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CUESTIONARIO 
Realizado por: 
Ariel Alonso Patiño Ospina 
Leidy Viviana morales 
Técnico en vigilancia y control de los factores de riesgo del consumo y del ambiente 
(Saneamiento ambiental) 
Profesor: 
Robinson Álvarez 
Complejo tecnológico minero agro empresarial 
SENA 
28 mayo 2014 
Anori Antioquia
1: DECRETO 1036 DE 1991 
DE LOS MATADEROS DE ANIMALES DE ABASTO PUBLICO, DISTINTOS DE LOS DE AVES, Y SU 
FUNCIONAMIENTO. 
DECRETO 2278 DE 1982 
Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio 
de animales de abasto público o para consumo humano, y el procesamiento, transporte y 
comercialización de su carne 
Decreto 1036 Decreto 2278 
Este decreto nos habla de las plantas de 
sacrificio de abasto publico distinto de las 
aves y su funcionamiento de la clasificación 
de las plantas y sus requisitos 
Este nos habla de la reglamentación de 
sacrificio de animales de abasto público, su 
proceso transporte y comercialización 
2 DE LA CLASIFICACION DE LAS PLANTAS DE SACRIFICIOY SUS REQUISITOS. 
Decreto 1036. Las plantas de sacrifico de animales para consumo humano, en razón 
de la especie que en ellos se sacrifique, se clasifican de la siguiente manera: 
a) De bovinos. 
b) De porcino. 
c) De ovinos. 
d) De caprinos. 
e) De conejos y animales producto de la caza. 
f) De équidos. 
g) De otras especies que el Ministerio de Salud declare para el consumo humano 
Las plantas se clasifican de la siguiente manera 
-Clase I 
- Clase II 
- Clase III
- Clase IV 
- Mínimos. 
3 CUADRO COMPARATIVO 
Clase 1 Clase 2 Clase 3 Clase 4 mínimo 
Debe tener 
Esta debe tener 
capacidad de 
capacidad 
sacrificar 480 
instalada para el 
reses o más y 
sacrificio de 320 o 
400 cerdos o más 
más reses y 240 o 
en turnos de 8 
más cerdos, en 
horas 
turnos de 8 horas 
4. esta planta 
deberán tener 
una capacidad 
instalada para 
sacrificar 160 o 
más reses y 120 o 
más cerdos en 
turno de 8 horas, 
. esta planta 
deberán tener 
una capacidad 
instalada para 
el sacrifico de 
40 reses y 40 
cerdos, en 
turno de 8 
horas. 
Esta planta de 
sacrificio 
Mínimos se 
establecerán en 
poblaciones 
hasta de 2.000 
habitantes, con 
capacidad 
instalada para el 
sacrificio de 2 
reses y 2 cerdos 
hora, en red 
aérea y puestos 
fijos. 
4 ÁREAS DEPENDENCIAS Y EQUIPOS EN PLANTAS DE SACRIFICIO CLASE 1 
1. Área de protección sanitaria; 
2. Vías de acceso y patios de maniobra, cargue y descargue; 
3. Corrales de llegada; 
4. Corrales de sacrificio; 
5. Corral de observación; 
6. Zona de lavado y desinfección de vehículos; 
7. Báscula para ganado en pie; 
8. Baño para ganado en pie; 
9. Sala de aseo y cuarteo;
10. Sala de sacrificio, según especies" 
11. Sala de deshuese y empaque, cuando estas acciones se realicen en la planta; 
12. Sistema de refrigeración; 
13. Área para canales retenidos; 
14. Sala de necropsia o matadero sanitario; 
15. Horno crematorio o incinerador; 
16. Sección especial para procesamiento y empaque de subproductos; 
17. Sección de calderas y compresores; 
18. Depósito para decomiso; 
19. Sistemas aéreos para sacrificio y faena miento. 
20 Área y equipo para escaldado de cerdos; 
21. Sala aislada para lavado y preparación de vísceras blancas; 
22. Sala refrigerada para almacenamiento de vísceras blancas y rojas; 
23. Área para proceso y almacenamiento de cabezas; 
24. Área para escaldado y almacenamiento de patas; Sala para pieles; 
25. Cafetería. 
AREAS DEPENDENCIAS Y EQUIPOS CLASE 2 
a) Sala de cuarteo y deshuese; 
b) Zona de lavado y desinfección de vehículos, pero tendrán sistema de desinfección, 
bomba manual u otro; 
c) Sala de necropsia; 
d) Sala de subproductos a excepción de la de proceso de sangre. 
Anexo: El Ministerio de Salud podrá clasificar como mataderos Clase II aquellos que 
sin tener la capacidad de sacrificio a que se refiere el presente Artículo, reúnan la 
totalidad de los demás requisitos técnicos, de dotación y funcionamiento señalados 
en el Decreto 2278/82, para dicha clase. 
ÁREAS DEPENDENCIAS Y EQUIPOS CLASE 3
1. Área de protección sanitaria; 
2. Vías de acceso, patio de maniobras, cargue y descargue; 
3. Desembarcadero y corrales de sacrificio; 
4. Báscula para pesaje de ganado en pie; 
5. Salas de sacrificio; 
6. Redes aéreas para sacrificio y faenado de los animales; 
7. Área aislada para lavado, preparación y almacenamiento de vísceras blancas; 
8. Área de almacenamiento de vísceras rojas; 
9. Depósito para decomisos; 
10. Área de cabezas y patas; 
11. Área para almacenamiento de pieles; 
12. Sistema adecuado para tratamiento primado y eliminación de aguas residuales; 
13. Estercolero; 
14. Tanque de reserva de agua potable; 
15. Oficina de inspección médico-veterinaria; 
16. Oficina o dependencias administrativas; 
17. Servicios sanitarios y vestideros; 
18. Área para servicios y mantenimiento 
AREAS DEPENDENCIAS Y EQUIPOS CLASE 4 
1. Área de protección sanitaria; 
2. Vías de acceso, y zona de cargue y descargue; 
3. Corrales de sacrificio; 
4. Sala de sacrificio separada según especie; 
5. Red aérea para el sacrificio y faenado de los animales; 
6. Área para proceso de vísceras blancas; 
7. Área para cabezas y patas;
8. Área para almacenamiento de pieles; 
g. Estercolero; 
12. Oficina administrativa y de inspección; 
13. Unidad sanitaria y vestidero. 
Articulo 38. Los mataderos Clase IV deberán estar dotados del siguiente equipo 
mínimo: 
1. Trampa de aturdimiento; 
2. Puntilla de aturdimiento; 
3. Polipastos eléctricos o manuales para izado de reses y de cerdos; 
4. Redes aéreas para sacrificio y faenado de reses y cerdos; 
5. Grilletes o troles con esparrancador para bovinos y cerdos; 
6. Plataformas de niveles; 
7. Tasajeras y ganchos para vísceras rojas; 
8. Tasajeras y ganchos para cuartos de canal; 
9. Vaciadero de panzas y mesones de material inalterable para lavado y proceso de 
vísceras blancas; 
10. Pinza eléctrica u otro sistema para aturdir cerdos; 
11. Equipo de gas para el chamuscado de cerdos; 
12. Tanque escaldador de estómagos de bovinos. 
AREAS DEPENDENCIAS Y EQUIPOS MINIMO 
. Además de los requisitos establecidos en el Decreto N 2278/82, deberán disponer 
de las siguientes áreas y equipos: 
1. Vía de acceso y zona de cargue y descargue; 
2. Corrales de sacrificio para reses y cerdos; 
3. Sala de sacrificio; 
4. Trampa para aturdimiento de reses;
5. Rampa 
6. Polipasto (s) manuales para el izado de los animales; 
7. Red aérea para sangría y proceso de reses y cerdos; 
8. Plataforma de niveles; 
9. Grilletes con esparrancador para bovinos y porcinos; 
10. Área para proceso de vísceras blancas, cabezas y patas; 
11. Área para almacenamiento de pieles y decomisos; 
12. Tasajeros y ganchos para vísceras rojas; 
13. Tasajeros y ganchos para colgarlos cuartos de canal; 
Turdidor para cerdos; 
Equipo para chamuscado de cerdos; 
Tanque de reserva de agua; 
Unidad sanitaria; Tanque séptico; Estercolero. 
Procedencia y destino de la carne 
La carne procedente de los mataderos Clase 1 podrá destinarse: 
a) Para la exportación. 
b) Para el consumo nacional. 
5 Planta de beneficio de Cañas gordas 
Ubicada en un área de 15.165 metros2, la planta de esta localidad beneficiará a las 
comunidades del occidente antioqueño, especialmente a 20.000 habitantes de las 
cabeceras municipales, dispone de un área construida de 3.300 mts2 cumple con 
todas las exigencias del Decreto 1500 de 2007, y las resoluciones 2905 de 2007 para 
bovinos y 4282 de 2007 para porcinos. 
El proceso de construcción contó con la asesoría del Invima, en cuanto al 
cumplimiento de los estándares de ejecución sanitaria como: localización y accesos, 
diseño y construcción, sistemas de drenaje, ventilación-iluminación, instalaciones 
sanitarias, control integrado de plagas, manejo de residuos líquidos y sólidos, calidad
del agua e instalaciones, equipos y utensilios. Se podrán sacrificar diariamente 100 
bovinos y 80 porcino clase uno 
Planta de beneficio de urrao 
Tiene una capacidad instalada para el sacrificio diario de 54 bovinos y 50 porcinos y 
es de clase uno 
, esta infraestructura cumple con toda la normatividad vigente y cuenta con el apoyo 
y la asesoría de Invima, beneficiará especialmente a 42.000 personas asentadas en 
las cabeceras municipales del Suroeste y Occidente. 
El área del lote consta de 13.500 metros2, el área construcción de 3.900 metros2, el 
área de vías y patios de maniobras de 2.200 metros2, y el área de andenes y zonas 
verdes es de 7.400 metros2.
6 DESTINO FINAL DE LA CARNE 
7 ANIMALES DE ABASTO PÚBLICO 
, la identificación de los animales para abasto público es llevada a cabo por la empresa pública 
a través de veterinarios sobradamente experimentados, que ejecutan las labores de 
crotalización de los animales, aplicación de microchips, registro de los animales identificados 
en libros de explotación y en una base de datos informatizada que posteriormente servirá de 
herramienta de trabajo para el resto de autoridades sanitarias (oficinas agrarias, plantas de 
sacrificio…). Así se pueden llevar a cabo inspecciones y otras actividades (emisión de 
documentos de autorización de traslado de animales, registro de movimientos…) que 
garantizan la trazabilidad de los productos alimentarios que consumimos. La correcta 
identificación de los animales de abasto es el primer eslabón en la cadena alimentaria desde el 
punto de vista sanitario. 
Pues bien, el nuevo sistema de identificación pretende que esta labor fundamental para el 
mantenimiento de la trazabilidad de estos alimentos recaiga en manos del ganadero o de las 
ahora denominadas entidades identificadoras, que el decreto define como entidades privadas. 
Estas últimas no precisan de otro requisito más que tener los medios adecuados personal con 
formación suficiente, sin especificar qué tipo de formación. 
8 DENOMINACION DE ZONAS SUCIAS 
Las zonas “sucias” son aquéllas en las cuales se manipulan las materias primas. A 
menudo, una operación de limpieza (lavado) marca el punto donde el flujo del 
proceso de elaboración pasa de zonas “sucias” a “limpia .La separación entre las 
zonas limpias y sucias debe ser total. No deberá haber circulación de personas entre 
estas zonas, y el equipo y los utensilios utilizados en las zonas sucias nunca deberán 
emplearse en la zona limpia. Para una identificación fácil, el personal deberá llevar
ropas protectoras de colores diferentes para las distintas operaciones (por ejemplo 
blanco en la zona limpia y azul en la zona sucia). 
8 y 9: 
ARTÍCULO 21. Denominase ZONA SUCIA DE UN MATADERO, el área de la sala de 
sacrificio en donde se lleva a cabo la conmoción, volteo, suspensión y sangría de los 
animales. 
PARÁGRAFO. La zona a que se refiere el presente artículo, en el caso de los porcinos 
y aves Incluye el escaldado, depilado y desplume, según el caso. 
ARTÍCULO 22.Denominase ZONA INTERMEDIA DE UN MATADERO el área de la sala 
de sacrificio en donde se realizan las operaciones posteriores a la sangría de los 
animales, hasta aquellas que Incluyen su eviscerado. 
ARTÍCULO 23. Denominase ZONA LIMPIA DE UN MATADERO, el área de la sala de 
sacrificio en donde se realizan las operaciones posteriores al eviscerado de los 
animales, hasta la salida de las carnes de dicha sala. 
ZONA SUCIA: Con este nombre se han incluido las operaciones de escaldado, pelado 
y Chamuscado, operaciones específicas en un matadero de cerdos, y que deben estar 
Separadas de la nave de evisceración. 
Recepción y descarga 
Alojamiento en establos 
Conducción a aturdido 
Aturdido 
Separadas de la nave de evisceración. 
Recepción y descarga 
Alojamiento en establo 
Corte canal 
Pesado de la canal
Refrigeración 
Expedición 
Sangre 
Pelos, pezuñas.... 
Vísceras blancas 
Restos intestinales 
Vísceras rojas. 
ZONA LIMPIA: Se han incluido en esta área las operaciones de evisceración, corte, 
pesado de la canal, etc. La línea de sacrificio se dispondrá de forma que todas las 
operaciones se realicen con el animal suspendido. En este área deben existir los 
siguientes circuitos: 
• Un circuito a través del cual las canales aptas para el consumo lleguen 
directamente hasta las cámaras de conservación. 
• Otro circuito a través del cual los despojos aptos para el consumo, lleguen 
directamente hasta el local para su preparación. 
• Un circuito a través del cual las canales y despojos decomisados por ser no aptos 
para el consumo, lleguen hasta un local de decomisos.• Otro circuito por donde las 
canales y despojos dudosos, lleguen hasta un local 
(consigna) donde permanecerán inmovilizados hasta su inspección veterinaria. 
Recepción y descarga 
Alojamiento en establos 
Conducción a aturdido 
Aturdido 
Sangrado 
Escaldado y Pelado 
Flameado o chamuscado
Evisceración 
Corte canal 
Pesado de la canal 
Refrigeración 
Expedición 
Sangre 
Pelos, pezuñas.... 
Vísceras blancas 
Restos intestinales 
Vísceras rojas 
1. Muelles de recepción 
2. Cuadras 
3. Mangas de conducción 
4. Zona de sangrado 9. Local de recogida de sangre 
10. Local de recogida de subproductos 
5. Zona sucia 
11. Tripería 
10. Local de recogida de subproductos 
12. Local para despojos rojo 
6. Zona limpia 
7. Cámaras frigoríficas 
8. Muelle de expedición. 
10: DE LOS UTENSILIOS, MAQUINARIA Y EQUIPO QUE SE UTILIZAN EN LAS PLANTAS 
DE SACRIFICIO 
_ Los equipos deben estar diseñados y fabricados con material sanitario de 
manera tal que puedan limpiarse, desinfectarse y mantenerse de forma
que eviten la contaminación y proliferación de microorganismos. 
_ Los equipos y utensilios deben estar fabricados con materiales que no 
tengan efectos tóxicos como de acero inoxidable, ni transmitan 
contaminantes a los alimentos. Cuando estén destinados a entrar en 
contacto con los alimentos deben ser fáciles de limpiar y desinfectar, 
resistentes a la corrosión e incapaces de transferir sustancias extrañas en 
cantidades que impliquen un riesgo para la salud del consumidor. 
_ Los equipos deben emplearse de tal manera que se eviten daños a los 
Animales, así como la transmisión de enfermedades entre animales a través 
De los mismos. 
_ Los equipos deben ser usados durante el tiempo de vida útil 
Recomendado por el fabricante o por las normas técnicas aplicables. 
11…DEL PERSONAL DE LOS MATADEROS 
Articulo 136 
Las personas que manipulen carne enl os mataderos deberán someterse a 
reconocimiento medico antes de ser empleados y cada seis meses por lo menos 
cuando clínicamente o epidemiológicamente esta indicado 
Articulo 137 
El reconocimiento medico al que se refiere en articulo anterior dara cuenta del 
estado de salud general del paciente y en especial de: a: heridas llagas infectadas y 
otras lecciones que afecten la piel. B: afecciones entéricas en particular 
enfermedades parasitarias. 
Articulo 138 
Las personas que padezcan enfermedades infectocontagiosas no podrán intervenir 
en el manejo de la carne. Tampoco podrán hacerlo aquellas personas de quienes se 
sospeche el padecimiento de enfermedades susceptibles de transmitirse por la carne 
o que presentan heridas.
Articulo 139 
Las personas que se hieren o se lesionen deberán dejar de manipular la carne 
Articulo 140 
Las personas que laboren en las áreas de los mataderos en donde se manipulen 
carne deberán permanecer limpias y utilizar durante todo el tiempo de su trabajo 
ropa protectora de color claro, gorro o casco y calzado adecuado, dichas prendas 
deberán cumplir con todos los requisitos establecidos por la autoridad sanitaria 
Articulo 141 
Las personas que visiten las áreas de los mataderos donde se manipule la carne 
deberan vestir ropa protectora de color claro 
Articulo 142 
Los operadores deberán de utilizar los portacuhillos, afiladores ,las cadenas y los 
demás instrumentos o útiles de trabajo en las mejores condiciones sanitarias 
Articulo 143 
Los directores o responsables de los mataderos deberán llevar a cabo programas de 
adiestramiento permanente de su personal de trabajadores. Con relación a la 
manipulación higiénica de la carne y con sus hábitos de limpieza destinados a 
impedir la contaminación de la carne 
Articulo 144 
Los directores o responsables de los mataderos deberán mantener los certificados 
médicos de su personal a disposición del médico veterinario inspector. 
Articulo 145 
El personal trabajador de los mataderos deberá estar dotado con todos los equipos e 
implementos de protección personal que se requiere de conformidad con las 
disposiciones legales y reglamentarias sobre la salud ocupacional y seguridad 
12 Inspección pos –mortem 
Inspección de 
carne bovina 
Inspección de 
canales 
ovinas 
Inspección de 
canales 
caprinas 
Inspección de 
canales 
porcinos 
Inspección de 
canales équidos 
Los canales 
deberán 
El examen de 
las canales 
El examen de 
las canales 
Las canales 
deberán 
Las canales 
deberán
examinarse 
primero en a 
parte externa y 
luego en la 
interna con el 
objetivo de 
identificar: 
1. Estado 
general, 
mediante la 
comparación de 
las dos medias 
canales; 
2. Eficacia de la 
sangría; 
3. Coloración de 
la musculatura, 
grasa, cartílagos 
y huesos; 
4. Estado de las 
membranas 
serosas (pleura 
y peritoneo) 
5. Presentación 
de hematomas, 
fracturas, 
necrosis, 
abscesos, 
tumores y 
parásitos; 
6. Limpieza Se 
deberá observar 
la presencia de 
contaminacione 
s, residuos de la 
piel, pelos, 
materia fecal, 
Contenido 
Del rumen y 
otras materias 
extrañas 
7. Olores: Se 
detectará la 
presencia de 
olores 
anormales 
8. Se deberán 
deberá de 
hacerse en 
forma El 
examen de 
las canales 
deberá 
hacerse en 
forma 
completa y 
antes de que 
sean 
limpiadas 
lavadas y 
preparadas. 
Deberán 
examinarse 
tanto Interna 
como 
externamente 
, con el objeto 
de identificar. 
1. Estado 
general; 
2. Eficacia de 
la sangría; 
3. Coloración 
de la 
musculatura 
grasa, 
cartílagos y 
huesos; 
4. Estado de 
las 
membranas 
serosas 
(Pleura y 
peritoneo); 
5. 
Presentacione 
s tales como 
hematomas, 
parásitos, 
fracturas, 
necrosis, 
abscesos y 
tumores; 
deberá hacerse 
en forma 
completa y 
antes de que 
sean limpiadas 
lavadas y 
preparadas. 
Deberán 
examinarse 
tanto Interna 
como 
externamente, 
con el objeto 
de identificar 
1. Estado 
general; 
2. Eficacia de la 
sangría; 
3. Coloración 
de la 
musculatura 
grasa, 
cartílagos y 
huesos; 
4. Estado de las 
membranas 
serosas (Pleura 
y peritoneo); 
5. 
Presentaciones 
tales como 
hematomas, 
parásitos, 
fracturas, 
necrosis, 
abscesos y 
tumores; 
6. Limpieza; 
7. Presencia de 
olores 
anormales; 
8. Músculos 
del esqueleto, 
grasa, tejidos 
conjuntivo, 
huesos y 
articulaciones; 
examinarse 
primero en la 
Las canales 
deberán 
examinarse 
primero en la 
parle externa 
y luego en la 
Interna, con el 
objeto de 
identificar: 
1. Estado 
general, 
mediante la 
comparación 
de las dos 
medías 
canales; 
2. Eficacia de 
la sangría; 
3. Coloración 
de la 
musculatura, 
grasa, 
cartílagos y 
huesos. 
4. Estado de 
las 
membranas 
serosas 
(pleura y 
peritoneo); 
5. 
Presentacione 
s tales como 
hematomas, 
fracturas, 
necrosis, 
abscesos, 
tumores y 
parásitos 
6. Limpieza se 
deberá 
observar la 
presencia de 
contaminació 
n, residuos de 
examinarse 
primero en la 
parte externa y 
luego en la 
interna, con el 
objeto de 
identificar. 
1. Estado 
general, 
mediante la 
comparación 
de dos medias 
canales; 
2. Coloración 
de la 
musculatura, 
grasa, 
cartílagos 
huesos. Deberá 
abrirse la 
cápsula 
articular para 
comprobar si se 
presentan 
lesiones, en 
caso de 
shiguelosis; 
3. Eficacia de la 
sangría; 
4. Estado de las 
membranas 
serosas (pleura 
y peritoneo); 
5. Presentación 
de 
traumatismos y 
condiciones 
musculares 
anormales; 
6. 
Pigmentaciones 
melanóticas, 
especialmente 
en caballos 
blancos o de 
capas claras;
examinar, 
palpar 
1. Estado 
general, 
mediante la 
comparación de 
las dos medias 
canales; 
2. Eficacia de la 
sangría; 
3. Coloración de 
la musculatura, 
grasa, cartílagos 
y huesos; 
4. Estado de las 
membranas 
serosas (pleura 
y peritoneo) 
5. Presentación 
de hematomas, 
fracturas, 
necrosis, 
abscesos, 
tumores y 
parásitos; 
6. Limpieza Se 
deberá observar 
la presencia de 
contaminacione 
s, residuos de la 
piel, pelos, 
materia fecal, 
Contenido del 
rumen y otras 
materias 
extrañas; 
7. Olores: Se 
detectará la 
presencia de 
olores 
anormales 
8. Se deberán 
examinar, 
palpar o incidir 
los ganglios 
linfáticos en el 
orden que se 
6. Limpieza; 
7. Presencia 
de olores 
anormales; 
8. Músculos 
del esqueleto, 
grasa, tejidos 
conjuntivo, 
huesos y 
articulaciones 
; y 
9. Los 
siguientes 
ganglios 
Linfáticos 
prefemoral, 
Inguinal 
superficial, 
Iliacos 
externos e 
Internos, 
preescapular 
y supra 
esternales. 
Completa 
y 
9. Los 
siguientes 
ganglios 
Linfáticos 
prefemoral, 
Inguinal 
superficial, 
Iliacos 
externos e 
Internos, 
preescapular y 
supraesternale 
s. 
piel, pelos, 
materia fecal, 
contenido 
estomacal y 
otras materias 
extrañas; 
7. Olores: Se 
detectara la 
presencia de 
olores 
anormales 
8. Deberán 
examinarse 
los siguientes 
ganglios 
linfáticos: 
a. Ganglio 
prefemoral; 
b. Inguinal 
superficial; 
c. Ilíacos 
externos e 
internos; 
d. Pre-escapular 
e. Poplíteo: 
f. Axilares y 
g. Supra 
esfernales 
7. Limpieza se 
deberá 
observar la 
presencia de 
contaminacion 
es residuos de 
piel, pelos, 
materia fecal, 
contenido 
estomacal y 
otras materias 
extrañas, y 
8. Deberán 
examinarse los 
siguientes 
ganglios: 
a. linfáticos a 
inguinales 
b. Lumbares; y 
c. 
Supramamarios
establece a 
continuación: 
A). Ganglio pre 
femoral; 
B). Inguinal 
superficial 
C). lIiacos 
externos e 
internos; 
D). Pre 
escapular; 
E). Poplíteo; 
F). Axilares; 
G). Supra 
eternales 
H). Sacro; 
I). Cadena 
lumbar; y 
J). Supra 
mamario 
14 cortes de carnes de bovinos porcinos y aves 
CORTE CARNE DE RES 
- Lomo Fino 
- Guiso Simple 
- Guiso Especial 
- Sancochado de Costillar 
- Sancochado de Punta de Pecho 
- Sancochado de Pescuezo
- Malaya 
Sancochado de Osobuco 
- Bistec de Cuadril (Cadera) 
- Bistec de Cabeza de Lomo 
- Bistec de Tapa 
- Bistec de Paleta 
- Asado Pejerrey 
- Asado Ruso 
- Asado Aguja 
-Churrasco Largo 
- Bife Ancho 
- Bife Angosto 
- Asado de Tira con Hueso 
- Colita de Cuadril 
- Punta de Picana o Redondo 
- Molida Especial
CORTE CARNE DE CERDO 
- LOMO ENROLLADO 
- ASADO DE CERDO 
- LOMO FINO DE CERDO 
- BIFE DE LOMO 
- CHICHARRON 
- CHULETA DE LOMO 
- CHULETA DE PIERNA 
- ENTRECORTE DE CERDO 
- PIERNA DE CERDO DEHUESADA 
- PERNIL DE CERDO 
- CHULETA PARRILLERA 
CORTE CARNE DE AVES (POLLO) 
- EL PESCUEZO 
- FILETE PEJERREY 
- PECHUGA DE POLLO 
- ALAS SIN PUNTA
- MUSLO 
- ENCUENTRO ESPECIAL 
- FIETE DE PIERNA Y PARRILLERO 
- RABADILLA O ESPINAZO 
- PATAS 
Puntos 13 y 15 no elaborados 
Calificación 
3.04

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Plantas de sacrificio

  • 1. CUESTIONARIO Realizado por: Ariel Alonso Patiño Ospina Leidy Viviana morales Técnico en vigilancia y control de los factores de riesgo del consumo y del ambiente (Saneamiento ambiental) Profesor: Robinson Álvarez Complejo tecnológico minero agro empresarial SENA 28 mayo 2014 Anori Antioquia
  • 2. 1: DECRETO 1036 DE 1991 DE LOS MATADEROS DE ANIMALES DE ABASTO PUBLICO, DISTINTOS DE LOS DE AVES, Y SU FUNCIONAMIENTO. DECRETO 2278 DE 1982 Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano, y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne Decreto 1036 Decreto 2278 Este decreto nos habla de las plantas de sacrificio de abasto publico distinto de las aves y su funcionamiento de la clasificación de las plantas y sus requisitos Este nos habla de la reglamentación de sacrificio de animales de abasto público, su proceso transporte y comercialización 2 DE LA CLASIFICACION DE LAS PLANTAS DE SACRIFICIOY SUS REQUISITOS. Decreto 1036. Las plantas de sacrifico de animales para consumo humano, en razón de la especie que en ellos se sacrifique, se clasifican de la siguiente manera: a) De bovinos. b) De porcino. c) De ovinos. d) De caprinos. e) De conejos y animales producto de la caza. f) De équidos. g) De otras especies que el Ministerio de Salud declare para el consumo humano Las plantas se clasifican de la siguiente manera -Clase I - Clase II - Clase III
  • 3. - Clase IV - Mínimos. 3 CUADRO COMPARATIVO Clase 1 Clase 2 Clase 3 Clase 4 mínimo Debe tener Esta debe tener capacidad de capacidad sacrificar 480 instalada para el reses o más y sacrificio de 320 o 400 cerdos o más más reses y 240 o en turnos de 8 más cerdos, en horas turnos de 8 horas 4. esta planta deberán tener una capacidad instalada para sacrificar 160 o más reses y 120 o más cerdos en turno de 8 horas, . esta planta deberán tener una capacidad instalada para el sacrifico de 40 reses y 40 cerdos, en turno de 8 horas. Esta planta de sacrificio Mínimos se establecerán en poblaciones hasta de 2.000 habitantes, con capacidad instalada para el sacrificio de 2 reses y 2 cerdos hora, en red aérea y puestos fijos. 4 ÁREAS DEPENDENCIAS Y EQUIPOS EN PLANTAS DE SACRIFICIO CLASE 1 1. Área de protección sanitaria; 2. Vías de acceso y patios de maniobra, cargue y descargue; 3. Corrales de llegada; 4. Corrales de sacrificio; 5. Corral de observación; 6. Zona de lavado y desinfección de vehículos; 7. Báscula para ganado en pie; 8. Baño para ganado en pie; 9. Sala de aseo y cuarteo;
  • 4. 10. Sala de sacrificio, según especies" 11. Sala de deshuese y empaque, cuando estas acciones se realicen en la planta; 12. Sistema de refrigeración; 13. Área para canales retenidos; 14. Sala de necropsia o matadero sanitario; 15. Horno crematorio o incinerador; 16. Sección especial para procesamiento y empaque de subproductos; 17. Sección de calderas y compresores; 18. Depósito para decomiso; 19. Sistemas aéreos para sacrificio y faena miento. 20 Área y equipo para escaldado de cerdos; 21. Sala aislada para lavado y preparación de vísceras blancas; 22. Sala refrigerada para almacenamiento de vísceras blancas y rojas; 23. Área para proceso y almacenamiento de cabezas; 24. Área para escaldado y almacenamiento de patas; Sala para pieles; 25. Cafetería. AREAS DEPENDENCIAS Y EQUIPOS CLASE 2 a) Sala de cuarteo y deshuese; b) Zona de lavado y desinfección de vehículos, pero tendrán sistema de desinfección, bomba manual u otro; c) Sala de necropsia; d) Sala de subproductos a excepción de la de proceso de sangre. Anexo: El Ministerio de Salud podrá clasificar como mataderos Clase II aquellos que sin tener la capacidad de sacrificio a que se refiere el presente Artículo, reúnan la totalidad de los demás requisitos técnicos, de dotación y funcionamiento señalados en el Decreto 2278/82, para dicha clase. ÁREAS DEPENDENCIAS Y EQUIPOS CLASE 3
  • 5. 1. Área de protección sanitaria; 2. Vías de acceso, patio de maniobras, cargue y descargue; 3. Desembarcadero y corrales de sacrificio; 4. Báscula para pesaje de ganado en pie; 5. Salas de sacrificio; 6. Redes aéreas para sacrificio y faenado de los animales; 7. Área aislada para lavado, preparación y almacenamiento de vísceras blancas; 8. Área de almacenamiento de vísceras rojas; 9. Depósito para decomisos; 10. Área de cabezas y patas; 11. Área para almacenamiento de pieles; 12. Sistema adecuado para tratamiento primado y eliminación de aguas residuales; 13. Estercolero; 14. Tanque de reserva de agua potable; 15. Oficina de inspección médico-veterinaria; 16. Oficina o dependencias administrativas; 17. Servicios sanitarios y vestideros; 18. Área para servicios y mantenimiento AREAS DEPENDENCIAS Y EQUIPOS CLASE 4 1. Área de protección sanitaria; 2. Vías de acceso, y zona de cargue y descargue; 3. Corrales de sacrificio; 4. Sala de sacrificio separada según especie; 5. Red aérea para el sacrificio y faenado de los animales; 6. Área para proceso de vísceras blancas; 7. Área para cabezas y patas;
  • 6. 8. Área para almacenamiento de pieles; g. Estercolero; 12. Oficina administrativa y de inspección; 13. Unidad sanitaria y vestidero. Articulo 38. Los mataderos Clase IV deberán estar dotados del siguiente equipo mínimo: 1. Trampa de aturdimiento; 2. Puntilla de aturdimiento; 3. Polipastos eléctricos o manuales para izado de reses y de cerdos; 4. Redes aéreas para sacrificio y faenado de reses y cerdos; 5. Grilletes o troles con esparrancador para bovinos y cerdos; 6. Plataformas de niveles; 7. Tasajeras y ganchos para vísceras rojas; 8. Tasajeras y ganchos para cuartos de canal; 9. Vaciadero de panzas y mesones de material inalterable para lavado y proceso de vísceras blancas; 10. Pinza eléctrica u otro sistema para aturdir cerdos; 11. Equipo de gas para el chamuscado de cerdos; 12. Tanque escaldador de estómagos de bovinos. AREAS DEPENDENCIAS Y EQUIPOS MINIMO . Además de los requisitos establecidos en el Decreto N 2278/82, deberán disponer de las siguientes áreas y equipos: 1. Vía de acceso y zona de cargue y descargue; 2. Corrales de sacrificio para reses y cerdos; 3. Sala de sacrificio; 4. Trampa para aturdimiento de reses;
  • 7. 5. Rampa 6. Polipasto (s) manuales para el izado de los animales; 7. Red aérea para sangría y proceso de reses y cerdos; 8. Plataforma de niveles; 9. Grilletes con esparrancador para bovinos y porcinos; 10. Área para proceso de vísceras blancas, cabezas y patas; 11. Área para almacenamiento de pieles y decomisos; 12. Tasajeros y ganchos para vísceras rojas; 13. Tasajeros y ganchos para colgarlos cuartos de canal; Turdidor para cerdos; Equipo para chamuscado de cerdos; Tanque de reserva de agua; Unidad sanitaria; Tanque séptico; Estercolero. Procedencia y destino de la carne La carne procedente de los mataderos Clase 1 podrá destinarse: a) Para la exportación. b) Para el consumo nacional. 5 Planta de beneficio de Cañas gordas Ubicada en un área de 15.165 metros2, la planta de esta localidad beneficiará a las comunidades del occidente antioqueño, especialmente a 20.000 habitantes de las cabeceras municipales, dispone de un área construida de 3.300 mts2 cumple con todas las exigencias del Decreto 1500 de 2007, y las resoluciones 2905 de 2007 para bovinos y 4282 de 2007 para porcinos. El proceso de construcción contó con la asesoría del Invima, en cuanto al cumplimiento de los estándares de ejecución sanitaria como: localización y accesos, diseño y construcción, sistemas de drenaje, ventilación-iluminación, instalaciones sanitarias, control integrado de plagas, manejo de residuos líquidos y sólidos, calidad
  • 8. del agua e instalaciones, equipos y utensilios. Se podrán sacrificar diariamente 100 bovinos y 80 porcino clase uno Planta de beneficio de urrao Tiene una capacidad instalada para el sacrificio diario de 54 bovinos y 50 porcinos y es de clase uno , esta infraestructura cumple con toda la normatividad vigente y cuenta con el apoyo y la asesoría de Invima, beneficiará especialmente a 42.000 personas asentadas en las cabeceras municipales del Suroeste y Occidente. El área del lote consta de 13.500 metros2, el área construcción de 3.900 metros2, el área de vías y patios de maniobras de 2.200 metros2, y el área de andenes y zonas verdes es de 7.400 metros2.
  • 9. 6 DESTINO FINAL DE LA CARNE 7 ANIMALES DE ABASTO PÚBLICO , la identificación de los animales para abasto público es llevada a cabo por la empresa pública a través de veterinarios sobradamente experimentados, que ejecutan las labores de crotalización de los animales, aplicación de microchips, registro de los animales identificados en libros de explotación y en una base de datos informatizada que posteriormente servirá de herramienta de trabajo para el resto de autoridades sanitarias (oficinas agrarias, plantas de sacrificio…). Así se pueden llevar a cabo inspecciones y otras actividades (emisión de documentos de autorización de traslado de animales, registro de movimientos…) que garantizan la trazabilidad de los productos alimentarios que consumimos. La correcta identificación de los animales de abasto es el primer eslabón en la cadena alimentaria desde el punto de vista sanitario. Pues bien, el nuevo sistema de identificación pretende que esta labor fundamental para el mantenimiento de la trazabilidad de estos alimentos recaiga en manos del ganadero o de las ahora denominadas entidades identificadoras, que el decreto define como entidades privadas. Estas últimas no precisan de otro requisito más que tener los medios adecuados personal con formación suficiente, sin especificar qué tipo de formación. 8 DENOMINACION DE ZONAS SUCIAS Las zonas “sucias” son aquéllas en las cuales se manipulan las materias primas. A menudo, una operación de limpieza (lavado) marca el punto donde el flujo del proceso de elaboración pasa de zonas “sucias” a “limpia .La separación entre las zonas limpias y sucias debe ser total. No deberá haber circulación de personas entre estas zonas, y el equipo y los utensilios utilizados en las zonas sucias nunca deberán emplearse en la zona limpia. Para una identificación fácil, el personal deberá llevar
  • 10. ropas protectoras de colores diferentes para las distintas operaciones (por ejemplo blanco en la zona limpia y azul en la zona sucia). 8 y 9: ARTÍCULO 21. Denominase ZONA SUCIA DE UN MATADERO, el área de la sala de sacrificio en donde se lleva a cabo la conmoción, volteo, suspensión y sangría de los animales. PARÁGRAFO. La zona a que se refiere el presente artículo, en el caso de los porcinos y aves Incluye el escaldado, depilado y desplume, según el caso. ARTÍCULO 22.Denominase ZONA INTERMEDIA DE UN MATADERO el área de la sala de sacrificio en donde se realizan las operaciones posteriores a la sangría de los animales, hasta aquellas que Incluyen su eviscerado. ARTÍCULO 23. Denominase ZONA LIMPIA DE UN MATADERO, el área de la sala de sacrificio en donde se realizan las operaciones posteriores al eviscerado de los animales, hasta la salida de las carnes de dicha sala. ZONA SUCIA: Con este nombre se han incluido las operaciones de escaldado, pelado y Chamuscado, operaciones específicas en un matadero de cerdos, y que deben estar Separadas de la nave de evisceración. Recepción y descarga Alojamiento en establos Conducción a aturdido Aturdido Separadas de la nave de evisceración. Recepción y descarga Alojamiento en establo Corte canal Pesado de la canal
  • 11. Refrigeración Expedición Sangre Pelos, pezuñas.... Vísceras blancas Restos intestinales Vísceras rojas. ZONA LIMPIA: Se han incluido en esta área las operaciones de evisceración, corte, pesado de la canal, etc. La línea de sacrificio se dispondrá de forma que todas las operaciones se realicen con el animal suspendido. En este área deben existir los siguientes circuitos: • Un circuito a través del cual las canales aptas para el consumo lleguen directamente hasta las cámaras de conservación. • Otro circuito a través del cual los despojos aptos para el consumo, lleguen directamente hasta el local para su preparación. • Un circuito a través del cual las canales y despojos decomisados por ser no aptos para el consumo, lleguen hasta un local de decomisos.• Otro circuito por donde las canales y despojos dudosos, lleguen hasta un local (consigna) donde permanecerán inmovilizados hasta su inspección veterinaria. Recepción y descarga Alojamiento en establos Conducción a aturdido Aturdido Sangrado Escaldado y Pelado Flameado o chamuscado
  • 12. Evisceración Corte canal Pesado de la canal Refrigeración Expedición Sangre Pelos, pezuñas.... Vísceras blancas Restos intestinales Vísceras rojas 1. Muelles de recepción 2. Cuadras 3. Mangas de conducción 4. Zona de sangrado 9. Local de recogida de sangre 10. Local de recogida de subproductos 5. Zona sucia 11. Tripería 10. Local de recogida de subproductos 12. Local para despojos rojo 6. Zona limpia 7. Cámaras frigoríficas 8. Muelle de expedición. 10: DE LOS UTENSILIOS, MAQUINARIA Y EQUIPO QUE SE UTILIZAN EN LAS PLANTAS DE SACRIFICIO _ Los equipos deben estar diseñados y fabricados con material sanitario de manera tal que puedan limpiarse, desinfectarse y mantenerse de forma
  • 13. que eviten la contaminación y proliferación de microorganismos. _ Los equipos y utensilios deben estar fabricados con materiales que no tengan efectos tóxicos como de acero inoxidable, ni transmitan contaminantes a los alimentos. Cuando estén destinados a entrar en contacto con los alimentos deben ser fáciles de limpiar y desinfectar, resistentes a la corrosión e incapaces de transferir sustancias extrañas en cantidades que impliquen un riesgo para la salud del consumidor. _ Los equipos deben emplearse de tal manera que se eviten daños a los Animales, así como la transmisión de enfermedades entre animales a través De los mismos. _ Los equipos deben ser usados durante el tiempo de vida útil Recomendado por el fabricante o por las normas técnicas aplicables. 11…DEL PERSONAL DE LOS MATADEROS Articulo 136 Las personas que manipulen carne enl os mataderos deberán someterse a reconocimiento medico antes de ser empleados y cada seis meses por lo menos cuando clínicamente o epidemiológicamente esta indicado Articulo 137 El reconocimiento medico al que se refiere en articulo anterior dara cuenta del estado de salud general del paciente y en especial de: a: heridas llagas infectadas y otras lecciones que afecten la piel. B: afecciones entéricas en particular enfermedades parasitarias. Articulo 138 Las personas que padezcan enfermedades infectocontagiosas no podrán intervenir en el manejo de la carne. Tampoco podrán hacerlo aquellas personas de quienes se sospeche el padecimiento de enfermedades susceptibles de transmitirse por la carne o que presentan heridas.
  • 14. Articulo 139 Las personas que se hieren o se lesionen deberán dejar de manipular la carne Articulo 140 Las personas que laboren en las áreas de los mataderos en donde se manipulen carne deberán permanecer limpias y utilizar durante todo el tiempo de su trabajo ropa protectora de color claro, gorro o casco y calzado adecuado, dichas prendas deberán cumplir con todos los requisitos establecidos por la autoridad sanitaria Articulo 141 Las personas que visiten las áreas de los mataderos donde se manipule la carne deberan vestir ropa protectora de color claro Articulo 142 Los operadores deberán de utilizar los portacuhillos, afiladores ,las cadenas y los demás instrumentos o útiles de trabajo en las mejores condiciones sanitarias Articulo 143 Los directores o responsables de los mataderos deberán llevar a cabo programas de adiestramiento permanente de su personal de trabajadores. Con relación a la manipulación higiénica de la carne y con sus hábitos de limpieza destinados a impedir la contaminación de la carne Articulo 144 Los directores o responsables de los mataderos deberán mantener los certificados médicos de su personal a disposición del médico veterinario inspector. Articulo 145 El personal trabajador de los mataderos deberá estar dotado con todos los equipos e implementos de protección personal que se requiere de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias sobre la salud ocupacional y seguridad 12 Inspección pos –mortem Inspección de carne bovina Inspección de canales ovinas Inspección de canales caprinas Inspección de canales porcinos Inspección de canales équidos Los canales deberán El examen de las canales El examen de las canales Las canales deberán Las canales deberán
  • 15. examinarse primero en a parte externa y luego en la interna con el objetivo de identificar: 1. Estado general, mediante la comparación de las dos medias canales; 2. Eficacia de la sangría; 3. Coloración de la musculatura, grasa, cartílagos y huesos; 4. Estado de las membranas serosas (pleura y peritoneo) 5. Presentación de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores y parásitos; 6. Limpieza Se deberá observar la presencia de contaminacione s, residuos de la piel, pelos, materia fecal, Contenido Del rumen y otras materias extrañas 7. Olores: Se detectará la presencia de olores anormales 8. Se deberán deberá de hacerse en forma El examen de las canales deberá hacerse en forma completa y antes de que sean limpiadas lavadas y preparadas. Deberán examinarse tanto Interna como externamente , con el objeto de identificar. 1. Estado general; 2. Eficacia de la sangría; 3. Coloración de la musculatura grasa, cartílagos y huesos; 4. Estado de las membranas serosas (Pleura y peritoneo); 5. Presentacione s tales como hematomas, parásitos, fracturas, necrosis, abscesos y tumores; deberá hacerse en forma completa y antes de que sean limpiadas lavadas y preparadas. Deberán examinarse tanto Interna como externamente, con el objeto de identificar 1. Estado general; 2. Eficacia de la sangría; 3. Coloración de la musculatura grasa, cartílagos y huesos; 4. Estado de las membranas serosas (Pleura y peritoneo); 5. Presentaciones tales como hematomas, parásitos, fracturas, necrosis, abscesos y tumores; 6. Limpieza; 7. Presencia de olores anormales; 8. Músculos del esqueleto, grasa, tejidos conjuntivo, huesos y articulaciones; examinarse primero en la Las canales deberán examinarse primero en la parle externa y luego en la Interna, con el objeto de identificar: 1. Estado general, mediante la comparación de las dos medías canales; 2. Eficacia de la sangría; 3. Coloración de la musculatura, grasa, cartílagos y huesos. 4. Estado de las membranas serosas (pleura y peritoneo); 5. Presentacione s tales como hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores y parásitos 6. Limpieza se deberá observar la presencia de contaminació n, residuos de examinarse primero en la parte externa y luego en la interna, con el objeto de identificar. 1. Estado general, mediante la comparación de dos medias canales; 2. Coloración de la musculatura, grasa, cartílagos huesos. Deberá abrirse la cápsula articular para comprobar si se presentan lesiones, en caso de shiguelosis; 3. Eficacia de la sangría; 4. Estado de las membranas serosas (pleura y peritoneo); 5. Presentación de traumatismos y condiciones musculares anormales; 6. Pigmentaciones melanóticas, especialmente en caballos blancos o de capas claras;
  • 16. examinar, palpar 1. Estado general, mediante la comparación de las dos medias canales; 2. Eficacia de la sangría; 3. Coloración de la musculatura, grasa, cartílagos y huesos; 4. Estado de las membranas serosas (pleura y peritoneo) 5. Presentación de hematomas, fracturas, necrosis, abscesos, tumores y parásitos; 6. Limpieza Se deberá observar la presencia de contaminacione s, residuos de la piel, pelos, materia fecal, Contenido del rumen y otras materias extrañas; 7. Olores: Se detectará la presencia de olores anormales 8. Se deberán examinar, palpar o incidir los ganglios linfáticos en el orden que se 6. Limpieza; 7. Presencia de olores anormales; 8. Músculos del esqueleto, grasa, tejidos conjuntivo, huesos y articulaciones ; y 9. Los siguientes ganglios Linfáticos prefemoral, Inguinal superficial, Iliacos externos e Internos, preescapular y supra esternales. Completa y 9. Los siguientes ganglios Linfáticos prefemoral, Inguinal superficial, Iliacos externos e Internos, preescapular y supraesternale s. piel, pelos, materia fecal, contenido estomacal y otras materias extrañas; 7. Olores: Se detectara la presencia de olores anormales 8. Deberán examinarse los siguientes ganglios linfáticos: a. Ganglio prefemoral; b. Inguinal superficial; c. Ilíacos externos e internos; d. Pre-escapular e. Poplíteo: f. Axilares y g. Supra esfernales 7. Limpieza se deberá observar la presencia de contaminacion es residuos de piel, pelos, materia fecal, contenido estomacal y otras materias extrañas, y 8. Deberán examinarse los siguientes ganglios: a. linfáticos a inguinales b. Lumbares; y c. Supramamarios
  • 17. establece a continuación: A). Ganglio pre femoral; B). Inguinal superficial C). lIiacos externos e internos; D). Pre escapular; E). Poplíteo; F). Axilares; G). Supra eternales H). Sacro; I). Cadena lumbar; y J). Supra mamario 14 cortes de carnes de bovinos porcinos y aves CORTE CARNE DE RES - Lomo Fino - Guiso Simple - Guiso Especial - Sancochado de Costillar - Sancochado de Punta de Pecho - Sancochado de Pescuezo
  • 18. - Malaya Sancochado de Osobuco - Bistec de Cuadril (Cadera) - Bistec de Cabeza de Lomo - Bistec de Tapa - Bistec de Paleta - Asado Pejerrey - Asado Ruso - Asado Aguja -Churrasco Largo - Bife Ancho - Bife Angosto - Asado de Tira con Hueso - Colita de Cuadril - Punta de Picana o Redondo - Molida Especial
  • 19. CORTE CARNE DE CERDO - LOMO ENROLLADO - ASADO DE CERDO - LOMO FINO DE CERDO - BIFE DE LOMO - CHICHARRON - CHULETA DE LOMO - CHULETA DE PIERNA - ENTRECORTE DE CERDO - PIERNA DE CERDO DEHUESADA - PERNIL DE CERDO - CHULETA PARRILLERA CORTE CARNE DE AVES (POLLO) - EL PESCUEZO - FILETE PEJERREY - PECHUGA DE POLLO - ALAS SIN PUNTA
  • 20. - MUSLO - ENCUENTRO ESPECIAL - FIETE DE PIERNA Y PARRILLERO - RABADILLA O ESPINAZO - PATAS Puntos 13 y 15 no elaborados Calificación 3.04