SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 14
EL PATRIMONIO
El patrimonio es otro de los atributos de las personas,
consiste en el conjunto de derechos y obligaciones
apreciables en dinero, sin embargo alrededor de la
naturaleza del patrimonio existen dos teorías, la clásica
subjetivista llamada también personalista que considera al
patrimonio como un reflejo de la personalidad,
y la objetiva o económica que defiende la existencia de
patrimonio sin objeto y concibe el patrimonio como una
individualidad jurídica propia.
EL PATRIMONIO
Generalmente se atribuye al patrimonio un aspecto doble:
Aspecto económico: es el conjunto de obligaciones y
derechos en su apreciación económica, y
Aspecto jurídico: es el conjunto de relaciones jurídicas,
activas y pasivas, pertenecientes a un sujeto
EL PATRIMONIO
El patrimonio es definido como el conjunto de derechos y
obligaciones que corresponden a un solo titular, pero
afirmando sin embargo, que cuando se habla de patrimonio
como atributo de la persona se hace referencia a la
capacidad patrimonial o de tener un patrimonio; es decir a la
facultad o aptitud potencial para adquirirlo
EL PATRIMONIO
BIENES
En sentido económico es toda cosa que nos sirva como
satisfactor, que nos brinde alguna utilidad.
En sentido jurídico, es toda cosa susceptible de apropiación.
Así, nadie duda de que el aire sea un gran bien
(económicamente hablando), pues sin él la vida sería
imposible; no obstante, jurídicamente el aire no es un bien,
pues no es reductible a propiedad de nadie.
El agua, cuando ha sido envasada y puesta a la venta, se
convierte jurídicamente en un bien; antes, no.
EL PATRIMONIO
BIENES
Los bienes se clasifican en:
a) BIENES CONSIDERADOS EN SI MISMOS
Estos a su vez se clasifican en corpóreos e incorpóreos; fungibles y
no fungibles; consumibles y no consumibles; divisibles e indivisibles;
simples y compuestos; principales y accesorios; muebles e
inmuebles.
Bienes corpóreos: Los que pueden ser percibidos por los sentidos.
Ejemplo: una casa, una máquina, un caballo, etc.
Bienes incorpóreos: Los que sólo pueden ser percibidos por medio
de la inteligencia; en este caso se encuentran los derechos.
Bienes fungibles: Los que por su naturaleza, pueden ser cambiados
por otros de la misma especie, calidad y cantidad. Ejemplo: el trigo,
el vino y el dinero.
EL PATRIMONIO
BIENES
Los bienes se clasifican en:
a) BIENES CONSIDERADOS EN SI MISMOS
Bienes no fungibles: Los que no pueden ser cambiados por otros de
la misma especie, calidad o cantidad.
Bienes consumibles: Los que se destruyen o consumen por el primer
uso. Ejemplo: los artículos alimenticios, los cigarros, las medicinas,
etc.
Bienes no consumibles: son los que resisten un uso constante y
prolongado. Ejemplo; los instrumentos de trabajo, las máquinas, las
prendas de vestir, etc.
EL PATRIMONIO
BIENES
Los bienes se clasifican en:
a) BIENES CONSIDERADOS EN SI MISMOS
Bienes divisibles e indivisibles: Son divisibles los bienes que pueden
fraccionarse sin alterar su valor. Ejemplo: las piezas de tela, las
barras de metal, los terrenos, etc. Son indivisibles los bienes que no
admiten división cómoda, ya que en caso de que la sufran alteran
básicamente su valor. Ejemplo: un reloj, un automóvil, una estatua,
etc.
Bienes simples: Los que forman por sí mismos una unidad, Ejemplo:
una estatua, una moneda, un trozo de hierro.
Bienes compuestos: Son los que están integrados por una pluralidad
de partes distintas. Ejemplo: una casa, un automóvil, una máquina,
etc.
EL PATRIMONIO
BIENES
Los bienes se clasifican en:
a) BIENES CONSIDERADOS EN SI MISMOS
Bienes principales: Son los que existen independientemente del
accesorio y cuyas partes no pueden separarse sin alterar la
naturaleza del propio bien.
Bienes accesorios: Son los que completan al principal, sirviéndole de
ornato. Ejemplo: Una casa es un bien principal; las puertas y
estatuas que la adornan, son bienes accesorios.
Bienes muebles: Son muebles por naturaleza los cuerpos que
pueden trasladarse de un lugar a otro, y se muevan ya por sí
mismos, ya por efecto de una fuerza exterior. Ejemplo:, un cuadro,
un jarrón. Algunos autores hablan de una clasificación más: a los
que se mueven por sí mismos, como es el caso de los animales, les
llaman semovientes.
Los bienes inmuebles son los que no pueden ser trasladados de un
lugar a otro sin alterar su sustancia.
EL PATRIMONIO
BIENES
Los bienes se clasifican en:
b) BIENES CONSIDERADOS SEGÚN LAS PERSONAS A QUIENES
PERTENECEN
Bienes de uso común. Se llaman así porque pueden aprovecharse de
ellos todos los habitantes de la República, con las restricciones
establecidas por la ley.
Bienes destinados a un servicio público. Estos pueden pertenecer a
la Federación, a los Estados o a los Municipios.
Bienes de los particulares. La ley establece que como tales deben
considerarse todos las cosas cuyo dominio pertenece a los
particulares y de las que no puede aprovecharse ninguno sin
consentimiento del dueño o autorización de la ley.
EL PATRIMONIO
BIENES
Los bienes se clasifican en:
b) BIENES CONSIDERADOS SEGÚN LAS PERSONAS A QUIENES
PERTENECEN
Bienes sin dueño. Se dividen en dos grupos: mostrencos y vacantes.
· Bienes mostrencos. Los muebles abandonados y los perdidos cuyo
dueño se ignore.
· Bienes vacantes. Son los inmuebles que no tienen dueño cierto y
conocido. Esta es una clasificación doctrinal, sujeta a la limitación
establecida por el artículo 27 constitucional, que señala que la
propiedad originaria de tierras y aguas comprendidas dentro de los
límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la
nación por lo que, en estricto sentido, a la luz de la legislación
mexicana actual, no podemos hablar de bienes vacantes.
EL PATRIMONIO
LA PROPIEDAD
Es un poder jurídico que tiene el dueño de un bien, de
usar, disfrutar y disponer de él, sin mas limitaciones
que las que fijan las leyes.
Nuestro Código Civil la define de la siguiente manera:
“Artículo 1855.- Derecho real por excelencia, la
propiedad es el poder jurídico que tiene el dueño de un
bien, de usar, disfrutar y disponer de él, sin más
limitaciones que las que fijen las leyes y con arreglo a
las modalidades que las propias leyes establezcan”.
EL PATRIMONIO
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
El Código Civil de menciona los siguientes:
1) La ocupación: toma de posesión permanente de los bienes
sin dueño o cuya legítima procedencia se ignore, con el
ánimo de apropiarse de ellos.
2) La adquisición de frutos y productos: el propietario de una
cosa se convierte en propietario de todo aquéllo que esa
cosa produzca o reproduzca; se habla entonces de frutos
naturales, industriales y civiles.
3) La accesión: todo lo que se una o se incorpore natural o
artificialmente a un bien y lo reparado o mejorado en el,
pertenece al dueño del bien, por lo que, lo edificado,
plantado o sembrado y reparado en un terreno o finca de
propiedad ajena, pertenece al dueño de la finca o del
terreno.
EL PATRIMONIO
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
4) La donación por acto unilateral de voluntad: es una forma
de adquirir la propiedad de bienes muebles que una persona
capaz obsequia a otra.
5) La herencia: sucesión en todos los bienes de una persona
y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen
por la muerte.
6) La usucapion:recibe también el nombre de prescripción
adquisitiva de la propiedad y es el medio de adquirir ésta
mediante la posesión continua durante el tiempo fijado por la
ley y con los requisitos que la misma establece.
7) Los contratos traslativos de dominio: son acuerdos de
voluntades tendientes a transferir, de una persona a otra, la
propiedad de uno o varios bienes. Ejemplo: la compraventa.
EL PATRIMONIO
MODOS DE PERDER LA PROPIEDAD
Los modos de perder la propiedad se clasifican en dos:
voluntarios e involuntarios.
Voluntarios: cuando se transfiere por cualquiera de los actos
o negocios jurídicos susceptibles de producir ese efecto,
como la compraventa, la donación, el abandono, la renuncia
del derecho, etc.
Involuntarios: por confiscación, cuando está permitida, por
destrucción de la cosa, etc..

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Adquisición y pérdida utb
Adquisición y pérdida utbAdquisición y pérdida utb
Adquisición y pérdida utb
John Molina
 
Sistemas juridicos contemporaneos
Sistemas juridicos contemporaneosSistemas juridicos contemporaneos
Sistemas juridicos contemporaneos
David Bravata Perez
 
Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)
Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)
Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)
DEL ROJAS
 

La actualidad más candente (20)

Las modalidades de las disposiciones testamentarias
Las modalidades de las disposiciones testamentariasLas modalidades de las disposiciones testamentarias
Las modalidades de las disposiciones testamentarias
 
Propiedad
PropiedadPropiedad
Propiedad
 
Derecho procesal del trabajo
Derecho procesal del trabajoDerecho procesal del trabajo
Derecho procesal del trabajo
 
Propìedad, ocupación y accesión. MAPA CONCEPTUAL
Propìedad, ocupación y accesión. MAPA CONCEPTUALPropìedad, ocupación y accesión. MAPA CONCEPTUAL
Propìedad, ocupación y accesión. MAPA CONCEPTUAL
 
Adquisición y pérdida utb
Adquisición y pérdida utbAdquisición y pérdida utb
Adquisición y pérdida utb
 
El concepto de Propiedad en el Derecho Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho RomanoEl concepto de Propiedad en el Derecho Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho Romano
 
Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
 
Derechos reales mapa mental
Derechos reales mapa mentalDerechos reales mapa mental
Derechos reales mapa mental
 
Historia del derecho sucesorio
Historia del derecho sucesorioHistoria del derecho sucesorio
Historia del derecho sucesorio
 
La curatela
La curatelaLa curatela
La curatela
 
Sistemas juridicos contemporaneos
Sistemas juridicos contemporaneosSistemas juridicos contemporaneos
Sistemas juridicos contemporaneos
 
Modos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil I
Modos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil IModos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil I
Modos de Adquirir el Dominio 03 - Derecho Civil I
 
Modos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedadModos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedad
 
El Patrimonio
El PatrimonioEl Patrimonio
El Patrimonio
 
Mapa Conceptual. La Propiedad, ocupacion y accesion. Caribay Segura
Mapa Conceptual. La Propiedad, ocupacion y accesion. Caribay SeguraMapa Conceptual. La Propiedad, ocupacion y accesion. Caribay Segura
Mapa Conceptual. La Propiedad, ocupacion y accesion. Caribay Segura
 
DERECHO HEREDITARIO
DERECHO HEREDITARIODERECHO HEREDITARIO
DERECHO HEREDITARIO
 
Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)
Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)
Sesion 2. (propiedad,de la copropiedad,derechos patrimoniales)
 
Derecho Civil Bienes Muebles e Inmuebles
Derecho Civil Bienes Muebles e InmueblesDerecho Civil Bienes Muebles e Inmuebles
Derecho Civil Bienes Muebles e Inmuebles
 
Mapa Conceptual Bienes
Mapa Conceptual Bienes Mapa Conceptual Bienes
Mapa Conceptual Bienes
 
Propiedad mapa conceptual
Propiedad mapa conceptualPropiedad mapa conceptual
Propiedad mapa conceptual
 

Similar a El patrimonio

Compendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptx
Compendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptxCompendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptx
Compendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptx
JuanAndrsOrtizMndez
 

Similar a El patrimonio (20)

Bienes-Y-Sucesiones.pdf
Bienes-Y-Sucesiones.pdfBienes-Y-Sucesiones.pdf
Bienes-Y-Sucesiones.pdf
 
Bienes y sucesiones
Bienes y sucesionesBienes y sucesiones
Bienes y sucesiones
 
Derecho civil
Derecho civilDerecho civil
Derecho civil
 
CLASIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES
CLASIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENESCLASIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES
CLASIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES
 
Derecho civil II
Derecho civil IIDerecho civil II
Derecho civil II
 
Los bienes
Los bienesLos bienes
Los bienes
 
Conceptos de derechos reales
Conceptos de derechos realesConceptos de derechos reales
Conceptos de derechos reales
 
Ensayo derecho civil
Ensayo derecho civilEnsayo derecho civil
Ensayo derecho civil
 
CONTENIDO CLASE I.pptx
CONTENIDO CLASE I.pptxCONTENIDO CLASE I.pptx
CONTENIDO CLASE I.pptx
 
Derecho civil-bienes
Derecho civil-bienesDerecho civil-bienes
Derecho civil-bienes
 
Compendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptx
Compendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptxCompendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptx
Compendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptx
 
Guia - Civil Bienes.pdf
Guia - Civil Bienes.pdfGuia - Civil Bienes.pdf
Guia - Civil Bienes.pdf
 
Bienes
BienesBienes
Bienes
 
Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
 
Actividad 01 derecho bienes
Actividad 01 derecho bienesActividad 01 derecho bienes
Actividad 01 derecho bienes
 
ALBUM DE BIENES.docx
ALBUM DE BIENES.docxALBUM DE BIENES.docx
ALBUM DE BIENES.docx
 
Derecho civil-bienes
Derecho civil-bienesDerecho civil-bienes
Derecho civil-bienes
 
Derechos reales o personales exposicion
Derechos reales o personales exposicionDerechos reales o personales exposicion
Derechos reales o personales exposicion
 
DERECHO ROMANO
DERECHO ROMANODERECHO ROMANO
DERECHO ROMANO
 
las cosas y los bienes.docx
las cosas y los bienes.docxlas cosas y los bienes.docx
las cosas y los bienes.docx
 

Último

LO QUE NUNCA DEBARIA HABER PASADO PACTO CiU PSC (Roque).pptx
LO QUE NUNCA DEBARIA HABER PASADO PACTO CiU PSC (Roque).pptxLO QUE NUNCA DEBARIA HABER PASADO PACTO CiU PSC (Roque).pptx
LO QUE NUNCA DEBARIA HABER PASADO PACTO CiU PSC (Roque).pptx
roque fernandez navarro
 
Índigo Energía e Industria No. 15 - digitalización en industria farmacéutica
Índigo Energía e Industria No. 15 - digitalización en industria farmacéuticaÍndigo Energía e Industria No. 15 - digitalización en industria farmacéutica
Índigo Energía e Industria No. 15 - digitalización en industria farmacéutica
Indigo Energía e Industria
 

Último (15)

Boletín semanal informativo 17. Abril 2024
Boletín semanal informativo 17. Abril 2024Boletín semanal informativo 17. Abril 2024
Boletín semanal informativo 17. Abril 2024
 
Novedades Banderas Azules en España para el año 2024
Novedades Banderas Azules en España para el año 2024Novedades Banderas Azules en España para el año 2024
Novedades Banderas Azules en España para el año 2024
 
LO QUE NUNCA DEBARIA HABER PASADO PACTO CiU PSC (Roque).pptx
LO QUE NUNCA DEBARIA HABER PASADO PACTO CiU PSC (Roque).pptxLO QUE NUNCA DEBARIA HABER PASADO PACTO CiU PSC (Roque).pptx
LO QUE NUNCA DEBARIA HABER PASADO PACTO CiU PSC (Roque).pptx
 
Proponen la eliminación del Consejo de la Magistratura
Proponen la eliminación del Consejo de la MagistraturaProponen la eliminación del Consejo de la Magistratura
Proponen la eliminación del Consejo de la Magistratura
 
Declaracion jurada de la ex vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner
Declaracion jurada de la ex vicepresidenta Cristina Fernández de KirchnerDeclaracion jurada de la ex vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner
Declaracion jurada de la ex vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner
 
PRESENTACION PLAN ESTRATEGICOS DE SEGURIDAD VIAL - PESV.pdf
PRESENTACION PLAN ESTRATEGICOS DE SEGURIDAD VIAL - PESV.pdfPRESENTACION PLAN ESTRATEGICOS DE SEGURIDAD VIAL - PESV.pdf
PRESENTACION PLAN ESTRATEGICOS DE SEGURIDAD VIAL - PESV.pdf
 
Carta de Sabrina Shorff enviada al juez Kevin Castel
Carta de Sabrina Shorff enviada al juez Kevin CastelCarta de Sabrina Shorff enviada al juez Kevin Castel
Carta de Sabrina Shorff enviada al juez Kevin Castel
 
2024-05-02-Carta-145-aniversario-PSOE.pdf
2024-05-02-Carta-145-aniversario-PSOE.pdf2024-05-02-Carta-145-aniversario-PSOE.pdf
2024-05-02-Carta-145-aniversario-PSOE.pdf
 
Informe Estudio de Opinión en Zapopan Jalisco - ABRIL
Informe Estudio de Opinión en Zapopan Jalisco - ABRILInforme Estudio de Opinión en Zapopan Jalisco - ABRIL
Informe Estudio de Opinión en Zapopan Jalisco - ABRIL
 
calendario de tandeos macrosectores xalapa mayo 2024.pdf
calendario de tandeos macrosectores xalapa mayo 2024.pdfcalendario de tandeos macrosectores xalapa mayo 2024.pdf
calendario de tandeos macrosectores xalapa mayo 2024.pdf
 
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1079
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1079LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1079
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1079
 
RELACIÓN DE PLAYAS GALARDONADAS 2024.pdf
RELACIÓN DE PLAYAS GALARDONADAS 2024.pdfRELACIÓN DE PLAYAS GALARDONADAS 2024.pdf
RELACIÓN DE PLAYAS GALARDONADAS 2024.pdf
 
Índigo Energía e Industria No. 15 - digitalización en industria farmacéutica
Índigo Energía e Industria No. 15 - digitalización en industria farmacéuticaÍndigo Energía e Industria No. 15 - digitalización en industria farmacéutica
Índigo Energía e Industria No. 15 - digitalización en industria farmacéutica
 
tandeos xalapa zona_alta_MAYO_2024_VF.pdf
tandeos xalapa zona_alta_MAYO_2024_VF.pdftandeos xalapa zona_alta_MAYO_2024_VF.pdf
tandeos xalapa zona_alta_MAYO_2024_VF.pdf
 
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_5_AL_11_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_5_AL_11_DE_MAYO_DE_2024.pdfPRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_5_AL_11_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_5_AL_11_DE_MAYO_DE_2024.pdf
 

El patrimonio

  • 1. EL PATRIMONIO El patrimonio es otro de los atributos de las personas, consiste en el conjunto de derechos y obligaciones apreciables en dinero, sin embargo alrededor de la naturaleza del patrimonio existen dos teorías, la clásica subjetivista llamada también personalista que considera al patrimonio como un reflejo de la personalidad, y la objetiva o económica que defiende la existencia de patrimonio sin objeto y concibe el patrimonio como una individualidad jurídica propia.
  • 2. EL PATRIMONIO Generalmente se atribuye al patrimonio un aspecto doble: Aspecto económico: es el conjunto de obligaciones y derechos en su apreciación económica, y Aspecto jurídico: es el conjunto de relaciones jurídicas, activas y pasivas, pertenecientes a un sujeto
  • 3. EL PATRIMONIO El patrimonio es definido como el conjunto de derechos y obligaciones que corresponden a un solo titular, pero afirmando sin embargo, que cuando se habla de patrimonio como atributo de la persona se hace referencia a la capacidad patrimonial o de tener un patrimonio; es decir a la facultad o aptitud potencial para adquirirlo
  • 4. EL PATRIMONIO BIENES En sentido económico es toda cosa que nos sirva como satisfactor, que nos brinde alguna utilidad. En sentido jurídico, es toda cosa susceptible de apropiación. Así, nadie duda de que el aire sea un gran bien (económicamente hablando), pues sin él la vida sería imposible; no obstante, jurídicamente el aire no es un bien, pues no es reductible a propiedad de nadie. El agua, cuando ha sido envasada y puesta a la venta, se convierte jurídicamente en un bien; antes, no.
  • 5. EL PATRIMONIO BIENES Los bienes se clasifican en: a) BIENES CONSIDERADOS EN SI MISMOS Estos a su vez se clasifican en corpóreos e incorpóreos; fungibles y no fungibles; consumibles y no consumibles; divisibles e indivisibles; simples y compuestos; principales y accesorios; muebles e inmuebles. Bienes corpóreos: Los que pueden ser percibidos por los sentidos. Ejemplo: una casa, una máquina, un caballo, etc. Bienes incorpóreos: Los que sólo pueden ser percibidos por medio de la inteligencia; en este caso se encuentran los derechos. Bienes fungibles: Los que por su naturaleza, pueden ser cambiados por otros de la misma especie, calidad y cantidad. Ejemplo: el trigo, el vino y el dinero.
  • 6. EL PATRIMONIO BIENES Los bienes se clasifican en: a) BIENES CONSIDERADOS EN SI MISMOS Bienes no fungibles: Los que no pueden ser cambiados por otros de la misma especie, calidad o cantidad. Bienes consumibles: Los que se destruyen o consumen por el primer uso. Ejemplo: los artículos alimenticios, los cigarros, las medicinas, etc. Bienes no consumibles: son los que resisten un uso constante y prolongado. Ejemplo; los instrumentos de trabajo, las máquinas, las prendas de vestir, etc.
  • 7. EL PATRIMONIO BIENES Los bienes se clasifican en: a) BIENES CONSIDERADOS EN SI MISMOS Bienes divisibles e indivisibles: Son divisibles los bienes que pueden fraccionarse sin alterar su valor. Ejemplo: las piezas de tela, las barras de metal, los terrenos, etc. Son indivisibles los bienes que no admiten división cómoda, ya que en caso de que la sufran alteran básicamente su valor. Ejemplo: un reloj, un automóvil, una estatua, etc. Bienes simples: Los que forman por sí mismos una unidad, Ejemplo: una estatua, una moneda, un trozo de hierro. Bienes compuestos: Son los que están integrados por una pluralidad de partes distintas. Ejemplo: una casa, un automóvil, una máquina, etc.
  • 8. EL PATRIMONIO BIENES Los bienes se clasifican en: a) BIENES CONSIDERADOS EN SI MISMOS Bienes principales: Son los que existen independientemente del accesorio y cuyas partes no pueden separarse sin alterar la naturaleza del propio bien. Bienes accesorios: Son los que completan al principal, sirviéndole de ornato. Ejemplo: Una casa es un bien principal; las puertas y estatuas que la adornan, son bienes accesorios. Bienes muebles: Son muebles por naturaleza los cuerpos que pueden trasladarse de un lugar a otro, y se muevan ya por sí mismos, ya por efecto de una fuerza exterior. Ejemplo:, un cuadro, un jarrón. Algunos autores hablan de una clasificación más: a los que se mueven por sí mismos, como es el caso de los animales, les llaman semovientes. Los bienes inmuebles son los que no pueden ser trasladados de un lugar a otro sin alterar su sustancia.
  • 9. EL PATRIMONIO BIENES Los bienes se clasifican en: b) BIENES CONSIDERADOS SEGÚN LAS PERSONAS A QUIENES PERTENECEN Bienes de uso común. Se llaman así porque pueden aprovecharse de ellos todos los habitantes de la República, con las restricciones establecidas por la ley. Bienes destinados a un servicio público. Estos pueden pertenecer a la Federación, a los Estados o a los Municipios. Bienes de los particulares. La ley establece que como tales deben considerarse todos las cosas cuyo dominio pertenece a los particulares y de las que no puede aprovecharse ninguno sin consentimiento del dueño o autorización de la ley.
  • 10. EL PATRIMONIO BIENES Los bienes se clasifican en: b) BIENES CONSIDERADOS SEGÚN LAS PERSONAS A QUIENES PERTENECEN Bienes sin dueño. Se dividen en dos grupos: mostrencos y vacantes. · Bienes mostrencos. Los muebles abandonados y los perdidos cuyo dueño se ignore. · Bienes vacantes. Son los inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido. Esta es una clasificación doctrinal, sujeta a la limitación establecida por el artículo 27 constitucional, que señala que la propiedad originaria de tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la nación por lo que, en estricto sentido, a la luz de la legislación mexicana actual, no podemos hablar de bienes vacantes.
  • 11. EL PATRIMONIO LA PROPIEDAD Es un poder jurídico que tiene el dueño de un bien, de usar, disfrutar y disponer de él, sin mas limitaciones que las que fijan las leyes. Nuestro Código Civil la define de la siguiente manera: “Artículo 1855.- Derecho real por excelencia, la propiedad es el poder jurídico que tiene el dueño de un bien, de usar, disfrutar y disponer de él, sin más limitaciones que las que fijen las leyes y con arreglo a las modalidades que las propias leyes establezcan”.
  • 12. EL PATRIMONIO MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD El Código Civil de menciona los siguientes: 1) La ocupación: toma de posesión permanente de los bienes sin dueño o cuya legítima procedencia se ignore, con el ánimo de apropiarse de ellos. 2) La adquisición de frutos y productos: el propietario de una cosa se convierte en propietario de todo aquéllo que esa cosa produzca o reproduzca; se habla entonces de frutos naturales, industriales y civiles. 3) La accesión: todo lo que se una o se incorpore natural o artificialmente a un bien y lo reparado o mejorado en el, pertenece al dueño del bien, por lo que, lo edificado, plantado o sembrado y reparado en un terreno o finca de propiedad ajena, pertenece al dueño de la finca o del terreno.
  • 13. EL PATRIMONIO MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD 4) La donación por acto unilateral de voluntad: es una forma de adquirir la propiedad de bienes muebles que una persona capaz obsequia a otra. 5) La herencia: sucesión en todos los bienes de una persona y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte. 6) La usucapion:recibe también el nombre de prescripción adquisitiva de la propiedad y es el medio de adquirir ésta mediante la posesión continua durante el tiempo fijado por la ley y con los requisitos que la misma establece. 7) Los contratos traslativos de dominio: son acuerdos de voluntades tendientes a transferir, de una persona a otra, la propiedad de uno o varios bienes. Ejemplo: la compraventa.
  • 14. EL PATRIMONIO MODOS DE PERDER LA PROPIEDAD Los modos de perder la propiedad se clasifican en dos: voluntarios e involuntarios. Voluntarios: cuando se transfiere por cualquiera de los actos o negocios jurídicos susceptibles de producir ese efecto, como la compraventa, la donación, el abandono, la renuncia del derecho, etc. Involuntarios: por confiscación, cuando está permitida, por destrucción de la cosa, etc..