Este documento resume cuando nace el hecho imponible del IVA en diferentes tipos de transacciones comerciales según la ley argentina. Generalmente, el hecho imponible nace en el momento de la entrega del bien o servicio, la emisión de la factura, o el cobro del precio, el que ocurra primero. Sin embargo, hay excepciones para ventas de agua, gas y energía; productos primarios; honorarios judiciales; seguros; y otros casos específicos.