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los honorarios
de los peritos
Hagan imposible que
una persona sea perito

Cuando tiene un interés
en favorecer al imputado
;Aquella persona que haya
presenciado el evento
investigado y haya declarado
como testigo .
Cuando existe un vinculo personal
o comercial. Una obediencia
jerárquica

Hagan necesario su
inmediata excusa.

Tachas a los peritos
Permite la ley que
cualquiera de las
partes lo formule

Vinculo Parental Cuarto
grado de consanguinidad y
segundo de afinidad o
vínculos de convivencia
Por secreto
profesional

La tacha no impide
que presente su
informe
Para una mejor comprensión de un hecho que requiere conocimientos
especializados , de los que el Fiscal y el Juez desconocen, es de nombrar a personas
profesionales o especializadas en materia requerida
Establece 2, a fin de que puedan aportar mayores conocimientos en el examen a
practicar . Solo en casos de urgencias y en casos excepcionales , como por ejemplo
no existan personas idóneas , el Fiscal solo puede designar a uno. Señala que la
designación recaerá en un perito, pero , se podrá designar a dos o más peritos
cuando fuera lo imprescindible por la complejidad del caso o cuando se requiera el
concurso de distintos conocimientos de diferentes disciplinas.

Como toda diligencia procesal, , la decisión de practicarse determinado
peritaje puede efectuarse durante la etapa de la investigación , o sino
presentarse y ofrecerse como una prueba de urgencia , luego emitida la
acusación fiscal. Las partes y el tercero civil pueden tachar o designar .
La falta de designio anticipado o de previsión, a favor o contra de
determinada .persona, dándose un desinterés frente a las partes
reflejado en un trato sin favoritismo.

El nombramiento de perito corresponde en la etapa de investigación al Fiscal
en lo penal, quien lo podrá realizar de oficio, es decir, de propia iniciativa, o
sino porque algún sujeto procesal así se lo pidió. . No olvidemos que en el
Juicio Oral si ya se formuló Acusación y se dicta el auto de enjuiciamiento , y
al presentarse la petición de peritaje dentro de los
la
acusación fiscal, al haberse asumido plena competencia de Juez, le compete
a éste el nombramiento de peritos, siempre y cuando lo aceptase, y con
conocimiento del Fiscal y los demás sujetos procesales.
Nombramiento.
Perito de parte
Perito Oficial

Fiscal

En el mismo acto se les tomará
juramento o promesa de honor de
decir la verdad.

• Se les preguntará si ellos son los
autores del dictamen que presentan, si
han procedido imparcialmente en el
examen y la información que suscriben y
de todas las circunstancias que el Juez
crea necesario aclarar.

El imputado
El actor civil
Tercero civil

Informe
Pericial

Juez
Si existiera un perito de parte con conclusiones se pondrá a
conocimiento de los Peritos Oficiales
Juez
fiscal

Debate contradictorio

Perito Oficial

Perito de parte
Solicitar el expediente a fin de que
obtenga mayor información
-La identificación plena de los peritos, señalándose sus
nombres y apellidos, domicilio, DNI de cada uno de ellos y el
número de sus Colegiación en caso de Colegiación
Obligatoria.
- La descripción detallada de la situación o estado de hecho
sobre personas o cosa, en las que se llevó a cabo el
peritaje.
-L a exposición minuciosa, detallada de lo que han
comprobado en relación al encargo que les dio el
representante del Ministerio Publico y el Juez en lo Penal.
-La motivación técnica, científica y
fundamentada del examen que hubieren
practicado.
-La indicación de los criterios
científicos o técnicos, métodos y reglas
de los que se sirvieron para hacer el
examen.
-Las conclusiones a las que hayan
arribado.
- Indicación de la fecha de su expedición,
los sellos y firmas correspondientes.
Fiscal o el Juez
La competencia de los peritos,
Toma
Cuenta

La uniformidad
Disconformidad en sus opiniones
Los principios científicos en que se apoyan y la
concordancia del dictamen con los principios lógicos y con
las demás pruebas actuadas durante la investigación.

Buscan mayor categoría probatoria
PERICIA PSIQUIÁTRICA
Procesalmente es aquel
documento de carácter clínicopsiquiátrico-legal,, ordenado por la
autoridad competente en
cumplimiento de la ley, que refleja
la condición mental del individuo y
por medio del cual el psiquiatra
cumple la finalidad de asesor para
la correcta administración de
justicia .

PERICIA PSICOLÓGICA
Esta pericia puede ser solicitada cuando se
requiere establecer la condición psíquica y la
personalidad se Aquellas personas implicadas en
un delito, siendo de extrema utilidad para clarificar
los caracteres de personalidad de una persona, su
temperamento, sus valores y sus reacciones.
Esta pericia podrá solicitarse en los siguientes
casos:
Para descartar psicopatologías de la personalidad.
Para el diagnostico o desempeño de roles de
parentesco (padre, madre o sustitutos de tutela,
régimen de visita, peligro moral o abandono).
PERICIA VALORATIVA

PERICIA CONTABLE

Es aquella pericia destinada a establecer
el monto del daño o perjuicio patrimonial
ocasionado por el evento delictivo. Su
importancia radica en que nos permite
determinar la cuantía en los delitos
contra el patrimonio, en forma especial
en los tipos base de hurto (Art.185, 189
¨a¨ y 205 del Código Penal), lo que
permitirá estimar el monto de la
correspondiente reparación civil.

El peritaje contable es labor que
realiza el Contador público dentro de
una investigación con la finalidad de
proporcionar al Fiscal o al Juzgador,
argumentos y razones para la
formación de su convencimiento
respecto de hechos contables y
financieros. Entonces los peritos
emitirán opinión sobre hechos,
asientos o registros que surgen de
los libros y documentos pertinentes.
PERICIA BALÍSTICA
La balística es una disciplina que estudia
las leyes del movimiento y fuerza de
penetración de proyectiles; se divide en:
Balística Interior: Es decir, versa sobre
los movimientos del proyectil dentro del
arma.
Balística Exterior: Es decir, los
fenómenos ocurridos desde que el
Proyectil sale del arma del fuego hasta
llegar a impactar.
Balística de Efecto: Es decir, los
fenómenos ocurridos desde que impacta
con un objetivo.
Ahora bien, el nombre genérico de
Pericias Balística.

PERICIA BIOLÓGIA
Mediante este tipo de pericia, se permite llegar
a resolver una diversidad de casos a través
del estudio y análisis de las diferentes
evidencias en el lugar o escena del delito y
cuyas muestras han de haber sido recogidas
minuciosamente durante la Inspección Técnica
Criminalística. Se ha de practicar
fundamentalmente en los casos que se
relacione con delitos dolosos contra la vida, el
cuerpo y la salud; y contra la libertad sexual; y
comprende el estudio y análisis de diferente
fluidos y secreciones del cuerpo humano, tales
como la sangre, orina, semen, la secreción
nasal, vaginal, además análisis del cabello, de
sarro y estudios microbiológicos.
PERICIA CONTABLE
El peritaje contable es labor que realiza
el Contador público dentro de una
investigación con la finalidad de
proporcionar al Fiscal o al Juzgador,
argumentos y razones para la
formación de su convencimiento
respecto de hechos contables y
financieros. Entonces los peritos
emitirán opinión sobre hechos, asientos
o registros que surgen de los libros y
documentos pertinentes.

PERICIA FÍSICO QUÍMICA
Estas abarcan toxicológico, la cual se ha de
practicar en los casos de homicidio en la
que se presume que la causa de muerte, se
ha presentado como consecuencia del
envenenamiento, a fin de determinar qué
sustancias ha ingerido o le fueron
suministradas a la víctima. También esta
pericia es fundamental, en la modalidad de
posesión de escasa cantidad, en el sentido
que el resultado nos ha de indicar si la
persona poseedora ha consumido drogas
consumida, y si efectivamente lo incautado
corresponde a algún tipo de droga.
PERICIA GRAFOTÉCNICA
Esta pericia tiene por objeto verificar la autenticidad o la
falsedad de un documento, además si fuere posible,
lograr la identificación del autor, y de igual forma
detectar alteraciones fraudulentas en un documento que
puede estar referido a la firma, al texto o al receptor.
La presente diligencia contribuya para aclarar y
complementar las conclusiones sobre la naturaleza de
los documentos probatorios en la etapa de la
investigación. En efecto, un documento probatorios en la
etapa de la investigación. En efecto, un documento puede
ser la única base para una investigación, como es el
caso de los delitos contra la fe pública, por la
falsificación de documentos en general, o también en los
casos que se dude de la autenticidad de un título valor,
sea en el contenido o firma, de igual forma cuando es
necesario examinar las notas de rescate en los delitos
de secuestro o examinar los mensajes que se dejan
escritos en algunos casos de suicidios u homicidios

PERICIA DOSAJE ETÍLICO
Luego de practicarse esta pericia, si el resultado
sale negativo, nos indicará que no hubo consumo
de bebidas alcohólicas, contrario sensu si se dan
muestras de alcohol, el resultado deviene en
positivo. Para determinar el grado de alcohol en
el cuerpo humano, se ha establecido una tabla de
dosaje etílico elaborada
de acuerdo a las
cantidades de alcohol en la sangre, así tenemos:
De cero a 0.99gr./litro: estado normal
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Pericias

  • 1.
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  • 6.
  • 7. Hagan imposible que una persona sea perito Cuando tiene un interés en favorecer al imputado ;Aquella persona que haya presenciado el evento investigado y haya declarado como testigo . Cuando existe un vinculo personal o comercial. Una obediencia jerárquica Hagan necesario su inmediata excusa. Tachas a los peritos Permite la ley que cualquiera de las partes lo formule Vinculo Parental Cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad o vínculos de convivencia Por secreto profesional La tacha no impide que presente su informe
  • 8. Para una mejor comprensión de un hecho que requiere conocimientos especializados , de los que el Fiscal y el Juez desconocen, es de nombrar a personas profesionales o especializadas en materia requerida Establece 2, a fin de que puedan aportar mayores conocimientos en el examen a practicar . Solo en casos de urgencias y en casos excepcionales , como por ejemplo no existan personas idóneas , el Fiscal solo puede designar a uno. Señala que la designación recaerá en un perito, pero , se podrá designar a dos o más peritos cuando fuera lo imprescindible por la complejidad del caso o cuando se requiera el concurso de distintos conocimientos de diferentes disciplinas. Como toda diligencia procesal, , la decisión de practicarse determinado peritaje puede efectuarse durante la etapa de la investigación , o sino presentarse y ofrecerse como una prueba de urgencia , luego emitida la acusación fiscal. Las partes y el tercero civil pueden tachar o designar .
  • 9. La falta de designio anticipado o de previsión, a favor o contra de determinada .persona, dándose un desinterés frente a las partes reflejado en un trato sin favoritismo. El nombramiento de perito corresponde en la etapa de investigación al Fiscal en lo penal, quien lo podrá realizar de oficio, es decir, de propia iniciativa, o sino porque algún sujeto procesal así se lo pidió. . No olvidemos que en el Juicio Oral si ya se formuló Acusación y se dicta el auto de enjuiciamiento , y al presentarse la petición de peritaje dentro de los la acusación fiscal, al haberse asumido plena competencia de Juez, le compete a éste el nombramiento de peritos, siempre y cuando lo aceptase, y con conocimiento del Fiscal y los demás sujetos procesales.
  • 10. Nombramiento. Perito de parte Perito Oficial Fiscal En el mismo acto se les tomará juramento o promesa de honor de decir la verdad. • Se les preguntará si ellos son los autores del dictamen que presentan, si han procedido imparcialmente en el examen y la información que suscriben y de todas las circunstancias que el Juez crea necesario aclarar. El imputado El actor civil Tercero civil Informe Pericial Juez
  • 11. Si existiera un perito de parte con conclusiones se pondrá a conocimiento de los Peritos Oficiales Juez fiscal Debate contradictorio Perito Oficial Perito de parte Solicitar el expediente a fin de que obtenga mayor información
  • 12. -La identificación plena de los peritos, señalándose sus nombres y apellidos, domicilio, DNI de cada uno de ellos y el número de sus Colegiación en caso de Colegiación Obligatoria. - La descripción detallada de la situación o estado de hecho sobre personas o cosa, en las que se llevó a cabo el peritaje. -L a exposición minuciosa, detallada de lo que han comprobado en relación al encargo que les dio el representante del Ministerio Publico y el Juez en lo Penal.
  • 13. -La motivación técnica, científica y fundamentada del examen que hubieren practicado. -La indicación de los criterios científicos o técnicos, métodos y reglas de los que se sirvieron para hacer el examen. -Las conclusiones a las que hayan arribado. - Indicación de la fecha de su expedición, los sellos y firmas correspondientes.
  • 14. Fiscal o el Juez La competencia de los peritos, Toma Cuenta La uniformidad Disconformidad en sus opiniones Los principios científicos en que se apoyan y la concordancia del dictamen con los principios lógicos y con las demás pruebas actuadas durante la investigación. Buscan mayor categoría probatoria
  • 15. PERICIA PSIQUIÁTRICA Procesalmente es aquel documento de carácter clínicopsiquiátrico-legal,, ordenado por la autoridad competente en cumplimiento de la ley, que refleja la condición mental del individuo y por medio del cual el psiquiatra cumple la finalidad de asesor para la correcta administración de justicia . PERICIA PSICOLÓGICA Esta pericia puede ser solicitada cuando se requiere establecer la condición psíquica y la personalidad se Aquellas personas implicadas en un delito, siendo de extrema utilidad para clarificar los caracteres de personalidad de una persona, su temperamento, sus valores y sus reacciones. Esta pericia podrá solicitarse en los siguientes casos: Para descartar psicopatologías de la personalidad. Para el diagnostico o desempeño de roles de parentesco (padre, madre o sustitutos de tutela, régimen de visita, peligro moral o abandono).
  • 16. PERICIA VALORATIVA PERICIA CONTABLE Es aquella pericia destinada a establecer el monto del daño o perjuicio patrimonial ocasionado por el evento delictivo. Su importancia radica en que nos permite determinar la cuantía en los delitos contra el patrimonio, en forma especial en los tipos base de hurto (Art.185, 189 ¨a¨ y 205 del Código Penal), lo que permitirá estimar el monto de la correspondiente reparación civil. El peritaje contable es labor que realiza el Contador público dentro de una investigación con la finalidad de proporcionar al Fiscal o al Juzgador, argumentos y razones para la formación de su convencimiento respecto de hechos contables y financieros. Entonces los peritos emitirán opinión sobre hechos, asientos o registros que surgen de los libros y documentos pertinentes.
  • 17. PERICIA BALÍSTICA La balística es una disciplina que estudia las leyes del movimiento y fuerza de penetración de proyectiles; se divide en: Balística Interior: Es decir, versa sobre los movimientos del proyectil dentro del arma. Balística Exterior: Es decir, los fenómenos ocurridos desde que el Proyectil sale del arma del fuego hasta llegar a impactar. Balística de Efecto: Es decir, los fenómenos ocurridos desde que impacta con un objetivo. Ahora bien, el nombre genérico de Pericias Balística. PERICIA BIOLÓGIA Mediante este tipo de pericia, se permite llegar a resolver una diversidad de casos a través del estudio y análisis de las diferentes evidencias en el lugar o escena del delito y cuyas muestras han de haber sido recogidas minuciosamente durante la Inspección Técnica Criminalística. Se ha de practicar fundamentalmente en los casos que se relacione con delitos dolosos contra la vida, el cuerpo y la salud; y contra la libertad sexual; y comprende el estudio y análisis de diferente fluidos y secreciones del cuerpo humano, tales como la sangre, orina, semen, la secreción nasal, vaginal, además análisis del cabello, de sarro y estudios microbiológicos.
  • 18. PERICIA CONTABLE El peritaje contable es labor que realiza el Contador público dentro de una investigación con la finalidad de proporcionar al Fiscal o al Juzgador, argumentos y razones para la formación de su convencimiento respecto de hechos contables y financieros. Entonces los peritos emitirán opinión sobre hechos, asientos o registros que surgen de los libros y documentos pertinentes. PERICIA FÍSICO QUÍMICA Estas abarcan toxicológico, la cual se ha de practicar en los casos de homicidio en la que se presume que la causa de muerte, se ha presentado como consecuencia del envenenamiento, a fin de determinar qué sustancias ha ingerido o le fueron suministradas a la víctima. También esta pericia es fundamental, en la modalidad de posesión de escasa cantidad, en el sentido que el resultado nos ha de indicar si la persona poseedora ha consumido drogas consumida, y si efectivamente lo incautado corresponde a algún tipo de droga.
  • 19. PERICIA GRAFOTÉCNICA Esta pericia tiene por objeto verificar la autenticidad o la falsedad de un documento, además si fuere posible, lograr la identificación del autor, y de igual forma detectar alteraciones fraudulentas en un documento que puede estar referido a la firma, al texto o al receptor. La presente diligencia contribuya para aclarar y complementar las conclusiones sobre la naturaleza de los documentos probatorios en la etapa de la investigación. En efecto, un documento probatorios en la etapa de la investigación. En efecto, un documento puede ser la única base para una investigación, como es el caso de los delitos contra la fe pública, por la falsificación de documentos en general, o también en los casos que se dude de la autenticidad de un título valor, sea en el contenido o firma, de igual forma cuando es necesario examinar las notas de rescate en los delitos de secuestro o examinar los mensajes que se dejan escritos en algunos casos de suicidios u homicidios PERICIA DOSAJE ETÍLICO Luego de practicarse esta pericia, si el resultado sale negativo, nos indicará que no hubo consumo de bebidas alcohólicas, contrario sensu si se dan muestras de alcohol, el resultado deviene en positivo. Para determinar el grado de alcohol en el cuerpo humano, se ha establecido una tabla de dosaje etílico elaborada de acuerdo a las cantidades de alcohol en la sangre, así tenemos: De cero a 0.99gr./litro: estado normal De 1 a 1.49 gr./litro : ebriedad superficial De 1.50 a 1.99 gr./ litro: ebriedad manifiesta Mayor de 2 gr./litro: mayor ebriedad Mayor de 3/litro: intoxicación alcohólica