2. La actividad financiera es el conjunto de actos que realiza el
estado u otro ente público para obtener los ingresos y
realizar los gastos necesarios para alcanzar sus fines. Estos
son satisfacer las necesidades públicas.., y se da en dos
situaciones: la primera en que el Estado asume un papel
activo
3. Derecho financiero: es la rama del
derecho que regula la actividad financiera
del estado y de los entes públicos. Es la
disciplina que tiene por objeto el estudio
sistemático de las normas que regulan los
recursos económicos, que el estado y los
demás entes públicos pueden emplear
para el cumplimiento de sus fines.
4. El derecho financiero de regula un aspecto
de la realidad social, bien delimitado dicho
aspecto no es otro que la actividad
financiera.
El derecho financiero está constituido por un
conjunto de normas y relaciones
homogéneas.
El derecho financiero tiene unos principios
generales propias y peculiares inspiradores
de sus normas que viene dado por criterios
de justicia material.
5. Derecho tributario: es aquella parte del
derecho financiero que regula y disciplina los
tributos. Es aquella rama del derecho que
expone los principios y las normas relativas al
establecimiento y recaudación de los tributos, y
también analiza las relaciones jurídicas que de
ello resultan.
6. Al Derecho Tributario lo podemos conceptuar desde tres
puntos de vista:
Como parte del Derecho Financiero, en cuanto regula un
sector de las relaciones sociales provenientes del
fenómeno financiero de los ingresos denominados
tributos.
Como parte del Derecho Social, en cuanto que como
otras figuras del Derecho Social busca también la
realización de la justicia social, mediante la materialización
de la denominada justicia tributaria.
Como rama jurídica, lo definimos diciendo que estudia el
nacimiento, modificación y extinción de los tributos y en
consecuencia de la relación Jurídica Tributaria.