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UNIVERSIDAD CATOLICA DE SALTA FACULTAD ESCUELA DE NEGOCIOS CARRERAS: T. U. G. COMERCIO EXTERIOR LIC. COMERCIO INTERNACIONAL
DERECHO APLICADO AL COMERCIO EXTERIOR I (DERECHO COMERCIAL) PROFESOR ADJUNTO MSc. Dr. DIEGO EMILIANO VILLAZON PROFESORA INVITADA Dra. Pamela Feccia Contacto (Dr. Villazón):  profesoremilianovillazon@gmail.com Estudio: Alsina 886
UNIDAD IV DERECHO CONCURSAL
CONCURSOS PREVENTIVOS
ESTADO DE CESACIÓN DE PAGOS 	IMPOTENCIA DEL PATRIMONIO DEL DEUDOR PARA CUMPLIR SUS OBLIGACIONESEXIGIBLES No es lo mismo que: ILIQUIDÉZ DIFERENCIA Pasivo /Activo INCUMPLIMIENTO (que es un hecho)
CARACTERÍSTICAS PERMANENCIA + GENERALIDAD = ESTADO DE CESACIÓN DE PAGOS
HECHOS REVELADORES 1) Reconocimiento judicial o extrajudicial del mismo, efectuado por el deudor 2) Mora en el cumplimiento de una obligación 3) Ocultación o ausencia del deudor o de los administradores de la sociedad, en su caso, sin dejar representante con facultades y medios suficientes para cumplir sus obligaciones 4) Clausura de la sede de la administración o del establecimiento donde el deudor desarrolle su actividad 5) Venta a precio vil, ocultación o entrega de bienes en pago 6) Revocación judicial de actos realizados en fraude de los acreedores 7) Cualquier medio ruinoso o fraudulento empleado para obtener recursos
SUJETOS INCLUÍDOS PERSONAS FÍSICAS: (comerciantes o no) Capaces Incapaces (x 1/2 de representantes) Inhabilitados (x 1/2 de representantes)
SUJETOS INCLUÍDOS PERSONAS JURÍDICAS: (privadas y sociedades con participación estatal), incluyendo: Sociedades de Hecho, Sociedades civiles, Asociaciones, fundaciones y cooperativas, Sociedades en estado de liquidación, Sindicatos con personería gremial, Mutuales, Entidades deportivas (si son Asociaciones civiles). Ejs: Racing Club, Belgrano de Córdoba, Talleres de Córdoba, Ferrocarril Oeste
SUPUESTOS ESPECIALES Patrimonio del fallecido, mientras se mantenga separado del patrimonio de sucesores Los deudores domiciliados en el extranjero respecto de bienes existentes en el país
SUJETOS EXCLUÍDOS ,[object Object]
Administración pública,
Iglesia Católica,
Bancos, Entidades financieras (se aplica la ley de entidades financieras),
ART,
Entidades aseguradoras,
AFJP,,[object Object]
COLECTIVIDAD: acreedores anteriores a solicitud de apertura del concurso / quiebra quedan sometidos
IGUALDAD: acreedores quirografarios soportan pérdidas equitativamente, a prorrata, en proporción a sus créditos. Quedan excluidos los privilegiados. (El pasivo obligado a arreglar es el de los quirografarios. Si el acuerdo no se da, fracasa el concurso.)
OFICIOSIDAD: juez debe actuar de oficio
INQUISITORIEDAD: juez puede requerir al concursado las informaciones que considere necesarias,[object Object]
REQUISITOS SUSTANCIALES (quiénes lo solicitan) ,[object Object]
PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL: el representante legal o apoderado con poder especial. La decisión la toma el órgano de administración correspondiente, de acuerdo con el tipo de sociedad. (Directorio -SA, Gerencia -SRL). Dentro de 30 días de presentada la solicitud deberá acompañarse al juzgado constancia de la resolución de continuar el trámite (ratificación), adoptada por el órgano de gobierno, asamblea o reunión de socios. Si no se cumple se tiene por desistido el trámite
INCAPACES O INHABILITADOS: representante legal. Dentro de 30 días de presentada solicitud, se debe presentar a la ratificación x juez civil de la incapacidad o inhabilitación. Si no se da por desistido el tramite
PATRIMONIO DE PERSONAS FALLECIDAS: Siempre que el patrimonio se encuentre separado del de los herederos, cualquiera de ellos esta legitimado para solicitar la apertura. Si hubiere varios herederos y la presentación la hace uno solo, se debe ratificar a los 30 días por los demás. Si no ratifican se da por desistido el tramite,[object Object]
REQUISITOS FORMALES (cómo lo solicitan art. 11) 3) Acompañar estado detallado y valorado del activo y pasivo actualizado a la fecha de presentación, con indicación precisa de su composición, normas seguidas para valuación, ubicación, estado y gravámenes de los bienes y demás datos necesarios para conocer el patrimonio. Este estado de situación patrimonial debe ser acompañado de dictamen suscripto por CPN 	4) Acompañar copia de balances u otros estados contables exigidos al deudor por disposiciones legales que rijan su actividad, o bien los previstos en sus estatutos o realizados voluntariamente por el concursado, correspondientes a los 3 últimos ejercicios. En su caso, se deben agregar las memorias y los informes del órgano fiscalizador
REQUISITOS FORMALES (cómo lo solicitan art. 11) 	5) Acompañar nómina de acreedores, con indicación de: domicilios, montos de créditos, causas, vencimientos, codeudores, fiadores o terceros obligados o responsables y privilegios. Asimismo, acompañar legajo por cada acreedor, en el cual conste copia de la documentación sustentatoria de la deuda denunciada, con dictámen de CPN sobre la correspondencia existente entre la denuncia del deudor y sus registros contables o documentación existente y la inexistencia de otros acreedores. Agregar detalle de procesos judiciales o administrativos patrimoniales en trámite o condena no cumplida, precisando radicación 	6) Enumerar libros de comercio y de otra naturaleza que lleve el deudor, con expresión de último folio utilizado, en cada caso, y ponerlos a disposición del juez, junto con la documentación respectiva 	7) Denunciar la existencia de un concurso anterior y justificar, en su caso, que no se encuentra dentro del período de inhibición que establece el artículo 59, o el desistimiento del concurso si lo hubiere habido
RECHAZO SOLICITUD (juez tiene 5 d. p/rechazar o apertura) 	Razones para rechazar solicitud: ,[object Object]
Deudor está en período de inhibición
Incumplimiento de requisitos formales
Incompetencia del juez Esta resolución es apelable (5 d.)
APERTURA DEL CONCURSO (5 d. p/rechazar o apertura) 		Si acepta (apertura) la solicitud, dicta: “RESOLUCIÓN JUDICIAL”
RESOLUCIÓN JUDICIAL 	1) Declaración de apertura del concurso preventivo, expresando el nombre del concursado y, en su caso, el de socios con responsabilidad ilimitada 	2) Designación de audiencia para sorteo de síndico 	3) Fijación de fecha hasta la cual acreedores deben presentar pedidos de verificación al síndico - que debe estar comprendida entre 15 y 20 días, contados desde día en que se estime concluirá publicación de edictos - 	4) La orden de publicar edictos en la forma prevista por los artículos 27 y 28, la designación de los diarios respectivos y, en su caso, la disposición de las rogatorias, necesarias
RESOLUCIÓN JUDICIAL 	5) Determinación de plazo no superior a 3 d., para que deudor presente libros que lleve referidos a su situación económica, en el lugar que el juez fije dentro de su jurisdicción, con el objeto de que el secretario coloque nota datada a continuación del último asiento, y proceda a cerrar los espacios en blanco 	6) Orden de anotar la apertura del concurso en el Registro de Concursos y en los demás, que corresponda, requiriéndose informe sobre la existencia de otros anteriores 	7) Inhibición general para disponer y gravar bienes registrables del deudor y, de socios ilimitadamente responsables, debiendo ser anotadas en los registros pertinentes 	8) Intimación al deudor para que deposite judicialmente, dentro de 3 d. de notificada la resolución, el importe que el juez estime necesario para abonar los gastos de correspondencia
RESOLUCIÓN JUDICIAL 	9) Fechas en que síndico presentará informes individual y general 	10) Fijación de audiencia informativa que se realizará con 5 d. de anticipación al vencimiento del plazo de exclusividad 	11) Correr vista al síndico por 10 d., computables a partir de aceptación del cargo, a fin de que se pronuncie sobre: 	a) Los pasivos laborales denunciados por el deudor; 	b) Previa auditoria en documentación legal y contable, informe sobre la existencia de otros créditos laborales comprendidos en el pronto pago; 	c) Situación futura de trabajadores en relación de dependencia ante suspensión del convenio colectivo ordenada por el artículo 20 	12) Síndico deberá emitir informe mensual sobre evolución de empresa, si existen fondos líquidos disponibles y cumplimiento de normas legales y fiscales
EFECTOS de la RESOLUCIÓN de apertura 		Si acepta (apertura) la solicitud, dicta: “RESOLUCIÓN JUDICIAL” Que tiene “06 EFECTOS” sobre: 5- REMATES 6- VIAJES AL EXTERIOR 3- CONTRATOS 4- JUICIOS 1- ADMINISTRACIÓN 2- INTERESES
EFECTOS (1- administración) 1)Concursado conserva administración de patrimonio bajo vigilancia del síndico 2) ACTOS PROHIBIDOS: Actos a título gratuito o que importen alterar situación de acreedores 3) PRONTO PAGO DE CRÉDITOS LABORALES: Dentro de 10 días de emitido informe del síndico sobre estos créditos, Juez autorizará pago de remuneraciones debidas, indemnizaciones por accidentes de trabajo o enfermedades laborales
EFECTOS (1- administración)  4) ACTOS SUJETOS A AUTORIZACIÓN JUDICIAL: relacionados con bienes registrables; disposición o locación de fondos de comercio; los emisión de debentures con garantía especial o flotante; emisión de obligaciones negociables con garantía especial o flotante; constitución de prenda; que excedan administración ordinaria de su giro comercial Autorización se tramita con audiencia del síndico y del comité de acreedores; para su otorgamiento el juez ha de ponderar la conveniencia para la continuación de las actividades del concursado y la protección de los intereses de los acreedores
EFECTOS (2- intereses) DEUDAS ANTERIORES A PRESENTACIÓN “CRISTALIZAN” (DEJAN DE PRODUCIR INTERESES), SALVO: que sean garantizadas con hipoteca o prenda (no “cristalizan” = producen intereses)
EFECTOS (3- contratos) 1)EN CURSO DE EJECUCIÓN CON PRESTACIONES RECÍPROCAS PENDIENTES: Deudor tiene 30 d. para optar (previa vista al síndico y autorización del juez) por continuarlos Vencido el plazo, si no opta, el 3º cocontratante puede: Exigir cumplimiento, considerando obligación de plazo vencido (753 CC) Resolver el contrato
EFECTOS (3- contratos y convenios colectivos) 2)CONVENIOS COLECTIVOS VIGENTES: Se suspenden por 3 años (máx.) Relaciones laborales se rigen por LCT (20.744) y contratos individuales Se crea “Convenio colectivo de crisis” x igual plazo (3 a.)
EFECTOS (3- contratos y servicios públicos) 3)SERVICIOS PÚBLICOS (prestados al concursado): No se suspenden si son por deudas anteriores a la presentación en concurso
EFECTOS (4- juicios) 1)JUICIOS DE CONTENIDO PATRIMONIAL (por causa anterior a la presentación): Suspensión + fuero de atracción concursal, salvo: Expropiación Relaciones de familia Ejecuciones de gtías. reales Laborales y de conocimiento en trámite Ver clases Casos en que concursado sea parte de litisconsorcio pasivo necesario Ver continuación
CLASES DE PROCESOS 1) DE CONOCIMIENTO ORDINARIO SUMARIO SUMARÍSIMO / VERBAL 	2) DE EJECUCIÓN EJECUCIÓN DE SENTENCIAS JUICIO EJECUTIVO EJECUCIONES ESPECIALES 	3) PROCESOS ESPECIALES INTERDICTOS / ACCIONES POSESORIAS DECLARACIÓN DE INCAPACIDAD E INHABILIT. ALIMENTOS  / LITIS EXPENSAS RENDICIÓN DE CUENTAS MENSURA / DESLINDE DIVISIÓN DE COSAS COMUNES DESALOJO ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD Y NULIDAD CONFLICTO DE PODERES ADQUISICIÓN DEL DOMINIO POR USUCAPIÓN 	4) PROCESOS UNIVERSALES PROCESO CONCURSAL PROCESO SUCESORIO	 	5) PROCESOS ARBITRALES JUICIO ARBITRAL JJICIO DE AMIGABLES COMPONEDORES JUICIO PERICIAL (DIF. PRUEBA DE PERITOS)
PROCESOS DE CONOCIMIENTO 	 1) ORDINARIO TODOS LOS QUE NO SEAN SUMARIO / SUMARÍSIMO 2) SUMARIO PROCESO DE CONOCIMIENTO DE JUSTICIA DE PAZ LETRADA PAGO X CONSIGNACIÓN DIVISIÓN DE CONDOMINIO CUESTIONES ENTRE COPROPIETARIOS COBRO DE ALQUILERES DE MUEBLES COBRO X MEDIANERÍA OBLIGACIÓN DE ENTREGAR ESCRITURA EN COMPRAVENTA INMUEBLES CUESTIONES DE RESTRICCIÓN / LÍMITES AL DOMINIO OBLIGACIÓN DE DAR COSAS MUEBLES CIERTAS  Y DETERMINADAS SUSPENSIÓN PATRIA POTESTAD / TUTORES / CURADORES PEDIDO DE FIJACIÓN PLAZO PARA CUMPLIR OBLIGACIÓN DAÑOS Y PERJUICIOS X DELITO / CUASIDELITO CANCELACIÓN HIPOTECA / PRENDA RESTITUCIÓN COSA MUEBLE ENTREGADA X COMODATO DEMANDAS X JUICIO EJECUTIVO EN CASO DE FRACASO DE PREPARACIÓN DE VÍA EJECUTIVA DEMÁS CASOS 3) SUMARÍSIMO / VERBAL RECLAMOS JUDICIALES DE ASOCIACIONES PROCESOS DE CONOCIMIENTO COMPETENCIA DE JUSTICIA DE PAZ LEGA (X CUANTÍA) DEMÁS CASOS Volver
EFECTOS (5- remates) 1)REMATES: Se suspenden si es que recaen sobre bienes necesarios para continuar el giro comercial, previa vista al síndico y al embargante Plazo máximo suspensión: 90 d.
EFECTOS (6- viajes al exterior) 1)VIAJES AL EXTERIOR Previa comunicación al juez Plazo: 90 d. corridos. Solamente prorrogable por autorización judicial
TRÁMITE HASTA EL ACUERDO NOTIFICACIONES /EDICTOS ,[object Object]
Edictos: x 5 d. a cargo deudor
Síndico debe enviar carta certificada a acreedores denunciadosDESISTIMIENTOLEGAL o tácito (causales) ,[object Object]
No depositar gastos de correspondencia
No publicar edictosDESISTIMIENTO VOLUNTARIO o expreso ,[object Object]
Hasta el día de comienzo del período de exclusividad (requiriendo mayoría del 75% de capital quirografario) PROCESO DE VERIFICACIÓN

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  • 1. UNIVERSIDAD CATOLICA DE SALTA FACULTAD ESCUELA DE NEGOCIOS CARRERAS: T. U. G. COMERCIO EXTERIOR LIC. COMERCIO INTERNACIONAL
  • 2. DERECHO APLICADO AL COMERCIO EXTERIOR I (DERECHO COMERCIAL) PROFESOR ADJUNTO MSc. Dr. DIEGO EMILIANO VILLAZON PROFESORA INVITADA Dra. Pamela Feccia Contacto (Dr. Villazón): profesoremilianovillazon@gmail.com Estudio: Alsina 886
  • 3. UNIDAD IV DERECHO CONCURSAL
  • 5. ESTADO DE CESACIÓN DE PAGOS IMPOTENCIA DEL PATRIMONIO DEL DEUDOR PARA CUMPLIR SUS OBLIGACIONESEXIGIBLES No es lo mismo que: ILIQUIDÉZ DIFERENCIA Pasivo /Activo INCUMPLIMIENTO (que es un hecho)
  • 6. CARACTERÍSTICAS PERMANENCIA + GENERALIDAD = ESTADO DE CESACIÓN DE PAGOS
  • 7. HECHOS REVELADORES 1) Reconocimiento judicial o extrajudicial del mismo, efectuado por el deudor 2) Mora en el cumplimiento de una obligación 3) Ocultación o ausencia del deudor o de los administradores de la sociedad, en su caso, sin dejar representante con facultades y medios suficientes para cumplir sus obligaciones 4) Clausura de la sede de la administración o del establecimiento donde el deudor desarrolle su actividad 5) Venta a precio vil, ocultación o entrega de bienes en pago 6) Revocación judicial de actos realizados en fraude de los acreedores 7) Cualquier medio ruinoso o fraudulento empleado para obtener recursos
  • 8. SUJETOS INCLUÍDOS PERSONAS FÍSICAS: (comerciantes o no) Capaces Incapaces (x 1/2 de representantes) Inhabilitados (x 1/2 de representantes)
  • 9. SUJETOS INCLUÍDOS PERSONAS JURÍDICAS: (privadas y sociedades con participación estatal), incluyendo: Sociedades de Hecho, Sociedades civiles, Asociaciones, fundaciones y cooperativas, Sociedades en estado de liquidación, Sindicatos con personería gremial, Mutuales, Entidades deportivas (si son Asociaciones civiles). Ejs: Racing Club, Belgrano de Córdoba, Talleres de Córdoba, Ferrocarril Oeste
  • 10. SUPUESTOS ESPECIALES Patrimonio del fallecido, mientras se mantenga separado del patrimonio de sucesores Los deudores domiciliados en el extranjero respecto de bienes existentes en el país
  • 11.
  • 14. Bancos, Entidades financieras (se aplica la ley de entidades financieras),
  • 15. ART,
  • 17.
  • 18. COLECTIVIDAD: acreedores anteriores a solicitud de apertura del concurso / quiebra quedan sometidos
  • 19. IGUALDAD: acreedores quirografarios soportan pérdidas equitativamente, a prorrata, en proporción a sus créditos. Quedan excluidos los privilegiados. (El pasivo obligado a arreglar es el de los quirografarios. Si el acuerdo no se da, fracasa el concurso.)
  • 20. OFICIOSIDAD: juez debe actuar de oficio
  • 21.
  • 22.
  • 23. PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL: el representante legal o apoderado con poder especial. La decisión la toma el órgano de administración correspondiente, de acuerdo con el tipo de sociedad. (Directorio -SA, Gerencia -SRL). Dentro de 30 días de presentada la solicitud deberá acompañarse al juzgado constancia de la resolución de continuar el trámite (ratificación), adoptada por el órgano de gobierno, asamblea o reunión de socios. Si no se cumple se tiene por desistido el trámite
  • 24. INCAPACES O INHABILITADOS: representante legal. Dentro de 30 días de presentada solicitud, se debe presentar a la ratificación x juez civil de la incapacidad o inhabilitación. Si no se da por desistido el tramite
  • 25.
  • 26. REQUISITOS FORMALES (cómo lo solicitan art. 11) 3) Acompañar estado detallado y valorado del activo y pasivo actualizado a la fecha de presentación, con indicación precisa de su composición, normas seguidas para valuación, ubicación, estado y gravámenes de los bienes y demás datos necesarios para conocer el patrimonio. Este estado de situación patrimonial debe ser acompañado de dictamen suscripto por CPN 4) Acompañar copia de balances u otros estados contables exigidos al deudor por disposiciones legales que rijan su actividad, o bien los previstos en sus estatutos o realizados voluntariamente por el concursado, correspondientes a los 3 últimos ejercicios. En su caso, se deben agregar las memorias y los informes del órgano fiscalizador
  • 27. REQUISITOS FORMALES (cómo lo solicitan art. 11) 5) Acompañar nómina de acreedores, con indicación de: domicilios, montos de créditos, causas, vencimientos, codeudores, fiadores o terceros obligados o responsables y privilegios. Asimismo, acompañar legajo por cada acreedor, en el cual conste copia de la documentación sustentatoria de la deuda denunciada, con dictámen de CPN sobre la correspondencia existente entre la denuncia del deudor y sus registros contables o documentación existente y la inexistencia de otros acreedores. Agregar detalle de procesos judiciales o administrativos patrimoniales en trámite o condena no cumplida, precisando radicación 6) Enumerar libros de comercio y de otra naturaleza que lleve el deudor, con expresión de último folio utilizado, en cada caso, y ponerlos a disposición del juez, junto con la documentación respectiva 7) Denunciar la existencia de un concurso anterior y justificar, en su caso, que no se encuentra dentro del período de inhibición que establece el artículo 59, o el desistimiento del concurso si lo hubiere habido
  • 28.
  • 29. Deudor está en período de inhibición
  • 31. Incompetencia del juez Esta resolución es apelable (5 d.)
  • 32. APERTURA DEL CONCURSO (5 d. p/rechazar o apertura) Si acepta (apertura) la solicitud, dicta: “RESOLUCIÓN JUDICIAL”
  • 33. RESOLUCIÓN JUDICIAL 1) Declaración de apertura del concurso preventivo, expresando el nombre del concursado y, en su caso, el de socios con responsabilidad ilimitada 2) Designación de audiencia para sorteo de síndico 3) Fijación de fecha hasta la cual acreedores deben presentar pedidos de verificación al síndico - que debe estar comprendida entre 15 y 20 días, contados desde día en que se estime concluirá publicación de edictos - 4) La orden de publicar edictos en la forma prevista por los artículos 27 y 28, la designación de los diarios respectivos y, en su caso, la disposición de las rogatorias, necesarias
  • 34. RESOLUCIÓN JUDICIAL 5) Determinación de plazo no superior a 3 d., para que deudor presente libros que lleve referidos a su situación económica, en el lugar que el juez fije dentro de su jurisdicción, con el objeto de que el secretario coloque nota datada a continuación del último asiento, y proceda a cerrar los espacios en blanco 6) Orden de anotar la apertura del concurso en el Registro de Concursos y en los demás, que corresponda, requiriéndose informe sobre la existencia de otros anteriores 7) Inhibición general para disponer y gravar bienes registrables del deudor y, de socios ilimitadamente responsables, debiendo ser anotadas en los registros pertinentes 8) Intimación al deudor para que deposite judicialmente, dentro de 3 d. de notificada la resolución, el importe que el juez estime necesario para abonar los gastos de correspondencia
  • 35. RESOLUCIÓN JUDICIAL 9) Fechas en que síndico presentará informes individual y general 10) Fijación de audiencia informativa que se realizará con 5 d. de anticipación al vencimiento del plazo de exclusividad 11) Correr vista al síndico por 10 d., computables a partir de aceptación del cargo, a fin de que se pronuncie sobre: a) Los pasivos laborales denunciados por el deudor; b) Previa auditoria en documentación legal y contable, informe sobre la existencia de otros créditos laborales comprendidos en el pronto pago; c) Situación futura de trabajadores en relación de dependencia ante suspensión del convenio colectivo ordenada por el artículo 20 12) Síndico deberá emitir informe mensual sobre evolución de empresa, si existen fondos líquidos disponibles y cumplimiento de normas legales y fiscales
  • 36. EFECTOS de la RESOLUCIÓN de apertura Si acepta (apertura) la solicitud, dicta: “RESOLUCIÓN JUDICIAL” Que tiene “06 EFECTOS” sobre: 5- REMATES 6- VIAJES AL EXTERIOR 3- CONTRATOS 4- JUICIOS 1- ADMINISTRACIÓN 2- INTERESES
  • 37. EFECTOS (1- administración) 1)Concursado conserva administración de patrimonio bajo vigilancia del síndico 2) ACTOS PROHIBIDOS: Actos a título gratuito o que importen alterar situación de acreedores 3) PRONTO PAGO DE CRÉDITOS LABORALES: Dentro de 10 días de emitido informe del síndico sobre estos créditos, Juez autorizará pago de remuneraciones debidas, indemnizaciones por accidentes de trabajo o enfermedades laborales
  • 38. EFECTOS (1- administración) 4) ACTOS SUJETOS A AUTORIZACIÓN JUDICIAL: relacionados con bienes registrables; disposición o locación de fondos de comercio; los emisión de debentures con garantía especial o flotante; emisión de obligaciones negociables con garantía especial o flotante; constitución de prenda; que excedan administración ordinaria de su giro comercial Autorización se tramita con audiencia del síndico y del comité de acreedores; para su otorgamiento el juez ha de ponderar la conveniencia para la continuación de las actividades del concursado y la protección de los intereses de los acreedores
  • 39. EFECTOS (2- intereses) DEUDAS ANTERIORES A PRESENTACIÓN “CRISTALIZAN” (DEJAN DE PRODUCIR INTERESES), SALVO: que sean garantizadas con hipoteca o prenda (no “cristalizan” = producen intereses)
  • 40. EFECTOS (3- contratos) 1)EN CURSO DE EJECUCIÓN CON PRESTACIONES RECÍPROCAS PENDIENTES: Deudor tiene 30 d. para optar (previa vista al síndico y autorización del juez) por continuarlos Vencido el plazo, si no opta, el 3º cocontratante puede: Exigir cumplimiento, considerando obligación de plazo vencido (753 CC) Resolver el contrato
  • 41. EFECTOS (3- contratos y convenios colectivos) 2)CONVENIOS COLECTIVOS VIGENTES: Se suspenden por 3 años (máx.) Relaciones laborales se rigen por LCT (20.744) y contratos individuales Se crea “Convenio colectivo de crisis” x igual plazo (3 a.)
  • 42. EFECTOS (3- contratos y servicios públicos) 3)SERVICIOS PÚBLICOS (prestados al concursado): No se suspenden si son por deudas anteriores a la presentación en concurso
  • 43. EFECTOS (4- juicios) 1)JUICIOS DE CONTENIDO PATRIMONIAL (por causa anterior a la presentación): Suspensión + fuero de atracción concursal, salvo: Expropiación Relaciones de familia Ejecuciones de gtías. reales Laborales y de conocimiento en trámite Ver clases Casos en que concursado sea parte de litisconsorcio pasivo necesario Ver continuación
  • 44. CLASES DE PROCESOS 1) DE CONOCIMIENTO ORDINARIO SUMARIO SUMARÍSIMO / VERBAL 2) DE EJECUCIÓN EJECUCIÓN DE SENTENCIAS JUICIO EJECUTIVO EJECUCIONES ESPECIALES 3) PROCESOS ESPECIALES INTERDICTOS / ACCIONES POSESORIAS DECLARACIÓN DE INCAPACIDAD E INHABILIT. ALIMENTOS / LITIS EXPENSAS RENDICIÓN DE CUENTAS MENSURA / DESLINDE DIVISIÓN DE COSAS COMUNES DESALOJO ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD Y NULIDAD CONFLICTO DE PODERES ADQUISICIÓN DEL DOMINIO POR USUCAPIÓN 4) PROCESOS UNIVERSALES PROCESO CONCURSAL PROCESO SUCESORIO 5) PROCESOS ARBITRALES JUICIO ARBITRAL JJICIO DE AMIGABLES COMPONEDORES JUICIO PERICIAL (DIF. PRUEBA DE PERITOS)
  • 45. PROCESOS DE CONOCIMIENTO 1) ORDINARIO TODOS LOS QUE NO SEAN SUMARIO / SUMARÍSIMO 2) SUMARIO PROCESO DE CONOCIMIENTO DE JUSTICIA DE PAZ LETRADA PAGO X CONSIGNACIÓN DIVISIÓN DE CONDOMINIO CUESTIONES ENTRE COPROPIETARIOS COBRO DE ALQUILERES DE MUEBLES COBRO X MEDIANERÍA OBLIGACIÓN DE ENTREGAR ESCRITURA EN COMPRAVENTA INMUEBLES CUESTIONES DE RESTRICCIÓN / LÍMITES AL DOMINIO OBLIGACIÓN DE DAR COSAS MUEBLES CIERTAS Y DETERMINADAS SUSPENSIÓN PATRIA POTESTAD / TUTORES / CURADORES PEDIDO DE FIJACIÓN PLAZO PARA CUMPLIR OBLIGACIÓN DAÑOS Y PERJUICIOS X DELITO / CUASIDELITO CANCELACIÓN HIPOTECA / PRENDA RESTITUCIÓN COSA MUEBLE ENTREGADA X COMODATO DEMANDAS X JUICIO EJECUTIVO EN CASO DE FRACASO DE PREPARACIÓN DE VÍA EJECUTIVA DEMÁS CASOS 3) SUMARÍSIMO / VERBAL RECLAMOS JUDICIALES DE ASOCIACIONES PROCESOS DE CONOCIMIENTO COMPETENCIA DE JUSTICIA DE PAZ LEGA (X CUANTÍA) DEMÁS CASOS Volver
  • 46. EFECTOS (5- remates) 1)REMATES: Se suspenden si es que recaen sobre bienes necesarios para continuar el giro comercial, previa vista al síndico y al embargante Plazo máximo suspensión: 90 d.
  • 47. EFECTOS (6- viajes al exterior) 1)VIAJES AL EXTERIOR Previa comunicación al juez Plazo: 90 d. corridos. Solamente prorrogable por autorización judicial
  • 48.
  • 49. Edictos: x 5 d. a cargo deudor
  • 50.
  • 51. No depositar gastos de correspondencia
  • 52.
  • 53. Hasta el día de comienzo del período de exclusividad (requiriendo mayoría del 75% de capital quirografario) PROCESO DE VERIFICACIÓN
  • 54.
  • 55. X escrito, en duplicado, acompañando títulos justificativos c/2 copias firmadas y expresar domicilio procesal
  • 57. Monto
  • 58. Causa
  • 61. Es como una demanda judicial
  • 64. Arancel: $ 50 c/solicitud
  • 67.
  • 68. Plazo: dentro de 10 d. siguientes al establecido en resolución de apertura para presentar solicitud de verificación (entre 15 y 20 d. desde publicación edictos)
  • 69. X escrito, en duplicado, se agregan al legajo de c/acreedor
  • 70.
  • 71. Plazo: dentro de 20 d. siguientes al vencimiento del plazo para observaciones
  • 72. Se entrega al juzgado
  • 75. Domicilio real / procesal
  • 76. Monto / causa crédito
  • 78.
  • 79. Plazo: dentro de 10 d. siguientes a presentación de informe individual
  • 80. Sobre qué decide el juez:
  • 81.
  • 82.
  • 83. Plazo: 30 d. después de informe individual
  • 84. Se presenta al juzgado
  • 86. Análisis causas desequilibrio económico deudor
  • 87. Composición actualizada / detallada activo
  • 88. Composición actualizada / detallada pasivo
  • 89. Enumeración libros contabilidad y dictámen sobre regularidad
  • 90. Referencia sobre inscripciones deudor en registros correspondientes
  • 91. Expresión época cesación de pagos y hechos
  • 92. Si es sociedad, si se realizaron aportes regular//
  • 94. Opinión de agrupamiento / clasificación de acreedores
  • 95.
  • 96. Plazo: Dentro de 10 d. después de informe general
  • 97.
  • 98.
  • 99. Plazo: dentro de 10 d. siguientes a resolución judicial
  • 100. Se presenta al juzgado y síndico
  • 105. Propuesta de agrupamiento / clasif. que contiene:
  • 106. Monto verificado / declarado admisible
  • 108. Carácter de privilegiados o quirografarios
  • 109.
  • 110. Sobre qué decide el juez:
  • 113. Comité (provisorio) de acreedores:
  • 114.
  • 115. En qué podrá consistir la propuesta:
  • 118. Constitución de sociedad con quirografarios
  • 120. Administración de bienes en interés de acreed.
  • 123. Constitución de gtías. sobre bienes de terceros
  • 125.
  • 126. Mayoría absoluta (51%) de los acreedores dentro de todas y cada una de las categorías,
  • 127.
  • 128.
  • 129. HOMOLOGACIÓN ACUERDO PREVENTIVO Si: no ha habido impugnaciones, o fueron inadmisibles El Juez debe pronunciarse acerca de: homologar el acuerdo, o declarar la quiebra
  • 130. Principal EFECTO del ACUERDO HOMOLOGADO NOVACIÓN: Cambia obligaciones del deudor, es decir, una vez homologado el acuerdo, las obligaciones van a cambiar según lo establecido en el acuerdo (Ej: se debe un pagaré de $100 y en el acuerdo se especifica que se va a pagar sólo el 60%. Se produce la novación, todos aceptaron la quita en el acuerdo, por lo que la deuda es de $60)
  • 131. CONCLUSIÓN DEL CONCURSO - Efectos - 1) Homologado el acuerdo, y tomadas y ejecutadas medidas tendientes a su cumplimiento, el juez debe declarar finalizado el concurso, dando por concluida la intervención del síndico 2) Previo a declarar la conclusión, el juez dispone constituir las gtías. pertinentes y mantener la inhibición general de bienes por el plazo de cumplimiento del acuerdo 3) Resolución debe publicarse por 1 día, en diario de publicaciones legales y 1 diario de amplia circulación 4) Deudor no podrá presentar nueva petición de concurso preventivo hasta después de plazo de 1 año a partir de fecha de declaración judicial de cumplimiento de acuerdo preventivo, ni podrá convertir declaración de quiebra en concurso preventivo
  • 132. ACUERDO PREVENTIVO EXTRAJUDICIAL Legitimado: Deudor en cesación de pagos En qué consiste: Celebrar un acuerdo extrajudicial con sus acreedores Someterlo a homologación judicial Requisitos para homologación: Estado de activo y pasivo actualizado a la fecha Listado de acreedores (domicilios, monto créditos, causas, vencimientos, codeudores, fiadores o terceros obligados y responsables) Listado de juicios o procesos administrativos en trámite o con condena no cumplida, precisando radicación Enumerar libros de comercio y otros que lleve el deudor, con expresión del último folio utilizado a la fecha del instrumento Monto de capital que representan los acreedores que han firmado, y porcentaje que representan respecto de totalidad de acreedores registrados del deudor