2. Tratamiento de datospor
loscentroseducativos
¿Qué datospueden recabar loscentros
educativos?
El origen y ambiente
familiar y social
Lascaracterísticaso
condicionespersonales
El desarrollo y resultadosde su
escolarización
Las circunstancias cuyo conocimiento sea
necesario para educar y orientar al alumnado
3. Tratamiento de datospor
loscentroseducativos
Los datos personales no podrán usarse
para fines diferentes al educativo
(función docente y orientadora)
El profesorado y resto del personal que
acceda a los datos personales del alumnado
o de sus familias está sometido al deber de
guardar secreto
4. Consideracionesgenerales
1.- Los centros educativos recaban en muchos casos, a través de sus servicios
médicos o botiquines, datos de salud relacionados con las lesiones o
enfermedadesque pudieran sufrir el alumnado durante su estancia en el centro.
2.- También recogen datos de salud del alumnado para el ejercicio de la función
educativa, discapacidadesfísicaso psíquicas, por ejemplo del síndrome TDAH.
3.- Para prestar el servicio de comedor también es necesario recabar datos de
salud que permitan conocer el alumnado que es celíaco, diabético o que padece
alergiasalimentarias.
4.- También son datos de salud los contenidos en los informes psicopedagógicos
del alumnado.
5.- No tiene la consideración de categoría especial de datos o datos sensibles el
que el alumnado curse la asignatura de religión, ya que el mero hecho de cursar
la misma no implica revelación de su confesión religiosa.
5. Índice
Tipología de datos
Procedimiento de recogida
Tratamiento de los datos del alumnado.
Publicación de datos
Calificaciones
Acceso a la información del alumnado
Comunicacionesde datosdel alumnado
Tratamiento de lasimágenesdel alumnado
7. Tipología de
datos
● Sobre la situación familiar de lospadresdel alumnado
● De salud
● Biométricos
● Imágenesdel alumnado para el expediente académico
● Para finalidadesdistintasde la función propiamente
educativa
9. Procedimiento de
recogida
● Cuando se recaban datospersonales, ¿esnecesario informar a losinteresados?
● ¿Deben lospadresfacilitar losdatosal centro educativo?
● En los casos en los que es necesario el consentimiento del alumnado o de sus
padreso tutores, ¿cuándo y cómo hay que recabarlo?
● ¿Puede el profesorado recoger datospersonalesdirectamente del alumnado?
● ¿Puede el profesorado solicitar datosde lospadresdel alumnado?
● ¿Puede un centro educativo acceder al contenido de dispositivos electrónicos del
alumnado, como los sistemas de mensajería instantánea (WhatsApp) o redes
sociales?
● ¿Puede el profesorado crear grupos con aplicaciones de mensajería instantánea
con el alumnado?
● ¿Puede el profesorado crear grupos con aplicaciones de mensajería instantánea
para que sean miembroslospadresdel alumnado de su clase?
● ¿Puede el profesorado grabar imágenes del alumnado y difundirlas a través de
aplicacionesde mensajería instantánea a lospadres?
11. Tratamiento de los datos del alumnado.
Publicación de datos
● ¿Puede un centro dar publicidad a las listas de alumnado admitido?
● En caso de situaciones de violencia de género, ¿se puede oponer el
alumnado a la publicación de su admisión en los listados de un
centro educativo?
● ¿Pueden los centros hacer públicas las relaciones de los
beneficiarios de becas, subvenciones y otras ayudas públicas?
● ¿Pueden los centros colocar en los tablones de anuncios o a las
puertas de las aulas la relación del alumnado por clases y/o
actividades?
● ¿Se puede publicar en el comedor del centro el menú del
alumnado?
15. Acceso a la información del
alumnado
● ¿Puede el profesorado acceder a los expedientes académicos del
alumnado matriculados en el centro?
● Acceso del profesorado a datos de salud del alumnado matriculado
en el centro
● Solicitud por parte de los padres de los exámenes de sus hijos
● Acceso de los padres a información sobre ausencias escolares de
sus hijos
● ¿Se puede facilitar la información escolar del alumnado a sus
familiares?
● Acceso a la información académica por padres separados
17. Comunicaciones de datos de alumnado
● Comunicación de datos del alumnado a otro centro educativo.
● Comunicación de datos a otros centros situados en otros países.
● Comunicación de datos a la Administración educativa.
● ¿Se pueden comunicar los datos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad?
● Comunicación de datos a Servicios Sociales.
● Comunicación de datos a centros sanitarios.
● Comunicación de datos a Servicios Sanitarios autonómicos o
ayuntamiento para campañas de salud o vacunación.
● Comunicación de datos a otras entidades externas para actividades
extraescolares
● Comunicación de datos del alumnado y sus familiares a las AMPA
19. Tratamiento de las imágenes del
alumnado
● Grabación de imágenes durante actividades
escolares
● Grabación y difusión de imágenes en eventos
organizados y celebrados en los centros educativos
● Grabación de imágenes de actividades
desarrolladas fuera del centro escolar