Derecho penal incaico y su transformación durante la colonia
1. INTRODUCCIÓN
Tenían underechopenal muydrásticoy se señalaque existíannueve delitosque erancasi
siempre castigadosconlamuerte;delitosde status(intentarsustituiralasautoridadeslocales
o imperialesviolandosuautoridad),de lesamajestad (atentaroinjuriaral sol o la nobleza),
contra la religión(privilegiarsusdioseslocalesendesmedrode sumisiónfrenteal sol ylos
incas),contra laadministración(norespetarlassentenciasjudiciales,evadirel serviciomilitary
la participación enlasactividadesde trabajocomunal),contralosdeberesde función(recibir
sobornos,favorecerafamiliares,noaplicarestrictamente lasleyes),contrael tributo(no
trabajar lastierrasasignadasal Sol,al Inca y a losreligiosos),contralapropiedad(apropiarse
de ganado,de vestidosuotrosbienespropiosde terceros) ycontrala viday la salud
(asesinatos,adulterio,faltade cuidadoyde limpiezaenel hogar;eneste últimocasola
poblaciónestabaobligadaatenerabiertalapuertade su casa durante el día porque EN el
cualquiermomentopodríapasaruna autoridade ingresara la viviendaoconstatarsi estaba
ordenaday limpia).Losespañolessegúnloscronistas,quedaronimpresionadosdelrespetoa
la propiedadya lavidaque teníanloshabitantesdel Imperio.
Dentrode este contextoesfácil de explicarlanoviolenciaenlavidacomunal diaria.
DERECHO PENAL INCAICO
El ImperioIncaico,cuyoorigenfue launiónde diversosgruposasentadosenlazonaque hoy
corresponde alosdepartamentosde CuscoyApurímac, fue organizadoporlosQuichuas,
quienessometieronmediantelaguerraa lasvarias culturasflorecientesenlaszonasandinay
costeña.Supolíticano consistióendestrucciónde esasculturas.Porel contrario,utilizarony
asimilaronmuchasde susmanifestaciones.Esasí como el ayllu,célulasocial pre-inca,se
transformóenbase del Estadoinca y fue latrama con laque se tejiólaredadministrativay
tributaria.Es así como logrósusfinesde expansiónydominación(Basadre 1937: 105). Como
dice Valcárcel (164:39), la duracióndel Imperionopuede sercalculadasólo"desde el tiempo
de su culminaciónhastael de sucaída (de ciena doscientosaños) sinoque suprocesovital
debe serextendidoasuscomienzosylentodesarrollo(alrededorde quinientosañosentotal);
esdecir,entre lossiglosXIy XVI".
CuandolosespañolesllegaronaAméricaen1492, el Imperiode losIncashabía alcanzado,
pues,ungran desarrolloeconómicoycultural.Durante sulargaevoluciónlospueblosde esta
regiónhabíanlogradola "conformaciónde sólidospatronesculturalesde comportamientos,
de valores,de solidaridad,de legitimidad,de trabajo,de (p.26) cooperaciónde adaptacióna
un mediovertical ysucreatividad"(MatosMar 1970: 21).
Los incasno conocieronlaescritura.Lo que sabemosde ellosse debe alosrelatosque hicieron
loscronistasespañolessobre suorganizaciónpolítica,suculturaysu vidacotidiana.Las
informacionesque ofrecensobre el derechoincasonabundantesypermitentenerunaideade
loque fue su derechopenal.Este se caracterizóporser monopoliodel Estado.El Inca
administrabajusticiaatravésde susfuncionarios:curacasy jefesde aldea.Lavenganza
privada(individual ocolectiva) noexistía.Comotodaslas demásreglas,laspenaleseran
2. consuetudinariasyse trasmitíanoralmente mediante refranes.Laspenasconsistían
generalmente,enlaeliminacióndel infractor.
Existieronfuncionariosencargadosde ejecutarlaspenasylugaresde ejecución.
El Estadoincaicotuvo comobase a lascomunidadesagrarias,alosfuncionariosyguerreros.
Las primerasfueronel fundamentode lavidaeconómica;losrestantes,pilaresde lavida
política.Los Incas"concibieronal Estadoensu modernosentidode órganodivisordel trabajo,
frente al cual tiene el individuodeberesineludiblesyexactos;perodel cual,asu ve,recibe
beneficiosyprivilegios".SuEstado"no sólofue...unameraentidaddefinidoradel delitoy
repartidorade premiosycastigos,sino,fue,además, protectorde lavidayel bienestarrelativo
de sus súbditosyreguladorde lavidaeconómica"(Basadre 1937: 199). Pero,si bienlosIncas
se caracterizaronpor el acentuado"racionalismode susistemafinanciero,ensupolítica
económicayen sujerarquía administrativa",lasinstitucionesde índolepenal "que ellos
elaboraronnotuvieron,encambio,idénticascaracterísticasde simetríayde lógica"(Basadre
1937: 203). La represiónpenal aparece variasvecesimpregnada,fuertemente,conciertas
creenciasmágicas.Porejemplo,laprolongacióndel castigohastalosantepasadosdel culpable,
mediante ladestrucciónde tumbasymomias.Enel juzgamientose aplicarondesde el
juramentohastael tormentoyla interrogaciónalashuacas y oráculos.Ademásexistieron
verdaderos"juiciosde Dios",consistentesenencerraralosculpablesencárcelesinfrahumanas
y absolverlosencasode que sobreviviesen.El Carácterdraconianode laspenasno tiene nada
de excepcional,si se considerael nivelde evolucióndel Imperioyel rol conquistadordel
Estado.(VegaSantaGadea 1973: 166).
Es necesarioconsiderarasimismoque enel EstadoIncano se diouna especialización
profesional de losfuncionarios,porloque noexistióunaorganizaciónjudicial claramente
distinta.Lafunciónde administrarjusticiaestuvoacargo de miembrosde laadministración
que desempeñaban,igualmente,otrasfunciones.Estoesnotorioenladescripciónque los
cronistashacende los funcionariosdel Imperio.Enlaversiónde GuamánPoma de Ayala,
losTocricoc-michoceran loscorregidoresyjueces:tomabanrendiciónde cuentasalos
funcionarios.
En la opiniónautorizadade Basadre (1937:26; Alzamora1945: 36; VegaSantaGadea 1973:
165), faltaronlasideasde "apelación","revisión",o"nuevainstrucción"del proceso,salvolos
casos de intervencióndel Inca.De lasnoticiasque tenemos,síse deduce que lasdiferentes
competenciasnosólodependieronde lanaturalezaygravedadde losdelitossino tambiénde
la situaciónde laspersonas.
Imposicióndel derechopenal español durante lacolonia
El desarrolloindependiente del ImperioIncaicofue quebradoporlairrupciónde losespañoles.
La conquistafue el iniciode unlargoprocesode destrucciónde lasrelacionessocialesde los
gruposunificadosporladominaciónincaconstituíanel Imperioy,al mismotiempo,significó
3. su reorientaciónconforme aloscánoneseuropeos.LaColoniadurótrescientosañosy,durante
este período,lasestructurasynormas de conquistadoresyconquistadosse desarrollaronen
un continuoprocesode interrelaciónyoposiciónrecíproca."El resultadofinal fue - anota
KarenSpalding(1974: 22) – laorganizacióninternadel áreaandinacomoun sistemacolonial
basadoen lasumisiónde losmiembrosde lasociedadindígenahacialosde lasociedad
europea,quienesasuvezse hallabancontroladosyexplotadosporunametrópoli extranjera".
La Conquistanosólofue unchoque físico,concretizadoenunatremendadisminuciónde la
poblaciónnativaacausa de enfermedades,hambre,maltratosydisgregación,sinotambién
social,cultural (Wachtel 1973: 161; Mariátegui 1972: 56). La incorporaciónde lasociedad
indígenaal sistemasocioeconómicoeuropeo,noenel sentidode "integraciónsocial",significó
la imposiciónde patronessocialesyculturales,loque determinóel cambioymodificacióndel
procesocultural aborigen.Juntoasu lengua,religión,sistemaeconómicoypolítico, los
españolestrajeron eimpusieron su derecho.
Comosucedióentodocaso de colonización,losconquistadoresnosuprimieronoignoraronel
derechoy,engeneral,laculturadel pueblosometido.Yahemosvisto,líneasarriba,que se
establece unainterrelaciónentre ambosmundos.Losespañolesreconocieron,enuninicio,la
vigenciade todaslasreglasque no contradijeranlosprincipiosbásicosdelordenjurídico
español.Asílodispusoel virreyFranciscode Toledoenordenanzaque fue confirmadaporel
Rey(Guamán Poma de Ayala1956: 137). En lasLeyesde Indias,además,se llegóareconocer
ciertajurisdiccióncriminal aloscaciquessobre asuntosde indios.
En el primerperíodode la colonia,si bienlosindígenassentíanlaenorme presiónde las
disposicionescoloniales,aúnsuconductaseguía orientadapornormasy valoresde lasociedad
tradicional.Normasyvaloresque erandiversos,yaque losgrupossocialesdel incarionoeran
culturalmente uniformes.
Durante la colonia,ladivisiónbásicade lasociedadse establecióentre colonizadoresy
colonizados.
Pero,comodice Karen Spalding,estadistinciónnose refería"a ladiferenciaentre personasde
origeneuropeoyamericano,unadiferenciaque apesarde ser real,se hallabaclaramente
subordinadaauna diferenciaesencial,reforzadaysubrayadaporla ley;aquellaexistente entre
dos culturasopuestas:laeuropeaylaindia.Los conquistadoreseranaquellaspersonasque se
considerabanasí mismasy eran consideradasporotrosmiembrode lacolonia,como
descendientesde lassociedadesindígenasque fueronsometidasal régimenespañol.Todos
aquellosque remontabansuascendenciahastaancestroseuropeos,cualquieraque fuese su
verdaderolugarde nacimiento,pertenecíanala sociedaddominante,porrazonessocialesy
legales"(Spalding1974: 150).
4. De manerageneral,se puede decirque "a partirdel virreinatode Toledohastael accesode
losBorbonés al trono,se produce unaorganizaciónsocial sistematizadayestatal que inserta
lasmasa indiasa la estructuratotal del país. Durante todoeste procesolosespañoles
remodelanla"razaindia"como"casta" perteneciente ala"culturahispánica",perosometidaa
los"blancos"encondicionesdiscriminatorias.Enestascondiciones,lainserciónde los"indios"
a las estructurascolonialesse logracada vezmás,peroconservandosiempre paraelloslos
caracteresy las prescripcionesque impidenel pasodesdelacastadiscriminadahaciaotros
grupossociales".(Bravo Bresani 1970: 93).
El correcto entendimientode estadicotomíaysusproyeccionesenlahistoriade nuestropaís,
permite comprendermuchasde lasactitudesadoptadasporlosdescendientesde los
colonizadores –que tomaronel poderluegode laindependenciade lametrópoli-enel
momentode elaborarlasnuevasleyesde laRepúblicayenel tratamientootorgadoalos
descendientesde losdominados.Enrelacióndel primerpunto,tenemos,porejemplo,la
afirmacióndel legisladornacional al redactarlaexposiciónde motivosdel códigopenal de
1853, enel sentidoque se habíaseguidomuyde cerca al códigopenal español,porque
estandolascostumbresde losperuanos"vaciadasenlosmoldesimperecederosde lasleyesy
del idiomade Castilla"noeraposible alejarel proyectode aquel modelo.encuantoalo
segundo,resaltaque se hayatratadode considerara losindígenascomosujetosde capacidad
disminuida.
Las primeraleyesdictadaporlacorona españolaenlosiniciosde laconquista(en1526, la
posiciónsobre descubrimientosy,en1542, las leyesnuevasde CarlosV,porejemplo) no
reflejabanaúnlapolíticade centralización que luegorealizaríayque significólafundacióny
el afianzamientodel Virreinato.Enlaconformacióndel ordenjurídicode lacoloniase debe
distinguirdosaspectos,comomuybienloseñalaBasadre (1937: 265); el primeroconcierne a
la aplicacióndel derechocastellano,del cual LasSiete Partidasfueron,enlapráctica,lasmás
aplicadas;el segundose refiere alaelaboraciónde underechoespecial paraAmérica.
Las Leyesde Indiasfuerondictadassinseguirunplanorgánicoy se emitieronmásbiende
acuerdoa los problemasinmediatosque eranecesarioresolver.Ellasfueronreunidasen
númerode 6,377 enla Recopilaciónde 1680, que fue divididaen218 títulosy en9 libros.El
librosétimoreúne disposicionesde carácterpenal ymoral y, el quinto,reglasreferentesalas
jurisdiccionesengeneralya losfuncionarios.
El mencionadolibroVIIestabacompuestoporochotítulosy se ocupaba,preferentemente,de
losdelitosyde laspenas.El títuloprimeroestabaconsagradoa loque ahoradenominamos
"instrucción"yrecibióladenominación"De lospesquisidoresyjuecesde comisión".Enel
títulosegundo,"De losjuegosyjugadores",se prohibíatodaclase de juegosde azar cuyovalor
superase losdiezpesosoro.
El aspectopenal esmuylimitadoen el títulotercero,que regula"De loscasadosy desposados
enEspaña e Indiasque estánausentesde susmujeresyesposas".Lasituaciónyel tratamiento
"De losvagabundosygitanos"y"De losmulatos,negros, barberiscos e hijosde indios"fueron
5. reguladosenlostítuloscuarto yquinto,respectivamente.Lasdisposicionesde este último
títulose caracterizabanporsu carácter severoe intimidatorio.Enel títulosextose halla
contenidaunaserie de normasque detallanlaorganizacióncarcelariayel tratamientoaque
debíanser sometidoslosdetenidos.Se le denominó"De lascárcelesycarceleros".Lasreglas
del títulosextocomplementanalasdel títuloanteriorpuesse refierenalasocasionesya la
formaen que se deberíarealizarel control de los establecimientosde detención.Porestoes
que se le designóconla frase "De las visitasde cárcel".
Por último,enel títulooctavo,"De losdelitosypenasysu aplicación",se enumerany
describen,desordenadamente,losdiferentescomportamientospuniblesylassancionesque
se imponíaa losresponsables.
Estas normas,como sucedióenformamásnotoriacon las referentesal denominado"derecho
social indiano",nofueroncumplidas.Losfuncionariosencargadosde suaplicaciónnolas
acataron, enprovechode sí mismos,paralo cual muchasvecesse apoyaronenla posibilidad
que brindabalamismalegislaciónde noseraplicadaencasoque pudieradar lugara escándalo
o daño irreparable.Laseparaciónabismal entreel derechoylarealidadse encuentra
cristalizadaenlafórmula"se acata perono se cumple".tantoenrelaciónconel derecho
peninsularcomoconel derechoindiano,se tratóde laimposiciónde underecho.Los
miembrosde lasociedadaborigenconstituyeronsujetospasivoseneste proceso,fueronvistos
como objetosde legislación.Nose trata,pues,de un caso de recepciónde derechoespañolya
que éste fue impuestomediantelafuerzayladestrucción.
La legislaciónindiananoencontróposteriormente ecoenlalegislaciónde lasrepúblicas
independientes.Laimprontahispánicaesel resultadode laimposiciónyaplicacióndel
derechocastellanodurante laColonia.Si comprendemosporrecepciónel fenómeno
consistente enel traspasode lasnormaslegalesvigentesenunmediocultural determinadoa
otro,podríamos hablar,respectoal hechohistóricodescrito,de recepcióndel derechopenal
español enel Perú.Este ampliocriterio(Kitagawa 1970: 19) no loconsideramoscorrecto
porque nosimpide comprendercabalmenteel significadoylanaturalezade tal proceso
histórico,yjuzgarloconvenientemente.Se debe diferenciarlarecepción,aceptación
consciente yvoluntariade underechoforáneoporparte de un gruposocial determinado,del
trasplante yde la imposiciónde unDerecho.El primerose da conforme distinguimosantes-
cuandoemigrantesocolonizadoresllevanconsigoatierrasextrañassusnormaslegales;yla
imposición,cuandoaunpueblose le obligaaobedeceryaplicardisposicioneslegalesque no
son de su creación.La nota esencial del trasplante de underechoessuunilateralidad.Así,sólo
esposible cuandolosemigrantesocolonizadoresse establecenenunazona"inexploraday
casi deshabitada"(Rheinstein 1974: 126, 127). La imposiciónde underechose caracterizapor
el empleode lacoacción,de la fuerza.Esevidente que losprocesoshistóricosde
"importación"o"exportación"de derechonopresentancaracterísticastannítidasque
permitansufácil clasificaciónenloscasosplanteadosahoraesquemáticamente yya
explicadosanteriormente.
Por estoTheinstein (1974: 155) admite que larecepciónyla imposicióndebenser
consideradascomolosextremosde unaampliaescalade formasintermediariasy
6. combinaciones:
"bilden die beidenEndpunkteeinerbreitenSkalavonZwischenformen unKombinationene".
En el caso peruano,nopodemosdecirque se trata de un simple trasplante de derecho,dado
que losespañolesencontraronasullegadaunaculturaaltamente desarrollado,cuyoderecho
tuvieronque tenerencuenta.Mastampoco puede hablarse de unarecepción,porquelos
indígenasnoaceptaronconsciente yvoluntariamenteese derechoforáneo.Nofue unproceso
bilateral.Losconquistadoresespañolestrajeronsuderechoyloaplicaronpararesolversus
diferendos.Simultáneamente,el Reydictóreglasespecialesparanormarlaconquistay la
colonización.Enestaetapainicial,comohemosvisto,sobrevivióel derechoindígena,aplicado
por lasautoridadesautóctonas.
Comoen otrosprocesosde colonización,pues,el derechocolonial enel Perú se limitaba,
sobre todo,a regularlas relacioneseconómicasmientrasque,frente alaresistenciade las
normasjurídicasautóctonas,el statuspersonal continuó,ensuprimermomento,sometidoa
la costumbre.Sinembargo,enlarealidad,laconquistafue cuentayviolenta,culminandoenel
sometimientode losnativosyladestrucciónde sucultura.Los españolesimpusieronsu
derecho.Losindiosfueronperseguidosyjuzgadosconforme alasleyeshispánicas.
Concepciónjurídicofilosóficaimportadaporlos españoles
Juntocon la imposicióndelordenamientolegalpositivo,losespañolestrajeronconsigo,como
esnatural,su concepciónfilosóficayjurídica.Los funcionariosyjurisconsultosque vinierona
Américase habían formadoenuniversidadesdondepredominabalaenseñanzade lafilosofía
tomista,del derechoromanoydel derechocanónico.Enla Universidadde SanMarcos,retoño
de la de Salamanca,losestudiosjurídicosestabanrepresentados,afinesdel sigloXVI,porlas
cátedrasde leyes:Prima,Vísperase Instituta.Siendoestoasí,noresultasorprendenteel
hechode que el derechocanónicoy el romanoinspirasenconstantemente alosjuristasde la
coloniayque "al ladode lascitas de Solórzanojamásfaltabanlascitasa SanAgustíny Santo
Tomás" (de Lavalle 1911: 211).
Durante el sigloXVII,se prolongóestasituaciónque noeraajenaa laque reinabaenla
península,enrazóna la comunidadde influenciasculturales.Eneste siglo,comoenel anterior,
abundanlasobras con eruditasreferencias enlatínyse producenlasmejoresrecopilaciones
de las numerosasleyesvigentes.El sigloXVIse caracterizóasimismo,porlaimponente
presenciade laInquisiciónydel IndexExpurgatorio.Porel contrario,el sigloXVIIIse distinguió
por un abandonode lasdiscusionesteológicasylaimplantacióndel pensamientomoderno
europeo.De allíque Macera (1977: III,304) sostengaque "el aristotelismoescolásticofue
sustituidoporlasfilosofíasmodernas:Descartesy Malebranche,despuésNewtony Leibnitzy
por último Locke, Hume yalgunosrepresentantesdel enciclopedismofrancés".
SiendoRectordel Convictoriode SanCarlos,ToribioRodríguezde Mendoza,conocedorde las
obras de Bacon y Descartes,creólascátedras de derechonatural y de gentes,al mismotiempo
que dispusolautilizaciónde lostextosde Heinecio.Laenseñanzadel derechonatural yde
7. gentesseríaluegoprohibidaporReal Orden.Enestaépoca,José Baquíjanoy Carrilloe Hipólito
Unanue contribuyeronintensamente enlareaccióncontrael escolasticismoyenladifusiónde
lasnuevasconcepciones.El primeroeraprofesorde InstitutaenSanMarcos y eraun buen
conocedorde las obrasde Voltaire,Rousseau,Montesquieu,Bayle,HolbachyDiderot..En
relaciónalas institucionesacadémicassuperioresde estaépocapude decirse,conBasadre,
que "envivocontraste con el anquilosamientode laUniversidadde SanMarcos,despuésde la
expulsiónde losjesuitas,empezóenLimapormediodel establecimientodelConvictoriode
San Carlos,refundiciónde losviejoscolegiosde SanFelipeySanMartín, una hondareformaen
losestudiosque llevóal filosofismoenciclopédico".(Basadre1973: 85).
En las aulasuniversitariasse pusomuyenbogala exposicióndelDerechoNatural yde Gentes.
La influenciamásimportante fue laejercidaporel juristaHeinecio,cuyosmanualesreferentes
a dicha materiaobtuvieron -porsucarácterdivulgador- unagrandifusiónenAmérica,en
general.Lainfluenciade losenciclopedistasfranceses,de lositalianosBeccaria,Romagnesiy
Filangeri,juntoalade otros filósofosyjuristas,aumentóenlosañossiguientesal términode
la colonia,reflejándoseenlaformaciónde lospróceresde laindependenciayenel dominio
penal,sobre todo,enlaobra de Manuel Lorenzode Vidaurre.
Comentariode diferentesautoressobre el DerechoPenal Incaico
Las principalesdisposicionesenmateriapenal,losdelitosylaspenasylosfuncionarios
encargadosde ejecutarlos.Varallanos,ensuestudiosobre el derechoinca,hahechonotarla
drasticidadde laleypenal enlaque abundanlas penasde muerte ylas corporales.Señala
entre ellasladecapitación,el descuartizamiento,despeñamiento,asfixia,emparedamiento,
hoguera,muerte portormento,arrastrar,colgar de loscabellos,pisaroentregara losanimales
feroces.Noobstante suextensión,lasanotacionesde HuamánPomasobre lasleyesylas
institucionesincaicassonsuficientes.El cuadrojurídicoy administrativodelImperioestá
trazado con mássolvenciade informaciónyde juicioenotroscronistas.Actúansiempre en
contra del cronistaindioel fragmentarismoe incoherenciade susapuntesysuslagunas
mentales.Al hacerel comentariode susaportacionesjurídicasenunvaliosoensayo,
José Varallanos hatenidoque suplirlosvacíose incorreccionesde HuamánPomaconlas
noticiasmásorgánicasy certerasde Cieza,Santillán,GarcilasoyCobo.
SistemaJurídico
Respectoa laesferajurídica,haymuy pocoescritoreferente alamujery al hombre inca,pero
por loque se puede observar,entodoslosámbitos:religión,sociedad,etc.,eranmuyseveras
lasleyesparatoda la población;asípues,se estructurabanunosinstrumentosde justicia
expeditivosymuyrigurosos;haytresexpresionesque puedenrelatarlasdirectricesparael
pueblo:
AMA SUWA
AMA LLULLA
AMA QILLA
8. esdecir,
NO ROBES
NO SEASPEREZOSO
NO MIENTAS
Existierondelitospolíticos,delitoscontralaadministraciónydelitoscontrael derechoprivado.
Los delitoscontrael derechoprivado,eranquizálosmássignificativos,puestoque rompíanel
ordensocial:asesinato,robo,adulterio,violación,coitoconlasVírgenesdel Sol,sodomía,
bestialismo,deserción,indisciplina,defraudaciónde fondospúblicos.Todosestoscasoseran
castigadoscon lapenade muerte.Existíantambiénloscastigoscorporales,laprivaciónde la
libertad,penascontralahonra y penasde sanciónde multa.Sóloa títulode información,el
adulteriofemeninoestabaigualadoal asesinato,esdecir,se penalizabaconlamuerte.
Por otra parte,la violación,si bienerasancionadaconlamuerte teníaungrado de atenuación
si la víctima conseguíaencontrarmarido.En lasleyesde ordenanzas,porejemplo,mandaban
que labrasenprimerolastierrasde lasviudas.El Foro ABRIL“ABRIL, Anotacionesde
Pensamientosycrítica”,dice:“El gran Imperio de los Incas,bastantedesarrollado en
comparación con lospueblosquetiranizaba,queestaba regido porun socialismo imperial
dondeel ambientesocial era de un orden implacabley dondela religiosidad se manifestaba a
travésde sacrificios humanosy la antropofagia (¡?),producía una felicidad negativa a losincas
y daba lugara un imperio con pies de barro.La llegada de los españolescambió todo".
Ordenimplacable
La antigualegislaciónincaicaestablecíaunrégimenmuyduro,que recuerdaal aztecaenno
pocosaspectos.Podemosevocarlarecordandoalgunostextosdel indio
cristianoGuamánPoma de Ayala,yarovilca porsu padre e inca porsu madre,nacidoen 1534,
el cual transmite,ensuextrañoespañol mezcladode quechua,muchastradicionesorales
incas:
“Mandamosqueno haiga ladronesen estereino, y que porla primera (vez),fuesen castigados
a quinientosazotes,y porla segunda,quefueseapedreado y muerto,y queno entierren su
cuerpo,sino que lo comieseslas zorras y los cóndores”(Nuevacrónica,187).El adulteriotiene
penade muerte (307), y tambiénlafornicaciónpuede tenerla:“doncellasy donceles”deben
guardarsecastos,puessino el culpablees “colgado vivo de los cabellosde una peña llamada
“arauay”(horca). Allí penan hastamorir”(309). Está ordenado quequienesatentan contra el
Inca o le traicionan “fuesen hechostamborde (lapiel de la) persona,deloshuesosflauta,de
los dientesy muelasgargantillas,y de la cabeza mate detener chicha” (187; + 334). Esta pena
esaplicadatambiéna losprisionerosde guerraque nosonperdonadosyconvertidos
enyanacunas.El abortoesduramente castigado:“Mandamosla mujerquemoviesea su hijo,
quemuriese, y si es hija,quele castiguen doscientosazotesy destierren a ellas… Mandamos
quela mujerquefueseputa,quefuesecolgada de loscabellos o de las manosen una peña y
quele dejen allí morir”… (188).
9. Las normas del Incaal sersagradas, eranmuy estrictas,yestabanurgidasporun régimen
penal extraordinariamente severo.Ademásde laspenasyaaludidas,existíanotrastambién
terribles,comoel “zancay debajo dela tierra, hecho bóveda muy oscura,y dentro serpientes,
culebrasponzoñosas,animalesdeleonesy tigre, oso, zorra,perros,gatosdemonte,buitre,
águila,lechuzas,sapo,lagartos.Deestosanimalestenía muy muchospara castigara los
bellacosy malhechoresdelincuentes”.Allíeranarrojados“para queles comiesen vivo”,y si
alguno,“pormilagro de Dios”, sobrevivía a los dosdías, entoncesera liberado y recibía del Inca
honrasy privilegios. “Con este miedo no se alzaba la tierra. Pueshabía señoresdescendientes
de los reyesantiguosqueeran másque el Inca.Con este miedo callaban”(303).
Al parecer,el Imperiode losIncas,férreamentesujetadoconnormasy castigos,consiguió
reducirel índice de delincuenciaaun mínimo:“Y así andaba la tierra muy justa
con temoridad de justicia y castigosy buenosejemplos.Con esto parecequeeran obedientesa
la justicia y al Inca,y no había matadoresnipeitos ni mentirasni peticionesni proculadrones ni
protectorni curadorinteresado ni ladrón,sino todo verdad y buena justicia y ley”
(307). Guamán, sinpoderevitarlo,recuerdaaquellostiempos,que él noconociódirectamente,
con una ciertanostalgia…
CONCLUSIONES
I. Las leyespenalesenel imperioIncaico,comohaocurridogeneralmente enlas
sociedadesprimitivas,eranseverísimas.
Este carácter se explicaaúnmássi se tiene encuentaque el Incao jefe del Estadoera
consideradocomoundios,de maneraque las normasque dictabatenían el alcance de un
preceptoreligiosoyque el aylluincadominoporconquistarel territorioyrequeríaimponer
férreamente suseñorío.
10. Si a loanteriorse agrega que el sistemade gobiernoerasocialistaypor ende,la
reglamentaciónde lavidaeconómicayprivadamuyminuciosa,todainfraccióno
desobedienciateníaque sersancionadade maneratal que el castigo tuvieraunsigno
ejemplarizadorque evitarael desajustede este sistemapolítico-económicoque se
desarrollabacomounmecanismode relojería.
Los cronistasnosdetallanlosactosconsideradoscomodelitosylaspenascorrespondientes.
Unos vieronaplicarlasal iniciarse laConquistayotrosrecogieronsurelaciónde bocade los
jefesancianosy quipucamayocque vivierondurante el Imperiooque conservabanlatradición
popular.Más tarde nuevosescritoresse basaronenobrasanterioresque analizaronconlafría
perspectivade lalejanía.Sonprincipalmente minuciosos,eneste aspecto.La"Relaciónde las
leyesycostumbresde lasAntiguosNaturalesdel Perú"ylascrónicasde Ciezade León,
Garcilasode la Vega,Cobo,Martín de Morúa, Antoniode Herreray Guamán Pomade Ayala.
La gama de sancionesfluctuabadesdelasimplereprensión(confuertegravitaciónenuna
sociedadcomunitaria) hastael asolamientodel puebloal que pertenecióel culpable.
En realidad,todoslosdelitosenel Imperio,ocasi todospodríadecirse que eranencarácter
públicoporque atentabancontrael Estadoy por tantola penaera aplicada,porlo general de
oficio.El quebrantamientode unanormasignificabainfringirunaleydadapor el Incao quien
como hemosdicho,se considerabahijodel Sol.Delitosque hoyse considerandentrodel
campo privadoteníanotra resonanciaenesacomunidadteocrático-socialista.
La penade muerte se imponíapordiversosdelitos,rebelión(políticamente el másgrave),
homicidios,quebrantamientode normasde familiaoadministrativas,actossexuales
prohibidos,adulterioyaúnen casosmenorescomola holgazanería,si se reincidíaenellos.
La individualizaciónde lapenase perfilaenel Imperioperose aplicabancastigoscolectivos
cuandoocurrían sublevaciones,atentadoscontraaltosfuncionarios,porrealizaciónde actos
de brujería que causasendañoal prójimo,prácticasde sodomíay otros.Estos castigosincluían
no sóloa laspersonassinotambiénlosbienes:lacasa,losárboles,losobjetos,arrasándose y
quemándose todo,paraque noquedarse menoríade losdesdichados.Esel castigociegoque
supervive hastalamuestraépoca.
El carácter penal eraintimidatorio,nose perseguíatansolola correcciónindividual del
delincuente sinode lasociedadtoda,que contemplabaseguramenteespantadaladrasticidad
del castigo.
Había enla penalidadincaicaconsideracionesinteresantesel que rodabapornecesidad
artículos de comer,era simplementereprendidolaprimeravez,dándoleloque faltaba,pero
se castigaba al jefe que noproveíalo necesarioyque porsu negligenciahabíadadolugar al
delito.
Se tuvieronencuentacausasatenuantesyagravantes.Entre lasprimeraspodemoscitaral
destierrolimitadoaciertoperíodoenvezde la penacapital,enla coyunturadel marido
ofendidoque matóala esposaculpable oal adúlteroque cohabitóconella.Encambioera
agravante atentarcon era un altofuncionarioopariente del Incaolas relacionessexualescon
lasmujeresencerradasenlostemplosde lasescogidasounhurtode bienesdel soberano.
Tambiéneraagravante faltarel deberde función:lasanciónera másseverasi el autor del
delitoerajuezoautoridadporque el funcionariodebíasermejorque el restode sussúbditos.
11. La reincidenciase tipificócomoagravante yeracastigada severamente.Porejemplo,el robo
repetidodabalugara la penade muerte.Y así en otrosdelitosmenorescomolaholgazaneríao
losdelitossexuales.De losdelitosmayoresnocabíarepeticiónporque,eransancionadoscon
la penamáxima.
Considerabanlaedadcomocausa atenuante paraaplicarla corrección,peronodejabande
castigar a losmenoresque delinquían.
Si se forzabaa una doncella,el actorera castigadocon lapenacapital,perose salvabade ella
si consentíaen casarse.
La violaciónyladefloración erancastigadosconmenorseveridadsi se encontrabaunmarido
para la deshonrada(Anónimo).
Todo estohace ver que había ciertalibertadenlaaplicaciónde lapenaperoen formamuy
limitadayencasos especiales.
Interesante escomprobarcómoenciertoscasoshabía una atenuaciónde lapenano por el
arrepentimientodelactorsinoporel perdóndel ofendido.Lamujeradúlterase librabade la
muerte si el maridola perdonaba.
Igualmente se tomabanencuentalatentativayel arrepentimiento:pueblosque se sometían
voluntariamente,despuésde rebelarse,podíanserperdonadossegúnlaRelación.
A losque huían de su tierra,loque generalmenteerapunidoconlamuerte,lesdabanotra
sanciónsi tenían hijos.
Algunasveceslapenaerasuspendidaperoerasentenciadoa muerte si cometíaotro delito.
La justiciase aplicabade oficio.Considerabanlosincasque noerade buengobiernoesperar
que,hubiese quejososparacorregira losmalhechoresyque eramejorcastigar losprimeros
delitos,puesconellose cortabalacomisiónde otros.El castigo loimponíael Estado: noera
frutode lavenganzapersonal del agraviadoode lafamiliarelacionadosde aquél,comoenlas
épocasprimitivas,loque eraunaventaja,peroteníala contrapartidade su aplicación
inexorableyseverísima.
La leyteníavigenciageneral yse aplicabasinexcepciones,aunqueel Incaestaba,según
Garcilaso,prácticamente excluido,puescomohijodel Sol disponíade todoloque podía desear
y no teníamotivospara delinquir.Sinembargo,noeraigual ensuaplicación.Cobosostiene
que aunque se preciabande castigartodoslos delitos,sudabandiferentespenasalosnoblesy
ricosque a loshumildesypobres.Lapenade muerte a un noble erapordecapitaciónyno se
hacía, por lo general,enpúblico.Habíatambién,cárcelesespecialesparalosnoblesyaltos
funcionarios.Tengamospresente que se tratabade unacultura señorial yjerarquizada.
Las instanciaseranúnicas.La justiciaeragratuita.
No había especializaciónprofesional porlasimplicidadde lavida.
No se conocería lafiguradel abogado.
Se empleabaunsistemade ordalíasypruebamágica del culpable comocuandose le echabaa
la cárcel llenade animalessalvajesoponzoñososysi el presuntomalhechornoperdíala vida
era liberadoporque se considerabaprobadasuinocencia.
12. SegúnGarcilaso,lapenaera tasada. Nohabía arbitramientoporque considerabanque dareste
poderal juezeradisminuirlamajestadde laleyyabrirla puertadel cohecho.
No se conocióla sanciónpecuniariaoconfiscaciónde bienesporque sosteníanque con
castigar lahacienday dejarvivosalos delincuentesnose evitabalaexistenciade losmalvados.
No obstante,algunoscronistaslamencionanyparece que enciertoscasosse aplicabasobre
losobjetosofrutosde propiedadparticular.Generalmenteeraunapenacolectiva:mayor
tributocuandose infringíaunanormaimpositiva.
En ocasiones,ycomopolíticade buengobierno,se usabael indultooremisiónde lapena.
Había juecesespecialesparalosociososyholgazanesafinde procurar que todoslos
ciudadanosanduviesenocupadosensusoficiosoenservira susamos.
Existíanigualmente,cárcelesolugaresde castigoterriblescomolasque nosdescriben,entre
otros,Ciezade León, Morúa, Miguel Cabellode Balboay Guamán Pomade Ayala,cuya sola
menciónhacía temblara laspersonas.Constituían,pues,nolugaresde seguridadsinode
expiación.
Se conocióla responsabilidadpordañosaterceros.Ademásde laconsignadaenlospárrafos
anterioresel propietariodel animal,que causabadañoenunaheredadajena,respondíade
este hecho.El agraviadopodía tomar laspiezasque le resarcieranel daño(compensación
personal).El tomarel ganadode lapersonacausante de un daño,que Trimborn lo califica
como unrezago de la venganzaprivada,eraenrealidadunareparacióncivil autorizadaporla
ley.
Otra expresiónde este conceptoeralasiguiente:cuandounapersonahabía quedado
inutilizadaenunapendencia,sumanutencióncorríaa cargo del causante.
No escasearoncastigosinjustoscomoerael condenara la doncellaforzadaaservirenel
templode lasescogidasola sanciónimpuestaal cargadorde laliteradel Incaque tuvieraha
desgraciade tropezarse ocaerse.
La concurrenciade delitosaparejabahaaplicaciónde lapenacorrespondiente al delitomás
grave,incluyendomuchasvecesel tormento.
La complicidaderapenadaseveramente.Laomisiónde ladenunciasegúnGarcilaso"hacía
suyoel delitoajeno".
Esta complicidaderavoluntariaoinvoluntaria,impuestaporla ley:caso de la responsabilidad
solidaria.
La jurisdiccióndependíade lagravedaddel delito.SegúnCiezayel Anónimohabíauna
jurisdicciónespecialde índole religiosa.
En lospueblosprimitivosse considerabael hechoviolatorio,oseael sentidoobjetivode la
culpa.En el Imperiosigue observándoseestatendenciaperoaparecenatisbosde subjetividad.