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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
ENSAYO
LOS DERECHOS FUNDAMENTALES E INTERNET
ESTUDIANTE : ILLA MAMANI GLISETH YOSELIN
CÓDIGO : 2014049276
CICLO : VI
TURNO : N
ASIGNATURA : DERECHO INFORMATICO
DOCENTE : MAGISTER PAJUELO BELTRÁN CARLOS ALBERTO
TACNA – PERÚ
2016
CONTENIDO
1. INTRODUCCIÓN....................................................................................................... 3
2. PROTECCIÓN GENERAL DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN............................. 4
3. RESTRICCIONES AL CONTENIDO EN LÍNEA....................................................... 5
3.1. Razones para la restricción de Internet ................................................................ 5
4. ACCESO EN INTERNET .......................................................................................... 6
5. CONCLUSIONES...................................................................................................... 7
WEBGRAFÍA .................................................................................................................... 8
1. INTRODUCCIÓN
Aunque el debate sobre la necesidad de incorporar al orden jurídico nuevos derechos
fundamentales no es nuevo en la teoría jurídica, es cierto que en la actualidad estamos
asistiendo a unos cambios tecnológicos tan acelerados que muchas de las categorías
jurídicas que se han utilizado hasta ahora están dejando de ser útiles o muestrangraves
carencias a la hora de resolver los problemas generados por las nuevas tecnologías de
la comunicación y de la información.
Ello nos obliga que redoblemos los esfuerzos para que la utilización de estos nuevos
instrumentos tecnológicos no suponga amenazas a la libertad y la igualdad de las
personas. De hecho, es evidente que la intensidad con la que internet está modificando
muchos hábitos sociales puede llevar a la obligación de modular muchas de las
categorías jurídicas que se han ido construyendo como protección de las derechos
fundamentales de las personas.
En efecto, aunque la aparición de internet es relativamente reciente, los cambios en los
hábitos sociales que ha supuesto son de tal envergadura que todavía son difíciles de
prever las consecuencias sociales que pueden implicar.
En relación con el objetivo de este ensayo, pretendo plantear solo algunos de los nuevos
problemas que ahora aparecen en relación con la sociedad del conocimiento y las
soluciones que, siquiera provisionalmente, se están utilizando para su resolución. Este
ensayo se va a referir a la protección general de la libertad de expresión; restricciones
al contenido en línea; y acceso. Pero con ellos no se recogen todos los posibles
problemas que puede plantear internet: dejamos de lado todo lo referente a la protección
de datos personales, a la censura o, entre otras, a la neutralidad de la red.
2. PROTECCIÓN GENERAL DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
De acuerdo con el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos,
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho
incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir
informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier
medio de expresión”.
Y en nuestra Carta Magna reconoce en el Artículo 2, inciso 4. “A las libertades de
información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o
escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización
ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley”.
La libertad de expresión en Internet permite el libre debate en asuntos de interés
general. También facilita el desarrollo, el buen gobierno y la implementación de
garantías democráticas. En Internet, la vulneración de este derecho se manifiesta
principalmente de tres maneras: la prohibición de acceso a Internet, la censura, y el
bloqueo de sitios o contenidos.
La libertad de expresión sólo puede entenderse adecuadamente teniendo en cuenta dos
aspectos esenciales: en primer lugar, su dimensión individual como derecho
fundamental de la persona. En segundo lugar, su significado político, su aspecto
institucional. El primer aspecto liga este derecho al principio de dignidad de la persona.
Privar a un hombre de su derecho a comunicarse libremente lesiona su dignidad
gravemente y le condena al empobrecimiento intelectual y moral. Su otra dimensión
subraya la indispensabilidad de la libertad de expresión para la existencia de un Estado
democrático.La existencia del Estado democráticopresupone información sobre la cosa
pública, es decir, la existencia de una opinión pública libre. Sólo donde reina la
transparencia puede haber responsabilidad de los gobernantes y conciencia de esa
responsabilidad. Sólo existe democracia donde se garantiza el flujo libre de las ideas.
La posición preferente de la libertad de expresión en el conjunto de los derechos
fundamentales resulta precisamente de la indispensabilidad de la libertad de expresión
para la existencia de una opinión pública libre, garantía de una sociedad democrática.
La posición preferente de los derechos a una comunicación libre implica que, en caso
de conflicto con otros derechos fundamentales o intereses constitucionales, es preciso
partir de esta posición preferente, que no jerárquica, de la libertad de expresión. Una
limitación o restricción de la libertad de expresión que no tuviese en cuenta el valor
preferente de estos derechos sería inconstitucional, por vulnerar el «valor irradiante de
la libertad de expresión».
3. RESTRICCIONES AL CONTENIDO EN LÍNEA
La restricción en internet comprende diversos procedimientos implementados por los
estados u otros grupos no estatales con la finalidad de controlar o suprimirdeterminados
contenidos en internet.
En particular se ve afectada la difusión de noticias y opiniones; en algunos países,
también las páginas web con contenidos eróticos o religiosos. En este sentido, la
restricción de Internet no se diferencia sustancialmente de la censura de otros medios
de comunicación masiva.
En los últimos años se ha incrementado el control de la información que circula a través
de Internet, sobre todo ante el ‘boom’ de las redes sociales.
Muchos países incluso tienen leyes que establecen límites para la publicación y difusión
de contenido; en algunos lugares se puede terminar en la cárcel o se puede bloquear
un sitio porque lo que contiene no es del agrado del gobierno en turno. Sin embargo,
varios datos apuntan a que no sólo los regímenes represivos desconfían de la capacidad
de autorregulación de Internet; algunos Estados democráticos también suelen recurrir a
ciertas restricciones en el ciberespacio o a una censura encubierta. El Gobierno
estadounidense no está ajeno a esta práctica que pone en tela de juicio su papel como
garante de la libertad.
En México se hizo una propuesta de leyes secundarias a la "Reforma en
Telecomunicaciones". Por la cual, se cree que existe un riesgo de que se controlen los
contenidos en Internet.
El Presidente de la República Enrique Peña Nieto, y los coordinadores de los diputados
del PAN, PRI, PRD y Verde Ecologista enviaron de manera conjunta a la Cámara Baja,
la Iniciativa de Reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones.Éstapromete
fomentar la competencia en televisión abierta y restringida, radio, telefonía fija y móvil,
servicio de datos y telecomunicaciones en general asegurando la competencia efectiva
en los segmentos.
Esto implica que el gobierno de México y los concesionarios de Telecomunicaciones
pueden obtener tu información personal así como tu localización geográfica por medio
de las redes sociales en el momento que deseen.
3.1. Razones para la restricción de Internet
Muchos gobiernos tienen problemas con el hecho de que solo hay un Internet Global
técnicamente sin bordes geográficos o políticos, no hay diferencia si un sitio web está
hospedado en el propio país o al otro lado del mundo – una realidad muchas veces
encantadora para los usuarios de Internet y alarmante para los estados.
 Razones políticas.- Gobiernos que quieren censurar puntos de vista y opiniones
contrarias a las políticas de dicho gobierno incluyendo temas como derechos
humanos y religiones.
 Razones sociales.- Gobiernos que desean censurar páginas web relacionadas
con pornografía, juegos, alcohol, drogas, y otros asuntos que pueden ser
ofensivos a la población.
 Razones de seguridad nacional.- Gobiernos que desean bloquear contenido
relacionado con movimientos disidentes, y cualquier cosa que amenace la
seguridad nacional.
4. ACCESO EN INTERNET
El derecho de acceso a Internet es el derecho humano (derecho digital) que posee toda
persona para acceder a Internet con el fin de ejercer y disfrutar de sus derechos a la
libertad de expresión, de opinión y otros derechos humanos fundamentales que
conforman la democracia, de forma que los Estados y las Naciones Unidas tienen la
responsabilidad de garantizar que el acceso a Internet sea ampliamente disponible, no
pudiendo los Estados restringir injustificadamente el acceso de una persona a Internet.
El acceso a Internet está reconocido como un derecho por las leyes de varios países.
La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha declarado
el acceso a Internet como derecho humano altamente protegido. La ONU exige a los
países miembros facilitar un servicio accesible y asequible para todos y estima como
una prioridad asegurar a la ciudadanía el acceso a Internet.
Para la ONU, Internet “no sólo permite a los individuos ejercer su derecho de opinión y
expresión, sino que también forma parte de sus derechos humanos y promueve el
acceso de la sociedad en su conjunto”, acceso que “debe mantenerse especialmente
en momentos políticos clave como elecciones, tiempos de intranquilidad social o
aniversarios históricos y políticos”.
La organización señala también las violaciones a este derecho humano, que abarcan el
bloqueo web o filtrado de contenidos, la desconexión para evitar el acceso, los
ciberataques o una protección inadecuada del derecho de privacidad y protección de
datos, entre otros.
5. CONCLUSIONES
1. Es tan importante La libertad de expresión en Internet ya que como hemos visto
permite el libre debate en asuntos de interés general y a su vez facilita el
desarrollo, el buen gobierno y la implementación de garantías democráticas.
2. Uno de los temas es la restricción en internet, lo que tiene justificación porque
controla determinados contenidos en internet que no son aptos para todas las
edades.
3. El derecho de acceso a Internet es el derecho humano que posee toda persona
para acceder a Internet con el fin de ejercer y disfrutar de sus derechos a la
libertad de expresión, de opinión y otros derechos humanos fundamentales que
son reconocidos.
4. El ordenamiento jurídico debe responder a estos nuevos retos y debería
proponerse, finalmente, la configuración de unos nuevos derechos vinculados a
estas tecnologías.
WEBGRAFÍA
http://www.ugr.es/~redce/REDCE18/articulos/10_ORZA.htm
http://www.helphone.com/index.php?option=com_content&view=article&id=515:acceso
ainternetderechohumano&catid=102:blog&Itemid=579
http://www.oas.org/es/cidh/expresion/temas/internet.asp
http://spij.minjus.gob.pe/CLP/contenidos.dll?f=templates&fn=default-
constitucion.htm&vid=Ciclope:CLPdemo

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  • 1. UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO ENSAYO LOS DERECHOS FUNDAMENTALES E INTERNET ESTUDIANTE : ILLA MAMANI GLISETH YOSELIN CÓDIGO : 2014049276 CICLO : VI TURNO : N ASIGNATURA : DERECHO INFORMATICO DOCENTE : MAGISTER PAJUELO BELTRÁN CARLOS ALBERTO TACNA – PERÚ 2016
  • 2. CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN....................................................................................................... 3 2. PROTECCIÓN GENERAL DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN............................. 4 3. RESTRICCIONES AL CONTENIDO EN LÍNEA....................................................... 5 3.1. Razones para la restricción de Internet ................................................................ 5 4. ACCESO EN INTERNET .......................................................................................... 6 5. CONCLUSIONES...................................................................................................... 7 WEBGRAFÍA .................................................................................................................... 8
  • 3. 1. INTRODUCCIÓN Aunque el debate sobre la necesidad de incorporar al orden jurídico nuevos derechos fundamentales no es nuevo en la teoría jurídica, es cierto que en la actualidad estamos asistiendo a unos cambios tecnológicos tan acelerados que muchas de las categorías jurídicas que se han utilizado hasta ahora están dejando de ser útiles o muestrangraves carencias a la hora de resolver los problemas generados por las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información. Ello nos obliga que redoblemos los esfuerzos para que la utilización de estos nuevos instrumentos tecnológicos no suponga amenazas a la libertad y la igualdad de las personas. De hecho, es evidente que la intensidad con la que internet está modificando muchos hábitos sociales puede llevar a la obligación de modular muchas de las categorías jurídicas que se han ido construyendo como protección de las derechos fundamentales de las personas. En efecto, aunque la aparición de internet es relativamente reciente, los cambios en los hábitos sociales que ha supuesto son de tal envergadura que todavía son difíciles de prever las consecuencias sociales que pueden implicar. En relación con el objetivo de este ensayo, pretendo plantear solo algunos de los nuevos problemas que ahora aparecen en relación con la sociedad del conocimiento y las soluciones que, siquiera provisionalmente, se están utilizando para su resolución. Este ensayo se va a referir a la protección general de la libertad de expresión; restricciones al contenido en línea; y acceso. Pero con ellos no se recogen todos los posibles problemas que puede plantear internet: dejamos de lado todo lo referente a la protección de datos personales, a la censura o, entre otras, a la neutralidad de la red.
  • 4. 2. PROTECCIÓN GENERAL DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN De acuerdo con el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. Y en nuestra Carta Magna reconoce en el Artículo 2, inciso 4. “A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley”. La libertad de expresión en Internet permite el libre debate en asuntos de interés general. También facilita el desarrollo, el buen gobierno y la implementación de garantías democráticas. En Internet, la vulneración de este derecho se manifiesta principalmente de tres maneras: la prohibición de acceso a Internet, la censura, y el bloqueo de sitios o contenidos. La libertad de expresión sólo puede entenderse adecuadamente teniendo en cuenta dos aspectos esenciales: en primer lugar, su dimensión individual como derecho fundamental de la persona. En segundo lugar, su significado político, su aspecto institucional. El primer aspecto liga este derecho al principio de dignidad de la persona. Privar a un hombre de su derecho a comunicarse libremente lesiona su dignidad gravemente y le condena al empobrecimiento intelectual y moral. Su otra dimensión subraya la indispensabilidad de la libertad de expresión para la existencia de un Estado democrático.La existencia del Estado democráticopresupone información sobre la cosa pública, es decir, la existencia de una opinión pública libre. Sólo donde reina la transparencia puede haber responsabilidad de los gobernantes y conciencia de esa responsabilidad. Sólo existe democracia donde se garantiza el flujo libre de las ideas. La posición preferente de la libertad de expresión en el conjunto de los derechos fundamentales resulta precisamente de la indispensabilidad de la libertad de expresión para la existencia de una opinión pública libre, garantía de una sociedad democrática. La posición preferente de los derechos a una comunicación libre implica que, en caso de conflicto con otros derechos fundamentales o intereses constitucionales, es preciso partir de esta posición preferente, que no jerárquica, de la libertad de expresión. Una limitación o restricción de la libertad de expresión que no tuviese en cuenta el valor preferente de estos derechos sería inconstitucional, por vulnerar el «valor irradiante de la libertad de expresión».
  • 5. 3. RESTRICCIONES AL CONTENIDO EN LÍNEA La restricción en internet comprende diversos procedimientos implementados por los estados u otros grupos no estatales con la finalidad de controlar o suprimirdeterminados contenidos en internet. En particular se ve afectada la difusión de noticias y opiniones; en algunos países, también las páginas web con contenidos eróticos o religiosos. En este sentido, la restricción de Internet no se diferencia sustancialmente de la censura de otros medios de comunicación masiva. En los últimos años se ha incrementado el control de la información que circula a través de Internet, sobre todo ante el ‘boom’ de las redes sociales. Muchos países incluso tienen leyes que establecen límites para la publicación y difusión de contenido; en algunos lugares se puede terminar en la cárcel o se puede bloquear un sitio porque lo que contiene no es del agrado del gobierno en turno. Sin embargo, varios datos apuntan a que no sólo los regímenes represivos desconfían de la capacidad de autorregulación de Internet; algunos Estados democráticos también suelen recurrir a ciertas restricciones en el ciberespacio o a una censura encubierta. El Gobierno estadounidense no está ajeno a esta práctica que pone en tela de juicio su papel como garante de la libertad. En México se hizo una propuesta de leyes secundarias a la "Reforma en Telecomunicaciones". Por la cual, se cree que existe un riesgo de que se controlen los contenidos en Internet. El Presidente de la República Enrique Peña Nieto, y los coordinadores de los diputados del PAN, PRI, PRD y Verde Ecologista enviaron de manera conjunta a la Cámara Baja, la Iniciativa de Reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones.Éstapromete fomentar la competencia en televisión abierta y restringida, radio, telefonía fija y móvil, servicio de datos y telecomunicaciones en general asegurando la competencia efectiva en los segmentos. Esto implica que el gobierno de México y los concesionarios de Telecomunicaciones pueden obtener tu información personal así como tu localización geográfica por medio de las redes sociales en el momento que deseen. 3.1. Razones para la restricción de Internet Muchos gobiernos tienen problemas con el hecho de que solo hay un Internet Global técnicamente sin bordes geográficos o políticos, no hay diferencia si un sitio web está hospedado en el propio país o al otro lado del mundo – una realidad muchas veces encantadora para los usuarios de Internet y alarmante para los estados.  Razones políticas.- Gobiernos que quieren censurar puntos de vista y opiniones contrarias a las políticas de dicho gobierno incluyendo temas como derechos humanos y religiones.  Razones sociales.- Gobiernos que desean censurar páginas web relacionadas con pornografía, juegos, alcohol, drogas, y otros asuntos que pueden ser ofensivos a la población.
  • 6.  Razones de seguridad nacional.- Gobiernos que desean bloquear contenido relacionado con movimientos disidentes, y cualquier cosa que amenace la seguridad nacional. 4. ACCESO EN INTERNET El derecho de acceso a Internet es el derecho humano (derecho digital) que posee toda persona para acceder a Internet con el fin de ejercer y disfrutar de sus derechos a la libertad de expresión, de opinión y otros derechos humanos fundamentales que conforman la democracia, de forma que los Estados y las Naciones Unidas tienen la responsabilidad de garantizar que el acceso a Internet sea ampliamente disponible, no pudiendo los Estados restringir injustificadamente el acceso de una persona a Internet. El acceso a Internet está reconocido como un derecho por las leyes de varios países. La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha declarado el acceso a Internet como derecho humano altamente protegido. La ONU exige a los países miembros facilitar un servicio accesible y asequible para todos y estima como una prioridad asegurar a la ciudadanía el acceso a Internet. Para la ONU, Internet “no sólo permite a los individuos ejercer su derecho de opinión y expresión, sino que también forma parte de sus derechos humanos y promueve el acceso de la sociedad en su conjunto”, acceso que “debe mantenerse especialmente en momentos políticos clave como elecciones, tiempos de intranquilidad social o aniversarios históricos y políticos”. La organización señala también las violaciones a este derecho humano, que abarcan el bloqueo web o filtrado de contenidos, la desconexión para evitar el acceso, los ciberataques o una protección inadecuada del derecho de privacidad y protección de datos, entre otros.
  • 7. 5. CONCLUSIONES 1. Es tan importante La libertad de expresión en Internet ya que como hemos visto permite el libre debate en asuntos de interés general y a su vez facilita el desarrollo, el buen gobierno y la implementación de garantías democráticas. 2. Uno de los temas es la restricción en internet, lo que tiene justificación porque controla determinados contenidos en internet que no son aptos para todas las edades. 3. El derecho de acceso a Internet es el derecho humano que posee toda persona para acceder a Internet con el fin de ejercer y disfrutar de sus derechos a la libertad de expresión, de opinión y otros derechos humanos fundamentales que son reconocidos. 4. El ordenamiento jurídico debe responder a estos nuevos retos y debería proponerse, finalmente, la configuración de unos nuevos derechos vinculados a estas tecnologías.