La investigación preliminar en el nuevo proceso penal comprende las primeras actuaciones de una investigación, como declaraciones y recolección de pruebas, con el objetivo de verificar los hechos denunciados y identificar a los involucrados. Es dirigida por el fiscal y la policía bajo su control, durante un plazo de 20 días, para luego decidir si se abre una investigación preparatoria o se archiva el caso. Se busca realizar esta etapa de manera objetiva y respetando los derechos de las partes.
1. LA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR EN
EL NUEVO PROCESO PENAL
Dr. Pablo Sánchez Velarde
Profesor de Derecho Procesal Penal UNMSM
Fiscal Supremo Titular
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I. INTRODUCCIÓN
a. El Ministerio Público es un órgano constitucional que
defiende la legalidad, los derechos humanos y ejerce
el monopolio del ejercicio de la acción penal,
principalmente.
b. En materia penal conduce la investigación del delito y
la policía apoya su labor.
c. La Investigación Preliminar comprende los pasos
iniciales de toda investigación penal: las primeras
declaraciones, actuaciones investigatorias y
aseguramiento de los primeros elementos de prueba;
los mismos que van a ser sustanciales para la decisión
fiscal posterior de acusación o sobreseimiento de la
causa.
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II. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL NUEVO
PROCESO PENAL
1. Proceso Penal de corte acusatorio (predominio)
2. Proceso Penal en cinco etapas
– Investigación Preliminar
– Investigación Preparatoria
– Etapa Intermedia
– Etapa de Juzgamiento
– Etapa de Ejecución
3. Rol Investigador del Ministerio Público
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III. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE
LA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
1. Inicio de la Investigación:
- De Oficio, por noticia criminis.
- A Instancia de la parte denunciante.
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III. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
2. Finalidad
– Realización de actos urgentes para verificar si han
tenido lugar los hechos denunciados.
– Asegurar los elementos probatorios de su comisión.
– Individualizar a las personas involucradas, imputados
y agraviados.
– Realizar las pericias pertinentes.
– Tratar de impedir las consecuencias ulteriores.
– Asegurar la presencia de las personas investigadas, si
fuera el caso.
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III. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
3. Plazo
– El plazo ordinario es de 20 días.
– En casos complejos: el Fiscal fija el plazo.
– En caso de persona detenida el plazo común es de
24 horas.
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III. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
4. Investigación a cargo del Fiscal
a) Da inicio a la investigación directa, por su
despacho.
b) Dispone la realización de las diligencias que
considere necesarias, con apoyo policial, si fuere
el caso.
• Recibe declaraciones.
• Pide informes a entidades públicas y privadas.
• Dispone la practica de pericias
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III. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
• Práctica de reconocimiento de lugares
• Dispone el aseguramiento de las pruebas.
• Organiza o coordina operativos con la policía.
• Solicita al juez penal medidas coercitivas.
• Otras, según caso a investigar.
c) Al término de la investigación decide el paso a la
Investigación Preparatoria.
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III. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
5. Investigación a cargo de la Policía, bajo control
Fiscal:
a) Funciones de Investigación:
• Recibe las denuncias escritas y verbales.
• Custodia y vigila la escena del crimen.
• Realiza el control de identidad
• Practica el registro de personas.
• Presta auxilio a la víctima.
• Recoge y conserva los objetos vinculados al delito.
• Verifica la identidad física de los autores y partícipes.
• Recibe la declaración de los testigos.
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III. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
5. Investigación a cargo de la Policía, bajo control Fiscal:
a) Funciones de Investigación:
– Levanta los planos, toma fotografías, grabaciones en video.
– Captura de autores y partícipes en caso de flagrancia
– Informar de sus derechos a las personas detenidas.
– Asegurar los documentos privados útiles para la
investigación.
– Allanar locales de uso público.
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III. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
– Secuestro e incautación de documentos.
– Recibir la declaración de la persona denunciada con
presencia obligatoria de su abogado.
– Reunir la información complementaria.
– Realizar investigación complementaria que sea necesaria.
b) El Informe (Atestado) Policial completo, pero sin
conclusiones.
c) La remisión del Informe Policial a la Fiscalía.
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III. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
6. La Intervención de la Defensa:
a) Intervención amplía, comprende al imputado y agraviado.
b) Se apersona a la investigación preliminar.
c) Conoce de los cargos de incriminación.
d) Interviene en las declaraciones de su patrocinado.
e) Conoce de las diligencias realizadas.
f) Puede tener copia de las diligencias que favorezcan su
defensa.
g) Pide la realización de diligencias que favorezcan su defensa.
h) Solicita al juez la tutela de derechos
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III. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
• La intervención del órgano Jurisdiccional
– Dicta las resoluciones sobre medidas coercitivas.
– Resuelve los pedidos sobre tutela de derechos.
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IV. LA ACTIVIDAD PROBATORIA EN LA
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
a. Manifestaciones y otras diligencias:
- Declaración del imputado ante el Fiscal y la Policía.
- Declaración de la víctima o agraviado.
- Se dispone el cuidado de la escena del delito.
- Las partes pueden ofrecer diligencias probatorias.
- El Fiscal puede levantar actas cuando sea necesario.
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IV. LA ACTIVIDAD PROBATORIA EN LA
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
• Las actas policiales:
- Acta de incautación.
- Acta de hallazgo.
- Acta de registro domiciliario.
- Acta de constatación.
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IV. LA ACTIVIDAD PROBATORIA EN LA
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
c. Pericias
• Médico legal.
• Necroscopia.
• Química.
• Absorción atómica.
• Alcoholemia. Dosaje etílico.
• Toxicológica.
• Forense o física.
• Grafotécnica.
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V. CONCLUSIONES
a) El cuidado en la investigación requiere del trabajo
debido, objetivo y reservado de las autoridades
encargadas de la persecución penal.
b) El Fiscal y la Policía deben garantizar los derechos
que asisten al justiciable, a la víctima y también se
debe respetar el debido procedimiento.