Este documento presenta conceptos clave del derecho fiscal mexicano. En 3 oraciones: Expone las disposiciones generales del derecho fiscal y tributario, incluyendo los principios de legalidad, obligatoriedad y proporcionalidad. Describe las fuentes de ingresos del estado y las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Finalmente, resume las facultades de las autoridades fiscales y los derechos y obligaciones de los contribuyentes según el código fiscal de la federación.
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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA INDIGENA DE MÉXICO
TRABAJO ACADÉMICO: Derecho fiscal
MATERIA: Herramientas para la búsqueda y el manejo de la
información
ALUMNO: Abraham Rivera Yocupicio
PROFESOR(A): Irma Verónica Orduño Borquez
GRUPO: 1 Derecho
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INDICE:
Introducción-------------------------------------------------------------------------3
Disposiciones generales del Derecho Fiscal y Tributario---------------4
Actividad financiera del Estado------------------------------------------------5
Las Obligaciones Tributarias---------------------------------------------------6
Las Contribuciones----------------------------------------------------------------7
Disposiciones Generales del Código Fiscal de la Federación---------7
Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes y Facultades de las
Autoridades Fiscales-------------------------------------------------------------8
Conclusiones----------------------------------------------------------------------10
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INTRODUCCIÓN:
En el siguiente trabajo se exponen algunos conceptos que ocupan la materia de
Derecho Fiscal, sobre todo aquellos que, desde mi punto de vista, son los más
conflictivos y polémicos, pues considero que si bien como abogados es importante
conocer y dominar los conceptos teóricos de la disciplina especialmente de la que
nos despierta mayor interés también es de vital importancia detectar “las lagunas”
de sentido que la ley no logra responder, especialmente cuando dicha ley se ponen
práctica y deja de ser únicamente prescriptiva.
El ensayo está ordenado de acuerdo con las unidades de contenido revisadas en el
curso. Además de comentar modestamente los aspectos más sobresalientes de
cada una de ellas, en cada apartado manifiesto la importancia década uno de los
conceptos y cómo, a mi parecer, encuentran una justificación en el ejercicio del
Derecho, y específicamente en la práctica del Derecho Fiscal.
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DESARROLLO:
DISPOSICIONES GENERALES DEL DERECHO FISCAL Y
TRIBUTARIO
El Derecho Fiscal es el encargado de regular las relaciones entre el Poder público
y los contribuyentes. Precisamente por la razón de que el Estado es quien exige
estas contribuciones, la ley busca no sólo garantizar que dichos procesos se
efectúen tal como ella misma la dictamina, sino que pretende que en este proceso
ambas partes estén respaldadas, pues de ninguna manera sería correcto que el
Estado en su afán de requerir dichas contribuciones atropelle los derechos de las
personas físicas y morales, en el afán de cubrir las necesidades gubernamentales.
Por otro lado, tampoco sería justo que los contribuyentes abusaran de la protección
que recibe de la ley; por lo tanto, existen organismos que coordinan tales
retribuciones.
Si bien, gracias a la experiencia que cada uno de nosotros tenemos respecto a
dichas instituciones, es posible afirmar que estos procesos rara vez funcionan como
se espera, las leyes han creado estas dependencias con el fin de mantener cierto
control sobre los procesos concernientes a las contribuciones. La ley es muy clara
al afirmar que existen cinco principios que regulan toda contribución: legalidad,
obligatoriedad, vinculación con el gasto público, proporcionalidad y equidad,
residencia y anualidad. A continuación, explicaré brevemente cada uno de ellos. El
principio de legalidad se resume en que es imposible dar un tributo si no hay ninguna
ley que así lo exija, es decir, para que deba darse una contribución debe existir una
ley donde se especifique de qué tributo se trata, quiénes son los sujetos de derecho
participantes, cuál es el monto por cubrir, su periodicidad, etcétera. El principio de
obligatoriedad está estrechamente relacionado con este primero, ya que no se trata
únicamente de un deber moral, sino de una obligación pública, que, de no cumplirse,
traerá repercusiones (sanciones) legales para los sujetos que no se acaten a ella.
Por otro lado, el concepto de vinculación con el gasto público, hace referencial
porqué de esta contribución, es decir, el dinero recaudado, en el mejor de los casos,
busca tener un impacto en el presupuesto público. En cuanto a los principios de
equidad y proporcionalidad, se puede decir que son aspectos más individuales,
pues la ley consignará dicha contribución dependiendo de las condiciones de cada
uno de los contribuyentes. Por ejemplo, una persona de clase baja no puede
contribuir la misma cantidad monetaria que una persona adinerada. Por su parte, el
concepto de residencia tiene que ver con el lugar donde radica el contribuyente,
pues cada espacio geográfico (entidad federativa) tendrá sus propias leyes.
Asimismo, el principio de anualidad tiene que ver con la revisión continúa de estos
tributos por el Poder Legislativo de la nación. Ahora bien, en cuanto a las
contribuciones y las leyes en general, hay una jerarquía. En primer lugar, se
encuentra la Constitución Política, la cual es el documento con mayor potestad para
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la práctica del Derecho Fiscal mexicano. Posteriormente, se encuentran los
Tratados Internacionales, cuya función es regular asuntos jurídicos que atañan a
diversos países, según las relaciones políticas existentes entre ellos. En cuarto
lugar, se hallarán las Leyes Orgánicas, creadas por organismos especializados en
materia fiscal y cuya función es regular internamente todos los procesos jurídicos.
Finalmente, las leyes federales y las leyes estatales o locales son las que
intervendrán en el ejercicio del Derecho Fiscal. Por esa misma razón, y en función
de esos niveles, las leyes pueden clasificarse en cuatro rubros: Leyes Federales,
Leyes Estatales, Leyes del Distrito Federal y Leyes Locales. Ahora bien, en cuanto
a la temporalidad (el tiempo en que entran en vigor) de las leyes existen tres tipos:
la simultánea, la cual se aplica al momento de la publicación en todos los lugares;
la sucesiva, que toma en cuenta el lugar de origen y su expansión paulatina por el
territorio nacional; y la vacatio legis, la cual consigna la fecha en la que entrará en
vigor, independientemente del momento en que fue publicada. En cuanto a las
escuelas de interpretación de las leyes se puede mencionar principalmente dos: la
escuela absolutista y la subjetiva. La primera se puede decir que es un análisis
inmanente de la ley y la segunda busca una interpretación más compleja de la ley,
es decir, analiza la trascendencia de dicha ley fuera del documento; mientras que la
primera busca la literalidad del escrito. Ahora bien, la ley pasa por varios filtros de
interpretación. Entre los más importantes se podría mencionar la interpretación
auténtica (del propio creador dela ley), la administrativa (de las autoridades fiscales),
la judicial (tribunales) y la dela doctrinal (de los especialistas en la materia).
ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO
Se le llama finanzas públicas al dinero que el Estado dispone para el gasto público.
Este fenómeno en el Derecho es estudiado por el Derecho Financiero, cuya misión
regular la actividad financiera del Estado. Las disciplinas en las cuales se divide el
DF son las siguientes:
1. Derecho Fiscal: Se enfoca en la obtención de recursos.
2. Derecho de Crédito Público: Se concentra en la deuda pública y estrategias para
erradicarla.
3. Derecho Monetario: Estudia todo lo relacionado con la emisión y circulación de la
moneda nacional.
4. Derecho Patrimonial: Maneja todos los bienes patrimoniales del Estado.
5. Derecho Patrimonial: Analiza el control de los ingresos y egresos del Estado.
Asimismo, la actividad financiera del Estado se divide en los siguientes aspectos:
1. Económico: Se ocupa de la obtención e inversión de recursos para satisfacer
dichas finanzas.
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2. Político: Se refiere al cumplimiento de dicha actividad a través de políticas
públicas.
3. Sociológica: Se centra en la influencia que las contribuciones tienen sóbrelos
grupos sociales que existen dentro del Estado.
4. Jurídica: Su papel es que la actividad financiera se realice en plena armonía con
los principios legales marcados por los documentos oficiales.
Las fuentes del Derecho Financiero son las siguientes:
1. La ley
2. Decreto-Ley: Resoluciones únicamente constitucionales
3. Decreto-Delegado: La transmisión de facultades del Congreso al Poder Ejecutivo.
4. La Jurisprudencia
5. El reglamento: Artículo 89 de la Constitución Mexicana
6. Las Circulares
7. Los Tratados Internacionales
8. La Doctrina
9. Principios Generales del Derecho: Justicia y Equidad
10. La Costumbre
En cuanto a los ingresos, se pueden clasificar en tributarios (que son dados por los
contribuyentes) y se pueden clasificar en impuestos, aportaciones de seguridad
social, contribuciones de mejoras y derechos. Los no tributarios, por su parte, se
clasifican en ingresos patrimoniales, divididos en aprovechamientos, productos y
crediticios. Finalmente, a la capacidad del Estado para imponer las contribuciones
se le llama potestad tributaria.
LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
Según Jacobo Ruso, toda contribución debe tener las siguientes características:
1. Generalidad: Aplica para todo el Estado
2. Uniformidad: Busca que dicha contribución sea orgánica en su estructuración
jurídica.
3. Justicia impositiva: Los que tienen más pagan más.
4. Seguridad jurídica: Es una garantía que conlleva toda contribución
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5. Legalidad jurídica: Toda contribución debe apegarse a los términos que la ley
exige
6. Capacidad contributiva: Establece la responsabilidad de emitir tributos década
individuo de acuerdo con sus posibilidades financieras
Por otro lado, la relación jurídica tributaria es un vínculo que une a diferentes sujetos
respecto de la generación de consecuencias jurídicas, consistentes en el
nacimiento, modificación, transmisión o extinción de derechos y obligaciones en
materia tributaria. Sus características son las siguientes:
1. Mínimo sacrificio: Busca recabar la contribución mínima a fin de contribuir con el
gasto público y no afectarla.
2. Equilibrio: Correspondencia entre el gasto, presupuesto y su ejercicio.
3. Perdurable: Existirá el pago de la contribución hasta que el estado exista.
4. Coactiva: La imposición hacia los contribuyentes se hace de forma general y para
todo nadie se exime de esta responsabilidad.
5. Dependiente: La Hacienda Pública debe establecer sujeción a lo que dicta la ley,
no puede imponer el pago de algo no establecido.
Ahora bien, en toda relación tributario hay tres sujetos básicamente: el sujeto activo
(quien solicita la contribución), el cual es el Estado, sus organismos y dependencias;
el sujeto pasivo, que son las personas físicas y morales, y el sujeto pasivo solidario,
un tercero que por elección propia decide absorber la deuda siempre y cuando sea
legalmente posible. Por otro lado, toda obligación tributaria puede extinguirse a
través de las siguientes modalidades: el pago, la compensación, la prescripción y
caducidad y la condonación.
LAS CONTRIBUCIONES
Toda contribución tiene las siguientes características: es personal, pecuniaria (ósea,
para que el Estado pueda disponer de recursos públicos financieros), es para el
gasto público, es proporcional y equitativa y se establece sólo a través de la ley.
Quizás la contribución más conocida sea el impuesto, pero ¿cuáles son sus
principales características? En términos prácticos, un impuesto es una obligación
jurídica sin poder ser evadida, es una obligación monetaria y es legal.
DISPOSICIONES GENERALES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA
FEDERACIÓN
A continuación, revisaré los principales conceptos de dicho documento.
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1. Domicilio Fiscal: Es el lugar donde todo contribuyente será notificado para fines
legales.
2. Residencia. Es el criterio mediante el cual se establece que una persona puede
ser considerada como ciudadano mexicano.
3. Fuente de riqueza: Se refiere al lugar desde el cual el contribuyente obtiene sus
ingresos.
4. Representante legal: Un tercero que defiende los intereses de todo contribuyente,
de acuerdo con lo estipulado por la ley.
5. Responsabilidad solidaria: El acto de que un tercero tome la obligación de otro
sujeto fiscal (sus contribuciones).
6. Arrendamiento financiero: El acto de permitir el uso de ciertos bienes a un tercero
a través del pago de una cantidad monetaria determinada.
7. Escisión de sociedades: El acto de dar por terminada una sociedad fiscal.
8. Regalías: El beneficio monetario que un sujeto recibe de la producción, uso,
explotación y comercialización de un producto específico.
9. Operaciones financieras derivadas: Son actos que resultan de cualquiera delas
actividades anteriores.
10. Asistencia técnica: La relación en la que se efectúa una coacción científica sin
que se comprometan datos confidenciales de una persona.
11. Mercados reconocidos: Instituciones avaladas por el Derecho Financiero, como
la Bolsa Mexicana de Valores, etcétera.
12. Asociación en participación: Sociedades que se forman y que buscan satisfacer
una necesidad financiera particular.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES Y
FACULTADES DE LASAUTORIDADES FISCALES
Para que se cumplan las obligaciones fiscales y se respeten los derechos de los
contribuyentes, las autoridades tienen ciertas capacidades, que permiten garantizar
un proceso más justo y transparente, en términos fiscales. Entre ellas se
encuentran:
1. Visita domiciliaria: Tiene el propósito de notificar al contribuyente sobre su
situación fiscal.
2. Revisión del gabinete: Es la revisión exhaustiva de la situación fiscal de una
persona física o moral.
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3. Compulsa: Es el cotejo entre los documentos presentados del contribuyente y los
exhibidos por los terceros.
4. Determinación presuntiva: Es el veredicto que se hace con base en la revisión
minuciosa del caso, sin que por ello signifique una resolución tajante y final del caso.
Por otro lado, todo contribuyente tiene los siguientes derechos:
1. Consultas: Información sobre datos que no comprenda o desconozca el
contribuyente.
2. Devoluciones de contribuciones: Si una cantidad fue pagada excesivamente, el
contribuyente tiene derecho a recibir una compensación.
3. Representación: Tiene derecho a ser representado por un tercero en favor de sus
necesidades.
4. Negativa ficta: Cuando la autoridad no notifica sobre un aspecto específico de la
ley.
Y sus obligaciones son:
1. Tener RFC: Para que la autoridad tenga control sobre las actividades fiscales de
una persona concreta.
2. Contabilidad: Llevar el control de ingresos y egresos.
3. Conservación de documentos: Poseer los documentos que respaldan sus
actividades fiscales.
4. Infracciones y delitos: Responder a ellos, siempre y cuando la ley lo exija.
5. Uso de formas fiscales: Llevar a cabo todo procedimiento fiscal de acuerdo con
los mecanismos prescriptos por la ley.
6. Expedición de comprobantes: Estos respaldan operaciones fiscales.
7. Identificación de contribuyentes: Apegarse a los lineamientos de Hacienda sobre
la identificación fiscal.
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CONCLUSIONES:
Como se pudo observar en el presente ensayo, el Derecho Fiscal está relacionado
con todas las actividades financieras y económicas tanto de los contribuyentes
como del Estado. Debe recordarse que este proceso es bilateral, pues ambas partes
necesitan de sí para mantener la armonía social. Del mismo modo, es obligación de
la ley velar por el cumplimiento de dichos preceptos fiscales y al mismo tiempo, los
ciudadanos tienen la posibilidad de conocer sus derechos. Por esa razón, el
licenciado en Derecho debe conocer y dominar la terminología jurídica
especializada de la disciplina para saber actuar en todo caso, ya sea del lado del
contribuyente o del lado de los organismos gubernamentales. Si bien la ley
pareciera contemplar todos los casos posibles, también existen ciertas lagunas
legales; la importancia de detectar estas fallas e imprecisiones radica en que de esa
manera se pueden proponer modificaciones y ajustes a la ley en función de la
práctica jurídica. De ese modo, el Derecho Fiscal es quizás uno delos más claros
en el contexto real de todo ciudadano, pues es una contribución que debe cumplirse
obligatoriamente.