Este documento presenta un análisis de un informe pericial contable judicial realizado en el expediente penal 183409-2007-00463. El informe evalúa una denuncia por delito económico entre demandante y demandados. El perito describe el objeto de la pericia, que incluye examinar documentación financiera y calcular la participación de utilidades adeudadas al demandante. Adicionalmente, identifica la normatividad técnica aplicada en el peritaje.
Análisis de informe pericial contable en caso de delito económico
1. Universidad Peruana los Andes
ANALICE UN EXPEDIENTE PENAL DE UN DELITO ECONOMICO Y UBIQUE LOS
PROCEDIMIENTOS PERICIALES ACTUADOS.
Expediente N° : 183409-2007-00463
Demandante : PIAZZE CONCHA RAMIRO
Demandado : EMPRESA MINERA LOS QUENUALES S.A.
J.R.C. INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.A.C.
Motivo : Utilidades
CURSO: Peritaje Contable Judicial
PROFESOR: CPC Manuel León Ruiz
CICLO: X
INTEGRANTES:
Córdova Ayala, Miguel antero
Peralta, Karina Noemí
Rodríguez Velasco Gisela
Iparraguirre Ruiz Dina
2. INDICE
PRESENTACION
INTRODUCCION
FASE I- ANALICE UN INFORME PERICIAL DE UN EXPEDIENTE EN MATERIA
PENAL CIVIL, DESCRIBA EL OBJETO DE LA PERICIA
Informe Pericial.
Designación del Perito.
Que supone el Dictamen Pericial para el Juez.
Como debe ser el Dictamen pericial.
Ratificación de informe en la vista Oral.
Relación entre el perito y el Abogado.
En casos se aportan un informe pericial contable o Económico- Financiero.
FASE II- EXAMINE LA FORMALIZACIÓN DE LA DENUNCIA FISCAL.
Antecedentes y Objeto del Informe.
Examen Pericial.
o Fuentes de información.
Fuentes de Información y Metodología
o Liquidación.
Cálculo de la participación de Utilidades de 2004 y 2005 a favor del demandante
Conclusiones
FASE III- IDENTIFIQUE LA NORMATIVIDAD TECNICA EN EL PERITAJE
Aplicación Pruebas de Cumplimiento.
Aplicación de Pruebas Analíticas.
Aplicación Pruebas Sustantivas.
Evaluación resultados y conclusiones
FASE III-ANEXOS DEL INFORME
[2]
3. FASE IV-CONCLUSIONES
PRESENTACION
En el ámbito del proceso penal, resulta en muchas ocasiones imprescindible la
aportación de informes periciales en diversos momentos y a distintos efectos; bien sea
acompañando a la querella, a efectos de justificar y acreditar los hechos constitutivos de
delito; durante la fase de instrucción, al objeto de esclarecer los hechos; o bien una vez
abierta la fase de juicio oral, como elemento de prueba de los hechos y cuantificación de
la condena.
En base a nuestra experiencia, en el ámbito económico financiero la prueba pericial
reviste especial relevancia cuando se están juzgando delitos de estafa, apropiación
indebida, delito fiscal, delitos societarios y falsedad en documento mercantil. En estos
casos el origen de la prueba está constituido por documentación bancaria, contable o
financiera, en algunas ocasiones estratégicamente combinados utilizando técnicas que
podrían calificarse de “ingeniería financiera”, cuyo adecuado entendimiento e
interpretación requieren en muchas ocasiones de conocimientos técnicos especializados
en materia económico-financiera.
En este sentido se pronuncian los responsables de áreas jurídicas y asesores legales
externos entrevistados en el contexto de dicho informe N° 76-11-PJ-MGA, Expediente
N°183409-2007-00463, ha sido elaborado por la C.P.C.Mariluz Garrafa Ayquipa
Perito Judicial del 9 Juzgado.
Efectuado el cálculo de la participación de utilidades del año 2004, de
acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Legislativos N° 892 y 774, con la información
exhibida por la demandada, considerando las remuneraciones percibidas del actor;
hay un reintegro en el año 2004 a favor del actor, ascendiendo al monto de S/. 90.39
nuevos soles.
[3]
4. INTRODUCCION
El Peritaje, también llamado peritación, es la acción de la pericia (Conocimiento, práctica
y habilidad en una ciencia, arte u oficio). Es el trabajo y resultado de la labor efectuada
por el perito (Persona que posee la pericia. Es el especialista, el experto en una
determinada rama del saber humano). Desde el punto de vista de la administración de
justicia, el peritaje contable es la labor que realiza el Contador Público Colegiado para
ayudar al juez en la evaluación de una prueba y pueda tomar decisión en una causa
determinada.
En este trabajo evaluativo, podemos apreciar que el Contador realiza la pericia a la
Municipalidad de PERENE de la provincia de Chanchamayo Región Junín, por tal motivo
se realiza el análisis con la finalidad de poder deslindar las responsabilidades por la
adquisición de maquinarias y habiéndose llevando a litigio se realiza la evaluación.
En tal sentido el perito contable del Perú, para cumplir con su trabajo cumple con las
fases operacionales que son; planear, organizar y supervisar el sistema de control de
calidad para la Pericia Contable Judicial, La cual se pudo determinar las deficiencias que
esta entidad tenía en la adquisición de maquinaria.
[4]
5. En tal sentido el peritaje contable judicial llega a su meta y cumple también como
informe pericial o prueba pericial o informe contable judicial.
El presente trabajo tiene como objetivo: el estudio y evaluación del control interno,
mediante el diseño de mapas y/o gráficos conceptuales que permitan de forma resumida
e entendible de aplicación a nuestra organización y/o empresa del tratamiento contable y
administrativo de las empresas.
FASE I: ANALICE UN INFORME PERICIAL DE UN EXPEDIENTE EN MATERIA
PENAL CIVIL, DESCRIBA EL OBJETO DE LA PERICIA
Dada la frecuencia de casos presentados en los que se ve la necesidad de Peritos en la
investigación y el esclarecimiento de hechos, se ve también la necesidad de buscar
Peritos expertos, los cuales deben garantizar idoneidad y prioridad para realizar la pericia
de manera precisa y concluyente.
En el presente caso se busca de que estos informes de Peritaje tengan una mejor visión,
juicio, comprensión y aprovechamiento de sus resultados, que los mismos sean más
evidentes, comprensibles y esclarecedores, de forma cualitativa y objetiva.
Se busca también que estos informes periciales estén a la altura de poder esclarecer de
manera amplia, desarrollada, profunda y suficiente con la probidad e idoneidad que
deben caracterizarse en todo momento, para que el juez tenga un elemento tan confiable
y honesto que al momento de poder tomar la decisión en la sentencia, ésta también sea
para la satisfacción, complacencia y conformidad de un juicio justo, equitativo e imparcial.
Se ha considerado un peritaje Contable de parte, relacionada a una denuncia penal por
delito de colusión desleal y en agravio de la Municipalidad, siendo el objeto de la pericia
efectuar aclaraciones sustentadas documentariamente, para desvirtuar imputaciones y/o
cargos formulados según lo señala un informe de auditoría, referido a la adquisición
irregular de vehículos y maquinaria pesada con presunta sobrevaloración en sus precios
de ventas.
1.1. EL INFORME PERICIAL
[5]
6. El Dictamen de Peritos es uno de los medios de prueba de mayor relevancia, y por ello
es frecuente su utilización para realizar un estudio en profundidad sobre hechos que
escapan a los conocimientos del Juzgador. Además aporta una mayor agilidad y rapidez
en los procesos judiciales.
Por regla general, son las partes las que designan a los peritos, y aportan sus
Dictámenes acompañando a los escritos de demanda o contestación. Además deberán
manifestar si se quiere que los peritos comparezcan en el juicio.
La aportación en los escritos iniciales permite identificar los intereses y pretensiones de
cada una de las partes. El problema es que a veces dos pruebas periciales sobre una
misma materia son muy contradictorias y eso dificulta la decisión judicial.
Es por ello que también puede ser el Juez quien, previa solicitud de las partes, designe a
los peritos, como consecuencia de las alegaciones complementarias formuladas por las
partes en la audiencia previa del juicio ordinario o en la vista al juicio verbal
1.2. DESIGNACION DEL PERITO
Hay opiniones a favor de la designación judicial del perito, por considerar que será más
imparcial. Sin embargo, hay que tener en cuenta que se trata de profesionales, con unos
conocimientos específicos que les permiten que un tribunal admita sus manifestaciones,
y que además están obligados a decir verdad bajo sanción penal, en el caso de incumplir
con sus deberes., por tanto no debería existir ninguna diferencia en el dictamen emitido
por el perito, tanto si es designado judicialmente como de parte.
Otra cosa es cuando el perito judicial se nombra para analizar los dictámenes periciales
presentados por ambas partes, y que resultan contradictorios, pues parece que existe un
ánimo judicial a considerar mas objetivas las pruebas del perito judicial.
En cualquier caso el perito tendrá que ratificar su informe y defenderlo sometiéndose a
las preguntas de la otra parte.
De manera que además de contar con sus conocimientos, debe ser capaz de expresarlos
bien en la sala.
[6]
7. 1.3. ¿QUE SUPONE EL DICTAMEN PERICIAL PARA EL JUEZ?
Un Juez no puede saber de todo, sin embargo un buen informe pericial puede ayudarle a
juzgar correctamente.
La prueba pericial económica, si está bien elaborada y se presenta de forma sólida, juega
un papel fundamental en los procedimientos judiciales. Es un elemento de decisión clave,
pues no hay que olvidar que en muchos casos el juzgador no conoce en profundidad la
materia que tiene que juzgar, y necesita el informe de un técnico que le pueda ayudar.
Los peritos en sus dictámenes, exponen opiniones profesionales pero que no son
vinculantes para el Juez, si bien constituyen un elemento importante, pues el resultado de
la prueba adquiere en muchos casos una importancia decisiva en el acto de emitir
sentencia, permitiendo al juzgador conocer exactamente lo que ha ocurrido.
Al experto le corresponde la apreciación del hecho, pero no debe sacar conclusiones
sobre el interés del litigio o sobre la culpabilidad del reo. Es el Juez quien decide no
obstante, hay ocasiones en las que el Juez pide al experto que concrete la existencia o
inexistencia de delito, de manera que el perito no emite un juicio sino que expone una
evidencia.
1.4. ¿COMO DEBE SER EL DICTAMEN PERICIAL?
La fuerza de un Dictamen Pericial reside en su mayor o menor fundamentación pero
además el Juez debe entender el Dictamen, de lo contrario será difícil que pueda juzgar
correctamente.
Puesto que el perito dictamina sobre hechos que habrán de ser luego apreciados por el
Juez, es importante que el lenguaje sea entendible, obviando tecnicismos propios de un
lenguaje especializado, de manera que la exposición resulte clara y con frases concisas
que ayuden a la comprensión de lo escrito.
Por tanto un buen informe se caracteriza por su claridad e inteligibilidad, y además de
una exposición lógica y coherente, debe tener una extensión adecuada. Debe tener una
presentación visiblemente agradable y el resumen debe ser conciso y detallado. Si un
informe es demasiado técnico, no será claro y por tanto será difícil de entender por
alguien ajeno a la materia. Lo mismo ocurre si es demasiado extenso o repetitivo.
[7]
8. Además, en el caso de las periciales contables y económico-financieras, puesto que
contienen cifras, resultará necesaria su exactitud aritmética. Siendo esa exactitud la que
reforzará el valor de la prueba.
Por último, es importante que la evidencia que obtenga el perito, no sea incompleta, para
lo cual deberá verificarse al cien por cien la documentación. De lo contrario solo
obtendremos un porcentaje de la veracidad de la prueba.
Los aspectos importantes de un buen informe podríamos resumirlos de la siguiente
manera:
El rigor técnico y profesional determinará la calidad del informe.
Entendimiento de las cuestiones económicas implícitas en el caso (el perito debe
comprender todas las cuestiones que le competen, pues si no es así, no podrá trasladar
a su informe, de modo convincente, los argumentos y conclusiones sobre los que se basa
la estrategia procesal)
Exhaustividad en el trabajo de campo (no siempre es necesario realizar un trabajo de
revisión de documentación de gran alcance, pero en los casos que si se requiere es
importante que se realice con rigor y de forma exhaustiva).
Capacidad para explicar el Dictamen al juzgador de forma convincente y clara.
De esta manera se conseguirá que las pruebas que aporte el Dictamen Pericial sean
concluyentes y evidentes.
1.5. RATIFICACION DEL INFORME EN LA VISTA ORAL
En la ratificación del informe es importante la imparcialidad y objetividad, la
profesionalidad en el dominio del tema, la claridad expositiva, que el lenguaje no sea
incomprensible por los tecnicismos empleados, la predisposición a aportar aclaraciones y
las exposiciones concisas y no muy extensas, con precisión en las respuestas y
seguridad en la exposición.
1.6. RELACION ENTRE EL PERITO Y EL ABOGADO
El abogado busca que las conclusiones del perito respalden su estrategia procesal.
[8]
9. Esto no debe confundirse con la pérdida de objetividad e independencia del perito, pues
es importante que las cuestiones que aborde el perito en su informe sean trasladadas
correctamente a los escritos de demanda o de contestación, sin que se produzcan
contradicciones entre la labor del perito y la del abogado. El perito no solo aporta un
informe, sino que puede asesorar o hacer sugerencias técnicas sobre el enfoque
económico del litigio.
1.7. ¿EN QUE CASOS SE APORTARA UN INFORME PERICIAL CONTABLE O
ECONOMICO-FINANCIERO?
Se precisará de una Pericial Contable o Económica siempre que se quiera demostrar un
daño económico por el incumplimiento de un contrato, y calcular una cantidad como
indemnización por dicho incumplimiento.
También será conveniente realizar la prueba pericial contable para esclarecer delitos de
enriquecimiento a costa de patrimonio ajeno (hurto, defraudaciones como la estafa o la
apropiación indebida, delitos societarios, delitos contra la Hacienda Pública y la
Seguridad Social se utilizará en el ámbito de la jurisdicción laboral, siendo de destacar
aquí la emisión de periciales para justificar los despidos objetivos por causas
económicas.
Tribunal Fiscal SUNAT
Contribuyente
Resolución
Reclamación
Recolección
Apelación
FASE II EXAMINE LA FORMALIZACIÓN DE LA DEDUNCIA FISCAL.
En el presente caso se ha efectuado un peritaje contable sobre un informe de auditoría
referido a cálculo de participaciones de utilidades correspondiente a la demandante, se
tuvo como fuentes de información las Declaraciones Juradas de Impuesto a la Renta
de 2004 y 2005, ejercicios en los cuales las empresas correspondientes-obtuvo
utilidades, procediéndose a efectuar el cálculo de la participaci6n de utilidades de los
trabajadores a distribuir de la siguiente manera, el Perito contable que elabora, llega a
la conclusión que debe ser debatida por la comisión auditora que llevo a cabo el examen
especial en el Municipio auditado, la cual emitirá un documento que será alcanzado al
juez para la respectiva sentencia.
[9]
10. INFORME PERICIAL N° 76-11-PJ-MGA.
Expediente N° : 183409-2007-00463
Demandante : PIAZZE CONCHA RAMIRO
Demandado : EMPRESA MINERA LOS QUENUALES S.A.
J.R.C. INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.A.C.
Motivo : Utilidades
[10]
11. SENOR JUEZ DEL 9º JUZGADO DE TRABAJO DE LIMA
Tengo a bien dirigirme a Ud. a fin de presentar a su consideración el
Informe Pericial Contable ordenado por su Despacho mediante Res. N° 28, de fecha
12.05.11.
1. ANTECEDENTES Y OBJETO DEL INFORME:
Según Resolución N° 28, se ordena informar lo siguiente:
Utilidades generadas por la empresa J.R.C. INGENIERIA Y
CONSTRUCCIONES S.A.C., y de ser el caso las correspondientes a la demandante
de los años 2004 y 2005 que reclama el actor.
2. EXAMEN PERICIAL
Para tal efecto, me constituí al domicilio de la demandada, sito en Av. Trinidad Moran
N° 1340 - Lince, a fin de efectuar las verificaciones de la documentación pertinente,
siendo atendida por el Sr. Javier Ricaldi Córdova - Gerente se Recursos Humanos,
quien me proporciono la información relativa a lo siguiente:
Libros de planillas del año 2004 hasta Octubre/2005.
Para el cálculo de la participación de utilidades se requirió lo siguiente:
- Total de días laborados por todos los trabajadores.
- Total de remuneraciones de todos los trabajadores.
- Declaraciones Juradas del año 2004 al 2005 de las empresas demandadas.
2.1 FUENTES DE INFORMACION Y METODOLOGIA:
DATOS DEL ACTOR:
Fecha de Ingreso : 15-09-2004
Fecha de cese : 15-10-2005
Condición : Empleado
Cargo : Ingeniero Junior
• Se adjunta cuadro de remuneraciones del actor del periodo
laborado.
2.1 FUENTES DE INFORMACION Y METODOLOGIA
Para la determinación de la participación de utilidades correspondiente a la
[11]
12. demandante, se tuvo como fuentes de información las Declaraciones Juradas de
Impuesto a la Renta de 2004 y 2005, ejercicios en los cuales las empresas
correspondientes-obtuvo utilidades, procediéndose a efectuar el cálculo de la
participaci6n de utilidades de los trabajadores a distribuir de la siguiente manera:
RENTA NETA O PÉRDIDA TRIBUTARIA
EJERCICIO ECONOMICO DE 2004 AL AÑO 2005
UTILIDAD 0 ADICIONES DEDUCCIONES MENOS RENTA NETA 0 PARTICIPAC.
PERDIDA ANTES PARA PARA (PERDIDA) PERDIDA UTILIDADES
ANO
DE IMPUESTOS DETERMINAR DETERMINAR LA TRIBUTARIA DE TRIBUTARIA DEL A
LA RENTA RENTA NETA ANOS EJERCICIO DISTRIBUIR
NETA ANTERIORES
2004 239,750 242,046 481,796 25,358
2005 2,261,375 419,612 (208,84) 2,472,103 121,041
La distribución de la participación de utilidades se distribuye de acuerdo a
lo dispuesto en el D.L. 892; mediante la distribución por parte de esta de un
porcentaje de la renta anual antes de impuestos. Dicho porcentaje se distribuye en la
forma siguiente: razón del 50% en proporción a los días laborados y 50 % en
proporción a las remuneraciones básicas percibidas, teniéndose en cuenta para el
cálculo respectivo los días laborados y remuneraciones percibidas que figuran en los
Cuadros.
2.2 LIQUIDACION
2.2.1 Cálculo de la participación de Utilidades de 2004 y 2005 a favor del
demandante
La empresa obtuvo Utilidad en los años 2004 y 2005; como se puede
verificar en las Declaraciones Juradas del Impuesto a la Renta adjuntos.
La participación de utilidades de la empresa en mención, por el año del
2004 que: se ha establecido en proporción a los días laborados y remuneraciones
básicas percibidas, conforme se aprecia en el anexo adjunto, del año 2005 no se
pudo verificar al no ubicar la hoja de Distribución de utilidades y no encontrarse los
libros de planillas de este año completos. Determinándose por tal concepto las
utilidades del año 2004.
3. CONCLUSIONES
De lo expuesto se desprende lo siguiente:
Efectuado el cálculo de la participación de utilidades del año 2004, de
acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Legislativos N° 892 y 774, con la información
[12]
13. exhibida por la demandada, considerando las remuneraciones percibidas del actor;
hay un reintegro en el año 2004 a favor del actor, ascendiendo al monto de S/. 90.39
nuevos soles.
Es cuanto informo a Ud. Señora Juez, para los fines
pertinentes. Lima, 20 de Julio del 2011.
CPC MARILÚ GARRAFA AYQUIPA
Perito Judicial del 9º Juzgado
FASE II: IDENTIFIQUE LA NORMATIVIDAD TECNICA EN EL PERITAJE
Del Contenido del Informe Pericial se aprecia que la Normatividad técnica aplicada en el
peritaje es la siguiente, implica el uso de la contabilidad documentos, declaraciones y
demás que la empresa ofrece como sustento de su declaración jurada presentada.
• D.S.Nº 083-2004-PCM Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado
• D.S.Nº 084-2004 Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del
Estado
[13]
14. • Ley Nº 27785 Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
General de la Republica
• Directiva Nº 011-2004-CG/GDPC, aprobada con Resolución de Contraloría Nº
131-2004-CG
• Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
• R.C. Nº 162-95 CG aprueba las Normas de Auditoria Gubernamental
• R.C. 012-2002-CG informe especial
• Técnicas de p’0eritaje Co9ntable (verificación de autenticidad de documentos
entre otras)
1) Efecto del Informe Pericial. Luego de concluir trabajo preliminar consiste
básicamente en la evaluación de los Estados Financieros.
Trabajo Evaluación de
Preliminar los EE.FF. Formulación
Concluye
Alcance
De las pruebas en las
partidas en los rubros
Estable los
equilibrios
Posibles
Inconsistencias
Reparos
Resultados
(Hallazgos
Señala Catas.
)
A Examinar
2) El alcance del examen en los Estados Financieros. Documento que señala las
cuentas a examinarse Estado de G. yuna evaluación preliminar de las partidas del
en base a P.
Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas.
Balance General
Alcance Establece Cedulas para
reclasificación
E de G P B. G.
[14]
n
15. A B
+
Documentos
Fuente
(Muestras)
ANALISIS DEL INFORME PERICIAL Nº 0076-11-PJ-MGA
1. INTRODUCCION
El Informe Pericial Nº 76-11-PJ-MGA emitido el 20 de julio del 2,011 con referencia al EXP Nº
183409-2007-00463 interpuesto por el Sr. PIAZZE CONCHA RAMIRO en contra de la
EMPRESA MINERA LOS QUENUALES S.A. ha determinado mediante el examen pericial
[15]
16. efectuado por el Perito Contable Judicial CPC MARILU GARRAFA AYQUIPA, teniendo como
objeto principal determinar los Beneficios Sociales, compensación por Tiempo de
Servicios, reintegro de remuneración, Vacaciones, Gratificaciones y utilidad
correspondientes a los periodos 2004 y 2005.
2. ANTECEDENTES
Tipo de orden: Escrita
Fecha: 20.07.2011
Instrucciones: Practicar el peritaje correspondiente para determinar los Beneficios Sociales,
compensación por Tiempo de Servicios, reintegro de remuneración, Vacaciones,
Gratificaciones y utilidad correspondientes a los periodos 2004 y 2005.
3. OBJETO DEL PERITAJE
Determinar Beneficios Sociales, compensación por Tiempo de Servicios, reintegro de
remuneración, Vacaciones, Gratificaciones y utilidad correspondientes a los periodos 2004 y
2005 por la Empresa J:R.C. INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SAC, y de ser el caso las
correspondientes a la demandante de los años 2004 y 2005 que reclama el actor.
4. EXAMEN PERICIAL
El perito se constituyó al domicilio de la demandada, sito en la Av. Trinidad Morán Nº 1340-
Lince, a fin de efectuar las verificaciones de la documentación pertinente, siendo atendido por
el Sr. Javier Ricaldi Córdova - Gerente de Recursos Humanos, quien le proporcionó la
información relativa a los siguientes:
1. Libros de planillas del año 2004 hasta Octubre 2005
Para el cálculo de la participación de Utilidades tomaron en cuenta lo siguiente:
- Total de días laborados por todo los trabajadores
- Total de remuneraciones de todo los trabajadores
- Declaración Juradas de al 2004 – 2005 de la empresa demandada
4.1. FUENTES DE INFORMACION Y METODOLOGIA
[16]
17. DATOS DEL ACTOR:
Fecha de Ingreso : 15/09/2004
Fecha de Cese : 15/10/2005
Condición : Empleado
Cargo : Ingeniero Junior
Para realizar el cálculo se ha verificado las planillas de remuneraciones del demandante,
donde se ha tomado en cuenta la fecha de inicio y fecha de cese laboral, de acuerdo a las
disposiciones y normas laborales.
Para la determinación de la participación de utilidades correspondiente a la demandante,
tuvieron como fuente de información las declaraciones Juradas del Impuesto a la Renta del
2004 y 2005, ejercicios en los cuales las empresas tuvieron utilidades, procedieron a efectuar
el cálculo de la participación de utilidades de los trabajadores a distribuir de acuerdo a lo
dispuesto en el DL. 892; mediante a la distribución por parte de esta de un porcentaje de la
renta anual antes del impuesto. Dicho porcentaje distribuye en la forma siguiente: razón del
50% en proporción a los días laborados y 50% en proporción a las remuneraciones básicas
percibidas, teniéndose en cuenta para el cálculo respectivo los días laborados y remunerados
y remuneraciones percibidas.
CONCLUSIONES
Efectuado el cálculo de la participación de utilidades del año 2004, de acuerdo
[17]
18. a lo dispuesto por los Decretos Legislativos N° 892 y 774, con la información
exhibida por la demandada, considerando las remuneraciones percibidas del
actor; hay un reintegro en el año 2004 a favor del actor, ascendiendo al monto
de S/. 90.39 nuevos soles.
La participación de utilidades de la empresa en mención, por el año del 2004
que: se ha establecido en proporción a los días laborados y remuneraciones
básicas percibidas, conforme se aprecia en el anexo adjunto, del año 2005 no
se pudo verificar al no ubicar la hoja de Distribución de utilidades y no
encontrarse los libros de planillas de este año completos. Determinándose por
tal concepto las utilidades del año 2004, es como sigue:
Las utilidades fueron reintegradas como corresponde al demandante.
Un sistema de control de calidad para la profesión del contador público es definido
como el conjunto de normas, políticas y procedimientos que asegure el
cumplimiento de las normas profesionales de acuerdo a estándares
internacionales.
Corresponde a los Comités de peritos y los organismos representativos de la
profesión contable del Perú: planear, organizar y supervisar el sistema de control
de calidad para la Pericia Contable Judicial para su Acreditación.
Capacitación, difusión, supervisión y acreditación de los revisores del control de
calidad del Peritaje Contable, de acuerdo a la normatividad aprobada por el
estado.
Solicitar, gestionar e incentivar a través de proyectos, la Convención de Peritos
Judiciales aprobar o desaprobar el funcionamiento de un órgano externo
especializado que ejercerán la función de revisión y evaluación del sistema de
Control de Calidad del Peritaje Contable, de tal forma, que se logre objetividad,
transparencia, confidencialidad y objetividad en las revisiones de control de
calidad que se practicarán a los informes periciales en el país.
El sistema de control de calidad deberá cubrir necesariamente todas las
responsabilidades que le corresponden al perito contable judicial. El alcance de la
revisión abarcará a los peritos de parte.
Así mismo, nosotros como estudiantes corresponde informarnos, con la finalidad
de poder ejecutar de acuerdo a la normatividad legal y técnica el peritaje de
cualquier empresa y/o institución ya sea de parte u oficio.
El presente informe pericial concluye con la determinación del cálculo Beneficios
Sociales, compensación por Tiempo de Servicios, reintegro de remuneración,
Vacaciones, Gratificaciones y utilidad correspondientes a los periodos 2004 y
2005. (el cual se observa en el informe adjunto).
Amparado por las respectivas normas legales es todo en cuanto se debe informar
al Juez, adjuntando anexos (procedimiento de cálculos)
BIBLIOGRAFIA
[18]
19. Por GUSTAVO A. AROCENA y FABIÁN I. BALCARCE
http://www.ciidpe.com.ar/area5/derecho%20penal%20economico%20procesal.GA
%20y%20FB.pdf
Enric Olcina - Socio responsable de KPMG Forensic en la oficina de Barcelona
y Dunia Florenciano - Directora de KPMG Forensic en la oficina de Barcelona
1
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convencionales»?”, en AA.VV., Delitos no convencionales, Julio B. J. Maier –
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Derecho penal” en AA.VV., El sistema integral del Derecho penal, traducción de
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[19]