2. ¿Qué es el COPASO?
• Es un organismo de
promoción y vigilancia de
las normas y reglamentos
de Salud ocupacional dentro
de la empresa.
• Tiene la característica de
estar conformado por igual
número de representantes
por parte de la
administración e igual
número de representantes
por parte de los
trabajadores de allí su
denominación de paritario.
En función al número de
trabajadores de la empresa.
3. Resolución 2013 de 1986
Todas las empresas e
instituciones públicas o
privadas con más de 10
trabajadores están
obligadas a conformar un
Comité Paritario de Salud
Ocupacional.
4. Resolución 1016 de 1989
• Todos los
empleadores
públicos, oficiales,
• privados, contratista
s y subcontratistas
están obligados a
organizar y
garantizar el
funcionamiento de
un Programa de
Salud Ocupacional.
5. Resolución 614 de 1984
• Decreto. 614/84: obligatoriedad del
Comité en todas las
empresas, integrado por igual número
de patronos y trabajadores.
6. Decreto 1295 de 1994
• Nueva denominación
del comité. Aumenta a
2 años el periodo de
vigencia de sus
integrantes. Establece
la obligatoriedad de
empleador de otorgar
cuando menos 4 horas
semanales a cada uno
de sus miembros para
las actividades del
comité.
7. Papel del COPAS o Vigía en la Empresa
Asesor
Vigilancia
Promoción
Divulgación
Control
Actividades – Salud
Ocupacional
8. Campos de aplicación
• Higiene Industrial
• Seguridad
Industrial
• Medicina del
Trabajo
• Medicina
Preventiva
12. Funciones del COPASO
• Proponer medidas de salud en el trabajo
• Proponer y participar en capacitación
• Colaborar con funcionarios gubernamentales de S.O.
• Vigilar y promover el Programa de Salud Ocupacional.
• Participar en el Grupo Investigador AT
• Coordinar relación empleador trabajadores en S.O
• Elegir secretario
• Mantener archivo de actas
• Inspecciones de Seguridad
13. Funciones del Presidente del
COPASO
• Presidir las reuniones en forma dinámica y eficaz.
• Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el
lugar de las reuniones.
• Notificar por escrito a los miembros del Comité sobre
las reuniones (mínimo 1 vez/mes).
• Preparar los temas a tratar.
• Tramitar ante la Gerencia las recomendaciones
aprobadas en el Comité y darle a conocer todas sus
actividades.
14. Funciones del Secretario del
COPASO
• Verificar la asistencia de los miembros del
Comité a las reuniones programadas.
• Tomar nota de los temas tratados, elaborar el
acta de cada reunión y someterla a discusión
y aprobación del Comité.
• Llevar el archivo referente a las actividades
desarrolladas por el Comité y suministrar
toda la información que requieran la empresa
y los trabajadores.
15. Obligaciones del Empleador
• Propiciar la elección de los representantes de los
trabajadores al Comité.
• Designar sus representantes al Comité.
• Designar al presidente del Comité.
• Proporcionar los medios necesarios para el normal
desempeño del Comité.
• Estudiar las recomendaciones emanadas del Comité y
determinar la adopción de las medidas más
convenientes,
• e informarle las decisiones tomadas al respecto.
16. Obligaciones de los Trabajadores
• Elegir libremente sus representantes al Comité.
• Informar al Comité las situaciones de riesgo que
• se presenten y manifestar sus sugerencias para
• el mejoramiento de las condiciones de Salud
• Ocupacional en la empresa.
• Cumplir con las normas de Salud Ocupacional
• y con los reglamentos e instrucciones ordenados
• por el empleador.