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ESCUELA DE POSTGRADO
MAESTRIA EN DERECHO
MENCIÓN DERECHO CIVIL Y
COMERCIAL
UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTUNEZ DE
MAYOLO
INTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓN
Los Joint Venture son dentro de esta concepción, una forma de alianza
estratégica que se ha manifestado con total pujanza en el Perú en los
"procesos de privatización", lo que en su casi totalidad se concretaron
por medio de empresas regularmente constituidas en el país; pero la
realidad económica y jurídica es que dichas empresas se han
alimentado de acuerdos de Joint Venture, que presentan los caracteres
de una alianza contractual y temporaria concreta, en la que los
inversores extranjeros han buscado alianzas con capitales nacionales
para tomar participaciones en mercados hasta ahora desconocidos.
Esas mismas posibilidades se abren frente al desafío que mediante el
TLC están por concretarse.
Al respecto, de estas negociaciones existe una ironía que al final
termina por manifestarse (así lo manifiesta el alemán Wirth), «los Joint
Venture son una operación en que el extranjero aporta su dinero y el
socio local su conocimiento del país, y al cabo de algunos años resulta
que el socio local detenta el dinero y extranjero ha aprendido a conocer
el País».
DEFINICIÓN DE CONCEPTOS:DEFINICIÓN DE CONCEPTOS:
JOINT VENTUREJOINT VENTURE
ETIMOLOGICAMENTE SIGNIFICA UNA AVENTURAETIMOLOGICAMENTE SIGNIFICA UNA AVENTURA
CONJUNTA.CONJUNTA.
GENERICAMENTE ES EL MECANISMO DEGENERICAMENTE ES EL MECANISMO DE
PENETRACION DE MERCADOS O INVERSIONPENETRACION DE MERCADOS O INVERSION
INTERNACIONAL.INTERNACIONAL.
TAMBIEN SE PUEDE DEFINIR COMO UNATAMBIEN SE PUEDE DEFINIR COMO UNA
MODALIDAD APTA PARA LA CAPTACION DEMODALIDAD APTA PARA LA CAPTACION DE
SOCIOS EXTERNOS EN PROYECTOS LOCALESSOCIOS EXTERNOS EN PROYECTOS LOCALES
DEFINICIONES:DEFINICIONES:
El Joint Venture, es también conocido como empresa deEl Joint Venture, es también conocido como empresa de
riesgo compartido, empresa con participación, empresariesgo compartido, empresa con participación, empresa
conjunta o co-inversión de riesgo.conjunta o co-inversión de riesgo.
Es una forma de cooperación empresarial en un contextoEs una forma de cooperación empresarial en un contexto
competitivo que actúa como una "asociación empresarialcompetitivo que actúa como una "asociación empresarial
estratégica" entre dos o más empresas nacionales y/oestratégica" entre dos o más empresas nacionales y/o
extranjeras, que mediante la integración, interacción yextranjeras, que mediante la integración, interacción y
complementariedad de sus actividades y recursos buscancomplementariedad de sus actividades y recursos buscan
alcanzar propósitos comunes.alcanzar propósitos comunes.
Es una forma de cooperación empresarial en un contextoEs una forma de cooperación empresarial en un contexto
competitivo que actúa como una "asociación empresarialcompetitivo que actúa como una "asociación empresarial
estratégica" entre dos o más empresas nacionales y/oestratégica" entre dos o más empresas nacionales y/o
extranjeras, que mediante la integración, interacción yextranjeras, que mediante la integración, interacción y
complementariedad de sus actividades y recursos buscancomplementariedad de sus actividades y recursos buscan
alcanzar propósitos comunesalcanzar propósitos comunes
NATURALEZA JURÍDICA:NATURALEZA JURÍDICA:
Las joint venture reciben en la doctrina diferentes denominaciones, se conocen como:Las joint venture reciben en la doctrina diferentes denominaciones, se conocen como:
empresas mixtas, sociedades mixtas, empresas conjuntas, negocios conjuntos,empresas mixtas, sociedades mixtas, empresas conjuntas, negocios conjuntos,
asociaciones económicas internacionales y otras.asociaciones económicas internacionales y otras.
Con relación a este tema, han existido diferencias de criterios en cuanto al concepto.Con relación a este tema, han existido diferencias de criterios en cuanto al concepto.
Para el CONGRESO FLAMENCO DE CIENCIAS ECONÓMICAS " Una joint venturePara el CONGRESO FLAMENCO DE CIENCIAS ECONÓMICAS " Una joint venture
o sociedad mixta es como una forma de colaboración con reparto de los riesgos y delo sociedad mixta es como una forma de colaboración con reparto de los riesgos y del
control entre dos o varias personas o unidades económicas"control entre dos o varias personas o unidades económicas"
En nuestro país se utilizan bajo la denominación de empresas mixtas, las que seEn nuestro país se utilizan bajo la denominación de empresas mixtas, las que se
diferencian de las demás modalidades que pueden adoptar la sociedad mercantildiferencian de las demás modalidades que pueden adoptar la sociedad mercantil
común.común.
Entre los rasgos que las distinguen podemos señalar: la presencia de dos o másEntre los rasgos que las distinguen podemos señalar: la presencia de dos o más
socios de diferentes países, acción conjunta de los socios, objetivo determinado,socios de diferentes países, acción conjunta de los socios, objetivo determinado,
participación en la contribución, en los riesgos, beneficios y en el control financiero,participación en la contribución, en los riesgos, beneficios y en el control financiero,
transferencia de tecnología, agilidad y flexibilidad en la forma para adaptarse a lostransferencia de tecnología, agilidad y flexibilidad en la forma para adaptarse a los
requerimientos de la legislación.requerimientos de la legislación.
Actualmente se conocen en el mundo dos clases fundamentales de estasActualmente se conocen en el mundo dos clases fundamentales de estas
asociaciones económicas: la asociación contractual y la empresa mixta como tal.asociaciones económicas: la asociación contractual y la empresa mixta como tal.
A pesar de que el contrato de asociación económica internacional no crea una nuevaA pesar de que el contrato de asociación económica internacional no crea una nueva
persona jurídica, en la doctrina actual se le reconoce como joint venture o empresapersona jurídica, en la doctrina actual se le reconoce como joint venture o empresa
mixta.mixta.
SUJETOS CONTRATANTES Y OBLIGACIONES QUE ASUMEN:SUJETOS CONTRATANTES Y OBLIGACIONES QUE ASUMEN:
Por el tipo de contrato o acuerdos de las partesPor el tipo de contrato o acuerdos de las partes
1. Para proyectos manufactureros.1. Para proyectos manufactureros.
2. Para las industrias extractivas.2. Para las industrias extractivas.
3. Para la industria de la construcción.3. Para la industria de la construcción.
4. Para proyectos comerciales.4. Para proyectos comerciales.
5. Para investigación y desarrollo.5. Para investigación y desarrollo.
6. Para actividades financieras.6. Para actividades financieras.
7. Para prestación de servicios.7. Para prestación de servicios.
8. Para actividades de turismo.8. Para actividades de turismo.
9. Para actividades agropecuarias y agroindustriales.9. Para actividades agropecuarias y agroindustriales.
10.Otros10.Otros
SUJETOS CONTRATANTES Y OBLIGACIONES QUE ASUMEN:SUJETOS CONTRATANTES Y OBLIGACIONES QUE ASUMEN:
Por el rol o desempeño de los sociosPor el rol o desempeño de los socios
1.1.Joint Venture con un Socio Dominante: SignificaJoint Venture con un Socio Dominante: Significa que elque el
emprendimiento está básicamente controlado o dominado por elemprendimiento está básicamente controlado o dominado por el
socio, que juega un rol activo, mientras que el otro socio tienesocio, que juega un rol activo, mientras que el otro socio tiene
un rol pasivo.un rol pasivo.
2.2.Joint Venture de Administración y Operación Compartida:Joint Venture de Administración y Operación Compartida:
Significa que ambos socios juegan un rol activo en laSignifica que ambos socios juegan un rol activo en la
administración y gerenciamiento de la empresa.administración y gerenciamiento de la empresa.
3.3.Joint Venture Independientes: Significa que ninguno de losJoint Venture Independientes: Significa que ninguno de los
socios juega un rol activo. El papel fundamental en el procesosocios juega un rol activo. El papel fundamental en el proceso
de toma de decisiones, y en la administración y operación de lade toma de decisiones, y en la administración y operación de la
empresa o el proyecto, recae en manos de un gerente general,empresa o el proyecto, recae en manos de un gerente general,
que habitualmente no proviene de ninguno de los sociosque habitualmente no proviene de ninguno de los socios
OBJETO DEL CONTRATOOBJETO DEL CONTRATO
El joint venture o contrato de riesgo compartido es
una figura jurídica utilizada en el mundo empresarial
para enfrentar obligaciones civiles y comerciales
diversas. Se presenta cuando dos o más empresas
se unen para un determinado requerimiento u obra o
para la prestación de un servicio y en general
cualquier actividad que implique efectuar inversiones
o actividades con fines muy amplios, a un plazo
determinado, que puede ser corto, mediano o largo
de acuerdo a las características del negocio; y que
además implica una serie de operaciones que
incluyen la integración del capital que se invierte,
know how y colocación en los mercados
ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ
CLÁUSULA DE PROPÓSITO Y ALCANCE DEL JOINT VENTURE.
En el proceso de creación de un contrato de Joint Venture los socios necesitan describir el
propósito y las metas de su Joint Venture así como su alcance.
La descripción debe ser lo suficientemente amplia para permitir un crecimiento del Joint
Venture, pero lo suficientemente clara y precisa, para que los contratantes estén de
acuerdo en los propósitos y metas de esta nueva empresa.
La finalidad de establecer esta cláusula es el poder guiar las acciones futuras de los socios
con respecto a la empresa, y darles una base clara a los socios para poder medir el
desempeño del Joint Venture, y ayudarlos a determinar si la empresa sigue su rumbo
original o si se está desviando de los propósitos o metas originalmente pactados.
Otra de las finalidades de esta cláusula es también la de poder distinguir entre el trabajo del
Joint Venture y las actividades que los socios realizan en sus empresas de manera
independiente, lo que ayudará en un futuro a los socios evitando probables disputas en lo
que a sus empresas se refiere.
El propósito de la creación de un Joint Venture no debe ser el propiciar una división de
mercados, o el establecimiento de algún monopolio, ya que se incurriría en un hecho
ilícito, sino por el contrario, este debe ser un propósito netamente comercial.
En los acuerdos preliminares, los contratantes deben establecer que por medio de la nueva
empresa, ellos van a aportar recursos, productos y tecnología, a un mercado el cual en
respuesta a esto los ayudará a comercializar los productos de sus propias empresas,
fuera del Joint Venture.
ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ
FIRMA Y CONDICIONES DE LA FIRMA DEL CONTRATO DE JOINTFIRMA Y CONDICIONES DE LA FIRMA DEL CONTRATO DE JOINT
VENTUREVENTURE..
Aunque los contratantes pueden firmar un contrato de Joint Venture, sin elAunque los contratantes pueden firmar un contrato de Joint Venture, sin el
establecimiento de ninguna formalidad, por lo general se establecenestablecimiento de ninguna formalidad, por lo general se establecen
dentro de los acuerdos preliminares las cláusulas relativas a lasdentro de los acuerdos preliminares las cláusulas relativas a las
condiciones para la firma del mismo, lo cual implica el periodo decondiciones para la firma del mismo, lo cual implica el periodo de
negociación, la creación de los diversos documentos colaterales, elnegociación, la creación de los diversos documentos colaterales, el
establecimiento de las políticas de operación de la empresa, lo relativo aestablecimiento de las políticas de operación de la empresa, lo relativo a
las contribuciones de parte de cada uno de los contratantes, etc.las contribuciones de parte de cada uno de los contratantes, etc.
Los acuerdos colaterales o auxiliares, reglamentan las relaciones entre losLos acuerdos colaterales o auxiliares, reglamentan las relaciones entre los
contratantes y el Joint Venture, es decir, establecen todos los puntoscontratantes y el Joint Venture, es decir, establecen todos los puntos
relacionados con las aportaciones de cada uno de los socios, las normasrelacionados con las aportaciones de cada uno de los socios, las normas
de operación de la nueva empresa, y todos los demás aspectos relativos ade operación de la nueva empresa, y todos los demás aspectos relativos a
la misma.la misma.
ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ
DOCUMENTOS AUXILIARES O COLATERALES AL CONTRATO DE JOINT VENTURE
Dentro de los acuerdos auxiliares o colaterales tenemos:
Convenio de Administración y Dirección: En este convenio se establece todo lo relativo a
la administración y dirección de la empresa, así como cual de los socios va ser
directamente responsable de la misma, los gastos que esta misma origina, la forma de
cubrirlos, y en general da un panorama muy amplio acerca de como y quien debe y puede
administrar y dirigir a la empresa.
Contratos de Transferencia de Tecnología: Estos se crean con la finalidad de regular las
aportaciones de los socios en materia de tecnología, y en el caso de que alguno de los
socios (quien aportara la tecnología), quisiera tener control sobre el destino de la misma,
se establece lo relativo a cómo y cuando se va a dar esa tecnología, al igual que si se va a
otorgar una licencia para el uso de la misma o si se va a transmitir la propiedad de esta al
Joint Venture. Todo esto con la finalidad de proteger a quien aporta la tecnología en el
caso de que el Joint Venture llegase a fallar.
Convenios acerca del mercadeo y la distribución: En estos convenios se establece
precisamente la forma en que se van a distribuir los productos o servicios y si estos van a
ser exclusivamente los que produzca u ofrezca el Joint Venture o si se van a incluir los
productos o servicios que fabrique o vendan las empresas contratantes.
Acuerdo acerca del uso de marcas y patentes: Se establecen claramente los derechos de
cada uno de los contratantes por separado y del Joint Venture, en lo relativo al uso de
marcas o patentes, para la comercialización de sus productos y en el caso de disolución o
terminación de la misma, a quien correspondería la propiedad de dichas marcas o
patentes o derechos
ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ
APORTACIONES DE CAPITAL Y CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA.
La forma de constitución de la Sociedad depende de muchos factores, como el considerar si esta se
pudiera convertir algún día en una empresa publica, como planean los socios beneficiarse con
las utilidades de la empresa, la forma que más les convenga para cuestiones Fiscales, etc. En sí
la sociedad se puede constituir de cualquiera de las formas previstas en la legislación mercantil
del país en el que se vayan a constituir, como podría ser una Sociedad Anónima, una Sociedad
de Responsabilidad Limitada o cualquier otro tipo de sociedad previsto por la ley.
En sí la manera en que la Sociedad se va a constituir les brinda a los socios un marco acerca de las
reglas que van a regir a la sociedad, la manera en que se van a distribuir las ganancias, y su
responsabilidad dentro de la misma.
Es de suma importancia que el Joint Venture cuente con un capital suficiente para poder asegurar a
los consumidores, terceros y a la empresa que estará en condiciones de cumplir con sus
obligaciones en el momento que estas mismas se presenten.
En algunos países la misma ley determina el monto de capital mínimo para la Constitución de la
sociedad como en el nuestro, pero sin embargo es de suma importancia mencionar en el acta
constitutiva el monto de las aportaciones de los socios, ya sean aportaciones en efectivo o en
especie (tecnología, materia prima, inmuebles, etc.)
En la mayoría de los casos, conforme transcurre el tiempo es necesario un aumento de capital en la
empresa, el cual generalmente es efectuado mediante la adquisición de créditos o garantías.
La mejor forma de manejar esta situación es mediante la formulación de un presupuesto anual de
inversión formulado por los socios y en el cual ellos deben de estar de acuerdo.
La formulación de este presupuesto de inversión forza a los socios a invertir en la empresa cuando
menos anualmente, y por esta misma circunstancia a fijar su atención en el desempeño de la
misma, para poder así determinar si el plan de negocios de la misma es correcto o de lo
contrario poder formular nuevas estrategias
ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ
ADMINISTRACIÓN.ADMINISTRACIÓN.
La administración de un Joint Venture tiene un interés fundamental para los socios, y en muchas ocasiones unLa administración de un Joint Venture tiene un interés fundamental para los socios, y en muchas ocasiones un
desacuerdo en la forma de manejo de la misma puede llevar incluso a su disolución. Dentro del contrato de Jointdesacuerdo en la forma de manejo de la misma puede llevar incluso a su disolución. Dentro del contrato de Joint
Venture se debe especificar lo referente a la administración de la empresa en tres formas:Venture se debe especificar lo referente a la administración de la empresa en tres formas:
1) Perfila los detalles administrativos del funcionamiento corporativo tales como auditorías, presupuestos y políticas1) Perfila los detalles administrativos del funcionamiento corporativo tales como auditorías, presupuestos y políticas
del dividendo.del dividendo.
2) Todo lo referente al manual operativo que regula la forma en que todas las operaciones se llevan a cabo.2) Todo lo referente al manual operativo que regula la forma en que todas las operaciones se llevan a cabo.
3) Lo que se refiere a la estructura interna de la empresa, el organigrama de la misma describiendo las funciones y3) Lo que se refiere a la estructura interna de la empresa, el organigrama de la misma describiendo las funciones y
autoridad de cada puesto.autoridad de cada puesto.
Es importante destacar lo referente a la forma en la que la contabilidad de la empresa se va a manejar, ya que en laEs importante destacar lo referente a la forma en la que la contabilidad de la empresa se va a manejar, ya que en la
mayoría de los casos, este tipo de contratos son firmados por empresas de 2 o más países, en los que obviamente lamayoría de los casos, este tipo de contratos son firmados por empresas de 2 o más países, en los que obviamente la
ley les marca determinados requisitos para el manejo de su contabilidad, por lo que habrá que analizarley les marca determinados requisitos para el manejo de su contabilidad, por lo que habrá que analizar
cuidadosamente este aspecto, y en el caso de ser necesario se llevará la contabilidad en tantas formas como seacuidadosamente este aspecto, y en el caso de ser necesario se llevará la contabilidad en tantas formas como sea
exigido por las leyes de cada País.exigido por las leyes de cada País.
En algunos casos se presenta la situación en que la administración de la empresa se encuentra en manos de unoEn algunos casos se presenta la situación en que la administración de la empresa se encuentra en manos de uno
solo de los socios, en este caso dicho socio deberá de ser retribuido por su Trabajo.solo de los socios, en este caso dicho socio deberá de ser retribuido por su Trabajo.
Los socios de común acuerdo deberán nombrar a determinadas personas para que constituyan la AdministraciónLos socios de común acuerdo deberán nombrar a determinadas personas para que constituyan la Administración
Operativa, la cual se encarga de preparar el presupuesto anual, el presupuesto para la operación, presupuestos enOperativa, la cual se encarga de preparar el presupuesto anual, el presupuesto para la operación, presupuestos en
relación al Capital, y todo lo referente al plan de operación.relación al Capital, y todo lo referente al plan de operación.
Con la finalidad de brindar protección a los socios del Joint Venture, dentro de este contrato se determina que elCon la finalidad de brindar protección a los socios del Joint Venture, dentro de este contrato se determina que el
Consejo de Dirección de la empresa, tomará decisiones respecto a los presupuestos anuales, empleados clave,Consejo de Dirección de la empresa, tomará decisiones respecto a los presupuestos anuales, empleados clave,
desarrollo de productos y acuerdos en los que medien pagos que excedan de un mínimo establecido por los socios.desarrollo de productos y acuerdos en los que medien pagos que excedan de un mínimo establecido por los socios.
Estas decisiones deberán de ser unánimes, y deberán estar presentes todos los miembros del Consejo de Dirección.Estas decisiones deberán de ser unánimes, y deberán estar presentes todos los miembros del Consejo de Dirección.
Cabe mencionar que los miembros de este Consejo, son nombrados dentro del Contrato de Joint Venture, yCabe mencionar que los miembros de este Consejo, son nombrados dentro del Contrato de Joint Venture, y
normalmente el numero de miembros es en relación al número de socios, teniendo una participación proporcional ennormalmente el numero de miembros es en relación al número de socios, teniendo una participación proporcional en
las decisiones de la empresa. Pero recordemos que como se mencionó al inicio de este Trabajo, no hay contratos delas decisiones de la empresa. Pero recordemos que como se mencionó al inicio de este Trabajo, no hay contratos de
Joint Venture que sean iguales, ya que son el resultado de un proceso de negociación entre las partesJoint Venture que sean iguales, ya que son el resultado de un proceso de negociación entre las partes
ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ
REQUERIMIENTOS LEGALES.REQUERIMIENTOS LEGALES.
Sabemos que cada país tiene normas distintas y específicas en relación a los actos deSabemos que cada país tiene normas distintas y específicas en relación a los actos de
comercio, la inversión extranjera y la Constitución de las sociedades, razón por la cual en elcomercio, la inversión extranjera y la Constitución de las sociedades, razón por la cual en el
contrato de Joint Venture y en los documentos colaterales, después de un minucioso estudiocontrato de Joint Venture y en los documentos colaterales, después de un minucioso estudio
se tiene que establecer todos los preceptos aplicables al caso concreto, de manera que todosse tiene que establecer todos los preceptos aplicables al caso concreto, de manera que todos
los requisitos legales se cumplan y la Constitución de la Sociedad y el Joint Venture seanlos requisitos legales se cumplan y la Constitución de la Sociedad y el Joint Venture sean
válidos.válidos.
7.- DERECHOS SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.7.- DERECHOS SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.
Es sumamente importante que dentro del contrato se estipule lo relativo a el uso de laEs sumamente importante que dentro del contrato se estipule lo relativo a el uso de la
tecnología o acerca del desarrollo de la misma.tecnología o acerca del desarrollo de la misma.
Normalmente en el caso de que uno de los socios sea quien aporte la tecnología, el será quienNormalmente en el caso de que uno de los socios sea quien aporte la tecnología, el será quien
propondrá la forma en que esta se va a utilizar, es decir la forma en que se van a concederpropondrá la forma en que esta se va a utilizar, es decir la forma en que se van a conceder
licencias para permitir el uso de esa tecnología, claro esta que el es quien propone, pero el olicencias para permitir el uso de esa tecnología, claro esta que el es quien propone, pero el o
los demás socios deberán de estar de acuerdo en la forma en que esta situación se va alos demás socios deberán de estar de acuerdo en la forma en que esta situación se va a
manejar, al igual que el establecimiento de las normas a seguir si el Joint Venture llegase amanejar, al igual que el establecimiento de las normas a seguir si el Joint Venture llegase a
fracasar, es decir quién sería el que se quedaría con las licencias o si estas mismas deberánfracasar, es decir quién sería el que se quedaría con las licencias o si estas mismas deberán
regresar al socio que las otorgó. Es necesario mencionar que la mayor parte de lo referente aregresar al socio que las otorgó. Es necesario mencionar que la mayor parte de lo referente a
licencias de tecnología se establecerá en documentos colaterales como los convenios delicencias de tecnología se establecerá en documentos colaterales como los convenios de
distribución, etc.distribución, etc.
En los casos en los que se trata de asuntos relacionados con el desarrollo de tecnología, seEn los casos en los que se trata de asuntos relacionados con el desarrollo de tecnología, se
tiene que pactar la forma en que esta tecnología será registrada, a nombre del Joint Venture otiene que pactar la forma en que esta tecnología será registrada, a nombre del Joint Venture o
a nombre de uno de los socios, y que pasaría en el caso de disolución de la Sociedad, si unoa nombre de uno de los socios, y que pasaría en el caso de disolución de la Sociedad, si uno
de ellos se quedaría con los Derechos, o si los dividirían entre los socios o cualquier otra formade ellos se quedaría con los Derechos, o si los dividirían entre los socios o cualquier otra forma
en que los socios hubiesen quedado de acuerdoen que los socios hubiesen quedado de acuerdo
ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ
REQUERIMIENTOS LEGALESREQUERIMIENTOS LEGALES..
Sabemos que cada país tiene normas distintas y específicas en relación a los actos deSabemos que cada país tiene normas distintas y específicas en relación a los actos de
comercio, la inversión extranjera y la Constitución de las sociedades, razón por la cual en elcomercio, la inversión extranjera y la Constitución de las sociedades, razón por la cual en el
contrato de Joint Venture y en los documentos colaterales, después de un minucioso estudiocontrato de Joint Venture y en los documentos colaterales, después de un minucioso estudio
se tiene que establecer todos los preceptos aplicables al caso concreto, de manera que todosse tiene que establecer todos los preceptos aplicables al caso concreto, de manera que todos
los requisitos legales se cumplan y la Constitución de la Sociedad y el Joint Venture seanlos requisitos legales se cumplan y la Constitución de la Sociedad y el Joint Venture sean
válidos.válidos.
DERECHOS SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIALDERECHOS SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL..
Es sumamente importante que dentro del contrato se estipule lo relativo a el uso de laEs sumamente importante que dentro del contrato se estipule lo relativo a el uso de la
tecnología o acerca del desarrollo de la misma.tecnología o acerca del desarrollo de la misma.
Normalmente en el caso de que uno de los socios sea quien aporte la tecnología, el será quienNormalmente en el caso de que uno de los socios sea quien aporte la tecnología, el será quien
propondrá la forma en que esta se va a utilizar, es decir la forma en que se van a concederpropondrá la forma en que esta se va a utilizar, es decir la forma en que se van a conceder
licencias para permitir el uso de esa tecnología, claro esta que el es quien propone, pero el olicencias para permitir el uso de esa tecnología, claro esta que el es quien propone, pero el o
los demás socios deberán de estar de acuerdo en la forma en que esta situación se va alos demás socios deberán de estar de acuerdo en la forma en que esta situación se va a
manejar, al igual que el establecimiento de las normas a seguir si el Joint Venture llegase amanejar, al igual que el establecimiento de las normas a seguir si el Joint Venture llegase a
fracasar, es decir quién sería el que se quedaría con las licencias o si estas mismas deberánfracasar, es decir quién sería el que se quedaría con las licencias o si estas mismas deberán
regresar al socio que las otorgó. Es necesario mencionar que la mayor parte de lo referente aregresar al socio que las otorgó. Es necesario mencionar que la mayor parte de lo referente a
licencias de tecnología se establecerá en documentos colaterales como los convenios delicencias de tecnología se establecerá en documentos colaterales como los convenios de
distribución, etc.distribución, etc.
En los casos en los que se trata de asuntos relacionados con el desarrollo de tecnología, seEn los casos en los que se trata de asuntos relacionados con el desarrollo de tecnología, se
tiene que pactar la forma en que esta tecnología será registrada, a nombre del Joint Venture otiene que pactar la forma en que esta tecnología será registrada, a nombre del Joint Venture o
a nombre de uno de los socios, y que pasaría en el caso de disolución de la Sociedad, si unoa nombre de uno de los socios, y que pasaría en el caso de disolución de la Sociedad, si uno
de ellos se quedaría con los Derechos, o si los dividirían entre los socios o cualquier otra formade ellos se quedaría con los Derechos, o si los dividirían entre los socios o cualquier otra forma
en que los socios hubiesen quedado de acuerdoen que los socios hubiesen quedado de acuerdo
ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ
CLAUSULAS RELATIVAS A IMPUESTOS.CLAUSULAS RELATIVAS A IMPUESTOS.
Otra de las cláusulas que debe contener el contrato es la relativa al pago deOtra de las cláusulas que debe contener el contrato es la relativa al pago de
impuestos, en donde se debe considerar, que cada país tiene sus propiasimpuestos, en donde se debe considerar, que cada país tiene sus propias
normas en lo que a pago de impuestos se refiere, por lo que se deberánormas en lo que a pago de impuestos se refiere, por lo que se deberá
establecer a cargo de quien corre la obligación de cubrir el pago deestablecer a cargo de quien corre la obligación de cubrir el pago de
impuestos, si a uno de los socios, o a la empresa, y de que manera se hará.impuestos, si a uno de los socios, o a la empresa, y de que manera se hará.
De la misma manera se debe establecer si se harán deducciones deDe la misma manera se debe establecer si se harán deducciones de
impuestos a las ganancias de los socios antes o después de haberlasimpuestos a las ganancias de los socios antes o después de haberlas
entregado, etc.entregado, etc.
CLAUSULA DE MONEDA.CLAUSULA DE MONEDA.
Se debe fijar en el contrato el tipo de moneda que se tomará como baseSe debe fijar en el contrato el tipo de moneda que se tomará como base
para todas las transacciones referentes al Joint Venture, esto es con lapara todas las transacciones referentes al Joint Venture, esto es con la
finalidad de brindar seguridad a los inversionistas y sobre todo a losfinalidad de brindar seguridad a los inversionistas y sobre todo a los
extranjeros cuando el Joint Venture se realizará con un socio de un país enextranjeros cuando el Joint Venture se realizará con un socio de un país en
donde el tipo de cambio puede variar en cualquier momentodonde el tipo de cambio puede variar en cualquier momento
CARACTERISTICASCARACTERISTICAS
Como ya lo hemos señalado es un acuerdo asociativo entre dos o más personas
naturales o jurídicas, con un objetivo común, que se realiza por un tiempo determinado,
sin implicar una entidad con personalidad jurídica propia.
No obstante, la jurisprudencia ha ido definiendo las características propias de esta clase
de asociaciones.
Debido a que no implica ningún tipo de contrato, los socios deben ser responsables, en
igualdad, por consecuencias positivas o negativas de la ejecución del proceso.
Por consiguiente estas formas asociativas, son utilizadas en general, por empresas que
tienen intereses en común, y que por presentar carencias o dificultades para lograr un fin
específico, no pueden encarar individualmente el proyecto.
Otra razón de peso sería que resolvieron que el trabajo compartido hace más eficiente el
uso de los recursos.
Los Joint Ventures son métodos muy conocidos en Estados Unidos y Canadá, para la
expansión de negocios.
Las grandes y las medianas corporaciones ya se están juntando, las pequeñas empresas
también lo pueden hacer sobre unas mínimas bases formales.
En Latinoamérica, sólo se están empezando a conocer e implantar formalmente.
No existe ninguna regulación específica al respecto de los Joint Ventures.
Los socios de un Joint Venture deben tener equidad, según un método de proposición
cerrada que ellos mismos impongan. Las partes interesadas deben acogerse a los límites
de un plan que ellos mismos implementen, estableciendo qué aportará cada uno al
proyecto y qué esperan de la sociedad de Joint Venture. Arias, J. D (2003). Joint Venture
Tesis para optar al título de Técnico Profesional en Ventas, SENA, Apartadó, Colombia
CARACTERISTICASCARACTERISTICAS
Cláusulas Para Crear Un Joint Venture.
Definir el objetivo principal: Debe ser un objetivo del que todas las partes se van a ver beneficiadas.
Presupuestar costos de inversión requeridos:
Dinero
Tiempo
Especificar la contribución de las partes:
Recursos físicos.
Recursos financieros.
Recursos tecnológicos.
Talento humano.
Detallar los procesos administrativos y control de la operación.
¿Quién dirige qué...?
¿Quién es responsable por...?
Precisar informaciones confidenciales: En todo tipo de negocio hay informaciones que no las pude conocer
nadie más.
Resolver requisitos de seguros: es necesario tener todos los seguros al día, para evitar pérdidas
monetarias, también para evitar posibles demandas legales por algún evento realizado indebidamente o sin
el debido permiso.
Planes de emergencia: Siempre hay que prever situaciones e idear planes de contingencia.
Idioma: : la mayoría de las veces que se hace este tipo de acuerdo es entre empresas que se encuentra en
diferentes países
Medios de comunicación: Debe definirse cuáles serán los medio de comunicación para evitar desvíos de
información.
Limitar la distribución económica de los resultados: El dinero es y seguirá siendo la mayor causa de
problemas en el mundo, es por eso que es necesario destinar el porcentaje de los recursos, antes de
implantar el proyecto.
CARACTERISTICASCARACTERISTICAS
Obligaciones De Los Intervinientes En Un Joint Venture.
Actuar en común, en tanto el propósito de los contratantes es la realización de un fin común,
para lo cuál deben participar conjuntamente en la gestión y administración del proyecto
compartido.
Contribuir al fondo común que representa el soporte económico de para la realización de la
gestión.
Respetar el sistema pactado y acordado para el uso en común de los bienes y servicios,
propios y conjuntos, destinados a la operación.
Cada una de las partes es un representante natural de las demás, en todo aquello
razonablemente vinculado a la operación conjunta.
Beneficios De Implementar Un Joint Venture.
Tener la posibilidad de aumentar tus ventajas competitivas.
Abarcarías nuevos mercados, lo que aumentaría tus ventas y tus ganancias.
Extender el número de clientes.
Ahorrar dinero compartiendo costos de operación.
Ahorrar dinero compartiendo costos de publicidad y marketing.
Ahorrar tiempo, compartiendo carga de trabajo.
Compartir recursos que te serían imposible utilizar actuando solo.
Ofrecer a tus clientes nuevos productos y servicios.
Servirse del know how y manejar mayor información.
Ganar nuevos asociados de negocio
CARACTERISTICASCARACTERISTICAS
Obligaciones De Los Intervinientes En Un Joint Venture.
Actuar en común, en tanto el propósito de los contratantes es la realización de un fin común,
para lo cuál deben participar conjuntamente en la gestión y administración del proyecto
compartido.
Contribuir al fondo común que representa el soporte económico de para la realización de la
gestión.
Respetar el sistema pactado y acordado para el uso en común de los bienes y servicios,
propios y conjuntos, destinados a la operación.
Cada una de las partes es un representante natural de las demás, en todo aquello
razonablemente vinculado a la operación conjunta.
Beneficios De Implementar Un Joint Venture.
Tener la posibilidad de aumentar tus ventajas competitivas.
Abarcarías nuevos mercados, lo que aumentaría tus ventas y tus ganancias.
Extender el número de clientes.
Ahorrar dinero compartiendo costos de operación.
Ahorrar dinero compartiendo costos de publicidad y marketing.
Ahorrar tiempo, compartiendo carga de trabajo.
Compartir recursos que te serían imposible utilizar actuando solo.
Ofrecer a tus clientes nuevos productos y servicios.
Servirse del know how y manejar mayor información.
Ganar nuevos asociados de negocio
TRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL OTRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL O
COMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIASCOMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIAS
TRATAMIENTO EN EL PERU.
FIGUEROA BUSTAMANTE señala que los contratos de colaboración empresarial son celebrados por
empresas especializadas en una determinada actividad, que cooperan con otras para optimizar la
producción. Representan acuerdos contractuales de coordinación establecidas entre personas o sociedades
para llevar a cabo una obra pública o prestar un servicio.
Es una vinculación plurilateral, asociativa, intuitu personae, con una organización conjunta con unidad de
decisión.
Entre las modalidades de los contratos de colaboración empresarial tenemos al joint venture, que es una
agrupación no societaria, sino contractual de sociedades en operaciones civiles y comerciales, en que
existe la división del trabajo y de las responsabilidades.
Este contrato permite generar una relación jurídica destinada a explotar un negocio, proyecto en común
para desarrollar una actividad económica especifica por un tiempo determinado, sin constituir una sociedad
o persona jurídica, acordando los asociados aportar bienes materiales, asumir gastos, participar en las
utilidades, así como responder por las pérdidas en forma solidaria e ilimitada.
El joint venture permite la complementación de recursos financieros, conocimientos tecnológicos, equipos e
investigaciones, derechos de explotación, mercados de consumo, etc., para la realización de importantes y
complejos proyectos. Esta figura se aplica principalmente en el Perú en la privatización de empresas del
Estado y en la captación de inversión generada mediante la inversión extranjera y asegurando nuevos
mercados de exportación.
Debe recordarse que el Decreto Legislativo 662 que establece las normas fundamentales sobre estabilidad
jurídica a las inversiones extranjeras, contempla entre sus modalidades promotoras al joint venture.
Asimismo, tiene una regulación especial en la Ley General de Minería.
Esta estrategia de colaboración empresarial debiera emplearse por los gobiernos regionales y locales en la
construcción y modernización de puertos, aeropuertos, carreteras, considerando la austeridad de las
finanzas públicas nacionales que obliga a la adopción de fórmulas más creativas que el permanente
reclamo de transferencias presupuestales al tesoro público.
TRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL OTRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL O
COMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIASCOMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIAS
DERECHO COMPARADO.
CUBA.
La Ley NO. 77 de 1995, de la Inversión Extranjera en su artículo 2 a) reconoce dos modalidades o
especies de asociación económica internacional : las empresas mixtas y los contratos de asociación
económica internacional, los cuales prefieren denominar asociaciones de carácter contractual.
El contrato no es más que el medio o instrumento jurídico para producir eficazmente la asociación
económica, es decir, para la existencia y validez de la misma y del cual se deriven las obligaciones y
créditos que las partes acuerden.
En el propio artículo 2 de la mencionada ley , en su inciso g) define al Contrato de Asociación
Económica Internacional, como pacto o acuerdo entre uno o más inversionistas nacionales y uno o
más inversionistas extranjeros para realizar conjuntamente actos propios de una asociación
económica internacional, aunque sin constituir persona distinta a las partes.
Por su parte, el citado artículo en el apartado i) establece la empresa mixta, como compañía mercantil
cubana que adopta la forma de sociedad anónima por acciones nominativas, en la que participan
como accionistas uno o más inversionistas nacionales y uno o más inversionistas extranjeros.
En la instrumentación jurídica de la empresa mixta , atendiendo a que esta crea una nueva persona
jurídica, la fórmula más utilizada es la de constituir una sociedad anónima o sociedad por acciones , y
para ello se utilizan jurídicamente medios como el convenio de asociación , el acta de constitución de
la sociedad o escritura social y los estatutos ( by laws) o reglas que rigen la sociedad. Se dispone en
la ley que las restantes formas de asociación económica se instrumentan mediante contratos de
asociación. Por lo tanto, el nombre de asociación contractual es perfectamente admisible, para los
restantes tipos de asociación que prevé la legislación . Cuba reserva la denominación del término
empresa mixta sólo para las que crean una nueva persona jurídica, o sea una sociedad anónima por
acciones , así comparte el criterio de la ONUDI.
TRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL OTRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL O
COMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIASCOMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIAS
DERECHO COMPARADO.
Para constituir una sociedad o sea, la creación de una persona jurídica diferente a la de los socios
que se unen indudablemente pasará por el camino de la relación jurídica y del contrato. En la
asociación por su parte los socios mediante contrato, se asocian para acometer o enfrentar
determinada actividad o empresa en común, sin que ello implique la formación de una sociedad.
La asociación contractual sirve como base, a futuras empresas mixtas, es como un período de
prueba que precede a la creación formal de la empresa más duradera en el tiempo y con estructura
diferente. Actualmente una de las formas más frecuentes y más utilizadas de estas asociaciones
contractuales son las Asociaciones de Empresas o Uniones Temporales de Empresas (U.T.E), o
sea, se unen dos o más empresas para acometer en común un negocio determinado, sin que para
ello tengan que emplear tiempo y recursos, constituyendo una sociedad mercantil.
En el Contrato de Asociación cada parte precisa los términos de la participación de cada socio, pues
en estos casos no se crea un capital social común, sino que determinan en qué forma participarán
en el negocio, así como la manera en que compartirán los riesgos y las utilidades, la aportación de
cada parte que incluye know how, tecnología de punta, capital en efectivo, maquinarias, equipos,
etc. Su instrumentación jurídica se puede hacer libremente, en él se pacta todo, por lo que sin lugar
a dudas exige una acabada elaboración jurídica. El contrato de asociación económica internacional,
no admite el cambio de partícipes a menos que medie el acuerdo de las partes y prescinde de la
previa autorización gubernamental que accedió a su creación, según lo dispuesto en el art.2
apartado b) de la Ley 77 que será otorgada por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, o la
Comisión del Gobierno. Se trata de proteger lo mejor posible el interés económico de la nación de
los perjuicios que pudieran derivarse, de ser previsibles, por determinados cambios propuestos o
acordados por los socios o las partes.
TRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL OTRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL O
COMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIASCOMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIAS
DERECHO COMPARADO.
La instrumentación jurídica de esta figura se articula mediante la escritura pública y
previo otorgamiento del convenio de asociación, en el que, las partes sientan las
bases fundamentales de la actividad que en conjunto iniciarán, entrando en vigor al
inscribirse en el Registro de la Cámara de Comercio de nuestro país.
La inclusión del Contrato de Asociación Económica Internacional en Cuba permite
una flexibilización en la construcción jurídica de las relaciones comerciales que por
su complejidad no pueden ser instrumentadas mediante la constitución de una
empresa mixta, pues ésta formula permite al unísono que las partes conserven su
personalidad jurídica frente a terceros.
En estos casos cualquiera de los asociados podrá responder ante terceros
( empleador o inversionista) por la obligación en su conjunto y estos tienen el
derecho de reclamar el cumplimiento de la misma a cualquiera de ellos, según
dispone el artículo número 14.3 de la Ley de la inversión extranjera ," la parte que
realiza un acto de gestión que beneficie a todas, es responsable frente a terceros
por el total, pero en la relación interna, cada una es responsable en la medida o en
la proporción prevista en el contrato"
PRINCIPALES PROBLEMASPRINCIPALES PROBLEMAS
ENCONTRADOSENCONTRADOS
LA NORMATIVALA NORMATIVA
DEMORAS, ENGORROSOSDEMORAS, ENGORROSOS
PROCESOSPROCESOS
INFRAESTRUCTURA INADECUADAINFRAESTRUCTURA INADECUADA
TRABAS EN EL FINANCIAMIENTOTRABAS EN EL FINANCIAMIENTO
LOCALLOCAL
SISTEMAS CONTABLESSISTEMAS CONTABLES
INADECUADOSINADECUADOS
LEYES DE COMPETENCIALEYES DE COMPETENCIA
METODOS TECNICOS INADECUADOSMETODOS TECNICOS INADECUADOS
PORQUE FALLAN ALGUNAS J.V.PORQUE FALLAN ALGUNAS J.V.
PRODUCTOS,PRODUCTOS,
TECNOLOGIAS O PLANTASTECNOLOGIAS O PLANTAS
OBSOLETASOBSOLETAS
INTERPRETACIONINTERPRETACION
ERRONEA DE LASERRONEA DE LAS
NECESIDADES DELNECESIDADES DEL
MERCADOMERCADO
ELEVACION DE COSTOSELEVACION DE COSTOS
CAMBIOS IMPREVISTOS ENCAMBIOS IMPREVISTOS EN
LA ECONOMIALA ECONOMIA
ACCIONESACCIONES
GUBERNAMENTALESGUBERNAMENTALES
PROBLEMAS INTERNOSPROBLEMAS INTERNOS
ENTRE SOCIOSENTRE SOCIOS
VENTAJAS Y/O BENEFICIOS ECONÓMICAS EN SU UTILIZACIÓNVENTAJAS Y/O BENEFICIOS ECONÓMICAS EN SU UTILIZACIÓN
Uno de los temas fundamentales es el relativo al aporte
y retribución de las partes que forman el joint venture.
Los beneficios y aportes tienen una dimensión temporal.
Varios de ellos se generan durante el contrato, sin
embargo, existen otros gastos e inversiones que se
hacen una sola vez, generalmente al principio.
Las utilidades no son recibidas en forma de dividendos
hasta que la operación del joint venture no demuestre
resultados positivos, lo que ocurre después de la
formación y puesta en marcha del negocio en común.
Las alianzas vienen en todo tipo de formas y colores.
Una firma necesita de otra porque esta última tiene
tecnología de punta. Una tercera busca a otra porque
tienen acceso a créditos a tasas ventajosas. Tengo un
cliente y la buena pro pero sin el apoyo de un operador
no puedo llevar a cabo el proyecto que implica
concesión y repago con la misma obra.
Sea por aspectos tecnológicos, financieros, políticos, de
mercado las alianzas son cada vez más frecuentes. No
hay proyecto en el mundo que involucre ingentes
cantidades de inversión que no sea desarrollado por
consorcios que unen esfuerzos para llevarlo a cabo
VENTAJAS DE UNA JOINT VENTUREVENTAJAS DE UNA JOINT VENTURE
DESDE EL PUNTODESDE EL PUNTO
DE VISTA DE LOSDE VISTA DE LOS
SOCIOSSOCIOS
PARA EL PAISPARA EL PAIS
RECEPTOR DE LARECEPTOR DE LA
JOINT VENTUREJOINT VENTURE
PARA EL SOCIO LOCALPARA EL SOCIO LOCAL
CAPITAL EXTRANJEROCAPITAL EXTRANJERO
FINANCIAMIENTOFINANCIAMIENTO
EXTRANJEROEXTRANJERO
TECNOLOGIA YTECNOLOGIA Y
MARCASMARCAS
EXTRANJERASEXTRANJERAS
MERCADOS DEMERCADOS DE
EXPORTACIONEXPORTACION
EXPERICIA DEEXPERICIA DE
MANAGEMENT.MANAGEMENT.
PARA EL SOCIO EXTRANJEROPARA EL SOCIO EXTRANJERO
CAPITAL LOCALCAPITAL LOCAL
FINANCIAMIENTO LOCALFINANCIAMIENTO LOCAL
MANAGEMENT LOCALMANAGEMENT LOCAL
MANO DE OBRA DE BAJOMANO DE OBRA DE BAJO
COSTOCOSTO
INFRAESTRUCTURA DEINFRAESTRUCTURA DE
PLANTAPLANTA
CONTACTOS ECONTACTOS E
INFLUENCIASINFLUENCIAS
APROBACIONESAPROBACIONES
GUBERNAMENTALESGUBERNAMENTALES
PARA EL PAIS RECEPTOR DE LA JOINTPARA EL PAIS RECEPTOR DE LA JOINT
VENTUREVENTURE
PRODUCTIVIDAD YPRODUCTIVIDAD Y
EMPLEOEMPLEO
TECNOLOGIATECNOLOGIA
,CONOCIMIENTO,CONOCIMIENTO
ADMINISTRACIONADMINISTRACION
CAPITAL EXTRANJEROCAPITAL EXTRANJERO
MERCADOMERCADO
INTERNACIONALINTERNACIONAL
EXPORTACIONESEXPORTACIONES
DIVISASDIVISAS
BASES PARA LA TOMA DEBASES PARA LA TOMA DE
DECISIONESDECISIONES
ELECCION DEL SOCIO ADECUADOELECCION DEL SOCIO ADECUADO
UBICACION DE LA INVERSIONUBICACION DE LA INVERSION
DETERMINACION DEL VOLUMEN DEDETERMINACION DEL VOLUMEN DE
INVERSIONINVERSION
SELECCIONAR FORMA PENETRACIONSELECCIONAR FORMA PENETRACION
DECISION DE INSERCION ENDECISION DE INSERCION EN
MERCADOS EXTERNOSMERCADOS EXTERNOS
COMO COMENZARCOMO COMENZAR
DETERMINAR CAPACIDADESDETERMINAR CAPACIDADES
DE LA EMPRESADE LA EMPRESA
DETERMINAR EXISTENCIA DEDETERMINAR EXISTENCIA DE
ACTIVOS CAPITALIZABLESACTIVOS CAPITALIZABLES
BUENA INFORMACIONBUENA INFORMACION
DISPONIBILIDAD DE TIEMPODISPONIBILIDAD DE TIEMPO
DESEO DE UTILIZARDESEO DE UTILIZAR
RECURSOS EN LARECURSOS EN LA
INVESTIGACIONINVESTIGACION
ASESORIA DEASESORIA DE
PROFESIONALESPROFESIONALES
ELECCION DEL PAISELECCION DEL PAIS
CONOCER LA LEGISLACION YCONOCER LA LEGISLACION Y
NORMAS COMERCIALESNORMAS COMERCIALES
POLITICAS Y NORMAS SOBREPOLITICAS Y NORMAS SOBRE
TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIASTRANSFERENCIA DE TECNOLOGIAS
Y MARCASY MARCAS
NORMAS SOBRE REGIMEN DENORMAS SOBRE REGIMEN DE
SOCIEDADESSOCIEDADES
ESTABILIDAD DEL GOBIERNOESTABILIDAD DEL GOBIERNO
POLITICA MONETARIA Y FISCALPOLITICA MONETARIA Y FISCAL
INDICES DE INFLACION,INDICES DE INFLACION,
CRECIMIENTO ECONOMICO YCRECIMIENTO ECONOMICO Y
ESTABILIDADESTABILIDAD
POLITICA LABORAL Y ORGANIZACION DE LA M.O.POLITICA LABORAL Y ORGANIZACION DE LA M.O.
PROTECCION DE PATENTES Y MARCAS REGISTRADASPROTECCION DE PATENTES Y MARCAS REGISTRADAS
DENSIDAD DEMOGRAFICADENSIDAD DEMOGRAFICA
P.I.B., INGRESO PERCAPITAP.I.B., INGRESO PERCAPITA
NIVEL DE DESARROLLO INDUSTRIAL Y ECONOMICONIVEL DE DESARROLLO INDUSTRIAL Y ECONOMICO
CODIGOS COMERCIALESCODIGOS COMERCIALES
NIVELES DE ALFABETISMO Y EDUCACIONNIVELES DE ALFABETISMO Y EDUCACION
CARACTERISTICAS RELIGIOSAS Y ETNICASCARACTERISTICAS RELIGIOSAS Y ETNICAS
IMPACTO DEL NACIONALISMO SOBRE CAMBIOS SOCIALES EIMPACTO DEL NACIONALISMO SOBRE CAMBIOS SOCIALES E
INSTITUCIONALESINSTITUCIONALES
TIPOS DE SOCIOSTIPOS DE SOCIOS
UNA FIRMA PRIVADA LOCALUNA FIRMA PRIVADA LOCAL
UN SOCIO PUBLICO LOCALUN SOCIO PUBLICO LOCAL
INSTITUCION FINANCIERAINSTITUCION FINANCIERA
INTERNACIONALINTERNACIONAL
UNA COMBINACION DE LASUNA COMBINACION DE LAS
ANTERIORESANTERIORES
RECOMENDACIONES PARARECOMENDACIONES PARA
ELEGIR AL SOCIOELEGIR AL SOCIO
ESTUDIAR SU POSICION FINANCIERAESTUDIAR SU POSICION FINANCIERA
REPUTACION Y RED COMERCIALREPUTACION Y RED COMERCIAL
POSIBILIDAD DE COMPARTIR SUSPOSIBILIDAD DE COMPARTIR SUS
INSTALACIONES PRODUCTIVASINSTALACIONES PRODUCTIVAS
NIVELES DE ACCESO Y CONTACTOS CON ELNIVELES DE ACCESO Y CONTACTOS CON EL
GOBIERNO LOCALGOBIERNO LOCAL
ANALIZAR SU POTENCIAL DE PRODUCCION,ANALIZAR SU POTENCIAL DE PRODUCCION,
PRESTACION DE SERVICIOSPRESTACION DE SERVICIOS
RECURSOS PARA APORTAR ARECURSOS PARA APORTAR A
UNA J. V.UNA J. V.
EL SOCIO LOCALEL SOCIO LOCAL
- RECURSOS NATURALES- RECURSOS NATURALES
- MANO DE OBRA BARATA- MANO DE OBRA BARATA
- PLANTAS INDUSTRIALES- PLANTAS INDUSTRIALES
MONTADASMONTADAS
- INFLUENCIAS Y CONTACTOS- INFLUENCIAS Y CONTACTOS
EL SOCIO EXTRANJERO
- CREDITOS
- EQUIPOS
- TECNOLOGIA
- MERCADOS
FINANCIAMIENTOFINANCIAMIENTO
DIVISAS DE LIBRE CONVERTIBILIDADDIVISAS DE LIBRE CONVERTIBILIDAD
MONEDA LOCALMONEDA LOCAL
CREDITOSCREDITOS
- SOCIO LOCAL: FUENTES LOCALES- SOCIO LOCAL: FUENTES LOCALES
- SOCIO EXTERNO: BANCA EXTRANJERA- SOCIO EXTERNO: BANCA EXTRANJERA
BIENES DE CAPITALBIENES DE CAPITAL
TERRENO, EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONESTERRENO, EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES
BIENES TERMINADOSBIENES TERMINADOS
RECURSOS NATURALESRECURSOS NATURALES
MANO DE OBRAMANO DE OBRA
TECNOLOGIATECNOLOGIA
REINVERSION DE UTILIDADESREINVERSION DE UTILIDADES
ACCESO A MERCADOS EXTERNOS E INTERNOSACCESO A MERCADOS EXTERNOS E INTERNOS
ENTORNO DEL PAISENTORNO DEL PAIS
RED DE PROVEEDORES E INFLUENCIAS LOCALESRED DE PROVEEDORES E INFLUENCIAS LOCALES
• El Joint Venture es un mecanismo de solución óptima para penetración a
nuevos mercados, cuando no se cuenta con los recursos suficientes.
• La implementación de este mecanismo ofrece muchas ventajas, para el
aprovechamiento de los recursos.
• Es una herramienta que por medio del trabajo colectivo garantiza mayor
seguridad, en la ejecución de un proyecto.
• Se puede ampliar los conocimientos e implementar procesos más
avanzados, que permiten economizar tiempo y dinero.
• Los Joint Ventures son acuerdos que a diferencia de otros contratos
corporativos, requieren de un especial cuidado en su redacción en lo
referente a las metas y expectativas de los socios.
• Este tipo de contratos son una mezcla de diferentes convenios y
contratos de muy diversas ramas, pero todo esto englobado en lo que se
conoce como Derecho Corporativo.
• Si el Joint Venture es estructurado de manera correcta, los que suscriben
dicho documento negociaran en una base equitativa y justa, lo que
puede redituar a ambos en grandes beneficios
CONCLUSIONES
• El Joint Venture es una forma asociativa que no requiere la
creación de un sujeto de derecho. Nació libre, no sujeto a
una forma reglada, es parte de la maravillosa tradición
creativa del "common law", de la institución creada por la
autonomía de la voluntad y reconocida en derecho por el
juez legislador del common law.
• No existe estadística ni estudios de Joint Venture en el Perú.
Lo que dificulta el aprovechamiento de las ventajas
comparativas y la maximización de las oportunidades del
mercado.
• Los Joint Venture responden mejor y más eficazmente a los
contextos micro y macro económicos actuales y de futuro
(asumiendo las tendencias mundiales y nacional actual). Por
lo tanto, la constitución de Joint Venture en el Perú es
limitada, en primer lugar por el desconocimiento o falta de
visión competitiva del empresariado nacional
CONCLUSIONES
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Trabajo derecho civil ii

  • 1. ESCUELA DE POSTGRADO MAESTRIA EN DERECHO MENCIÓN DERECHO CIVIL Y COMERCIAL UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO
  • 2. INTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓN Los Joint Venture son dentro de esta concepción, una forma de alianza estratégica que se ha manifestado con total pujanza en el Perú en los "procesos de privatización", lo que en su casi totalidad se concretaron por medio de empresas regularmente constituidas en el país; pero la realidad económica y jurídica es que dichas empresas se han alimentado de acuerdos de Joint Venture, que presentan los caracteres de una alianza contractual y temporaria concreta, en la que los inversores extranjeros han buscado alianzas con capitales nacionales para tomar participaciones en mercados hasta ahora desconocidos. Esas mismas posibilidades se abren frente al desafío que mediante el TLC están por concretarse. Al respecto, de estas negociaciones existe una ironía que al final termina por manifestarse (así lo manifiesta el alemán Wirth), «los Joint Venture son una operación en que el extranjero aporta su dinero y el socio local su conocimiento del país, y al cabo de algunos años resulta que el socio local detenta el dinero y extranjero ha aprendido a conocer el País».
  • 4. JOINT VENTUREJOINT VENTURE ETIMOLOGICAMENTE SIGNIFICA UNA AVENTURAETIMOLOGICAMENTE SIGNIFICA UNA AVENTURA CONJUNTA.CONJUNTA. GENERICAMENTE ES EL MECANISMO DEGENERICAMENTE ES EL MECANISMO DE PENETRACION DE MERCADOS O INVERSIONPENETRACION DE MERCADOS O INVERSION INTERNACIONAL.INTERNACIONAL. TAMBIEN SE PUEDE DEFINIR COMO UNATAMBIEN SE PUEDE DEFINIR COMO UNA MODALIDAD APTA PARA LA CAPTACION DEMODALIDAD APTA PARA LA CAPTACION DE SOCIOS EXTERNOS EN PROYECTOS LOCALESSOCIOS EXTERNOS EN PROYECTOS LOCALES
  • 5. DEFINICIONES:DEFINICIONES: El Joint Venture, es también conocido como empresa deEl Joint Venture, es también conocido como empresa de riesgo compartido, empresa con participación, empresariesgo compartido, empresa con participación, empresa conjunta o co-inversión de riesgo.conjunta o co-inversión de riesgo. Es una forma de cooperación empresarial en un contextoEs una forma de cooperación empresarial en un contexto competitivo que actúa como una "asociación empresarialcompetitivo que actúa como una "asociación empresarial estratégica" entre dos o más empresas nacionales y/oestratégica" entre dos o más empresas nacionales y/o extranjeras, que mediante la integración, interacción yextranjeras, que mediante la integración, interacción y complementariedad de sus actividades y recursos buscancomplementariedad de sus actividades y recursos buscan alcanzar propósitos comunes.alcanzar propósitos comunes. Es una forma de cooperación empresarial en un contextoEs una forma de cooperación empresarial en un contexto competitivo que actúa como una "asociación empresarialcompetitivo que actúa como una "asociación empresarial estratégica" entre dos o más empresas nacionales y/oestratégica" entre dos o más empresas nacionales y/o extranjeras, que mediante la integración, interacción yextranjeras, que mediante la integración, interacción y complementariedad de sus actividades y recursos buscancomplementariedad de sus actividades y recursos buscan alcanzar propósitos comunesalcanzar propósitos comunes
  • 6. NATURALEZA JURÍDICA:NATURALEZA JURÍDICA: Las joint venture reciben en la doctrina diferentes denominaciones, se conocen como:Las joint venture reciben en la doctrina diferentes denominaciones, se conocen como: empresas mixtas, sociedades mixtas, empresas conjuntas, negocios conjuntos,empresas mixtas, sociedades mixtas, empresas conjuntas, negocios conjuntos, asociaciones económicas internacionales y otras.asociaciones económicas internacionales y otras. Con relación a este tema, han existido diferencias de criterios en cuanto al concepto.Con relación a este tema, han existido diferencias de criterios en cuanto al concepto. Para el CONGRESO FLAMENCO DE CIENCIAS ECONÓMICAS " Una joint venturePara el CONGRESO FLAMENCO DE CIENCIAS ECONÓMICAS " Una joint venture o sociedad mixta es como una forma de colaboración con reparto de los riesgos y delo sociedad mixta es como una forma de colaboración con reparto de los riesgos y del control entre dos o varias personas o unidades económicas"control entre dos o varias personas o unidades económicas" En nuestro país se utilizan bajo la denominación de empresas mixtas, las que seEn nuestro país se utilizan bajo la denominación de empresas mixtas, las que se diferencian de las demás modalidades que pueden adoptar la sociedad mercantildiferencian de las demás modalidades que pueden adoptar la sociedad mercantil común.común. Entre los rasgos que las distinguen podemos señalar: la presencia de dos o másEntre los rasgos que las distinguen podemos señalar: la presencia de dos o más socios de diferentes países, acción conjunta de los socios, objetivo determinado,socios de diferentes países, acción conjunta de los socios, objetivo determinado, participación en la contribución, en los riesgos, beneficios y en el control financiero,participación en la contribución, en los riesgos, beneficios y en el control financiero, transferencia de tecnología, agilidad y flexibilidad en la forma para adaptarse a lostransferencia de tecnología, agilidad y flexibilidad en la forma para adaptarse a los requerimientos de la legislación.requerimientos de la legislación. Actualmente se conocen en el mundo dos clases fundamentales de estasActualmente se conocen en el mundo dos clases fundamentales de estas asociaciones económicas: la asociación contractual y la empresa mixta como tal.asociaciones económicas: la asociación contractual y la empresa mixta como tal. A pesar de que el contrato de asociación económica internacional no crea una nuevaA pesar de que el contrato de asociación económica internacional no crea una nueva persona jurídica, en la doctrina actual se le reconoce como joint venture o empresapersona jurídica, en la doctrina actual se le reconoce como joint venture o empresa mixta.mixta.
  • 7. SUJETOS CONTRATANTES Y OBLIGACIONES QUE ASUMEN:SUJETOS CONTRATANTES Y OBLIGACIONES QUE ASUMEN: Por el tipo de contrato o acuerdos de las partesPor el tipo de contrato o acuerdos de las partes 1. Para proyectos manufactureros.1. Para proyectos manufactureros. 2. Para las industrias extractivas.2. Para las industrias extractivas. 3. Para la industria de la construcción.3. Para la industria de la construcción. 4. Para proyectos comerciales.4. Para proyectos comerciales. 5. Para investigación y desarrollo.5. Para investigación y desarrollo. 6. Para actividades financieras.6. Para actividades financieras. 7. Para prestación de servicios.7. Para prestación de servicios. 8. Para actividades de turismo.8. Para actividades de turismo. 9. Para actividades agropecuarias y agroindustriales.9. Para actividades agropecuarias y agroindustriales. 10.Otros10.Otros
  • 8. SUJETOS CONTRATANTES Y OBLIGACIONES QUE ASUMEN:SUJETOS CONTRATANTES Y OBLIGACIONES QUE ASUMEN: Por el rol o desempeño de los sociosPor el rol o desempeño de los socios 1.1.Joint Venture con un Socio Dominante: SignificaJoint Venture con un Socio Dominante: Significa que elque el emprendimiento está básicamente controlado o dominado por elemprendimiento está básicamente controlado o dominado por el socio, que juega un rol activo, mientras que el otro socio tienesocio, que juega un rol activo, mientras que el otro socio tiene un rol pasivo.un rol pasivo. 2.2.Joint Venture de Administración y Operación Compartida:Joint Venture de Administración y Operación Compartida: Significa que ambos socios juegan un rol activo en laSignifica que ambos socios juegan un rol activo en la administración y gerenciamiento de la empresa.administración y gerenciamiento de la empresa. 3.3.Joint Venture Independientes: Significa que ninguno de losJoint Venture Independientes: Significa que ninguno de los socios juega un rol activo. El papel fundamental en el procesosocios juega un rol activo. El papel fundamental en el proceso de toma de decisiones, y en la administración y operación de lade toma de decisiones, y en la administración y operación de la empresa o el proyecto, recae en manos de un gerente general,empresa o el proyecto, recae en manos de un gerente general, que habitualmente no proviene de ninguno de los sociosque habitualmente no proviene de ninguno de los socios
  • 9. OBJETO DEL CONTRATOOBJETO DEL CONTRATO El joint venture o contrato de riesgo compartido es una figura jurídica utilizada en el mundo empresarial para enfrentar obligaciones civiles y comerciales diversas. Se presenta cuando dos o más empresas se unen para un determinado requerimiento u obra o para la prestación de un servicio y en general cualquier actividad que implique efectuar inversiones o actividades con fines muy amplios, a un plazo determinado, que puede ser corto, mediano o largo de acuerdo a las características del negocio; y que además implica una serie de operaciones que incluyen la integración del capital que se invierte, know how y colocación en los mercados
  • 10. ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ CLÁUSULA DE PROPÓSITO Y ALCANCE DEL JOINT VENTURE. En el proceso de creación de un contrato de Joint Venture los socios necesitan describir el propósito y las metas de su Joint Venture así como su alcance. La descripción debe ser lo suficientemente amplia para permitir un crecimiento del Joint Venture, pero lo suficientemente clara y precisa, para que los contratantes estén de acuerdo en los propósitos y metas de esta nueva empresa. La finalidad de establecer esta cláusula es el poder guiar las acciones futuras de los socios con respecto a la empresa, y darles una base clara a los socios para poder medir el desempeño del Joint Venture, y ayudarlos a determinar si la empresa sigue su rumbo original o si se está desviando de los propósitos o metas originalmente pactados. Otra de las finalidades de esta cláusula es también la de poder distinguir entre el trabajo del Joint Venture y las actividades que los socios realizan en sus empresas de manera independiente, lo que ayudará en un futuro a los socios evitando probables disputas en lo que a sus empresas se refiere. El propósito de la creación de un Joint Venture no debe ser el propiciar una división de mercados, o el establecimiento de algún monopolio, ya que se incurriría en un hecho ilícito, sino por el contrario, este debe ser un propósito netamente comercial. En los acuerdos preliminares, los contratantes deben establecer que por medio de la nueva empresa, ellos van a aportar recursos, productos y tecnología, a un mercado el cual en respuesta a esto los ayudará a comercializar los productos de sus propias empresas, fuera del Joint Venture.
  • 11. ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ FIRMA Y CONDICIONES DE LA FIRMA DEL CONTRATO DE JOINTFIRMA Y CONDICIONES DE LA FIRMA DEL CONTRATO DE JOINT VENTUREVENTURE.. Aunque los contratantes pueden firmar un contrato de Joint Venture, sin elAunque los contratantes pueden firmar un contrato de Joint Venture, sin el establecimiento de ninguna formalidad, por lo general se establecenestablecimiento de ninguna formalidad, por lo general se establecen dentro de los acuerdos preliminares las cláusulas relativas a lasdentro de los acuerdos preliminares las cláusulas relativas a las condiciones para la firma del mismo, lo cual implica el periodo decondiciones para la firma del mismo, lo cual implica el periodo de negociación, la creación de los diversos documentos colaterales, elnegociación, la creación de los diversos documentos colaterales, el establecimiento de las políticas de operación de la empresa, lo relativo aestablecimiento de las políticas de operación de la empresa, lo relativo a las contribuciones de parte de cada uno de los contratantes, etc.las contribuciones de parte de cada uno de los contratantes, etc. Los acuerdos colaterales o auxiliares, reglamentan las relaciones entre losLos acuerdos colaterales o auxiliares, reglamentan las relaciones entre los contratantes y el Joint Venture, es decir, establecen todos los puntoscontratantes y el Joint Venture, es decir, establecen todos los puntos relacionados con las aportaciones de cada uno de los socios, las normasrelacionados con las aportaciones de cada uno de los socios, las normas de operación de la nueva empresa, y todos los demás aspectos relativos ade operación de la nueva empresa, y todos los demás aspectos relativos a la misma.la misma.
  • 12. ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ DOCUMENTOS AUXILIARES O COLATERALES AL CONTRATO DE JOINT VENTURE Dentro de los acuerdos auxiliares o colaterales tenemos: Convenio de Administración y Dirección: En este convenio se establece todo lo relativo a la administración y dirección de la empresa, así como cual de los socios va ser directamente responsable de la misma, los gastos que esta misma origina, la forma de cubrirlos, y en general da un panorama muy amplio acerca de como y quien debe y puede administrar y dirigir a la empresa. Contratos de Transferencia de Tecnología: Estos se crean con la finalidad de regular las aportaciones de los socios en materia de tecnología, y en el caso de que alguno de los socios (quien aportara la tecnología), quisiera tener control sobre el destino de la misma, se establece lo relativo a cómo y cuando se va a dar esa tecnología, al igual que si se va a otorgar una licencia para el uso de la misma o si se va a transmitir la propiedad de esta al Joint Venture. Todo esto con la finalidad de proteger a quien aporta la tecnología en el caso de que el Joint Venture llegase a fallar. Convenios acerca del mercadeo y la distribución: En estos convenios se establece precisamente la forma en que se van a distribuir los productos o servicios y si estos van a ser exclusivamente los que produzca u ofrezca el Joint Venture o si se van a incluir los productos o servicios que fabrique o vendan las empresas contratantes. Acuerdo acerca del uso de marcas y patentes: Se establecen claramente los derechos de cada uno de los contratantes por separado y del Joint Venture, en lo relativo al uso de marcas o patentes, para la comercialización de sus productos y en el caso de disolución o terminación de la misma, a quien correspondería la propiedad de dichas marcas o patentes o derechos
  • 13. ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ APORTACIONES DE CAPITAL Y CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA. La forma de constitución de la Sociedad depende de muchos factores, como el considerar si esta se pudiera convertir algún día en una empresa publica, como planean los socios beneficiarse con las utilidades de la empresa, la forma que más les convenga para cuestiones Fiscales, etc. En sí la sociedad se puede constituir de cualquiera de las formas previstas en la legislación mercantil del país en el que se vayan a constituir, como podría ser una Sociedad Anónima, una Sociedad de Responsabilidad Limitada o cualquier otro tipo de sociedad previsto por la ley. En sí la manera en que la Sociedad se va a constituir les brinda a los socios un marco acerca de las reglas que van a regir a la sociedad, la manera en que se van a distribuir las ganancias, y su responsabilidad dentro de la misma. Es de suma importancia que el Joint Venture cuente con un capital suficiente para poder asegurar a los consumidores, terceros y a la empresa que estará en condiciones de cumplir con sus obligaciones en el momento que estas mismas se presenten. En algunos países la misma ley determina el monto de capital mínimo para la Constitución de la sociedad como en el nuestro, pero sin embargo es de suma importancia mencionar en el acta constitutiva el monto de las aportaciones de los socios, ya sean aportaciones en efectivo o en especie (tecnología, materia prima, inmuebles, etc.) En la mayoría de los casos, conforme transcurre el tiempo es necesario un aumento de capital en la empresa, el cual generalmente es efectuado mediante la adquisición de créditos o garantías. La mejor forma de manejar esta situación es mediante la formulación de un presupuesto anual de inversión formulado por los socios y en el cual ellos deben de estar de acuerdo. La formulación de este presupuesto de inversión forza a los socios a invertir en la empresa cuando menos anualmente, y por esta misma circunstancia a fijar su atención en el desempeño de la misma, para poder así determinar si el plan de negocios de la misma es correcto o de lo contrario poder formular nuevas estrategias
  • 14. ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ ADMINISTRACIÓN.ADMINISTRACIÓN. La administración de un Joint Venture tiene un interés fundamental para los socios, y en muchas ocasiones unLa administración de un Joint Venture tiene un interés fundamental para los socios, y en muchas ocasiones un desacuerdo en la forma de manejo de la misma puede llevar incluso a su disolución. Dentro del contrato de Jointdesacuerdo en la forma de manejo de la misma puede llevar incluso a su disolución. Dentro del contrato de Joint Venture se debe especificar lo referente a la administración de la empresa en tres formas:Venture se debe especificar lo referente a la administración de la empresa en tres formas: 1) Perfila los detalles administrativos del funcionamiento corporativo tales como auditorías, presupuestos y políticas1) Perfila los detalles administrativos del funcionamiento corporativo tales como auditorías, presupuestos y políticas del dividendo.del dividendo. 2) Todo lo referente al manual operativo que regula la forma en que todas las operaciones se llevan a cabo.2) Todo lo referente al manual operativo que regula la forma en que todas las operaciones se llevan a cabo. 3) Lo que se refiere a la estructura interna de la empresa, el organigrama de la misma describiendo las funciones y3) Lo que se refiere a la estructura interna de la empresa, el organigrama de la misma describiendo las funciones y autoridad de cada puesto.autoridad de cada puesto. Es importante destacar lo referente a la forma en la que la contabilidad de la empresa se va a manejar, ya que en laEs importante destacar lo referente a la forma en la que la contabilidad de la empresa se va a manejar, ya que en la mayoría de los casos, este tipo de contratos son firmados por empresas de 2 o más países, en los que obviamente lamayoría de los casos, este tipo de contratos son firmados por empresas de 2 o más países, en los que obviamente la ley les marca determinados requisitos para el manejo de su contabilidad, por lo que habrá que analizarley les marca determinados requisitos para el manejo de su contabilidad, por lo que habrá que analizar cuidadosamente este aspecto, y en el caso de ser necesario se llevará la contabilidad en tantas formas como seacuidadosamente este aspecto, y en el caso de ser necesario se llevará la contabilidad en tantas formas como sea exigido por las leyes de cada País.exigido por las leyes de cada País. En algunos casos se presenta la situación en que la administración de la empresa se encuentra en manos de unoEn algunos casos se presenta la situación en que la administración de la empresa se encuentra en manos de uno solo de los socios, en este caso dicho socio deberá de ser retribuido por su Trabajo.solo de los socios, en este caso dicho socio deberá de ser retribuido por su Trabajo. Los socios de común acuerdo deberán nombrar a determinadas personas para que constituyan la AdministraciónLos socios de común acuerdo deberán nombrar a determinadas personas para que constituyan la Administración Operativa, la cual se encarga de preparar el presupuesto anual, el presupuesto para la operación, presupuestos enOperativa, la cual se encarga de preparar el presupuesto anual, el presupuesto para la operación, presupuestos en relación al Capital, y todo lo referente al plan de operación.relación al Capital, y todo lo referente al plan de operación. Con la finalidad de brindar protección a los socios del Joint Venture, dentro de este contrato se determina que elCon la finalidad de brindar protección a los socios del Joint Venture, dentro de este contrato se determina que el Consejo de Dirección de la empresa, tomará decisiones respecto a los presupuestos anuales, empleados clave,Consejo de Dirección de la empresa, tomará decisiones respecto a los presupuestos anuales, empleados clave, desarrollo de productos y acuerdos en los que medien pagos que excedan de un mínimo establecido por los socios.desarrollo de productos y acuerdos en los que medien pagos que excedan de un mínimo establecido por los socios. Estas decisiones deberán de ser unánimes, y deberán estar presentes todos los miembros del Consejo de Dirección.Estas decisiones deberán de ser unánimes, y deberán estar presentes todos los miembros del Consejo de Dirección. Cabe mencionar que los miembros de este Consejo, son nombrados dentro del Contrato de Joint Venture, yCabe mencionar que los miembros de este Consejo, son nombrados dentro del Contrato de Joint Venture, y normalmente el numero de miembros es en relación al número de socios, teniendo una participación proporcional ennormalmente el numero de miembros es en relación al número de socios, teniendo una participación proporcional en las decisiones de la empresa. Pero recordemos que como se mencionó al inicio de este Trabajo, no hay contratos delas decisiones de la empresa. Pero recordemos que como se mencionó al inicio de este Trabajo, no hay contratos de Joint Venture que sean iguales, ya que son el resultado de un proceso de negociación entre las partesJoint Venture que sean iguales, ya que son el resultado de un proceso de negociación entre las partes
  • 15. ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ REQUERIMIENTOS LEGALES.REQUERIMIENTOS LEGALES. Sabemos que cada país tiene normas distintas y específicas en relación a los actos deSabemos que cada país tiene normas distintas y específicas en relación a los actos de comercio, la inversión extranjera y la Constitución de las sociedades, razón por la cual en elcomercio, la inversión extranjera y la Constitución de las sociedades, razón por la cual en el contrato de Joint Venture y en los documentos colaterales, después de un minucioso estudiocontrato de Joint Venture y en los documentos colaterales, después de un minucioso estudio se tiene que establecer todos los preceptos aplicables al caso concreto, de manera que todosse tiene que establecer todos los preceptos aplicables al caso concreto, de manera que todos los requisitos legales se cumplan y la Constitución de la Sociedad y el Joint Venture seanlos requisitos legales se cumplan y la Constitución de la Sociedad y el Joint Venture sean válidos.válidos. 7.- DERECHOS SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.7.- DERECHOS SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. Es sumamente importante que dentro del contrato se estipule lo relativo a el uso de laEs sumamente importante que dentro del contrato se estipule lo relativo a el uso de la tecnología o acerca del desarrollo de la misma.tecnología o acerca del desarrollo de la misma. Normalmente en el caso de que uno de los socios sea quien aporte la tecnología, el será quienNormalmente en el caso de que uno de los socios sea quien aporte la tecnología, el será quien propondrá la forma en que esta se va a utilizar, es decir la forma en que se van a concederpropondrá la forma en que esta se va a utilizar, es decir la forma en que se van a conceder licencias para permitir el uso de esa tecnología, claro esta que el es quien propone, pero el olicencias para permitir el uso de esa tecnología, claro esta que el es quien propone, pero el o los demás socios deberán de estar de acuerdo en la forma en que esta situación se va alos demás socios deberán de estar de acuerdo en la forma en que esta situación se va a manejar, al igual que el establecimiento de las normas a seguir si el Joint Venture llegase amanejar, al igual que el establecimiento de las normas a seguir si el Joint Venture llegase a fracasar, es decir quién sería el que se quedaría con las licencias o si estas mismas deberánfracasar, es decir quién sería el que se quedaría con las licencias o si estas mismas deberán regresar al socio que las otorgó. Es necesario mencionar que la mayor parte de lo referente aregresar al socio que las otorgó. Es necesario mencionar que la mayor parte de lo referente a licencias de tecnología se establecerá en documentos colaterales como los convenios delicencias de tecnología se establecerá en documentos colaterales como los convenios de distribución, etc.distribución, etc. En los casos en los que se trata de asuntos relacionados con el desarrollo de tecnología, seEn los casos en los que se trata de asuntos relacionados con el desarrollo de tecnología, se tiene que pactar la forma en que esta tecnología será registrada, a nombre del Joint Venture otiene que pactar la forma en que esta tecnología será registrada, a nombre del Joint Venture o a nombre de uno de los socios, y que pasaría en el caso de disolución de la Sociedad, si unoa nombre de uno de los socios, y que pasaría en el caso de disolución de la Sociedad, si uno de ellos se quedaría con los Derechos, o si los dividirían entre los socios o cualquier otra formade ellos se quedaría con los Derechos, o si los dividirían entre los socios o cualquier otra forma en que los socios hubiesen quedado de acuerdoen que los socios hubiesen quedado de acuerdo
  • 16. ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ REQUERIMIENTOS LEGALESREQUERIMIENTOS LEGALES.. Sabemos que cada país tiene normas distintas y específicas en relación a los actos deSabemos que cada país tiene normas distintas y específicas en relación a los actos de comercio, la inversión extranjera y la Constitución de las sociedades, razón por la cual en elcomercio, la inversión extranjera y la Constitución de las sociedades, razón por la cual en el contrato de Joint Venture y en los documentos colaterales, después de un minucioso estudiocontrato de Joint Venture y en los documentos colaterales, después de un minucioso estudio se tiene que establecer todos los preceptos aplicables al caso concreto, de manera que todosse tiene que establecer todos los preceptos aplicables al caso concreto, de manera que todos los requisitos legales se cumplan y la Constitución de la Sociedad y el Joint Venture seanlos requisitos legales se cumplan y la Constitución de la Sociedad y el Joint Venture sean válidos.válidos. DERECHOS SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIALDERECHOS SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.. Es sumamente importante que dentro del contrato se estipule lo relativo a el uso de laEs sumamente importante que dentro del contrato se estipule lo relativo a el uso de la tecnología o acerca del desarrollo de la misma.tecnología o acerca del desarrollo de la misma. Normalmente en el caso de que uno de los socios sea quien aporte la tecnología, el será quienNormalmente en el caso de que uno de los socios sea quien aporte la tecnología, el será quien propondrá la forma en que esta se va a utilizar, es decir la forma en que se van a concederpropondrá la forma en que esta se va a utilizar, es decir la forma en que se van a conceder licencias para permitir el uso de esa tecnología, claro esta que el es quien propone, pero el olicencias para permitir el uso de esa tecnología, claro esta que el es quien propone, pero el o los demás socios deberán de estar de acuerdo en la forma en que esta situación se va alos demás socios deberán de estar de acuerdo en la forma en que esta situación se va a manejar, al igual que el establecimiento de las normas a seguir si el Joint Venture llegase amanejar, al igual que el establecimiento de las normas a seguir si el Joint Venture llegase a fracasar, es decir quién sería el que se quedaría con las licencias o si estas mismas deberánfracasar, es decir quién sería el que se quedaría con las licencias o si estas mismas deberán regresar al socio que las otorgó. Es necesario mencionar que la mayor parte de lo referente aregresar al socio que las otorgó. Es necesario mencionar que la mayor parte de lo referente a licencias de tecnología se establecerá en documentos colaterales como los convenios delicencias de tecnología se establecerá en documentos colaterales como los convenios de distribución, etc.distribución, etc. En los casos en los que se trata de asuntos relacionados con el desarrollo de tecnología, seEn los casos en los que se trata de asuntos relacionados con el desarrollo de tecnología, se tiene que pactar la forma en que esta tecnología será registrada, a nombre del Joint Venture otiene que pactar la forma en que esta tecnología será registrada, a nombre del Joint Venture o a nombre de uno de los socios, y que pasaría en el caso de disolución de la Sociedad, si unoa nombre de uno de los socios, y que pasaría en el caso de disolución de la Sociedad, si uno de ellos se quedaría con los Derechos, o si los dividirían entre los socios o cualquier otra formade ellos se quedaría con los Derechos, o si los dividirían entre los socios o cualquier otra forma en que los socios hubiesen quedado de acuerdoen que los socios hubiesen quedado de acuerdo
  • 17. ELEMENTOS ESENCIALES PARA SU VALIDEZ CLAUSULAS RELATIVAS A IMPUESTOS.CLAUSULAS RELATIVAS A IMPUESTOS. Otra de las cláusulas que debe contener el contrato es la relativa al pago deOtra de las cláusulas que debe contener el contrato es la relativa al pago de impuestos, en donde se debe considerar, que cada país tiene sus propiasimpuestos, en donde se debe considerar, que cada país tiene sus propias normas en lo que a pago de impuestos se refiere, por lo que se deberánormas en lo que a pago de impuestos se refiere, por lo que se deberá establecer a cargo de quien corre la obligación de cubrir el pago deestablecer a cargo de quien corre la obligación de cubrir el pago de impuestos, si a uno de los socios, o a la empresa, y de que manera se hará.impuestos, si a uno de los socios, o a la empresa, y de que manera se hará. De la misma manera se debe establecer si se harán deducciones deDe la misma manera se debe establecer si se harán deducciones de impuestos a las ganancias de los socios antes o después de haberlasimpuestos a las ganancias de los socios antes o después de haberlas entregado, etc.entregado, etc. CLAUSULA DE MONEDA.CLAUSULA DE MONEDA. Se debe fijar en el contrato el tipo de moneda que se tomará como baseSe debe fijar en el contrato el tipo de moneda que se tomará como base para todas las transacciones referentes al Joint Venture, esto es con lapara todas las transacciones referentes al Joint Venture, esto es con la finalidad de brindar seguridad a los inversionistas y sobre todo a losfinalidad de brindar seguridad a los inversionistas y sobre todo a los extranjeros cuando el Joint Venture se realizará con un socio de un país enextranjeros cuando el Joint Venture se realizará con un socio de un país en donde el tipo de cambio puede variar en cualquier momentodonde el tipo de cambio puede variar en cualquier momento
  • 18. CARACTERISTICASCARACTERISTICAS Como ya lo hemos señalado es un acuerdo asociativo entre dos o más personas naturales o jurídicas, con un objetivo común, que se realiza por un tiempo determinado, sin implicar una entidad con personalidad jurídica propia. No obstante, la jurisprudencia ha ido definiendo las características propias de esta clase de asociaciones. Debido a que no implica ningún tipo de contrato, los socios deben ser responsables, en igualdad, por consecuencias positivas o negativas de la ejecución del proceso. Por consiguiente estas formas asociativas, son utilizadas en general, por empresas que tienen intereses en común, y que por presentar carencias o dificultades para lograr un fin específico, no pueden encarar individualmente el proyecto. Otra razón de peso sería que resolvieron que el trabajo compartido hace más eficiente el uso de los recursos. Los Joint Ventures son métodos muy conocidos en Estados Unidos y Canadá, para la expansión de negocios. Las grandes y las medianas corporaciones ya se están juntando, las pequeñas empresas también lo pueden hacer sobre unas mínimas bases formales. En Latinoamérica, sólo se están empezando a conocer e implantar formalmente. No existe ninguna regulación específica al respecto de los Joint Ventures. Los socios de un Joint Venture deben tener equidad, según un método de proposición cerrada que ellos mismos impongan. Las partes interesadas deben acogerse a los límites de un plan que ellos mismos implementen, estableciendo qué aportará cada uno al proyecto y qué esperan de la sociedad de Joint Venture. Arias, J. D (2003). Joint Venture Tesis para optar al título de Técnico Profesional en Ventas, SENA, Apartadó, Colombia
  • 19. CARACTERISTICASCARACTERISTICAS Cláusulas Para Crear Un Joint Venture. Definir el objetivo principal: Debe ser un objetivo del que todas las partes se van a ver beneficiadas. Presupuestar costos de inversión requeridos: Dinero Tiempo Especificar la contribución de las partes: Recursos físicos. Recursos financieros. Recursos tecnológicos. Talento humano. Detallar los procesos administrativos y control de la operación. ¿Quién dirige qué...? ¿Quién es responsable por...? Precisar informaciones confidenciales: En todo tipo de negocio hay informaciones que no las pude conocer nadie más. Resolver requisitos de seguros: es necesario tener todos los seguros al día, para evitar pérdidas monetarias, también para evitar posibles demandas legales por algún evento realizado indebidamente o sin el debido permiso. Planes de emergencia: Siempre hay que prever situaciones e idear planes de contingencia. Idioma: : la mayoría de las veces que se hace este tipo de acuerdo es entre empresas que se encuentra en diferentes países Medios de comunicación: Debe definirse cuáles serán los medio de comunicación para evitar desvíos de información. Limitar la distribución económica de los resultados: El dinero es y seguirá siendo la mayor causa de problemas en el mundo, es por eso que es necesario destinar el porcentaje de los recursos, antes de implantar el proyecto.
  • 20. CARACTERISTICASCARACTERISTICAS Obligaciones De Los Intervinientes En Un Joint Venture. Actuar en común, en tanto el propósito de los contratantes es la realización de un fin común, para lo cuál deben participar conjuntamente en la gestión y administración del proyecto compartido. Contribuir al fondo común que representa el soporte económico de para la realización de la gestión. Respetar el sistema pactado y acordado para el uso en común de los bienes y servicios, propios y conjuntos, destinados a la operación. Cada una de las partes es un representante natural de las demás, en todo aquello razonablemente vinculado a la operación conjunta. Beneficios De Implementar Un Joint Venture. Tener la posibilidad de aumentar tus ventajas competitivas. Abarcarías nuevos mercados, lo que aumentaría tus ventas y tus ganancias. Extender el número de clientes. Ahorrar dinero compartiendo costos de operación. Ahorrar dinero compartiendo costos de publicidad y marketing. Ahorrar tiempo, compartiendo carga de trabajo. Compartir recursos que te serían imposible utilizar actuando solo. Ofrecer a tus clientes nuevos productos y servicios. Servirse del know how y manejar mayor información. Ganar nuevos asociados de negocio
  • 21. CARACTERISTICASCARACTERISTICAS Obligaciones De Los Intervinientes En Un Joint Venture. Actuar en común, en tanto el propósito de los contratantes es la realización de un fin común, para lo cuál deben participar conjuntamente en la gestión y administración del proyecto compartido. Contribuir al fondo común que representa el soporte económico de para la realización de la gestión. Respetar el sistema pactado y acordado para el uso en común de los bienes y servicios, propios y conjuntos, destinados a la operación. Cada una de las partes es un representante natural de las demás, en todo aquello razonablemente vinculado a la operación conjunta. Beneficios De Implementar Un Joint Venture. Tener la posibilidad de aumentar tus ventajas competitivas. Abarcarías nuevos mercados, lo que aumentaría tus ventas y tus ganancias. Extender el número de clientes. Ahorrar dinero compartiendo costos de operación. Ahorrar dinero compartiendo costos de publicidad y marketing. Ahorrar tiempo, compartiendo carga de trabajo. Compartir recursos que te serían imposible utilizar actuando solo. Ofrecer a tus clientes nuevos productos y servicios. Servirse del know how y manejar mayor información. Ganar nuevos asociados de negocio
  • 22. TRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL OTRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL O COMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIASCOMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIAS TRATAMIENTO EN EL PERU. FIGUEROA BUSTAMANTE señala que los contratos de colaboración empresarial son celebrados por empresas especializadas en una determinada actividad, que cooperan con otras para optimizar la producción. Representan acuerdos contractuales de coordinación establecidas entre personas o sociedades para llevar a cabo una obra pública o prestar un servicio. Es una vinculación plurilateral, asociativa, intuitu personae, con una organización conjunta con unidad de decisión. Entre las modalidades de los contratos de colaboración empresarial tenemos al joint venture, que es una agrupación no societaria, sino contractual de sociedades en operaciones civiles y comerciales, en que existe la división del trabajo y de las responsabilidades. Este contrato permite generar una relación jurídica destinada a explotar un negocio, proyecto en común para desarrollar una actividad económica especifica por un tiempo determinado, sin constituir una sociedad o persona jurídica, acordando los asociados aportar bienes materiales, asumir gastos, participar en las utilidades, así como responder por las pérdidas en forma solidaria e ilimitada. El joint venture permite la complementación de recursos financieros, conocimientos tecnológicos, equipos e investigaciones, derechos de explotación, mercados de consumo, etc., para la realización de importantes y complejos proyectos. Esta figura se aplica principalmente en el Perú en la privatización de empresas del Estado y en la captación de inversión generada mediante la inversión extranjera y asegurando nuevos mercados de exportación. Debe recordarse que el Decreto Legislativo 662 que establece las normas fundamentales sobre estabilidad jurídica a las inversiones extranjeras, contempla entre sus modalidades promotoras al joint venture. Asimismo, tiene una regulación especial en la Ley General de Minería. Esta estrategia de colaboración empresarial debiera emplearse por los gobiernos regionales y locales en la construcción y modernización de puertos, aeropuertos, carreteras, considerando la austeridad de las finanzas públicas nacionales que obliga a la adopción de fórmulas más creativas que el permanente reclamo de transferencias presupuestales al tesoro público.
  • 23. TRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL OTRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL O COMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIASCOMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIAS DERECHO COMPARADO. CUBA. La Ley NO. 77 de 1995, de la Inversión Extranjera en su artículo 2 a) reconoce dos modalidades o especies de asociación económica internacional : las empresas mixtas y los contratos de asociación económica internacional, los cuales prefieren denominar asociaciones de carácter contractual. El contrato no es más que el medio o instrumento jurídico para producir eficazmente la asociación económica, es decir, para la existencia y validez de la misma y del cual se deriven las obligaciones y créditos que las partes acuerden. En el propio artículo 2 de la mencionada ley , en su inciso g) define al Contrato de Asociación Económica Internacional, como pacto o acuerdo entre uno o más inversionistas nacionales y uno o más inversionistas extranjeros para realizar conjuntamente actos propios de una asociación económica internacional, aunque sin constituir persona distinta a las partes. Por su parte, el citado artículo en el apartado i) establece la empresa mixta, como compañía mercantil cubana que adopta la forma de sociedad anónima por acciones nominativas, en la que participan como accionistas uno o más inversionistas nacionales y uno o más inversionistas extranjeros. En la instrumentación jurídica de la empresa mixta , atendiendo a que esta crea una nueva persona jurídica, la fórmula más utilizada es la de constituir una sociedad anónima o sociedad por acciones , y para ello se utilizan jurídicamente medios como el convenio de asociación , el acta de constitución de la sociedad o escritura social y los estatutos ( by laws) o reglas que rigen la sociedad. Se dispone en la ley que las restantes formas de asociación económica se instrumentan mediante contratos de asociación. Por lo tanto, el nombre de asociación contractual es perfectamente admisible, para los restantes tipos de asociación que prevé la legislación . Cuba reserva la denominación del término empresa mixta sólo para las que crean una nueva persona jurídica, o sea una sociedad anónima por acciones , así comparte el criterio de la ONUDI.
  • 24. TRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL OTRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL O COMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIASCOMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIAS DERECHO COMPARADO. Para constituir una sociedad o sea, la creación de una persona jurídica diferente a la de los socios que se unen indudablemente pasará por el camino de la relación jurídica y del contrato. En la asociación por su parte los socios mediante contrato, se asocian para acometer o enfrentar determinada actividad o empresa en común, sin que ello implique la formación de una sociedad. La asociación contractual sirve como base, a futuras empresas mixtas, es como un período de prueba que precede a la creación formal de la empresa más duradera en el tiempo y con estructura diferente. Actualmente una de las formas más frecuentes y más utilizadas de estas asociaciones contractuales son las Asociaciones de Empresas o Uniones Temporales de Empresas (U.T.E), o sea, se unen dos o más empresas para acometer en común un negocio determinado, sin que para ello tengan que emplear tiempo y recursos, constituyendo una sociedad mercantil. En el Contrato de Asociación cada parte precisa los términos de la participación de cada socio, pues en estos casos no se crea un capital social común, sino que determinan en qué forma participarán en el negocio, así como la manera en que compartirán los riesgos y las utilidades, la aportación de cada parte que incluye know how, tecnología de punta, capital en efectivo, maquinarias, equipos, etc. Su instrumentación jurídica se puede hacer libremente, en él se pacta todo, por lo que sin lugar a dudas exige una acabada elaboración jurídica. El contrato de asociación económica internacional, no admite el cambio de partícipes a menos que medie el acuerdo de las partes y prescinde de la previa autorización gubernamental que accedió a su creación, según lo dispuesto en el art.2 apartado b) de la Ley 77 que será otorgada por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, o la Comisión del Gobierno. Se trata de proteger lo mejor posible el interés económico de la nación de los perjuicios que pudieran derivarse, de ser previsibles, por determinados cambios propuestos o acordados por los socios o las partes.
  • 25. TRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL OTRATAMIENTO LEGISLATIVO (NACIONAL O COMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIASCOMPARADO) Y VACIOS O DEFICIENCIAS DERECHO COMPARADO. La instrumentación jurídica de esta figura se articula mediante la escritura pública y previo otorgamiento del convenio de asociación, en el que, las partes sientan las bases fundamentales de la actividad que en conjunto iniciarán, entrando en vigor al inscribirse en el Registro de la Cámara de Comercio de nuestro país. La inclusión del Contrato de Asociación Económica Internacional en Cuba permite una flexibilización en la construcción jurídica de las relaciones comerciales que por su complejidad no pueden ser instrumentadas mediante la constitución de una empresa mixta, pues ésta formula permite al unísono que las partes conserven su personalidad jurídica frente a terceros. En estos casos cualquiera de los asociados podrá responder ante terceros ( empleador o inversionista) por la obligación en su conjunto y estos tienen el derecho de reclamar el cumplimiento de la misma a cualquiera de ellos, según dispone el artículo número 14.3 de la Ley de la inversión extranjera ," la parte que realiza un acto de gestión que beneficie a todas, es responsable frente a terceros por el total, pero en la relación interna, cada una es responsable en la medida o en la proporción prevista en el contrato"
  • 26. PRINCIPALES PROBLEMASPRINCIPALES PROBLEMAS ENCONTRADOSENCONTRADOS LA NORMATIVALA NORMATIVA DEMORAS, ENGORROSOSDEMORAS, ENGORROSOS PROCESOSPROCESOS INFRAESTRUCTURA INADECUADAINFRAESTRUCTURA INADECUADA TRABAS EN EL FINANCIAMIENTOTRABAS EN EL FINANCIAMIENTO LOCALLOCAL SISTEMAS CONTABLESSISTEMAS CONTABLES INADECUADOSINADECUADOS LEYES DE COMPETENCIALEYES DE COMPETENCIA METODOS TECNICOS INADECUADOSMETODOS TECNICOS INADECUADOS
  • 27. PORQUE FALLAN ALGUNAS J.V.PORQUE FALLAN ALGUNAS J.V. PRODUCTOS,PRODUCTOS, TECNOLOGIAS O PLANTASTECNOLOGIAS O PLANTAS OBSOLETASOBSOLETAS INTERPRETACIONINTERPRETACION ERRONEA DE LASERRONEA DE LAS NECESIDADES DELNECESIDADES DEL MERCADOMERCADO ELEVACION DE COSTOSELEVACION DE COSTOS CAMBIOS IMPREVISTOS ENCAMBIOS IMPREVISTOS EN LA ECONOMIALA ECONOMIA ACCIONESACCIONES GUBERNAMENTALESGUBERNAMENTALES PROBLEMAS INTERNOSPROBLEMAS INTERNOS ENTRE SOCIOSENTRE SOCIOS
  • 28. VENTAJAS Y/O BENEFICIOS ECONÓMICAS EN SU UTILIZACIÓNVENTAJAS Y/O BENEFICIOS ECONÓMICAS EN SU UTILIZACIÓN Uno de los temas fundamentales es el relativo al aporte y retribución de las partes que forman el joint venture. Los beneficios y aportes tienen una dimensión temporal. Varios de ellos se generan durante el contrato, sin embargo, existen otros gastos e inversiones que se hacen una sola vez, generalmente al principio. Las utilidades no son recibidas en forma de dividendos hasta que la operación del joint venture no demuestre resultados positivos, lo que ocurre después de la formación y puesta en marcha del negocio en común. Las alianzas vienen en todo tipo de formas y colores. Una firma necesita de otra porque esta última tiene tecnología de punta. Una tercera busca a otra porque tienen acceso a créditos a tasas ventajosas. Tengo un cliente y la buena pro pero sin el apoyo de un operador no puedo llevar a cabo el proyecto que implica concesión y repago con la misma obra. Sea por aspectos tecnológicos, financieros, políticos, de mercado las alianzas son cada vez más frecuentes. No hay proyecto en el mundo que involucre ingentes cantidades de inversión que no sea desarrollado por consorcios que unen esfuerzos para llevarlo a cabo
  • 29. VENTAJAS DE UNA JOINT VENTUREVENTAJAS DE UNA JOINT VENTURE DESDE EL PUNTODESDE EL PUNTO DE VISTA DE LOSDE VISTA DE LOS SOCIOSSOCIOS PARA EL PAISPARA EL PAIS RECEPTOR DE LARECEPTOR DE LA JOINT VENTUREJOINT VENTURE
  • 30. PARA EL SOCIO LOCALPARA EL SOCIO LOCAL CAPITAL EXTRANJEROCAPITAL EXTRANJERO FINANCIAMIENTOFINANCIAMIENTO EXTRANJEROEXTRANJERO TECNOLOGIA YTECNOLOGIA Y MARCASMARCAS EXTRANJERASEXTRANJERAS MERCADOS DEMERCADOS DE EXPORTACIONEXPORTACION EXPERICIA DEEXPERICIA DE MANAGEMENT.MANAGEMENT.
  • 31. PARA EL SOCIO EXTRANJEROPARA EL SOCIO EXTRANJERO CAPITAL LOCALCAPITAL LOCAL FINANCIAMIENTO LOCALFINANCIAMIENTO LOCAL MANAGEMENT LOCALMANAGEMENT LOCAL MANO DE OBRA DE BAJOMANO DE OBRA DE BAJO COSTOCOSTO INFRAESTRUCTURA DEINFRAESTRUCTURA DE PLANTAPLANTA CONTACTOS ECONTACTOS E INFLUENCIASINFLUENCIAS APROBACIONESAPROBACIONES GUBERNAMENTALESGUBERNAMENTALES
  • 32. PARA EL PAIS RECEPTOR DE LA JOINTPARA EL PAIS RECEPTOR DE LA JOINT VENTUREVENTURE PRODUCTIVIDAD YPRODUCTIVIDAD Y EMPLEOEMPLEO TECNOLOGIATECNOLOGIA ,CONOCIMIENTO,CONOCIMIENTO ADMINISTRACIONADMINISTRACION CAPITAL EXTRANJEROCAPITAL EXTRANJERO MERCADOMERCADO INTERNACIONALINTERNACIONAL EXPORTACIONESEXPORTACIONES DIVISASDIVISAS
  • 33. BASES PARA LA TOMA DEBASES PARA LA TOMA DE DECISIONESDECISIONES ELECCION DEL SOCIO ADECUADOELECCION DEL SOCIO ADECUADO UBICACION DE LA INVERSIONUBICACION DE LA INVERSION DETERMINACION DEL VOLUMEN DEDETERMINACION DEL VOLUMEN DE INVERSIONINVERSION SELECCIONAR FORMA PENETRACIONSELECCIONAR FORMA PENETRACION DECISION DE INSERCION ENDECISION DE INSERCION EN MERCADOS EXTERNOSMERCADOS EXTERNOS
  • 34. COMO COMENZARCOMO COMENZAR DETERMINAR CAPACIDADESDETERMINAR CAPACIDADES DE LA EMPRESADE LA EMPRESA DETERMINAR EXISTENCIA DEDETERMINAR EXISTENCIA DE ACTIVOS CAPITALIZABLESACTIVOS CAPITALIZABLES BUENA INFORMACIONBUENA INFORMACION DISPONIBILIDAD DE TIEMPODISPONIBILIDAD DE TIEMPO DESEO DE UTILIZARDESEO DE UTILIZAR RECURSOS EN LARECURSOS EN LA INVESTIGACIONINVESTIGACION ASESORIA DEASESORIA DE PROFESIONALESPROFESIONALES
  • 35. ELECCION DEL PAISELECCION DEL PAIS CONOCER LA LEGISLACION YCONOCER LA LEGISLACION Y NORMAS COMERCIALESNORMAS COMERCIALES POLITICAS Y NORMAS SOBREPOLITICAS Y NORMAS SOBRE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIASTRANSFERENCIA DE TECNOLOGIAS Y MARCASY MARCAS NORMAS SOBRE REGIMEN DENORMAS SOBRE REGIMEN DE SOCIEDADESSOCIEDADES ESTABILIDAD DEL GOBIERNOESTABILIDAD DEL GOBIERNO POLITICA MONETARIA Y FISCALPOLITICA MONETARIA Y FISCAL INDICES DE INFLACION,INDICES DE INFLACION, CRECIMIENTO ECONOMICO YCRECIMIENTO ECONOMICO Y ESTABILIDADESTABILIDAD
  • 36. POLITICA LABORAL Y ORGANIZACION DE LA M.O.POLITICA LABORAL Y ORGANIZACION DE LA M.O. PROTECCION DE PATENTES Y MARCAS REGISTRADASPROTECCION DE PATENTES Y MARCAS REGISTRADAS DENSIDAD DEMOGRAFICADENSIDAD DEMOGRAFICA P.I.B., INGRESO PERCAPITAP.I.B., INGRESO PERCAPITA NIVEL DE DESARROLLO INDUSTRIAL Y ECONOMICONIVEL DE DESARROLLO INDUSTRIAL Y ECONOMICO CODIGOS COMERCIALESCODIGOS COMERCIALES NIVELES DE ALFABETISMO Y EDUCACIONNIVELES DE ALFABETISMO Y EDUCACION CARACTERISTICAS RELIGIOSAS Y ETNICASCARACTERISTICAS RELIGIOSAS Y ETNICAS IMPACTO DEL NACIONALISMO SOBRE CAMBIOS SOCIALES EIMPACTO DEL NACIONALISMO SOBRE CAMBIOS SOCIALES E INSTITUCIONALESINSTITUCIONALES
  • 37. TIPOS DE SOCIOSTIPOS DE SOCIOS UNA FIRMA PRIVADA LOCALUNA FIRMA PRIVADA LOCAL UN SOCIO PUBLICO LOCALUN SOCIO PUBLICO LOCAL INSTITUCION FINANCIERAINSTITUCION FINANCIERA INTERNACIONALINTERNACIONAL UNA COMBINACION DE LASUNA COMBINACION DE LAS ANTERIORESANTERIORES
  • 38. RECOMENDACIONES PARARECOMENDACIONES PARA ELEGIR AL SOCIOELEGIR AL SOCIO ESTUDIAR SU POSICION FINANCIERAESTUDIAR SU POSICION FINANCIERA REPUTACION Y RED COMERCIALREPUTACION Y RED COMERCIAL POSIBILIDAD DE COMPARTIR SUSPOSIBILIDAD DE COMPARTIR SUS INSTALACIONES PRODUCTIVASINSTALACIONES PRODUCTIVAS NIVELES DE ACCESO Y CONTACTOS CON ELNIVELES DE ACCESO Y CONTACTOS CON EL GOBIERNO LOCALGOBIERNO LOCAL ANALIZAR SU POTENCIAL DE PRODUCCION,ANALIZAR SU POTENCIAL DE PRODUCCION, PRESTACION DE SERVICIOSPRESTACION DE SERVICIOS
  • 39. RECURSOS PARA APORTAR ARECURSOS PARA APORTAR A UNA J. V.UNA J. V. EL SOCIO LOCALEL SOCIO LOCAL - RECURSOS NATURALES- RECURSOS NATURALES - MANO DE OBRA BARATA- MANO DE OBRA BARATA - PLANTAS INDUSTRIALES- PLANTAS INDUSTRIALES MONTADASMONTADAS - INFLUENCIAS Y CONTACTOS- INFLUENCIAS Y CONTACTOS EL SOCIO EXTRANJERO - CREDITOS - EQUIPOS - TECNOLOGIA - MERCADOS
  • 40. FINANCIAMIENTOFINANCIAMIENTO DIVISAS DE LIBRE CONVERTIBILIDADDIVISAS DE LIBRE CONVERTIBILIDAD MONEDA LOCALMONEDA LOCAL CREDITOSCREDITOS - SOCIO LOCAL: FUENTES LOCALES- SOCIO LOCAL: FUENTES LOCALES - SOCIO EXTERNO: BANCA EXTRANJERA- SOCIO EXTERNO: BANCA EXTRANJERA BIENES DE CAPITALBIENES DE CAPITAL TERRENO, EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONESTERRENO, EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES BIENES TERMINADOSBIENES TERMINADOS RECURSOS NATURALESRECURSOS NATURALES MANO DE OBRAMANO DE OBRA TECNOLOGIATECNOLOGIA REINVERSION DE UTILIDADESREINVERSION DE UTILIDADES ACCESO A MERCADOS EXTERNOS E INTERNOSACCESO A MERCADOS EXTERNOS E INTERNOS ENTORNO DEL PAISENTORNO DEL PAIS RED DE PROVEEDORES E INFLUENCIAS LOCALESRED DE PROVEEDORES E INFLUENCIAS LOCALES
  • 41. • El Joint Venture es un mecanismo de solución óptima para penetración a nuevos mercados, cuando no se cuenta con los recursos suficientes. • La implementación de este mecanismo ofrece muchas ventajas, para el aprovechamiento de los recursos. • Es una herramienta que por medio del trabajo colectivo garantiza mayor seguridad, en la ejecución de un proyecto. • Se puede ampliar los conocimientos e implementar procesos más avanzados, que permiten economizar tiempo y dinero. • Los Joint Ventures son acuerdos que a diferencia de otros contratos corporativos, requieren de un especial cuidado en su redacción en lo referente a las metas y expectativas de los socios. • Este tipo de contratos son una mezcla de diferentes convenios y contratos de muy diversas ramas, pero todo esto englobado en lo que se conoce como Derecho Corporativo. • Si el Joint Venture es estructurado de manera correcta, los que suscriben dicho documento negociaran en una base equitativa y justa, lo que puede redituar a ambos en grandes beneficios CONCLUSIONES
  • 42. • El Joint Venture es una forma asociativa que no requiere la creación de un sujeto de derecho. Nació libre, no sujeto a una forma reglada, es parte de la maravillosa tradición creativa del "common law", de la institución creada por la autonomía de la voluntad y reconocida en derecho por el juez legislador del common law. • No existe estadística ni estudios de Joint Venture en el Perú. Lo que dificulta el aprovechamiento de las ventajas comparativas y la maximización de las oportunidades del mercado. • Los Joint Venture responden mejor y más eficazmente a los contextos micro y macro económicos actuales y de futuro (asumiendo las tendencias mundiales y nacional actual). Por lo tanto, la constitución de Joint Venture en el Perú es limitada, en primer lugar por el desconocimiento o falta de visión competitiva del empresariado nacional CONCLUSIONES