El documento presenta la agenda de una reunión sobre lineamientos de consulta libre, previa e informada para proyectos de ONU REDD. La agenda incluye temas como la revisión del proceso ONU REDD, los elementos de un proceso de consulta, el marco legal de consulta en Ecuador, y la identificación de aspectos críticos en los lineamientos de consulta. La reunión analizará cómo aplicar estándares de consulta a proyectos REDD de manera culturalmente apropiada y en cumplimiento de la ley.
1. AGENDA
HORA TEMA RESPONSABLE
09.00 – 09.10 Introducción y presentación de la agenda
09.10 – 09.40 Revisión de la hoja de ruta del proceso de la CLPI ONU REDD
09.40 – 10.00 Presentación del esquema del documento
lineamientos de CLPI
OACDH
10.00 – 10.45 Identificación y desarrollo de los nudos críticos de los
lineamientos de CLPI (I)
OACDH
10.45 – 11.00 Pausa
11.00 - 11.30 Identificación y desarrollo de los nudos críticos de los
lineamientos de CLPI (II)
OACDH
11.30 – 11.45 Aspectos metodológicos, logísticos del taller del
13/08/2013
ONU REDD - OACDH
11.45 – 12.00 Conclusiones y cierre de la reunión OACDH
2. Esquema de Documento sobre
Lineamientos de CLPI para ONU REDD
Guillermo Fernández-Maldonado
Asesor en Derechos Humanos
4. La consulta previa, libre e informada es un derecho reconocido
legalmente por los Estados. Supone el rol del Estado como garante
del derecho a consulta con estos pueblos y nacionalidades, de
buena fe y por medio de sus instituciones representativas, sobre
decisiones que los afecten. Los principios de la CLPI se basan en
estándares constitucionales e internacionales que describen
obligaciones sustantivas y operativas del Estado para respetar,
proteger y garantizar este derecho.
2. El derecho a la consulta con pueblos indígenas
6. El derecho está regulado por lo establecido en la
Constitución de 2008, el Convenio 169 de la OIT,
Declaración sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, la
jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, la jurisprudencia nacional, los informes de
Relator Especial de Naciones Unidas para los Pueblos
Indígenas y de otros órganos de los tratados de la ONU y
del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
3. Marco legal del derecho a la consulta en Ecuador
7. Lámina sobre bloque constitucional relativo a derechos
humanos
3. Marco legal del derecho a la consulta en Ecuador
8. 1. La búsqueda del consentimiento: objetivo
2. Previa a la toma de decisiones sobre cualquier medida
administrativa o legislativa que les afecte (en las primeras
etapas de la elaboración o planificación de la medida
propuesta)
3. Libre (sin presiones políticas, económicas, sociales o de otro
tipo)
4. Informada: información clara, suficiente y oportuna sobre la
naturaleza y el impacto del proyecto; análisis previo del
proyecto realizado por el gobierno y puesto a disposición de
las comunidades para determinar y remediar posibles
efectos sobre los derechos
4. Los elementos de un proceso de consulta
9. 5. Buena fe: clima de confianza y respeto mutuo
6. Instituciones representativas: respetando los niveles
organizativos de cada pueblo.
Incluir aquí pronunciamiento RE revisión de estructura interna
de las organizaciones representativas
5. Procedimientos apropiados al tipo de medida que se
consulta así como tomando en cuenta las circunstancias y
características especiales de cada pueblo indígena
consultado.
Asegurar que se explica a los pueblos y nacionalidades de qué se
trata y cómo funcionan los procedimientos
Acceso a información sobre cómo está organizados los
procedimientos de toma de decisión de los pueblos y
nacionalidades
4. Los elementos de un proceso de consulta
10. a) Casos en que el CLPI es un requisito indispensable
(a mayor grado de afectación mayor exigencia de
consentimiento).
a) Los problemas de no contar con el consentimiento
i. Impactos sociales y económicos en las comunidades
afectadas
ii. Riesgo de falencia del proyecto
5. El consentimiento libre, previo e informado
11. Incluir diagrama de Guía Anexo IV – página 45
Resaltando la importancia de la voluntad de las comunidades como
requisito para realizar el Proyecto REDD
5. El consentimiento libre, previo e informado
12. a) Qué es el mecanismo REDD+ en Ecuador?
b) Por qué se debe garantizar la consulta en el
mecanismo de REDD+ en Ecuador?
Cambios potenciales en el manejo de los recursos y
afectación a derechos indígenas o de otras comunidades
que dependan de bosques
c) Cómo lo han hecho otros países?
Experiencias y modelos de CPLI para REDD+ en otros
países
6. El derecho a la consulta para REDD+
13. a) Contexto y contenido del Acuerdo Ministerial 33
a) Que es ?
b) Que regula?
c) Quién es la autoridad nacional?
b) Requisitos y procedimientos para el proceso de
consulta libre, previa e informada
c) Cuándo se realiza el procedimiento de consulta?
a) Casos establecidos en el Acuerdo incluyendo las
afectaciones a los derechos en referencia a la Constitución
7. El derecho a la consulta en el Ac. Ministerial 33
14. a) Identificación de titulares de derechos
i. Comunidades, pueblos y nacionalidades:
i. Indígenas
ii. Afroecuatorianos
iii. montubios
ii. Otros colectivos que dependen de los bosques (guía)
iii. Pueblos en aislamiento voluntario
Consulta con titulares de derechos directamente beneficiados o
afectados en el caso concreto.
8. Directrices para un proceso de consulta para un
proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33
15. Precondiciones:
1. Titularidad de la tierra
Vínculo legal con la tierra para que proceda el Proyecto REDD+
se solicita certificado de ancestralidad
2. Conflictos de linderos
No califica para Proyectos REDD+
8. Directrices para un proceso de consulta para un
proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33
16. b) ¿Quién consulta?
i. En todos los casos el Estado, a través de la AN-
REDD+, actúa como garante del derecho a la
consulta cuando se propone el proyecto
8. Directrices para un proceso de consulta para un
proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33
17. ii) En el caso específico cuando la comunidad es
el proponente el Estado, a través de la AN-
REDD+, acredita el procedimiento de consulta
cuando la/s comunidad/es tradicional/es sean
la/s proponente/s. Asegurando que:
i. Se dio el procedimiento de consulta
ii. Que existe consentimiento
iii. Que hubo participación plena y efectiva de la
comunidad
iv. Legitimidad de la representación (¿cómo asegurar que
la comunidad fue debidamente consultada cuando el
proponente es la comunidad tradicional, por medio de
sus representantes?)
8. Directrices para un proceso de consulta para un
proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33
18. c) Diseño e implementación de un proceso de
consulta culturalmente pertinente,
garantizando los derechos reconocidos en la
constitución en los instrumentos
internacionales:
i. ¿cómo y con quién se diseña? El Estado
participativamente
ii. Valor de los mecanismos internos propios de
toma de decisiones
8. Directrices para un proceso de consulta para un
proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33
19. d) Temas y momentos de la consulta
i. alcance del proyecto REDD+ y su afectación sobre derechos
de las comunidades
ii. protocolo de consulta para cada proyecto específico
iii. desarrollo de un plan detallado para un proyecto
iv. implementación del proyecto
8. Directrices para un proceso de consulta para un
proyecto REDD+ según el Acuerdo Ministerial 33
20. e) Preparación de la comunidad (responsabilidades
relacionadas con la entrega oportuna de información
veraz y objetiva, de manera simple y clara, en el
idioma de los destinatarios)
e) Compartir información sobre potenciales afectaciones
Plan de creación de condiciones y fortalecimiento de
capacidades cuando las comunidades tienen la voluntad
de participar y no cuentan con los recursos y
capacidades, en cumplimiento del rol del Estado de
garante del estándar internacional RE 2009
8. Directrices para un proceso de consulta para un
proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33
21. f) Recursos necesarios (recursos humanos, tiempo,
materiales, comunicación, capacitación, apoyo
técnico y legal, etc.)
g) Resultados (consentimiento, no consentimiento,
consentimiento condicionado)
8. Directrices para un proceso de consulta para un
proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33
22. Análisis de riesgos, nudos críticos potenciales de un
proceso de consulta
8. Directrices para un proceso de consulta para un
proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33
23. a) Continuidad del proceso de consulta
i. en caso de no consentimiento
i. cuando el proyecto es propuesto por el Estado
ii. cuando el proyecto es propuesto por la autoridad comunal
ii. en caso de consentimiento
iii. en caso de consentimiento condicional
iv. en caso de cambio de condiciones
v. incumplimiento de las partes
vi. errores en la información proporcionada.
9. Monitoreo del proceso de consulta
24. b) Continuidad del proceso de consulta
i. en caso de no consentimiento
i. cuando el proyecto es propuesto por el Estado
ii. cuando el proyecto es propuesto por la autoridad comunal
ii. en caso de consentimiento
iii. en caso de consentimiento condicional
iv. en caso de cambio de condiciones
v. incumplimiento de las partes
vi. errores en la información proporcionada.
9. Monitoreo del proceso de consulta
25. c) Mecanismo de quejas, mecanismo de resolución de
conflictos
d) Identificación de nudos críticos sobre este punto y
recomendaciones de estrategias para enfrentarlos
9. Monitoreo del proceso de consulta