1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD “FERMIN TORO”
VICE-RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
SISTEMA DE APRENDIZAJE INTERACTIVO A DISTANCIA “SAIA”
Participante: Karen Ortega
C.I. Nro. V- 18.683.860
4to. Año Derecho
SAIA A SF 2019/A
Catedra: Derecho Tributario
Facilitadora: Prof. Abg. Emily Ramírez
Febrero, 2020
2. ENSAYO: EL DERECHO FINANCIERO
En su sentido tradicional el Derecho financiero aparece como la rama
de Derecho Público que se ocupa de la hacienda pública, es decir, se refiere
a los ingresos y egresos del Estado, en general a la administración de los
recursos económicos para satisfacer las necesidades sociales.
El derecho financiero es el conjunto de normas jurídicas que regulan la
actividad financiera del Estado en sus tres momentos a saber; en el
establecimiento de tributos y obtención de diversas clases de recursos en
gestión o manejo de los bienes patrimoniales, en la erogación de recursos para
los gastos públicos, así como las relaciones jurídicas que en el ejercicio de
dicha actividad se establecen entre los diversos órganos del Estado o entre
dichos órganos del Estado o entre dichos órganos y los particulares, ya sean
deudores o acreedores del Estado. También, dentro del Derecho Público muy
conectado al Derecho Financiero está el Derecho Tributario, que estudia las
normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con
el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar
el gasto público en áreas de la consecución del bien común.
Dentro del ordenamiento jurídico de los ingresos públicos se puede
acotar un sector correspondiente a los ingresos tributarios, que por su
importancia dentro de la actividad financiera del Estado establecidos por el
Derecho Financiero.
Este Derecho Tributario se diferencia porque regula los
procedimientos que se deben seguir para implementar tributos o gravámenes
(impuestos, derechos, sanciones económicas y contribuciones especiales) así
como también el manejo de la aplicación de estos, es decir se enfoca en la
manera de adquirir ingresos para la actividad pública mediante los impuestos
y otros tributos que establece el Estado, las regiones y los municipios para
3. recaudar ingresos que les permitan desarrollar su función pública como lo es
la de prestar servicios que generen bienestar a los ciudadanos que habitan en
su ámbito de actuación.
Uno de sus fines esenciales es el de definir las relaciones que
mantendrá con los contribuyentes y demás ciudadanos relacionados.
Los autores, han dividido el Derecho Financiero en tres ramas o grupos
de normas que guardan cierta similitud, con las tres fases en que se divide la
actividad financiera del Estado: La obtención (Derecho Fiscal), el manejo
(Derecho Presupuestario) y la erogación de los recursos del Estado (Derecho
Patrimonial), en cada una de ellas reguladas por estas diferentes ramas
Y tiene como principal objetivo, “evitar el abuso de los fondos públicos
a manos de los funcionarios de turnos y esto lo logra a través del
establecimiento de límites, controles y regulaciones al uso de esos capitales
que se consideran no pertenecientes a la persona que se encuentra
gobernando si no al aporte de todos los individuos que conforman la sociedad”
Y como fuentes: la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, como conjunto de normas dotadas generalmente de un rango
singular, que regulan la organización política del Estado, la competencia de
los diversos poderes y definen los derechos y deberes de los particulares. Está
en la cúspide del ordenamiento jurídico de las fuentes porque tiene un
procedimiento de elaboración complejo. La Constitución es una norma
suprema por lo que goza de la súper legalidad formal, esto es, que tiene un
procedimiento complejo de modificación o revisión, todas las normas inferiores
dependen de ella, además, una norma contraria a la Constitución no puede
ser aplicada. También tiene como fuente a la Ley, concebido como un acto
emanado del Poder Legislativo que crea situaciones jurídicas generales,
abstractas e impersonales, es la segunda fuente más importante o
preponderante en el Derecho Financiero y particularmente en el tributario.
4. En materia financiera se pueden distinguir tres categorías con respecto
a la ley:
a. Las leyes Orgánicas: son las que regulan la estructura o el
financiamiento de alguno de los órganos del Estado.
b. Las Leyes Reglamentarias: son las que desarrollan en detalle
algún precepto contenido en la constitución.
c. Las Leyes Ordinarias: que ocupan una jerarquía inferior, y que
son un simple resultado de una actividad del Congreso autorizada por
la Constitución.
Otra fuente son los Decretos-Ley, aquellos que el Presidente al asumir
temporalmente una potestad legislativa que en principio corresponde al
Congreso, ya sea durante estados de excepción o por expresa habilitación
jurídica. También los Tratados internacionales, que una vez aprobados en
nuestro país, pasan a formar parte del ordenamiento interno, y tienen una
capacidad de obligar superior a la de las leyes.
De manera que el Derecho Financiero, es aquella rama del derecho
público que organiza los recursos de la Hacienda, del Estado y de las restantes
entidades públicas, territoriales e institucionales, y que regula los
procedimientos de percepciones de los ingresos y ordenación de los gastos y
pagos que tales sujetos destinan al cumplimiento de sus fines, se ocupa de
ordenar los ingresos y los gastos públicos, normalmente previstos en el
presupuesto general del Estado, organiza los recursos constitutivos de la
Hacienda, del Estado y de las restantes entidades públicas, territoriales e
institucionales.
Es decir, los dos grandes apartados en que se descompone el
contenido del derecho financiero, son los ingresos y gastos públicos
ejecutados por el Derecho Tributario.
5. En cuanto a la autonomía del Derecho Financiero este goza de plena
autonomía, al tener una normativa legislativa, ya que tiene un códigoexistente,
el cual es un cuerpo de normas, que contiene principios generales que le
permiten calificarse como rama especial del derecho privado, tiene como
objeto de estudio la actividad financiera del Estado.
Por su fuente, se hace referencia al origen de normas, que regula toda
la materia como derecho especial, la amplitud de materias que trata lo hace
merecedor de un método propio que busca amplificar los conocimientos en la
materia. Mas como toda ciencia, disciplina guarda necesariamente relaciones
con otros Derechos como el Derecho Administrativo, Derecho Constitucional.
Derecho Tributario, el Derecho Patrimonial Público, el Derecho del Crédito
Público y el Derecho Presupuestal. De allí que existen corrientes, que
desdicen de su autonomía.