Este documento presenta un código de ética para ingenieros mecánicos. El código contiene 10 principios que guían el comportamiento ético de los ingenieros, incluyendo poner la seguridad pública como máxima prioridad, ofrecer opiniones objetivas, evitar conflictos de intereses, y promover el honor y dignidad de la profesión. También prohíbe revelar información confidencial sin autorización, someter a clientes a métodos no aprobados, o dañar el medio ambiente. El código busca fortalecer una
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Código de ética del Ingeniero
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL FRANCISCO DE MIRANDA
COMPLEJO ACADÉMICO “EL SABINO”
ÁREA DE TECNOLOGÍA
AUTORES:
•ARGENIS LINAREZ
•JORGE SEGOVIA
•EDUARDO NUÑÉZ
•MICAEL JIMENEZ
2. • Realizar diseños o desarrollar
soluciones tecnológicas a necesidades
sociales, industriales o económicas.
3. 1. El ingeniero deberá de tener en alta prioridad la seguridad, la salud, y bienestar del
público cuando ejecute sus funciones de ingeniero.
2. El ingeniero dará opiniones y dictámenes de una manera objetiva y veraz.
3. El ingeniero actuará, en asuntos profesionales para cada empleador o cliente, como
un agente o encargado fiel, y evitará conflicto de intereses.
4. El ingeniero desarrollará su reputación profesional a través de los méritos de su
servicios, y no competirá de manera ventajosa con otros.
5. El ingeniero continuará su desarrollo profesional a través de educación continua a
lo largo de su profesión, y proveerá con oportunidades de desarrollo profesional a
aquellos ingenieros bajo su supervisión.
4. 6. Todo Ingeniero, debe guiar, apoyar y promover el honor y dignidad de la profesión
de Ingeniero Mecánico en armonía con las normas más elevadas de la ética en
función del ejercicio de su profesión.
7. Deberá interesarse en el bienestar común y aplicar sus conocimientos profesionales
para beneficio de la humanidad en general día a día.
8. El Ingeniero Mecánico deberá proteger su profesión, colectiva o individualmente,
de falsas representaciones, informando al Colegio de Ingenieros Mecánicos de las
personas que se atribuyan el carácter de profesionistas sin tener título legal.
9. Evitará dañar directa o indirectamente la reputación y ejercicio profesional de otro
ingeniero; pero si considera que un ingeniero es culpable de manejos inmorales o
ilegales, presentará la información al Colegio de Ingenieros.
10. Deberá ser mesurado y modesto al hacer explicaciones de su trabajo o al referirse a
sus méritos; mantendrá siempre el honor y dignidad de su profesión.
5. (X) Atentar contra la reputación o los legítimos
intereses de otros profesionales, o intentar
atribuir injustificadamente la comisión de errores
profesionales a otros colegas.
(X) Revelar datos reservados de índole técnico,
financiero o profesionales, así como divulgar sin la
debida autorización, procedimientos, procesos o
características de equipos protegido por patentes o
contratos que establezcan las obligaciones de guardas de
secreto profesional.
(X) Someter a su cliente o a su empleador a la
aplicación de materiales o métodos en
experimentación, sin su previo y total conocimiento
y aprobación o recomendarle servicios no
necesarios.
(X) Intervenir directa o indirectamente en la
destrucción de los recursos naturales u omitir la acción
correspondiente para evitar la producción de hechos
que contribuyen al deterioro ambiental.
(√) Hacer uso de sus conocimientos y habilidades
para mejorar el bienestar humano.
(√) Apoyar las sociedades profesionales y técnicas
de sus respectivas disciplinas.
(√) Otorgar sus servicios profesionales sin
importarle la posición social, creencias, sexo, edad,
raza, credo, religión o preferencia política de la
sociedad a la que entrega sus servicios.
(X) Firmar inconsultamente planos elaborados
por otros y hacerse responsable de proyectos o
trabajos que no están bajo su inmediata dirección,
revisión o supervisión.
(√) Abstenerse de la emisión de juicios,
públicamente, adversos sobre la actuación de
algún colega, señalando errores profesionales en
que presuntamente haya incurrido, a no ser de que
ello sea indispensable por razones ineludibles de
interés general.
(√) Actuar de manera imparcial, cuando por las
funciones de su cargo publico o privado, sean
responsables de fijar, preparar o evaluar pliegos de
condiciones de licitaciones o concursos.
6. Los códigos de ética permiten fortalecer una cultura ética y de
servicio, para alimentar un diálogo reflexivo sobre unos ideales
de convivencia, integración, inclusión, participación, solidaridad
y democracia, avanzando hacia la construcción del bien común
logrando priorizar los principios y valores que aplicados
conllevan la humanización diversos aspectos sociales.