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Medios de pago en el comercio
        internacional
MEDIOS DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL


  •   Definición.

       – Un medio de cobro o
         pago internacional es un
         instrumento cifrado en
         moneda         extranjera
         debidamente aceptado
         por      el     vendedor
         (exportador)         como
         suficiente para satisfacer
         la deuda del comprador
         (importador).
Objetivos en una operación de comercio internacional

•Importador (Comprador)                               • Exportador (Vendedor)
•   RESPECTO AL                                       •   RESPECTO AL
    CUMPLIMIENTO DEL                                      CUMPLIMIENTO DEL
    CONTRATO                                              CONTRATO.
                                                          CONTRATO
        •   No incurrir en riesgo y recibir las
            mercancías en cantidad y peso,                          •   Seguridad que el importador va a
            calidad,     especificaciones técnicas,                     respetar la cantidad.
            en el tiempo y lugar pactado.                           •   Hacer entrega de los bienes y/o
        •   Tener la certeza de no efectuar el pago                     servicios de acuerdo a lo establecido
            hasta que el exportador haya                                en el contrato de compraventa en el
            cumplido con sus obligaciones. Si
            fuera posible no pagar hasta después                        tiempo y lugar pactado.
            de la entrega de la mercancía.
                                                      •     RESPECTO A LO
• RESPECTO A LO                                             ECONOMICO
  ECONOMICO:
  ECONOMICO:                                              – Pago por adelantado o inmediatamente después de
        •   Beneficiarse con el pago diferido. es           cumplir con sus obligaciones de conformidad a lo
            decir acordar un plazo de pago previa           establecido en el contrato.
            negociación con el exportador.
                                                          – Posibilidades de obtener pre financiamiento para
        •   Tener la posibilidad de obtener
                                                            adquisición de los insumos y materias primas para
            financiación del exportador o de una
            entidad bancaria en el momento de               la producción y a fin para cumplir con el contrato.
            pago.
Clasificación tipos de documentos exigidos en el medio de pago internacional



  •Documentos Financieros
                                                           •       Documentos Comerciales
  Se utilizan para efectuar el pago.                       Se utiliza para acreditar la compra y venta
                •   Letra de cambios                       entre partes, el envió de mercancía y su
                •   Pagares                                disponibilidad.
                •   Cheques
                       –   Cheques personal o de cta.          •   Documentos Primarios
                           corriente                               –   Carta de presentación del exportador
                       –   Cheque Bancarios                        –   Solicitud de cotización del importador
                       –   Cheque Viajeros
                                                                   –   Contra oferta del comprador.
                •   Comprobantes de pagos (voucher)                –   Confirmación de pedido por el exportador
                •   Documentos de créditos y de                    –   Etc
                    cobranza
                       –   Crédito                             •   Documentos Operativos
                               » Por la garantía de pago           – La factura comercial
                               » Por su confirmación               – El documento de transporte
                               » Por la formas de pago             – La Póliza de Seguro
                               » Por los beneficiarios             – Los Documentos de Certificación
                               » Por la Divisibilidad              – Documento de transporte “LIMPIO”
                       –   Cobranza
EL PAGO

    1.- EL PAGO ADELANTADO
        – Puede utilizarse aunque
          desprotege al comprador
          en el sentido que primero
          debe enviar el dinero al
          vendedor para que este
          envíe la mercadería.
        – El grado de aplicabilidad de
          este tipo de pagos puede
          originarse por ejemplo si
          existe una desconfianza del
          vendedor en la solvencia
          del comprador o del país
          importador       y       con
          frecuencia desequilibrio en
          la capacidad negociadora
          de ambas partes.
ORDEN DE PAGO
La orden de pago o transferencia es la orden dada por el importador (comprador) a su Banco.
Tienen 2 tipos de información.
      – La instrucción.- Es la orden de pago que contiene datos del beneficiante, la cantidad y concepto de
           pago.
      – La cobertura.- Es la información entre bancos, el banco emisor al banco pagador de la forma de pagar al
           beneficiario.

Partes que intervienen en la orden de pago:
      – Ordenante
      – Banco emisor
      – Banco pagador
      – Beneficiario



      EL SWIFT
      El código internacional de identificación bancaria (BIC) o llamado SWIFT permite identificar a cada
      entidad bancaria y/o sus oficinas, autoriza el envió de los pagos a los bancos receptores.
LA REMESA

•   Es un medio de pago por el que el exportador entrega a su
    entidad financiera unos documentos (comerciales y
    financieros o solamente financieros) para que proceda a
    gestionar su cobro o aceptación por parte del importador.
    La Remesa Simple (Clean      La Remesa Documentaria
    Collection)                  (Documentary Collection)
CARTAS DE CREDITO


   MEDIOS DE PAGO
Carta De Crédito Documentario


• Es un documento por el que a solicitud del comprador su
  banco autoriza al exportador a cobrar en una fecha
  especificada por una expedición concreta contra la
  presentación de documentos precisos y detallados de
  acuerdo con las condiciones del crédito.
QUIENES INTERVIENEN

• Beneficiario Persona a cuyo favor se emite el crédito y que puede
  exigir el pago al Banco emisor o al pagador una vez ha cumplido las
  condiciones estipuladas en el crédito. Es el exportador.

• Ordenante Persona o entidad que solicita la apertura del crédito a
  su Banco comprometiéndose a efectuar el pago. Es el importador .
CONDICIÓN DE LOS BANCOS QUE INTERVIENEN

• Banco Aceptador: Similar al Banco pagador, pero en este caso,
  acepta un efecto (instrucción) al vencimiento en lugar de pagar o
  comprometerse al pago.
• Banco Avisador Es el Banco corresponsal del Banco emisor en el
  país del exportador. Solo adquiere el compromiso de avisar al
  beneficiario de la apertura del crédito.
• Banco Confirmador Garantiza el pago por parte del Banco emisor.
  Se usa cuando las garantías que ofrece el Banco emisor no se
  consideran suficientes. Suele ser el Banco avisador.
• Banco Emisor Banco elegido por el importador. Confecciona y
  realiza la apertura del crédito. Paga el crédito si se cumplen las
  condiciones exigidas en el mismo. Es el Banco del Importador.
CONDICIÓN DE LOS BANCOS QUE INTERVIENEN

• Banco Negociador Compra (descuenta por compromiso de pago o
  letra) un efecto al exportador. Aunque el pago suela ser diferido, el
  exportador cobra a la vista (con o sin intereses).
• Banco Pagador Generalmente es un Banco en el país del
  exportador, que recibe el mandato del Banco emisor para pagar o
  comprometerse al pago contra presentación de la documentación
  exigida. Para el exportador es conveniente que exista un Banco
  pagador en su país.
CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO


1. POR LA GARANTÍA DE PAGO:

1.1 Carta de Crédito Revocable: Pueden ser anuladas o modificadas
    por el ordenante o por el Bco. emisor sin notificar al beneficiario

1.2 Carta de Crédito Irrevocable: Es un compromiso definitivo que ni el
    ordenante ni el Bco. emisor pueden modificarlos SIN
    consentimiento expreso del beneficiario
CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO

2. POR SU CONFIRMACIÓN

2.1 Carta de Crédito Irrevocable y CONFIRMADA: Cuando el Bco.
    pagador confirma al beneficiario el crédito. Ambos Bancos; Emisor
    y Pagador asumen el compromiso de pago, brindando así la
    máxima seguridad al exportador.

2.2 Carta de Crédito Irrevocable y NO CONFIRMADA: Cuando NO
    recibe confirmación del Banco Pagador y el compromiso de pago
    es asumido por el Banco Emisor.
CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO

3. POR LA FORMA DE PAGO.

3.1 Carta de Crédito a la Vista: Autoriza al beneficiario el cobro contra
    entrega de los documentos requeridos por la carta de crédito.

3.2 Carta de Crédito Diferida: es una facilidad de pago que da el
    exportador al importador. Se paga en la fecha indicada en la carta
    de crédito; ej. 60 días de la fecha de embarque, que tiene que
    realizarse dentro de la fecha de vigencia de la carta de crédito.
CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO

3. POR LA FORMA DE PAGO. (seguimos)

3.3    Carta de Crédito de Aceptación: El exportador adjunta al
       Bco. Corresponsal los documentos y una letra de cambio
       con plazo determinado para la aceptación por el
       importador y retorna al exportador debidamente aceptada,
       lo que abre la posibilidad de que el exportador la
       descuente en otro banco antes que venza el plazo.

3.4    Carta de Crédito para Negociación: con la cual el Bco.
       Corresponsal además de la aceptación de la letra de
       cambio debe negociar conforme a las instrucciones
       suministradas.
CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO

3. POR LA FORMA DE PAGO. (seguimos).

3.5 Carta de Crédito de Clausula Roja: El exportador puede
    obtener adelantos a cuenta de la exportación contra el
    compromiso escrito de cumplir con que efectuará la
    exportación dentro de los plazos y condiciones estipulados
    (Anticipatory Credit).

3.6 Carta de Crédito de Clausula Verde: similar a la de clausula
    roja , con la diferencia que el exportador debe exhibir
    documentos que prueben la ejecución de los trámites de
    exportación, ej. Que la mercancía se encuentre en puerto a la
    espera del buque transportador. (Packing Credit)
CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO

4. POR LOS BENEFICIARIOS:

4.1 Carta de Crédito Directa (straight) : El Banco emisor se obliga
    con el beneficiario únicamente a través del Banco Avisador o
    Notificador. Los derechos sobre la carta de crédito NO pueden
    ser transferidos a terceros bancos que intervienen en la
    operación.
4.1 Carta de Crédito Transferible: El Banco Emisor se compromete
    a pagar a cualquier banco, aunque no sea el banco avisador o
    Notificador. El exportador puede transferir a otro exportador,
    ya sea parte o el total. La transferencia es válida una sola vez.
CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO

5 POR LA DIVISIBILIDAD:
5.1 Carta de Crédito Indivisible: Cuando NO se permite utilizaciones
    NI embarque parciales.
5.2 Carta de Crédito Divisible: Cuando la mercancía es embarcada en
    partes, el pago al exportador se efectúa también en partes
    proporcionales.
5.3 Carta de Crédito Rotativa: (Revolving Credit) se establecen
    embarques periódicos fijos hasta que se agote el valor del crédito.
    Por cada utilización el crédito se renueva automáticamente.
5.4 Carta de Crédito Acumulativa: Cuando no se ha cumplido con un
    despacho en el plazo estipulado para un embarque parcial y se
    permite acumularlo hasta el próximo despacho o para el final,
    hasta cubrir la suma total indicada en el contrato.
CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO

5   POR LA DIVISIBILIDAD: (seguimos)

5.5 Carta de Crédito NO Acumulativa: Cuando el exportador NO
    efectuó el embarque parcial y pierde el derecho a dicha
    exportación y NO se acumulara para el próximo embarque.

5.6 Carta de Crédito Back to Back: Cuando el exportador no
    puede cumplir con la exportación y pide al banco negociador
    que extienda un crédito a favor de otro proveedor con la
    garantía de crédito original.
FLUJO – CARTA DE CRÉDITO
       IMPORTADOR - ORDENANTE                                                                           EXPORTADOR - BENEFICIARIO

                                                               MERCANCÍA




1ro. SOLICITA
APERTURA
DE CARTA                       9 no. ENVIA DOCUMENTOS                                                                        3ro. AVISA
DE CREDITO                                                                                      8vo. PAGO     5to. ENVIO     APERTURA
                                                                                                              DOCUMENTO      DE C,CRED




                BANCO EMISOR                            6to ENVIO DE DOCUMENTOS                                   BANCO AVISADOR




                                                        7mo. PAGO 8REEMBOLSO)



                                                        2do. ABRE CARTA DE CREDITO




 10mo. RETIRA LA MERCANCIA                                                                                         4to. ENVIO DE MERCANCIA




                                                                                     PUERTO DE EXPEDICIÓN
                                   PUERTO DE DESTINO
DOCUMENTOS EN COBRANZA – COBRANZA DOCUMENTARIA



• DOCUMENTOS EN COBRANZA: es la operación por la cual el
  exportador instruye al Banco local (remitente) para realizar ante el
  Banco Corresponsal (Cobrador) las gestiones de aceptación y/o
  pago de documentos que representan un compromiso adquirido
  previamente por el importador.

• INSTRUCCIÓN DE COBRO: la operación de cobranza que origina
  el exportador para el Banco remitente es una cobranza de
  exportación, mientras que para el Banco Corresponsal en una
  cobranza de importación
DE LOS DOCUMENTOS EN COBRANZA
1.   DOCUMENTOS FINANCIEROS:
•    Letras de Cambio
•    Cheques
•    Pagarés
•    Comprobantes de Pago.

2. DOCUMENTOS COMERCIALES:
•    Facturas
•    Documentos de Transporte
•    Póliza de seguros
3.   OTROS:
•    Certificado de Origen
•    Certificado de inspección previa
•    Certificado fito / zoo sanitario
DISCREPANCIAS EN LA CARTA DE CREDITO
• Existen discrepancias cuando:

   El exportador presenta documentos que no corresponden a
   los requisitos requeridos por el importador en la carta de
   crédito y por ende en el contrato.

   En este caso el Bco. devuelve los documentos al presentador para
   su corrección y nueva presentación, dentro de la vigencia de la
   carta de crédito.

   Salvadas las discrepancias por el comprador, previo acuerdo con
   el vendedor y el Bco. emisor, el Bco. avisador puede proseguir
   con la gestión de la carta de crédito.
DE LOS DOCUMENTOS EN COBRANZA
• El Documento Comercial, sirve para exigir el pago de la obligación o
  el pago del documento financiero, ya que sin ellos no podrán
  desaduanar la mercancía.

• Todo Crédito Documentario tiene una doble finalidad económica; i)
  asegurar al vendedor el cobro de la mercancía enajenada y ii)
  garantizar al comprador que tal mercancía fue enviada
MEDIOS DE PAGO – ORDEN DE PAGO DIRECTA


• Si existe corresponsalía entre el Banco emisor y el Banco pagador,
  la transferencia será directa; de lo contrario será necesaria la
  intervención de uno o dos terceros bancos , que mantengan
  corresponsalía con el banco emisor o el banco pagador
MEDIOS DE PAGO – ORDEN DE PAGO DIRECTA
                  CONTRATO
EXPORTADOR                            IMPORTADOR




                 INSTRUCION DE PAGO




                                      BANCO EMISOR
BANCO PAGADOR
MEDIOS DE PAGO – ORDEN DE PAGO INDIRECTA
                  CONTRATO
                                      IMPORTADOR
EXPORTADOR




                NO CORRESPONSALÍA


BANCO PAGADOR                           BANCO EMISOR

                INSTRUCCIÓN DE PAGO
ORDEN DE PAGO DOCUMENTARIA

• La orden de pago documentaria se condiciona a la entrega de
  ciertos documentos al Banco pagador. Así el ordenante tendrá una
  mayor seguridad de que el beneficiario tendrá disponibilidad de los
  fondos solo si cumple con entregar los documentos que se necesita
  para desaduanar la mercancía
MEDIOS DE PAGO – ORDEN DE PAGO DIRECTA
                                 CONTRATO
  EXPORTADOR                                            IMPORTADOR




                                                    RECIBE       DISPONE
                  ENTREGA
                                                    DOCUMENTOS   PAGO
                  DOCUMENTOS
RECIBE
TRANSFERENCIA $

                                DOCUMENTOS




                                                        BANCO EMISOR
BANCO PAGADOR                  INSTRUCION DE PAGO

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Medios de pago

  • 1. Medios de pago en el comercio internacional
  • 2. MEDIOS DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL • Definición. – Un medio de cobro o pago internacional es un instrumento cifrado en moneda extranjera debidamente aceptado por el vendedor (exportador) como suficiente para satisfacer la deuda del comprador (importador).
  • 3. Objetivos en una operación de comercio internacional •Importador (Comprador) • Exportador (Vendedor) • RESPECTO AL • RESPECTO AL CUMPLIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO CONTRATO. CONTRATO • No incurrir en riesgo y recibir las mercancías en cantidad y peso, • Seguridad que el importador va a calidad, especificaciones técnicas, respetar la cantidad. en el tiempo y lugar pactado. • Hacer entrega de los bienes y/o • Tener la certeza de no efectuar el pago servicios de acuerdo a lo establecido hasta que el exportador haya en el contrato de compraventa en el cumplido con sus obligaciones. Si fuera posible no pagar hasta después tiempo y lugar pactado. de la entrega de la mercancía. • RESPECTO A LO • RESPECTO A LO ECONOMICO ECONOMICO: ECONOMICO: – Pago por adelantado o inmediatamente después de • Beneficiarse con el pago diferido. es cumplir con sus obligaciones de conformidad a lo decir acordar un plazo de pago previa establecido en el contrato. negociación con el exportador. – Posibilidades de obtener pre financiamiento para • Tener la posibilidad de obtener adquisición de los insumos y materias primas para financiación del exportador o de una entidad bancaria en el momento de la producción y a fin para cumplir con el contrato. pago.
  • 4. Clasificación tipos de documentos exigidos en el medio de pago internacional •Documentos Financieros • Documentos Comerciales Se utilizan para efectuar el pago. Se utiliza para acreditar la compra y venta • Letra de cambios entre partes, el envió de mercancía y su • Pagares disponibilidad. • Cheques – Cheques personal o de cta. • Documentos Primarios corriente – Carta de presentación del exportador – Cheque Bancarios – Solicitud de cotización del importador – Cheque Viajeros – Contra oferta del comprador. • Comprobantes de pagos (voucher) – Confirmación de pedido por el exportador • Documentos de créditos y de – Etc cobranza – Crédito • Documentos Operativos » Por la garantía de pago – La factura comercial » Por su confirmación – El documento de transporte » Por la formas de pago – La Póliza de Seguro » Por los beneficiarios – Los Documentos de Certificación » Por la Divisibilidad – Documento de transporte “LIMPIO” – Cobranza
  • 5. EL PAGO 1.- EL PAGO ADELANTADO – Puede utilizarse aunque desprotege al comprador en el sentido que primero debe enviar el dinero al vendedor para que este envíe la mercadería. – El grado de aplicabilidad de este tipo de pagos puede originarse por ejemplo si existe una desconfianza del vendedor en la solvencia del comprador o del país importador y con frecuencia desequilibrio en la capacidad negociadora de ambas partes.
  • 6. ORDEN DE PAGO La orden de pago o transferencia es la orden dada por el importador (comprador) a su Banco. Tienen 2 tipos de información. – La instrucción.- Es la orden de pago que contiene datos del beneficiante, la cantidad y concepto de pago. – La cobertura.- Es la información entre bancos, el banco emisor al banco pagador de la forma de pagar al beneficiario. Partes que intervienen en la orden de pago: – Ordenante – Banco emisor – Banco pagador – Beneficiario EL SWIFT El código internacional de identificación bancaria (BIC) o llamado SWIFT permite identificar a cada entidad bancaria y/o sus oficinas, autoriza el envió de los pagos a los bancos receptores.
  • 7. LA REMESA • Es un medio de pago por el que el exportador entrega a su entidad financiera unos documentos (comerciales y financieros o solamente financieros) para que proceda a gestionar su cobro o aceptación por parte del importador. La Remesa Simple (Clean La Remesa Documentaria Collection) (Documentary Collection)
  • 8. CARTAS DE CREDITO MEDIOS DE PAGO
  • 9. Carta De Crédito Documentario • Es un documento por el que a solicitud del comprador su banco autoriza al exportador a cobrar en una fecha especificada por una expedición concreta contra la presentación de documentos precisos y detallados de acuerdo con las condiciones del crédito.
  • 10. QUIENES INTERVIENEN • Beneficiario Persona a cuyo favor se emite el crédito y que puede exigir el pago al Banco emisor o al pagador una vez ha cumplido las condiciones estipuladas en el crédito. Es el exportador. • Ordenante Persona o entidad que solicita la apertura del crédito a su Banco comprometiéndose a efectuar el pago. Es el importador .
  • 11. CONDICIÓN DE LOS BANCOS QUE INTERVIENEN • Banco Aceptador: Similar al Banco pagador, pero en este caso, acepta un efecto (instrucción) al vencimiento en lugar de pagar o comprometerse al pago. • Banco Avisador Es el Banco corresponsal del Banco emisor en el país del exportador. Solo adquiere el compromiso de avisar al beneficiario de la apertura del crédito. • Banco Confirmador Garantiza el pago por parte del Banco emisor. Se usa cuando las garantías que ofrece el Banco emisor no se consideran suficientes. Suele ser el Banco avisador. • Banco Emisor Banco elegido por el importador. Confecciona y realiza la apertura del crédito. Paga el crédito si se cumplen las condiciones exigidas en el mismo. Es el Banco del Importador.
  • 12. CONDICIÓN DE LOS BANCOS QUE INTERVIENEN • Banco Negociador Compra (descuenta por compromiso de pago o letra) un efecto al exportador. Aunque el pago suela ser diferido, el exportador cobra a la vista (con o sin intereses). • Banco Pagador Generalmente es un Banco en el país del exportador, que recibe el mandato del Banco emisor para pagar o comprometerse al pago contra presentación de la documentación exigida. Para el exportador es conveniente que exista un Banco pagador en su país.
  • 13. CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO 1. POR LA GARANTÍA DE PAGO: 1.1 Carta de Crédito Revocable: Pueden ser anuladas o modificadas por el ordenante o por el Bco. emisor sin notificar al beneficiario 1.2 Carta de Crédito Irrevocable: Es un compromiso definitivo que ni el ordenante ni el Bco. emisor pueden modificarlos SIN consentimiento expreso del beneficiario
  • 14. CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO 2. POR SU CONFIRMACIÓN 2.1 Carta de Crédito Irrevocable y CONFIRMADA: Cuando el Bco. pagador confirma al beneficiario el crédito. Ambos Bancos; Emisor y Pagador asumen el compromiso de pago, brindando así la máxima seguridad al exportador. 2.2 Carta de Crédito Irrevocable y NO CONFIRMADA: Cuando NO recibe confirmación del Banco Pagador y el compromiso de pago es asumido por el Banco Emisor.
  • 15. CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO 3. POR LA FORMA DE PAGO. 3.1 Carta de Crédito a la Vista: Autoriza al beneficiario el cobro contra entrega de los documentos requeridos por la carta de crédito. 3.2 Carta de Crédito Diferida: es una facilidad de pago que da el exportador al importador. Se paga en la fecha indicada en la carta de crédito; ej. 60 días de la fecha de embarque, que tiene que realizarse dentro de la fecha de vigencia de la carta de crédito.
  • 16. CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO 3. POR LA FORMA DE PAGO. (seguimos) 3.3 Carta de Crédito de Aceptación: El exportador adjunta al Bco. Corresponsal los documentos y una letra de cambio con plazo determinado para la aceptación por el importador y retorna al exportador debidamente aceptada, lo que abre la posibilidad de que el exportador la descuente en otro banco antes que venza el plazo. 3.4 Carta de Crédito para Negociación: con la cual el Bco. Corresponsal además de la aceptación de la letra de cambio debe negociar conforme a las instrucciones suministradas.
  • 17. CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO 3. POR LA FORMA DE PAGO. (seguimos). 3.5 Carta de Crédito de Clausula Roja: El exportador puede obtener adelantos a cuenta de la exportación contra el compromiso escrito de cumplir con que efectuará la exportación dentro de los plazos y condiciones estipulados (Anticipatory Credit). 3.6 Carta de Crédito de Clausula Verde: similar a la de clausula roja , con la diferencia que el exportador debe exhibir documentos que prueben la ejecución de los trámites de exportación, ej. Que la mercancía se encuentre en puerto a la espera del buque transportador. (Packing Credit)
  • 18. CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO 4. POR LOS BENEFICIARIOS: 4.1 Carta de Crédito Directa (straight) : El Banco emisor se obliga con el beneficiario únicamente a través del Banco Avisador o Notificador. Los derechos sobre la carta de crédito NO pueden ser transferidos a terceros bancos que intervienen en la operación. 4.1 Carta de Crédito Transferible: El Banco Emisor se compromete a pagar a cualquier banco, aunque no sea el banco avisador o Notificador. El exportador puede transferir a otro exportador, ya sea parte o el total. La transferencia es válida una sola vez.
  • 19. CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO 5 POR LA DIVISIBILIDAD: 5.1 Carta de Crédito Indivisible: Cuando NO se permite utilizaciones NI embarque parciales. 5.2 Carta de Crédito Divisible: Cuando la mercancía es embarcada en partes, el pago al exportador se efectúa también en partes proporcionales. 5.3 Carta de Crédito Rotativa: (Revolving Credit) se establecen embarques periódicos fijos hasta que se agote el valor del crédito. Por cada utilización el crédito se renueva automáticamente. 5.4 Carta de Crédito Acumulativa: Cuando no se ha cumplido con un despacho en el plazo estipulado para un embarque parcial y se permite acumularlo hasta el próximo despacho o para el final, hasta cubrir la suma total indicada en el contrato.
  • 20. CLASIFICACIÓN DE LAS CARTAS DE CRÉDITO 5 POR LA DIVISIBILIDAD: (seguimos) 5.5 Carta de Crédito NO Acumulativa: Cuando el exportador NO efectuó el embarque parcial y pierde el derecho a dicha exportación y NO se acumulara para el próximo embarque. 5.6 Carta de Crédito Back to Back: Cuando el exportador no puede cumplir con la exportación y pide al banco negociador que extienda un crédito a favor de otro proveedor con la garantía de crédito original.
  • 21. FLUJO – CARTA DE CRÉDITO IMPORTADOR - ORDENANTE EXPORTADOR - BENEFICIARIO MERCANCÍA 1ro. SOLICITA APERTURA DE CARTA 9 no. ENVIA DOCUMENTOS 3ro. AVISA DE CREDITO 8vo. PAGO 5to. ENVIO APERTURA DOCUMENTO DE C,CRED BANCO EMISOR 6to ENVIO DE DOCUMENTOS BANCO AVISADOR 7mo. PAGO 8REEMBOLSO) 2do. ABRE CARTA DE CREDITO 10mo. RETIRA LA MERCANCIA 4to. ENVIO DE MERCANCIA PUERTO DE EXPEDICIÓN PUERTO DE DESTINO
  • 22. DOCUMENTOS EN COBRANZA – COBRANZA DOCUMENTARIA • DOCUMENTOS EN COBRANZA: es la operación por la cual el exportador instruye al Banco local (remitente) para realizar ante el Banco Corresponsal (Cobrador) las gestiones de aceptación y/o pago de documentos que representan un compromiso adquirido previamente por el importador. • INSTRUCCIÓN DE COBRO: la operación de cobranza que origina el exportador para el Banco remitente es una cobranza de exportación, mientras que para el Banco Corresponsal en una cobranza de importación
  • 23. DE LOS DOCUMENTOS EN COBRANZA 1. DOCUMENTOS FINANCIEROS: • Letras de Cambio • Cheques • Pagarés • Comprobantes de Pago. 2. DOCUMENTOS COMERCIALES: • Facturas • Documentos de Transporte • Póliza de seguros 3. OTROS: • Certificado de Origen • Certificado de inspección previa • Certificado fito / zoo sanitario
  • 24. DISCREPANCIAS EN LA CARTA DE CREDITO • Existen discrepancias cuando: El exportador presenta documentos que no corresponden a los requisitos requeridos por el importador en la carta de crédito y por ende en el contrato. En este caso el Bco. devuelve los documentos al presentador para su corrección y nueva presentación, dentro de la vigencia de la carta de crédito. Salvadas las discrepancias por el comprador, previo acuerdo con el vendedor y el Bco. emisor, el Bco. avisador puede proseguir con la gestión de la carta de crédito.
  • 25. DE LOS DOCUMENTOS EN COBRANZA • El Documento Comercial, sirve para exigir el pago de la obligación o el pago del documento financiero, ya que sin ellos no podrán desaduanar la mercancía. • Todo Crédito Documentario tiene una doble finalidad económica; i) asegurar al vendedor el cobro de la mercancía enajenada y ii) garantizar al comprador que tal mercancía fue enviada
  • 26. MEDIOS DE PAGO – ORDEN DE PAGO DIRECTA • Si existe corresponsalía entre el Banco emisor y el Banco pagador, la transferencia será directa; de lo contrario será necesaria la intervención de uno o dos terceros bancos , que mantengan corresponsalía con el banco emisor o el banco pagador
  • 27. MEDIOS DE PAGO – ORDEN DE PAGO DIRECTA CONTRATO EXPORTADOR IMPORTADOR INSTRUCION DE PAGO BANCO EMISOR BANCO PAGADOR
  • 28. MEDIOS DE PAGO – ORDEN DE PAGO INDIRECTA CONTRATO IMPORTADOR EXPORTADOR NO CORRESPONSALÍA BANCO PAGADOR BANCO EMISOR INSTRUCCIÓN DE PAGO
  • 29. ORDEN DE PAGO DOCUMENTARIA • La orden de pago documentaria se condiciona a la entrega de ciertos documentos al Banco pagador. Así el ordenante tendrá una mayor seguridad de que el beneficiario tendrá disponibilidad de los fondos solo si cumple con entregar los documentos que se necesita para desaduanar la mercancía
  • 30. MEDIOS DE PAGO – ORDEN DE PAGO DIRECTA CONTRATO EXPORTADOR IMPORTADOR RECIBE DISPONE ENTREGA DOCUMENTOS PAGO DOCUMENTOS RECIBE TRANSFERENCIA $ DOCUMENTOS BANCO EMISOR BANCO PAGADOR INSTRUCION DE PAGO