Análisis de la Temporada Turística 2024 en Uruguay
Responsabilidad empresarial prevenir fraude
1. CHARLA: LA RESPONSABILIDAD DE LOS EMPRESARION EN PREVENIR LOS DELITOS DE
CORRUPCION
¿Qué es fraude?
• Cualquier acto ilegal caracterizado por engaño, ocultación o violación de confianza
• Son perpetrados por individuos y por organizaciones para obtener dinero, bienes o servicios
y para asegurarse ventajas para ganar negocios
3 tipos de fraude
• Corrupción
• Apropiación indebida
• Distorsión en estados financieros
LEY 20.393
Establece la responsabilidad de debida diligencia y de prevenir delitos de corrupción a los socios,
directores, ejecutivos y funcionarios que representan e integran una entidad con personalidad
jurídica (empresa)
De ocurrir la comisión de un delito de fraude, se presume en primera instancia, como principal
responsable al directorio, los dueños, socios o accionistas principales
Actualmente la ley sanciona 15 delitos de corrupción que las empresas deben prevenir. Que pueden
clasificarse en cuatro grupos como:
APLICABLES A:
• Personas jurídicas de derecho privado
• Empresas del Estado
15 DELITOS
1.- Delitos por fraude externo
• Lavado de activos
• Financiamiento del terrorismo
• Cohecho
• Receptación
2.- Delitos por fraude interno
• Administración desleal
• Apropiación indebida
• Corrupción entre particulares
• Negociación incompatible
3.- Delitos por fraude medio ambiental
2. • Contaminación de aguas
• Comercialización de productos vedados
• Pesca ilegal de recursos marinos
• Proceso o almacenaje de productos vedados o sobreexplotados
4.- Delitos por fraude contra la salud
• Obtener beneficios para cesantía o pandemia como engaño
• Convocatoria grupal o individual contra la norma sanitaria
• Inobservancia de aislamiento, sanitización u otros protocolos sanitarios
SANCIONES O EXCPECIONES
Cuando penaliza la ley
• En beneficio de la empresa
• Por sus dueños, administradores o quienes obran bajo su dirección
• Imputables a la empresa por falta de dirección y supervisión
Exceptúa como atenuante en casos comprobados
• Fraude para beneficio personal
• Certificación de un modelo de prevención del delito, previo a la comisión del delito
SANCIONES
• Publicación de la sentencia (Diario oficial o en diario nacional)
• Perdida del derecho a participar como proveedor de empresas del Estado
• Perdida total o parcial de beneficios fiscales
• Multa a beneficio fiscal desde 400UTM hasta por 300.000UTM (TGR se hará cargo del cobro)
• Disolución de la persona jurídica
IMPLANTACION DE UN SISTEMA PREVENGA LA COMISION DE DELITOS
1. Designación de un encargado de prevención de delitos (3 años máx.)
2. Definición de medios y facultades (Presupuesto) (Identificar – Evaluar – Responder –
Monitorear – Reportar )
3. Establecimiento de un modelo de prevención de delitos
4. La supervisión y certificación
3. COMPONENTES RELEVANTES DEL MDP
1. Acuerdo del directorio para cumplir con la Ley 20.393
2. Formación del comité de riesgo de auditoría y cumplimiento
3. Emitir el código de ética
4. Crear el cargo nombrar el EPD y nombrar al EPD y nuevo organigrama
5. Dictación de la política de riesgo, fraude y control
6. Modificaciones de contratos de clientes, proveedores y personal
7. Autorizar presupuesto para el MDP
8. Instalar canal de denuncias
9. Programas de capacitación y difusión
10. Estudio de probabilidad de riesgo y controles claves
11. Aplicar acciones de prevención, detección y resolución
12. Informes de revisiones e informes de gestión al CRAC
VENTAJAS DE TENER UN MDP
• Cumplir con la ley
• Evitar la corrupción y disminuir el riesgo de fraude
• Proteger la imagen de la empresa y su directorio
OTROS
• Se debe reportar al menos semestralmente
• Los certificados podrán ser expedidos por empresas de auditoría externa, sociedades
clasificadoras de riesgo u otras entidades registradas ante la “Superintendencia de Valores
y Seguros” que puedan cumplir esta labor
• Agravante si se cometió el mismo delito dentro de los 5 años