Guia para la implementacion de estandares de prevencion de fatalidades
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DE PREVENCIÓN DE FATALIDADES (EPF)
Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional
ESTÁNDAR 1
VEHICULOS LIVIANOS
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1.-Estándar para Vehículos Livianos
Requerimientos Asociados a Planta y Equipos
1 Los vehículos de carretera deben tener las siguientes características mínimas de seguridad.
Cada Gerencia, deberá tener un inventario de todos los vehículos bajo su responsabilidad, que
prestan servicios dentro de CMDIC. Estos vehículos pueden ser propios de cada Gerencia, o de las
ESED que prestan servicios (cada ESED deberá estar asignada a un contrato con alguna Gerencia).
Vehículos Propios (Livianos o No Livianos): Para la Verificación del cumplimiento de estos
requisitos, cada Gerencia de la organización, deberá tener identificado el número de vehículos que
pertenecen al área.
Vehículos ESED (Livianos o No Livianos): Cada área deberá tener identificado el número de
vehículos pertenecientes a las ESED que prestan servicio o están asignadas el control de la Gerencia
respectiva.
Para la verificación del cumplimiento de estos requisitos, cada gerencia deberá definir una muestra
significativa para su evaluación, de acuerdo a criterios de cumplimiento 80% mínimo según tabla de
muestreo adjunta (Ejemplo: si en un área hay 280 camionetas, se deberá revisar al menos 52, ver
tabla al final del documento)
1.1 Cinturones de Seguridad adecuados para todos sus ocupantes
El Requisito General, es que sean cinturones de 3 puntas. En los casos que por diseño de fábrica, el
vehículo esté equipado con cinturón de 2 puntas (ejemplo asiento medio trasero en camionetas,
asientos en taxis-minivan, asientos en buses) éstos se aceptarán como válidos.
Será requisito el cinturón de 3 puntas (obligatorio) en los siguientes casos:
-Chofer y Copiloto en camionetas, Taxis, Vans
-Chofer y Auxiliar en el caso de Buses para transporte de personas
-Chofer y copiloto en el caso de Camiones
1.2 Una barrera para proteger a los pasajeros de la carga
Aplica a todas las camionetas y similares tipo pick-up. Debe ser una malla de acero externa, que no
obstruya la visibilidad del Conductor.
1.3 Un botiquín de primeros auxilios
Botiquín de acuerdo a 3 tipos de vehículos:
a) Permanentes de CMDIC (1 Manual Primeros Auxilios, 1 Botiquín hermético, 2 Guantes, 1 Gasa,
2 Apósito, 1 Alcohol Gel)
b) Vehículos que salen fuera de faena: (1 Manual Primeros Auxilios, 3 Guantes, 5 Gasa
esterilizada, 2 Apósito, 1 Tela Adhesiva, 3 Vendaje elástico de 5 cms, 2 Parches Oculares,
1Lavado para ojos 4 oz., 1 Alcohol gel, 10 Parche Curita, 1 Paquete de Algodón, 4 Almohadilla
con alcohol, 1 Tijeras, 1 Bolsa Roja para contaminantes, 4 Férulas digitales)
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c) Buses, Taxibuses y Minibuses que salen o ingresan a faena: (1 Manual de Primeros Auxilios
(en Español), 1 Guantes sin esterilizar, 5 Gasa esterilizada, 2 Apósito, 1Tela Adhesiva, 3Vendaje
elástico de 5 cms., 2Parches Oculares, 1Lavado para ojos 4 oz., 1Alcohol Gel, 1Cotones,
10Parche Curita, 1Paquete de Algodón, 4Almohadilla con alcohol, 1Tijeras, 1Bolsa Roja para
contaminantes, 4Férulas digitales, 3 Cuello cervical (Collar cervical), 4Tablillas medianas (tabla
espinal larga), 1 Equipo dispensador de oxigeno medicinal con mascarilla)
1.4 Tres triángulos para uso en caso de emergencia en carretera.
De una dimensión de 35 cm altura por lo menos.
1.5 Equipo de emergencia y de supervivencia adecuado para el ambiente en que se opera.
En forma adicional a los requisitos del punto 1.3 (primeros auxilios), se deberá considerar:
1.- Vehículos que circulan por zonas altiplánicas, deben contar con radio. Si el lugar donde
circularán está fuera de alcance, deberán portar Teléfono Satelital + Equipamiento similar al de
Vehículo Operación Invierno + Kit de alimentos de supervivencia de acuerdo a listado de
“procedimiento operación invierno, pág. 17. (stock de invierno) + otros elementos necesarios que
se determinen de acuerdo a evaluación de riesgos de viaje que deberá estar documentada y
aprobada –ej: combustible adicional-)
2.- Equipamiento Vehículo Normal: a) Cadenas para nieve con rompehielos y tensores en buen
estado. b) Triángulos, Botiquín, extintor según exigencia legal (ley de tránsito) c) Estanque de
combustible a su máxima capacidad
3.- Equipamiento Vehículo Operación Invierno: a) Neumáticos / frenos / luces / calefacción (en
buen estado, anticongelante) y al equipo adicional de Invierno, que se define como:
b) Caja para portar materiales, c) Juego de cadenas con rompehielos y tensores en buen estado, d)
Linterna a pilas / Fósforos, e) Pala / una frazada, f)Tope de madera / un saco de yute, g) Estrobo de
6 metros de largo por 5/8” o Eslinga de 6 metros de largo y capacidad de tiro de 3 toneladas lineal,
h) Juego herramientas (llave punta corona, destornillador, alicate, llave francesa)
1.6 En vehículos livianos un sistema de monitoreo a bordo del vehículo p.e. gps o equivalente,
quedando exentos al EPF los taxis del parque de Santiago.
El sistema de GPS en los vehículos, deberá tener asociado un sistema de seguimiento en la base de
operaciones de la flota. Ej: Camionetas ESED, Taxis que suben a faena, camionetas CMDIC. El
sistema de seguimiento mediante GPS, deberá analizarse al menos cada 6 meses (2 veces al año) y
generar informes del nivel de cumplimiento, desviaciones detectadas y ACCIONES TOMADAS en
cada caso. Este requisito lo deberán cumplir todas las empresas ESED, empresas de transporte de
personas (buses, taxis), y flota interna de vehículos livianos CMDIC.
1.7 En vehículos no livianos, éstos deben contar con un sistema de monitoreo a bordo del vehículo,
gps o equivalente y Tercer Ojo.
IDEM a requisito anterior: sistema de seguimiento con informes semestrales, 2 veces al año, niveles
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de cumplimiento, desviaciones detectadas y acciones tomadas.
Sistema de Monitoreo a bordo: En el caso de Buses, deberán contar con sistema de aviso de control
de velocidad interior.
1.8 Sin asientos laterales enfrentados.
1.9 Para equipos que deban remolcar a otros (generadores, soldadoras), éstos deben poseer punto
de enganche para cadenas de seguridad de remolque, que permita una segunda sujeción de los
equipos (excluye camiones articulados y remolques).
1.10 Restricciones para la carga para impedir que la carga se caiga del vehículo.
En el caso del transporte de carga en las camionetas (pickup) ésta debe ir siempre estibada y
amarrada. De acuerdo con el Reglamento Interno de Tránsito, (6.5.10 y siguientes):
-El peso y distribución de carga no debe exceder lo establecido por el fabricante y las regulaciones
del MOP
-El ancho de la carga no debe sobrepasar el ancho del vehículo (salvo situaciones especiales
autorizadas de carga ancha)
-La altura de la carga no debe obstaculizar la tercera luz de freno ni la visión de espejo retrovisor
central en vehículos livianos.
1.11 Alarma de Retroceso
1.12 Extintor de Incendios adecuadamente montado
Vehículos livianos: Extintor PQS de 1kg
Vehículos de movilización de personal (Buses, Taxi buses, Minibuses): 10kg
Vehículos de carga: 10kg
1.13 Revisión cada 06 meses, todos los vehículos revisados deben llevar un sello con la fecha de
expiración de la revisión, ubicado a la altura del espejo retrovisor para ser leído desde afuera (no
obstruyendo la visión del conductor), este punto rige sólo para vehículos de carretera frecuente.
En el proceso de revisión para la obtención del sello de conformidad del equipo, se debe revisar
todos los ítemes aplicables al tipo de vehículo, tanto características generales de seguridad
(requisito 1 de este estándar) como características especiales de seguridad (requisitos 2, 3, 4)
1.14 Otras especificaciones técnicas de vehículos autorizados.
2 Vehículos de carretera que operan cerca e interactúan con equipos móviles de superficie deben
tener
2.1 Un sistema que permite comunicación positiva con el equipo móvil (radio bidireccional).
2.2 Una pértiga con bandera de alta visibilidad.
La pértiga de 4,60 metros, medido del suelo al extremo superior
Bandera Roja y Luz Intermitente Verde en el extremo superior
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2.3 Una luz intermitente – estroboscópica.
Luz estroboscópica de color Azul
2.4 Números de identificación positiva visibles desde una distancia de aproximación segura.
Placa de identificación Blanca de 42x30cm . Números de 15 cm de alto, color Verde reflectante.
Placa montada en forma vertical, con números visibles en ambas caras. Placa de identificación
montada sobre la barra externa de protección (no soldada). Adicional: Números Adhesivos en
ambos costados traseros.
2.5 Cintas reflectantes
Todos los vehículos livianos, Rectangulares, de 5cm de ancho, color blanco ubicadas en:
Puerta trasera o portalón de pickup / Costados del vehículo, en toda su extensión
3 Los Vehículos de Carretera livianos deben tener los anteriores en el punto (1) y
3.1 Estructura de protección exterior e interior en caso de volcamiento para todos los vehículos de
carretera liviano. Si el vehículo tiene bolsas de aire laterales o de cortina, su funcionamiento no
debe ser anulado por barra de protección interior.
Barra de protección debe estar certificada.
Barra interior: con esponja mínima de 19mm de espesor, que cubra la totalidad de la barra
3.2 Bolsa de aire frontal “air bag” para el conductor y copiloto.
3.3 Color de Alta Visibilidad
Preferidos: Rojo, Burdeo, Amarillo, Naranja
Permitidos: Blanco, Gris claro, beige (restringidos en alertas 1 y 2 de operación invierno, o
condiciones climáticas adversas)
4 Los Vehículos de Carretera no livianos deben tener los anteriores en el punto (1) y
4.1 Por lo menos dos cuñas para ruedas
4.2 Parachoques antiempotramiento para vehículos de carga
Parachoques trasero. Aplica a Vehículos de Carga, sus Remolques y Semiremolques, con Peso Bruto
Vehicular de 7tm o más. Su largo debe ser igual al ancho del camión. El perfil de la barra debe ser
de 15cm, y estar ubicado a una altura del suelo igual o menor a 55 cm.
(Existe estándar definido en Comisión Nacional de Seguridad de Transito, CONASET, Ficha Técnica
N°46, www.conaset.cl)
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4.3 Accesos (escaleras de acceso donde exista potencial de caída desde más de 1,5 metros),
plataformas y pasamanos para actividades normales de terreno y salidas alternativas de
emergencia.
En el momento de realizar la inspección y obtención del sello del vehículo, se deberá verificar si
posee escaleras, plataformas, pasamanos, en los lugares elevados que requieren acceso, por
ejemplo parte superior de camiones cisterna. Si el vehículo no posee accesos, será rechazado y no
podrá obtener el sello.
4.4 Protecciones sobre partes móviles asequibles del vehículo.
Este ítem debe revisarse también al momento de obtener el sello:
¿Posee partes móviles asequibles? SI, ¿Se encuentran protegidas?
No se permitirá el ingreso de vehículos sin protecciones
4.5 Si es un camión con descarga posterior debe tener un dispositivo que alerta al operador si la
tolva todavía se encuentra levantada al ponerse en marcha.
Verificar en revisión de vehículo para obtención de sello.
El vehículo debe poseer alarmas de tipo sonoro y/o visual.
Este ítem debe ser inspeccionado en chequeos de preuso.
4.6Reflectantes para cinturones de seguridad.
Verificar en certificación del vehículo, y en proceso de observaciones conductuales.
5 Un proceso de administración del cambio debe acompañar cualquier modificación del vehículo.
Ejemplos de cambios o modificaciones pueden incluir, pero no se limitan a:
5.1 La estructura o del diseño global del vehículo.
5.2 Tipo de neumáticos o llantas originales provistos por el fabricante.
5.3 Sistema de suspensión del vehículo.
5.4 Sistema mecánico del vehículo.
5.5 Que pueda alterar en forma adversa el centro de gravedad del vehículo.
5.6 Que altera la capacidad de carga del vehículo.
Los cambios deben ser aprobados y certificados.
Para la gestión de los cambios, se deberá utilizar el procedimiento estructural de Administración del
Cambio (CEO-PCE-015). En este procedimiento se definen los formularios y metodología para
evaluar un cambio.
El Gerente del área responsable, deberá aprobar los cambios, previo informe de evaluación de
riesgos elaborado por persona competente, con memorias de cálculo si corresponde.
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6 Una inspección formal hecha por el conductor y un sistema de mantenimiento preventivo basado
en condiciones que deben asegurar que los vehículos estén en condiciones de uso correcto. Debe
tener registros de las inspecciones y mantenimiento.
Inspección inicial: Debe ser realizada por el conductor al inicio del turno, antes de poner en
funcionamiento el motor, y utilizar formulario de registro. (ver anexos en reglamento interno de
transito)(Se entiende por turno al inicio del 7x7 o 4x3 y término de éste)
Inspección final: Debe ser realizada por el conductor al término del turno.
Registros de Inspección: deben mantenerse en el vehículo, por un período de 14 días.
En caso que el vehículo sea utilizado por distintas personas, al iniciar el turno el conductor deberá
revisar obligatoriamente la inspección realizada por el conductor anterior para verificar la condición
del vehículo.
Registros de mantenimiento: en el vehículo debe mantenerse una bitácora o registro de:
-Fecha y lugar de último mantenimiento realizado; Km a esa fecha
-Kms o fecha a los cuales le corresponde el siguiente mantenimiento
6.bis Verificación de sistema de mantenimiento (ver comentarios)
La empresa responsable de realizar el mantenimiento de los vehículos, deberá tener un inventario
actualizado de:
-Todos los vehículos, placa patente, n°, fecha de último mantenimiento, kms a esa fecha, fecha/kms
de próximo mantenimiento
-Deberá conservar los registros de los mantenimientos realizados (OT, listas de chequeo,
incidencias, mantenimientos realizados) al menos durante 2 años o conservar los últimos 2
mantenimientos realizados.
7 Para vehículos no livianos de carretera, el operador debe conocer y registrar la altura máxima de
su carga medida desde el suelo al punto máximo.
En la guía de despacho, el operador deberá registrar la altura máxima de su carga.
Este requisito se podrá verificar en las observaciones conductuales, o inspecciones rutinarias de
vehículos.
8 Las inspecciones y pruebas funcionales de los componentes críticos debe incluir (pero no
limitándose a):
8.1 Ruedas y neumáticos.
8.2 Sistemas de dirección, suspensión y frenos.
8.3 Asientos y cinturones de seguridad.
8.4 Luces, indicadores y reflectores.
8.5 Parabrisas y ventanas, incluyendo limpia y lava parabrisas.
8.6 Alarma de retroceso.
8.7 Fugas de aceite, combustible y aire.
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8.8 Guardas y protecciones.
8.9 Radios bi-direccionales si aplica.
De acuerdo con los requisitos del punto 6 de este estándar, la empresa responsable de realizar el
mantenimiento, deberá considerar en sus programas los itemes mencionados en este punto 8, y
conservar los registros de las inspecciones y pruebas realizadas.
9 Los cinturones de seguridad deben ser usados en todos los casos por todos los ocupantes.
Verificar a través del proceso de observación conductual
10 Para los vehículos de carretera no livianos deben implementar un sistema de familiarización del
vehículo previo a ser utilizado por el conductor.
En el caso de conductores nuevos, cada empresa deberá tener definido el período o proceso
mínimo de familiarización. (Se considerará “nuevo conductor” si el modelo de equipo lo opera por
primera vez, aunque tenga experiencia como conductor). En este proceso de familiarización, deberá
realizar prácticas de conducción primero, antes de realizar viajes en forma independiente.
11 Para los vehículos de carretera no livianos debe haber un sistema para asegurar que los riesgos
asociados con viajes de vehículos sean gestionados y controlados. El sistema debe incluir, pero no
se limita a:
11.1 Planes de viajes antes del comienzo de nuevos recorridos y/o rutas.
11.2 Identificación y monitoreo de los riesgos asociados con la cantidad de jornadas, rutas,
intersecciones, etc., para asegurar que se reduzca la exposición.
11.3 Evaluación y comunicación de cambios en las condiciones ambientales y de la vía al momento
del viaje.
11.4 Esbozo de acciones requeridas en caso de emergencia (ejemplo: colisión o avería).
11.5 Medidas para controlar la fatiga del conductor.
A nivel de CMDIC, en las Gerencias responsables de transporte (personas, materiales y equipos),
deberá existir un listado de:
a) Todas las rutas autorizadas (Faena, Ciudades), horarios autorizados, evaluación de
riesgos de la ruta, requisitos de comunicación, requisitos de descanso, sistema
requerido de monitoreo de choferes, sistemas de control de condiciones ambientales
(climatología, tormentas, niebla), sistemas de turnos autorizados para los conductores.
b) Respecto a estos requisitos mencionados, cada empresa que se incorpore como
transportista (personas o materiales-equipos) deberá entregar su programa de gestión
de acuerdo a lo señalado en la letra a) y los ítemes del punto 11. La empresa será
evaluada y autorizada o no por la Gerencia responsable (Abastecimiento, Recursos
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Humanos)
c) En caso que se solicite una nueva ruta, esta debe ser evaluada de acuerdo a los criterios
señalados anteriormente por la empresa solicitante, y aprobada por la Gerencia de
CMDIC responsable.
d) En los casos que una Gerencia de CMDIC solicite un transporte a una empresa
determinada, le deberá comunicar la ruta o rutas autorizadas, horarios, lugares de
detención o descanso, lugares restringidos o prohibidos, sistemas de comunicación
requeridos, etc.
12 Las luces de desplazamiento del vehículo liviano (focos delanteros de corto alcance) deben estar
encendidos en todo momento cuando el vehículo esté siendo operado.
Verificar con el proceso de observaciones conductuales
13 Los teléfonos celulares, podrán ser usados por el conductor con el uso de dispositivo Manos
Libres, se recomienda detener el vehículo en un lugar seguro y luego continuar usando el celular.
Verificar con el proceso de observaciones conductuales.
En cualquier caso, aunque se autoriza el uso de manos libre durante la conducción, está “prohibido
manipular el teléfono mientras se conduce”, por lo tanto con manos libres tampoco se puede
operar el teléfono…
La recomendación es detener el vehículo.
14 Debe haber controles para asegurar la seguridad de las personas que trabajan en caminos,
incluyendo aquellos que trabajan en vehículos afectados por averías.
La señalización de tránsito debe adecuarse a lo establecido en el “Manual de Señalización de
Tránsito” especialmente el capítulo 5 (trabajos en la vía).
En general, la señalización y controles deben establecerse a distancias seguras de acuerdo a la
velocidad de la vía antes de los trabajos o avería, de acuerdo con la siguiente tabla:
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15 Debe efectuarse una revisión de la interacción peatonal, diseño de caminos y flujos vehiculares
(incluyendo los puntos de entrada y salida, intersecciones y otros puntos potenciales de
interacción entre vehículos livianos y otro equipo móvil) a nivel de toda la faena, y actualizarse
cada vez que se requiera. Siempre
que sea posible, se debe recurrir a la segregación del tráfico para separar peatones, vehículos
livianos y otro equipo móvil.
La Gerencia Técnica, será la responsable de mantener esta información actualizada. Debe existir
una evaluación general de todas las rutas, caminos, intersecciones existentes en faena. Esta
evaluación debe actualizarse o revisarse al menos una vez al año (Gerencia Técnica, Área de
Caminos). Deberá revisarse cada vez que se generen nuevos caminos o modificaciones a los
existentes.
16 Debe haber un plan de gestión de tráfico en la faena que incluya, pero no se limite a:
16.1 Establecimiento de límites de velocidad adecuados según tipo de vehículo, superficie de
caminos y condiciones ambientales.
16.2 Estándares de adelantamiento.
16.3 Procedimientos para vehículos livianos que ingresan a áreas peligrosas o de acceso restringido.
16.4 Claros protocolos de comunicación.
16.5 Estándares sobre distancias mínimas de separación con otros vehículos, basadas en
condiciones operacionales, condiciones ambientales y limitaciones visuales respecto de otros
equipos móviles (punto ciego).
16.6 Instalación y mantenimiento de letreros de control de tráfico adecuados al lugar de trabajo.
16.7 Procedimientos de aparcamiento (ejemplo: ubicaciones y distancias seguras de aparcamiento)
y barreras requeridas para equipo móvil pesado y peatones.
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(Los requisitos se encuentran desarrollados en el “Reglamento Interno de Tránsito” y en los
procedimientos del área Mina, donde se definen los estándares de adelantamiento, preferencias,
distancias, estacionamiento, etc).
Requerimientos Asociados al Personal
17 Todos los empleados, contratistas y visitas deben recibir inducción apropiada sobre riesgos
relacionados con vehículos y conducción en la faena.
Se debe incorporar al proceso de Inducción General de la compañía, los requisitos principales del
reglamento de tránsito, y principales riesgos asociados con la conducción
18 Debe haber un sistema de permisos o certificación para asegurar que los conductores sean
competentes para operar el tipo de vehículo/s en el ambiente específico, ya sea dentro o fuera de
un recinto de Collahuasi.
En el “Reglamento Interno de Tránsito” se encuentran definidos los sistemas de licencias y los
requisitos asociados a cada una.
En general, recordar que se debe portar en todo momento “licencia municipal vigente” + “licencia
interna vigente”. La suspensión o vencimiento de la licencia municipal, inhabilita inmediatamente la
licencia interna.
19 Debe haber un sistema para asegurar que los conductores reciban entrenamiento adecuado para
operar o conducir el vehículo específico en forma segura. Como mínimo, el entrenamiento debe
incluir:
19.1 Principios de conducción a la defensiva.
19.2 Familiarización con el vehículo, tomando en cuenta la dinámica de manejo del vehículo, la
cantidad máxima de pasajeros, los límites de carga y otros aspectos.
19.3 Principios de carga y de aseguramiento de la carga en vehículos diseñados para el transporte
de cargas.
19.4 Educación y conciencia respecto de riesgos en la conducción y viaje que se puede afrontar
dentro del ambiente en que el vehículo puede ser operado o conducido y los requerimientos de
cumplir con las reglas de tránsito y límites de velocidad.
19.5 Aseguramiento del equipo para impedir el uso no autorizado.
19.6 Procedimientos de emergencia para casos de colisión o avería.
19.7 Principios mecánicos básicos incluyendo como cambiar un neumático y realizar una
verificación adecuada antes de operar el vehículo.
Estos contenidos deben estar incorporados en los cursos establecidos para la obtención de licencia
interna.
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Todos los conductores deberán tener curso de “manejo a la defensiva” de al menos 8hrs de
duración, y aprobar con una nota > o igual a 90%. Este curso tendrá una vigencia máxima de 3 años.
20 Debe haber un sistema para asegurar que las personas que operen cualquier equipo asociado con
un vehículo de carretera (ejemplo: grúas montadas en camiones) estén adecuadamente
entrenadas y acreditadas.
Al momento de ingresar en faena vehículos con equipos asociados, el conductor del vehículo
deberá acreditar su licencia así como su capacitación o autorizaciones para operar el equipo
auxiliar, si el conducto cumple la función de operador de dicho equipo.
21 Las observaciones conductuales deben incluir la operación de vehículos de carretera. Cualquier
necesidad de entrenamiento específico adicional debe incorporar los resultados de estas
observaciones.
En cada gerencia de la compañía (que sea aplicable) existirá un programa de observaciones
conductuales. Este programa considerará al menos la realización de 2 informes al año, en donde se
analice los resultados del proceso de observaciones conductuales en el área, y las medidas o
acciones que se tomarán en cada caso.
Este programa debe considerar al menos una observación conductual al mes por cada supervisor
22 Debe haber una política de aptitud física laboral, incorporando niveles máximos claramente
definidos sobre drogas (incluyendo medicamentos prescritos) y alcohol para conductores y
operadores.
23 Debe haber un sistema para el control de fatiga de conductores, incluyendo:
23.1 Un sistema formal a ser usado en la faena.
23.2 Una evaluación de riesgo y procedimientos para conducción fuera de la faena.
23.3 Una definición de ingreso y salida de faena para vehículos de carretera en el reglamento
interno de tránsito, cualquier excepción debe ser autorizada por el Vicepresidente del área
respectiva de Lunes a Jueves o el Gerente de Turno el resto de la semana.
Los controles para el ingreso en faena, se encuentran establecidos en el reglamentos interno de
tránsito, punto 6.5.1.
Para la gestión de riesgos y control de la fatiga en la conducción fuera de la faena, ver los
comentarios al requisito 11 de este estándar
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Número en
la
organización
o área
TABLA DE MUESTREO DE DESEMPEÑO
95% DE PRECISIÓN ± 10%
PROPORCIÓN ESPERADA:
95% 90% 85% 80% 70% 60%
Número de Contactos / Observaciones Requeridas:
20 10 13 14 15 16 17
30 12 16 19 20 22 23
40 13 19 22 25 27 28
50 14 21 25 28 31 33
60 14 22 28 31 35 37
70 15 24 29 33 38 40
80 15 25 31 36 41 44
90 16 26 33 37 43 46
100 16 26 34 39 46 49
120 16 28 36 42 49 53
140 17 29 37 44 52 57
160 17 29 40 46 55 60
180 17 30 40 47 57 63
200 17 31 42 48 59 65
220 17 31 42 50 61 67
240 18 31 42 51 62 69
260 18 32 43 51 63 70
280 18 32 43 52 65 71
300 18 32 44 53 66 73
320 18 32 44 53 67 74
340 18 33 44 54 67 75
360 18 33 45 54 68 76
380 18 33 45 55 69 77
400 18 33 45 55 70 78
420 18 33 45 55 70 78
440 18 33 46 56 70 79
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EQUIPOS MÓVILES DE SUPERFICIE
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2. Estándar para Equipos Móviles de Superficie
Requerimientos Asociados a Planta y Equipos
1 El equipo móvil de superficie debe tener las siguientes especificaciones mínimas de
seguridad:
1. Cinturones de seguridad de tres puntas para todos los ocupantes.
2. Iluminación adecuada (ejemplo: faroles delanteros altas y bajas, luces traseras, intermitentes
de giro y de emergencia, luces de freno) estroboscópicas.
3. Punto de bloqueo/aislamiento identificado del equipo de acuerdo con el Estándar de
Aislamiento.
4. Vías de accesos a los equipos, pasos adecuados, barandas, escalones y facilidades de
abordaje, incluyendo vías alternativas de escape para casos de emergencia.
5. Tecnología de ayuda para prevenir colisiones.
6. Alarmas de marcha atrás.
7. Uso de cuñas de acuerdo al tamaño del equipo móvil de superficie con neumáticos.
8. Bocina de 85 decibeles a 15 metros de distancia.
9. Limpia-parabrisas efectivos.
10. Protección efectiva en partes móviles accesibles (consistente con el Estándar para
Protecciones de Equipos).
11. Números de tamaño visible a distancia en los equipos que permitan una clara y fácil
identificación.
12. Sistemas de seguridad, bloqueo o advertencia para impedir la operación no autorizada del
equipo, ejemplo bloqueo asignado por el supervisor, sistema de Dispatch en el caso de la
mina.
13. Cabinas cerradas y herméticas, considerando requerimientos de supresión de polvo y ruido de
acuerdo a las normas Chilenas de material particulado, además los parabrisas deben contar
con un protector adecuado (ejemplo: vidrio reforzado, laminado).
Cada Gerencia (donde existan estos vehículos), deberá tener un inventario de todos los
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vehículos bajo su responsabilidad, que prestan servicios dentro de CMDIC. Estos vehículos
pueden ser propios de cada Gerencia, o de las ESED que prestan servicios (cada ESED
deberá estar asignada a un contrato con alguna Gerencia).
Vehículos Propios: Para la Verificación del cumplimiento de estos requisitos, cada
Gerencia de la organización, deberá tener identificado el número de vehículos que
pertenecen al área.
Vehículos ESED: Cada área deberá tener identificado el número de vehículos
pertenecientes a las ESED que prestan servicio o están asignadas el control de la Gerencia
respectiva.
Para la determinar el cumplimiento de estos requisitos, cada gerencia deberá definir una
muestra significativa para su evaluación, de acuerdo a criterios de cumplimiento 80%
mínimo según tabla de muestreo adjunta (Ejemplo: si en un área hay 90 equipos, se
deberá revisar al menos 37, ver tabla al final del documento, Anexo1)
De acuerdo con lo señalado en el procedimiento de manejo de excepciones (pág 10 de
“Estándares para la prevención de Fatalidades”) en función del tipo de vehículo y sus
características o uso, alguno de los requisitos mencionados puede determinarse como No
aplicable (Ej: Bocina de 85 db a 15 metros ó cabina cerrada y hermética en un Bobcat).
Para ello se recomienda elaborar una ficha de cada tipo de equipo, en donde se
determine cuales requisitos serán aplicables y cuales no. Esta evaluación deberá tener
una explicación detallada, y la aprobación de Gerente SSO, VP del área y el CEO de
Collahuasi.
Deberá conservarse los registros de las evaluaciones de cada TIPO de vehículo autorizado
para operar en CMDIC. Una copia de estas evaluaciones se debe conservar digitalizada en
Biblioteca documental SIGEI,DM)
(Ver Anexo 2 al final del documento)
2 Las siguientes especificaciones deben ser consideradas en los equipos móviles de
superficie, salvo en aquellos casos que no sea compatible con el equipo, lo que en este
caso debe llevar una evaluación de riesgo rigurosa y su mitigación.
1. Protección aprobada o certificada contra vuelco (ROP). En el caso de equipos de construcción
realizar una evaluación de mitigación del riesgo de vuelco.
2. Frenos de doble protección.
3. Un sistema de detección y supresión de incendio capaz de ser activado tanto desde el piso
como en la cabina.
4. Radio bi-direccional (no sostenida en la mano) u otras formas de comunicación.
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5. Protección contra caída de objetos (FOP).
6. Un método para llevar o sacar suministros y objetos de uso personal hasta la cabina del
operador (ejemplo: mochila, bolsa de hombro) para permitir a los conductores mantener tres
puntos de contacto permanente al ascender o descender del equipo.
7. Señales o alarmas que permitan advertir o verificar bloqueos, fallos, etc., para ser usados al
trabajar en la máquina.
De acuerdo con lo señalado en el procedimiento de manejo de excepciones (pág 10 de
“Estándares para la prevención de Fatalidades”) en función del tipo de vehículo y sus
características o uso, alguno de los requisitos mencionados puede determinarse como No
aplicable. Para ello se recomienda elaborar una ficha de cada tipo de equipo, en donde se
determine cuales requisitos serán aplicables y cuales no. Esta evaluación deberá tener
una explicación detallada, y la aprobación del Gerente SSO, VP del área y el CEO de
Collahuasi.
(Ver Anexo 2 al final del documento)
3 Se debe tener un área de gestión de seguridad, donde se realicen la ingeniería y la
factibilidad para determinar el uso de nuevas tecnologías para la operación segura de
los equipos.
El área de gestión debe estar designada formalmente, y de acuerdo con los riesgos más
críticos identificados en la operación de los equipos, mantendrá en forma permanente
programas de evaluación de nuevas tecnologías.
4 Debe haber programas de diseño, mantenimiento e inspección para todas las
tecnologías implementadas en los equipos.
En el caso de nuevas tecnologías ya implementadas (Ej: CAS-CAM/RF en camiones de
extracción, sistema alerta sueño, etc), debe existir una identificación de:
-Para cada tecnología implementada, componentes que requieren inspección o
mantenimiento, responsables designados, frecuencia de realización.
-Informes anuales de cumplimiento de los programas y de disponibilidad de las
tecnologías
5 Debe haber programas de mantenimiento de caminos y protecciones como barreras,
bermas, pretiles, señalética.
No solamente debe existir un programa, también se debe controlar su cumplimiento a
través de indicadores, y el área responsable debe tener definidas las metas o
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compromisos mínimos respecto a este cumplimiento
6 Debe haber programas, evaluaciones de riesgos y difusión cada vez que se modifiquen,
eliminen o se agreguen nuevos caminos o se realicen cambios de tráficos.
En las áreas responsables (Gerencia Técnica, Gerencia Mina) se debe aplicar el
procedimiento de administración del cambio, y determinar en cada modificación, nuevos
caminos, o cambios de tráficos, el nivel de difusión, capacitación, actualización de
procedimientos o reglamentos internos si aplicara, u otras medidas que se requieran para
mantener bajo control los posibles riesgos por estos cambios.
Este proceso de evaluación debe realizarse en el momento en que se está “planificando”
el cambio, nuevos caminos o modificaciones, y antes de su implementación.
7 Debe haber sistemas de controles que impidan que los vehículos y personas no
autorizadas hagan ingreso a áreas como excavaciones, zonas de descarga, de
construcción, de mantenimiento, etc.
En el momento de realizar el ART asociado a la actividad de inicio de excavaciones,
descarga, u otra, se deberá incorporar en la evaluación la revisión del requisito:
¿Esta actividad requiere establecer controles de acceso, restricciones de ingreso? SI,
entonces se deberán definir en ART las medidas a utilizar, su ubicación, y su permanencia.
¿Esta restricción de acceso, se mantendrá por varios días? SI, entonces en el ART se
deberá establecer la verificación periódica, (responsable/frecuencia) de la señalética y
demás controles (barreras, conos, cintas) en buen estado.
8 El diseño de las cabinas debe contar con la ergonomía necesaria tanto de asientos como
controles del operador, distribución de dispositivos agregados de tal forma que no
impida una correcta operación del equipo.
Equipos Nuevos:
En el momento de realizar la inspección inicial del equipo al ingreso en faena (de acuerdo
con el requisito 11 de este estándar), se deberá considerar específicamente la evaluación
ergonómica de la cabina (con registros)
En forma posterior, al introducir nuevas tecnologías, habilitar equipos con nuevos
controles, se deberá aplicar el procedimiento de “Administración del cambio”, en donde
se deberá revisar específicamente la condición ergonómica de la cabina al habilitar o
introducir nuevos dispositivos
Equipos existentes:
Para toda la flota actual existente en CMDIC, se deberá realizar una evaluación
ergonómica para cada uno de los tipos de vehículos existentes, con el objeto de validar o
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no la condición actual de las cabinas. Para ello se puede utilizar el formulario en el anexo
2 de este documento.
9 Las flotas deben estar estandarizadas con planos en cuanto a la distribución de los
dispositivos para minimizar errores cometidos por operadores al cambiar de máquina o
al instalar estas tecnologías no se cometan errores que afecten la funcionalidad del
camión.
Equipos Nuevos:
En el momento de realizar la inspección inicial del equipo al ingreso en faena (de acuerdo
con el requisito 11 de este estándar), se deberá considerar específicamente la revisión en
cuanto a ubicación de controles, y su adecuación a la configuración actual de los equipos.
Se deberá disponer de planos actualizados de cada tipo de vehículo en la flota existente
en CMDIC, y su configuración de controles
Equipos existentes:
Para toda la flota actual existente en CMDIC, se deberá realizar una revisión para cada
uno de los tipos de vehículos existentes, y elaboración de planos detallados con la
ubicación de los controles.
Estos planos resumidos, deberán estar disponibles en las cabinas de los equipos, y
revisarse en forma exhaustiva en el proceso de capacitación teórica y práctica de los
operadores.
Requerimientos Asociados a Sistemas y Procedimientos
10 Los cinturones de seguridad deben ser usados por todos los ocupantes.
Se debe usar cinturón de 3 puntas (requisito 1 de este estándar). Cualquier excepción debe
ser justificada y autorizada (ver Anexo 2)
11 Debe haber un proceso formal de selección y recepción del o los equipos móviles de
superficie, que trabajarán en la faena Collahuasi en base a las exigencias del estándar de
prevención de fatalidades y realizar las modificaciones o estudios de análisis de riesgos
antes de comenzar a operar en faena.
1° Equipos Existentes en CMDIC
Se debe realizar una evaluación a nivel de cada Gerencia de la compañía, donde existan
estos equipos, se identifiquen todos los equipos existentes, y el cumplimiento de los
requisitos aplicables establecidos en este estándar (básicamente requisitos 1, 2, 8 y 9).
Todos los equipos deberán estar en un listado del área, con su identificación
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correspondiente, fecha de ingreso, fecha de última inspección, entre otras.
2° Equipos nuevos
De acuerdo con el procedimiento de administración del cambio, cada vez que se ingrese
un equipo nuevo a faena, deberá revisarse de acuerdo con los requisitos de este estándar
y actualizarse el registro de equipos existentes.
En los casos en que algún requisito no se esté cumpliendo, se deberá generar un plan de
acción aprobado por el Gerente del área, para habilitar los requisitos faltantes de ser
factible. De lo contrario será rechazado el ingreso del equipo.
Al momento del ingreso, el área solicitante del equipo deberá realizar la inspección
detallada de éste (dejando registros) de acuerdo con éste requisito.
12 La selección de equipo, o cualquier modificación que se realice al equipo, debe ser
sometida a un proceso de administración del cambio, aprobado y certificado.
De acuerdo con el procedimiento de administración del cambio “CEO-PCE-0015”. Para
todos los equipos nuevos adquiridos, deben conservarse los respaldos de esta evaluación.
Para las modificaciones, debe conservarse también los registros, en una carpeta de cada
uno de los vehículos existentes en faena.
13 Debe haber un procedimiento y una lista de verificación, incluyendo una prueba de
funcionamiento de frenos, como parte de una inspección pre-operacional por parte del
operador. Los registros deben mantenerse en el equipo (uso de bitácora) y deben ser
auditados.
En las gerencias de la compañía en que aplique, debe existir un programa anual de
auditoria a los vehículos, que considere la revisión de las bitácoras. Este programa debe
considerar actividades de verificación todos los meses.
Los operadores deben realizar la inspección cada vez que comienzan una jornada laboral o
reciben el equipo. Esta inspección debe hacerse con una lista de verificación. En esta lista
se debe identificar claramente las condiciones críticas que obligan a dar aviso inmediato al
supervisor correspondiente, y dejar el vehículo fuera de servicio hasta que se autorice.
14 Debe haber procedimientos o instructivos para asegurar que los vehículos no sean sobre-cargados
o sobre-exigidos más allá de sus límites indicados por fabrica.
(Ver procedimiento de carguío. Deben explicitarse los límites y tolerancias).
En el área mina, se deberá analizar al menos mensualmente, los registros de carga de
vehículos de extracción, para determinar si se han estado operando dentro de los límites
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Requerimientos Asociados a Sistemas y Procedimientos
de carga establecidos.
15 Debe haber procedimientos para asegurar que el equipo móvil de superficie opere
solamente en superficies suficientemente estables y sobre pendientes que están dentro
de los límites de su operación segura.
Debe existir una definición de características técnicas de caminos, donde se señale al
menos:
· Ancho mínimo
· Pendientes máximas de caminos
· Nivel de Compactación o resistencia
Estas variables deben ser revisadas en el momento en que se realiza el diseño y
planificación de nuevos caminos o modificaciones (ver requisito 6 de este estándar)
16 Se debe realizar después de cada mantenimiento programado o una avería, una prueba
del funcionamiento del equipo y sus sistemas antes de ser entregado a operación y dejar
la constancia en la bitácora del equipo.
Este ítem, se debe verificar en el proceso de auditoría a los vehículos y sus bitácoras,
señalado en el requisito 13 de este estándar. En la bitácora se debe dejar registro de al
menos:
-Fecha de intervención realizada al equipo
-Tipo de mantenimiento o intervención
-Constancia de pruebas realizadas de funcionamiento
-Persona responsable que realiza la verificación
17 Se deben realizar las ART como parte del proceso de planificación de las operaciones de
equipo móvil de superficie no rutinarias, incluyendo mantenimiento y otras actividades.
En las Gerencias responsables, se debe identificar cuáles son las actividades no rutinarias
que requieren la realización de ART. En el caso de actividades nuevas, no realizadas
previamente, siempre se requerirá la realización de ART.
18 Debe haber un adecuado mantenimiento, control de polvo y planes de manejo de agua
para caminos, tanto en minería como en operaciones de transporte de carga. Se deberá
tomar en consideración climas con lluvia excesiva y congelamiento de los caminos. Se
debe considerar el uso de supresores de polvo.
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Requerimientos Asociados a Sistemas y Procedimientos
De acuerdo con el requisito 5 de este estándar, el programa de mantenimiento de caminos
debe considerar el control de polvo y uso de supresores, manejo de agua con criterios
específicos de cuando se debe intervenir, control de heladas.
Este programa debe tener asociadas metas, y un control del cumplimiento, con
indicadores
19 Los Estándares de los estacionamientos deben incluir sistemas que permitan la
inmovilización del equipo móvil de superficie (cuñas o el uso de zanjas) sin olvidar los
casos de detención por mantenimiento en caso de averías.
En las áreas de influencia de la mina, deben estar definidos e identificados con la
señalética correspondiente, los lugares habilitados como estacionamientos.
El uso de cuñas será obligatorio en el caso de equipos móviles de superficie con
neumáticos en terrenos con pendientes o irregulares.
El estacionamiento debe ser siempre aculatado
20 Debe haber un programa de Mantenimiento e inspección del equipo móvil de superficie,
incluyendo equipos, componentes críticos y chequeos de tecnologías agregadas
Cada equipo deberá tener un registro de todos los mantenimientos que se le han
realizado, fechas y responsable o ejecutor del mantenimiento.
Se deberá verificar al menos semestralmente, el grado de cumplimiento de los
mantenimientos de acuerdo al programa establecido.
Los compromisos de mantenimiento (250hrs, 500hrs, etc) deben tener definidos límites de
tolerancia, los cuales en ningún caso podrán ser excedidos salvo autorización Gerencial.
En el monitoreo del cumplimiento del programa se deberá hacer seguimiento a estos
indicadores.
21 Debe haber un plan de gestión de tráfico de las faenas incluyendo, pero no limitado a:
1. Segregación de peatones, vehículos livianos y equipo móvil pesado, donde sea posible.
2. Instalar las señaléticas claras en los sitios donde indiquen que los peatones deben dar
prioridad a los vehículos o viceversa.
3. Sistemas para alertar a los operadores de equipo móvil respecto de la presencia de peatones.
4. Establecer límites de velocidad adecuados instalando y manteniendo las señales viales.
5. Reglas sobre el derecho de paso (incluyendo restricciones respecto de adelantamiento.
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Requerimientos Asociados a Sistemas y Procedimientos
6. Planificación de acceso en áreas identificadas como peligrosas con riesgos importantes
asociados.
7. Sistemas para controlar el movimiento de equipo móvil en áreas accesibles a los peatones, de
entrada y salida de talleres, y controles respecto al movimiento de peatones y vehículos
livianos alrededor de equipo móvil.
8. Zonas de aparcamiento designadas para vehículos pesados y vehículos livianos, incluyendo
áreas de mantenimiento.
9. Procedimiento o instructivo para el control de acercamiento, recarga de combustible,
aparcamiento, subida o bajada del equipo y aislamiento para personal de producción,
mantenimiento y otros peatones.
10. Instrucciones claras indicando que los operadores o conductores deben estar fuera de la
cabina y en el piso cuando su participación directa en el mantenimiento o la reparación no sea
requerida.
11. Directrices sobre condiciones anormales de caminos (ejemplo: lluvia, nieve, vientos fuertes)
indicando criterios de “parar/no parar” e indicando cual es la persona responsable de esta
decisión.
12. Claros procedimientos de comunicación para interacción entre vehículos.
13. Procedimientos de carga y descarga de camiones para evitar la caída de material u objetos del
vehículo.
14. Directrices sobre cargas anchas o anormales, incluyendo transporte fuera de la faena.
15. Sistemas para controlar el paso de equipos cerca de cables aéreos con energía eléctrica.
La mayoría de estos requisitos se encuentran descritos en el “Reglamento Interno de
Tránsito”. El área Mina deberá desarrollar los procedimientos en donde se definan
claramente los requisitos no desarrollados en el reglamento interno.
Todos estos procedimientos, deben incorporarse en el proceso de capacitación y
certificación de operadores.
22 Deben existir procedimientos o instructivos para proporcionar detalles de las tareas de
mantenimiento que un operador puede realizar, y de las operaciones que el personal de
mantenimiento puede llevar a cabo bajo condiciones de prueba.
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Requerimientos Asociados a Sistemas y Procedimientos
Este procedimiento debe explicitar claramente cuales son las funciones y actividades que
un operador puede realizar. Todo lo que no está expresamente autorizado, estará
prohibido.
En los procedimientos de mantenimiento, se deberá explicitar cuales son las operaciones
que el personal de mantenimiento puede realizar en condiciones de prueba. Todo lo no
expresamente autorizado, estará prohibido.
23 Debe haber un sistema de gestión de neumáticos para afrontar emergencias que
incluyan incendio, calentamiento, explosión, contacto eléctrico, separaciones,
mantenimiento, recambio de neumáticos, etc.
El procedimiento debe señalar claramente los criterios de aprobación, mantenimiento,
recambio de neumáticos.
24 Los teléfonos celulares, sean “manos libres” o no, solamente podrán ser usados por el
conductor cuando el vehículo esté detenido y en un lugar seguro.
Se debe incorporar este ítem, al proceso de observaciones conductuales, y en la
capacitación de los operadores.
25 Cada equipo debe tener una bitácora donde se registren las novedades relevantes en
cuanto a funcionamiento del equipo.
Esta bitácora debe mantenerse en el equipo para ser auditada (ver requisito 13). Se deben
conservar registros de al menos 3 meses (novedades) y 14 días (inspecciones)
Requerimientos Asociados al Personal
26 Los procesos de reclutamiento y de inducción de operadores de equipos móviles de
superficie deben tomar en cuenta la historia laboral, pruebas en el sitio de trabajo y
exámenes médicos exhaustivos. Debe haber una política de control y drogas (incluyendo
medicamentos prescritos) para todo el personal que trabaja en las instalaciones de
Collahuasi que confirmen la aptitud y actitud para el trabajo.
Cada operador debe tener una carpeta en la que se conserven todos los antecedentes
desde su ingreso, y que consideren los requisitos mencionados.
En la historia laboral, el operador deberá acreditar hoja de vida del conductor para fines
especiales, y no figurar sanciones de faltas graves o gravísimas en los 6 meses antes de
solicitud de licencia. (Ver requisitos 6.1 de reglamento interno de tránsito)
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Requerimientos Asociados al Personal
Deben estar definidas las pruebas en el sitio que requiere cada tipo de vehículo,
independiente que el operador tuviera experiencia en conducción en otras faenas.
Los exámenes médicos y psicosensotécnicos, se encuentran definidos por el área de salud
en los procedimientos:
“Procedimiento requisitos exámenes psicosensotécnicos” y “procedimiento de programa
de evaluación para altura geográfica GSSO-PCO-019”
En cualquier caso se debe tener en cuenta que el examen psicosensotécnico de
operadores de maquinaria pesada tiene una duración de 1 año, y es responsabilidad del
área la renovación de estos exámenes en coordinación con el área de Salud de la
compañía
27 Antes de comenzar el trabajo en un área nueva debe realizarse una orientación a los
operadores sobre los riesgos nuevos.
En estos casos, corresponde aplicar el requisito 17 de este estándar, realización de ART, en
los casos en que se comience a trabajar en áreas nuevas. Los resultados del ART (riesgos,
controles) deben considerarse en el proceso de orientación a todos los operadores nuevos
que están ingresando al área (distintos turnos).
28 Debe haber un sistema de licencias o certificación interna para asegurar que los
conductores son competentes para conducir en la faena, incluyendo la habilidad para
responder en situaciones de emergencia. Además, debe haber un sistema para verificar
que los operadores de vehículos tienen una licencia de conductor válida ante la
legislación Chilena.
El sistema de licencias se encuentra descrito en el Reglamento interno de tránsito. Debido
a la validez establecida para el examen psicosensotécnico (1 año), la licencia interna no
podrá tener una vigencia mayor.
29 Debe haber un sistema para identificar y gestionar la fatiga del conductor.
Se debe considerar especialmente las medidas al inicio del turno (primer, segundo día),
recomendaciones de alimentación, ciclos de descanso, áreas de silencio en hotel.
30 Las observaciones conductuales deben incluir la operación de equipo móvil de superficie.
Cualquier necesidad de entrenamiento específico adicional debe incorporar los
resultados de estas observaciones.
En cada gerencia de la compañía (que sea aplicable) existirá un programa de observaciones
conductuales. Este programa considerará al menos la realización de 2 informes al año, en
donde se analice los resultados del proceso de observaciones conductuales en el área, y
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las medidas o acciones que se tomarán en cada caso.
Este programa debe considerar al menos una observación conductual al mes por cada
supervisor
ANEXO 1. Tabla de Muestro
Número en
la
organización
o área
TABLA DE MUESTREO DE DESEMPEÑO
95% DE PRECISIÓN ± 10%
PROPORCIÓN ESPERADA:
95% 90% 85% 80% 70% 60%
Número de Contactos / Observaciones Requeridas:
20 10 13 14 15 16 17
30 12 16 19 20 22 23
40 13 19 22 25 27 28
50 14 21 25 28 31 33
60 14 22 28 31 35 37
70 15 24 29 33 38 40
80 15 25 31 36 41 44
90 16 26 33 37 43 46
100 16 26 34 39 46 49
120 16 28 36 42 49 53
140 17 29 37 44 52 57
160 17 29 40 46 55 60
180 17 30 40 47 57 63
200 17 31 42 48 59 65
220 17 31 42 50 61 67
240 18 31 42 51 62 69
260 18 32 43 51 63 70
280 18 32 43 52 65 71
300 18 32 44 53 66 73
320 18 32 44 53 67 74
340 18 33 44 54 67 75
360 18 33 45 54 68 76
380 18 33 45 55 69 77
400 18 33 45 55 70 78
420 18 33 45 55 70 78
440 18 33 46 56 70 79
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Anexo 2. Evaluación de Aplicabilidad de especificaciones de seguridad
Evaluación de Requisitos Aplicables en Equipos Moviles de Superficie
Fecha:
Evaluador:
Tipo Vehículo:
Funciones o Uso al que está destinado:
Areas en que opera:
Nota: esta es una EVALUACION que debe ser desarrollada una
vez por CADA TIPO de vehículo, y no para cada vehículo. La
intención es determinar la aplicabilidad de las
especificaciones en forma razonada. (Puede borraresta nota)
¿APLICA? Justificación
1. Especifiaciones mínimas de Seguridad (SI / NO) (describa el tipo específico o la razón de la exclusión)
1.1 Cinturones de seguridad de tres puntas para todos los ocupantes.
1.2
Iluminación adecuada (ejemplo: faroles delanteros altas y bajas, luces traseras, intermitentes de giro y
de emergencia, luces de freno) estroboscópicas.
(identi fique que tipo de i luminación específica
requiere este tipo de vehículos)
1.3 Punto de bloqueo/aislamiento identificado del equipo de acuerdo con el Estándar de Aislamiento.
1.4
Vías de accesos a los equipos, pasos adecuados, barandas, escalones y facilidades de abordaje,
incluyendo vías alternativas de escape para casos de emergencia.
1.5 Tecnología de ayuda para prevenir colisiones.
1.6 Alarmas de marcha atrás.
1.7 Uso de cuñas de acuerdo al tamaño del equipo móvil de superficie con neumáticos.
1.8 Bocina de 85 decibeles a 15 metros de distancia.
1.9 Limpia-parabrisas efectivos.
1.10
Protección efectiva en partes móviles accesibles (consistente con el Estándar para Protecciones de
Equipos).
1.11 Números de tamaño visible a distancia en los equipos que permitan una clara y fácil identificación.
(identi fique que tipo de numeración específica
requiere este tipo de vehículos, en que ubicaciones)
1.12
Sistemas de seguridad, bloqueo o advertencia para impedir la operación no autorizada del equipo,
ejemplo bloqueo asignado por el supervisor, sistema de Dispatch en el caso de la mina.
1.13
Cabinas cerradas y herméticas, considerando requerimientos de supresión de polvo y ruido de acuerdo
a las normas Chilenas de material particulado, además los parabrisas deben contar con un protector
adecuado (ejemplo: vidrio reforzado, laminado).
2. Otras especificaciones de seguridad (cuando sean aplicables)
2.1
Protección aprobada o certificada contra vuelco (ROP). En el caso de equipos de construcción realizar
una evaluación de mitigación del riesgo de vuelco.
2.2 Frenos de doble protección.
2.3
Un sistema de detección y supresión de incendio capaz de ser activado tanto desde el piso como en la
cabina.
2.4 Radio bi-direccional (no sostenida en la mano) u otras formas de comunicación.
2.5 Protección contra caída de objetos (FOP).
2.6
Un método para llevar o sacar suministros y objetos de uso personal hasta la cabina del operador
(ejemplo: mochila, bolsa de hombro) para permitir a los conductores mantener tres puntos de contacto
permanente al ascender o descender del equipo.
2.7
Señales o alarmas que permitan advertir o verificar bloqueos, fallos, etc., para ser usados al trabajar en
la máquina.
Otros requisitos Comentarios, modificaciones requeridas
8
Ergonomía de la cabina: ¿La actual configuración de asientos, controles, dispositivos agregados (radios,
cámaras, alarmas), permiten una operación segura y confortable del equipo? (para cada "tipo" de vehículo, se
deberá validar cual es la configuración adecuada o autorizada)
Aprueba:
VPO del área: (Firma, Fecha) Gerente SSO: (Firma, Fecha) CEO: (Firma, Fecha)
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ESTÁNDAR 3
MANEJO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS
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3. Estándar para el Manejo de Sustancias Peligrosas
Requerimientos Asociados a Planta y Equipos
1 Las bases de diseño de una instalación o proceso, ya sea permanente o temporal, que
transporte, almacene, use o descarte materiales peligrosos deben ser revisadas
(Preferiblemente junto al vendor y al proveedor de la sustancia peligrosa), enmendada si
es necesario y documentada, utilizando alguna herramienta de evaluación de riesgo de
proceso tal como HAZOP, HAZID, etc. Los Planos del diseño final (por ejemplo: diagramas
de proceso e instrumentación, diagramas de flujo de proceso, planos, isometría,
actualizaciones de programas computarizados, etc.) deben ser actualizados como
resultado de estas revisiones.
1°. Instalaciones existentes:
En cada área de la organización en donde se almacenen sustancias peligrosas, deberá
realizarse un análisis de riesgo de la instalación, que incluya revisión de los planos existentes.
Este análisis debe estar documentado, y conservarse actualizado. Se deben actualizar los
planos de cada instalación y detallarse las sustancias autorizadas, sus cantidades, señalética,
alarmas, controles, medidas para controlar derrames, etc.
2°. Nuevas instalaciones:
Cada Gerencia de la compañía, que requiera implementar nuevas áreas de almacenamiento
de sustancias peligrosas, deberá realizar una evaluación previa del diseño propuesto, el que
deberá ser validado por el Coordinador de sustancias peligrosas de la compañía, y deberá
considerar entre otras cosas:
-Revisión y actualización (si corresponde) del Plan de Gestión de Residuos peligrosas de la
compañía
-Revisión y actualización (si corresponde) de planes de emergencia, incluyendo
equipamientos necesarios a habilitar y competencias o conocimientos a desarrollar en
brigadistas
-Revisión y adecuación a los requisitos de almacenamiento de sustancias peligrosas (según el
DS 78. Aunque no aplica a las faenas mineras, puede ser utilizado como buena práctica en la
definición de controles)
2 Todas las especificaciones sobre ubicación, diseño y/o modificación de instalaciones de
materiales peligrosos deben ser objeto de una evaluación de riesgos que incluye selección
de materiales, condiciones del lugar, transporte, almacenamiento, manejo, uso y descarte.
Todos estos estudios deben realizarse con la directa asesoría y apoyo del vendor y del
distribuidor de la sustancia peligrosa a utilizar.
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A nivel de CMDIC, debe existir un listado/inventario actualizado de todos los puntos de:
-Almacenamiento de sustancias peligrosas en CMDIC
-Uso permanente de sustancias peligrosas
-Evaluación de riesgos asociada (fechas, aprobación)
-Planes de emergencia asociados identificados (generales, particulares)
-Asociados a cada sustancia peligrosa, rutas autorizadas y su evaluación de riesgos, empresas
de transporte autorizadas, procedimientos de emergencia aplicables
(Se deberán considerar adicionalmente los requisitos establecidos en el DS 78 sobre
almacenamiento de sustancias peligrosas como guía de referencia)
De acuerdo con los requisitos del punto anterior, se deberá conservar toda la
documentación relativa a evaluaciones de riesgos de las instalaciones, condiciones de
almacenamiento, transporte, manejo y descarte. (Análisis del Ciclo de Vida de la Sustancia
en CMDIC).
Esta evaluación de riesgos, deberá ser revisada y validada por el coordinador de sustancias
peligrosas de la compañía.
3 Todas las instalaciones que sean un riesgo importante debido al almacenamiento, uso,
transporte, etc. de sustancias peligrosas deben tener un plan de respuesta para
emergencias, este debe incluir:
En el listado mencionado en el punto anterior (2), se identificará cuáles de los puntos
presentan un “riesgo importante” que requiera desarrollar un plan de respuesta a
emergencia. Como criterio puede utilizarse los mencionados en el DS 78 (Almacenamiento
de sustancias peligrosas)
(General: más de 600 kg ó lts; o almacenamientos menores de sustancias mencionadas en el
art 11 del DS 78) NOTA: si bien el DS 78 no aplica (no se exige) en la industria minera, puede
ser utilizado como buena práctica).
· Procedimientos de respuesta de emergencia adecuados para los materiales peligrosos y el riesgo
asociado al lugar en donde se encuentran.
En los planes locales de emergencia, se deben detallar los planes de emergencia asociados a
los lugares de
· Equipos e instalaciones de emergencia (ejemplo: oxígeno, antídotos, duchas, detectores de
gases, detectores de humo, etc.) en el lugar donde los materiales peligrosos sean almacenados,
usados o transportados.
· Vías de escape bien identificadas y con accesos expeditos, en una situación de emergencia.
· Válvulas de corte de líneas de transporte, almacenaje de sustancias peligrosas, marcadas
claramente y habilitadas para su uso en caso de emergencia.
Todas las vías de escape y válvulas de corte, deben ser identificadas en el lay-out /planos del
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área de almacenamiento.
· Brigadas de emergencia con respuestas adecuadas según el tipo de riesgo, este riesgo es
asociado al tipo de sustancia que entre en emergencia. Para ello la Gerencia de Seguridad y Salud
Ocupacional, la Gerencia de Medio Ambiente y las brigadas de emergencia deben elaborar un
plan maestro en donde se defina claramente, de acuerdo al tipo de sustancia peligrosa existente
en cada unidad la forma y medios de ataque de emergencias, tales como: Incendio, derrames,
fugas, etc.
· Debe existir una señalización adecuada así como un buen uso de refugios y puntos de encuentros
seguros para las personas, en casos de emergencias.
· Cada unidad debe poseer equipos de respuesta para emergencias de contención de derrames,
incendios, explosiones, quemaduras, etc. La definición de estos elementos requeridos será
definido por la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional en conjunto con la Brigada de
emergencia.
Estos equipos, deben ser identificados en el plan de emergencia, y tienen que tener definido
los requisitos de inspección o verificación o pruebas requeridas, y su frecuencia.
· Las Brigadas de emergencia deben contar con un programa de entrenamiento eficaz, que incluya
el adecuado manejo de emergencias de sustancias peligrosas de acuerdo a las que se encuentren
operativos en cada una de las áreas. La definición de los programas mínimos de entrenamiento
serán definidas por la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional y la Brigada de emergencia.
· Debe existir una coordinación de respuesta ante la emergencia, adecuada con servicios de
emergencia tanto internos como externos (ejemplo: ambulancias, hospitales, brigadas contra
incendios, personal médico, etc.). Esta coordinación y manejo de información se llevará a cabo
por medio del procedimiento de emergencia que posee la compañía.
· Debe existir un procedimiento de minimización del impacto, ante una emergencia, este debe
incluir la limpieza de derrames, supresión de polvo, contención de derrames, etc.
· Debe existir un procedimiento de recuperación, almacenamiento y descarte de materiales
peligrosos. Este procedimiento debe ser elaborado por la Gerencia de Medio Ambiente, para
cada unidad.
4 Debe haber dispositivos que aseguren una adecuada ventilación, drenado y contención
requeridos durante las operaciones normales y en situaciones de emergencia, basados en
alguna de las siguientes herramientas de evaluación de riesgo de proceso tal como HAZOP
y HAZID. Estas herramientas deben ser aplicadas con la ayuda y apoyo del proveedor de la
sustancia peligrosa.
De acuerdo con el requisito 1 y 2 de este estándar, en el momento de realizar la evaluación
de riesgos de las instalaciones, se debe considerar los aspectos de ventilación, drenado,
contención.
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5 Todos los recipientes de almacenamiento, contenedores y tanques deben estar
identificados de acuerdo con los estándares nacionales. Dicha identificación debe indicar
el material transportado o almacenado. La información de apoyo (ejemplo: Planillas de
Datos de Seguridad de Materiales [MSDS]) deben estar disponibles en el punto de uso,
almacenamiento y transporte para identificar los procedimientos de respuesta adecuada
de primeros auxilios en casos de emergencia.
Deberá utilizarse la identificación de las sustancias peligrosas de acuerdo a la norma chilena
de identificación de sustancias:
NCh 2190 (Norma sobre etiquetado)
NCh 2245 (Norma sobre Hojas de Seguridad)
6 Las tuberías que contienen sustancias peligrosas deben estar claramente identificadas
para que se pueda conocer los contenidos y la dirección del flujo. Será de responsabilidad
de cada unidad velar para que todas estas líneas cuenten con la adecuada información.
En el proceso de evaluación de riesgos de las áreas, descrito en el requisito 1 y 2 de este
estándar, se deberá identificar la existencia o no de tuberías asociadas a sustancias
peligrosas, y se deberá identificar los tipos de rotulado de tuberías a instalar.
En cada área en donde existan tuberías de este tipo, se deberá realizar una inspección
completa al menos una vez al año, dejando registros de ello, en donde se verifique la
existencia de identificación (dirección y flujo) y que ésta se encuentre en buenas condiciones
de visibilidad.
En caso de detectar desviaciones en estas inspecciones anuales se deberán generar planes
de acción.
7 Debe haber sistemas y dispositivos de seguridad y de control de acceso, adecuados según
el riesgo, para gestionar el acceso y evacuación a áreas donde se almacena o se usan
sustancias peligrosas. Será de responsabilidad de cada unidad gestionar que dicho punto
se cumpla en sus áreas.
En cada Gerencia de la compañía en la que existan lugares de almacenamiento, deberá
existir un procedimiento de control de acceso, en el que se establezca al menos:
-Un responsable del área de almacenamiento
-Responsable con la autoridad para permitir el ingreso al área
-Requisitos para las personas que soliciten ingreso
-Registro en sistema de control de personas que ingresan, motivo, fecha
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8 Los sistemas de control de proceso deben asegurar que se elimine o se reduzca al mínimo
el potencial de que el personal sea expuesto a materiales peligrosos, siempre que sea
posible. Será de responsabilidad de cada unidad el determinar, junto al proveedor de la
sustancia peligrosa, los dispositivos de control a utilizar de modo de asegurar el
cumplimiento de este punto.
En el proceso de evaluación de riesgos descrito en el requisito 1 y 2 de este estándar, se
debe identificar si existe exposición del personal durante el proceso en que ésta se utiliza, y
que métodos o posibilidades existen de evitar la exposición.
Si finalmente existe exposición, se deberá comunicar al área de Higiene, y ésta deberá
determinar si se encuentra en niveles aceptables, y las medidas de control adicionales que
se deberán tomar.
9 Debe haber sistemas de controles automáticos en las instalaciones que contengan
sustancias peligrosas, para reducir al mínimo la intervención del operador y además
mantener una operación dentro de los parámetros requeridos. Tales sistemas deben
incorporar sistemas redundantes de seguridad para el caso de emergencias. Donde los
controles automáticos no sean aplicables, se deben usar procedimientos y una evaluación
de riesgos para identificar e implementar opciones operacionales que reduzcan el riesgo.
Será de responsabilidad de cada unidad el asegurar la existencia de procedimientos para el
manejo de sustancias peligrosas, su cumplimiento y controles operativos.
En el proceso de evaluación de riesgos descrito en el requisito 1 y 2 de este estándar, se
debe identificar si la posibilidad de incorporar controles automáticos que eviten la
exposición del personal por manipulación durante el proceso.
Si no es posible establecer controles automáticos que eviten la operación manual, se deberá
desarrollar procedimientos operacionales específicos.
Cada Gerencia de la compañía deberá tener un listado completo de todas las sustancias
peligrosas que se utilizan, en los que figure al menos:
· Tipo de sustancia
· los procesos asociados en los que se utiliza
· existencia de operación manual o automática,
· Necesidad de instalación de detectores fijos y/o personales
· los procedimientos de operación asociados.
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· Requisitos de mantenimiento / inspección asociados a los componentes presentes en el sistema
(equipos, válvulas, detectores, alarmas, estanques, etc) su frecuencia y responsable
10 El uso de detectores fijos y dispositivos de detección de uso personal deben ser
considerados como opciones en la selección de medidas potenciales de reducción y control
de riesgo.
De acuerdo con los resultados del análisis del requisito 1 y 2 y el 9 de este estándar, el área
de higiene deberá determinar la necesidad o no de instalar detectores fijos y/o personales
como medida para controlar el riesgo
11 Se deben considerar programas de mantenimiento y certificación, claramente
especificados, de aquellos sistemas encargados de contener, preparar, distribuir y
controlar sustancias peligrosas. Considérese también detectores de gases, de humo, etc.,
será de responsabilidad de cada unidad el asegurar los programas y certificaciones de
mantenciones a estos equipos.
En cada Gerencia en que aplique, y de acuerdo al listado solicitado en el requisito 9 de éste
estándar, se deberá elaborar programas anuales de mantenimiento, inspección,
certificación, y monitorear el estado y nivel de cumplimiento de los programas de:
-Mantenimiento
-Inspección
-Certificación
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12 La gestión de riesgos asociada con materiales peligrosos debe ser apoyada con un proceso
documentado que incorpore la reducción del riesgo usando Jerarquía de Controles,
aplicados en el orden siguiente (varias de estas opciones pueden ser consideradas y
aplicadas individualmente, o en combinación)
· ELIMINACIÓN - eliminación total del peligro.
· SUSTITUCIÓN - reemplazar el material o proceso con un material o proceso menos peligroso.
· RE-DISEÑO - re-diseñar el equipo o procesos de trabajo.
· SEPARAR - aislar el peligro mediante protección o ubicación en un sitio cerrado.
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· ADMINISTRACIÓN - proveer controles tales como entrenamiento, procedimientos, etc.
· EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP) - uso del equipo apropiado y adecuadamente instalado
donde otros controles no son aplicables.
En el momento de introducir una sustancia peligrosa en faena, junto con el proceso de
administración del cambio, se elaborará una revisión-evaluación documentada de las
alternativas de eliminación, sustitución, rediseño, separación, administración, y EPP
asociados a la nueva sustancia, justificando las alternativas seleccionadas.
En el caso de las sustancias peligrosas existentes en faena, se deberá evaluar las
posibilidades de aplicar la jerarquía de los controles en el momento de realizar la evaluación
de riesgos mencionada en el requisito 1 y 2 de éste estándar.
Adicionalmente, asociado al requisito de actualización de las evaluaciones de riesgos, cada
vez que éstas se actualicen, se evaluará la posibilidad de aplicar la jerarquía de controles en
el caso de sustancias peligrosas.
13 Debe haber un proceso de evaluación de riesgo realizado con el apoyo del distribuidor de
la sustancia peligrosa para identificar:
· Los peligros que conlleva mezclar diferentes sustancias peligrosas.
· El nivel de riesgo asociado con los materiales peligrosos.
· Los controles requeridos para gestionar el riesgo
· Los requerimientos de desempeño (capacidades y confiabilidad) de equipos y sistemas
específicos incluidos en estos controles.
1.- En el momento de introducir sustancias nuevas, de acuerdo a los requisitos señalados en
el punto 12, se debe evaluar los peligros mencionados. Dentro de los controles, se deben
considerar especialmente entre otros:
· Las condiciones especiales de almacenamiento
· Las características o especificaciones técnicas de los materiales y equipos que se deben
utilizar para su almacenamiento, dosificación, utilización en operación
· Las frecuencias mínimas de inspección, mantenimiento, verificación, calibración de estos
equipos y materiales asociados con el almacenamiento, manipulación y aplicación.
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Requerimientos Asociados a Sistemas y Procedimientos
14 Debe haber un sistema para identificar y documentar el mantenimiento, la inspección, los
programas y procedimientos de verificación para equipos críticos asociados con sustancias
peligrosas.
En cada Gerencia de la compañía, deben identificarse todos los equipos críticos asociados a
sustancias peligrosas, y cada uno de ellos debe tener al menos:
· Tipo de mantenimiento, inspección, verificación, calibración requerida
· Frecuencia
· Responsable
15 Debe haber un procedimiento para asegurar que la incorporación y descarte de materiales
peligrosos, incluyendo sus envases, sean aprobados por el Coordinador de Sustancias
Peligrosas de CMDIC (refiérase al Elemento 30) antes de su incorporación o descarte. Este
coordinador, por su formación y conocimientos debe pertenecer a la Gerencia de Medio
Ambiente. Será de responsabilidad de cada unidad y de la Gerencia de Medio Ambiente el
generar los procedimientos de recolección, manejo y eliminación de sustancias peligrosas
para cada unidad que las contenga.
De acuerdo con el requisito 17 de este estándar, en cada Gerencia de la compañía debe
existir un listado de todos los materiales peligrosos. Este listado identificará al menos la
categoría:
-Sustancias peligrosas
-Residuos peligrosos
En estos listados, se identificarán los procedimientos asociados a cada sustancia, relativos a
su recolección, manejo y eliminación.
16 Debe haber un sistema para la administración del cambio de equipos y/o procesos de
transporte, almacenamiento, manejo, uso y descarte de materiales peligrosos. El sistema
debe incluir pasos específicos para evaluar el impacto de tales cambios en los riesgos
asociados con sustancias peligrosas.
(Actividad considerada en procedimiento de Administración del Cambio, ya vigente)
17 Debe haber un registro de todos los materiales peligrosos de cada área o gerencia, el cual
debe incluir lo siguiente:
· Identificación de la sustancia de acuerdo a la norma Chilena (NCH) de clasificación de sustancias
peligrosas.
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GSSO-INT-002 Enero 2012 V-01 Enero 2014
Generado: GSSO
Revisado: LIDERES /
CHAMPION
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Requerimientos Asociados a Sistemas y Procedimientos
· Hojas de Seguridad (MSDS).
· Resumen de inventario máximo.
· Requerimientos y precauciones de almacenamiento.
· Ubicación y propiedades físicas de los materiales cuando son usados.
· Inventario de elementos de emergencia especiales para el manejo de derrames, incendios, etc.
(ejemplo: agentes para neutralizar derrames y escapes accidentales, espuma contra incendios,
etc.).
· Métodos de descarte aprobados.
Será de responsabilidad de cada unidad o área el generar este catastro.
(este registro podrá ser electrónico, y deberá estar disponible en todas las áreas y para todas
las personas que utilizan, manipulan, almacenan, compran, sustancias peligrosas)
18 Debe haber un procedimiento para asegurar que existan Hojas de Seguridad (MSDS)
disponibles para todo el personal involucrado en el transporte, almacenamiento, manejo,
uso y descarte de materiales peligrosos (incluyendo personal de respuesta de emergencia,
primeros auxilios y médico). Será de responsabilidad de cada unidad o área el asegurar el
cumplimiento de este punto.
La existencia de HDS se identificará el registro mencionado en el punto 17, y deberá
considerar los requisitos de la NCh 2245.
19 Debe haber un procedimiento para asegurar que todos los documentos de diseño
relevantes y planos asociados con este estándar estén actualizados, controlados y
disponibles. Será de responsabilidad de cada unidad o área el asegurar el cumplimiento de
este punto.
(Procedimiento aplicable: control de documentos) Requisitos para instalaciones existentes y
nuevas, ver comentarios en punto 1 y 2 de este estándar.
20 Las actividades críticas que involucran materiales peligrosos y tengan el potencial de daño
inmediato o de largo plazo, deben ser identificadas y deben poseer procedimientos de
operación segura, los cuales deben ser documentados, se incluyen los procesos de
transporte, almacenamiento, manejo, uso y descarte de sustancias peligrosas. Será de
responsabilidad de cada unidad o área el asegurar el cumplimiento de este punto.
En la evaluación de riesgos mencionada en el requisito 1 y 2 de este estándar, se identificará
las actividades críticas asociadas, y los procedimientos documentados para cada una de
ellas.
Al realizar el inventario solicitado en el requisito 17 de este estándar, se deberá identificar
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GUÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTÁNDARES DE PREVENCIÓN DE FATALIDADES
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Requerimientos Asociados a Sistemas y Procedimientos
los procedimientos asociados a cada sustancia peligrosa.
21 Los límites operacionales seguros de plantas y equipos que manejen sustancias peligrosas
que tienen el potencial de daño inmediato o de largo plazo, deben ser definidos
claramente, documentados y estar disponibles para el personal operacional y de
mantenimiento. Será de responsabilidad de cada unidad o área el asegurar el
cumplimiento de este punto.
De acuerdo con la evaluación de riesgos mencionada en el requisito 1 y 2, se deberá
identificar los límites operacionales asociados a la sustancia peligrosa en sus distintas etapas
del ciclo de vida. Los límites operacionales se pueden referir a:
-Cantidades máximas en el transporte (si hay restricciones)
-Condiciones ambientales asociadas al transporte (T°, Ventilación)
-Condiciones ambientales asociadas al almacenamiento
-Cantidades máximas asociadas al almacenamiento
-Concentraciones máximas-mínimas asociadas a su dosificación
-Condiciones seguras de operación (concentración, temperatura, presión, acidez-alcalinidad,
etc)
22 Debe haber procedimientos de monitoreo de sustancias peligrosas para asegurar que el
estatus de la operación es entendido y mostrado claramente en todo momento. Estos
sistemas de monitoreo deben incluir el procedimiento para una entrega documentada al
turno siguiente, registrando cualquier información relevante, tales como cambios en el
estatus operacional. Será de responsabilidad de cada unidad o área el asegurar el
cumplimiento de este punto.
De acuerdo con los requisitos de control operacional o límites de control, establecidos de
acuerdo al requisito 21 de este estándar, se identificará para cada uno de ellos, la frecuencia
de monitoreo/medición, responsables, informes o indicadores asociados al monitoreo de
cada variable.
23 Debe haber un sistema de permisos de trabajo, de acuerdo con la definición del estándar
de bloqueo vigente en CMDIC, con el objeto de asegurar la descontaminación adecuada de
la planta y del equipo a ser intervenido, el uso de equipo de protección personal
adecuado, y cualquier requerimiento o precaución especial (ejemplo: Requerimiento de
verificación, ventilación, retiro de tuberías o cuando se usan llamas), donde el límite de
exposición ocupacional a una sustancia peligrosa pudiera ser excedido. Será de
responsabilidad de cada unidad o área el asegurar el cumplimiento de este punto.
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En el momento de hacer el ART-Permiso de trabajo, se deberá verificar al menos:
-¿Existen sustancias peligrosas en los equipos, líneas, área a ser intervenida?
-¿Han sido estas sustancias completamente aisladas, removidas, limpiadas, vaciadas, antes
de la intervención?
24 Debe haber un procedimiento para controlar operaciones simultáneas que involucren
materiales peligrosos para evitar la mezcla de sustancias incompatibles. Para ello cada
unidad debe asegurar, con el distribuidor de la sustancia peligrosa, cuales son las
sustancias incompatibles para el correcto manejo de cada sustancia. Será de
responsabilidad de cada unidad o área el asegurar el cumplimiento de este punto.
1.-En el registro de sustancias peligrosas requerido en el punto 17 de este estándar, se debe
identificar las incompatibilidades de la sustancia
2.-Al momento de realizar el ART-Permiso de trabajo, se debe verificar si existen operaciones
simultáneas
3.-Si la respuesta es SI, se deberá revisar en el inventario mencionado anteriormente la
existencia de posibles incompatibilidades
4.-Se deberá dejar registrado en el ART la evaluación de incompatibilidades
25 Debe haber planes de respuesta de emergencia para incidentes que involucren sustancias
peligrosas. Estos deben ser revisados, verificados y documentados anualmente. Los planes
deben incluir servicios de apoyo interno o externo tales como las brigadas de emergencia,
ambulancia, clínica y hospitales locales, que sean adecuados según el riesgo. Será de
responsabilidad de cada unidad, de la brigada de emergencia y de la Gerencia de
Seguridad y Salud Ocupacional el generar los planes de emergencia y capacitación para
cada brigada local de emergencia.
Cada Gerencia de la compañía, deberá generar un listado de los planes de emergencia
asociados a sustancias peligrosas que hayan desarrollado (de acuerdo con el requisito 3 de
este estándar). En este listado, se identificará al menos:
-Procedimientos de emergencia asociados
-Fechas o frecuencias programadas de revisión /verificación
De acuerdo con este listado, el área de emergencias de la gerencia de SSO deberá elaborar-proponer:
-un plan de simulacros o pruebas
-competencias específicas requeridas por los brigadistas así como planes de capacitación
para las brigadas locales (de existir).
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