1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior.
Universidad Bicentenaria de Aragua.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
San Joaquin-Turmero
EL DOCUMENTO PRIVADO EN EL PROCESO CIVIL VENEZOLANO CUANDO ES
PRESENTADO FUERA DE LAPSO.
INTEGRANTES:
Chirino Nakeily c.i 17.578.871
2.
3. Fuente de prueba pre constituida.Fuente de prueba pre constituida.
4.
5. Determinar el valor probatorio de los documentos privados en elDeterminar el valor probatorio de los documentos privados en el
proceso civil venezolano presentados fuera del lapso.proceso civil venezolano presentados fuera del lapso.
Estudiar el marco teórico aplicable a los documentos privadosEstudiar el marco teórico aplicable a los documentos privados
Conocer los procedimientos que se utilizan para darle valorConocer los procedimientos que se utilizan para darle valor
probatorio a losprobatorio a los
documentos privados.documentos privados.
Explicar el criterio jurisprudencial de valoración del documentoExplicar el criterio jurisprudencial de valoración del documento
privadoprivado
como medio de prueba en el proceso civil venezolanocomo medio de prueba en el proceso civil venezolano
6. JUSTIFICACIÓNJUSTIFICACIÓN
Acuerdos de voluntades loAcuerdos de voluntades lo
hacen confiando en lahacen confiando en la
buena febuena fe
Desconoce la firma o laDesconoce la firma o la
veracidad del mismoveracidad del mismo
En muchas ocasiones sonEn muchas ocasiones son
lesionados los derechos,lesionados los derechos,
por negligencia de quienpor negligencia de quien
asiste al afectadoasiste al afectado
7. MARCO TEORICOMARCO TEORICO
REFERENCIAL:REFERENCIAL:
PRUEBAPRUEBA
MEDIOS DE PRUEBASMEDIOS DE PRUEBAS
LIBERTAD PROBATORIALIBERTAD PROBATORIA
DOCUMENTO DESDEDOCUMENTO DESDE
EL PUNTO DE VISTA JURÍDICOEL PUNTO DE VISTA JURÍDICO
Documento
Público.
Documentos
Privados
BASAMENTO LEGALBASAMENTO LEGAL
Documento Público.Documento Público.
Documentos PrivadosDocumentos Privados
Artículo 1.357 C.CArtículo 1.357 C.C
Artículo 1.356.Artículo 1.356. La prueba por escrito resulta de unLa prueba por escrito resulta de un
instrumento público o de un instrumento privadoinstrumento público o de un instrumento privado
Artículo 1.363. C.CArtículo 1.363. C.C
Artículo 1.364. C.CArtículo 1.364. C.C
Artículo 444. CPCArtículo 444. CPC
Artículo 1.380 C.CArtículo 1.380 C.C
8.
9. CONCLUSIONESCONCLUSIONES
La prueba, como base fundamental del derecho probatorio, no escapa deLa prueba, como base fundamental del derecho probatorio, no escapa de
ser susceptible de cambios y revisiones, es allí donde los medios deser susceptible de cambios y revisiones, es allí donde los medios de
prueba que la originan vienen a demostrar que es necesario estudiarloprueba que la originan vienen a demostrar que es necesario estudiarlo
para que en el proceso se lleven a cabo las acciones adecuadas a cadapara que en el proceso se lleven a cabo las acciones adecuadas a cada
hecho en particular. De allí que los medios de prueba contemplados enhecho en particular. De allí que los medios de prueba contemplados en
el derecho venezolano, permitan adecuarse cada día a las situacionesel derecho venezolano, permitan adecuarse cada día a las situaciones
que se presentan.que se presentan.
Es por ello que después de realizar un estudio exhaustivo de los mediosEs por ello que después de realizar un estudio exhaustivo de los medios
de prueba y específicamente el documento privado, se determinó quede prueba y específicamente el documento privado, se determinó que
existen una serie de recursos de los cuales se resguarda el ciudadanoexisten una serie de recursos de los cuales se resguarda el ciudadano
para así hacer valer sus derechos y lograr el reconocimiento de unpara así hacer valer sus derechos y lograr el reconocimiento de un
documento privado, y que a su vez este sea valorado a la hora de serdocumento privado, y que a su vez este sea valorado a la hora de ser
requerido en un proceso civil, mas sin embargo, cuando estos sonrequerido en un proceso civil, mas sin embargo, cuando estos son
presentados fuera del lapso, no tienen ningún valor, solo a través delpresentados fuera del lapso, no tienen ningún valor, solo a través del
último recurso como es la casación, donde se puede solicitar la admisiónúltimo recurso como es la casación, donde se puede solicitar la admisión
del mismo por ser parte fundamental para la resolución del litigio, paradel mismo por ser parte fundamental para la resolución del litigio, para
lo cual el juez tendrá la última decisiónlo cual el juez tendrá la última decisión..
10. RECOMENDACIONES:RECOMENDACIONES:
En primer lugar se recomienda a la Asamblea Nacional a travEn primer lugar se recomienda a la Asamblea Nacional a travéés de su cuerpos de su cuerpo
Legislativo adecuar el CLegislativo adecuar el Cóódigo Civil y Cdigo Civil y Cóódigo de Procedimiento Civil a la realidaddigo de Procedimiento Civil a la realidad
tanto social como jurtanto social como juríídica que se vive en Venezueladica que se vive en Venezuela
A los jueces se exhorta para que al momento de recibir las pruebas debenA los jueces se exhorta para que al momento de recibir las pruebas deben
hacer una valoracihacer una valoracióón de acuerdo a su experiencia, lo que le permitirn de acuerdo a su experiencia, lo que le permitiráá hacerhacer
comparaciones que puedan sercomparaciones que puedan ser úútiles para que la prueba pueda ser admitida lotiles para que la prueba pueda ser admitida lo
que permitirque permitiráá que se realicen futuras modificaciones y adecuaciones acordesque se realicen futuras modificaciones y adecuaciones acordes
con el tiempo y la realidad social y jurcon el tiempo y la realidad social y juríídica.dica.
Los profesionales del derecho antes de introducir la prueba deben saber cLos profesionales del derecho antes de introducir la prueba deben saber cóómomo
va ser valorada, dentro de los tva ser valorada, dentro de los téérminos legales lo que evitarrminos legales lo que evitaríía dilacionesa dilaciones
innecesarias en el proceso y al mismo tiempo quedarinnecesarias en el proceso y al mismo tiempo quedaríía demostrado su habilidada demostrado su habilidad
y profesionalismo en el proceso.y profesionalismo en el proceso.
A las universidades se les recomienda formar equipos de trabajo con laA las universidades se les recomienda formar equipos de trabajo con la
finalidad de intercambiar informacifinalidad de intercambiar informacióón sobre las necesidades que existen den sobre las necesidades que existen de
revisar las leyes, crevisar las leyes, cóódigos para la necesaria adecuacidigos para la necesaria adecuacióón de las normas en lasn de las normas en las
diferentes materias legales y adaptarlas a los constantes cambios socialesdiferentes materias legales y adaptarlas a los constantes cambios sociales