2. Significado del Derecho Romano
• Al usar la expresión Derecho Romano se pueden
indicar diversas acepciones.
• En un primer sentido esta expresión denota un
hecho histórico pasado, es decir, el conjunto de
normas jurídicas que regían al pueblo romano desde
su fundación hasta la caída del Imperio.
• Un segundo sentido identifica el Derecho Romano
con los libros en donde se contenía dicho orden
jurídico, es decir, el Corpus Iuris Civilis o Cuerpo de
Derecho Civil, recopilación de los libros jurídicos
romanos hecha en Constantinopla por orden del
emperador bizantino Justiniano en el siglo VI d. C.
• Por último, con esta expresión se puede designar
también la tradición jurídica que ha sobrevivido
después de la caída del Imperio romano de
occidente hasta nuestros días.
3. Etapas del Derecho Romano
• 1. Derecho antiguo o quiritario del 753 a. C al 450 a. C Se extiende a
lo largo de la Monarquía y principios de la República.
• 2. Derecho preclásico del 450 a. C al 130 a. C Se extiende hasta bien
entrada la República. Se inicia con la publicación de la Ley de las XII
Tablas (451 - 450 a. C).
• 3. Derecho clásico del 130 a. C al 230 d. C Se extiende desde finales
de la República hasta finales del Principado.
• 4. Derecho postclásico del 230 d. C al 527 d. C Se extiende a lo largo
del Dominado. Fuerte influencia del Cristianismo.
• 5. Derecho justinianeo del 527 d. C al 565 d. C Se extiende en el
Imperio de Oriente coincidiendo con el gobierno del Emperador
Justiniano. Importante trabajo recopilatorio realizado por Justiniano con
repercusión hasta la fecha de hoy.
4. Influencia del Derecho Romano
• El Derecho romano se considera un excelente medio de educación jurídica. Los grandes
jurisconsultos romanos, principalmente de la época clásica (entre el 130 a. C. y el 230 d. C.)
brillaron por su capacidad creadora de nuevas instituciones, con su plasmado pragmático sobre
el edicto pretorio, buscando siempre la consecución del ideal de justicia procedente de la filosofía
griega del suum cuique tribuere (dar a cada uno lo suyo). Leibniz los comparaba con los
matemáticos que aplicaban sus principios como fórmulas algebraicas. Asimismo, el Derecho
romano es indispensable para comprender la historia y literatura romanas, ya que los ciudadanos
romanos estaban iniciados para la práctica del Derecho y tenían una inclinación natural hacia su
estudio.
5. Influencia del
Derecho Romano
• El Derecho romano es la base e inspiración del derecho civil y comercial en
muchos países:
• La Common law estaba originalmente basada en el Derecho romano, antes de
convertirse en una tradición en sí misma en Inglaterra, de donde se expandió
hacia el Reino Unido (con excepción de Escocia), los Estados Unidos y gran
parte de las antiguas colonias británicas.
• En contraste, los llamados sistemas de derecho continental se encuentran
basados más directamente en el Derecho romano; el sistema legal de la
mayoría de los países en la Europa continental y Sudamérica caen en esta
categoría, a menudo a través del Código Napoleónico. Estos son
generalmente llamados sistemas latinos.
6. El Derecho Romano en la actualidad
• El Derecho privado de nuestro tiempo tiene
su antecedente remoto en este derecho,
donde se originaron casi todas las
instituciones existentes en la actualidad. En
Occidente, la estructura del derecho civil
todavía responde a directivas y criterios del
Derecho romano, con mayor intensidad en
los relacionados con la regulación de los
derechos patrimoniales, en especial las
obligaciones.
• No sucede lo mismo con el derecho de
familia, donde la influencia romana es mucho
menor, siendo reemplazada por algunas
valoraciones indicadas por la Iglesia
Católica. También posee poca influencia en
las ramas del derecho privado como el
derecho comercial, y prácticamente no
influye en el derecho penal ni en las demás
ramas del derecho público.
7. Conclusiones
• La expresión «Derecho romano» designa el ordenamiento jurídico que rigió a los ciudadanos de Roma y, con posterioridad, de
aquellos instalados en distintos sectores de su Imperio, en un espectro histórico cuyo punto de partida se sitúa a la par de la
fundación de Roma (753 a. C.) y que se extiende hasta mediados del siglo VI d. C., época en que tiene lugar la labor
compiladora del emperador Justiniano I el conocido desde el Renacimiento como Corpus Iuris Civilis.
• El redescubrimiento de los textos justinianos en época bajomedieval ha permitido a algunos autores hablar también de
«Derecho romano postclásico».
• Si bien la expresión «Derecho romano» hace referencia fundamentalmente al derecho privado, lo cierto es que otros aspectos,
tales como el derecho penal, el público, el administrativo, caben dentro de la denominación.
• En la actualidad, el Derecho romano es objeto de estudio de una disciplina jurídica internacional, la romanística, cuya sede son
las facultades de Derecho de todo el mundo. En virtud de este carácter internacional, el Derecho romano se cultiva en varios
idiomas, principalmente italiano («lingua franca» de la romanística), seguido por el alemán y el español. Hasta la mitad del siglo
XX hubo importantes contribuciones en francés, pero en la actualidad esta situación ha variado a la baja; el inglés es un idioma
de uso minoritario en el cultivo de la disciplina, aunque se acepta como idioma científico en la mayoría de las publicaciones. El
español se consolidó como idioma científico en esta disciplina a partir de la segunda mitad del siglo XX, gracias a la altura
científica que alcanzó la romanística española, comandada por Álvaro d'Ors y continuada por sus discípulos.