones equipos de recibidas dando cuenta inmediata al responsable de su suministro o mantenimiento, de la pérdida, deterioro, vencimiento, o mal funcionamiento de los mismos. El trabajador o la trabajadora deberá informar al Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa o al Comité de Seguridad y Salud Laboral cuando, de acuerdo a sus conocimientos y experiencia, considere que los equipos de protección personal suministrados no corresponden al objetivo de proteger contra las condiciones inseguras a las que está expuesto. 4. Hacer buen uso y cuidar las instalaciones de saneamiento básico, así como también las instalaciones y comodidades para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, consumo de alimentos, actividades culturales, deportivas y en general, de todas las instalaciones de servicio social. 5. Respetar y hacer respetar los avisos, carteleras de seguridad e higiene y demás
  • 13. indicaciones de advertencias que se fijaren en diversos sitios, instalaciones y maquinarias de su centro de trabajo, en materia de seguridad y salud en el trabajo. 6. Mantener las condiciones de orden y limpieza en su puesto de trabajo. 7. Cumplir con las normas e instrucciones del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo establecido por la empresa. 8. Informar de inmediato, cuando tuvieren conocimiento de la existencia de una condición insegura capaz de causar daño a la salud o la vida, propia o de terceros, a las personas involucradas, al Comité de Seguridad y Salud Laboral y a su inmediato superior, ateniéndose de realizar la tarea hasta tanto no se dictamine sobre la conveniencia o no de su ejecución. 9. Participar activamente en forma directa o a través de la elección de representantes, en los Comités de Seguridad y Salud Laboral y demás organismos que se crearen con los mismos fines. 10. Participar activamente en los programas de recreación, uso del tiempo libre, descanso y turismo social. 11. Cuando se desempeñen como supervisores o supervisoras, capataces, caporales, jefes o jefas de grupos o cuadrillas y, en general, cuando en forma permanente u ocasional actuasen como cabeza de grupo, plantilla o línea de producción, vigilar la observancia de las prácticas de seguridad y salud por el personal bajo su dirección. 12. Denunciar ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, cualquier violación a las condiciones y medio ambiente de trabajo, cuando el hecho lo requiera o en todo caso en que el empleador o empleadora no corrija oportunamente las deficiencias denunciadas. 13. En general, abstenerse de realizar actos o incurrir en conductas que puedan perjudicar el buen funcionamiento del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. 14. Acatar las pautas impartidas por las supervisoras o supervisores inmediatos a fin de cumplir con las normativas de prevención manteniendo la armonía y respeto en el trabajo. y condiciones de seguridad
  • 14. CAPITULO II - Derechos y deberes de los empleadores y empleadoras • Derechos de los empleadores y empleadoras Artículo 55. Los empleadores y empleadoras tienen derecho a: 1. Exigir de sus trabajadores y trabajadoras el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad y ergonomía, y de las políticas de prevención y participar en los programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social que mejoren su calidad de vida, salud y productividad. 2. Participar activamente en los Comités de Seguridad y Salud Laboral. 3. Participar en la discusión y adopción de las políticas nacionales, regionales, locales, por rama de actividad, empresa y establecimiento en el área de seguridad y salud en el trabajo. 4. Solicitar y recibir asesoría del Comité de Seguridad y Salud Laboral de su centro de trabajo, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y demás órganos competentes. 5. Participar de manera individual o colectiva en las actividades tendentes a mejorar la calidad de la prestación de los servicios del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. 6. Recibir información y capacitación en materia de salud, higiene, seguridad, bienestar en el trabajo, recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, por parte de los organismos competentes. 7. Exigir a los trabajadores y trabajadoras el uso adecuado y mantener en buenas condiciones de funcionamiento los sistemas de control de las condiciones inseguras de trabajo instalados en la empresa o puesto de trabajo. 8. Exigir a los trabajadores y trabajadoras el uso adecuado y de forma correcta, y mantener en buenas condiciones los equipos de protección personal suministrados para preservar la salud. 9. Exigir a los trabajadores y trabajadoras hacer buen uso y cuidar las instalaciones de saneamiento básico, así como también las instalaciones y comodidades para la
  • 15. recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, consumo de alimentos, actividades culturales, deportivas y en general, de todas las instalaciones del centro de trabajo. 10. Exigir a los trabajadores y trabajadoras el respeto y acatamiento de los avisos, las carteleras y advertencias que se fijaren en los diversos sitios, instalaciones y maquinarias de su centro de trabajo, en materia de salud, higiene y seguridad. 11. Proponer ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral las amonestaciones a los trabajadores y trabajadoras que incumplan con los deberes establecidos en el artículo 54 de la presente Ley. 12. Recibir pronta y adecuada respuesta en relación a sus solicitudes ante los organismos competentes. 13. Recibir, en los lapsos previstos por esta Ley y su Reglamento, los reembolsos de los pagos realizados a los trabajadores y trabajadoras en caso de prestaciones diarias por discapacidad temporal. 14. Garantizar que sus trabajadores y trabajadoras reciban oportunamente las prestaciones de atención médica garantizadas en el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, por el Sistema Público Nacional de Salud. 15. Lograr que el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo se subrogue a las obligaciones derivadas de la responsabilidad objetiva del empleador o de la empleadora ante la ocurrencia de un accidente o enfermedad ocupacional cuando no hubiese negligencia o dolo por parte del empleador o de la empleadora. 16. Ser reclasificados de manera oportuna y adecuada en relación a las categorías de riesgo establecidas en la clasificación de las empresas a los efectos de las cotizaciones al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. 17. Denunciar ante la Superintendencia de Seguridad Social irregularidades relativas al registro y otorgamiento de las prestaciones del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. 18. Denunciar ante las autoridades competentes y recibir pronta y oportuna respuesta por cualquier violación a las normativas legales y reglamentarias vigentes sobre
  • 16. condiciones y medio ambiente de trabajo, ambiente general, condiciones para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, que afecte el ambiente de trabajo de su empresa, por parte de las empresas aledañas o de los organismos públicos o privados. 19. Exigir a sus trabajadores y trabajadoras que se abstengan de realizar actos o incurrir en conductas que puedan perjudicar el buen funcionamiento del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. 20. Ejercer la defensa en caso de imputaciones o denuncias que puedan acarrearle sanciones en virtud de lo establecido en la presente Ley. • Deberes de los empleadores y las empleadoras Artículo 56. Son deberes de los empleadores y empleadoras, adoptar las medidas necesarias para garantizar a los trabajadores y trabajadoras condiciones de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo, así como programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social e infraestructura para su desarrollo en los términos previstos en la presente Ley y en los tratados internacionales suscritos por la República, en las disposiciones legales y reglamentarias que se establecieren, así como en los contratos individuales de trabajo y en las convenciones colectivas. A tales efectos deberán: 1. Organizar el trabajo de conformidad con los avances tecnológicos que permitan su ejecución en condiciones adecuadas a la capacidad física y mental de los trabajadores y trabajadoras, a sus hábitos y creencias culturales y a su dignidad como personas humanas. 2. Consultar a los trabajadores y trabajadoras y a sus organizaciones, y al Comité de Seguridad y Salud Laboral, antes de que se ejecuten, las medidas que prevean cambios en la organización del trabajo que puedan afectar a un grupo o la totalidad de los trabajadores y trabajadoras o decisiones importantes de seguridad e higiene y medio ambiente de trabajo. 3. Informar por escrito a los trabajadores y trabajadoras de los principios de la
  • 17. prevención de las condiciones inseguras o insalubres, tanto al ingresar al trabajo como al producirse un cambio en el proceso laboral o una modificación del puesto de trabajo e instruirlos y capacitarlos respecto a la promoción de la salud y la seguridad, la prevención de accidentes y enfermedades profesionales así como también en lo que se refiere a uso de dispositivos personales de seguridad y protección. 4. Informar por escrito a los trabajadores y trabajadoras y al Comité de Seguridad y Salud Laboral de las condiciones inseguras a las que están expuestos los primeros, por la acción de agentes físicos, químicos, biológicos, meteorológicos o a condiciones de ser ergonómicas o psicosociales que puedan causar daño a la salud, de acuerdo a los criterios establecidos por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. 5. Abstenerse de realizar, por sí o por sus representantes, toda conducta ofensiva, maliciosa, intimidatoria y de cualquier acto que perjudique psicológica o moralmente a los trabajadores y trabajadoras, prevenir toda situación de acoso por medio de la degradación de las condiciones y ambiente de trabajo, violencia física o psicológica, aislamiento o por no proveer una ocupación razonable al trabajador o la trabajadora de acuerdo a sus capacidades y antecedentes y evitar la aplicación de sanciones no claramente justificadas o desproporcionadas y una sistemática e injustificada crítica contra el trabajador o la trabajadora, o su labor. 6. Informar por escrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y al Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores de los programas desarrollados para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, del estado de la infraestructura para la ejecución de los mismos, del impacto en la calidad de vida, salud y productividad, así como las dificultades en la incorporación y participación activa de los trabajadores y trabajadoras en ellos. 7. Elaborar, con la participación de los trabajadores y trabajadoras, el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa, las políticas y compromisos y los reglamentos internos relacionados con la materia así como planificar y organizar
  • 18. la producción de acuerdo a esos programas, políticas, compromisos y reglamentos. 8. Tomar las medidas adecuadas para evitar cualquier forma de acoso sexual y establecer una política destinada a erradicar el mismo de los lugares de trabajo. 9. Abstenerse de toda discriminación contra los aspirantes a obtener trabajo o contra los trabajadores y trabajadoras y, dentro de los requerimientos de la actividad productiva, respetar la libertad de conciencia y expresión de los trabajadores. 10. Tomar todas las medidas adecuadas para asegurar la privacidad de la correspondencia y comunicaciones de los trabajadores y trabajadoras y el libre acceso a todos los datos e informaciones referidos a su persona. 11. Notificar al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, con carácter obligatorio, las enfermedades ocupacionales, los accidentes de trabajo y cualesquiera otras condiciones patológicas que ocurrieren dentro del ámbito laboral previsto por esta Ley y su Reglamento y llevar un registro de los mismos. 12. Llevar un registro actualizado de las condiciones de prevención, seguridad y salud laborales, así como de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social de acuerdo a los criterios establecidos por los sistemas de información del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. ISO 9001 La Norma ISO 9001:2008 elaborada por la Organización Internacional para la Estandarización (ISO), especifica los requisitos para un Sistema de gestión de la calidad (SGC) que pueden utilizarse para su aplicación interna por las organizaciones, sin importar si el producto o servicio lo brinda una organización pública o empresa privada, cualquiera sea su tamaño, para su certificación o con fines contractuales.
  • 19. ISO 14001 ISO 14001, es una norma aceptada inter nacionalmente que establece cómo implantar un sistema de gestión medioambiental (SGM) eficaz. La norma se ha concebido para gestionar el delicado equilibrio entre el mantenimiento de la rentabilidad y la reducción del impacto medioambiental. Con el compromiso de toda la organización, permite lograr ambos objetivos. Lo que contiene ISO 14001: Requisitos generales, Política medioambiental; Planificación de implantación y funcionamiento; Comprobación y medidas correctivas; Revisión de gestión. Ello significa que puede identificar aspectos del negocio que tienen un impacto en el medio ambiente y comprender las leyes medioambientales que son significativas para esa situación. El paso siguiente consiste en generar objetivos de mejora y un programa de gestión para alcanzarlos, con revisiones periódicas para la mejora continua. De este modo, podemos evaluar el sistema regularmente y, si cumple la normativa, registrar la compañía o la sede para la norma ISO 14001. ¿Para quién es significativo? El impacto medioambiental se está convirtiendo en un asunto importante en todo el globo. La presión para minimizar ese impacto procede de muchas fuentes: gobiernos locales y nacionales, organismos reguladores, asociaciones sectoriales, clientes, empleados y accionistas. Las presiones sociales también proceden del creciente despliegue de grupos de interés o partes interesadas, como consumidores, organizaciones no gubernamentales (ONG) dedicadas al medio ambiente o a los intereses de grupos minoritarios, círculos académicos y asociaciones vecinales.
  • 20. La norma ISO 14001 resulta significativa para toda organización, incluidas: • Compañías de una sola sede y grandes compañías multinacionales • Compañías de alto riesgo y organizaciones de servicio de bajo riesgo • Industrias manufactureras, de procesos y servicios, incluidos los gobiernos locales • Todos los sectores industriales tanto públicos como privados • Fabricantes de equipo original y sus proveedores 2. ORGANIZACIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL. La finalidad de la organización de la seguridad industrial en cualquier actividad es ayudar a la dirección, a que establezca y ponga en vigencia un programa destinado a proteger a los empleados y aumentar la producción mediante la prevención y control de accidentes, que afecta a cualquiera de los elementos de la producción, recursos humanos, materiales, maquinarias, herramientas, equipos y tiempo. La prevención de accidentes y lesiones debe ser de prioridad importancia para todas las personas que forman parte de una organización. Un buen programa de seguridad proporcionará un modelo para que todo el personal participe en el programa de prevención de accidentes, ya que de ocurrir estos originan incapacidades temporales o permanentes, pérdidas de vida, daño a equipos, instalaciones y materiales. Elementos básicos de la organización de la seguridad: • Liderazgo de la dirección. Asunción de responsabilidades y exposición de la política. • Asignación de responsabilidades hacia el personal de seguridad e higiene hacia los distintos niveles de supervisión y hacia los comités mixtos.
  • 21. • Mantenimiento de condiciones de trabajo seguros. • Implementación de un programa de capacitación y adiestramiento en seguridad. • Sistema de registro de accidentes por medio de análisis, investigaciones y estadísticas. • Servicio de medicina laboral. • Aceptación de responsabilidades por parte de los trabajadores. Tipos De Organizaciones Existen diferentes tipos de organizaciones y en ella influyen principalmente, la política de la empresa respecto a la seguridad ¿qué es lo que produce?, ¿el tamaño de la empresa?, ¿los tipos de riesgo que existen?. • Organización En Línea. Es la que delega las responsabilidades de la seguridad al superior, los cuales corren paralelos con las asignaciones de producción propios del supervisor, tanto es lo que se refiere al control de su personal, como al de las condiciones de seguridad del lugar de trabajo. En algunas empresas a este tipo de organización se la conoce con el nombre de seguridad integrada pero en realidad NO lo es. La autoridad máxima de la empresa es quien define la política del establecimiento y asume la responsabilidad general por la seguridad de todos sus trabajadores. El supervisor de línea, supervisa la seguridad del trabajador y a su vez dirige la instrucción para efectuar el adiestramiento destinado a mejorar la eficiencia de cada uno de sus trabajadores. Ventajas y desventajas de la organización de línea: La ventaja que presenta este tipo de organización es que define claramente la responsabilidad por la seguridad en cada uno de los niveles de dirección y de
  • 22. supervisión, de tal modo que la seguridad bien entendida queda integrada como parte inherente e intrínseca del trabajador. En cuanto a las desventajas que puede tener este tipo de organización en línea, está dada por la ausencia de procedimientos nuevos, a menos que se realice una capacitación formalmente en lo referido a la seguridad con la asistencia a cursos, seminarios, charlas, etc. Finalmente otro tema a tener en cuenta es la delegación de la seguridad a un segundo plano, esto puede llegar a ocasionar falta de atención, planeamiento y generalmente lleva a remediar las causas de accidentes después que estos ocurran. • Organización de Staff. Significa asesoría o apoyo. Este tipo de organización no es más ni menos que una organización de línea con personal especializada para que asesore y ayude en todos los niveles. Incluye un responsable en jefe de seguridad que puede ser un ingeniero o licenciado y a los técnicos en seguridad e higiene. Ventajas de la organización staff sobre la de línea La principal ventaja es la experiencia especializada, puesto que cuenta con personal experimentado en organización y en el funcionamiento de los programas de prevención de accidentes. Como así también en lo que se relaciona con capacitación 3. COMITES DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Los Comités de Higiene y Seguridad Industrial son Organismos paritarios encargados de asesorar, cooperar y vigilar la ejecución del Programa de Higiene y Seguridad Industrial, los miembros del Comité de Higiene y Seguridad Industrial / Laboral deben ser personas que, por su dedicación, puedan contribuir a lograr la mejor solución de los problemas de seguridad industrial en la empresa.
  • 23. Ellos deben cumplir cabalmente con los deberes inherentes a la función que asuman en un plano, de equidad, imparcialidad y honestidad. (Lopcymat - Título III De la Participación y el Control Social - Capítulo II - Del Comité de Seguridad y Salud Laboral - Art. 46). Importancia El Comité de Seguridad incorpora a los trabajadores al programa de Seguridad Industrial de la Empresa, lo que permite intercambiar conocimientos y experiencias para lograr soluciones que contribuyan a mejorar las condiciones de seguridad. El Comité orienta y analiza su actividad hacia el campo educativo y la investigación de accidentes, logrando despertar en los trabajadores una conciencia prevencionista; así comprenderán que los accidentes de trabajo suceden por causas determinadas. De esta forma, los trabajadores podrán asumir actitud mental consciente ante los riesgos a que están expuestos durante su trabajo y, por lo tanto, adoptarán las medidas de seguridad idóneas para cada caso. 4. RESPONSABILIDAD EN MATERIA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL La implementación de programas de Seguridad e Higiene en los centros de trabajo se justifica por el solo hecho de prevenir los riesgos laborales que puedan causar daños al trabajador, ya que de ninguna manera debe considerarse humano él querer obtener una máxima producción a costa de lesiones o muertes, mientras más peligrosa es una operación, mayor debe ser el cuidado y las precauciones que se observen al efectuarla; prevención de accidentes y producción eficiente van de la mano; la producción es mayor y de mejor calidad cuando los accidentes son prevenidos; un óptimo resultado en seguridad resultara de la misma administración efectiva que
  • 24. produce artículos de calidad, dentro de los límites de tiempo establecidos. El implementar y llevar a efecto programas de Seguridad e Higiene para lograr un ambiente seguro en el área de trabajo y que los trabajadores trabajen seguramente y con tranquilidad, es parte integral de la responsabilidad total de todos, ya que haciendo conciencia a todos acarrearía beneficios. Beneficios.  La reducción de los riesgos laborales automáticamente disminuirá los costos de operación y aumentaría las ganancias (pues la aplicación efectiva de los programas, el objetivo primordial es el de obtener ganancias).  Controlar las observaciones y las causas de pérdidas de tiempo relacionadas con la interrupción del trabajo efectivo;  Aumentar el tiempo disponible para producir, evitando la repetición del accidente  Reducir el costo de las lesiones, incendios, daños a la propiedad, crea un mejor ambiente laboral 5. PROGRAMAS DE INDUCCIÓN DE LOS TRABAJADORES Y PERSONAL. Programas de Prevención de Accidentes El empleo en la industria de algunas técnicas de la psicología del comportamiento, puede lograr que las actividades en el programa de prevención de accidentes resulten más eficaces para los trabajadores y, por consiguiente, que estos participen más activamente en la prevención de accidentes. Hay siete elementos básicos:  Liderazgo de alta gerencia.  Asignación de responsabilidades.
  • 25.  Mantenimiento de condiciones adecuadas de trabajo.  Entrenamiento en prevención de accidentes.  Un sistema de registro de accidentes.  Servicio médico y de primeros auxilios  Aceptación de responsabilidad personal por parte de los trabajadores. Los logros de un programa de seguridad irán directamente a proporcionar la capacitación del personal. El entrenamiento en la prevención de accidentes debe tener como objetivo fundamental que la disminución de accidentes tiene que ser consecuencia del esfuerzo de cada trabajador. Esto supone dos fases: 1. Cada persona debe aprender a comportarse y efectuar su trabajo de modo seguro. 2. Debe ser estimulada a poner en práctica sus conocimientos. Técnicas para fomentar la seguridad:  Concursos basados en el espíritu de competencia, relativo a alguna actividad determinada (ejm. Disminuir el número de horas perdidas por accidentes)  Participación de todos y cada uno de los trabajadores.  Información de casos reales ocurridos en la organización o en otras. Papel del experto en capital humano y del experto en seguridad laboral. Estos profesionales requieren un conocimiento profundo de ingeniería y seguridad industrial, sino también mayor y conciencia de la influencia ejercida por otros aspectos, como el biológico, psicológico, social, cultural y antropológico. Es un error pensar que la conducta, salud, enfermedad y seguridad del ser humano implica requerir una sola ciencia, también es un error pensar en la existencia de una sola causa para explicar la salud, la enfermedad y el comportamiento. Por tanto, en el comportamiento manifiesto del individuo se encuentran la influencia cultural, la
  • 26. organización familiar, social, económica y política, constitutivas del ambiente social, medio físico o el clima, entonces es obligación legal y moral del directivo ocuparse en elevar la salud integral de los miembros de la organización, así como la protección contra accidentes. Funciones del experto en capital humano y del experto en seguridad laboral.  Función científica: investigación del desarrollo alcanzado por la seguridad en el medio familiar, escolar, laboral, etc. Implica investigación interdisciplinaria y científica de los accidentes ocurridos tanto en la organización como en el contexto nacional y contrarrestar sus efectos. Es necesario investigar la tecnología preventiva y evaluar su aplicación.  Función asistencial: coordinación de la cooperación privada y comunitaria para su óptimo aprovechamiento buscando llegar a acciones balanceadas y continuas dentro de los programas de salud ocupacional y salud pública.  Función de control: coordinación de la administración, evolución y perfeccionamiento de las medidas técnicas, médicas, psicológicas y sociales, necesarias para las evaluaciones de las actitudes y repercusiones físicas, mentales y sociales del elemento humano expuesto al accidente.  Función coordinadora: busca evitar la duplicidad de esfuerzos y desperdicios de los recursos, coordinando los sectores profesionales involucrados en la prevención de accidentes.  Función educativa: su función es la de lograr conciencia de la necesidad de modificar los patrones socioculturales y lograr que las aportaciones de la diferentes ciencias se apliquen en forma crítica y racional congruentes con nuestras circunstancias características socioculturales, económicas y psicológicas, cobrando conciencia de la responsabilidad que tenemos de pugnar por el desarrollo óptimo del ser humano y no su utilización como herramienta de manipulación.
  • 27. 6. EJEMPLO DE HIGIENE INDUSTRIAL (LOCALES, PISOS, ESCALERAS, PASILLOS, CORREDORES, LIMPIEZA, ORDEN, RUIDOS, ILUMINACION, INSTALACIONES SANITARIAS) Inspección a la Óptica Caroní Sucursal de Quórum (NOVIEMBRE 2012), donde se constata lo siguiente en el informe: DEPARTAMENTO ANTIREFLEJO: Los químicos se encuentran mezclados, el espacio para salir o circular dentro del departamento es reducido hay mucha desorganización, pendiente reubicación de extintores.
  • 28. ÁREA DE MAQUINADO DE ANTIRREFLEJO Observación: El personal no utiliza los equipos de protección personal. DEPARTAMENTO DE MONTAJE: La puerta de la coordinación del departamento, se encuentra sostenida con una pieza de madera, se ha reportado varias veces.
  • 29. La biseladora se encuentra descubierta y ese polvo es aspirado por los operarios, también solicitan un desagüe más cercano ya que deben transportarlo hasta una parte alejada de su departamento para desechar los desperdicios. DEPARTAMENTO DE ALMACEN: Se debe terminar de señalizar todo el departamento, retirar el aceite que se encuentre en el área de aire acondicionado. AREA DE LABORATORIO: En el área de la línea Satis se encuentra un hueco, de una cañería cabe destacar que por esta zona pasan todos los empleados de esa línea de producción con cajas.
  • 30. El área también se encuentra desorganizada, cabe destacar que esta en remodelación El personal del área de laboratorio moviliza diariamente lotes de cajas (12 a 15) con un peso aproximado por caja de 1,2 kilos El aloe para surtir las maquinas se transporta caliente y es cargado tiene un peso aproximado de 26 kilos, también cargan chapas y moldes con un peso aproximado de 30 kilos, la mayoría de moldes y chapas son de metal.
  • 31. Por ello se sugiere estudiar la posibilidad de colocarles calzado de seguridad a algunos empleados en Quórum. Se debe reemplazar la manguera que surte el agua al filtro de laboratorio. Un peldaño de la escalera se encuentra rota en su base, debajo de dicha escalera se encuentran tres transformadores eléctricos. Falta colocar una tapa en el piso en la entrada del baño de caballeros, y colocar pasadores en las puertas.
  • 32. Pendientes: 1. Lámparas de emergencia en Quórum. 2. Demarcación. 3. Reubicación de extintores. 4. dotar nuevamente de equipos de protección personal. 5. Cambiar varios bombillos quemados. 6. Revisar el status de las reparaciones de la bomba y rociadores.
  • 33. CONCLUSIÓN En síntesis, la higiene y seguridad, es una rama que se ocupa de las normas, procedimientos y estrategias, destinados a preservar la integridad física de los trabajadores y trabajadoras, por ello las operaciones de la empresa, deben incluir un comité encargado de afrontar situaciones de prevención y preparación, y las acciones de este comité dirigen, básicamente, a prevenir accidentes laborales y a garantizar condiciones personales y materiales de trabajo, siendo capaces de mantener un nivel óptimo de salud de los trabajadores. Las empresas con una visión amplia y clara de significado de la seguridad e higiene laboral, entienden que los programas de seguridad efectivos se consiguen con el apoyo y acoplamiento del factor humano; esto debe ser motivado y encaminado a sentir la verdadera necesidad de crear un ambiente de trabajo más seguro y estable. Por lo que el apoyo constante a los trabajadores y trabajadoras implicara la creación de un ambiente seguro donde el cumplir con las normas y procedimientos, sin pasar por alto ninguno de los factores que intervienen en la confirmación de la seguridad, es primordial para toda empresa.
  • 34. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS: Textos electrónicos, Bases de Datos y Programas Informáticos: LEY ORGANICA DE PREVENCION, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO, [en línea]. [Consulta: octubre 2013]. Disponible en: http://www.mindefensa.gob.ve/documentos/LOPCYMAT.pdf HIGIENE Y SEGURIDAD, [en línea]. [Consulta: octubre 2013]. Disponible en: http://www.monografias.com/trabajos13/hiseg/hiseg.shtml INTRODUCCÓN VENEZUELA, A [en LA HIGIENE línea]. Y [Consulta: SEGURIDAD octubre INDUSTRIAL 2013]. Disponible EN en: http://edinssed.com/culturapreventiva.com.ve/?p=146 WORDREFERENCE.COM, Definición de staff, [en línea]. [Consulta: octubre 2013]. Disponible en: http://www.wordreference.com/definicion/staff Leyes y Reglamentos: CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Título III: Derechos Sociales. Capítulo V: De Los Derechos Sociales y de las Familias. LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO. Artículos 43 y44. LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO, Título IV De los Derechos y Deberes. Capítulo I y II.