Definición y tipos de Estado, ramas del poder público y entidades territoriales
1.
2. Nación: (con mayúscula) es un ente jurídico (sujeto de derechos y
obligaciones) que representa al nivel central del Estado (en cabeza del
Presidente de la República como principal autoridad de la rama ejecutiva del
poder público).
nación: sociológico, para hacer referencia a la población como elemento del
Estado, considerando la nación (con minúscula) como la comunidad de
idioma, religión, aspiraciones y raza.
País: Hace referencia al territorio, es decir, que guarda relación con el
fenómeno geográfico donde el Estado ejerce su poder.
Patria: Se usa para designar la tierra natal o adoptiva a la que un individuo se
siente ligado por vínculos de diversas índoles, como afectivas, culturales o
históricas.
República: Se refiere a la forma que asume el Estado en determinado periodo
histórico. Se caracteriza por ser una forma de gobierno que se rige por la ley y
que reconoce la soberanía del pueblo.
3. Es una entidad política, que se forma cuando, en una porción de la superficie
terrestre, un conjunto de personas se organiza jurídicamente bajo el mando de
un conjunto de organizaciones que busca mantener el orden en la convivencia
en sociedad.
Los elementos básicos del Estado son: La población, el territorio y la soberanía
reconocida por otros Estados.
Tipos de Estado: - Primera civilización: Grecia y Roma la ciudad Estado (pulis),
se caracterizó por la esclavitud, se habló de la herencia y el urbanismo.
- Época medieval: Feudalismo, cambio en la economía, no más esclavos sino
siervos, alianza entre la corona y la iglesia, primeras cruzadas.
- -Estado Estamental: Primeras normas que hablaron sobre los derechos del ser
humano ( Estados modernos)
- -Estados liberales: Revolución francesa y en Estados Unidos.
- -Estados de derecho: Piensa individual.
- -Estados social de derecho: Piensa en colectivo, en la sociedad.
4. Esta representado por el congreso ( cámara de representantes y senadores) al
que le corresponde reformar la constitución , hacer las leyes y ejercer el control
sobre el gobierno y la administración.
Funciones: Constituyente, legislativa, de control político, judicial, electoral, y
de protocolo.
Emiten proyectos de ley: Los proyectos de ley lo pueden presentar el gobierno,
10 miembros del congreso, el 5% de los ciudadanos del censo electoral, 30% de
diputados o concejales, la corte constitucional y el consejo de Estado.
Organización administrativa del congreso: Tanto el senado como la cámara
constan de una mesa directiva, un presidente y dos vicepresidentes. Además de
una secretaria general para funciones de comunicación y archivística.
Además se dividen en comisiones como por ejemplo comisiones permanentes
(tramitar un primer debate proyectos de ley), comisiones especiales, comisiones
legales y comisiones accidentales.
5. Es la rama del poder público que ejerce las funciones del Estado relacionadas
con el gobierno y la administración precedida del presidente, ministro y
directivos departamentales, las gobernaciones y las alcaldías .
Objetivos: La definición de objetivos globales de desarrollo económico y social,
y la definición de coordinación y ejecución de planes, políticas públicas y
estrategias de carácter general.
Emiten decretos y resoluciones según su dependencia.
Organismos principales: Presidencia, ministros, departamentos
administrativos.
Organismos adscritos: Superintendencias, establecimientos públicos, unidades
administrativas especiales y demás organismos que se determinen.
Organismos vinculados: Empresas industriales y comerciales del Estado,
sociedades de economía mixta, cuyo acto de creación estén vinculados a un
ministerio o departamento administrativo.
6. Entidades territoriales: Departamentos, distritos, municipios, indígenas,
personas jurídicas, de derecho público. Autonomía, gestión de intereses y
ejercen según las competencias en la constitución.
Ley orgánica de ordenamiento territorial (LOOT): Establece las bases para el
ordenamiento territorial del país, fortalece la organización del Estado y la
asociatividad territorial sin crear nuevas estructuras, promueve un nuevo
modelo de relaciones Nación-territorio. Sus funciones son promover la
descentralización de competencias, recursos, autonomía, propicia la
concertación de políticas entre Nación y las entidades territoriales, define el
marco institucional para el ordenamiento territorial, sirve de instrumente de
planificación y gestión del territorio .
Organización administrativa: Organismos principales: Gobernadores,
Alcaldías, secretarias de despacho, departamentos administrativos, organismos
adscritos o vinculados, operaciones administrativas de elección popular ( Jal).
Los departamentos y los municipios están divididos en diferentes categorías
según su población e ingresos.
7. Es la encargada de administrar justicia, partiendo de su autonomía frente a las
ramas del poder público y frente a los ciudadanos de un conjunto de principios
constitucionales.
Sentencia: Poner fin a un proceso, administrar justicia, decisiones motivadas
pueden ser apeladas o consultadas.
Fallos: sentencias definitivas, no aplica ningún recurso contra ellas.
Autos: motivadas, dictadas por una autoridad que decide cuestiones
segundarias previas o de ejecución para las cuales no se requieren sentencia
Jurisdicciones: Común u ordinaria, de lo contencioso administrativo,
constitucional, de paz.
Organismos: Fiscalía General, Consejo Superior de la judicatura.
Corte Suprema de justicia: Es la más alta instancia de rama judicial, y le
corresponde ser el tribunal de última instancia en el juzgamiento del
presidente y los altos funcionarios ejecutivos como el congreso.
Tribunales superiores de distrito judicial: Son las máximas autoridades
judiciales en su jurisdicción.
8. Juzgados: Células básicas de la organización judicial, conoce los temas que
involucran a entidades públicas o funciones públicas
Organismos de Control.
Órganos de la actuación disciplinaria de los funcionarios y autoridades
públicas así como las quejas de la ciudadanía sobre estos, vigilan además el
manejo de los recursos públicos y son claves para prevenir y actuar frente a la
corrupción.
Procuraduría General : Control disciplinario a nivel nacional y territorial, el
procurador general lo escoge el congreso.
Defensoría del pueblo: Control defensorial, el defensor del pueblo lo escoge la
cámara de representante.
Contraloría General: Control fiscal, Consiste en la vigilancia del manejo de los
recursos públicos, por parte de la administración y de los particulares o
entidades que manejan fondos o bienes de la Nación.