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CAMBIOS INTRODUCIDOS POR
EL DECRETO 408/16 Y
DEROGACIÓN DEL DECRETO
103/991
Curso de Red Actualiza Marzo 2018
Introducción
• A continuación, realizamos un breve resumen, a partir del curso de
Red Actualiza, sobre los principales cambios de la NIIF para PYMES y
las modificaciones que trajo consigo el Decreto 408/16.
SECCIÓN 13 – Inventarios
• Medición: menor entre costo y precio de venta estimado menos costos de terminación venta (VNR)
• Fórmulas de costeo:
- Identificación específica de costos si:
1. Los bienes normalmente no se pueden intercambiar
2. Están segregados para proyectos específicos
- Otros inventarios:
1. FIFO
2. PPP
- Otros métodos si se aproxima al costo:
1. Costo estándar
2. Método de los minoristas: precio de venta – margen (como para mercería, ferretería, kiosco)
3. Precio de compra más reciente (NUEVO)
SECCIÓN 13 - Inventarios
• Evaluar al cierre de cada ejercicio o período que se informa si existe pérdida de deterioro. En caso de ser así
se expone en ER en Costo de Ventas.
• Si se revierte la situación: extorno el asiento hasta el valor de la mercadería y lo revelo en notas.
SECCIÓN 17 – Propiedad, planta y equipo
• Medición inicial: Costo
• Medición posterior: costo menos depreciación y pérdidas por deterioro o VP de pagos futuros.
* NIIF para PYMES no admite revaluación, pero SÍ el Decreto 291/14 en Uruguay, por su valor razonable.
Revelar para todos los bienes de la misma clase.
Maquinaria: a Valor de mercado
Inmuebles: tasador o VR, revelar en Notas la fuente.
SECCIÓN 16 – Propiedades de inversión (ídem
NIC 40)
• Solo para INMUEBLES
• Por definición, puede estar disponible para la venta, pero va en esta categoría del ESF.
• Medición inicial: costo, VP de pagos futuros o si fue construido al costo de producción.
• Medición posterior: VR (incluye pérdida por deterioro). Puede ser valor de mercado de un inmueble similar (se
admite como fuente el gallito, mercado libre, tasador, etc.). Revelar fuente en Notas, si no hay valoración también
revelarlo.
El resultado por el ajuste va al ER (igual que en activos biológicos).
*No amortizo porque no hay USO.
** Si es el primer año que se ajusta un bien de uso a propiedad de inversión va a Ajustes al Patrimonio, y el siguiente
año ya se hace a ER.
Cuando no exista una medición fiable de su VR se reclasificará a Propiedad, planta y equipo y se contabilizará de
acuerdo con la Sección 17, y la última valoración será el “costo” (es cambio de circunstancias, no cambio de política).
Revelar en notas una conciliación del saldo al inicio del período y al cierre.
SECCIÓN 18 - Intangibles
• Reconocimiento en EEFF si:
- Es identificable
- Existe control sobre él
- Probabilidad de beneficios futuros hacia la empresa
- Costo medible confiablemente (no sirve saber el valor de venta)
*No puedo reconocer en EEFF activo intangible generado internamente (por ej: valor llave, marca, cartera de
clientes). Sí puedo revelarlo en Notas.
** Costos de investigación: gasto en ER.
Costos de desarrollo: activable.
• Medición inicial: si se adquiere separadamente, al costo.
Si se adquiere en combinación de negocios, VR en la fecha de adquisición.
• Medición posterior: costo menos amortización menos pérdida por deterioro (por el período del contrato o máximo
10 años).
* En UY se permite revaluación determinada por el valor razonable.
SECCIÓN 18 - Intangibles
• Otras consideraciones:
• EN NIIF para PYMES se considera que todos los intangibles tienen vida útil finita (NIIF full separa
bienes finitos de infinitos).
• Valor residual: se considera 0 excepto en circunstancias específicas.
• Revelar: lo mismo que para P,P y E, y además los gastos de investigación y desarrollo llevados a
cabo en el período.
SECCIÓN 27 – Deterioro de activos
• No en todos los períodos, sino siempre que haya indicios de deterioro. Debemos revelar en notas si hay
o no.
• Puede no generar ajuste pero sí haber indicio de deterioro.
• Monto recuperable mayor entre:
- Valor de venta (VM)
- Valor de uso (VU)
Comparo si el valor en libros es mayor o menor al valor de mercado:
- Si es menor: NO hago nada
- Si es mayor: elijo el mayor entre VM o VU (si el valor de venta ya me da mayor, ni miro el valor de uso).
• Contabilizar la pérdida en ER, salvo que sea un bien revaluado (se deduce de la revaluación hasta el
total del superávit, el excedente sí va a ER).
• Cuando no puedo distribuir algún activo: primero ajuste la pérdida contra el valor llave que es lo más
intangible (pérdida NO reversible).
SECCIÓN 11 – Instrumentos financieros
• Definición: contrato que da lugar a:
- Un activo financiero a una entidad (tenedora). Derecho a recibir $ o simil.
- Un pasivo financiero o instrumento de patrimonio a otra (emisora). Obligación de entregar $ o simil en
un momento determinado. Si el momento y cantidad de $ no están determinados, es inst. de
Patrimonio.
• Reconocimiento: cuando adquiero derecho u obligación.
• Baja: cuando cobro, descuento o vendo. Pero si descuento documento hago lo siguiente:
Banco
pasivo bancario
Ch dif descontado
ch diferido
*No lo puedo dar de baja de una porque sigo teniendo los riesgos hasta que el otro pague.
SECCIÓN 11 – Instrumentos financieros
EJEMPLOS:
Efectivo es AF por definición.
Ctas a cobrar: tengo el derecho a recibir $ en determinada fecha. Es AF
Otros créditos: algunos son AF
Inversiones
Acciones
Bonos del tesoro de EEUU
Deudas comerciales: PF
Deudas financieras: PF
Seguros pagados por adelantado: no, lo que tengo es una cobertura
Anticipo a proveedores: no, no voy a recibir $.
Bienes de cambio: no tengo el derecho, es un potencial.
Obligaciones negociables convertible a acción: PF + IP. Compuesto, coexiste ambos.
SECCIÓN 11 – Instrumentos financieros
• Valuación: Costo amortizado para todos, excepto inversiones en acciones que cotizan o VR puede
medirse confiablemente (VR con cambios a ER) – deterioro si corresponde.
• REVELACIONES:
- Políticas contables.
- AF y PF por categoría en ESF (AF medido a VR, AF medido a costo amort (inst de deuda), AF
medido a costo menos deterioro, etc.
- Términos, condiciones y restricciones (las garantías no van más en OTROS CRÉDITOS).
- Cómo se determinó el VR.
- Detalle de traspaso de AF que no califican para darse de baja.
- Detalle de AF comprometidos en garantía.
- Detalles de incumplimientos en préstamos por pagar.
- En ER: cambios en VR, ingreso de interés total y gasto total, pérdida por deterioro por clase de AF.
*No hay porque revelar riesgo de crédito ni tasas.
SECCIÓN 12 – Instrumentos financieros
complejos
• Definición: contrato que da lugar a:
- Un activo financiero a una entidad (tenedora). Derecho a recibir $ o simil.
- Un pasivo financiero o instrumento de patrimonio a otra (emisora). Obligación de entregar $ o
simil en un momento determinado. Si el momento y cantidad de $ no están determinados, es
inst. de Patrimonio.
• Valuación: VR con cambios a ER, excepto si VR no puede medirse con fiabilidad. - deterioro
SECCIÓN 14 – Inversiones en asociadas
• Definición: tengo influencia significativa pero no es subsidiaria ni empresa conjunta.
• Medición: cualquiera entre:
- costo, pero si hay cotización uso VR.
- VPP
- VR, pero usa costo si es impracticable calcular VR de forma fiable sin costo desproporcionado.
En UY: por Decreto 538/09 usamos VPP
SECCIÓN 21 – Provisiones, pasivos
contingentes y activos contingentes
• PASIVO: obligación presente, resultado de sucesos pasados del que se prevé que sea necesario
desprenderse de recursos económicos para su cancelación (más del 50% de probabilidades de que
suceda).
• PROVISIÓN: pasivo sobre el cual existe cierta incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento (antes
se consideraban así las previsiones).
• PASIVO CONTINGENTE: obligación posible (probabilidad menor a 50%) que depende de que ocurran
determinados sucesos futuros inciertos, o una obligación presente (prob mayor a 50%) cuyo pago no es
probable o el importe no puede medirse confiablemente.
No contabilizo pero revelo en notas si es una cantidad material y la probabilidad de pago es mayor que
remota.
• ACTIVO CONTINGENTE: naturaliza posible, surgido de sucesos pasados, cuya existencia ha de ser
confirmada por hechos futuros inciertos. Revelar en notas si se consideran probables
SECCIÓN 21 – Provisiones, pasivos
contingentes y activos contingentes
• Reconocimiento prov.:
- Solo puede usarse para los fines para los que fue creada.
- Si aumenta o disminuye, es contra resultados.
- No puedo provisionar pérdidas futuras.
- Debo provisionar contratos onerosos.
- Reestructuras: sólo se provisionan si existe un plan formal que se anunció o expectativa válida de
ocurrencia. Sólo incluir costos directos.
- Provisión por desmantelamiento: se incluyen como parte del costo del activo.
Realizar en NOTAS una conciliación del saldo inicial y final de provisiones.
Si hay info perjudicial, puedo no revelar (ejemplo un jucio, que de lugar a que el otro concluya que
yo asumo mi culpa y no es así).
SECCIÓN 23 – Ingresos en actividades
ordinarias
• Abarca ingresos percibidos de:
- Venta de bienes
- Prestación de servicios
- Servicios de construcción
- Uso de activos de una entidad por parte de otros: interés, dividendos,
regalías.
NORMAS DE PRESENTACIÓN
• SECCIÓN 3 – Presentación razonable
- Declaración explícita y sin reservas del cumplimiento
- Apartamientos
- Principio de negocio en marcha
- Revelación de incertidumbres significativas
- Frecuencia de la presentación de la información (anual, intermedio o menos, pero no por ciclos
productivos)
- Información comparativa
- Materialidad y agrupación de datos
• Juego completo de EEFF: ESF, ER, ERI, ECP, EFE y Notas
* No requiere seguir revelando cantidad de empleados
SECCIÓN 4 – Estado de Situación Financiera
• En NIIF para PYMES: Distinción entre partidas corrientes y no corrientes, salvo cuando
presentación por grado de liquidez proporcione información más relevante (NO válido por el
decreto 408/16, exige por liquidez).
• Información referente a patrimonio (cantidad de acciones autorizadas, de emitidas, valor
nominal).
• Información de planes de venta de activos por separado.
• Decreto 408/16: activos y pasivos, corrientes y no corrientes deberán presentarse como
categorías separadas en el ESF, los activos corrientes deberán ordenarse por orden decreciente de
liquides. Se asume x NIIF para Pymes lo mismo para activo no corriente.
Sección 5 – Estado de Resultado Integral y
Estado de Resultados
• Una entidad presentará su resultado integral para un período en único
resultado integral o en dos estados: un estado de resultados y un estado de
resultado integral (ver siguiente diapositiva).
• Partidas del ERI:
- Algunas ganancias y pérdidas que surjan por la conversión de los EEFF.
- Algunas ganancias y pérdidas actuariales (ej: si hubiera plan de jubilación).
- Algunos cambios en el valor razonable de activos (de derivados, si operan
con contabilidad de coberturas).
- Revaluación de propiedad, planta y equipo e intangibles.
Sección 5 – Estado de Resultado Integral y
Estado de Resultados
• Presentación de gastos por naturaleza o por función
• Operaciones discontinuadas
• Decreto 408/16: la presentación del ERI deberá realizarse en dos
estados
*Los gastos deberán presentarse utilizando la clasificación basada en la
función de los mismos.
* Las partidas del ERI deberán presentarse netas de impuestos.
Sección 6 – Estado de Cambios en el
Patrimonio
• Establece requisitos para presentar los cambios en el patrimonio, ya
sea en un estado de cambios en el patrimonio o, si se cumplen las
condiciones específicas y una entidad así lo decide, en un estado de
resultados y ganancias acumuladas.
• Decreto 291/014 art. 5: El estado de cambios en el patrimonio será
obligatorio en todos los casos.
Sección 7 – Estado de Flujos de Efectivo
• Equivalentes de efectivo incluye:
- Inversiones de corta madurez
- Sobregiros bancarios solo si son reembolsables en el momento y
forman parte integral del manejo de efectivo de una entidad.
- Las actividades operativas son las principales generadoras de
ganancia de la entidad.
- La NIIF para PYMES permite método indirecto o método directo.
- Decreto 408/16: Los flujos provenientes de actividades operativas
deberán presentarse en el EFE utilizando el método indirecto.
Sección 8 – Notas a los EEFF
• Orden de presentación:
1º estado de cumplimientos (las NIIF para PYMES)
2º resumen de las políticas contables aplicadas
3º información de apoyo para las partidas presentadas en los EEFF,
siguiendo la secuencia de los mismos.
4º fuentes de incertidumbre
5º otras revelaciones
Sección 23 – Hechos ocurridos después del
período que se informa
Dos tipos:
• Eventos ajustables: brindan evidencia de las condiciones que
existieron al final del período del informa.
• Eventos no ajustables: son indicativos de condiciones que surgieron
después del período que se informa (por ej: incendio).
Sección 33 – Información a revelar sobre
partes relacionadas
Una persona o miembro cercano de la familia de una persona que:
• Es miembro del personal clave de la administración (dirección, gerencia).
• Tiene control sobre la entidad que reporta (accionistas)
• Tiene control conjunto o influencia significativa sobre la entidad que reporta, o tiene poder sin tener voto significativo en ella.
Una entidad si aplica cualquiera de las siguientes condiciones:
• son entidades del mismo grupo económico.
• Cualquiera de las entidades es un socio o una empresa conjunta de la otra.
• Ambas entidades son empresas conjuntas de una tercera entidad.
• Persona o miembro cercano de la familia de aquella persona que tiene influencia o poder significativo y control de manera
conjunta sobre la entidad q reporta.
• Un miembro del personal clave de la adm. De la entidad o de una empresa controladora de la entidad.
*solo si hay control detallo los nombres de las sociedades, sino lo ponemos en notas por naturaleza (director, accionistas, asociadas)
Sección 33 – Información a revelar sobre
partes relacionadas
• Revelar: relaciones con partes relacionadas únicamente si hay
transacciones con partes relacionadas, salvo las relaciones con
empresa controladora – subsidiaria (siempre debe revelarse, haya
transacciones o no).
En este último caso revelar:
- Nombre de la parte controladora principal y sucursal,
- Si ninguna de las dos empresas prepara EEFF disponibles para el
público, revelar el nombre de la siguiente controladora que sí lo haga.
• La totalidad de compensación al personal clave.
Sección 9 – EEFF consolidados y separados
• Consolido cuando hay relación controladora – subsidiaria, excepto:
- La subsidiaria fue adquirida con intención de venta en un año
- La controladora misma es una subsidiaria y su controladora o última
controladora utiliza NIIF completas o NIIF para PYMEs (por ende
consolida).
• Valuación de subsidiaria en EEFF separados:
- Costo
- VPP
- Valor razonable: único admitido en UY por el decreto 372/15 y Dto
538/09.
Resumen de principales diferencias del
Decreto 408/16 y 109/991
• Nomenclaturas
• Orden de activos no corrientes: de cuantitativo a orden de liquidez
• Agrupación de cuentas, aunque no prohíbe el uso de subtotales
• Ingresos operativos: además de incluir ventas de bs y ss, se deben incluir intereses,
dividendos y regalías que sean operativas
• Descuentos obtenidos por pronto pago: van deducidos del gasto
• Partidas extraordinarias: NO SE PERMITEN
• Operaciones discontinuadas: exponerlas por separado en todos los EEFF.
• ER y ERI deben presentarse por separado.
• ORI: debe incluir explícitamente indicadas por NIIF para PYMES.
• Partidas de ORI: incluirse NETAS de irae e impuesto diferido.
• Cuadro de BU: deja de ser anexo y va en notas
• EFE: sólo por método indirecto
• Ajustes a resultados de ej anteriores: se presentan en el EXP y no en ER.
• Capital: para cada clase de capital en acciones revelar:
- Nº de acciones autorizadas
- Nº de acciones emitidas y pagadas
- Valor nominal
- Conciliación entre saldo inicial y final
- Derechos, privilegios y restricciones para cada clase.
- Nota 1: incluir el domicilio de la entidad.
- Revelaciones adicionales: fuentes de incertidumbre, incertidumbre de empresa en
marcha, indicar si los EEFF fueron aprobados o no por el órgano competente, partes
relacionadas más ampliamente, deterioro de activos, valor razonable, impuesto diferido,
provisiones y pasivos contingentes.

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Cambios introducidos por el decreto 408

  • 1. CAMBIOS INTRODUCIDOS POR EL DECRETO 408/16 Y DEROGACIÓN DEL DECRETO 103/991 Curso de Red Actualiza Marzo 2018
  • 2. Introducción • A continuación, realizamos un breve resumen, a partir del curso de Red Actualiza, sobre los principales cambios de la NIIF para PYMES y las modificaciones que trajo consigo el Decreto 408/16.
  • 3. SECCIÓN 13 – Inventarios • Medición: menor entre costo y precio de venta estimado menos costos de terminación venta (VNR) • Fórmulas de costeo: - Identificación específica de costos si: 1. Los bienes normalmente no se pueden intercambiar 2. Están segregados para proyectos específicos - Otros inventarios: 1. FIFO 2. PPP - Otros métodos si se aproxima al costo: 1. Costo estándar 2. Método de los minoristas: precio de venta – margen (como para mercería, ferretería, kiosco) 3. Precio de compra más reciente (NUEVO)
  • 4. SECCIÓN 13 - Inventarios • Evaluar al cierre de cada ejercicio o período que se informa si existe pérdida de deterioro. En caso de ser así se expone en ER en Costo de Ventas. • Si se revierte la situación: extorno el asiento hasta el valor de la mercadería y lo revelo en notas.
  • 5. SECCIÓN 17 – Propiedad, planta y equipo • Medición inicial: Costo • Medición posterior: costo menos depreciación y pérdidas por deterioro o VP de pagos futuros. * NIIF para PYMES no admite revaluación, pero SÍ el Decreto 291/14 en Uruguay, por su valor razonable. Revelar para todos los bienes de la misma clase. Maquinaria: a Valor de mercado Inmuebles: tasador o VR, revelar en Notas la fuente.
  • 6. SECCIÓN 16 – Propiedades de inversión (ídem NIC 40) • Solo para INMUEBLES • Por definición, puede estar disponible para la venta, pero va en esta categoría del ESF. • Medición inicial: costo, VP de pagos futuros o si fue construido al costo de producción. • Medición posterior: VR (incluye pérdida por deterioro). Puede ser valor de mercado de un inmueble similar (se admite como fuente el gallito, mercado libre, tasador, etc.). Revelar fuente en Notas, si no hay valoración también revelarlo. El resultado por el ajuste va al ER (igual que en activos biológicos). *No amortizo porque no hay USO. ** Si es el primer año que se ajusta un bien de uso a propiedad de inversión va a Ajustes al Patrimonio, y el siguiente año ya se hace a ER. Cuando no exista una medición fiable de su VR se reclasificará a Propiedad, planta y equipo y se contabilizará de acuerdo con la Sección 17, y la última valoración será el “costo” (es cambio de circunstancias, no cambio de política). Revelar en notas una conciliación del saldo al inicio del período y al cierre.
  • 7. SECCIÓN 18 - Intangibles • Reconocimiento en EEFF si: - Es identificable - Existe control sobre él - Probabilidad de beneficios futuros hacia la empresa - Costo medible confiablemente (no sirve saber el valor de venta) *No puedo reconocer en EEFF activo intangible generado internamente (por ej: valor llave, marca, cartera de clientes). Sí puedo revelarlo en Notas. ** Costos de investigación: gasto en ER. Costos de desarrollo: activable. • Medición inicial: si se adquiere separadamente, al costo. Si se adquiere en combinación de negocios, VR en la fecha de adquisición. • Medición posterior: costo menos amortización menos pérdida por deterioro (por el período del contrato o máximo 10 años). * En UY se permite revaluación determinada por el valor razonable.
  • 8. SECCIÓN 18 - Intangibles • Otras consideraciones: • EN NIIF para PYMES se considera que todos los intangibles tienen vida útil finita (NIIF full separa bienes finitos de infinitos). • Valor residual: se considera 0 excepto en circunstancias específicas. • Revelar: lo mismo que para P,P y E, y además los gastos de investigación y desarrollo llevados a cabo en el período.
  • 9. SECCIÓN 27 – Deterioro de activos • No en todos los períodos, sino siempre que haya indicios de deterioro. Debemos revelar en notas si hay o no. • Puede no generar ajuste pero sí haber indicio de deterioro. • Monto recuperable mayor entre: - Valor de venta (VM) - Valor de uso (VU) Comparo si el valor en libros es mayor o menor al valor de mercado: - Si es menor: NO hago nada - Si es mayor: elijo el mayor entre VM o VU (si el valor de venta ya me da mayor, ni miro el valor de uso). • Contabilizar la pérdida en ER, salvo que sea un bien revaluado (se deduce de la revaluación hasta el total del superávit, el excedente sí va a ER). • Cuando no puedo distribuir algún activo: primero ajuste la pérdida contra el valor llave que es lo más intangible (pérdida NO reversible).
  • 10. SECCIÓN 11 – Instrumentos financieros • Definición: contrato que da lugar a: - Un activo financiero a una entidad (tenedora). Derecho a recibir $ o simil. - Un pasivo financiero o instrumento de patrimonio a otra (emisora). Obligación de entregar $ o simil en un momento determinado. Si el momento y cantidad de $ no están determinados, es inst. de Patrimonio. • Reconocimiento: cuando adquiero derecho u obligación. • Baja: cuando cobro, descuento o vendo. Pero si descuento documento hago lo siguiente: Banco pasivo bancario Ch dif descontado ch diferido *No lo puedo dar de baja de una porque sigo teniendo los riesgos hasta que el otro pague.
  • 11. SECCIÓN 11 – Instrumentos financieros EJEMPLOS: Efectivo es AF por definición. Ctas a cobrar: tengo el derecho a recibir $ en determinada fecha. Es AF Otros créditos: algunos son AF Inversiones Acciones Bonos del tesoro de EEUU Deudas comerciales: PF Deudas financieras: PF Seguros pagados por adelantado: no, lo que tengo es una cobertura Anticipo a proveedores: no, no voy a recibir $. Bienes de cambio: no tengo el derecho, es un potencial. Obligaciones negociables convertible a acción: PF + IP. Compuesto, coexiste ambos.
  • 12. SECCIÓN 11 – Instrumentos financieros • Valuación: Costo amortizado para todos, excepto inversiones en acciones que cotizan o VR puede medirse confiablemente (VR con cambios a ER) – deterioro si corresponde. • REVELACIONES: - Políticas contables. - AF y PF por categoría en ESF (AF medido a VR, AF medido a costo amort (inst de deuda), AF medido a costo menos deterioro, etc. - Términos, condiciones y restricciones (las garantías no van más en OTROS CRÉDITOS). - Cómo se determinó el VR. - Detalle de traspaso de AF que no califican para darse de baja. - Detalle de AF comprometidos en garantía. - Detalles de incumplimientos en préstamos por pagar. - En ER: cambios en VR, ingreso de interés total y gasto total, pérdida por deterioro por clase de AF. *No hay porque revelar riesgo de crédito ni tasas.
  • 13. SECCIÓN 12 – Instrumentos financieros complejos • Definición: contrato que da lugar a: - Un activo financiero a una entidad (tenedora). Derecho a recibir $ o simil. - Un pasivo financiero o instrumento de patrimonio a otra (emisora). Obligación de entregar $ o simil en un momento determinado. Si el momento y cantidad de $ no están determinados, es inst. de Patrimonio. • Valuación: VR con cambios a ER, excepto si VR no puede medirse con fiabilidad. - deterioro
  • 14. SECCIÓN 14 – Inversiones en asociadas • Definición: tengo influencia significativa pero no es subsidiaria ni empresa conjunta. • Medición: cualquiera entre: - costo, pero si hay cotización uso VR. - VPP - VR, pero usa costo si es impracticable calcular VR de forma fiable sin costo desproporcionado. En UY: por Decreto 538/09 usamos VPP
  • 15. SECCIÓN 21 – Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes • PASIVO: obligación presente, resultado de sucesos pasados del que se prevé que sea necesario desprenderse de recursos económicos para su cancelación (más del 50% de probabilidades de que suceda). • PROVISIÓN: pasivo sobre el cual existe cierta incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento (antes se consideraban así las previsiones). • PASIVO CONTINGENTE: obligación posible (probabilidad menor a 50%) que depende de que ocurran determinados sucesos futuros inciertos, o una obligación presente (prob mayor a 50%) cuyo pago no es probable o el importe no puede medirse confiablemente. No contabilizo pero revelo en notas si es una cantidad material y la probabilidad de pago es mayor que remota. • ACTIVO CONTINGENTE: naturaliza posible, surgido de sucesos pasados, cuya existencia ha de ser confirmada por hechos futuros inciertos. Revelar en notas si se consideran probables
  • 16. SECCIÓN 21 – Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes • Reconocimiento prov.: - Solo puede usarse para los fines para los que fue creada. - Si aumenta o disminuye, es contra resultados. - No puedo provisionar pérdidas futuras. - Debo provisionar contratos onerosos. - Reestructuras: sólo se provisionan si existe un plan formal que se anunció o expectativa válida de ocurrencia. Sólo incluir costos directos. - Provisión por desmantelamiento: se incluyen como parte del costo del activo. Realizar en NOTAS una conciliación del saldo inicial y final de provisiones. Si hay info perjudicial, puedo no revelar (ejemplo un jucio, que de lugar a que el otro concluya que yo asumo mi culpa y no es así).
  • 17. SECCIÓN 23 – Ingresos en actividades ordinarias • Abarca ingresos percibidos de: - Venta de bienes - Prestación de servicios - Servicios de construcción - Uso de activos de una entidad por parte de otros: interés, dividendos, regalías.
  • 18. NORMAS DE PRESENTACIÓN • SECCIÓN 3 – Presentación razonable - Declaración explícita y sin reservas del cumplimiento - Apartamientos - Principio de negocio en marcha - Revelación de incertidumbres significativas - Frecuencia de la presentación de la información (anual, intermedio o menos, pero no por ciclos productivos) - Información comparativa - Materialidad y agrupación de datos • Juego completo de EEFF: ESF, ER, ERI, ECP, EFE y Notas * No requiere seguir revelando cantidad de empleados
  • 19. SECCIÓN 4 – Estado de Situación Financiera • En NIIF para PYMES: Distinción entre partidas corrientes y no corrientes, salvo cuando presentación por grado de liquidez proporcione información más relevante (NO válido por el decreto 408/16, exige por liquidez). • Información referente a patrimonio (cantidad de acciones autorizadas, de emitidas, valor nominal). • Información de planes de venta de activos por separado. • Decreto 408/16: activos y pasivos, corrientes y no corrientes deberán presentarse como categorías separadas en el ESF, los activos corrientes deberán ordenarse por orden decreciente de liquides. Se asume x NIIF para Pymes lo mismo para activo no corriente.
  • 20. Sección 5 – Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados • Una entidad presentará su resultado integral para un período en único resultado integral o en dos estados: un estado de resultados y un estado de resultado integral (ver siguiente diapositiva). • Partidas del ERI: - Algunas ganancias y pérdidas que surjan por la conversión de los EEFF. - Algunas ganancias y pérdidas actuariales (ej: si hubiera plan de jubilación). - Algunos cambios en el valor razonable de activos (de derivados, si operan con contabilidad de coberturas). - Revaluación de propiedad, planta y equipo e intangibles.
  • 21. Sección 5 – Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados • Presentación de gastos por naturaleza o por función • Operaciones discontinuadas • Decreto 408/16: la presentación del ERI deberá realizarse en dos estados *Los gastos deberán presentarse utilizando la clasificación basada en la función de los mismos. * Las partidas del ERI deberán presentarse netas de impuestos.
  • 22. Sección 6 – Estado de Cambios en el Patrimonio • Establece requisitos para presentar los cambios en el patrimonio, ya sea en un estado de cambios en el patrimonio o, si se cumplen las condiciones específicas y una entidad así lo decide, en un estado de resultados y ganancias acumuladas. • Decreto 291/014 art. 5: El estado de cambios en el patrimonio será obligatorio en todos los casos.
  • 23. Sección 7 – Estado de Flujos de Efectivo • Equivalentes de efectivo incluye: - Inversiones de corta madurez - Sobregiros bancarios solo si son reembolsables en el momento y forman parte integral del manejo de efectivo de una entidad. - Las actividades operativas son las principales generadoras de ganancia de la entidad. - La NIIF para PYMES permite método indirecto o método directo. - Decreto 408/16: Los flujos provenientes de actividades operativas deberán presentarse en el EFE utilizando el método indirecto.
  • 24. Sección 8 – Notas a los EEFF • Orden de presentación: 1º estado de cumplimientos (las NIIF para PYMES) 2º resumen de las políticas contables aplicadas 3º información de apoyo para las partidas presentadas en los EEFF, siguiendo la secuencia de los mismos. 4º fuentes de incertidumbre 5º otras revelaciones
  • 25. Sección 23 – Hechos ocurridos después del período que se informa Dos tipos: • Eventos ajustables: brindan evidencia de las condiciones que existieron al final del período del informa. • Eventos no ajustables: son indicativos de condiciones que surgieron después del período que se informa (por ej: incendio).
  • 26. Sección 33 – Información a revelar sobre partes relacionadas Una persona o miembro cercano de la familia de una persona que: • Es miembro del personal clave de la administración (dirección, gerencia). • Tiene control sobre la entidad que reporta (accionistas) • Tiene control conjunto o influencia significativa sobre la entidad que reporta, o tiene poder sin tener voto significativo en ella. Una entidad si aplica cualquiera de las siguientes condiciones: • son entidades del mismo grupo económico. • Cualquiera de las entidades es un socio o una empresa conjunta de la otra. • Ambas entidades son empresas conjuntas de una tercera entidad. • Persona o miembro cercano de la familia de aquella persona que tiene influencia o poder significativo y control de manera conjunta sobre la entidad q reporta. • Un miembro del personal clave de la adm. De la entidad o de una empresa controladora de la entidad. *solo si hay control detallo los nombres de las sociedades, sino lo ponemos en notas por naturaleza (director, accionistas, asociadas)
  • 27. Sección 33 – Información a revelar sobre partes relacionadas • Revelar: relaciones con partes relacionadas únicamente si hay transacciones con partes relacionadas, salvo las relaciones con empresa controladora – subsidiaria (siempre debe revelarse, haya transacciones o no). En este último caso revelar: - Nombre de la parte controladora principal y sucursal, - Si ninguna de las dos empresas prepara EEFF disponibles para el público, revelar el nombre de la siguiente controladora que sí lo haga. • La totalidad de compensación al personal clave.
  • 28. Sección 9 – EEFF consolidados y separados • Consolido cuando hay relación controladora – subsidiaria, excepto: - La subsidiaria fue adquirida con intención de venta en un año - La controladora misma es una subsidiaria y su controladora o última controladora utiliza NIIF completas o NIIF para PYMEs (por ende consolida). • Valuación de subsidiaria en EEFF separados: - Costo - VPP - Valor razonable: único admitido en UY por el decreto 372/15 y Dto 538/09.
  • 29. Resumen de principales diferencias del Decreto 408/16 y 109/991 • Nomenclaturas • Orden de activos no corrientes: de cuantitativo a orden de liquidez • Agrupación de cuentas, aunque no prohíbe el uso de subtotales • Ingresos operativos: además de incluir ventas de bs y ss, se deben incluir intereses, dividendos y regalías que sean operativas • Descuentos obtenidos por pronto pago: van deducidos del gasto • Partidas extraordinarias: NO SE PERMITEN • Operaciones discontinuadas: exponerlas por separado en todos los EEFF. • ER y ERI deben presentarse por separado. • ORI: debe incluir explícitamente indicadas por NIIF para PYMES. • Partidas de ORI: incluirse NETAS de irae e impuesto diferido. • Cuadro de BU: deja de ser anexo y va en notas
  • 30. • EFE: sólo por método indirecto • Ajustes a resultados de ej anteriores: se presentan en el EXP y no en ER. • Capital: para cada clase de capital en acciones revelar: - Nº de acciones autorizadas - Nº de acciones emitidas y pagadas - Valor nominal - Conciliación entre saldo inicial y final - Derechos, privilegios y restricciones para cada clase. - Nota 1: incluir el domicilio de la entidad. - Revelaciones adicionales: fuentes de incertidumbre, incertidumbre de empresa en marcha, indicar si los EEFF fueron aprobados o no por el órgano competente, partes relacionadas más ampliamente, deterioro de activos, valor razonable, impuesto diferido, provisiones y pasivos contingentes.