2. DIVERSIDAD CULTURAL
Toda comunidad posee ciertas características específicas que la definen, entre ellas
encontramos: el lenguaje, la cosmovisión, las tradiciones y los productos artísticos.
Todas estas características conforman la cultura y la identidad de un pueblo. La
cultura es un concepto dinámico, cambiante e integrador y está vinculado con la
conducta humana.
La identidad cultural se define como una propiedad por la cual, un grupo se
constituye como una unidad cultural especifica en sí y para sí. La diversidad cultural
es multiétnica y pluricultural, posee diversidad regional (costa, sierra, oriente e
insular) y diversidad étnica (mestizos, indígenas, afroecuatorianos) todas y, cada una,
con manifestaciones muy ricas
3. IDENTIDADES CULTURALES
En el Ecuador la población mestiza constituye un conjunto heterogéneo, siendo los
mestizos de ascendencia indígena, los que constituyen el grueso de la población y los
más representativos en términos culturales.
Entre los prototipos de mestizaje nacional se destacan: el montubio, el chagra, el
chulla quiteño, la chola cuencana, entre otros.
Quienes son portadores de elementos culturales reconocidos como genuinos por la
sociedad y entre los que se pueden diferenciar diferentes tipos de: comida, dialectos,
vestiduras, ritmos musicales, etcétera. Todo esto compone la identidad ecuatoriana.
4. LA PLURINACIONALIDAD
El Ecuador al ser un Estado
plurinacional, cuenta con una
matriz de organización
comunitaria de los indígenas y
afros, en pueblos y
nacionalidades, de forma
dinámica, con una acción colectiva
y directa, permitiendo la
participación de todos los
miembros.
Cada nacionalidad indígena está
organizada en entidades políticas e
históricas que componen el Estado
ecuatoriano, comparten historia,
idioma, cultura y territorio
determinado, forman sus propias
instituciones y sus formas
tradicionales de organización
social, política, jurídica; además,
desempeñan un ejercicio propio de
autoridad colectiva.
5. Los estados plurinacionales
han sido reconocidos
internacionalmente por
instrumentos como la
recién aprobada
declaración de las Naciones
Unidas sobre los derechos
de los pueblos indígenas, y
el convenio 169 de la
Organización
Internacional de Trabajo
(OIT).
El Convenio 169 de la OIT
reconoce las culturas,
tradiciones y
circunstancias especiales
de los pueblos indígenas y
tribales, garantizando el
derecho de un pueblo a
elegir si integrarse o
mantener su cultura, sus
tradiciones e integridad
política.