2. -Supuestos jurídicos y consecuencias de Derecho
DEFINICIÓN DE SUPUESTO JURÍDICO
Hipótesis normativa cuya realización produce consecuencias de
derecho
3. ELEMENTOS
VOLUNTAD: Es la que los contratantes emitan una
declaración de voluntad para celebrar el acto, esto es que
pongan de acuerdo, que haya un concierto de voluntades,
a esto en derecho se le llama consentimiento
OBJETO: Los juristas indican tres acepciones para la palabra
objeto:
1 El objeto directo del contrato, que es el de crear o transferir
derechos y obligaciones
2 El objeto indirecto del contrato que es el objeto de las
obligaciones engendradas por él, y que puede consistir en
dar, hacer o no hacer.
3 La cosa misma y que se da.
SOLEMNIDAD: La importancia social y económica de ciertos
actos impone la necesidad de celebrarlos con determinados
ritos que son condición de su existencia.
4. Consecuencias jurídicas
Las consecuencias que dan origen a la
reproducción del supuesto pueden consistir en
el nacimiento, la transmisión, la modificación, o
la extinción de facultades y obligaciones..
6. Ley de causalidad natural y Ley de causalidad jurídica
LEY DE LA CAUSALIDAD NATURAL:
Establece Que si A es B será, es decir a
determinadas causas corresponden
determinados efectos necesarios. El
enlace entre causa y efecto es
absolutamente necesario e indefectible
7. Similitud
LEY DE CAUSALIDAD
NATURAL
En la Ley de
causalidad natural,
Si cambio la causa,
como resultado
modifico el efecto
LEY DE CAUSALIDAD
JURIDICA
En la ley de
causalidad
jurídica, Si cambio
el supuesto, como
resultado modifico
la consecuencia
jurídica.”
8. Diferencia
LEY DE CAUSALIDAD
NATURAL
El primero alude a
un nexo necesario
entre fenómenos
LEY DE CAUSALIDAD
JURIDICA
Se refiere al enlace
normativo de una
hipótesis y una o
varias
consecuencias de
derecho
9. EJEMPLOS
La física enseña que si metemos un cuerpo a
la influencia del calor. AUMENTARA DE
VOLUMEN.
EL CODIGO CIVIL FEDERAL prescribe también
hipotéticamente que si alguien describe un
tesoro en terreno ajeno tendrá derecho a la
mitad del tesoro y estará obligado a
entregar el resto al dueño
10. Critica a la tesis de Fritz Scheirer
Fritz Scheirer dice:
“En la Ley de causalidad natural, Si cambio la causa,
como resultado modifico el efecto… En la ley de
causalidad jurídica, Si cambio el supuesto, como
resultado modifico la consecuencia jurídica.”
Fritz se equivoco en la ley de causalidad jurídica por
que no tomó en cuenta que ésta estriba en los
valores, por ello existe cierta variabilidad en el
supuesto pero no necesariamente en las
consecuencias, es decir, los cambios en el supuesto
no necesariamente alteran o recaen en la
consecuencia jurídica o viceversa; todo es cuestión
de lo que diga el legislador.
11. Clasificación de los supuestos jurídicos según
el maestro Eduardo García Máynez
SIMPLES: Constituyen una sola hipótesis
Ejemplo: mayoría de edad o muerte de las
personas
COMPLEJOS: Dos o mas supuestos simples
Ejemplo: el homicidio calificado
12. DEPENDIENTES:
Aquellos con relación vale la ley y que solo
pueden existir como parte de un todo
INDEPENDIENTES:
Provocan consecuencias de derecho por si
mismos
13.
14.
15. Hechos jurídicos y actos jurídicos
HECHOS JURIDICOS: Acciones con
consecuencias jurídicas Se denominan
Naturales, ya que se generan
espontáneamente, no por la voluntad humana.
Ejemplo: Muerte (testamento y la herencia)
ACTOS JURIDICOS: Acciones con consecuencias
jurídicas por la voluntad humana. (alevosía y
ventaja)
Ejemplos: La comisión de un delito, La firma de
un contrato, El otorgamiento del consentimiento
matrimonial