El documento trata sobre los derechos humanos y la educación. Establece que los derechos humanos deben ser protegidos por los estados y no pueden ser violados. Además, toda persona tiene derecho a la educación primaria obligatoria y la educación debe promover el desarrollo de la personalidad y el respeto a los derechos humanos. Finalmente, las leyes nacionales y provinciales garantizan la educación como un bien público y obligatorio.
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"RUTAS.La educación es un derecho"
1.
2. Los derechos humanos
son normas jurídicas
que deben ser
protegidas y
respetadas por los
Estados.
Los derechos
humanos no se pueden
violar: ir contra ellos
es atacar la dignidad
humana.
Son irrenunciables e
inalienables, ya que
ningún ser humano
puede renunciar a ellos
ni transferirlos.
3. Toda persona tiene derecho
a la educación. La
instrucción elemental será
obligatoria.
La educación tendrá por
objeto el pleno desarrollo de
la personalidad humana y el
fortalecimiento del respeto a
los derechos humanos y a
las libertades fundamentales.
Los padres tendrán derecho
preferente a escoger el tipo
de educación que habrá de
darse a sus hijos.
4. Ley de educación nacional-
N°26.206
Ley de educación
Provincial-N°13.688
La ley nacional de
educación garantiza
la educación como
bien público.
Está organizada en
cuatro niveles y es
obligatoria desde los
4 años de edad.
El estado Provincial tiene
la responsabilidad principal
e indelegable de promover,
garantizar y supervisar una
educación integral.
La sala de 4 y 5 años de
Nivel Inicial es obligatoria.
La secundaria es
obligatoria y de 6 años, con
desarrollo productivo,
regional, provincial y
nacional.
Esta ley resguarda a los
derechos laborales de
todos los trabajadores de
la educación.
5. Recae en el Estado el
cumplimiento de tres funciones
esenciales.
Primero, definir bajo qué
formas debe organizarse la
provisión educacional de los
establecimientos gestionados.
Segundo, determinar el grado
de autonomía de gestión que
deben tener estos
establecimientos (para elegir
métodos de enseñanza,
examinar y promover a sus
alumnos, contratar y despedir
profesores, administrar sus
propios recursos, etc).
Y, tercero, implementar
programas de apoyo para
mejorar la equidad y calidad
del sistema.
6. A partir de la ley de Educación
Nacional n°26.206, la
obligatoriedad de la secundaria
sienta las bases del dicho nivel
educativo.
-Garantizar en la educación
secundaria la revisión de la
estructura curricular.
-Crear alternativos y
acompañamientos de las
trayectorias escolares de los
jóvenes.
-Discutir en convenciones
colectivas mecanismos de
concentración de horas cátedra y
cargo de los profesores.
-Crear espacios extracurriculares
(articulo 32) gestar
transformaciones culturales,
padagógicas e institucionales.
7. El Consejo Federal de
Educación es el organismo de
concertación, acuerdo y
coordinación de la política
educativa nacional para
asegurar la unidad y
articulación del Sistema
Educativo Nacional.
Su presidente es el Ministro
de Educación de la Nación y
se encuentra a su vez
integrado por la máxima
autoridad educativa de cada
jurisdicción y tres
representantes del Consejo
de Universidades.
8. Siempre que un alumno sea
escolarizado para la Modalidad,
cualquiera sea el tiempo que
dure esta intervención, la
escuela o servicio domiciliario
certificará la asistencia del
alumno.
Ningún alumno perderá su
condición de regular en su
escuela de referencia mientras
sea escolarizado en instituciones
de la Modalidad.
La escuela o servicio domiciliario
enviará a la escuela de
referencia un informe
pedagógico de que cuenta el
proceso de aprendizaje en dicho
periodo.
9. El niño física o mentalmente
impedido o que sufra algún
impedimento social debe
recibir el tratamiento, la
educación y los ciudadanos
especiales que requiere su
caso particular.
El niño tiene derecho a recibir
educación, que será gratuita y
obligatoria por lo menos en las
etapas elementales.
Se le dará una educación que
favorezca su cultura general y
le permita en condiciones de
igualdad oportunidades,
desarrollar sus actitudes y su
juicio individual, su sentido de
responsabilidad moral y social,
llegar a ser un miembro útil en
la sociedad.
10. Es una propuesta de educación
domiciliaria, consiste esencialmente
en acercar a los chicos que no asisten
regularmente a clases por alguna
problemática específica (embarazo,
maternidad adolescente, trabajo,
salud, terapias, etc).
Para conseguirlo se creó un banco de
recursos (actividades, contenidos,
horarios de consultas, canales de
comunicación, evaluaciones, etc), al
que tienen acceso, vía internet; los
jóvenes adolescentes incluidos en el
proyecto (alumnos del Colegio y de
otras instituciones que no cuenten
con esta alternativa).