2. Diagnóstico integral
Régimen Especial de Jubilaciones y Pensiones en las
Universidades Venezolanas
2
A continuación presentamos la evolución de nuestro sistema en los últimos años
con los impactos legales, sociales y económicos que la afectan en la actualidad y
sugiriendo rumbos de acción.
1.Régimen pionero en el país generado por pauta OPSU y luchas gremiales.
2.Contributivo, universal y de carácter solidario.
3.Régimen estable hasta el año 2008.
4.Régimen inestable desde el año 2008.
5.Acciones contrarias del Ministro Ramírez.
6.Gestión financiera positiva.
7.Objetivo cumplido.
8.Contribución: Garantía Régimen Preexistente.
9.Cartera de Inversiones.
10.Misión, Visión y Valores.
11.Dirección y control de la gestión financiera.
12.Conclusiones.
Caso: Universidad de Carabobo
3. 1. Régimen pionero en el país generado por
pauta OPSU y luchas gremiales
Basadas en las pautas que dictó el Consejo Nacional de
Universidades (CNU) en el año 1976, las universidades
crearon un régimen de jubilaciones y pensiones soportado en
el reglamento (estatuto de cada universidad) así como en la
actas convenios firmadas entre los profesores y sus
respectivas universidades además de las normas de
homologación. Posteriormente los empleados y obreros
lograron plegarse a este mismo régimen y obtener ese
derecho. Previó una figura jurídica para la guarda, custodia,
administración e inversión de los fondos financieros que se
iban a producir de los aportes tanto de la universidad como
de los profesores. 3
4. 4
La naturaleza de esas personas jurídicas permitió crear
organizaciones con cierta autonomía y capacidad para
acceder al mercado financiero; otorgar préstamos a la
comunidad universitaria; comprar bienes inmuebles; títulos
valores, bonos, depósitos y otros instrumentos de renta fija o
variable en moneda nacional y extranjera, que le permitiera
cumplir con su objeto: contribuir con el pago de las
jubilaciones y pensiones del personal universitario. Las pautas
no indicaron un tipo de figura en particular y en la mayoría
del país existen fundaciones, además de asociaciones civiles y
sociedades civiles. En el caso de la UC la figura jurídica fue
una asociación civil denominada Fondo de Jubilaciones y
Pensiones del Personal Docente y de Investigación de la
Universidad de Carabobo (FOPEDIUC)
5. 2. Contributivo, universal y de
carácter solidario
Los fondos financieros de jubilaciones y pensiones del personal docente y de
investigación de los profesores recibían inicialmente aportes de capital de dos
fuentes: a) aportes de los profesores y b) aportes de la universidad. Sin embargo,
tales aportes no fueron uniformes nacionalmente: Cada universidad vía consejo
universitario decidió la cuantía de aquéllos. Así observamos como la UNET recibía
1% de aporte de profesores y 1% de aporte patronal; LUZ con 2% de aporte
personal y 4% de aporte patronal; la UC con 3% patronal y 3% personal; la UCV
con 4% patronal y 4% personal; la ULA que se nutre del 5% de aporte personal y
5% de aporte patronal; y la UDO con 6% personal y 10% patronal. Los aportes de
capital fueron procesados en forma regular durante un cuarto de siglo a través de la
creación de un sistema propio de las universidades en función de su autonomía. En
ese régimen, tanto los profesores activos como los jubilados realizaban esos aportes
a capital y cada fondo debía incrementar esos recursos en tanto fondo financiero
que era y generar un capital para esa figura jurídica. Con el capital de trabajo y el
capital acumulado se generaron ganancias y gran parte de esas utilidades se
entregan a la universidad para contribuir, directa o indirectamente, con el pago de
jubilaciones y pensiones, objeto principal de estos organismos.
5
6. 6
3. Régimen estable hasta el año 2008
Las universidades nacionales comprendieron y entendieron que
manejaban un régimen propio creado desde el año 1976 con las
pautas correspondientes dictadas por el CNU y las normativas
contempladas para los efectos tanto en la Ley de Universidades
y las leyes vigentes para aquel entonces. El proceso consistía en
un sistema en el cual tanto profesores activos como jubilados
aportaban mensualmente para la creación de un fondo
financiero cuyo objeto principal era contribuir a jubilaciones y
pensiones. Este sistema se mantuvo inalterable hasta el año
2008 en el cual por una disposición del CNU cesan los aportes
de los profesores jubilados e inclusive algunas universidades
devolvieron cuatro años de esos aportes (desde la entrada en
vigencia de la LOSSS en el año 2003).
7. 7
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES
SECRETARIADO PERMANENTE
N° 082, Caracas, 06 de agosto de 2008
• Que las Universidades Nacionales, desapliquen de inmediato los Estatutos de los
Fondos de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación,
eliminando la obligación del Personal Jubilado de seguir cotizando o
contribuyendo con el mencionado fondo, adecuando así el estatuto al mandato de
la Ley de Seguridad Social.
• Que las Universidades Nacionales, cesen en el descuento por aporte a los Fondos
de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación Jubilados.
• Que las Universidades Nacionales acuerden con los Fondos de Jubilaciones y
Pensiones la reforma de los estatutos, de manera que permita reintegrar, tanto a
los Profesores, como a la propia Universidad los aportes realizados, a partir de
enero de 2003.
En la misma sesión el CNU nombró una comisión para estudiar la magnitud de
la modificación de los estatutos y el destino que debía darse a estos fondos. La
comisión fue coordinada por el Prof. Antonio Castejón y produjo distintas
conclusiones que no fueron llevados al CNU.
“
“
8. 4. Régimen inestable desde el año 2008
Durante 24 años el régimen funcionó absolutamente estable; sin
embargo, a finales del año 2002, se sanciona la Ley Orgánica de Sistema
de Seguridad Social (LOSSS) y con ella se abre un debate en el país
acerca de si es aplicable o no a las universidades.
La disposición CNU del 2008 fue acatada de distintas maneras por las
universidades. Sobretodo a lo relativo a la devolución de retenciones
hechas a los profesores jubilados después del año 2003. Ello fue porque
algunas universidades argumentaron que, en función a su autonomía
funcional y al carácter parafiscal de esa contribución, lo dejaban como
parte del capital de los respectivos fondos.
Otro grupo devolvió el capital y algunas como la UC y LUZ devolvieron
el capital con intereses, aplicando la tasa promedio activa y pasiva con la
cual se calcula el pago de las prestaciones sociales.
8
9. La respuesta heterogénea de las universidades a la disposición del CNU
del año 2008 dejó abierto el debate acerca de la adscripción de las
universidades a la LOSSS. La falta de respuesta por parte de la
comisión nombrada para trabajar el futuro de los fondos y la
actualización de los estatutos por el Consejo Nacional de Universidades
aportó mas incertidumbre, la cual se amplió con la gestión del Ministro
Edgardo Ramírez sustituto de Luis Acuña.
La Consultoría Jurídica del CNU cuestionó además la figuras jurídicas
que soportaban los fondos. En particular las Asociaciones Civiles, estos
organismos son de carácter privado propio de las Cajas de Ahorros e
Institutos de Previsión, sin supervisión del Estado, al contrario de las
fundaciones cuyos entes fundantes incluyen instituciones públicas y
por ende la posibilidad de administrar recursos públicos. Se envió la
documentación a este organismo y se quedó que en una sesión del
CNU sería tratada la materia para establecer esta política.
Lamentablemente con la salida del Ministro Acuña, este informe no
llegó a ser considerado. 9
10. Comisión Antonio Castejón (SAM-OPSU)
10
La comisión Castejón produjo un proyecto que se denominó
informalmente SAM-OPSU (publicado en la web). Sugería la creación de
un Sistema de Atención al Adulto Mayor (SAM) enmarcado en la LOSSS.
Orientando los recursos del régimen preexistente hacia la previsión social
de los profesores jubilados, manteniendo el carácter contributivo,
universal y solidario y transformando el fondo actual en un fondo
voluntario complementario.
Así mismo sugería modificar los estatutos de todos los fondos del país
para indicar el nuevo objeto, dejar claro que en caso de desaparecer la
figura jurídica los recursos serían utilizados para la previsión social de los
profesores universitarios. En este caso, inclusive se podía utilizar sin
problemas la figura de Asociación Civil de carácter privado, dado que no
se recibirían aportes del estado (lo contrario a la figura de fundación que
es la pertinente cuando se administra patrimonio público).
11. 5. Acciones contrarias del Ministro Ramírez
El Ministro de Educación Universitaria nombrado en el 2010,
Edgardo Ramírez manifestó a través de un informe realizado por
su asesor jurídico privado y distribuido en el CNU su disposición
contraria al funcionamiento de los fondos como parte del régimen
de jubilaciones y pensiones. Cuestionando el carácter autonómico
de las universidades y su carácter preexistentes ante la LOSSS.
Argumentó que éstos regímenes de jubilaciones universitarios no
tienen naturaleza legal, válida y por ende, procedió a retener los
aportes patronales de los profesores activos pertenecientes a su
fondo, en un fideicomiso. Esta disposición no fue aprobada en
CNU. Ramírez denunció en la Fiscalía y en la Contraloría General
de la República la existencia de estos Fondos y su denuncia fue
exclusivamente a los fondos de los docentes pertenecientes a la
Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (AVERÚ)
11
12. * Basado sólo en lo dejado de percibir.
Impacto en el Fondo de la UC en los aportes
dejados de percibir que formaban parte del capital
Cuadro N° 1
12
13. 6. Gestión financiera positiva
Pese a lo anterior, la relación de utilidades de los fondos ha sido positiva. A
nivel nacional ninguno de los administradores de fondos ha presentado
pérdidas; pero sí han tenido menos utilidades y por ende menos
contribución al alma máter, dado la disminución de los aportes a capital.
Los fondos a nivel nacional han venido cumpliendo su función, no han
dejado de contribuir y en muchos casos lo han hecho más allá de los aportes
a capital dados por los profesores activos.
Ello se puede observar en el cuadro No. 2 en el cual se aprecia el
patrimonio acumulado del Fondo de la UC, los aportes recibidos, la utilidad
obtenida y las contribuciones correspondientes. Igualmente se observa el
movimiento del patrimonio, con los respectivos aportes a la UC. Es obvio
que si se hubiera recibido el capital mencionado (aportes) en el punto 4, la
contribución a pensiones y jubilaciones de las universidades nacionales
hubiera sido proporcionalmente mayor. En el cuadro No. 3 se observa el
rendimiento que de ese capital ha hecho el Fondo de la UC.
13
14. Cuadro N° 2
Evolución del Patrimonio del Fondo UC durante el período 2000-2013
(Expresado en Bolívares)
Nota 1: Los aportes y retenciones desde el año 2003 al 2008 fueron llevados al pasivo por motivo de la LOSSS. En el año 2009 fueron reclasificados de nuevo al patrimonio
solo los aportes de los profesores activos.
Nota 2: En el año 2013 los montos fueron negativos debido a la reclasificación de los aportes universitarios desde junio 2010 hasta diciembre 2013 a cuentas de orden (aportes
universitarios por recibir del ejecutivo nacional)
Nota 3: En el año 2014 los aportes no han sido recibidos (ni de docentes activos, ni de docentes jubilados) pero se mantiene por completo la operatividad del fondo pese a la
falta oportuna de aportes de capital.
Nota 4: Los aportes de los profesores jubilados representan un 62% del capital semilla acumulado al año 2013
15. Relación de Utilidad / Aportes
Caso Fondo de la UC
Estos retornos se han dado pese a las pocas opciones en el mercado financiero y la suspensión desde junio de 2010 de los aportes
patronales correspondientes a los profesores activos. Aún así, las universidades a través de los fondos han realizado inversiones
con criterios de solvencia, liquidez y seguridad que han logrado aumentos razonables de capital superior a cualquier fideicomiso
(8 a 10% mercado nacional).
Aportes de capital incrementados y/o salvaguardados
Cuadro N° 3
16. 7. Objeto cumplido
La contribución entregada por el Fondo de la UC durante los últimos
cinco años ha sido el 62,94% de la utilidad. El método utilizado se basa
en la estimación de ganancias que hace la administradora de fondo; el
monto a otorgar de la contribución del Fondo a la UC desde el año 2008,
fecha en la cual se dejaron de percibir los aportes de los profesores
jubilados, hasta el año 2009, fue del 70% de la utilidad. A partir del año
2010 se acordó (en virtud de la disminución del capital) que el promedio
debía ser, como mínimo, 60% y en los años en los que hubiera utilidades
para el período de origen cambiario (devaluación de la moneda), se debía
entregar una contribución estimada menor.
En el cuadro No. 4 se observa el porcentaje de contribución del Fondo de
la UC a la Universidad de Carabobo con base en la utilidad. Esto quiere
decir que, de cada Bs. 100 producidos por el Fondo de la UC, Bs. 62,94
se envían a la universidad para contribuir al pago de jubilaciones y
pensiones
16
17. * Año con utilidad cambiaria de origen no realizable.
Contribución decretada por el Fondo a la UC
con base en la utilidad
(en miles de bolívares)
Cuadro N° 4
17
18. 18
Propósito del Fondo de la UC (FOPEDIUC)
Artículo 3. El objeto de FOPEDIUC es la guarda, custodia,
administración e inversión de un Fondo Financiero constituido por:
a)Los aportes del Estado venezolano, por sí o por conducto del
presupuesto de la Universidad de Carabobo.
b)Los aportes mensuales de los afiliados a FOPEDIUC, en los
términos y bajo las condiciones previstas en la ley.
c)Los frutos, rentas e intereses y cualquier otro producto de las
operaciones que realice.
d)Cualesquiera otros ingresos.
e)Los demás bienes que adquiera por cualquier título.
Su propósito es contribuir con el pago total o parcial de las
jubilaciones y pensiones de los miembros del personal docente y de
investigación de la universidad, en los términos previstos en el
artículo siguiente, conforme a la ley.
Estatuto vigente
19. 8. Contribución:
Garantía Régimen Preexistente
La nómina del personal docente jubilado (pasiva), desde
2009 en adelante, ha tenido un monto de Bs.
593.738.560,30 y las contribuciones del fondo han sido de
Bs. 18.647.700,75, lo cual representa el 3,02% del total
(ver cuadro No. 5). El fondo de la UC así como sus
profesores activos y jubilados han contribuido a pagar
jubilaciones y pensiones y, al hacerlo, está validando el
régimen. Pero aún hay más: al cumplir esto se está en
concordancia con la CRBV y la Ley de Universidades,
validando un sistema pionero y propio de jubilaciones y
pensiones de las universidades nacionales.
19
20. Si efectivamente las universidades nacionales entran en el
campo de la LOSSS, la contribución que hacen sus
docentes y que a la vez hace su fondo financiero a los
aportes de jubilaciones y pensiones es garantía del régimen
preexistente (Disposición Final 8va. de la LOSSS). Esto
último significa que se mantienen los derechos y deberes
de los profesores universitarios. Fopediuc, como parte del
sistema, ha contribuido con jubilaciones y pensiones y los
profesores también han cumplido, lo cual representa para
ellos la única garantía para exigir que se mantenga su
sistema de jubilaciones y pensiones a futuro. Esto último
ha sido validado por las auditorías tanto externas como de
la CGR (con diferencias porcentuales).
20
22. 9. Cartera de Inversiones
El financiamiento ha sido posible gracias al buen manejo de la cartera de
inversiones de la administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones.
Esta cartera de inversiones está constituida por seis ítems: Inversiones en
Préstamos, Inversiones en Bienes Inmuebles, Inversiones en el Mercado
Financiero, Efectivo en Bancos Nacionales, Efectivo en Bancos
Extranjeros, lo cual da como total Bs. 99.189.555,81 al 31/12/2013. Las
inversiones en préstamos constituyen el 37,51% de la cartera de
inversiones del Fondo de la UC, formada por préstamos personales (a corto
y mediano plazo), hipotecarios (a largo plazo) y de vehículos (a mediano
plazo), cada uno con las respectivas garantías, llegando a un monto de Bs.
37.209.275,96. Así como también existen inversiones en inmuebles que
representan 26,11%. Otro monto significativo que representa el 30,57% lo
constituyen las inversiones en el mercado financiero tanto en dólares como
en bolívares; estas inversiones están representadas en Bonos PDVSA,
Venglobal, Bonos Corporativos, Bonos del Sur, Fondos Mutuales en
Moneda Extranjera, entre otros (ver cuadro No. 6).
22
24. 9.A Inversiones en Préstamos
Capítulo aparte merecen las inversiones en préstamos que ha venido
realizando el Fondo de la UC y los demás fondos de jubilaciones y
pensiones del resto del país. Los fondos manejan su cartera de
préstamos como una inversión de la cual se espera un retorno
razonable. En la actualidad FOPEDIUC ha dado más de 2000
prestamos solidarios a sus afiliados.
Se presta a una tasa ligeramente mayor que la de las cajas de ahorro,
incluyendo los gastos administrativos, exigiendo las debidas
garantías. En los préstamos a corto plazo es póliza de vida; en los
préstamos a mediano plazo es póliza de fidelidad y póliza de vida,
según la condición del profesor que solicita el préstamo (activo o
jubilado). La principal garantía es que el profesor firma la respectiva
autorización de descuentos por nómina para cancelar esta obligación
contraída.
24
27. 27
Cuadro N° 7
Préstamos que otorga FOPEDIUC
a los profesores de la UC
La cartera de créditos del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal
Docente y de Investigación de la Universidad de Carabobo (Fondo UC) se
encuentra distribuida de la siguiente forma, al 31/12/2013 :
28. 28
Cuadro N° 8
Destino dado a los préstamos
por los profesores de la UC
En general, los profesores han utilizado los préstamos a corto y mediano
plazo a los siguientes fines:
29. 29
Cuadro N° 9
Relación de préstamos a profesores
y patrimonio de FOPEDIUC
Los préstamos a profesores constituyen el 33,44% del
patrimonio del Fondo de Jubilaciones y Pensiones y han
beneficiado cerca de 2.000 profesores. Esta relación se observa
a continuación:
30. 9.B Inversiones en Mercado Financiero
Los fondos financieros se han sustentado en inversiones del mercado
financiero nacional y del mercado internacional. La primera en la
actualidad a través de la Bolsa Pública Bicentenaria de Valores y la
segunda en el mercado internacional, a través de UBS Financial, una
de los mayores sociedades bancarias y financieras internacionales, la
cual maneja la cuenta del Fondo de la UC a través de la compra de
distintos títulos valores. Cada vez que se liquida un papel a la fecha
de vencimiento UBS Financial deposita en una cuenta especial esos
recursos. El Fondo de la UC autoriza qué hacer con los mismos
(compra de nuevos títulos valores o depósito del efectivo en dólares
en la cuenta especial). Estos dólares se registran al valor del costo
histórico, es decir a la tasa correspondiente del mercado a la cual
fueron comprados y se calcula a Bs. 6,30/$ como cambio oficial,
vigente.
30
31. Por esta vía, con la asesoría de UBS Financial, se ha logrado
un rendimiento para inversiones en dólares del 5% en
promedio anual, aceptable en los tres últimos ejercicios
económicos y razonables para rendimiento en divisas a nivel
internacional. El total producido por los intereses y
dividendos en los últimos años fue de US$ 644.150,74 sobre
un capital inicial de US$ 4.237.058,20 para iguales ejercicios.
La administración de UBS Financial se maneja con base en
las leyes del Tesoro del Gobierno de EE.UU. incluyendo los
procesos de control de transparencia y legitimación de
capitales.
31
32. Cuadro N° 10
Rendimiento de títulos valores
Nota: El rendimiento de FOPEDIUC se ha visto disminuido debido que a partir del
año 2012 se empezó a incrementar la posición de FOPEDIUC en Fondo Mutuales los
cuales generan ganancias en precios de mercado y no por renta fija.
en moneda extranjera
33. 33
Cuadro N° 11
9. C Inversiones en Bienes Inmuebles
Con la finalidad de registrar el Valor Razonable al 31 de diciembre de
2013, la Institución, consideró la inflación correspondiente al período
enero a mayo (21,20%), tomándolo como disminución del Avalúo
según el siguiente detalle:
De acuerdo al resultado obtenido se registró reconociendo el Resultado los
cambios en el valor razonable, NIIF para la PYMES Sección 16, Párrafo 16.7
Fuente: Lanz, Jiménez y Asociados (Junio 2014)
34. 10. Misión, visión y valores de FOPEDIUC
Como consecuencia de la dinámica que ha sacudido a los fondos se realizó un ajuste a su
misión, visión y valores, con miras a ampliar a futuro un objeto enmarcado en un
concepto más amplio de previsión social, teniendo como base el artículo 86 de la CRBV.
MISIÓN: Colaborar con la protección social del personal docente y de investigación,
mediante la administración de un fondo financiero que permita contribuir con la
Universidad al pago que ella debe hacer del monto de las jubilaciones y pensiones
otorgadas o por otorgar a su personal docente y de investigación; así como contribuir con
los programas que desarrolle con fines sociales, conforme a lo dispuesto en el artículo 86 de
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para atender las necesidades de
servicios médicos, asistenciales y demás beneficios de la seguridad social del precitado
personal.
VISIÓN: Ser una institución que contribuya al bienestar colectivo de los docentes
universitarios a través de aportes y procedimientos que permitan homologar las pensiones y
jubilaciones independientemente del régimen preexistente y en contribuciones en salud y
previsión social que contribuyan a mejorar su calidad de vida.
VALORES: Honestidad, Solidaridad, Rentabilidad, Responsabilidad y Transparencia.
35. 11. Dirección y control de la gestión financiera
Fopediuc es una Asociación Civil manejada por una directiva de cinco
miembros, en la cual estatutariamente su presidente es el vicerrector
administrativo, quien debe su designación al voto del claustro universitario.
Los otros cuatro miembros (secretario, tesorero y dos vocales) también son
electos en procesos electorales. Recibe el nombre de Fopediuc - como se vio
en paginas anteriores - y maneja el Fondo Financiero de Jubilaciones y
Pensiones. Como se explicó anteriormente se cuestiona su carácter de
Asociación Civil por parte del MPPPEU desde el año 2008; situación que ha
sido tomado en cuenta por la UC máxime cuando en la actualidad es la única
en el país.
Existe, además, una junta fiscalizadora electa en la misma oportunidad que la
junta directiva, encargada de revisar la gestión semestral y anual de la junta
directiva, la cual también es electa. La decisión del año 2008 y la comisión
nombrada por el CNU pretendían lograr una figura jurídica homogénea en el
país, dado que existen fundaciones, asociaciones civiles y sociedades civiles,
y el Ejecutivo había reclamado que debía tenerse una figura coherente.
35
36. 36
Lo anterior planteó una ruta de acción por parte de la Universidad de
Carabobo de ajustar su estatuto para incorporar una figura jurídica
coherente con los planteamientos del ejecutivo y de la homogeneización
del régimen a nivel nacional. Este trabajo está adelantado por una
comisión de juristas que presentarán un borrador de estatutos ante las
instancias pertinentes.
La gestión financiera del fondo, en los últimos cinco años, ha incluido la
respectiva auditoría anual hecha por contadores públicos en libre ejercicio.
De igual manera los respectivos informes de la Junta Fiscalizadora
realizados año a año, así como la publicación de las memorias y cuentas
previamente presentadas al Consejo Universitario, han sido publicadas en
la página web oficial de la Universidad de Carabobo.
Pese a su carácter privado por ser Asociación Civil, el fondo ha sido
externamente auditado dos veces por la Contraloría General de República
y una vez por la Superintendencia de Seguridad Social.
37. 37
La Junta Directiva es presidida por el Vicerrector Administrativo. En
elecciones abiertas que involucraron tanto los profesores activos como
jubilados, se eligieron el Secretario, Tesorero y los Vocales, así como el
Presidente de la Junta Fiscalizadora. La última elección se llevó a cabo en el
año 2007, tomando posesión en 2008. Están vencidos a la espera de
modificación de estatutos ordenadas por el CNU y en grado de avance por
el Consejo Universitario.
FOPEDIUC audita anualmente sus estados financieros y tiene supervisión
de la Superintendencia de Seguridad Social y control fiscal por parte de la
Auditoría Interna de la UC y de la CGR. Desde 2008 publica sus estados
financieros auditados en la página web de la UC así como sus respectivas
memorias y cuentas. Estas a su vez, han sido dadas a conocer al Consejo
Universitario.
La asamblea anual no se lleva a cabo desde el años 2009 por la misma
situación de modificación estatutaria ordenada por el CNU. Sin embargo
esta previsto hacer una convocatoria especial para el año 2014.
38. 38
¿Quieres saber más?
“Carta pública a la Comunidad Universitaria: En defensa del régimen
contributivo intergeneracional de Jubilaciones y Pensiones. (Declaración
de Maracaibo)
http://www.slideshare.net/Jubilaciones/comunicacin-pblica-a-la-
comunidad-universitaria-36882817
“Comunicado conjunto FAPUV-FONDUNIVE: En Defensa del Régimen
Especial de Jubilaciones y Pensiones de las Universidades Nacionales y el
Futuro de las Nuevas Generaciones” (Declaración de Mérida)
http://es.slideshare.net/Jubilaciones/declaracin-de-mrida
En la página http://www.uc.edu.ve/fopediuc.php se encuentra con detalle
el monto con el cual FOPEDIUC ha contribuido con la Universidad. Así
como información sobre su funcionamiento, memoria y cuentas, estados
financieros auditados, comunicaciones oficiales a partir de 2008 hasta la
fecha.