2. El problema no es sólo organizativo ni presupuestario.
- En los últimos 5 años (2008-2013), el presupuesto del Poder
Judicial ha aumentado, en términos reales, un 55%,
ascendiendo este año a 1750 millones de soles.
En el 2007 el presupuesto per-cápita era de 11.8 dólares y
hacia el 2014 éste asciende a 46 dólares. Se cuadriplicó.
3. Nota: El presupuesto del Poder Judicial se ha incrementado entre el 2008 a 2013 en 55.1% en términos
reales y actualmente asciende a 1750 millones de soles, por encima de los 600 millones de dólares.
Fuente: Shack Nelson, Una Aproximación Cuantitativa Al Presupuesto Institucional del Poder Judicial,
Proyecto de Mejoramiento de Servicios de Justicia, Banco Mundial, 2014.
4. US$ Dólares destinados por habitante al Poder Judicial
.
Fuente: Centro de Estudios de Justicia de las Américas, Reporte 2007-2008..
5. Presupuestos Per Cápita del Poder Judicial
(2007-2008)
Este indicador busca ofrecer una perspectiva de cuantos recursos son
destinados al Poder Judicial o Rama Judicial de los distintos países. Para este fin,
se determinó que era factible realizar cotejos si se dividía el monto asignado
anualmente (expresado en dólares) por el número de habitantes consignado en
esta edición del reporte, obteniendo de esta forma el monto gastado por
habitante.
Como se observa en el siguiente gráfico, es Puerto Rico quien destina mayores
recursos por habitante al Poder Judicial con US$ 82,35, seguido por Venezuela
con US$71,79. En el otro extremo, en los países con menores recursos
destinados por habitante, se encuentra Bolivia. El promedio de los presupuestos
de los países analizados llega a US$ 30.74 por habitante.
6. EL Poder Judicial no es independiente del poder. Es un reflejo del
poder.
Sólo una reforma política puede solucionar la dependencia del Poder
Judicial frente:
Al Poder Ejecutivo: Presupuesto.
Al Poder Legislativo: El control político y legislativo.
Al Ministerio Público: Monopolio de la acción penal.
Al Consejo Nacional de la Magistratura: Nombramiento, remoción
y ratificación judicial.
Al Tribunal Constitucional: No tiene la última palabra en materia
constitucional.
7. La reacción del Poder Judicial es aislarse más por sentirse
amenazado:
Aranceles, suben las tasas para limitar los casos que resuelven.
Especialización, desaparecen los jueces «Generalistas».
Los Juzgados Especializados, lejos de descentralizar la justicia,
lo único que han logrado es volverla más costosa para el
particular.
La Casación, sólo retarda el acceso efectivo a la justicia, al
reenviar los casos para, otra vez, decidirlos.
Con tantas formalidades, es prácticamente imposible hablar
con un magistrado.
8. Un Poder Judicial dependiente de otras instituciones
públicas.
Un Poder Judicial carente de representación.
Un Poder Judicial agobiado por la corrupción,
producto de un sistema que incentiva el soborno
como mecanismo de celeridad procesal.
9. Indicador de Independencia Judicial
2008-2009
Fuente: Foro Económico Mundial, Informe de Competitividad Mundial, 2008-2009.
10. Independencia Judicial
«Este indicador forma parte del Informe de Competitividad Mundial, elaborado por el Foro
Económico Mundial, en base a una encuesta respondida por 12.297 de los principales líderes
de administración de negocios en 134 países, con un promedio de 91 encuestados por país.
En total comprende la medición de seis dimensiones de gobernabilidad.
Los resultados sobre la independencia judicial se originan en base a la pregunta ¿Es el Poder
Judicial en su país independiente de influencias políticas de miembros del gobierno,
ciudadanos o empresas? En este caso la nota 1 corresponde a muy influenciados y por el
contrario 7 significa completamente independiente.
Los países con mejor calificación son Canadá y Barbados. En cambio, Venezuela, Paraguay y
Nicaragua alcanzan las calificaciones más bajas».
Fuente: Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA).
11. Perú, el país con el Poder Judicial más corrupto de
América Latina
12. Perú en el lugar 118/144 a nivel mundial en confianza institucional
13. Menos Estado, a través de las siguientes reformas:
- Autonomía presupuestaria frente al Ejecutivo.
- Desarrollo de derechos vía jurisprudencial y no sólo a través del
Poder Legislativo.
- Elecciones democráticas de Jueces y no del Consejo Nacional de
la Magistratura.
- Unidad de interpretación de la constitucionalidad en vez de la
coexistencia del Tribunal Constitucional y la Sala Constitucional
de la Corte Suprema de Justicia.
- Eliminar el monopolio de la acción penal del Ministerio Público.
14. Porcentaje de Confianza en la Justicia
2009
Fuente: Barómetro Iberoamericano de Gobernabilidad 2009 (CIMA).
15. Confianza en la Justicia del Barómetro Iberoamericano de Gobernabilidad
El Índice de Confianza en la Justicia es parte del Barómetro Iberoamericano de
Gobernabilidad elaborado anualmente por el Consorcio Iberoamericano de
Investigaciones de Mercado y Asesoramiento (CIMA).
La metodología de este estudio consiste en evaluar a la población de 21 países de
América Latina e Iberoamérica, así como a los hispanos en Estados Unidos, respecto a
su percepción hacia la crisis financiera mundial, al grado de satisfacción con la
democracia y el grado de estabilidad democrática; el desempeño de los presidentes y
jefes de Estado respecto a temas puntuales como la seguridad, el desempleo, la
corrupción, las relaciones internacionales, y entre ellos, la percepción de confianza que
tienen los ciudadanos respecto a las instituciones gubernamentales y las
organizaciones internacionales, en este último ámbito de estudio se contempla el
Índice de Percepción de Confianza en la Justicia, que se origina de los resultados de la
pregunta ¿Usted tiene o no tiene confianza en las siguientes instituciones?, dentro de
las cuales se señala la Justicia.
Para el año 2009, las mejores calificaciones en el subíndice de Confianza en la Justicia
corresponden a Estados Unidos (población latina) donde se alcanza un 60%, seguido
por Colombia y el Salvador con un 40% para ambos.
16. Más Sociedad, eliminando los monopolios legales en la
Administración de Justicia, para así incentivar la competencia
entre medios alternativos de resolución de conflictos. Para ello,
necesitamos una profunda reforma del arbitraje, en la cual se
considere:
- El Arbitraje Popular.
- La anulación y ejecución de laudos sin necesidad del Poder
Judicial.
- El Arbitraje Penal.
17. Más Sociedad, incorporando a más ciudadanos y menos
burócratas en la Administración de Justicia a través de:
De hecho, la consagración de los jurados se consagró en todas las
Constituciones desde 1823:
“Artículo 102°: Conocer en segunda y tercera instancia de todas las
causas civiles del fuero común, hacienda pública, comercio, minería,
presas y comisos.
2.- Conocer de las causas criminales, mientras se pone en
observancia el juicio de jurados (…)”
18. Más Sociedad, implementando la otra gran figura de la
democratización de la justicia:
Los jueces ciudadanos: que sean legos, y no sólo jueces técnicos,
quienes impartan justicia a través de sentencias. Es un efectivo
regreso al artículo 138° de nuestra Constitución, en la cual la
justicia emane del pueblo y no del arbitrario arbitrio del juez de
turno.
La evidencia histórica los apoya: Desde 1532, no es casualidad
que los países con mayor independencia judicial sean aquellos
que precisamente los utilizan.
19. Fuente: Brandt, Hans-Jürgen. Participación Ciudadana en la Justicia Penal: ¿Democratización o adorno inútil de los tribunales? Fundación
Hanns Seidel. Lima. Enero 2010, pág. 24 – 25