La Experticia
La Experticia
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
Definición.
Las experticias son el medio probatorio personal que busca la convicción del juez,
sobre la existencia o inexistencia de ciertos hechos. Es así como el peritaje es una
actividad desarrollada en virtud de un encargo judicial por persona distinta a las partes en
el proceso (Echandia, 1993), es decir, se trata de un medio de prueba que consiste en el
dictamen de personas con conocimientos especiales (científicos, artísticos, técnicos o
prácticos) designados por las partes o por el juez, con el fin de cooperar en la apreciación
técnica de cuestiones de hecho sobre las cuales debe decidir el juez según su propia
convicción.
Clasificación de la Experticia según su Fin.
.- Por el Legislador: Es cuando se elaboran leyes de contenido biológico-médico.
.- Por los Funcionarios Administrativos: Es cuando se examina, verifica, constata o
determina el estado de alimentos y bebidas se está haciendo Medicina Legal
Administrativa.
.- Por el Magistrado: Cuando se trata de aclarar un problema judicial donde se requieren
conocimientos médicos se está haciendo Medicina Legal Judicial.
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
Objeto de la Experticia.
Cuando se habla de la Experticia Médico Legal, se habla de un medio de
Prueba, en donde se coloca en práctica la Medicina Legal con la finalidad de
probar algo en determinado sobre un hecho en particular, es decir, su objetivo
fundamental y radical consiste en: Realizar un estudio médico legal con la
finalidad de obtener las pruebas necesarias para poder así cooperar con la
solución de un determinado hecho. Es importante mencionar que el Objetivo de
la Experticia se divide en tres ámbitos, y son: El ámbito Civil, el Penal y por
último el Laboral.
Partes de la Experticia.
.- Preámbulo o Introducción.
.- Descripción o Exposición.
.- Antecedentes.
.- Discusiones.
.- Conclusiones.
.- Respuestas.
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
La Experticia en Materia Civil.
La Experticia dentro del Mundo civil se encuentra como un medio
probatorio que tiene por finalidad conseguir la convicción del Juez pero, dentro
de los Procesos Civiles, es decir, dentro del mundo Civil, ya que como se dijo
anteriormente la Experticia es una medio de prueba que se desarrolla dentro
del ámbito penal, laboral y Civil.
Regulación Legal.
.- En cuanto nos referimos al Código Civil tenemos que, a partir del Capítulo V,
sección VI, específicamente en sus Artículos 1422 al 1427 regula y sostiene
todo lo relacionado con la Experticia.
.- Cuando se fundamenta dentro del Código de Procedimiento Civil, se tiene
que la Experticia se encuentra establecida en Capítulo VI, específicamente en
su Artículo 451 al 471.
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
Tipos de Experticia en el Ámbito Civil.
La Experticia médico-legal dentro del mundo civil se divide en dos tipos
fundamentales, y son:
.- La Experticia como Medio de Prueba.
.- La Experticia como Medio de Apreciación.
Momentos de su Aplicación:
La Experticia Médico-Legal se aplica dentro del Lapso Probatorio, salvo
en los casos de interdicción o inhabilitación, en que no es necesario esperar la
apertura de dicho lapso; también se pueden aplicar antes de la sentencia de
primera instancia para un mejor proveer.
Designación y Características de los Expertos.
En cuanto se refieren a la Designación de Expertos en la Materia Civil, se
tiene con el nombramientos de los mismos los hacen las partes de común
acuerdo y sólo interviene el Juez cuando siendo tres los peritos o expertos, las
partes no se ponen de acuerdo respecto al tercer perito. También puede ser un
solo perito siempre que las partes estén de acuerdo.
Esto es de gran necesidad explicarlo de una forma más detallada, y se
puede explicar de la siguiente forma, designación de expertos como medio de
prueba y como medio de apreciación.
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
Características de los Expertos en el Ámbito Civil:
Cuando se hablan de características o requisitos del Experto como tal, no se
mencionan algún conjunto de requisitos en específico, sólo se le considera fundamental y
esencial que posea conocimientos sobre la materia, es decir, que dentro de los
parámetros establecidos no se especifican como tal unas condiciones necesaria para
poder ser Perito o Experto, sino que se le considera primordialmente esencial que esa
persona no sea cualquier demente, sino una persona aptamente preparada y con los
conocimientos necesarios para poder desarrollar esta labor.
Estas características como tal se encuentran contemplados en el artículo 453 del
Código de Procedimiento Civil.
Procedimientos Especiales en el Ámbito Civil:
Cuando se habla de Procedimientos especiales, se está refiriendo específicamente
a dos, que son: La Interdicción y la Inhabilitación, en donde el primero significa, el acto
judicial mediante el cual se priva a una persona incapacitada (demente) para actuar por sí
misma en la vida jurídica. El interdicto no puede obligarse por sí mismo, sin la
autorización de otra persona (curador), y el segundo comprende, se define como aquella
acción judicial en donde se priva de ciertos derechos o se incapacita a una persona para
el ejercicio de determinadas actividades.
Entonces se dice que la Experticia se adentra en estos procedimientos especiales
con la finalidad de encontrar pruebas, es decir, probar la incapacidad o demencia de estas
personas, para poder así declararlas entredichas o inhabilitadas, esto siempre y cuando el
resultado de la Experticia resultare positivo a lo que se le acusa, es decir, siempre y
cuando el Peritaje o Experticia médico-legal posea una gran concordancia con la
acusación realizada.
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
.- La Experticia dentro del ámbito Penal.
Regulación Legal.
Reflejado en el Código Orgánico Procesal Penal Vigente (4 de octubre del 2006) y
en el Código Penal (13 de abril del 2005).
Designación Y características de los expertos según el código orgánico de procedimiento
civil.
ART. 238.—Peritos. Los peritos deberán poseer título en la materia relativa al asunto sobre el
cual dictaminarán, siempre que la ciencia, el arte u oficio estén reglamentados. En caso
contrario, deberán designarse a personas de reconocida experiencia en la materia.
Los peritos serán designados y juramentados por el Juez, previa petición del
Ministerio Público, salvo que se trate de funcionarios adscritos al órgano de investigación
penal, caso en el cual, para el cumplimiento de sus funciones bastará la designación que
al efecto le realice su superior inmediato. Serán causales de excusa y recusación para los
peritos las establecidas en este Código. El perito deberá guardar reserva de cuanto
conozca con motivo de su actuación. En todo lo relativo a los traductores e intérpretes
regirán las disposiciones contenidas en este artículo.
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
Los peritos serán otorgados, designados y juramentados por el juez, El
nombramiento judicial es una simple cuestión de trámite cuya omisión queda
cubierta en la forma expresada, estos son simples requisitos de forma.
Los peritos como requisito indispensable debe conservar y poseer el
titulo en la materia del hecho la cual se le fuese a asignar, debe estar
normalizado. De no cumplir con estos requisitos fundamentales se designara a
una persona capacitada en la materia.
La experticia penal en otros procedimientos distintos al ordinario (la flagrancia).
En materia penal no existe un: sumario, plenario; ni tampoco, 1era
instancia y segunda instancia experticia medico penal, en materia penal tiene
un: Procedimiento ordinario y varios procedimientos especiales.
Entre ellos se destaca, el más frecuente y el mas común es “la fragancia”
en el COPP se le llama procedimiento también procedimiento de ausencia.
Normalmente estos procedimientos no se aplica la experticia medico legal, y
menos en casos particulares. No se aplica porque al capturarlo al lugar de los
hechos no se necesita una prueba o una investigación médico legal, no
requiere de un procedimiento medico legal.
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
El procedimiento ordinario se establece en tres fases:
1) La primera fase, preliminar, preparatoria.
2) La segunda intermedia o audiencia oral.
3) La última es el juicio oral regulado del 280- 326 del código orgánico procesal penal..
Tiene toda la fase probatoria.
En este proceso se recopila los elementos, la convicción, los elementos esenciales e
indispensables para alegar y probar en el juicio.
El procedimiento ordinario puede partir de 3 formas:
1) Por investigación del ministerio público.
2) Por denuncia.
3) Por Demanda.
El estado actúa porque se obtiene información sobre el delito.
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
Valoración de la experticia en el ámbito penal.
La experticia es fundamental, es de gran importancia para la materia
penal ya que ella realiza un exposición, investigación, un análisis y aplicación
de un hecho, de un objeto, de un comportamiento, de una circunstancia o de un
fenómeno. Es objeto para el ámbito penal ya que establece establecer la causa
de los hechos y los efectos del mismo, la forma y circunstancia como se
cometió el hecho delictuoso. Consiste en la prueba legal por el cual individuos
ajenas a las partes, que asientan juicios específicos en alguna ciencia, arte o
profesión y que han sido precisamente designadas en un proceso determinado,
perciben, verifican hechos y los pone en conocimiento del juez, y dan su
opinión fundada sobre la interpretación y apreciación de los mismos, a fin de
formar la convicción del magistrado, siempre que para ellos se requieran esos
conocimientos. Estas pruebas son ordenadas por el magistrado, en un proceso
determinado, el trabajo realizado por el perito, que contiene, además de la
opinión, la explicación detallada de las operaciones técnicas realizadas y de los
principios científicos o técnicos en que se funde que puede hacer referencia a
los conocimientos del perito, pero no como medio de prueba.
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
La Experticia en Materia Laboral.
La Experticia médico-legal como se sabe y como se ha visto, tiene una mayor
profundización dentro del mundo Penal y dentro de lo Civil, pero esto no significa que
ella no sea importante dentro del Mundo Laboral o que no posea trascendental en
dicho ámbito.
La Experticia como medio de prueba que es, se utiliza dentro del ámbito
laboral con la finalidad y el objeto de demostrar con pruebas todos aquellos daños y
perjuicios provocados dentro del trabajo, para demostrar todas aquellas
incapacidades, de las cuales surgirán las respectivas indemnizaciones así como
también se utiliza con la finalidad de Probar las enfermedades profesionales.
Es por ello que la Experticia médico-legal también resalta dentro de un mundo
Laboral el cual no está provisto de grandes situaciones que ameriten una prueba
médico – legal, pero que dentro de ese pequeño rango de pruebas que se necesitan
la Experticia como tal coadyuva a la solución y esclarecimiento de dicha situación.
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
Importancia de la Experticia Médico Legal.
Como se ha visto, es un medio probatorio de una especial importancia, tanto
en el campo civil como en el penal; muchas veces la libertad y el honor de una
persona dependen de una buena experticia.
Según el Autor Nerio Rojas, el experto es algo más que un testigo y adquiere
por su función un gran prestigio moral, de allí que una buena experticia debe ser
realizada no sólo por quien tenga una preparación técnica sino también moral.
Entonces, la importancia de la experticia señala que en las estadísticas, el
92% de los Abogados necesitan de testimonios médicos o de experticias, y sólo el
6% prescinde de ellos.
Es importante destacar que la Importancia de la Experticia Médico Legal se
encuentra intrínsicamente ligada a lo que se refiere a su Valoración por parte del
Juez, ya que él mismo le confiere una gran valoración a la hora de dictar sentencia
hablamos de que su presencia es fundamental, pero a su vez podemos
encontrarnos en el caso en donde el Juez pueda colidir con dicha Experticia y no
sea tomada en cuenta en el momento de dictaminar sentencia, allí nos
encontraríamos con que ésta es menos importante.
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
La Relación de Causalidad.
Se define como el Vínculo, ligamen o nexo que existe entre dos fenómenos y en virtud del cual uno
asume o toma figura de efecto con respecto al otro; en consecuencia, la ubicación del Nexo Causal se refiere a
las relaciones existentes entre una o más causas y un efecto. Normalmente, en Medicina Legal se trata de
establecer si entre un antecedente lesivo o causa lesiva y un efecto dañoso existe una relación causa/efecto. Se
sabe que todo evento siempre es precedido de varios antecedentes, de varias causas, pero entre ellas habrá
una verdaderamente causal y las otras serán secundarias, que han concurrido en la producción del evento pero
en menor cantidad. Por ejemplo: cuando un anciano que sufre un proceso crónico en las vías respiratorias, de
repente, es golpeado por una corriente de aire frío que le produce una bronconeumonía.
Importancia de la Relación de Causalidad en las Cuestiones Médico-Legales.
La búsqueda de la demostración del Nexo de Causalidad adquiere en el campo médico-legal una
particular importancia práctica, debido a que esta relación de causalidad viene a ser integrante de la
configuración técnico – jurídica de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, de los actos
delictivos, entre otros.
En el campo del Derecho el uso del Nexo causal tiene otra finalidad, porque se trata de indagar sobre
esos antecedentes causales o concausas para establecer la responsabilidad y determinar si del producto del
hacer del hombre resulta perjudicado un interés jurídicamente tutelado. Por lo tanto, es necesario distinguir la
causalidad en el campo médico – clínico de la causalidad en el campo médico – legal. Por ejemplo: cuando hay
sospechas de muerte violenta el perito debe señalar las causas que productas de la muerte; una causa
estrictamente médica es una hemorragia interna, pero una causa jurídica viene a ser los medios puestos en
práctica por el hombre para producir el evento.
Todo esto quiere decir, que La Relación de causalidad se considera vitalicia para la Experticia, ya que
con ella se pueden conseguir la causa directa de lo que ocasionó el hecho respectivo y a su vez pudiendo así
complementar a la experticia en sus funciones dentro del caso, como por ejemplo, esclarecer la situación.
LA EXPERTICIALA EXPERTICIA
Parte Práctica de Dicho Trabajo.
Se tiene la Visita a:
Visita al Laboratorio de Criminalística, de la Delegación C.I.C.P.C
YARACUY.
Visita a la Fiscalía 13 del Estado Yaracuy, con Competencia exclusiva
en violencia contra la Mujer.
Visita a La Medicatura Forense del Estada Yaracuy Adscrita a la
Delegación Yaracuy del C.I.C.P.C
Fin de la presentación

Experticia_IAFJSR

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  • 3.
    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA Definición. Lasexperticias son el medio probatorio personal que busca la convicción del juez, sobre la existencia o inexistencia de ciertos hechos. Es así como el peritaje es una actividad desarrollada en virtud de un encargo judicial por persona distinta a las partes en el proceso (Echandia, 1993), es decir, se trata de un medio de prueba que consiste en el dictamen de personas con conocimientos especiales (científicos, artísticos, técnicos o prácticos) designados por las partes o por el juez, con el fin de cooperar en la apreciación técnica de cuestiones de hecho sobre las cuales debe decidir el juez según su propia convicción. Clasificación de la Experticia según su Fin. .- Por el Legislador: Es cuando se elaboran leyes de contenido biológico-médico. .- Por los Funcionarios Administrativos: Es cuando se examina, verifica, constata o determina el estado de alimentos y bebidas se está haciendo Medicina Legal Administrativa. .- Por el Magistrado: Cuando se trata de aclarar un problema judicial donde se requieren conocimientos médicos se está haciendo Medicina Legal Judicial.
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    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA Objetode la Experticia. Cuando se habla de la Experticia Médico Legal, se habla de un medio de Prueba, en donde se coloca en práctica la Medicina Legal con la finalidad de probar algo en determinado sobre un hecho en particular, es decir, su objetivo fundamental y radical consiste en: Realizar un estudio médico legal con la finalidad de obtener las pruebas necesarias para poder así cooperar con la solución de un determinado hecho. Es importante mencionar que el Objetivo de la Experticia se divide en tres ámbitos, y son: El ámbito Civil, el Penal y por último el Laboral. Partes de la Experticia. .- Preámbulo o Introducción. .- Descripción o Exposición. .- Antecedentes. .- Discusiones. .- Conclusiones. .- Respuestas.
  • 5.
    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA LaExperticia en Materia Civil. La Experticia dentro del Mundo civil se encuentra como un medio probatorio que tiene por finalidad conseguir la convicción del Juez pero, dentro de los Procesos Civiles, es decir, dentro del mundo Civil, ya que como se dijo anteriormente la Experticia es una medio de prueba que se desarrolla dentro del ámbito penal, laboral y Civil. Regulación Legal. .- En cuanto nos referimos al Código Civil tenemos que, a partir del Capítulo V, sección VI, específicamente en sus Artículos 1422 al 1427 regula y sostiene todo lo relacionado con la Experticia. .- Cuando se fundamenta dentro del Código de Procedimiento Civil, se tiene que la Experticia se encuentra establecida en Capítulo VI, específicamente en su Artículo 451 al 471.
  • 6.
    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA Tiposde Experticia en el Ámbito Civil. La Experticia médico-legal dentro del mundo civil se divide en dos tipos fundamentales, y son: .- La Experticia como Medio de Prueba. .- La Experticia como Medio de Apreciación. Momentos de su Aplicación: La Experticia Médico-Legal se aplica dentro del Lapso Probatorio, salvo en los casos de interdicción o inhabilitación, en que no es necesario esperar la apertura de dicho lapso; también se pueden aplicar antes de la sentencia de primera instancia para un mejor proveer. Designación y Características de los Expertos. En cuanto se refieren a la Designación de Expertos en la Materia Civil, se tiene con el nombramientos de los mismos los hacen las partes de común acuerdo y sólo interviene el Juez cuando siendo tres los peritos o expertos, las partes no se ponen de acuerdo respecto al tercer perito. También puede ser un solo perito siempre que las partes estén de acuerdo. Esto es de gran necesidad explicarlo de una forma más detallada, y se puede explicar de la siguiente forma, designación de expertos como medio de prueba y como medio de apreciación.
  • 7.
    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA Característicasde los Expertos en el Ámbito Civil: Cuando se hablan de características o requisitos del Experto como tal, no se mencionan algún conjunto de requisitos en específico, sólo se le considera fundamental y esencial que posea conocimientos sobre la materia, es decir, que dentro de los parámetros establecidos no se especifican como tal unas condiciones necesaria para poder ser Perito o Experto, sino que se le considera primordialmente esencial que esa persona no sea cualquier demente, sino una persona aptamente preparada y con los conocimientos necesarios para poder desarrollar esta labor. Estas características como tal se encuentran contemplados en el artículo 453 del Código de Procedimiento Civil. Procedimientos Especiales en el Ámbito Civil: Cuando se habla de Procedimientos especiales, se está refiriendo específicamente a dos, que son: La Interdicción y la Inhabilitación, en donde el primero significa, el acto judicial mediante el cual se priva a una persona incapacitada (demente) para actuar por sí misma en la vida jurídica. El interdicto no puede obligarse por sí mismo, sin la autorización de otra persona (curador), y el segundo comprende, se define como aquella acción judicial en donde se priva de ciertos derechos o se incapacita a una persona para el ejercicio de determinadas actividades. Entonces se dice que la Experticia se adentra en estos procedimientos especiales con la finalidad de encontrar pruebas, es decir, probar la incapacidad o demencia de estas personas, para poder así declararlas entredichas o inhabilitadas, esto siempre y cuando el resultado de la Experticia resultare positivo a lo que se le acusa, es decir, siempre y cuando el Peritaje o Experticia médico-legal posea una gran concordancia con la acusación realizada.
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    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA .-La Experticia dentro del ámbito Penal. Regulación Legal. Reflejado en el Código Orgánico Procesal Penal Vigente (4 de octubre del 2006) y en el Código Penal (13 de abril del 2005). Designación Y características de los expertos según el código orgánico de procedimiento civil. ART. 238.—Peritos. Los peritos deberán poseer título en la materia relativa al asunto sobre el cual dictaminarán, siempre que la ciencia, el arte u oficio estén reglamentados. En caso contrario, deberán designarse a personas de reconocida experiencia en la materia. Los peritos serán designados y juramentados por el Juez, previa petición del Ministerio Público, salvo que se trate de funcionarios adscritos al órgano de investigación penal, caso en el cual, para el cumplimiento de sus funciones bastará la designación que al efecto le realice su superior inmediato. Serán causales de excusa y recusación para los peritos las establecidas en este Código. El perito deberá guardar reserva de cuanto conozca con motivo de su actuación. En todo lo relativo a los traductores e intérpretes regirán las disposiciones contenidas en este artículo.
  • 9.
    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA Losperitos serán otorgados, designados y juramentados por el juez, El nombramiento judicial es una simple cuestión de trámite cuya omisión queda cubierta en la forma expresada, estos son simples requisitos de forma. Los peritos como requisito indispensable debe conservar y poseer el titulo en la materia del hecho la cual se le fuese a asignar, debe estar normalizado. De no cumplir con estos requisitos fundamentales se designara a una persona capacitada en la materia. La experticia penal en otros procedimientos distintos al ordinario (la flagrancia). En materia penal no existe un: sumario, plenario; ni tampoco, 1era instancia y segunda instancia experticia medico penal, en materia penal tiene un: Procedimiento ordinario y varios procedimientos especiales. Entre ellos se destaca, el más frecuente y el mas común es “la fragancia” en el COPP se le llama procedimiento también procedimiento de ausencia. Normalmente estos procedimientos no se aplica la experticia medico legal, y menos en casos particulares. No se aplica porque al capturarlo al lugar de los hechos no se necesita una prueba o una investigación médico legal, no requiere de un procedimiento medico legal.
  • 10.
    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA Elprocedimiento ordinario se establece en tres fases: 1) La primera fase, preliminar, preparatoria. 2) La segunda intermedia o audiencia oral. 3) La última es el juicio oral regulado del 280- 326 del código orgánico procesal penal.. Tiene toda la fase probatoria. En este proceso se recopila los elementos, la convicción, los elementos esenciales e indispensables para alegar y probar en el juicio. El procedimiento ordinario puede partir de 3 formas: 1) Por investigación del ministerio público. 2) Por denuncia. 3) Por Demanda. El estado actúa porque se obtiene información sobre el delito.
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    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA Valoraciónde la experticia en el ámbito penal. La experticia es fundamental, es de gran importancia para la materia penal ya que ella realiza un exposición, investigación, un análisis y aplicación de un hecho, de un objeto, de un comportamiento, de una circunstancia o de un fenómeno. Es objeto para el ámbito penal ya que establece establecer la causa de los hechos y los efectos del mismo, la forma y circunstancia como se cometió el hecho delictuoso. Consiste en la prueba legal por el cual individuos ajenas a las partes, que asientan juicios específicos en alguna ciencia, arte o profesión y que han sido precisamente designadas en un proceso determinado, perciben, verifican hechos y los pone en conocimiento del juez, y dan su opinión fundada sobre la interpretación y apreciación de los mismos, a fin de formar la convicción del magistrado, siempre que para ellos se requieran esos conocimientos. Estas pruebas son ordenadas por el magistrado, en un proceso determinado, el trabajo realizado por el perito, que contiene, además de la opinión, la explicación detallada de las operaciones técnicas realizadas y de los principios científicos o técnicos en que se funde que puede hacer referencia a los conocimientos del perito, pero no como medio de prueba.
  • 12.
    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA LaExperticia en Materia Laboral. La Experticia médico-legal como se sabe y como se ha visto, tiene una mayor profundización dentro del mundo Penal y dentro de lo Civil, pero esto no significa que ella no sea importante dentro del Mundo Laboral o que no posea trascendental en dicho ámbito. La Experticia como medio de prueba que es, se utiliza dentro del ámbito laboral con la finalidad y el objeto de demostrar con pruebas todos aquellos daños y perjuicios provocados dentro del trabajo, para demostrar todas aquellas incapacidades, de las cuales surgirán las respectivas indemnizaciones así como también se utiliza con la finalidad de Probar las enfermedades profesionales. Es por ello que la Experticia médico-legal también resalta dentro de un mundo Laboral el cual no está provisto de grandes situaciones que ameriten una prueba médico – legal, pero que dentro de ese pequeño rango de pruebas que se necesitan la Experticia como tal coadyuva a la solución y esclarecimiento de dicha situación.
  • 13.
    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA Importanciade la Experticia Médico Legal. Como se ha visto, es un medio probatorio de una especial importancia, tanto en el campo civil como en el penal; muchas veces la libertad y el honor de una persona dependen de una buena experticia. Según el Autor Nerio Rojas, el experto es algo más que un testigo y adquiere por su función un gran prestigio moral, de allí que una buena experticia debe ser realizada no sólo por quien tenga una preparación técnica sino también moral. Entonces, la importancia de la experticia señala que en las estadísticas, el 92% de los Abogados necesitan de testimonios médicos o de experticias, y sólo el 6% prescinde de ellos. Es importante destacar que la Importancia de la Experticia Médico Legal se encuentra intrínsicamente ligada a lo que se refiere a su Valoración por parte del Juez, ya que él mismo le confiere una gran valoración a la hora de dictar sentencia hablamos de que su presencia es fundamental, pero a su vez podemos encontrarnos en el caso en donde el Juez pueda colidir con dicha Experticia y no sea tomada en cuenta en el momento de dictaminar sentencia, allí nos encontraríamos con que ésta es menos importante.
  • 14.
    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA LaRelación de Causalidad. Se define como el Vínculo, ligamen o nexo que existe entre dos fenómenos y en virtud del cual uno asume o toma figura de efecto con respecto al otro; en consecuencia, la ubicación del Nexo Causal se refiere a las relaciones existentes entre una o más causas y un efecto. Normalmente, en Medicina Legal se trata de establecer si entre un antecedente lesivo o causa lesiva y un efecto dañoso existe una relación causa/efecto. Se sabe que todo evento siempre es precedido de varios antecedentes, de varias causas, pero entre ellas habrá una verdaderamente causal y las otras serán secundarias, que han concurrido en la producción del evento pero en menor cantidad. Por ejemplo: cuando un anciano que sufre un proceso crónico en las vías respiratorias, de repente, es golpeado por una corriente de aire frío que le produce una bronconeumonía. Importancia de la Relación de Causalidad en las Cuestiones Médico-Legales. La búsqueda de la demostración del Nexo de Causalidad adquiere en el campo médico-legal una particular importancia práctica, debido a que esta relación de causalidad viene a ser integrante de la configuración técnico – jurídica de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, de los actos delictivos, entre otros. En el campo del Derecho el uso del Nexo causal tiene otra finalidad, porque se trata de indagar sobre esos antecedentes causales o concausas para establecer la responsabilidad y determinar si del producto del hacer del hombre resulta perjudicado un interés jurídicamente tutelado. Por lo tanto, es necesario distinguir la causalidad en el campo médico – clínico de la causalidad en el campo médico – legal. Por ejemplo: cuando hay sospechas de muerte violenta el perito debe señalar las causas que productas de la muerte; una causa estrictamente médica es una hemorragia interna, pero una causa jurídica viene a ser los medios puestos en práctica por el hombre para producir el evento. Todo esto quiere decir, que La Relación de causalidad se considera vitalicia para la Experticia, ya que con ella se pueden conseguir la causa directa de lo que ocasionó el hecho respectivo y a su vez pudiendo así complementar a la experticia en sus funciones dentro del caso, como por ejemplo, esclarecer la situación.
  • 15.
    LA EXPERTICIALA EXPERTICIA PartePráctica de Dicho Trabajo. Se tiene la Visita a: Visita al Laboratorio de Criminalística, de la Delegación C.I.C.P.C YARACUY. Visita a la Fiscalía 13 del Estado Yaracuy, con Competencia exclusiva en violencia contra la Mujer. Visita a La Medicatura Forense del Estada Yaracuy Adscrita a la Delegación Yaracuy del C.I.C.P.C
  • 16.
    Fin de lapresentación