2. DEFINICIÓN
Se entiende por Ingeniería toda aplicación de
las ciencias físicas, químicas y matemáticas;
de la técnica industrial y en general, del
ingenio humano, a la utilización e invención
sobre la materia.
3. Desempeño de actividades tales como:
a) Los
estudios, planeación, diseño, cálculo, programación, asesoría, con
sultoría, interventoría, construcción, mantenimiento y
administración de construcción de edificios y viviendas de toda
índole, de
puentes, presas, muelles, canales, puertos, carreteras, vías
urbanas y
rurales, aeropuertos, ferrocarriles, teleféricos, acueductos, alcantar
illados, riegos, drenajes y pavimentos;
oleoductos, gasoductos, poliductos y en general líneas de
conducción y transporte de hidrocarburos; líneas de transmisión
eléctrica y en general todas aquellas obras de infraestructura para
el servicio de la comunidad.
EJERCICIO DE LA INGENIERÍA
4. b) Los estudios, proyectos, diseños y procesos industriales, textiles,
electromecánicos, termoeléctricos, energéticos, mecánicos, eléctricos,
electrónicos, de sistemas, teleinformáticas, agroindustriales,
agronómicos, agrícolas, agrológicos, de alimentos, agrometereológicos,
ambientales, geofísicos, forestales, químicos, metalúrgicos, mineros, de
petróleos, geológicos, geodésicos, geográficos, topográficos e
hidrológicos.
c) La planeación del transporte aéreo, terrestre y náutico.
EJERCICIO DE LA INGENIERÍA
5. ENSEÑANZA DE LA INGENIERÍA.
Se ajustan los programas de las facultades de Ingeniería a lo consignado en
la ley?
La respuesta no es favorable, pues en la mayoría de las Facultades de
Ingeniería Civil, por ejemplo, se han desmontado como obligatorias, materias
tan importantes como Puentes, Ferrocarriles, Plantas de
Tratamiento, Puertos, Aeropuertos.
Se sacrificaron materias importantes para darle cabida a la informática, pero
se bajó la intensidad horaria.
Adicional a lo anterior, en la mayoría de Facultades de Ingeniería hay un
pobre énfasis en la formación Administrativa.
Es necesario emprender una revisión de currículos para proponer a las
Facultades de Ingeniería.
6. CONTENIDO DE LA LEY DEL EJERCICIO
PROFESIONAL
La ley 842 del 2003, que rige el ejercicio profesional de la ingeniería contiene un total de 78
artículos. Que aunque establecen deberes y algunas prohibiciones, no establece los derechos
de los profesionales de la ingeniería.
Los primeros Cuatro artículos contienen las definiciones.
Los Seis siguientes establecen requisitos y procedimientos para la obtención de la matricula
profesional.
El artículo 12 define la EXPERIENCIA profesional.
El artículo siguiente establece reglas para posesión en cargos públicos y suscripción de
contratos.
Los Nueve artículos posteriores definen y tratan el ejercicio ilegal de la profesión.
Dos artículos limitan y reglamentan el ejercicio de los Ingenieros extranjeros.
Cuatro artículos establecen la organización del Consejo profesional.
Treinta y dos artículos tratan del régimen disciplinario y/o sanciones.
7. JUECES DE LOS INGENIEROS
A nivel regional la composición de los Consejos está definida en la
mencionada Ley de la siguiente manera:
1. El Gobernador, quien podrá delegar
en el Secretario de obras públicas.
2. El Secretario de Planeación o su
delegado.
3. El secretario de Educación o su
delegado.
4. El Rector o Decano de una Facultad
de Ingeniería.
5. El Presidente de una asociación
gremial.
8. Tal como está la ley, quienes integran los Consejos
Profesionales Regionales no siempre son Ingenieros y
cuando existe tal representación, esta es minoritaria, con
el consiguiente perjuicio que ello conlleva, pues quienes
juzgan en primera instancia, para conocer las faltas
disciplinarias de los Ingenieros, no tienen la idoneidad ni
el conocimiento para determinar la culpabilidad o la
gravedad de la falta.
JUECES DE LOS INGENIEROS
9. REGISTRO DE PROFESIONALES.
73.935
52.026
47.962
21.609
7.324
Ingenieros civiles
Ingenieros de Sistemas
Ingenieros Industriales
Ingenieros Agrónomos
Ingenieros Ambientales
Según la Dirección del COPNIA, desde 1.939 se han expedido 380.182 matriculas
profesionales, de las cuales se han entregado principalmente a:
11. PROFESIONALES EXTRANJEROS
Una de las funciones del COPNIA es otorgar permisos
temporales a Ingenieros extranjeros, para ejercer la
ingeniería en nuestro País.
Es realmente laxa nuestra normatividad y en los dos últimos
años la avalancha de colegas foráneos ha sido
importante, pero tal como está concebida la ley, el problema
para ejercer la carrera en Colombia es de un simple trámite.
12. NACIONALIDAD CANTIDAD
ALEMANA 8
ARGENTINA 60
AUSTRALIANA 9
AUSTRIACA 1
AZERBAIJAN 1
BELGA 2
BOLIVIANA 17
BRASILEÑA 88
BRITANICA 17
CANADIENSE 12
CHILENA 108
CHINA 28
COREANA 3
COSTARRICENSE 4
CROATA 1
CUBANA 10
ECUATORIANA 51
ESPAÑOLA 193
ESTAUDINENSE 71
FRANCESA 37
GHANA 1
HOLANDESA 4
HONDUREÑA 4
INDIA 82
IRANI 2
IRLANDESA 3
ISRAELI 2
ITALANA 38
JAPONESA 1
KENIATA 1
KOREANA 1
MALAYA 1
MEXICANA 139
NEOZELANDESA 1
NICARAGUENSE 3
NIGERIANA 2
NORUEGA 1
PAKISTANI 1
PANAMEÑA 9
PERUANA 86
POLACA 1
PORTUGUESA 7
RUMANA 1
RUSA 3
SALVADOREÑA 18
SANTA LUCIA 1
SUDAFRICANA 5
SUECA 1
SUIZA 1
TRINIDAD Y
TOBAGO 4
TRINITARIA 1
TURCA 2
URUGUAYA 3
VENEZOLANA 404
TOTAL 1.555
NACIONALIDADES DE PERMISOS TEMPORALES OTORGADOS A EXTRANJEROS
PARA EJERCER LA INGENIERÍA EN EL PAÍS ENERO A DICIEMBRE 2.012
13. NACIONALIDAD CANTIDAD
ALEMANA 1
ARGENTINA 26
AUSTRALIANA 7
BELGA 4
BOLIVIANA 8
BRASILEÑA 33
BRITANICA 9
CANADIENSE 6
CHECA 1
CHILENA 43
CHINA 13
COREANA 2
COSTARRICENSE 1
CUBANA 8
ECUATORIANA 20
ESPAÑOLA 114
ESTAUDINENSE 57
FRANCESA 10
GUATEMALTECA 3
HOLANDESA 2
HONDUREÑA 1
INDIA 28
IRANI 0
IRLANDESA 2
ISRAELI 0
ITALANA 21
JAPONESA 0
KENIATA 0
KOREANA 10
MALAYA 0
MEXICANA 61
NEOZELANDESA 1
NICARAGUENSE 1
NIGERIANA 0
NORUEGA 0
PAKISTANI 0
PANAMEÑA 2
PERUANA 28
POLACA 0
PORTUGUESA 2
RUMANA 1
RUSA 1
SALVADOREÑA 2
SANTA LUCIA 0
SUDAFRICANA 2
SUECA 0
SUIZA 0
TRINIDAD Y TOBAGO 0
TRINITARIA 0
TURCA 0
URUGUAYA 2
VENEZOLANA 155
TOTAL 688
NACIONALIDADES DE PERMISOS TEMPORALES
OTORGADOS A EXTRANJEROS PARA EJERCER LA
INGENIERÍA EN EL PAÍS ENERO A MAYO 2.013
14. PERMISOS OTORGADOS A EXTRANJEROS PARA EJERCER
TEMPORALMENTE LA INGENIERÍA EN EL PAÍS
01/01/2012 A 24/05/2013
PROFESIÓN CANTIDAD
ANALISTA DE SISTEMAS 3
ARQUITECTO TÉCNICO 1
INGENIERÍA INDUSTRIAL 3
INGENIERO 7
INGENIERO AGRÓNOMO 4
INGENIERO CIVIL 58
INGENIERO CIVIL DE INDUSTRIAS 2
INGENIERO CIVIL INDUSTRIAL 4
INGENIERO COMERCIAL 10
ING. COMERCIAL CON MENCIÓN ADMÓN. 3
INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS 34
INGENIERO DE COMPUTACIÓN 3
INGENIERO DE CONTROL 2
INGENIERO DE EJECUCIÓN EN COMPUTACIÓN 2
INGENIERO DE MINAS 6
INGENIERO DE PRODUCCIÓN 3
INGENIERO DE SISTEMAS 23
INGENIERO EN CIENCIAS DE LA COMPUTACIÓN 3
INGENIERO EN COMPUTACIÓN 6
INGENIERO EN CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS 1
INGENIERO EN INFORMÁTICA 10
INGENIERO EN MECATRÓNICA 7
INGENIERO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS 2
INGENIERO EN SISTEMAS COMPUTACIONALES 3
INGENIERO EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN 3
INGENIERO FH 1
INGENIERO GEOFÍSICO 7
INGENIERO GEÓLOGO 22
INGENIERO HÍDRICO 48
INGENIERO INDUSTRIAL Y DE SISTEMAS 7
INGENIERO TÉCNICO EN TOPOGRAFÍA 9
15. PERMISOS OTORGADOS A EXTRANJEROS PARA EJERCER
TEMPORALMENTE LA INGENIERÍA EN EL PAÍS
01/01/2012 A 24/05/2013
Licenciado en aplicaciones informáticas 4
Licenciado en ciencias 12
Licenciado en computación 5
Licenciado en física 2
Licenciado en informática 2
Licenciado en ingeniería 2
Licenciado en ingeniería civil 4
Licenciado en tecnología de la información 3
Maestro de obra 130
Tecnólogos 12
Técnicos 52
17. Cada una de las anteriores actividades tiene su procedimiento de estimar el valor
del trabajo, pero es altamente conveniente que la norma que reglamenta el
ejercicio profesional, establezca las normativas que permitan calcular de una
manera sencilla el valor de los trabajos que se efectúan en el ejercicio de la
profesión.
Para el caso de la construcción es de
conocimiento y aceptación mayoritaria
que el mejor sistema para
reconocer, liquidar y pagar los trabajos
es la utilización de los Precios Unitarios.
Solo cuando existe unidades similares
de construcción, por ejemplo viviendas
de interés social, estas se puedan pagar
por unidad.
Construcción
EJERCICIO PROFESIONAL
18. La interventoría no debe estar en función de la cantidad de obra que
ejecute el Constructor sino en función, única y exclusivamente, del
tiempo y dedicación de los profesionales adscritos al proyecto y el valor
de los costos reembolsables. Afectando los dos primeros conceptos por
el correspondiente factor multiplicador y agregando el valor de los
costos reembolsables, se obtiene finalmente el valor de este trabajo.
Una de las Sociedades Correspondientes de la SCI, contrató la
elaboración de un trabajo que tuviera como objeto entre otros el cálculo
del factor multiplicador, utilizado en Colombia, teniendo en cuenta la
legislación de nuestro País.
Dado que este factor tiene mucho que ver con la dimensión de la
empresa consultora, fue necesario hacer una investigación entre
empresas pequeñas, medianas y grandes que se dedican a esa labor.
Finalmente para efectos prácticos, se promediaron tales valores.
19. CALCULO DEL FACTOR MULTIPLICADOR
ITEM DESCRIPCION %
A SALARIO BASICO (Nómina Total) 100,000
B
PRESTACIONES SOCIALES
Cesantía 8,333
Intereses de Cesantía 1,000
Prima 8,333
Vacaciones 5,680
SEGURIDAD SOCIAL
Seguridad Social (Salud) 8,500
Seguridad Social (pensión) 12,000
Aseguradora de Riesgos Profesionales 6,960
Subsidio Familiar 4,000
OTROS
ICBF 3,000
SENA 2,000
Caja de Compensación
Fondo de solidaridad Pensional
Subsidio de Transporte (permisos, bonif., seguros,
etc. 0,460
Bonificaciones
Dotación 0,600
Incapacidades no cubiertas por EPS
(calamidades)
Prima Extralegal
Indemnizaciones
Auxilios varios
Seguros de ley
Otros
TOTAL B 60,866
20. C
COSTOS OFICINA DEL CONSULTOR
Sistematizaciòn administración
Costos capital de trabajo
Comunicaciones
Pólizas de seguros
Seguro de vida
Depreciaciòn instalaciones y equipos de oficina
Asesorías legales Perm. (responsabilidad civil, penal, laboral)
Honorarios
TOTAL C 49,270
D
COSTOS DE PERFECCIONAMIENTOS (IMPUESTOS Y PÓLIZAS)
Publicaciòn en el Diario Oficial 0,200
Retefuente 2,858
ReteICA 1,429
Estampilla 2,858
Póliza de calidad 0,531
Póliza de cumplimiento 0,995
Póliza de salarios y prestaciones sociales 2,653
Otros descuentos
Legalización contratos
TOTAL D 11,524
E IMPREVISTOS 3% 6,714
F HONORARIOS (UTILIDADES) 12% de (A+B+C+D) 26,599
FACTOR MULTIPLICADOR 2,550
21. DIGNIFICACIÓN DEL EJERCICIO PROFESIONAL
Es abismal la diferencia que en política
de salarios se presenta entre los
profesionales de la Ingeniería y los
profesionales de otras disciplinas.
Existen empresas del orden público y
privado que remuneran con BAJÍSIMOS
salarios a los profesionales recién
egresados.
Con la derogación de la Resolución 0747
de 14.990, expedida por el Ministerio de
Transporte, quedó a la deriva la escala de
remuneración a los profesionales que
participan en los proyectos del Estado.
Aunque no era la forma ideal de asignar
sueldos a los profesionales, era una
herramienta que permitía tener un
indicador para su contratación y la
preparación de ofertas de consultoría.
22. DIGNIFICACIÓN DEL EJERCICIO PROFESIONAL
TARIFAS PERSONAL PROFESIONAL
Tabla de tarifas vigentes a 2012, según resolución 747 de 1998 del
Ministerio de Transporte
CATEGORÍA Cargos Categoría Profesionales
Experiencia
Salarios
General Específica
Categoría 1
Funciones del Director o Especialista de
Proyectos
>= 12 años >= 10 años 8.730.000
Categoría 2
Funciones del Director o Especialista de
Proyectos
>= 10 años >= 8 años 6.653.000
Categoría 3
Experiencia técnica y administrativa para
Especialista de Proyectos
>= 8 años >= 5 años 5.614.000
Categoría 4
Experiencia técnica y administrativa para
Especialista de Proyectos
>= 6 años >= 4 años 4.781.000
Categoría 5
Experiencia técnica y administrativa para
Especialista de Proyectos
>= 4 años >= 3 años 4.311.000
Categoría 6 Profesional >= 3 años >= 1 años 3.845.000
Categoría 7 Profesional >= 2 años 2.907.000
Categoría 8 Profesional < 2 años 2.743.000
24. LA LABOR DEL COPNIA
Siendo la misión del Copnia
controlar y vigilar el ejercicio
de la Ingeniería, sus
profesiones afines y auxiliares,
a través de la expedición del
registro profesional respectivo
y que actúa como tribunal de
ética de acuerdo con los
parámetros establecidos en la
ley, para proteger a la
sociedad del riesgo que
conlleva el eventual mal
ejercicio de las profesiones
encomendadas”, no se
entiende como el Consejo no
tiene entre sus funciones, con
la información que posee,
intentar responder los
interrogantes que desde hace
mucho años intentamos
conocer:
Cuantos Ingenieros
realmente somos?
Cuál es el número
de Ingenieros por
especialidad?
Donde están?
Que hacen?
Cuantos
desempleados
hay?
25. Eventos bochornosos ocurridos en el pasado reciente, donde se tipificaron varios delitos y se
estigmatizó la Ingeniería por culpa de “comerciantes” de la construcción, la mayoría de ellos
sin título de Ingeniero, demostraron la necesidad de contar con una norma exigente que
prohíba el ejercicio profesional a este tipo de personajes, pero también exista un organismo
que vigile y controle al detalle estas patologías del ejercicio.
Cuantas matriculas se han anulado, después de conocer el drama de
los carruseles de la contratación?
Por todo lo anterior es importante que
reflexionemos sobre lo que se debe
proponer para cambiar y mejorar lo que
actualmente existe como organismo de
control del ejercicio profesional.
Conclusiones
26. Propuesta
La nueva reglamentación debe
contener una norma que regule una
digna escala de salarios en función
de la capacitación y la experiencia.
Igualmente debe existir un tope
(tres SLMLV) que prohíba pagar
salarios a los profesionales de la
Ingeniería, por debajo del mismo.
Debe exigirse en todos
los proyectos, que por
cada frente de trabajo,
deba existir un Ingeniero
Residente y su respectivo
Ingeniero Auxiliar.
Porque no también
pensar, así como el
gobierno propone el tema
del primer empleo, idear
el mecanismo del primer
contrato?
27. Propuesta
La ley que reglamenta el ejercicio
de la profesión debe ser integral
Debe contener
OBLIGACIONES, DEBERES
, PROHIBECIONES Y
DERECHOS
Los INGENIEROS
debemos ser investigados
por INGENIEROS
Esta abierta la discusión.
28. EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA INGENIERÍA
MUCHAS GRACIAS
Ing. Luis Orlando Muñoz Muñoz
Medellín - agosto 23 de 2013