1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Ensayo
Alumna:
Yineska Mendez
C.I 27.328.629
07 de Julio de 2020
2. Derecho Financiero
El ordenamiento jurídico y la base de la legislación venezolana, es la
Constitución de 1999, es la norma superior del Ordenamiento jurídico, tiene
carácter vinculante y existen procedimientos específicos que garantizan su
supremacía en el caso de que se intente vulnerarla. Es toda disposición normativa
escrita, o en sentido estricto, como aquella disposición normativa emanada del
Poder legislativo, es una fuente de vital importancia para el Derecho Financiero y
particularmente en el Tributo. Una vez aprobados en nuestro país, pasan a formar
parte del ordenamiento interno, y tienen una capacidad de obligar superior a la de
las leyes, por ello que no podemos negar su importancia como fuente de derecho.
En este mismo orden de ideas, en la actualidad el Derecho Financiero
como rama del Derecho Público, es un conjunto de normas jurídicas que se ocupa
de ordenar los ingresos y los gastos públicos. Además, regula las relaciones entre
las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público
cuando éstos últimos actúan en ejercicios de sus legítimas potestades públicas es
decir, está íntimamente relacionado con una forma de relación entre personas o
entidades en lo que se refiere a sus actividades.
También puede definirse como una rama del Derecho Público que se ocupa de
ordenar los ingresos y los gastos públicos normalmente previstos en el
presupuesto general del Estado, encargándose de regular la
actividad financiera del estado y de los entes públicos. Lo anterior, propicia una
sana administración de los bienes del Estado y por ende, debe crear una armonía
económica que proteja el bienestar del pueblo, lo cual hoy en día dista mucho de
ese ideal.
Por otra parte, existen dos tipos de normas: a-Normas del Derecho Privado:
regulan las relaciones entre particulares ya sean personas físicas o personas
jurídicas. b- Normas del Derecho Público: regulan relaciones en las cuales alguna
de las partes es un ente público. La Administración no suele actuar como un
particular sino que posee unos privilegios o prerrogativas. En este sentido, el
Derecho Financiero como rama del Derecho Público, se encarga de organizar los
recursos económicos de la Hacienda del Estado y de los demás organismos
administrativos, regula los procedimientos de obtención y percepción de ingresos
y organización del gasto que tales Administraciones Públicas dedican a sus fines
(necesidades de la sociedad). En otras palabras, el derecho financiero, e consiste
en una serie de reglas jurídicas que se encargan de organizar los entradas
económicas y los consumos públicos, habitualmente pronosticados en el cálculo
monetario. .
En otro orden de ideas, en lo que respecta a su relación con otras ramas del
derecho se encuentra lo siguiente:
En primer lugar, se debe resaltar su relación con el Derecho Constitucional
antes que con otras ramas, ya que éste define, cuáles son los lineamientos o
principios generales que desarrollan las leyes de carácter financiero. Es por ello,
que toda acción que se desprenda del Derecho Financiero, debe estar en
3. concordancia con el ordenamiento jurídico establecido en la Constitución quien
regula las funciones y los órganos fundamentales del Estado.
En este sentido, una disposición de carácter general aprobada por el Poder
ejecutivo, que forma parte del Ordenamiento jurídico, tiene alcance general y es
por tanto fuente de derecho. Tiene siempre un rango inferior a la ley. La acción
financiera del Estado compone una serie de vinculaciones legales entre los
diferentes miembros públicos. Esta acción financiera del Estado causa
vinculaciones jurídicas entre el estado y los personales.
En segundo lugar, se relaciona con Derecho Internacional, en el sentido de
desarrollar las comunicaciones y la intensificación de las relaciones comerciales
han determinado la internacionalización de las finanzas, tanto públicas como
privadas. Ejemplo: El proceso de importación de rubros destinados a
comercializarse para satisfacer las necesidades del pueblo, se obtiene a través del
intercambio comercial. Así mismo, encontramos los diferentes Tratados
Internacionales, que son fuentes indirectas del Derecho Financiero, debido a que
una vez firmados y publicados pasan a formar parte del ordenamiento jurídico.
En tercer lugar, tenemos que se relaciona con el Derecho Tributario, ya que
éste tiene por finalidad el estudio de las normas legales, reglas y principios que
regulan las imposiciones tributarias. El Derecho tributario también conocido como
derecho fiscal, es una rama del derecho público, parte especial del derecho
financiero y que estudia el conjunto de normas jurídicas a través de las cuales el
estado regula su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares
ingresos que sirvan para ayudar al gasto público en aras de del bien común. 1 -El
derecho tributario es un conjunto de normas jurídicas regulan los tributos en sus
distintos aspectos. 2 -Es el conjunto de normas jurídicas que regulan el sistema
impositivo. En un estudio del Derecho Venezolano, encontramos que el Derecho
Público rige sobre todas las actividades que son responsabilidad y que por ende
son realizadas por el Estado, llevándolas a cabo siempre para el beneficio
mayoritario e igualitario de sus integrantes. De este modo podemos encontrar al
Derecho Tributario, dentro del derecho financiero como una rama del Derecho
Público. Por lo que, cuando se habla del derecho financiero se refiere más a la
ordenación jurídica y no tanto a la estadística económica del país.
En este orden, estudia la actividad financiera y el Derecho Tributario,
estaría dispuesto en dos grandes ramas, ingresos y gastos, ambos de carácter
público, y post clasificadas según la responsabilidad que cubra en cuanto a la
materia de su necesidad. La actividad financiera, en un grupo socialmente
organizado, consta de unos objetivos que cumplir; para estos se necesita obtener
de ingresos y realizar gastos para conseguirlo.
En el derecho, esta actividad tiene como objeto principal el conocimiento
de la actividad financiera que desarrolla el Estado a través de sus funciones
públicas territoriales siempre que las mismas cumplan con necesidades que
beneficien al interés social. En el mismo orden de ideas, la actividad financiera,
desde el punto de vista jurídico, está centrada en las perspectivas que la integran,
4. esto es, la obtención y el modo de los ingresos públicos de los cuales se dispone
para las obligaciones públicas del Estado o gastos públicos. De esta manera el
derecho viene a ocuparse del aspecto jurídico de estos sectores de vida estatal,
comenzando por el instrumento básico que es el presupuesto.
En relación a los recursos empleados para la obtención de estos ingresos
es también tema de estudio para el derecho financiero. Un importante aspecto son
los ingresos tributarios, donde principalmente destaca la figura de los impuestos
(renta y sociedades e IVA), tasas y contribuciones especiales. Todos estos son
recursos importantes para el ingreso económico.
En cuarto lugar, se relaciona con el Derecho Administrativo debido a la
identidad del sujeto de ambas disciplinas, la administración pública y la comunidad
de algunos conceptos lo cual coadyuva a la armonía y el buen uso de los recursos
con los que cuenta el Estado. Ejemplo de lo anterior es los trámites administrativos
que deben cumplir los diferentes Ministerios, para solicitar las diferentes partidas
para el funcionamiento, diversos pagos a los trabajadores, entre otros.
En quinto lugar, existe una relación directa con el Derecho Penal, en lo que
respecta a la violación de las leyes financieras y de las normas sobre el control
estatal de la actividad privada. Ejemplo de ello es la malversación de fondo que un
funcionario público puede hacer, valiéndose de su investidura, lo cual conlleva a
una acción penal como medida legal que proteja los bienes del Estado.
En sexto lugar, se relaciona Derecho Administrativo, Derecho Penal
Economía Política Por identidad del sujeto de ambas disciplinas, la administración
pública y la comunidad de algunos conceptos. El factor económico adquiere
importancia preponderante en la materia y el acto jurídico en que se concreta la
actividad financiera reposa en presupuestos cuyo análisis pertenece a esta rama.
En lo que se refiere a la autonomía del Derecho financiero, se tienen dos
posiciones: la primera sustentada por la escuela Administrativa clásica, que
sostiene que el Derecho financiero es parte del Derecho administrativo y por lo
tanto no tiene autonomía, debido a que su función es netamente administrativa,
concentrada en que el Estado obtenga los recursos necesarios.
Por otra parte, existe una segunda posición sustentada por los autores de la
teoría autonomista. Estos sustentan que los problemas jurídicos que se producen
de la actividad financiera del Estado se solucionan por medio su carácter unitario.
En este sentido, un estudio del Derecho Venezolano, encontramos que el Derecho
Público rige sobre todas las actividades que son responsabilidad y que por ende,
realizadas por el Estado, llevándolas a cabo siempre para el beneficio mayoritario
e igualitario de sus integrantes.
De este modo, encontramos al Derecho Tributario, dentro del derecho
financiero como una rama del Derecho Público, por lo que cuando se habla del
derecho financiero se refiere más a la ordenación jurídica y no tanto a la
estadística económica del país. Este orden que estudia la actividad financiera y el
Derecho Tributario, estaría dispuesto en dos grandes ramas, ingresos y gastos,
5. ambos de carácter público, y clasificadas según la responsabilidad que cubra en
cuanto a la materia de su necesidad.
En este orden de ideas, la actividad financiera, en un grupo socialmente
organizado, consta de unos objetivos que cumplir; para estos se necesita obtener
de ingresos y realizar gastos para conseguirlo. En el derecho, esta actividad tiene
como objeto principal el conocimiento de la actividad financiera que desarrolla el
Estado a través de sus funciones públicas territoriales siempre que las mismas
cumplan con necesidades que beneficien al interés social.
Por otra parte, la actividad financiera, desde el punto de vista jurídico, está
centrada en las perspectivas que la integran, esto es, la obtención y el modo de
los ingresos públicos de los cuales se dispone para las obligaciones públicas del
Estado o gastos públicos. De esta manera el derecho viene a ocuparse del
aspecto jurídico de estos sectores de vida estatal, comenzando por el instrumento
básico que es el presupuesto.
No obstante, los recursos empleados para la obtención de estos ingresos
es también tema de estudio para el derecho financiero. Un importante aspecto son
los ingresos tributarios, donde principalmente destaca la figura de los impuestos
(renta y sociedades e IVA), tasas y contribuciones especiales. Todos estos son
recursos importantes para el ingreso económico.
En suma, el Derecho Financiero constituye el ordenamiento jurídico que
propicia, ejecuta y regula, junto con otras ramas del derecho, la actividad
económica del Estado, estableciendo, obteniendo, manejando y erogando el gasto
público , para lograr el equilibro de los recursos con los que se cuenta.
Así mismo, el Derecho Tributario, como rama del Derecho Financiero y de
las Finanzas Públicas, regula toda la actividad financiera del Estado, indicando la
relación con los ingresos que obtiene el Estado a través de tributos, además de
ser la disciplina jurídica que analiza y estudia los principios y disposiciones de
carácter legal que regulan los tributos.