El documento describe la relación entre el territorio y el estado. Define territorio como un área definida que puede ser considerada posesión de un estado. Explica que el territorio tiene dos funciones para el estado: establecer fronteras y límites, y proveer recursos y espacio para la población. Finalmente, se enfoca en la Constitución Política de México, la cual establece que el territorio nacional mexicano incluye las partes integrantes de la federación, islas, plataforma continental, aguas territoriales y espacio aéreo sobre el territ
2. Territorio
Se denomina territorio a una área definida (incluyendo tierras, aguas y espacio
aéreo) a menudo considerada posesión de una persona, organización, institución,
Estado o país.
Función del Territorio
El territorio tiene dos funciones:
Negativa: es una función negativa en virtud de que circunscribe las fronteras, los límites
de la actividad estatal y también a la actividad de los Estados extranjeros dentro del
territorio nacional.
Positiva: consiste en constituir el asiento físico de su población, la fuente fundamental
de los recursos naturales que la misma necesita y el espacio geográfico donde tiene vigor
el orden jurídico.
El Estado para realizar su misión y sus fines, tiene necesidad de un territorio, es
decir, de una porción determinada del suelo que le proporcione los medios
necesarios para satisfacer las necesidades de su población.
El Estado que pierde su territorio desaparece, pues ya no tiene espacio donde
hacer valer su poder.
3. CPEUM
En este tema, estudiaremos la relación que existe entre el territorio y el
estado, pero nos enfocaremos principalmente a lo que involucra a nuestro
país, al respecto, la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, en su Capítulo II, referente a las Partes Integrantes de la
Federación y del Territorio Nacional, nos menciona diferentes normativas que
tendremos que tomar en cuenta.
4. Artículo 42
El territorio nacional comprende:
I. El de las partes integrantes de la Federación;
II. El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes;
III. El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo situadas en el Océano
Pacifico;
IV. La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y
arrecifes;
V. Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el
derecho internacional y las marítimas interiores, y
VI. El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y
modalidades que establezca el propio derecho internacional.
5. Artículo 43
Las partes integrantes de la
Federación son los Estados
de Aguascalientes, Baja
California, Baja California
Sur, Campeche, Coahuila,
Colima, Chiapas, Chihuahua,
Durango, Guanajuato,
Guerrero, Hidalgo, Jalisco,
México, Michoacán, Morelos,
Nayarit, Nuevo León,
Oaxaca, Puebla, Querétaro,
Quintana Roo, San Luis
Potosí, Sinaloa, Sonora,
Tabasco, Tamaulipas,
Tlaxcala, Veracruz, Yucatán,
Zacatecas y el Distrito
Federal.
6. Artículo 44
El Distrito Federal se compondrá del territorio que actualmente tiene, y en el
caso de que los Poderes Federales se trasladen a otro lugar, se erigirá en
Estado del Valle de México, con los limites y extensión que le asigne el
Congreso General.
7. Artículo 45
Los Estados de la Federación conservan la extensión y límites que hasta hoy
han tenido, siempre que no haya dificultad en cuanto a estos.
8. Artículo 46
Los Estados pueden arreglar entre si, por convenios amistosos, sus respectivos
límites; pero no se llevarán a efecto esos arreglos sin la aprobación del
Congreso de la Unión.
9. Artículo 47
El Estado de Nayarit tendrá la extensión territorial y límites que comprende
actualmente el territorio de Tepic.
10. Artículo 48
Las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacentes que pertenezcan al
territorio nacional, la plataforma continental, los zócalos submarinos de las
islas, de los cayos y arrecifes, los mares territoriales, las aguas marítimas
interiores y el espacio situado sobre el territorio nacional, dependerán
directamente del gobierno de la Federación, con excepción de aquellas islas
sobre las que hasta la fecha hayan ejercido jurisdicción los Estados.
11. Referencia bibliográfica
Calzada Patrón, Feliciano (1990), El territorio en la constitución mexicana, en
el derecho constitucional. pp. 376 - 390, México, D.F. Harla