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1
Ley de Administración y Control
Gubernamentales N° 1178
SAFCO
MSc. FREDDY ALIENDRE ESPAÑA
EN GOBIERNOS
MUNICIPALES
2
Teoría del Mandato
SOCIEDAD
MANDANTE
MANDATO
OBLIGACION
RENDIR CUENTAS
BIENES
SERVICIOS
CONTROL FISCAL
ADMINISTRACION
PUBLICA
Facultades
Competencias
Ley SAFCO
MANDATARIO
FACULTAD
- Poder Político
- Recaudar recursos
- Usar Recursos
3
Es un instrumento legal – marco, que determina un nuevo
modelo de gestión pública basada en la legalidad y sustentado
en el mandato político, orientado al logro de resultados
eficientes de manera transparentes y que todo servidor
público y los particulares asuman plena responsabilidad por el
uso de recursos públicos y el desarrollo de sus funciones
inherentes a la gestión pública.
Ley SAFCO
LEY 1178
¿Qué es?
Sistemas de
Administración
y Control
Responsabilidad
por la función
pública
Comprende:
4
Ley SAFCO
Contenido Ley 1178 (SAFCO)
ESTABLECE FINALIDADES, IDENTIFICA SISTEMAS
Y DEFINE EL AMBITO DE APLICACION
DESCRIBE LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACION Y
CONTROL GUBERNAMENTALES
RELACION A LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACION
Y CONTROL GUBERNAMENTALES CON LOS SISTEMAS
DE PLANIFICACION E INVERSION PÚBLICA
DEFINE ATRIBUCIONES INSTITUCIONALES:
- CREA ORGANOS RECTORES
- ASIGNA ATRIBUCIONEES A LAS ENTIDADES PUBLICAS
ESTABLECE TIPOS DE RESPONSABILIDAD
REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LA CONTRALORIA
GENERAL DE LA REPUBLICA
1
2
3
4
5
6
LA JURISDICCION COACTIVA FISCAL
7
5
Ley de Administración y Control Gubernamentales
N° 1178 (20 de Julio de 1990)
La presente ley regula los sistemas de
Administración y de Control de los recursos del
Estado y su relación con los sistemas nacionales de
Planificación e Inversión Pública, con el objeto de:
a) Programar, organizar, ejecutar y controlar la
captación y el uso eficaz y eficiente de los
recursos públicos para el cumplimiento y
ajuste oportuno de las políticas, los
programas, la prestación de servicios y los
proyectos del sector público.
FINALIDAD DE LA APLICACION Artículo 1ro Ley 1178
Ley SAFCO
EFICACIA Y EFICIENCIA
EFICACIA: Los resultados deben alcanzar las metas
previstas en los Programas de Operaciones
EFICIENCIA: Los recursos invertidos en las
operaciones deben ser razonables en relación a los
resultados globales alcanzados
n Eficacia = Resultados
Objetivos
n Eficiencia= Productividad Real
Productividad Planificada
Productividad = Producto = Producto = Producto
Insumos costo tiempo
7
Ley de Administración y Control Gubernamentales
N° 1178 (20 de Julio de 1990)
b) Disponer de información útil,
oportuna y confiable asegurando la
razonabilidad de los informes y
estados financieros;
FINALIDAD DE LA APLICACION Artículo 1ro Ley 1178
Ley SAFCO
TOMA DE DECISIONES
CONTROL
ACCOUNTABILITY (TRANSPARENCIA)
8
Ley de Administración y Control Gubernamentales
N° 1178 (20 de Julio de 1990)
c) Lograr que todo servidor público, sin
distinción de jerarquía, asuma plena
responsabilidad por sus actos
rindiendo cuenta no sólo de los
objetivos a los que se destinaron los
recursos públicos que le fueron
confiados, sino también, de la forma y
resultado de su aplicación.
FINALIDAD DE LA APLICACION Artículo 1ro Ley 1178
Ley SAFCO
PLENA
RESPONSABILIDAD
9
Ley de Administración y Control Gubernamentales
N° 1178 (20 de Julio de 1990)
d) Desarrollar la capacidad Administrativa
para impedir o identificar y comprobar
el manejo incorrecto de los recursos
del Estado
FINALIDAD DE LA APLICACION Artículo 1ro ley 1178
Ley SAFCO
ANTICORRUPCIÓN
10
SISTEMAS PARA
PROGRAMAR Y
ORGANIZAR
ACTIVIDADES
1) Programación de Operaciones
2) Organización Administrativa
3) Presupuesto
SISTEMAS PARA
EJECUTAR
ACTIVIDADES
PROGRAMADAS
4) Administración de Personal
5) Administración de Bienes y Servicios
6) Tesorería y Crédito Público
7) Contabilidad Integrada
8) Control Gubernamental
a) Interno Previo
b) Interno Posterior
c) Externo Posterior
SISTEMAS PARA
CONTROLAR
LA GESTION
MUNICIPAL
Ley SAFCO
Los Sistemas de Administración
y Control Gubernamentales
11
TODAS las Entidades del Sector Público
(Clasificador Institucional)
Unidades Administrativas de los Poderes
Legislativo y Judicial
Ley SAFCO
Ámbito de Aplicación
Art.3
Art.4
Art.5 Toda persona que reciba recursos del Estado,
se beneficie de subsidios, subvenciones,
ventajas o exenciones, o preste servicios
públicos no sujetos a la libre competencia
12
Ley SAFCO
Interrelación SAFCO
C
O
N
T
R
O
L
I
N
T
E
R
N
O
P
O
S
T
E
R
I
O
R
PROGRAMACION DE OPERACIONES
ORGANIZACION ADMINISTRATIVA
CONTROL
INTERNO
PREVIO
PRESUPUESTO
ADMINISTRACION DE PERSONAL
ADMINISTRACION DE BIENES Y SERVICIOS
TESORERIA Y CREDITO PUBLICO
CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
CONTROL INTERNO PREVIO
C
O
N
T
R
O
L
E
X
T
E
R
N
O
SISPLAN
Objetivos Nacionales
Políticas
Estrategias Nacionales
SNIP
Plan de Inversiones
Preinversión
Inversión Pública
PLANIFICACION ESTRATEGICA
Misión – Visión
Objetivos Estratégicos Institucionales
Estrategias
13
¿QUE ES EL SISPLAN Y EL SNIP?
SISPLAN: Conjunto de
procesos que establece la
forma y los mecanismos de
participación de los niveles:
NACIONAL
DEPARTAMENTAL
MUNICIPAL
POLITICAS DE
DESARROLLO
ASIGNACION DE
RECURSOS
SNIP: Conjunto de normas,
procesos e instrumentos para
formular, evaluar, priorizar,
financiar y ejecutar
PROYECTOS DE
INVERSION
PUBLICA
PLANES
En el marco de los
RACIONAL TOMA DE DECISIONES
14
PROCESOS Y PRODUCTOS DEL
SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
SISPLAN
Definición de la
visión de largo plazo
(PLANES)
Programación de
mediano y largo
plazo
Reglamentación de
normas y
procedimientos
PRODUCE
Objetivos y políticas
definidos en los
planes
Programas de
mediano y largo
plazo
Índices de asignación
de recursos para la
inversión pública
15
SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
ACTORES – PROCESOS - PRODUCTOS
Gobierno
Central
Prefecturas
Gobiernos
Municipales
Planificación
Nacional
Planificación
Departamental
Planificación
Municipal
PGDES/PSDES
PDM
PDDES
16
SISPLAN
EJECUCION
SNIP
DEFINEN LAS ESTRATEGIAS Y
POLITICAS GUBERNAMENTALES
SISTEMAS DE ADMINISTRACION Y
CONTROL GUBERNAMENTAL
RELACION ENTRE LOS SISTEMAS NACIONALES Y
LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACION Y
CONTROL
17
Artículo.6to.Ley 1178
• Traducir los objetivos y planes estratégicos de cada
entidad en metas.
• Asegurar que los planes estén en concordancia con la
estrategia nacional.
• Traducir los planes en:
- Objetivos concretos a alcanzar
- Actividades específicas y procedimientos a emplear
- Recursos a utilizar (humanos, materiales, tecnológicos
y servicios)
- Momento, lugar y encargado de la ejecución del plan
• La programación deberá ser integral, comprende las
operaciones de:
- Funcionamiento
- Pre Inversión
- Inversión
Ley SAFCO
Sistema de Programación de Operaciones
18
Objetivos Nacionales
Políticas Globales
Políticas Sectoriales
Plan General Desarrollo Económico Social
Planes Sectoriales
Programas y proyectos Nacionales
Objetivos Institucionales de L/P
Políticas Institucionales
Plan Estratégico
Programas de largo Plazo
Proyectos de Largo Plazo
Objetivos y resultados de corto y
mediano plazo
Operaciones (productos)
 Acciones , (Procesos y tecnología
institucionales)
Recursos: Humanos
Materiales
Servicios
Momento: De....hasta (tiempo)
Lugar (espacio)
Encargados de la dirección, ejecución y
control (Unidades y/o puestos)
Nacional
Institucional
Institucional
Estratégica
Operativa
PLANIFICAION
Ley SAFCO
La Programación de Operaciones y la
Planificación Estratégica
19
Artículo.6to.Ley 1178
• ¿QUÉ hacer? ..........Fijar objetivos
• ¿CÓMO hacer?........Fijar procedimientos
• ¿CON QUÉ hacer?....Establecer recursos
• ¿CUÁNDO hacer?.....Señalar el momento
• ¿DÓNDE hacer?.......Establecer el lugar
• ¿QUIÉN debe hacer?.Establecer los encargados
Para PROGRAMAR se deben tomar decisiones sobre:
Ley SAFCO
Sistema de Programación de Operaciones
20
NORMAS BASICAS R.S. 225557 SUBSISTEMAS
a) Análisis de situación
b) Formulación de objetivos
c) Determinación de Operaciones
d) Definición de indicadores de
gestión
e) Determinación de recursos
a) Seguimiento de la
ejecución del programa de
operaciones
b) Evaluación de resultados
c) Ajuste del Programa de
Operaciones Anual
2. SEGUIMIENTO Y
EVALUACION DE
LA EJECUCION
DEL PROGRAMA
DE OPERACIONES
ANUAL
TIPOS DE OPERACIONES
 Operaciones de funcionamiento (producción)
 Operaciones de pre –inversión e inversión
 Operaciones de regulación
 Operaciones financieras
Ley SAFCO
Sistema de Programación de Operaciones
1. ELABORACIÓN DEL
PROGRAMA DE
OPERAC. ANUAL
21
FASES RESPONSABLES NOTAS
ELABORACION Alcalde
Sub-alcalde
relación con OTBs
Hasta el 15 de noviembre
REVISION Comité de
Vigilancia
15 días para pronunciamiento. Silencio
= aceptación
APROBACION Concejo Municipal 30dias. No pronunciamiento igual a
aceptación
EJECUCION Alcalde No requiere de ninguna otra aprobación
DIFUSION Alcalde Informar al Concejo Municipal y poner a
disposición del público, al menos al 4º y
8ºmes del año, los avances del POA.
Difunde y publica, al menos una vez al
año, su informe de gestión.
CONTROL Comité de
Vigilancia
Semestralmente revisara la ejecución
del POA
FISCALIZACION Concejo Municipal Revisar, aprobar o rechazar el informe
de ejecución del Programa de
Operaciones Anual
22
Artículo 7mo Ley 1178
 Se definirá y ajustará en función de la Programación
de Operaciones
 Evitar duplicidad de objetivos y atribuciones
mediante la adecuación, fusión o supresión de
entidades
 Centralizar la formulación de políticas, descentralizar
o desconcentrar su ejecución
 Toda entidad pública se organizará internamente en
función de sus objetivos y naturaleza
Ley SAFCO
Sistema de Organización Administrativa (SOA)
23
PROCESOS Normas Básicas R.S. 217055
a) Análisis retrospectivo (SPO)
b) Análisis prospectivo
c) Resultados del análisis organizacional
a) Usuarios
b) Servicios y/o bienes
c) Procesos productivos
d) Unidades organizacionales
e) Autoridad y jerarquía
f) Canales y medios de comunicación
g) Coordinación interna
h) Relaciones Interinstitucionales
i) Manual de Organización
j) Manual de procesos
a) Objetivos y estrategia
b) Cronograma
c) Recursos
d) Responsables
e) Programación de difusión y capacitación
ANALISIS
ORGANIZACIONAL
DISEÑO
ORGANIZACIONAL
IMPLANTACION
DEL DISEÑO
ORGANIZACIONAL
Ley SAFCO
Sistema de Organización Administrativa (SOA)
24
FASES RESPONSABLE NOTAS
ESTRUCTURA Definida en la Ley de
Municipalidades.
Posibilidades de desconcentración
en Sub-alcaldías
ELABORACION Alcalde Elaborar los manuales de
organización, funciones,
procedimientos y organigrama, para
su aprobación por el Concejo.
Proceso paralelo a la formulación
del POA y el presupuesto
APROBACION Concejo Municipal Aprobacion de estructura,
organigrama y manuales
SOA MUNICIPAL
25
 Prever los montos y fuentes de recursos
 Asignar recursos a los requerimientos de la
programación de operaciones
 Sujeción a los límites legales de las entidades
que cuenten recursos provenientes de
tributación, aportes a la seguridad social,
otros aportes o transferencias de los
tesoros del estado
 Presupuesto indicativo para las empresas y
entidades públicas
Artículo 8vo. Ley 1178
Ley SAFCO
Sistema de Presupuesto (SDP)
26
a) Estimación de Recursos
b) Definición de Estructura Programática
c) Programación del Presupuesto de Gastos
a) Programación de la ejecución
presupuestaria
b) Ajuste de la Ejecución
c) Modificaciones presupuestarias
a) Emitir y presentar información
física y financiera
b) Evaluación de Gestión
c) Presentación de Informe de evaluación
SUBSISTEMAS
PRINCIPIOS
DEL
PRESUPUESTO
FORMULACION
PRESUPUESTARIA
EJECUCION
PRESUPUESTARIA
SEGUIMIENTO Y
EVALUACION
PRESUPUESTARIA
Equilibrio, Sostenibilidad, Universalidad,
Transparencia, Flexibilidad
NORMAS BASICAS R.S. 225558
Ley SAFCO
Sistema de Presupuesto (SDP)
27
FASES RESPONSABLES NOTAS
ELABORACION Alcalde Política presupuestaria
Presentación hasta el 15 de noviembre
REVISION Comité de
Vigilancia
15 días para pronunciamiento. Silencio =
aceptación
APROBACION Concejo Municipal 30dias. No pronunciamiento igual a
aceptación
EJECUCION Alcalde No requiere de ninguna otra aprobación
DIFUSION Alcalde Informar al Concejo Municipal y poner a
disposición del público, al menos al 4º y
8ºmes del año, los avances del POA.
Difunde y publica, al menos una vez al
año, su informe de gestión.
CONTROL Comité de
Vigilancia
Semestralmente revisara la ejecución del
Presupuesto
FISCALIZACION Concejo Municipal Revisar, aprobar o rechazar el informe de
ejecución del Presupuesto
28
Su propósito:
• Procurar la eficiencia en la Función Pública
Está basado en:
• La determinación de los puestos de trabajo
efectivamente necesarios
• La determinación de los requisitos y mecanismos
para proveer los puestos de trabajo
• La implantación de regímenes de evaluación y
retribución del trabajo.
• El desarrollo de las capacidades y aptitudes de
los servidores
• El establecimiento de procedimientos para el
retiro de los servidores
Ley SAFCO
Sistema de Administración de Personal (SAP)
Artículo 9no. Ley 1178
29
Ley SAFCO
Sistema de Administración de Personal (SAP)
NORMAS BÁSICAS D.S. 26115
Subsistemas
(SAP)
1) DOTACIÓN DE
PUESTOS
2) EVALUACIÓN DEL
DESEMPEÑO
3) MOVILIDAD
FUNCIONARIA
4) CAPACITACIÓN
5) REGISTRO
30
FASES RESPONSABLES NOTAS
ELABORACION Alcalde Definición de la Carrera Administrativa
Designar y retirar a los Oficiales Mayores y
personal administrativo
Elaborar su Reglamento específico del
Sistema de Administración de Personal, su
Reglamento Interno y Manuales e
Instrumentos que regulen la función pública
procurando la eficiencia de los servidores
públicos municipales.
APROBACION Concejo
Municipal
Aprobará su Reglamento específico del
Sistema de Administración de Personal, su
Reglamento Interno y Manuales e
Instrumentos que regulen la función pública
procurando la eficiencia de los servidores
públicos municipales.
EJECUCION Alcalde Responsable de la gestión de personal
DIFUSION Alcalde Informar al Concejo Municipal y poner a
disposición del público, al menos al 4º y 8ºmes
del año, los avances del POA. Difunde y
publica, al menos una vez al año, su informe
de gestión.
31
SUBSISTEMA DE
CONTRATACION
SUBSISTEMA
DE MANEJO
SUBSISTEMA DE
DISPOSICION
COMPRAS
MENORES
LICITACION
PUBLICA
POR
EXCEPCION
ADMINISTRACION
DE ALMACENES
ADMINISTRACION
DE ACTIVOS FIJOS
MUEBLES
ADMINISTRACION
DE ACTIVOS FIJOS
INMUEBLES
DISPOSICION
TEMPORAL
DISPOSICION
DEFINITIVA
• Contratar, manejar y disponer de bienes y servicios
• Exigir disponibilidad de fondos a comprometer y condiciones de financiamiento
• Diferenciar atribuciones y responsabilizar a los servidores públicos por la
contratación y uso de bienes y servicios
• Establecer mecanismos para la venta y baja de bienes
Artículo 10mo. Ley 1178
Ley SAFCO
Sistema de Administración de Bienes y
Servicios (SABS)
POR
EMERGENCIA
MODALIDAD
ANPE
32
FASES RESPONSABLES NOTAS
ELABORACION Alcalde PAC
DESIGNACION ALCALDE RPC
RPA
Comisión de Recepción
APROBACION Concejo Municipal Contratos . 15 días
Enajenación de bienes
EJECUCION Alcalde Firma de contratos
Recursos Administrativos
PROHIBICION Alcalde,
CONCEJALES
Celebrar contratos por sí o por terceros,
sobre bienes, rentas y ejecución de obras,
prestación de servicios o explotaciones
municipales, concedidas, reguladas o
supervisadas ;
CONTROL Comité de
Vigilancia
Administrar, arrendatario, concesionario o
adjudicatario de bienes, obras, servicios
públicos y explotaciones municipales,
33
• Manejar ingresos, financiamiento o
crédito público.
• Programar compromisos, obligaciones y
pagos.
•Toda deuda pública externa o interna con
plazo mayor o igual a uno año será
contraída por el T.G.N.
• Las deudas con plazo inferior a un año
serán contraídas por cada entidad
con sujeción a la programación financiera
del T.G.N.
Art. 11vo Ley 1178
Ley SAFCO
Sistema de Tesorería y Crédito Público
34
Normas Básicas R.S. 218056
SUBSISTEMAS
1) RECAUDACION DE
RECURSOS
2) ADMINISTRACION
DE RECURSOS
a) Prohibición de Deducción
b) Responsabilidad de
Recaudación
c) Titulares de las Cuentas
Bancarias Fiscales.
Ley SAFCO
Sistema de Tesorería del Estado
a) Unidad de la administración de
ingresos y egresos
b) Programación de flujos
financieros y la ejecución
presupuestaria
c) Registro, ingreso y custodia de
los títulos y valores
35
Normas Básicas R.S. 218041
a) Sostenibilidad
b) Eficiencia
c) Centralización
d) Oportunidad, transparencia y
valides de la información
PRINCIPIOS
SUBSISTEMA DE
PLANIFICACION
DE LA DEUDA
PUBLICA
a) Política crediticia
b) Estrategia de endeudamiento
c) Red de relaciones interinstitucionales
SUBSISTEMA DE
ADMINISTRACION
DE DEUDA PUBLICA
a) Inicio de operaciones
b) Negociación
c) Contratación
d) Utilización
e) Servicio
f) Seguimiento
Ley SAFCO
Sistema de Crédito Público (SCP)
36
FASES RESPONSABLES NOTAS
EJECUCION Alcalde Administración Financiera
Negociación de empréstitos
Presentación de ejecución presupuestaria
al concejo municipal
APROBACION Concejo Municipal Los contratos de empréstitos, emisión
de valores u otros instrumentos de
financiamiento, requerirán la
aprobación previa del Concejo, con el
voto afirmativo de dos tercios del total
de sus miembros.
Aprobar o rechazar la emisión o
compra de Títulos Valores;
Autorizar la negociación y constitución
de empréstitos, en un plazo máximo
de quince (15) días;
37
Ley SAFCO
Sistema de Contabilidad Integrada
Su propósito:
• Incorporar las transacciones presupuestarias
financieras y patrimoniales, en un sistema
común, oportuno y confiable.
• Conocer el destino y fuente de los datos
expresados en términos monetarios.
• Generar, con base en los datos financieros
y no financieros información relevante y
útil para la toma de decisiones por las
autoridades que regulan la marcha del
Estado y de cada una de sus entidades.
Art. 12do Ley 1178
38
Proceso
Sistema de Contabilidad
Patrimonial (Transacciones
Presupuestarias)
4
Entradas o insumos Salidas
Transacciones
u operaciones
con incidencia
económica y/o
financiera
1
2
Sistemas de Contabilidad
Presupuestaria
(Transacciones
Presupuestarias)
Sistema de Contabilidad
Financiera
(Transacciones
Financiera)
Estados de
Ejecución
Presupuestaria
3
Balance General
Estado de Resultados
Estado de Evolución
Patrimonial
Otros.
Estado de Flujo
de Caja
Ley SAFCO
Concepción del Sistema Contable
Integrado
39
Normas Básicas R.S. 218040
-
SUBSISTEMAS
1) REGISTRO
PRESUPUESTARIO
a) Ejecución presupuestaria de
recursos y gastos
b) Evaluar la gestión y poder
consolidar
c) Control legal
2) REGISTRO
PATRIMONIAL
a) Posición Financiera
b) Resultados de su operación
c) Cambios de posición financiera
d) Cambios de Patrimonio Neto
3) REGISTRO DE
TESORERIA
a) Programar y administrar flujos de
fondos
b) Información de Operaciones
Efectivas de Caja
c) Análisis, control y evaluación de
asignación y uso
de fondos
Ley SAFCO
Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG)
40
FASES RESPONSABLES NOTAS
ELABORACION Alcalde Estados financieros. Hasta el 31 de marzo
REVISION Comité de
Vigilancia
Ejecución presupuestaria .
Semestralmente
APROBACION Concejo Municipal Revisar, aprobar o rechazar el informe de
ejecución del Programa de Operaciones
Anual, los estados financieros, ejecución
presupuestaria y la memoria
correspondiente a cada gestión anual,
presentados por el Alcalde Municipal,
dentro de los tres (3) primeros meses de la
siguiente gestión;
DIFUSION Alcalde Difunde y publica, al menos una vez al
año, su informe de gestión.
PRESENTACION ALCALDE Poner a disposición de la autoridad
competente los estados financieros y la
ejecución presupuestaria de la gestión
anterior, debidamente suscritos y
aprobados por el Concejo Municipal,
41
Mejorar la eficiencia en la captación y uso de los
recursos públicos y la contabilidad de la información
que se genera.
Mejorar los procedimientos para que los ejecutivos
rindan cuenta oportuna de su gestión.
 Mejorar la capacidad administrativa para identificar el
manejo inadecuado de los recursos del Estado.
 Sistema de Control Interno (Previo y Posterior) y Control
Posterior.
Ley SAFCO
Sistema de Control Gubernamental
Artículos 13vo al 16vo Ley 1178
42
Control Interno
PREVIO POSTERIOR
A cargo de las unidades
ejecutoras de las
operaciones
A cargo de los
responsables
superiores
 Legalidad
 Conveniencia
 Oportunidad
 Evaluación de operaciones
bajo su directa
competencia
A cargo de la unidad
de auditoria interna
 Evaluación cumplimiento y
eficacia de los SAYCOS
 Confiabilidad de los registros
y estados financieros
 Análisis de resultados y
eficiencia de operaciones
Ley SAFCO
Componentes del Control Gubernamental
A cargo de la C.G.R.,
Entes que ejercen
Tuición o Firmas
Privadas de Auditoría
Control Externo
AUDITORIA EXTERNA
GUBERNAMENTAL
* Calificar eficacia, Sistemas
de Administración y Control
Interno.
* Opinar sobre la
confiabilidad de los
registros contables y
operativos.
* Dictaminar razonabilidad de
los estados financieros
* Evaluar la eficacia y
eficiencia de las
operaciones
43
.
Ley SAFCO
TIPOS DE RESPONSABILIDAD
RESPONSABILIDAD
EJECUTIVA
RESPONSABILIDAD
CIVIL
RESPONSABILIDAD
PENAL
RESPONSABILIDAD DE
LOS PROFESIONALES
RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA
44
Ley SAFCO
Responsabilidad por la Función Pública
Administrativa y Ejecutiva
NATURALEZA SUJETO PRESCRIPCION DETERMINACION SANCION
Acción u omisión
contraviene el
ordenamiento
jurídico
administrativo y
norma de conducta
funcionaria.
Servidores
públicos.
Ex –
servidores
Para dejar
constancia y
registro
A los 2
años de la
Contraven
ción.
Por proceso interno.
Informes de
Auditoría.
Dictamen de C.G.R.
tiene calidad de
prueba constituída.
Multa,
suspensión o
destitución.
Ley 1178 Art.
29° de 3318–A
Arts. 13° y 33°
Ley 1178 Art. 29°
D.S. 23318-A Arts.
13° y 14°
D.S. 23318-
A Art. 15°
D.S. 23318-
A Art. 16°
D.S. 23318-A
Art. 18° al
30248
Ley 1178
Art. 29°
Gestión deficiente
o negligente y por
incumplimiento de
Arts. I c), 27 d) e)
y f), Ley 1178 y
otras causas.
Máxima autoridad
ejecutiva o dirección
colegiada o ambas.
Ex – autoridades
para dejar
constancia y
Registro.
A los 2 años
de concluída
la gestión.
Por dictamen del
Contralor de la
República.
Ley 1178
Art. 30° de
23318–A
Arts. 34° al
49°
Ley 1178 Art.
30°
D.S. 23318-A
Art. 34°
D.S. 23318-
A Art. 37°
D.S. 23318-
A Art. 36°
D.S. 23318-A
Art. 39°
Ley 1178 Art.
42 g)
D.S. 23318-A
Art. 47°
45
Ley SAFCO
Responsabilidad por la Función Pública
Civil y Penal
Acción u omisión de
servidor público o
persona privada que
causa daño al
estado
valuable en dinero.
Ley 1178
Art. 31° de
23318–A
Arts. 50° al
59°
Ley 1178 Art.
31°
D.S. 23318-A
Art. 50°
Ley 1178 Art.
42 g)
D.S. 23318-A
Art. 47°
Servidores
públicos
Ex –
servidores,
personas
naturales
o jurídicas
privadas.
A los 10
años
Por juez competente
(coactivo, ordinario,
tributario, etc.)
Dictamen del
Contralor tiene valor
de prueba
preconstituída.
Ley 1178
Art. 31
Ley 1178
Art. 40
D.S. 23318-A
Art. 50°
Acción u omisión
está tipificada
como delito en el
Código Penal.
Ley 1178
Art. 34° de
23318–A
Arts. 60° al
62°
Ley 1178 Art.
34°
D.S. 23318-A
Art. 60°
Código
Penal
Servidores
públicos
Ex –
servidores,
particulares.
De acuerdo
a los
términos del
Código Penal
Juez
Competente
Ley 1178 Art.
35
D.S. 23318-A
Art. 60°
Código
Penal
D.S. 23318-A
Art. 62°
NATURALEZA SUJETO PRESCRIPCION DETERMINACION SANCION
46
Ley SAFCO
RESPONSABILIDAD DE LOS
PROFESIONALES
Ley 1178, art. 38
Los profesionales y demás servidores
públicos son responsables por los informes y
documentos que suscriban. También serán
responsables los Abogados por el patrocinio
legal de Sector Público cuando la tramitación
de la causa la realicen con vicios
procedimentales o cuando los recursos se
declaren improcedentes por aspectos
formales.

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  • 1. 1 Ley de Administración y Control Gubernamentales N° 1178 SAFCO MSc. FREDDY ALIENDRE ESPAÑA EN GOBIERNOS MUNICIPALES
  • 2. 2 Teoría del Mandato SOCIEDAD MANDANTE MANDATO OBLIGACION RENDIR CUENTAS BIENES SERVICIOS CONTROL FISCAL ADMINISTRACION PUBLICA Facultades Competencias Ley SAFCO MANDATARIO FACULTAD - Poder Político - Recaudar recursos - Usar Recursos
  • 3. 3 Es un instrumento legal – marco, que determina un nuevo modelo de gestión pública basada en la legalidad y sustentado en el mandato político, orientado al logro de resultados eficientes de manera transparentes y que todo servidor público y los particulares asuman plena responsabilidad por el uso de recursos públicos y el desarrollo de sus funciones inherentes a la gestión pública. Ley SAFCO LEY 1178 ¿Qué es? Sistemas de Administración y Control Responsabilidad por la función pública Comprende:
  • 4. 4 Ley SAFCO Contenido Ley 1178 (SAFCO) ESTABLECE FINALIDADES, IDENTIFICA SISTEMAS Y DEFINE EL AMBITO DE APLICACION DESCRIBE LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACION Y CONTROL GUBERNAMENTALES RELACION A LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACION Y CONTROL GUBERNAMENTALES CON LOS SISTEMAS DE PLANIFICACION E INVERSION PÚBLICA DEFINE ATRIBUCIONES INSTITUCIONALES: - CREA ORGANOS RECTORES - ASIGNA ATRIBUCIONEES A LAS ENTIDADES PUBLICAS ESTABLECE TIPOS DE RESPONSABILIDAD REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 1 2 3 4 5 6 LA JURISDICCION COACTIVA FISCAL 7
  • 5. 5 Ley de Administración y Control Gubernamentales N° 1178 (20 de Julio de 1990) La presente ley regula los sistemas de Administración y de Control de los recursos del Estado y su relación con los sistemas nacionales de Planificación e Inversión Pública, con el objeto de: a) Programar, organizar, ejecutar y controlar la captación y el uso eficaz y eficiente de los recursos públicos para el cumplimiento y ajuste oportuno de las políticas, los programas, la prestación de servicios y los proyectos del sector público. FINALIDAD DE LA APLICACION Artículo 1ro Ley 1178 Ley SAFCO EFICACIA Y EFICIENCIA
  • 6. EFICACIA: Los resultados deben alcanzar las metas previstas en los Programas de Operaciones EFICIENCIA: Los recursos invertidos en las operaciones deben ser razonables en relación a los resultados globales alcanzados n Eficacia = Resultados Objetivos n Eficiencia= Productividad Real Productividad Planificada Productividad = Producto = Producto = Producto Insumos costo tiempo
  • 7. 7 Ley de Administración y Control Gubernamentales N° 1178 (20 de Julio de 1990) b) Disponer de información útil, oportuna y confiable asegurando la razonabilidad de los informes y estados financieros; FINALIDAD DE LA APLICACION Artículo 1ro Ley 1178 Ley SAFCO TOMA DE DECISIONES CONTROL ACCOUNTABILITY (TRANSPARENCIA)
  • 8. 8 Ley de Administración y Control Gubernamentales N° 1178 (20 de Julio de 1990) c) Lograr que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos rindiendo cuenta no sólo de los objetivos a los que se destinaron los recursos públicos que le fueron confiados, sino también, de la forma y resultado de su aplicación. FINALIDAD DE LA APLICACION Artículo 1ro Ley 1178 Ley SAFCO PLENA RESPONSABILIDAD
  • 9. 9 Ley de Administración y Control Gubernamentales N° 1178 (20 de Julio de 1990) d) Desarrollar la capacidad Administrativa para impedir o identificar y comprobar el manejo incorrecto de los recursos del Estado FINALIDAD DE LA APLICACION Artículo 1ro ley 1178 Ley SAFCO ANTICORRUPCIÓN
  • 10. 10 SISTEMAS PARA PROGRAMAR Y ORGANIZAR ACTIVIDADES 1) Programación de Operaciones 2) Organización Administrativa 3) Presupuesto SISTEMAS PARA EJECUTAR ACTIVIDADES PROGRAMADAS 4) Administración de Personal 5) Administración de Bienes y Servicios 6) Tesorería y Crédito Público 7) Contabilidad Integrada 8) Control Gubernamental a) Interno Previo b) Interno Posterior c) Externo Posterior SISTEMAS PARA CONTROLAR LA GESTION MUNICIPAL Ley SAFCO Los Sistemas de Administración y Control Gubernamentales
  • 11. 11 TODAS las Entidades del Sector Público (Clasificador Institucional) Unidades Administrativas de los Poderes Legislativo y Judicial Ley SAFCO Ámbito de Aplicación Art.3 Art.4 Art.5 Toda persona que reciba recursos del Estado, se beneficie de subsidios, subvenciones, ventajas o exenciones, o preste servicios públicos no sujetos a la libre competencia
  • 12. 12 Ley SAFCO Interrelación SAFCO C O N T R O L I N T E R N O P O S T E R I O R PROGRAMACION DE OPERACIONES ORGANIZACION ADMINISTRATIVA CONTROL INTERNO PREVIO PRESUPUESTO ADMINISTRACION DE PERSONAL ADMINISTRACION DE BIENES Y SERVICIOS TESORERIA Y CREDITO PUBLICO CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL CONTROL INTERNO PREVIO C O N T R O L E X T E R N O SISPLAN Objetivos Nacionales Políticas Estrategias Nacionales SNIP Plan de Inversiones Preinversión Inversión Pública PLANIFICACION ESTRATEGICA Misión – Visión Objetivos Estratégicos Institucionales Estrategias
  • 13. 13 ¿QUE ES EL SISPLAN Y EL SNIP? SISPLAN: Conjunto de procesos que establece la forma y los mecanismos de participación de los niveles: NACIONAL DEPARTAMENTAL MUNICIPAL POLITICAS DE DESARROLLO ASIGNACION DE RECURSOS SNIP: Conjunto de normas, procesos e instrumentos para formular, evaluar, priorizar, financiar y ejecutar PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA PLANES En el marco de los RACIONAL TOMA DE DECISIONES
  • 14. 14 PROCESOS Y PRODUCTOS DEL SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN SISPLAN Definición de la visión de largo plazo (PLANES) Programación de mediano y largo plazo Reglamentación de normas y procedimientos PRODUCE Objetivos y políticas definidos en los planes Programas de mediano y largo plazo Índices de asignación de recursos para la inversión pública
  • 15. 15 SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ACTORES – PROCESOS - PRODUCTOS Gobierno Central Prefecturas Gobiernos Municipales Planificación Nacional Planificación Departamental Planificación Municipal PGDES/PSDES PDM PDDES
  • 16. 16 SISPLAN EJECUCION SNIP DEFINEN LAS ESTRATEGIAS Y POLITICAS GUBERNAMENTALES SISTEMAS DE ADMINISTRACION Y CONTROL GUBERNAMENTAL RELACION ENTRE LOS SISTEMAS NACIONALES Y LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACION Y CONTROL
  • 17. 17 Artículo.6to.Ley 1178 • Traducir los objetivos y planes estratégicos de cada entidad en metas. • Asegurar que los planes estén en concordancia con la estrategia nacional. • Traducir los planes en: - Objetivos concretos a alcanzar - Actividades específicas y procedimientos a emplear - Recursos a utilizar (humanos, materiales, tecnológicos y servicios) - Momento, lugar y encargado de la ejecución del plan • La programación deberá ser integral, comprende las operaciones de: - Funcionamiento - Pre Inversión - Inversión Ley SAFCO Sistema de Programación de Operaciones
  • 18. 18 Objetivos Nacionales Políticas Globales Políticas Sectoriales Plan General Desarrollo Económico Social Planes Sectoriales Programas y proyectos Nacionales Objetivos Institucionales de L/P Políticas Institucionales Plan Estratégico Programas de largo Plazo Proyectos de Largo Plazo Objetivos y resultados de corto y mediano plazo Operaciones (productos)  Acciones , (Procesos y tecnología institucionales) Recursos: Humanos Materiales Servicios Momento: De....hasta (tiempo) Lugar (espacio) Encargados de la dirección, ejecución y control (Unidades y/o puestos) Nacional Institucional Institucional Estratégica Operativa PLANIFICAION Ley SAFCO La Programación de Operaciones y la Planificación Estratégica
  • 19. 19 Artículo.6to.Ley 1178 • ¿QUÉ hacer? ..........Fijar objetivos • ¿CÓMO hacer?........Fijar procedimientos • ¿CON QUÉ hacer?....Establecer recursos • ¿CUÁNDO hacer?.....Señalar el momento • ¿DÓNDE hacer?.......Establecer el lugar • ¿QUIÉN debe hacer?.Establecer los encargados Para PROGRAMAR se deben tomar decisiones sobre: Ley SAFCO Sistema de Programación de Operaciones
  • 20. 20 NORMAS BASICAS R.S. 225557 SUBSISTEMAS a) Análisis de situación b) Formulación de objetivos c) Determinación de Operaciones d) Definición de indicadores de gestión e) Determinación de recursos a) Seguimiento de la ejecución del programa de operaciones b) Evaluación de resultados c) Ajuste del Programa de Operaciones Anual 2. SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE OPERACIONES ANUAL TIPOS DE OPERACIONES  Operaciones de funcionamiento (producción)  Operaciones de pre –inversión e inversión  Operaciones de regulación  Operaciones financieras Ley SAFCO Sistema de Programación de Operaciones 1. ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE OPERAC. ANUAL
  • 21. 21 FASES RESPONSABLES NOTAS ELABORACION Alcalde Sub-alcalde relación con OTBs Hasta el 15 de noviembre REVISION Comité de Vigilancia 15 días para pronunciamiento. Silencio = aceptación APROBACION Concejo Municipal 30dias. No pronunciamiento igual a aceptación EJECUCION Alcalde No requiere de ninguna otra aprobación DIFUSION Alcalde Informar al Concejo Municipal y poner a disposición del público, al menos al 4º y 8ºmes del año, los avances del POA. Difunde y publica, al menos una vez al año, su informe de gestión. CONTROL Comité de Vigilancia Semestralmente revisara la ejecución del POA FISCALIZACION Concejo Municipal Revisar, aprobar o rechazar el informe de ejecución del Programa de Operaciones Anual
  • 22. 22 Artículo 7mo Ley 1178  Se definirá y ajustará en función de la Programación de Operaciones  Evitar duplicidad de objetivos y atribuciones mediante la adecuación, fusión o supresión de entidades  Centralizar la formulación de políticas, descentralizar o desconcentrar su ejecución  Toda entidad pública se organizará internamente en función de sus objetivos y naturaleza Ley SAFCO Sistema de Organización Administrativa (SOA)
  • 23. 23 PROCESOS Normas Básicas R.S. 217055 a) Análisis retrospectivo (SPO) b) Análisis prospectivo c) Resultados del análisis organizacional a) Usuarios b) Servicios y/o bienes c) Procesos productivos d) Unidades organizacionales e) Autoridad y jerarquía f) Canales y medios de comunicación g) Coordinación interna h) Relaciones Interinstitucionales i) Manual de Organización j) Manual de procesos a) Objetivos y estrategia b) Cronograma c) Recursos d) Responsables e) Programación de difusión y capacitación ANALISIS ORGANIZACIONAL DISEÑO ORGANIZACIONAL IMPLANTACION DEL DISEÑO ORGANIZACIONAL Ley SAFCO Sistema de Organización Administrativa (SOA)
  • 24. 24 FASES RESPONSABLE NOTAS ESTRUCTURA Definida en la Ley de Municipalidades. Posibilidades de desconcentración en Sub-alcaldías ELABORACION Alcalde Elaborar los manuales de organización, funciones, procedimientos y organigrama, para su aprobación por el Concejo. Proceso paralelo a la formulación del POA y el presupuesto APROBACION Concejo Municipal Aprobacion de estructura, organigrama y manuales SOA MUNICIPAL
  • 25. 25  Prever los montos y fuentes de recursos  Asignar recursos a los requerimientos de la programación de operaciones  Sujeción a los límites legales de las entidades que cuenten recursos provenientes de tributación, aportes a la seguridad social, otros aportes o transferencias de los tesoros del estado  Presupuesto indicativo para las empresas y entidades públicas Artículo 8vo. Ley 1178 Ley SAFCO Sistema de Presupuesto (SDP)
  • 26. 26 a) Estimación de Recursos b) Definición de Estructura Programática c) Programación del Presupuesto de Gastos a) Programación de la ejecución presupuestaria b) Ajuste de la Ejecución c) Modificaciones presupuestarias a) Emitir y presentar información física y financiera b) Evaluación de Gestión c) Presentación de Informe de evaluación SUBSISTEMAS PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO FORMULACION PRESUPUESTARIA EJECUCION PRESUPUESTARIA SEGUIMIENTO Y EVALUACION PRESUPUESTARIA Equilibrio, Sostenibilidad, Universalidad, Transparencia, Flexibilidad NORMAS BASICAS R.S. 225558 Ley SAFCO Sistema de Presupuesto (SDP)
  • 27. 27 FASES RESPONSABLES NOTAS ELABORACION Alcalde Política presupuestaria Presentación hasta el 15 de noviembre REVISION Comité de Vigilancia 15 días para pronunciamiento. Silencio = aceptación APROBACION Concejo Municipal 30dias. No pronunciamiento igual a aceptación EJECUCION Alcalde No requiere de ninguna otra aprobación DIFUSION Alcalde Informar al Concejo Municipal y poner a disposición del público, al menos al 4º y 8ºmes del año, los avances del POA. Difunde y publica, al menos una vez al año, su informe de gestión. CONTROL Comité de Vigilancia Semestralmente revisara la ejecución del Presupuesto FISCALIZACION Concejo Municipal Revisar, aprobar o rechazar el informe de ejecución del Presupuesto
  • 28. 28 Su propósito: • Procurar la eficiencia en la Función Pública Está basado en: • La determinación de los puestos de trabajo efectivamente necesarios • La determinación de los requisitos y mecanismos para proveer los puestos de trabajo • La implantación de regímenes de evaluación y retribución del trabajo. • El desarrollo de las capacidades y aptitudes de los servidores • El establecimiento de procedimientos para el retiro de los servidores Ley SAFCO Sistema de Administración de Personal (SAP) Artículo 9no. Ley 1178
  • 29. 29 Ley SAFCO Sistema de Administración de Personal (SAP) NORMAS BÁSICAS D.S. 26115 Subsistemas (SAP) 1) DOTACIÓN DE PUESTOS 2) EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO 3) MOVILIDAD FUNCIONARIA 4) CAPACITACIÓN 5) REGISTRO
  • 30. 30 FASES RESPONSABLES NOTAS ELABORACION Alcalde Definición de la Carrera Administrativa Designar y retirar a los Oficiales Mayores y personal administrativo Elaborar su Reglamento específico del Sistema de Administración de Personal, su Reglamento Interno y Manuales e Instrumentos que regulen la función pública procurando la eficiencia de los servidores públicos municipales. APROBACION Concejo Municipal Aprobará su Reglamento específico del Sistema de Administración de Personal, su Reglamento Interno y Manuales e Instrumentos que regulen la función pública procurando la eficiencia de los servidores públicos municipales. EJECUCION Alcalde Responsable de la gestión de personal DIFUSION Alcalde Informar al Concejo Municipal y poner a disposición del público, al menos al 4º y 8ºmes del año, los avances del POA. Difunde y publica, al menos una vez al año, su informe de gestión.
  • 31. 31 SUBSISTEMA DE CONTRATACION SUBSISTEMA DE MANEJO SUBSISTEMA DE DISPOSICION COMPRAS MENORES LICITACION PUBLICA POR EXCEPCION ADMINISTRACION DE ALMACENES ADMINISTRACION DE ACTIVOS FIJOS MUEBLES ADMINISTRACION DE ACTIVOS FIJOS INMUEBLES DISPOSICION TEMPORAL DISPOSICION DEFINITIVA • Contratar, manejar y disponer de bienes y servicios • Exigir disponibilidad de fondos a comprometer y condiciones de financiamiento • Diferenciar atribuciones y responsabilizar a los servidores públicos por la contratación y uso de bienes y servicios • Establecer mecanismos para la venta y baja de bienes Artículo 10mo. Ley 1178 Ley SAFCO Sistema de Administración de Bienes y Servicios (SABS) POR EMERGENCIA MODALIDAD ANPE
  • 32. 32 FASES RESPONSABLES NOTAS ELABORACION Alcalde PAC DESIGNACION ALCALDE RPC RPA Comisión de Recepción APROBACION Concejo Municipal Contratos . 15 días Enajenación de bienes EJECUCION Alcalde Firma de contratos Recursos Administrativos PROHIBICION Alcalde, CONCEJALES Celebrar contratos por sí o por terceros, sobre bienes, rentas y ejecución de obras, prestación de servicios o explotaciones municipales, concedidas, reguladas o supervisadas ; CONTROL Comité de Vigilancia Administrar, arrendatario, concesionario o adjudicatario de bienes, obras, servicios públicos y explotaciones municipales,
  • 33. 33 • Manejar ingresos, financiamiento o crédito público. • Programar compromisos, obligaciones y pagos. •Toda deuda pública externa o interna con plazo mayor o igual a uno año será contraída por el T.G.N. • Las deudas con plazo inferior a un año serán contraídas por cada entidad con sujeción a la programación financiera del T.G.N. Art. 11vo Ley 1178 Ley SAFCO Sistema de Tesorería y Crédito Público
  • 34. 34 Normas Básicas R.S. 218056 SUBSISTEMAS 1) RECAUDACION DE RECURSOS 2) ADMINISTRACION DE RECURSOS a) Prohibición de Deducción b) Responsabilidad de Recaudación c) Titulares de las Cuentas Bancarias Fiscales. Ley SAFCO Sistema de Tesorería del Estado a) Unidad de la administración de ingresos y egresos b) Programación de flujos financieros y la ejecución presupuestaria c) Registro, ingreso y custodia de los títulos y valores
  • 35. 35 Normas Básicas R.S. 218041 a) Sostenibilidad b) Eficiencia c) Centralización d) Oportunidad, transparencia y valides de la información PRINCIPIOS SUBSISTEMA DE PLANIFICACION DE LA DEUDA PUBLICA a) Política crediticia b) Estrategia de endeudamiento c) Red de relaciones interinstitucionales SUBSISTEMA DE ADMINISTRACION DE DEUDA PUBLICA a) Inicio de operaciones b) Negociación c) Contratación d) Utilización e) Servicio f) Seguimiento Ley SAFCO Sistema de Crédito Público (SCP)
  • 36. 36 FASES RESPONSABLES NOTAS EJECUCION Alcalde Administración Financiera Negociación de empréstitos Presentación de ejecución presupuestaria al concejo municipal APROBACION Concejo Municipal Los contratos de empréstitos, emisión de valores u otros instrumentos de financiamiento, requerirán la aprobación previa del Concejo, con el voto afirmativo de dos tercios del total de sus miembros. Aprobar o rechazar la emisión o compra de Títulos Valores; Autorizar la negociación y constitución de empréstitos, en un plazo máximo de quince (15) días;
  • 37. 37 Ley SAFCO Sistema de Contabilidad Integrada Su propósito: • Incorporar las transacciones presupuestarias financieras y patrimoniales, en un sistema común, oportuno y confiable. • Conocer el destino y fuente de los datos expresados en términos monetarios. • Generar, con base en los datos financieros y no financieros información relevante y útil para la toma de decisiones por las autoridades que regulan la marcha del Estado y de cada una de sus entidades. Art. 12do Ley 1178
  • 38. 38 Proceso Sistema de Contabilidad Patrimonial (Transacciones Presupuestarias) 4 Entradas o insumos Salidas Transacciones u operaciones con incidencia económica y/o financiera 1 2 Sistemas de Contabilidad Presupuestaria (Transacciones Presupuestarias) Sistema de Contabilidad Financiera (Transacciones Financiera) Estados de Ejecución Presupuestaria 3 Balance General Estado de Resultados Estado de Evolución Patrimonial Otros. Estado de Flujo de Caja Ley SAFCO Concepción del Sistema Contable Integrado
  • 39. 39 Normas Básicas R.S. 218040 - SUBSISTEMAS 1) REGISTRO PRESUPUESTARIO a) Ejecución presupuestaria de recursos y gastos b) Evaluar la gestión y poder consolidar c) Control legal 2) REGISTRO PATRIMONIAL a) Posición Financiera b) Resultados de su operación c) Cambios de posición financiera d) Cambios de Patrimonio Neto 3) REGISTRO DE TESORERIA a) Programar y administrar flujos de fondos b) Información de Operaciones Efectivas de Caja c) Análisis, control y evaluación de asignación y uso de fondos Ley SAFCO Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG)
  • 40. 40 FASES RESPONSABLES NOTAS ELABORACION Alcalde Estados financieros. Hasta el 31 de marzo REVISION Comité de Vigilancia Ejecución presupuestaria . Semestralmente APROBACION Concejo Municipal Revisar, aprobar o rechazar el informe de ejecución del Programa de Operaciones Anual, los estados financieros, ejecución presupuestaria y la memoria correspondiente a cada gestión anual, presentados por el Alcalde Municipal, dentro de los tres (3) primeros meses de la siguiente gestión; DIFUSION Alcalde Difunde y publica, al menos una vez al año, su informe de gestión. PRESENTACION ALCALDE Poner a disposición de la autoridad competente los estados financieros y la ejecución presupuestaria de la gestión anterior, debidamente suscritos y aprobados por el Concejo Municipal,
  • 41. 41 Mejorar la eficiencia en la captación y uso de los recursos públicos y la contabilidad de la información que se genera. Mejorar los procedimientos para que los ejecutivos rindan cuenta oportuna de su gestión.  Mejorar la capacidad administrativa para identificar el manejo inadecuado de los recursos del Estado.  Sistema de Control Interno (Previo y Posterior) y Control Posterior. Ley SAFCO Sistema de Control Gubernamental Artículos 13vo al 16vo Ley 1178
  • 42. 42 Control Interno PREVIO POSTERIOR A cargo de las unidades ejecutoras de las operaciones A cargo de los responsables superiores  Legalidad  Conveniencia  Oportunidad  Evaluación de operaciones bajo su directa competencia A cargo de la unidad de auditoria interna  Evaluación cumplimiento y eficacia de los SAYCOS  Confiabilidad de los registros y estados financieros  Análisis de resultados y eficiencia de operaciones Ley SAFCO Componentes del Control Gubernamental A cargo de la C.G.R., Entes que ejercen Tuición o Firmas Privadas de Auditoría Control Externo AUDITORIA EXTERNA GUBERNAMENTAL * Calificar eficacia, Sistemas de Administración y Control Interno. * Opinar sobre la confiabilidad de los registros contables y operativos. * Dictaminar razonabilidad de los estados financieros * Evaluar la eficacia y eficiencia de las operaciones
  • 43. 43 . Ley SAFCO TIPOS DE RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD EJECUTIVA RESPONSABILIDAD CIVIL RESPONSABILIDAD PENAL RESPONSABILIDAD DE LOS PROFESIONALES RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
  • 44. 44 Ley SAFCO Responsabilidad por la Función Pública Administrativa y Ejecutiva NATURALEZA SUJETO PRESCRIPCION DETERMINACION SANCION Acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico administrativo y norma de conducta funcionaria. Servidores públicos. Ex – servidores Para dejar constancia y registro A los 2 años de la Contraven ción. Por proceso interno. Informes de Auditoría. Dictamen de C.G.R. tiene calidad de prueba constituída. Multa, suspensión o destitución. Ley 1178 Art. 29° de 3318–A Arts. 13° y 33° Ley 1178 Art. 29° D.S. 23318-A Arts. 13° y 14° D.S. 23318- A Art. 15° D.S. 23318- A Art. 16° D.S. 23318-A Art. 18° al 30248 Ley 1178 Art. 29° Gestión deficiente o negligente y por incumplimiento de Arts. I c), 27 d) e) y f), Ley 1178 y otras causas. Máxima autoridad ejecutiva o dirección colegiada o ambas. Ex – autoridades para dejar constancia y Registro. A los 2 años de concluída la gestión. Por dictamen del Contralor de la República. Ley 1178 Art. 30° de 23318–A Arts. 34° al 49° Ley 1178 Art. 30° D.S. 23318-A Art. 34° D.S. 23318- A Art. 37° D.S. 23318- A Art. 36° D.S. 23318-A Art. 39° Ley 1178 Art. 42 g) D.S. 23318-A Art. 47°
  • 45. 45 Ley SAFCO Responsabilidad por la Función Pública Civil y Penal Acción u omisión de servidor público o persona privada que causa daño al estado valuable en dinero. Ley 1178 Art. 31° de 23318–A Arts. 50° al 59° Ley 1178 Art. 31° D.S. 23318-A Art. 50° Ley 1178 Art. 42 g) D.S. 23318-A Art. 47° Servidores públicos Ex – servidores, personas naturales o jurídicas privadas. A los 10 años Por juez competente (coactivo, ordinario, tributario, etc.) Dictamen del Contralor tiene valor de prueba preconstituída. Ley 1178 Art. 31 Ley 1178 Art. 40 D.S. 23318-A Art. 50° Acción u omisión está tipificada como delito en el Código Penal. Ley 1178 Art. 34° de 23318–A Arts. 60° al 62° Ley 1178 Art. 34° D.S. 23318-A Art. 60° Código Penal Servidores públicos Ex – servidores, particulares. De acuerdo a los términos del Código Penal Juez Competente Ley 1178 Art. 35 D.S. 23318-A Art. 60° Código Penal D.S. 23318-A Art. 62° NATURALEZA SUJETO PRESCRIPCION DETERMINACION SANCION
  • 46. 46 Ley SAFCO RESPONSABILIDAD DE LOS PROFESIONALES Ley 1178, art. 38 Los profesionales y demás servidores públicos son responsables por los informes y documentos que suscriban. También serán responsables los Abogados por el patrocinio legal de Sector Público cuando la tramitación de la causa la realicen con vicios procedimentales o cuando los recursos se declaren improcedentes por aspectos formales.