1. UNIVERSIDAD ´´FERMÍN TORO´´
VICERECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE INGENIERIA
ALUMNO:
Jonnathan Peréz
ING.Eléctrica
2. La higiene y la seguridad están
estrechamente ligadas a los aspectos
legales, ya que nos encontramos con
disposiciones existentes en la Constitución
de Venezuela, así como en tratados y
convenios internacionales.
Desarrollo en Venezuela:
La higiene y seguridad industrial se inició
en Venezuela, con la formulación de la
Ley de Minas en 1909. En 1928, se
promulga la primera ley del Trabajo
aunque la real legislación en prevención
de accidentes laborales se creó en el año
de 1936 con la formulación de la nueva
Ley de Trabajo y su respectivo
Reglamento. Para 1944, se crea la Ley del
Seguro Social Obligatorio (S.S.O), la cual
establecía para ese momento la
protección del trabajador asegurado.
3. Norma Venezolana COVENIN 187:1992* : Colores,
Símbolos y Dimensiones para Señales de Seguridad.
Norma Venezolana COVENIN 474:1997* : Registro,
Clasificación y Estadística de Lesiones de Trabajo.
Norma Venezolana COVENIN 1566:1980* :
Condiciones Mínimas de Seguridad para Trabajos
Ejecutados por Contrato.
Norma Venezolana COVENIN 1649:1996* :
Chimeneas y Ductos. Determinación de la
Ubicación y Número Mínimo de Puntos de
Muestreo.
4. Rige las situaciones y relaciones jurídicas
derivadas del trabajo como hecho social.
Artículo 1º. Esta Ley, tiene por objeto proteger al trabajo como
hecho social y garantizar los derechos de los trabajadores y de las
trabajadoras, creadores de la riqueza socialmente producida y
sujetos protagónicos de los procesos de educación y trabajo para
alcanzar los fines del Estado democrático y social de derecho y de
justicia, de conformidad con la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y el pensamiento del padre de la patria
Simón Bolívar.
La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social tiene
como objetivo crear un sistema de seguridad social,
regular el régimen de prestaciones sociales y hacer
valer el derecho de los trabajadores a la seguridad
social.(Gaceta oficial Nº 393.045 del 30 de Abril del
2012)
Artículo 2. El Estado, por medio del Sistema de Seguridad
Social, garantiza a las personas
comprendidas en el campo de aplicación de esta Ley, la
protección adecuada frente a las
contingencias y en las situaciones que se contemplan en la
misma.
5. Esta Ley también conocida por sus iniciales como LOPCYMAT, establece las
normas, lineamientos de las políticas, órganos y entes que garanticen a los
trabajadores condiciones seguras, salud y bienestar en un ambiente de
trabajo adecuado y propicio, regulando los deberes y derechos de
Trabajadores, trabajadoras y patronos, así como la prevención de
accidentes y en su ocurrencia los derechos de los trabajadores,
estableciendo las sanciones por el incumplimiento de las normativas.