Los derechos humanos de cuarta generación se refieren a los derechos que protegen la privacidad y la libertad de las personas en el espacio digital debido al rápido desarrollo tecnológico. Estos derechos incluyen el acceso a la información y las tecnologías, la autodeterminación de la información personal, y la libertad de expresión en línea. El documento argumenta que una cuarta generación de derechos es necesaria para salvaguardar las libertades humanas fundamentales a medida que la tecnología continúa evolucionando
3. QUE SON LOS DERECHOS DE CUARTA
GENERACIÓN.
Básicamente los derechos de cuarta generación son aquellos que se
dieron por la necesidad de que hubieran derechos que protejan los
derechos de las personas debido al desarrollo tecnológico que se ha
dado en la ultimas décadas ya que no hay leyes que protejan ningún
tipo de derecho. El salvador solo cuenta con tres generaciones de
derechos humanos y no tiene ninguna ley que regule en el área
informática.
4. Con la revolución tecnológica de finales del siglo XX y principios
del siglo XXI y la consecuente aparición de lo que se denomina
Sociedad del Conocimiento, ha resultado necesaria la creación
de una nueva generación de derechos humanos relacionados
directamente a las nuevas tecnologías de la información y la
comunicación (TICs) y su incidencia en la vida de las personas.
En esta nueva etapa de la humanidad, las libertades y derechos
se han introducido en el espacio digital lo que ha provocado que
su reconocimiento y protección por parte del Estado constituya
un verdadero reto por parte del sistema jurídico.
5. DENTRO DE LA GAMA DE DERECHOS DE
CUARTA GENERACIÓN SE PUEDEN CITAR:
El derecho de acceso a la informática.
El derecho a acceder al espacio que supone la nueva sociedad de la
información en condiciones de igualdad y de no discriminación.
Al uso del espectro radioeléctrico y de la infraestructura para los
servicios en línea sean satelitales o por vía de cable.
El derecho a formarse en las nuevas tecnologías.
El derecho a la autodeterminación informativa.
6. Siguiendo la misma línea, nuestra Constitución ya le ha
dado un carácter fundamental a los derechos
protegidos por la cuarta generación de derechos
humanos, ya que estos sin importar la evolución de la
sociedad siempre encajaran en la nuevas realidades
políticas o tecnológicas, por ende debemos comprender
que el derecho a la intimidad o a la información serán
protegidos sin importar el medio por el cual fueron
vulnerados, de ahí la certeza del apelativo
“fundamental” de estos derechos.
7. EJEMPLOS DE DERECHOS PROTEGIDOS POR
LA CONSTITUCIÓN Y CONTEMPLADOS EN LA
CUARTA GENERACIÓN DE LOS DERECHOS
HUMANOS:
Libertad de expresión e información. Toda persona tiene
derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y
opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse
censura previa
Derecho al libre desarrollo de la personalidad. Toda persona
tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad, sin más
limitaciones que las impuestas por el orden jurídico y los
derechos de los demás.
8. LA NECESIDAD DE UNA CUARTA
GENERACIÓN DE DERECHOS HUMANOS
El desarrollo social y moral del ser humano no ha sido nunca opaco al
desarrollo de las realidades técnicas científicas. Dichas realidades se constituyen
en condición de posibilidad para el cambio social, la emergencia de nuevos
valores, la aparición de nuevos paradigmas éticos y, en definitiva, el
advenimiento de nuevas formas de organización social. Es por esa razón que
resulta necesario reflexionar constantemente y sobre el sentido de la relación
entre los desarrollos técnicos y el entorno humano. Resulta evidente constatar
que la tecnociencia está presente como uno de los hechos configuradores de la
realidad actual, y que el mundo ha cambiado de forma sustancial a partir de ese
impulso. Pero también debemos entenderlo como un fenómeno
multidimensional que proyecta su influencia de una manera directa sobre las
realidades morales, psicológicas y sociales