1. El Contrato Individual de Trabajo o Contrato Laboral, es el
documento o contrato que se hace constar por escrito y no
verbalmente, en el cual una persona llamada trabajador o
empleado se obliga a prestar un trabajo personal subordinado
a otra persona llamada patrón o empleador. Esto mediante el
pago de una determinada cantidad de dinero por concepto de
salario que le entrega el patrón de manera quincenal o
mensual.
Es el contrato que encuentra su fundamento legal en la Ley
Federal del Trabajo, en el que se establece una relación entre
un empleado y un patrón, con la característica de que el
empleado está subordinado a un control de mando o de
dirección por parte del patrón y que éste le paga al empleado
un salario, además de la obligación que tiene de darlo de alta
ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Sabías que nuestro país fue el primer país en todo el mundo
en el que se le conocieron constitucionalmente los derechos y
la protección a los trabajadores frente a los patrones. Esto
sucedió en el año 1917, durante la promulgación de nuestra
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. ¿Para qué sirve?
El contrato laboral sirve para establecer la naturaleza del
trabajo contratado, ya que de lo contrario podría mal
interpretarse como una prestación de servicios o volverse una
relación laboral por tiempo indeterminado y, en consecuencia,
el trabajador tendría derecho de todos los beneficios que
implica una relación laboral por tiempo indeterminado.
Es importante que el patrón contrate por escrito a sus
trabajadores, ya que así establece los servicios, lugar,
duración y condiciones del trabajo que
contratará. Protegiéndose ante cualquier incumplimiento por
parte del trabajador o ante cualquier reclamo que quiera
hacerle el trabajador distinto a lo que habían acordado.
Asimismo, como trabajador es importante que tengas contigo
una copia original del contrato firmado por el patrón y por ti.
Esto para que siempre tengas presente la manera y
condiciones en que deberás realizar correctamente la relación
de subordinación con el patrón.
3. ¿Qué obligaciones tiene un patrón conforme a la Ley?
En este tipo de relación o de contratos, la Ley se inclina en
favor del trabajador. Pues durante muchos años han peleado
los trabajadores para que les sean reconocidos y protegidos
sus derechos. Además de que no se les considerará como
maquinaria o, anteriormente, como objetos esclavizados. Por
ello se creó un artículo en la constitución y además se
fortaleció a través de la Ley Federal del Trabajo. Sin tampoco
descuidar los derechos y las obligaciones de los patrones.
Por eso, debes saber las principales obligaciones que tienes
como patrón, las cuales son:
Cumplir con lo que establecen las leyes laborales y
administrativas que les sean aplicables a sus empresas
o establecimientos, de acuerdo con su giro.
Pagarle a los trabajadores los salarios e
indemnizaciones, conforme con las normas que estén
vigentes en la empresa o establecimiento.
Proporcionarle a los trabajadores oportunamente los
útiles, instrumentos y materiales necesarios para la
ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad,
en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de
ser funcionales, siempre que los trabajadores no se
hayan comprometido a usar su propia herramienta. El
patrón no podrá exigir ninguna indemnización por el
desgaste natural que sufran los útiles, instrumentos y
materiales de trabajo.
Proporcionar un espacio o local seguro para guardar los
instrumentos y útiles de trabajo que le pertenezcan al
trabajador. Siempre que deban permanecer en el lugar
en que prestan los servicios, sin que sea legal que el
patrón los retenga por motivo de indemnización, garantía
o cualquier otro motivo.
4. En cuanto a los trabajadores, ¿qué obligaciones deben
cumplir?
Así como se les reconocieron a los trabajadores sus derechos
sociales, asimismo se establecieron sus principales
obligaciones. Por eso, en el artículo 134 de la Ley Federal del
Trabajo se establecen las obligaciones de los trabajadores,
las cuales son:
Cumplir con las normas de trabajo que les aplique, de
acuerdo con su función y el giro de la empresa.
Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de
su representante, de quienes serán subordinados
únicamente en todo lo concerniente al trabajo.
Realizar o ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y
esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar
acordados con el patrón.
Dar aviso inmediato al patrón, excepto que por
cuestiones de la naturaleza o ajenas completamente
a él, de las causas justificadas que le impidan acudir a
su trabajo.
Observar buenas costumbres durante el servicio.
Regresarle al patrón los materiales no usados y
conservar en buen estado los instrumentos y útiles que
5. les haya dado el patrón para el trabajo. No siendo
responsables por el deterioro que origine el uso de estos
objetos, ni del ocasionado por causas de la naturaleza o
ajenas completamente al trabajador, o por la mala
calidad o la defectuosa construcción.
Comunicar al patrón o a su representante las
deficiencias que advierta, con la finalidad de que se
eviten daños o perjuicios a los intereses y vidas de sus
compañeros de trabajo o de los patrones.