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LINEAMIENTOS ESPECIFÍCOS PARA EL
PROGRAMA DE PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL EN
RÉGIMEN COSTA – GALÁPAGOS 2022-2023
DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PARA LA
DEMOCRACIA Y EL BUEN VIVIR
SUBSECRETARÍA
PARA LA INOVACIÓN
EDUCATIVA Y EL
BUEN VIVIR
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1. ANTECEDENTES
El Ministerio de Educación a través del Programa de Participación Estudiantil busca
contribuir al desarrollo integral de las y los estudiantes, desde una participación que
trasciende el interés individual y que construye ciudadanía, a través de la transformación
del individuo en un actor social, coautor y corresponsable de proyectos con
responsabilidad social.
En este sentido, desde la Subsecretaría para la Innovación Educativa y el Buen Vivir, a través
de la Dirección Nacional de Educación para la Democracia y el Buen Vivir, se han
desarrollado las siguientes orientaciones para la implementación del Programa de
Participación Estudiantil, para todas las instituciones educativas que cuentan con
Bachillerato, de régimen Costa - Galápagos, año lectivo 2022-2023.
2. OBJETIVO
Establecer los lineamientos específicos para el régimen Costa - Galápagos 2022-2023 para
garantizar el cumplimiento de las horas del Programa de Participación Estudiantil, por parte
del estudiando de primero y segundo año de bachillerato.
3. BASE LEGAL
Los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República del Ecuador definen a la educación
como un derecho de las personas y un deber ineludible e inexcusable del Estado, que
constituye un área prioritaria de la política pública, garantía de la igualdad e inclusión social
y condición indispensable para el buen vivir.
El artículo 344 del ordenamiento constitucional determina que: “El sistema nacional de
educación comprenderá las instituciones, programas, políticas, recursos y actores del
proceso educativo. El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad
educativa nacional, que formulará la política nacional de educación; así mismo regulará y
controlará las actividades relacionadas con la educación, así como el funcionamiento de
las entidades del sistema”.
La Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Educación Intercultural en los literales
d) y l) del artículo 3, establecen como fines de la educación: “[…] El desarrollo de
capacidades de análisis y conciencia crítica para que las personas se inserten en el mundo
como sujetos activos con vocación transformadora y de construcción de una sociedad
justa, equitativa y libre […]”; y, “La inclusión del respeto y la práctica permanente de los
derechos humanos, la democracia, la participación, la justicia, la igualdad y no
discriminación, la equidad, la solidaridad, la no violencia, las libertades fundamentales y los
valores cívicos […]”.
En el artículo 25 de la prenombrada norma educativa establece que: “La Autoridad
Educativa Nacional ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Educación a nivel nacional y
le corresponde garantizar y asegurar el cumplimiento cabal de las garantías y derechos
constitucionales en materia educativa, ejecutando acciones directas y conducentes a la
vigencia plena, permanente de la Constitución de la República […]”.
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Mediante Decreto Ejecutivo No. 1027, de 24 de abril de 2020, se expidió reformas al
Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, determinando en el
artículo 198 que la calificación del programa de participación estudiantil equivale al 10%
para obtener el título de bachiller.
En el mismo instrumento legal, los artículos 202, y 203, establecen que: “[…] El programa
de participación estudiantil tiene una duración de doscientas (200) horas de trabajo, a
ejecutarse de conformidad con la normativa específica que para el efecto expida la
Autoridad Educativa Nacional […]”; y, “[…] La aprobación del programa de participación
estudiantil, (…), se realizará de conformidad con la normativa específica que para el efecto
expida la autoridad Educativa Nacional […]”; y,
Mediante Acuerdo Nro. MINEDUC-MINEDUC-2021-00024-A , de 29 de abril de 2021, se
expidió la normativa que regula el Programa de Participación Estudiantil, en donde la
primera y segunda disposición transitoria “responsabiliza (…) a la Dirección Nacional de
Educación para la Democracia y el Buen Vivir (…) proceda con la elaboración y socialización
del instructivo del Programa de Participación Estudiantil” y “mientras el estado de
emergencia sanitaria (…) no se encuentre superado y, mientras las clases se realicen de
manera virtual, la implementación del Programa de Participación Estudiantil (…) se
realizará conforme los lineamientos emitidos a través de la Subsecretaría para la
Innovación Educativa y el Buen Vivir”.
El Decreto Ejecutivo 145 que reforma el Reglamento General a la Ley Orgánica de
Educación Intercultural, define en los artículo 25 y 26 las modalidades semipresenciales y
a distancia de clases, estableciendo a la primeras como aquellas “que no exigen asistencia
regular de los estudiantes al establecimiento educativo y que debe complementarse con
actividades y/o trabajo autónomo e independiente del estudiante, a través de medios que
permitan la comunicación, el acompañamiento y la retroalimentación docente” mientras
que las modalidades a distancia “son las que proponen procesos autónomos de
aprendizaje de los estudiantes para el cumplimiento del currículo nacional, que se
caracterizan por no requerir asistencia presencial a clases ni acompañamiento en
establecimientos educativos. Sin embargo, podrán contar con acompañamiento de un
tutor o guía de manera remota o virtual, y con encuentros presenciales fuera del
establecimiento educativo.”
Mediante Acuerdo Nro. MINEDUC-MINEDUC-2022-00011-A, de 10 de marzo del 2022, se
expidieron los Lineamientos para el desempeño profesional docente en cumplimiento del
horario de labor educativa el que hace referencia al “(…) Periodo de acompañamiento: Es
la unidad de tiempo mínima en la que docentes y estudiantes desarrollan actividades
complementarias para el refuerzo y fortalecimiento de los aprendizajes dentro del horario
de clase. Este período debe ser de por lo menos cuarenta (40) minutos desde el subnivel
de Básica Elemental en adelante. Para el desarrollo de actividades complementarias que
permitan reforzar y fortalecer los aprendizajes de los estudiantes de manera integral,
promoviendo su iniciativa, creatividad, autonomía y el desarrollo de habilidades para la
vida”.
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Bajo Memorando Nro. MINEDUC-SIEBV-2022-00584-M, con fecha 05 de mayo del 2022,
se remitieron los “Lineamientos para las actividades complementarias para el
fortalecimiento de los aprendizajes”, documento donde se establece en el numeral 4
actividad complementaria obligatoria como requisito para la titulación al Programa de
Participación Estudiantil.
En este sentido, se establece la necesidad de emitir lineamientos específicos para la
implementación del Programa de Participación Estudiantil considerando las distintas
modalidades educativas que se ajustarán conforme con lo establecido en el Acuerdo
Ministerial Nro. MINEDUC-MINEDUC-2021-00024-A, en donde se señalan los objetivos,
actores y fases del Programa de Participación Estudiantil.
Este documento está dirigido a las autoridades institucionales, coordinadores
institucionales, docentes facilitadores y estudiantes del Programa de Participación
Estudiantil, siendo de aplicación obligatoria de acuerdo con el tipo de modalidad de clases,
en todas las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales, municipales y particulares.
Cada modalidad, contempla una breve descripción de implementación y un cuadro de
evaluación.
4. DESARROLLO
El Programa de Participación Estudiantil (PPE) es un espacio educativo para estudiantes
de primero y segundo de bachillerato a nivel nacional, cuyos objetivos específicos son:
1. Fortalecer la vinculación entre los y las estudiantes y la comunidad mediante la
implementación de proyectos educativos con corresponsabilidad social.
2. Fomentar el desarrollo de habilidades para la vida mediante el trabajo
colaborativo, la participación activa y la convivencia armónica.
3. Fortalecer la construcción de ciudadanía y el sentido de pertenencia del
estudiantado hacia la comunidad, mediante la promoción de su actoría social.
PPE induce a los participantes a la construcción de conocimiento mediante exploración,
discusión, negociación y debate de habilidades necesarias para la vida académica y
profesional. En este sentido, en todas las modalidades, el docente facilitador promoverá
el diálogo, la reflexión y el trabajo colaborativo, generando espacios donde las y los
estudiantes planteen sus opiniones, negocien soluciones y aporten al desarrollo del
proyecto, en un ambiente de solidaridad y respeto mutuo.
El Programa de Participación Estudiantil es un requisito obligatorio para la titulación y una
actividad complementaria en la jornada laboral de docentes, quienes utilizarán el
instructivo como una guía donde consta los ejes transversales, las fases, la metodología y
la forma de evaluación del programa.
4.1 Planificación
Para la planificación del Programa de Participación Estudiantil, las instituciones educativas
deben considerar que el proceso se ejecutará fuera del horario escolar regular del
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estudiantado, dentro de la jornada laboral docente, en el espacio asignado a actividades
complementarias.
El Programa de Participación Estudiantil se realizará en los períodos de acompañamiento
de 40 minutos, estos periodos se distribuirán en 32 semanas, a fin de cumplir 100 horas
reloj (60 minutos) en cada año escolar como lo estipula la ley.
Semanas en el año
lectivo
Horas pedagógicas
por período de
acompañamiento
Períodos de
Acompañamiento
semanales
Total de horas
en el año
lectivo
32 40 minutos 5 períodos 100 horas reloj
La autoridad institucional destinará la carga horaria de los docentes responsables de PPE,
a partir de los periodos de acompañamiento, conforme lo establecido en el artículo 6 del
Acuerdo Nro. MINEDUC-MINEDUC2022-00011-A.
4.1.1 Cronograma modalidad presencial, semipresencial y a distancia1
4.1.2 Participación de organizaciones externas en el Programa de Participación Estudiantil
Conforme estipula el Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-MINEDUC-2021-00024-A, en su
artículo 6 literal c, las “Organizaciones externas: Presentan proyectos educativos para
vincular al estudiantado con la comunidad, bajo los criterios establecidos en el instructivo
del Programa. Ejecutan con el coordinador y docentes facilitadores las propuestas
aprobadas”.
Los organismos externos podrán presentar proyectos para vincular al estudiantado con la
comunidad, mismos que serán analizados y considerados por la autoridad de la institución
educativa. Dichas instituciones deberán presentar sus propuestas de vinculación con la
1
CRONOGRAMA RÉGIMEN COSTA - GALÁPAGOS 2022-2023.xlsx
Actividades de PPE Régimen Costa – Galápagos
2022-2023
- Recepción, revisión y aprobación de proyectos
externos de vinculación con la comunidad.
- Inscripción de estudiantes en el sistema de
Gestión y Control Escolar
Junio
Fase de inducción Julio
Fase de planificación Agosto - Septiembre
Fase de implementación Octubre – Noviembre - Diciembre
Fase de evaluación Enero - Febrero
Cierre y registro de calificaciones y asistencia Marzo
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comunidad, enmarcados en los campos de acción, de las fases y tiempos del programa.
De igual forma, con la finalidad que el Programa de Participación estudiantil se una
actividad de mayor participación del estudiantado, los Consejos Estudiantiles podrán
presentar propuestas de proyectos educativos de vinculación con la comunidad conforme
las necesidades reales del entorno educativo.
Las autoridades institucionales deberán receptar las propuestas de vinculación con la
comunidad de organizaciones externas, revisarlas y aprobarlas en conjunto con el
coordinador del programa, los docentes facilitadores y el Consejo Estudiantil bajo los
parámetros estipulados en el instructivo. Posteriormente, remitir al distrito las propuestas
aprobadas e informar a los representantes legales las opciones de vinculación con la
comunidad para el estudiantado.
A nivel zonal y distrital se deberá llevar un registro de las organizaciones externas
aprobadas por las instituciones educativas.
4.2 Ejecución
La ejecución del Programa de Participación Estudiantil se desarrollará conforme a las
modalidades educativas y fases establecidas en el instructivo.
4.2.1 Modalidad presencial
Todo el estudiando en modalidad presencial, implementará el instructivo del Programa de
Participación Estudiantil2
, que guía la construcción de un proyecto grupal de vinculación
con la comunidad, mediante un trabajo coordinado con y sin organizaciones externas. Para
el efecto, se deberán cumplir las siguientes fases:
2 Para descargar el instructivo del programa, por favor descargar el siguiente link: https://educacionec-
my.sharepoint.com/:f:/g/personal/gabrielab_chamorro_educacion_gob_ec/Eklqia9qXLFMraUOhgfPBywBJTJ6
IMHDfmD1jTEkDY-UCg?e=M5w1l2
Fase Preparatoria Duración Actividades Contenido Participantes
Recepción,
revisión y
aprobación de
propuestas
1 mes
Revisión y validación de
los proyectos educativos
de vinculación con la
comunidad
Parámetros de
presentación
de propuestas para
organismos externos
Autoridad
Institucional,
coordinador y
docentes de PPE,
Consejo Estudiantil
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a. Recepción y validación de propuestas. – tiempo de revisión, validación y socialización
de propuestas por parte de organizaciones externas, en el caso de que las hubiera.
b. Inducción. - fase de socialización del programa y revisión de los ejes transversales.
c. Planificación. – implica la identificación de necesidades reales del entorno dentro un
campo de acción y elaboración de un proyecto en grupo basado en un trabajo
colaborativo.
d. Implementación. - se refiere al tiempo para la ejecución del proyecto grupal y el
docente facilitador verificará que todo el estudiantado participe en la ejecución de las
actividades planificadas según los roles establecidos.
e. Evaluación. - abarca un proceso de auto evaluación, evaluación entre pares y una
evaluación externa de la participación de las y los estudiantes, durante el programa.
4.2.2 Evaluación modalidad presencial
La evaluación del Programa en Participación Estudiantil en modalidad presencial se
realizará conforme lo establece el instructivo, según el siguiente cuadro resumen:
Modalidad presencial
Criterios de evaluación Valor
cuantitativo
Auto evaluación. – consiste en la reflexión sobre las habilidades para la vida
descubiertas, desarrolladas, potenciadas y/o modificadas durante la implementación
del programa. Se aplica en la fase de inducción y evaluación del programa, con una
rúbrica con una equivalencia de ½ punto. (Anexo 8)
1 punto
Evaluación entre pares. – implica la observación propositiva sobre las habilidades
descubiertas, desarrolladas, potenciadas y/o modificadas de las y los compañeros,
durante la implementación del programa. Se aplica en la fase de inducción y
evaluación del programa, con una rúbrica con una equivalencia de ½ punto. (Anexo
8)
1 punto
Desarrollo del proyecto educativo de vinculación con la comunidad. - corresponde a
la elaboración grupal del proyecto educativo, según el campo de acción seleccionado
y presentado de forma escrita. Esta nota aplica para todos los miembros del grupo.
(Anexo 11).
3 puntos
Sistematización del trabajo. – constituye el registro individual de las actividades
mensuales que realiza el estudiante durante la fase de implementación del
programa, es decir de la ejecución del proyecto educativo de vinculación con la
comunidad. Se realiza a través de 4 bitácoras con un puntaje de ½ punto cada una.
(Anexo 10).
2 puntos
Evaluación de la comunidad. - se refiere a la retroalimentación final por parte de la
comunidad beneficiaria de la implementación del proyecto educativo. (Anexo 12).
1 punto
Casa abierta. – consiste en la presentación del proyecto educativo a la comunidad
educativa y ampliada. (Anexo 14).
2 puntos
Total 10 puntos
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4.2.3 Modalidad semipresencial y a distancia
Para las instituciones educativas de modalidad semipresencial y a distancia, el Programa
de Participación Estudiantil se implementará conforme con el Instructivo del Programa de
Participación Estudiantil3
, considerando las siguientes fases y especificidades de estas
modalidades:
a. Recepción y validación de propuestas.– tiempo de revisión, validación y
socialización de propuestas por parte de organizaciones externas, en el caso de
que las hubiera.
b. Inducción. - fase de socialización del programa y revisión de los ejes transversales,
mediante los medios de comunicación e insumos definidos por la institución
educativa para el efecto.
c. Planificación. – implica la identificación de necesidades reales del entorno dentro
un campo de acción y elaboración de un proyecto en grupo basado en un trabajo
colaborativo.
d. Implementación. - se refiere al tiempo para la ejecución del proyecto grupal y el
docente facilitador verificará que todo el estudiantado participe en la ejecución de
las actividades planificadas según los roles establecidos. En los casos de educación
a distancia, el proyecto grupal se implementará mediante el uso de las tecnologías
y medios de comunicación disponibles o conforme la gestión de recursos que
permitan garantizar la ejecución de los proyectos sin presencialidad. Para la
modalidad semipresencial, se establecerán los mecanismos específicos de
cumplimiento de este proyecto.
e. Evaluación. - abarca un proceso de auto evaluación, evaluación entre pares y una
evaluación externa de la participación de las y los estudiantes, durante el
programa.
4.2.4 Evaluación modalidad semi presencial y a distancia
La evaluación del programa, en modalidades semipresencial o a distancia, se realizará
conforme lo establece el instructivo:
Modalidad semi presencial y a distancia
Criterios de evaluación Valor
cuantitativo
Auto evaluación. – consiste en la reflexión sobre las habilidades para la vida
descubiertas, desarrolladas, potenciadas y/o modificadas durante la implementación
del programa. Se aplica en la fase de inducción y evaluación del programa, con una
rúbrica con una equivalencia de ½ punto. (Anexo 8)
1 punto
Evaluación entre pares. –. Se aplica en la fase de inducción y evaluación del
programa, con una rúbrica con una equivalencia de ½ punto. (Anexo 8). El docente
1 punto
3 Para descargar el instructivo del programa, por favor descargar el siguiente link: https://educacionec-
my.sharepoint.com/:f:/g/personal/gabrielab_chamorro_educacion_gob_ec/Eklqia9qXLFMraUOhgfPBywBf56
Hw8eSCvzyKuSXoc2fmg?e=AQsbXC
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facilitador designará el par de cada estudiante para esta evaluación a través de las
TICs.
Desarrollo del proyecto educativo de vinculación con la comunicad. - corresponde a
la elaboración grupal del proyecto educativo, utilizando las TICs, según el campo de
acción seleccionado y presentado de forma escrita. (Anexo 11).
3 puntos
Sistematización del trabajo. – constituye el registro individual de las actividades
mensuales que realiza el estudiante durante la fase de implementación del
programa, es decir de la ejecución del proyecto educativo de vinculación con la
comunidad. Se realiza a través de 4 bitácoras con un puntaje de ½ punto cada una,
las mismas que se entregarán utilizando las TICs disponibles (Anexo 10).
2 puntos
Evaluación de la comunidad. - se refiere a la retroalimentación final por parte de la
comunidad beneficiaria de la implementación del proyecto educativo. (Anexo 12).
1 punto
Casa abierta. – consiste en la presentación del proyecto educativo a la comunidad
educativa y ampliada utilizando las TICs disponibles. Para la calificación, en el
instructivo cada ítem del Anexo 14 tendrá un puntaje de 0,6.
2 puntos
Total 10 puntos
4.3 Convalidaciones4
Al establecer que el programa se ejecutará fuera del horario regular escolar, en las horas
de acompañamiento dentro de la jornada laboral docente, el proceso de convalidaciones
con las organizaciones internas y externas se mantiene de manera regular en los siguientes
casos:
• Bachillerato Técnico: procedimiento para las y los estudiantes que se encuentren
formalmente matriculados y asistan a sus estudios regulares en las Instituciones
Educativas con Bachillerato Técnico en el territorio nacional.
• Creatividad, Actividad y Servicio: Es un componente central del Programa del
Diploma (PD) que, como parte del mismo, todos los estudiantes de las instituciones
educativas acreditadas con Bachillerato Internacional deben cumplir.
• Colegios de Arte: el estudiantado de primero y segundo de bachillerato que se
encuentre en las instituciones educativas regulares, sean estas fiscales,
municipales, fiscomisionales o particulares) que se encuentren formalmente
matriculados y asista regularmente a los Colegios de Arte de educación
complementaria, en las especialidades de música, danza y artes plásticas
• Ministerio del Deporte: Proceso destinado para deportistas con o sin discapacidad
que cumplan con la siguiente clasificación: a) deportistas con y sin discapacidad del
proyecto de apoyo al deporte de alto rendimiento, b) deportistas con y sin
discapacidad seleccionados por cada federación ecuatoriana por deporte y por
discapacidad legalmente constituidas, c) deportistas con y sin discapacidad de
Federaciones Deportivas Provinciales y Concentración Deportiva de Pichincha y, d)
deportistas en equipos de fútbol profesional de primera A-B, segunda Categoría y
4 Enlace de documentos de convalidaciones: https://educacionec-
y.sharepoint.com/:f:/g/personal/gabrielab_chamorro_educacion_gob_ec/ElS3af50tYhFtZ_Wf3ZDMT4BNLe-PSFnRMiSSrkMmiIJ5g?e=hfJkIf
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formativas de los equipos reconocidos por la Federación Ecuatoriana de Fútbol.
• Asociación de Scouts del Ecuador: Proceso destinado para aquellos estudiantes
que se encuentran vinculados a la Asociación de Scouts del Ecuador.
• Recorrido Participativo: metodología que fortalece y genera nuevos conocimientos
sobre la problemática de la violencia sexual, que permite reflexionar sobre los roles
de género que establecen desigualdades y analizar los mitos sobre la violencia
sexual.
En caso de que se identifiquen nuevos programas y proyectos a convalidar con las horas
del Programa de Participación Estudiantil, se les informará de forma oportuna y pertinente.
4.4 Casos excepcionales de estudiantes que no hayan cumplido con las horas de PPE en
primero, segundo de bachillerato y/o tercero de bachillerato.
En los casos que estudiantes no hayan podido cumplir las horas correspondientes del
Programa de Participación Estudiantil en primero o segundo de bachillerato se deberá
considerar lo siguiente:
4.4.1. Aprobación en casos de vulnerabilidad
En caso de aquellos estudiantes que estén expuestos a condiciones de movilidad humana,
víctimas de violencia sexual, explotación laboral y económica, trata y tráfico de personas,
mendicidad, indocumentación, hijas e hijos de migrantes con necesidad de protección,
hijas e hijos de personas privadas de libertad, adicciones, discapacidad; se tomará en
cuenta los siguientes lineamientos:
• En caso de que la situación de vulnerabilidad se presente antes y durante el primer
de bachillerato, el estudiante deberá cumplir únicamente con las horas
correspondientes al segundo de bachillerato. La calificación obtenida en segundo
de bachillerato (bajo el cumplimiento de los parámetros de evaluación) duplicará
la faltante.
• En caso de que la situación de vulnerabilidad se presente antes y durante el
segundo de bachillerato, se tomará como válidas las horas cumplidas en primero
de bachillerato, considerando la calificación obtenida en primero de bachillerato
(bajo el cumplimiento de los parámetros de evaluación) se duplicará la faltante.
• En caso de que la situación de vulnerabilidad se presente en el tercer año de
bachillerato, es decir que, el estudiante no realizó el PPE ni en primero ni en
segundo de bachillerato, el estudiante deberá elaborar un proyecto de vinculación
con la comunidad conforme lo establece el numeral 11.6 del instructivo, referente
a estudiantes que no aprobaron el PPE.
• Si la vulnerabilidad se presenta durante los tres años (primero, segundo y tercero
Bachillerato), el caso será analizado por el Consejo Ejecutivo y remitido al
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Departamento de Consejería Estudiantil para la elaboración del informe y
viabilidad correspondiente. La nota para estos estudiantes será la duplicación de
la nota de Emprendimiento y Gestión.
Para habilitar las directrices antes descritas, es necesario que el coordinador institucional
comunique al profesional del Departamento de Consejería Estudiantil (DECE) sobre estas
situaciones, para que se desarrolle el proceso de acompañamiento necesario.
4.4.2 Estudiantes embarazadas
En el caso de estudiantes embarazadas que cursen el primero o segundo curso de
bachillerato, para la aprobación del PPE se reconocerá la asistencia al curso de
psicoprofilaxis previo al parto y los controles prenatales (en caso de no disponer de dicho
curso en la cercanía geográfica), previa presentación del certificado de asistencia
correspondiente y entrega de una bitácora general que resuma la experiencia del curso.
Adicionalmente, en caso de que las estudiantes puedan participar en las actividades de PPE
apoyarán a un grupo en el campo de acción de su interés. Al cumplir con estos requisitos
las estudiantes aprobarán con la calificación de 10/10.
4.4.3 Estudiantes que no aprobaron Programa de Participación Estudiantil5
Estudiantes que no aprobaron PPE en primero y/o segundo de bachillerato
• En el caso que exista estudiantes que no aprobaron en primero de bachillerato el
Programa de Participación Estudiantil, el coordinador institucional deberá,
garantizar que estos estudiantes realicen el programa en segundo y tercero de
bachillerato.
• En el caso que exista estudiantes que no aprobaron en segundo de bachillerato el
Programa de Participación Estudiantil, el coordinador institucional deberá,
garantizar que estos estudiantes realicen el programa en tercero de bachillerato.
El estudiantado deberá ser integrado a los paralelos y/o grupos de primero o segundo de
bachillerato para realizar el programa.
5 Son considerados “estudiantes no aprobados” quienes tengan pendiente el cumplimiento de las 200 horas del PPE; es decir, estudiantes que
no aprobaron el programa en primero ni segundo curso de bachillerato, estudiantes que se encuentren en tercer curso de bachillerato y no se
hayan realizado el PPE en los años anteriores y estudiantes que hayan culminado su formación de bachillerato y no cuenten con la nota del
PPE.
4.5 Módulo del Programa de Participación Estudiantil en el Sistema de Gestión y Control
Escolar
A partir del año lectivo 2020 – 2021, para el registro de estudiantes, asistencias y notas del
Programa de Participación Estudiantil se utiliza la plataforma de Gestión y Control Escolar,
bajo la responsabilidad de la autoridad institucional, coordinador/a y docentes
facilitadores/as del programa conforme al rol establecido en el sistema.
Todas las instituciones educativas deberán ingresar las calificaciones del estudiantado del
Programa de Participación Estudiantil en los tiempos estipulados, como también, informar
con antelación al Distrito y Zona Educativa cualquier dificultad que se presente, con la
finalidad de poder dar seguimiento, acompañamiento y solventar cualquier requerimiento.
• Si un estudiante no está registrado en el Sistema de Información de Estudiantes o
conocido como CAS (Consulta de Asignación de Estudiantes), se deberá proceder
conforme al Memorando Nro. MINEDUC-SASRE-2021-00164-M, donde se señala: “(…)
la actualización de la información de los estudiantes es responsabilidad de las
instituciones educativas, quienes deben verificar y validar los documentos de identidad
que sustenten los procesos correspondientes, así como, la obligatoriedad de solicitar
a las Direcciones Distritales la gestión respectiva.”
• Si una autoridad institucional cumple el rol de coordinador/a o docente facilitador/a
del programa deberá solicitar la creación del rol correspondiente al analista zonal
encargado del programa, quien remitirá el requerimiento a planta central.
• Si existe inconvenientes al ingresar las calificaciones por parte del personal docente,
pese a tener asignada la carga horaria del programa, se deberá verificar que la persona
asignada como coordinador o docente facilitador tenga carga horaria académica para
que se pueda ver reflejada la carga horaria del programa, caso contrario no se podrá
registrar las calificaciones.
• En el caso que los docentes de contrato que son parte del programa no tengan acceso
al sistema de Gestión y Control Escolar, la autoridad institucional verificará con el
distrito que la acción de personal del docente esté posesionada.
• En el caso que las instituciones educativas no registren las calificaciones del programa
por los motivos citados, durante el año lectivo vigentes, las y los docentes facilitadores
deberán remitir un oficio, mencionando el motivo, para aprobación de la autoridad
institucional y registro correspondiente. Esta documentación deberá ser archivada
como respaldo en caso de una posible auditoria del módulo.
• Cuando se realicen cambios de estudiantes de una institución a otra, se deberá
imprimir el certificado del programa, previa matrícula en la nueva institución
educativa, a fin de evitar inconvenientes posteriores.
4.6 Aprobación del Programa de Participación Estudiantil
Para la aprobación del Programa de Participación Estudiantil la calificación mínima
requerida es de siete sobre diez (7/10) tanto en primero como en segundo de bachillerato.
La nota final que corresponde al 10% de la nota para la obtención del título de bachiller es
el promedio entre las notas obtenidas en los dos años.
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4.7 Especificidades del Programa de Participación Estudiantil
1. En las instituciones educativas que cuentan con bachillerato para personas con
escolaridad inconclusa en modalidades presencial, semipresencial y a distancia, en
jornada matutina, vespertina y nocturna, la calificación obtenida en la asignatura de
Emprendimiento y Gestión se duplicará para cubrir con la calificación del Programa de
Participación Estudiantil.
2. El Programa de Apoyo a la Inclusión Pre Laboral se considerará como propuesta de
Participación Estudiantil para los y las estudiantes de Instituciones Educativas
Especializadas. Las Unidades Distritales de Apoyo a la Inclusión UDAI, los docentes y
equipos multidisciplinarios de las Instituciones Educativas Especializadas serán los
responsables de asesorar y acompañar el proceso educativo adaptando a las
necesidades educativas especiales del estudiantado en la práctica pre laboral.
3. Para los/las estudiantes del Programa de Aulas Hospitalarias, Centro de Adolescentes
Infractores - CAI y Centros Especializados en Tratamiento a Personas con Consumo
Problemático de Alcohol y otras drogas - CETAD, la calificación obtenida en la
asignatura de Emprendimiento y Gestión se duplicará para cubrir con la calificación del
Programa de Participación Estudiantil. Las Unidades Distritales de Apoyo a la Inclusión
UDAI, docentes de Aulas Hospitalarias, CAI y CETAD serán los responsables de asesorar
y acompañar en el proceso educativo adaptando a las necesidades educativas
especiales de los estudiantes en la asignatura de Emprendimiento y Gestión.
NOMBRE CARGO FECHA FIRMA
ELABORADO POR: Gabriela Chamorro
Analista de Educación para la
Democracia y el Buen Vivir 31/05/2022
REVISADO POR: Araceli Correa
Directora Nacional de
Educación para la Democracia y
el Buen Vivir
31/05/2022
APROBADO POR: Diana Castellanos
Subsecretaria para la
Innovación Educativa y el Buen
Vivir
31/05/2022
Firmado electrónicamente por:
DIANA CRISTINA
CASTELLANOS
VELA
GABRIELA
BELEN
CHAMORRO
BENAVIDES
Firmado digitalmente porGABRIELA
BELEN CHAMORRO BENAVIDES
DN: cn=GABRIELA BELEN
CHAMORRO BENAVIDES c=EC
o=SECURITY DATA S.A. 2
ou=ENTIDAD DE CERTIFICACION DE
INFORMACION
Motivo:Soy el autor de este documento
Ubicación:
Fecha:2022-05-31 17:33-05:00
Firmado electrónicamente por:
PIEDAD ARACELI
CORREA ESPINOZA

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  • 1. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec LINEAMIENTOS ESPECIFÍCOS PARA EL PROGRAMA DE PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL EN RÉGIMEN COSTA – GALÁPAGOS 2022-2023 DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PARA LA DEMOCRACIA Y EL BUEN VIVIR SUBSECRETARÍA PARA LA INOVACIÓN EDUCATIVA Y EL BUEN VIVIR
  • 2. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec 1. ANTECEDENTES El Ministerio de Educación a través del Programa de Participación Estudiantil busca contribuir al desarrollo integral de las y los estudiantes, desde una participación que trasciende el interés individual y que construye ciudadanía, a través de la transformación del individuo en un actor social, coautor y corresponsable de proyectos con responsabilidad social. En este sentido, desde la Subsecretaría para la Innovación Educativa y el Buen Vivir, a través de la Dirección Nacional de Educación para la Democracia y el Buen Vivir, se han desarrollado las siguientes orientaciones para la implementación del Programa de Participación Estudiantil, para todas las instituciones educativas que cuentan con Bachillerato, de régimen Costa - Galápagos, año lectivo 2022-2023. 2. OBJETIVO Establecer los lineamientos específicos para el régimen Costa - Galápagos 2022-2023 para garantizar el cumplimiento de las horas del Programa de Participación Estudiantil, por parte del estudiando de primero y segundo año de bachillerato. 3. BASE LEGAL Los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República del Ecuador definen a la educación como un derecho de las personas y un deber ineludible e inexcusable del Estado, que constituye un área prioritaria de la política pública, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. El artículo 344 del ordenamiento constitucional determina que: “El sistema nacional de educación comprenderá las instituciones, programas, políticas, recursos y actores del proceso educativo. El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad educativa nacional, que formulará la política nacional de educación; así mismo regulará y controlará las actividades relacionadas con la educación, así como el funcionamiento de las entidades del sistema”. La Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Educación Intercultural en los literales d) y l) del artículo 3, establecen como fines de la educación: “[…] El desarrollo de capacidades de análisis y conciencia crítica para que las personas se inserten en el mundo como sujetos activos con vocación transformadora y de construcción de una sociedad justa, equitativa y libre […]”; y, “La inclusión del respeto y la práctica permanente de los derechos humanos, la democracia, la participación, la justicia, la igualdad y no discriminación, la equidad, la solidaridad, la no violencia, las libertades fundamentales y los valores cívicos […]”. En el artículo 25 de la prenombrada norma educativa establece que: “La Autoridad Educativa Nacional ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Educación a nivel nacional y le corresponde garantizar y asegurar el cumplimiento cabal de las garantías y derechos constitucionales en materia educativa, ejecutando acciones directas y conducentes a la vigencia plena, permanente de la Constitución de la República […]”.
  • 3. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec Mediante Decreto Ejecutivo No. 1027, de 24 de abril de 2020, se expidió reformas al Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, determinando en el artículo 198 que la calificación del programa de participación estudiantil equivale al 10% para obtener el título de bachiller. En el mismo instrumento legal, los artículos 202, y 203, establecen que: “[…] El programa de participación estudiantil tiene una duración de doscientas (200) horas de trabajo, a ejecutarse de conformidad con la normativa específica que para el efecto expida la Autoridad Educativa Nacional […]”; y, “[…] La aprobación del programa de participación estudiantil, (…), se realizará de conformidad con la normativa específica que para el efecto expida la autoridad Educativa Nacional […]”; y, Mediante Acuerdo Nro. MINEDUC-MINEDUC-2021-00024-A , de 29 de abril de 2021, se expidió la normativa que regula el Programa de Participación Estudiantil, en donde la primera y segunda disposición transitoria “responsabiliza (…) a la Dirección Nacional de Educación para la Democracia y el Buen Vivir (…) proceda con la elaboración y socialización del instructivo del Programa de Participación Estudiantil” y “mientras el estado de emergencia sanitaria (…) no se encuentre superado y, mientras las clases se realicen de manera virtual, la implementación del Programa de Participación Estudiantil (…) se realizará conforme los lineamientos emitidos a través de la Subsecretaría para la Innovación Educativa y el Buen Vivir”. El Decreto Ejecutivo 145 que reforma el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, define en los artículo 25 y 26 las modalidades semipresenciales y a distancia de clases, estableciendo a la primeras como aquellas “que no exigen asistencia regular de los estudiantes al establecimiento educativo y que debe complementarse con actividades y/o trabajo autónomo e independiente del estudiante, a través de medios que permitan la comunicación, el acompañamiento y la retroalimentación docente” mientras que las modalidades a distancia “son las que proponen procesos autónomos de aprendizaje de los estudiantes para el cumplimiento del currículo nacional, que se caracterizan por no requerir asistencia presencial a clases ni acompañamiento en establecimientos educativos. Sin embargo, podrán contar con acompañamiento de un tutor o guía de manera remota o virtual, y con encuentros presenciales fuera del establecimiento educativo.” Mediante Acuerdo Nro. MINEDUC-MINEDUC-2022-00011-A, de 10 de marzo del 2022, se expidieron los Lineamientos para el desempeño profesional docente en cumplimiento del horario de labor educativa el que hace referencia al “(…) Periodo de acompañamiento: Es la unidad de tiempo mínima en la que docentes y estudiantes desarrollan actividades complementarias para el refuerzo y fortalecimiento de los aprendizajes dentro del horario de clase. Este período debe ser de por lo menos cuarenta (40) minutos desde el subnivel de Básica Elemental en adelante. Para el desarrollo de actividades complementarias que permitan reforzar y fortalecer los aprendizajes de los estudiantes de manera integral, promoviendo su iniciativa, creatividad, autonomía y el desarrollo de habilidades para la vida”.
  • 4. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec Bajo Memorando Nro. MINEDUC-SIEBV-2022-00584-M, con fecha 05 de mayo del 2022, se remitieron los “Lineamientos para las actividades complementarias para el fortalecimiento de los aprendizajes”, documento donde se establece en el numeral 4 actividad complementaria obligatoria como requisito para la titulación al Programa de Participación Estudiantil. En este sentido, se establece la necesidad de emitir lineamientos específicos para la implementación del Programa de Participación Estudiantil considerando las distintas modalidades educativas que se ajustarán conforme con lo establecido en el Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-MINEDUC-2021-00024-A, en donde se señalan los objetivos, actores y fases del Programa de Participación Estudiantil. Este documento está dirigido a las autoridades institucionales, coordinadores institucionales, docentes facilitadores y estudiantes del Programa de Participación Estudiantil, siendo de aplicación obligatoria de acuerdo con el tipo de modalidad de clases, en todas las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales, municipales y particulares. Cada modalidad, contempla una breve descripción de implementación y un cuadro de evaluación. 4. DESARROLLO El Programa de Participación Estudiantil (PPE) es un espacio educativo para estudiantes de primero y segundo de bachillerato a nivel nacional, cuyos objetivos específicos son: 1. Fortalecer la vinculación entre los y las estudiantes y la comunidad mediante la implementación de proyectos educativos con corresponsabilidad social. 2. Fomentar el desarrollo de habilidades para la vida mediante el trabajo colaborativo, la participación activa y la convivencia armónica. 3. Fortalecer la construcción de ciudadanía y el sentido de pertenencia del estudiantado hacia la comunidad, mediante la promoción de su actoría social. PPE induce a los participantes a la construcción de conocimiento mediante exploración, discusión, negociación y debate de habilidades necesarias para la vida académica y profesional. En este sentido, en todas las modalidades, el docente facilitador promoverá el diálogo, la reflexión y el trabajo colaborativo, generando espacios donde las y los estudiantes planteen sus opiniones, negocien soluciones y aporten al desarrollo del proyecto, en un ambiente de solidaridad y respeto mutuo. El Programa de Participación Estudiantil es un requisito obligatorio para la titulación y una actividad complementaria en la jornada laboral de docentes, quienes utilizarán el instructivo como una guía donde consta los ejes transversales, las fases, la metodología y la forma de evaluación del programa. 4.1 Planificación Para la planificación del Programa de Participación Estudiantil, las instituciones educativas deben considerar que el proceso se ejecutará fuera del horario escolar regular del
  • 5. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec estudiantado, dentro de la jornada laboral docente, en el espacio asignado a actividades complementarias. El Programa de Participación Estudiantil se realizará en los períodos de acompañamiento de 40 minutos, estos periodos se distribuirán en 32 semanas, a fin de cumplir 100 horas reloj (60 minutos) en cada año escolar como lo estipula la ley. Semanas en el año lectivo Horas pedagógicas por período de acompañamiento Períodos de Acompañamiento semanales Total de horas en el año lectivo 32 40 minutos 5 períodos 100 horas reloj La autoridad institucional destinará la carga horaria de los docentes responsables de PPE, a partir de los periodos de acompañamiento, conforme lo establecido en el artículo 6 del Acuerdo Nro. MINEDUC-MINEDUC2022-00011-A. 4.1.1 Cronograma modalidad presencial, semipresencial y a distancia1 4.1.2 Participación de organizaciones externas en el Programa de Participación Estudiantil Conforme estipula el Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-MINEDUC-2021-00024-A, en su artículo 6 literal c, las “Organizaciones externas: Presentan proyectos educativos para vincular al estudiantado con la comunidad, bajo los criterios establecidos en el instructivo del Programa. Ejecutan con el coordinador y docentes facilitadores las propuestas aprobadas”. Los organismos externos podrán presentar proyectos para vincular al estudiantado con la comunidad, mismos que serán analizados y considerados por la autoridad de la institución educativa. Dichas instituciones deberán presentar sus propuestas de vinculación con la 1 CRONOGRAMA RÉGIMEN COSTA - GALÁPAGOS 2022-2023.xlsx Actividades de PPE Régimen Costa – Galápagos 2022-2023 - Recepción, revisión y aprobación de proyectos externos de vinculación con la comunidad. - Inscripción de estudiantes en el sistema de Gestión y Control Escolar Junio Fase de inducción Julio Fase de planificación Agosto - Septiembre Fase de implementación Octubre – Noviembre - Diciembre Fase de evaluación Enero - Febrero Cierre y registro de calificaciones y asistencia Marzo
  • 6. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec comunidad, enmarcados en los campos de acción, de las fases y tiempos del programa. De igual forma, con la finalidad que el Programa de Participación estudiantil se una actividad de mayor participación del estudiantado, los Consejos Estudiantiles podrán presentar propuestas de proyectos educativos de vinculación con la comunidad conforme las necesidades reales del entorno educativo. Las autoridades institucionales deberán receptar las propuestas de vinculación con la comunidad de organizaciones externas, revisarlas y aprobarlas en conjunto con el coordinador del programa, los docentes facilitadores y el Consejo Estudiantil bajo los parámetros estipulados en el instructivo. Posteriormente, remitir al distrito las propuestas aprobadas e informar a los representantes legales las opciones de vinculación con la comunidad para el estudiantado. A nivel zonal y distrital se deberá llevar un registro de las organizaciones externas aprobadas por las instituciones educativas. 4.2 Ejecución La ejecución del Programa de Participación Estudiantil se desarrollará conforme a las modalidades educativas y fases establecidas en el instructivo. 4.2.1 Modalidad presencial Todo el estudiando en modalidad presencial, implementará el instructivo del Programa de Participación Estudiantil2 , que guía la construcción de un proyecto grupal de vinculación con la comunidad, mediante un trabajo coordinado con y sin organizaciones externas. Para el efecto, se deberán cumplir las siguientes fases: 2 Para descargar el instructivo del programa, por favor descargar el siguiente link: https://educacionec- my.sharepoint.com/:f:/g/personal/gabrielab_chamorro_educacion_gob_ec/Eklqia9qXLFMraUOhgfPBywBJTJ6 IMHDfmD1jTEkDY-UCg?e=M5w1l2 Fase Preparatoria Duración Actividades Contenido Participantes Recepción, revisión y aprobación de propuestas 1 mes Revisión y validación de los proyectos educativos de vinculación con la comunidad Parámetros de presentación de propuestas para organismos externos Autoridad Institucional, coordinador y docentes de PPE, Consejo Estudiantil
  • 7. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec a. Recepción y validación de propuestas. – tiempo de revisión, validación y socialización de propuestas por parte de organizaciones externas, en el caso de que las hubiera. b. Inducción. - fase de socialización del programa y revisión de los ejes transversales. c. Planificación. – implica la identificación de necesidades reales del entorno dentro un campo de acción y elaboración de un proyecto en grupo basado en un trabajo colaborativo. d. Implementación. - se refiere al tiempo para la ejecución del proyecto grupal y el docente facilitador verificará que todo el estudiantado participe en la ejecución de las actividades planificadas según los roles establecidos. e. Evaluación. - abarca un proceso de auto evaluación, evaluación entre pares y una evaluación externa de la participación de las y los estudiantes, durante el programa. 4.2.2 Evaluación modalidad presencial La evaluación del Programa en Participación Estudiantil en modalidad presencial se realizará conforme lo establece el instructivo, según el siguiente cuadro resumen: Modalidad presencial Criterios de evaluación Valor cuantitativo Auto evaluación. – consiste en la reflexión sobre las habilidades para la vida descubiertas, desarrolladas, potenciadas y/o modificadas durante la implementación del programa. Se aplica en la fase de inducción y evaluación del programa, con una rúbrica con una equivalencia de ½ punto. (Anexo 8) 1 punto Evaluación entre pares. – implica la observación propositiva sobre las habilidades descubiertas, desarrolladas, potenciadas y/o modificadas de las y los compañeros, durante la implementación del programa. Se aplica en la fase de inducción y evaluación del programa, con una rúbrica con una equivalencia de ½ punto. (Anexo 8) 1 punto Desarrollo del proyecto educativo de vinculación con la comunidad. - corresponde a la elaboración grupal del proyecto educativo, según el campo de acción seleccionado y presentado de forma escrita. Esta nota aplica para todos los miembros del grupo. (Anexo 11). 3 puntos Sistematización del trabajo. – constituye el registro individual de las actividades mensuales que realiza el estudiante durante la fase de implementación del programa, es decir de la ejecución del proyecto educativo de vinculación con la comunidad. Se realiza a través de 4 bitácoras con un puntaje de ½ punto cada una. (Anexo 10). 2 puntos Evaluación de la comunidad. - se refiere a la retroalimentación final por parte de la comunidad beneficiaria de la implementación del proyecto educativo. (Anexo 12). 1 punto Casa abierta. – consiste en la presentación del proyecto educativo a la comunidad educativa y ampliada. (Anexo 14). 2 puntos Total 10 puntos
  • 8. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec 4.2.3 Modalidad semipresencial y a distancia Para las instituciones educativas de modalidad semipresencial y a distancia, el Programa de Participación Estudiantil se implementará conforme con el Instructivo del Programa de Participación Estudiantil3 , considerando las siguientes fases y especificidades de estas modalidades: a. Recepción y validación de propuestas.– tiempo de revisión, validación y socialización de propuestas por parte de organizaciones externas, en el caso de que las hubiera. b. Inducción. - fase de socialización del programa y revisión de los ejes transversales, mediante los medios de comunicación e insumos definidos por la institución educativa para el efecto. c. Planificación. – implica la identificación de necesidades reales del entorno dentro un campo de acción y elaboración de un proyecto en grupo basado en un trabajo colaborativo. d. Implementación. - se refiere al tiempo para la ejecución del proyecto grupal y el docente facilitador verificará que todo el estudiantado participe en la ejecución de las actividades planificadas según los roles establecidos. En los casos de educación a distancia, el proyecto grupal se implementará mediante el uso de las tecnologías y medios de comunicación disponibles o conforme la gestión de recursos que permitan garantizar la ejecución de los proyectos sin presencialidad. Para la modalidad semipresencial, se establecerán los mecanismos específicos de cumplimiento de este proyecto. e. Evaluación. - abarca un proceso de auto evaluación, evaluación entre pares y una evaluación externa de la participación de las y los estudiantes, durante el programa. 4.2.4 Evaluación modalidad semi presencial y a distancia La evaluación del programa, en modalidades semipresencial o a distancia, se realizará conforme lo establece el instructivo: Modalidad semi presencial y a distancia Criterios de evaluación Valor cuantitativo Auto evaluación. – consiste en la reflexión sobre las habilidades para la vida descubiertas, desarrolladas, potenciadas y/o modificadas durante la implementación del programa. Se aplica en la fase de inducción y evaluación del programa, con una rúbrica con una equivalencia de ½ punto. (Anexo 8) 1 punto Evaluación entre pares. –. Se aplica en la fase de inducción y evaluación del programa, con una rúbrica con una equivalencia de ½ punto. (Anexo 8). El docente 1 punto 3 Para descargar el instructivo del programa, por favor descargar el siguiente link: https://educacionec- my.sharepoint.com/:f:/g/personal/gabrielab_chamorro_educacion_gob_ec/Eklqia9qXLFMraUOhgfPBywBf56 Hw8eSCvzyKuSXoc2fmg?e=AQsbXC
  • 9. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec facilitador designará el par de cada estudiante para esta evaluación a través de las TICs. Desarrollo del proyecto educativo de vinculación con la comunicad. - corresponde a la elaboración grupal del proyecto educativo, utilizando las TICs, según el campo de acción seleccionado y presentado de forma escrita. (Anexo 11). 3 puntos Sistematización del trabajo. – constituye el registro individual de las actividades mensuales que realiza el estudiante durante la fase de implementación del programa, es decir de la ejecución del proyecto educativo de vinculación con la comunidad. Se realiza a través de 4 bitácoras con un puntaje de ½ punto cada una, las mismas que se entregarán utilizando las TICs disponibles (Anexo 10). 2 puntos Evaluación de la comunidad. - se refiere a la retroalimentación final por parte de la comunidad beneficiaria de la implementación del proyecto educativo. (Anexo 12). 1 punto Casa abierta. – consiste en la presentación del proyecto educativo a la comunidad educativa y ampliada utilizando las TICs disponibles. Para la calificación, en el instructivo cada ítem del Anexo 14 tendrá un puntaje de 0,6. 2 puntos Total 10 puntos 4.3 Convalidaciones4 Al establecer que el programa se ejecutará fuera del horario regular escolar, en las horas de acompañamiento dentro de la jornada laboral docente, el proceso de convalidaciones con las organizaciones internas y externas se mantiene de manera regular en los siguientes casos: • Bachillerato Técnico: procedimiento para las y los estudiantes que se encuentren formalmente matriculados y asistan a sus estudios regulares en las Instituciones Educativas con Bachillerato Técnico en el territorio nacional. • Creatividad, Actividad y Servicio: Es un componente central del Programa del Diploma (PD) que, como parte del mismo, todos los estudiantes de las instituciones educativas acreditadas con Bachillerato Internacional deben cumplir. • Colegios de Arte: el estudiantado de primero y segundo de bachillerato que se encuentre en las instituciones educativas regulares, sean estas fiscales, municipales, fiscomisionales o particulares) que se encuentren formalmente matriculados y asista regularmente a los Colegios de Arte de educación complementaria, en las especialidades de música, danza y artes plásticas • Ministerio del Deporte: Proceso destinado para deportistas con o sin discapacidad que cumplan con la siguiente clasificación: a) deportistas con y sin discapacidad del proyecto de apoyo al deporte de alto rendimiento, b) deportistas con y sin discapacidad seleccionados por cada federación ecuatoriana por deporte y por discapacidad legalmente constituidas, c) deportistas con y sin discapacidad de Federaciones Deportivas Provinciales y Concentración Deportiva de Pichincha y, d) deportistas en equipos de fútbol profesional de primera A-B, segunda Categoría y 4 Enlace de documentos de convalidaciones: https://educacionec- y.sharepoint.com/:f:/g/personal/gabrielab_chamorro_educacion_gob_ec/ElS3af50tYhFtZ_Wf3ZDMT4BNLe-PSFnRMiSSrkMmiIJ5g?e=hfJkIf
  • 10. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec formativas de los equipos reconocidos por la Federación Ecuatoriana de Fútbol. • Asociación de Scouts del Ecuador: Proceso destinado para aquellos estudiantes que se encuentran vinculados a la Asociación de Scouts del Ecuador. • Recorrido Participativo: metodología que fortalece y genera nuevos conocimientos sobre la problemática de la violencia sexual, que permite reflexionar sobre los roles de género que establecen desigualdades y analizar los mitos sobre la violencia sexual. En caso de que se identifiquen nuevos programas y proyectos a convalidar con las horas del Programa de Participación Estudiantil, se les informará de forma oportuna y pertinente. 4.4 Casos excepcionales de estudiantes que no hayan cumplido con las horas de PPE en primero, segundo de bachillerato y/o tercero de bachillerato. En los casos que estudiantes no hayan podido cumplir las horas correspondientes del Programa de Participación Estudiantil en primero o segundo de bachillerato se deberá considerar lo siguiente: 4.4.1. Aprobación en casos de vulnerabilidad En caso de aquellos estudiantes que estén expuestos a condiciones de movilidad humana, víctimas de violencia sexual, explotación laboral y económica, trata y tráfico de personas, mendicidad, indocumentación, hijas e hijos de migrantes con necesidad de protección, hijas e hijos de personas privadas de libertad, adicciones, discapacidad; se tomará en cuenta los siguientes lineamientos: • En caso de que la situación de vulnerabilidad se presente antes y durante el primer de bachillerato, el estudiante deberá cumplir únicamente con las horas correspondientes al segundo de bachillerato. La calificación obtenida en segundo de bachillerato (bajo el cumplimiento de los parámetros de evaluación) duplicará la faltante. • En caso de que la situación de vulnerabilidad se presente antes y durante el segundo de bachillerato, se tomará como válidas las horas cumplidas en primero de bachillerato, considerando la calificación obtenida en primero de bachillerato (bajo el cumplimiento de los parámetros de evaluación) se duplicará la faltante. • En caso de que la situación de vulnerabilidad se presente en el tercer año de bachillerato, es decir que, el estudiante no realizó el PPE ni en primero ni en segundo de bachillerato, el estudiante deberá elaborar un proyecto de vinculación con la comunidad conforme lo establece el numeral 11.6 del instructivo, referente a estudiantes que no aprobaron el PPE. • Si la vulnerabilidad se presenta durante los tres años (primero, segundo y tercero Bachillerato), el caso será analizado por el Consejo Ejecutivo y remitido al
  • 11. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec Departamento de Consejería Estudiantil para la elaboración del informe y viabilidad correspondiente. La nota para estos estudiantes será la duplicación de la nota de Emprendimiento y Gestión. Para habilitar las directrices antes descritas, es necesario que el coordinador institucional comunique al profesional del Departamento de Consejería Estudiantil (DECE) sobre estas situaciones, para que se desarrolle el proceso de acompañamiento necesario. 4.4.2 Estudiantes embarazadas En el caso de estudiantes embarazadas que cursen el primero o segundo curso de bachillerato, para la aprobación del PPE se reconocerá la asistencia al curso de psicoprofilaxis previo al parto y los controles prenatales (en caso de no disponer de dicho curso en la cercanía geográfica), previa presentación del certificado de asistencia correspondiente y entrega de una bitácora general que resuma la experiencia del curso. Adicionalmente, en caso de que las estudiantes puedan participar en las actividades de PPE apoyarán a un grupo en el campo de acción de su interés. Al cumplir con estos requisitos las estudiantes aprobarán con la calificación de 10/10. 4.4.3 Estudiantes que no aprobaron Programa de Participación Estudiantil5 Estudiantes que no aprobaron PPE en primero y/o segundo de bachillerato • En el caso que exista estudiantes que no aprobaron en primero de bachillerato el Programa de Participación Estudiantil, el coordinador institucional deberá, garantizar que estos estudiantes realicen el programa en segundo y tercero de bachillerato. • En el caso que exista estudiantes que no aprobaron en segundo de bachillerato el Programa de Participación Estudiantil, el coordinador institucional deberá, garantizar que estos estudiantes realicen el programa en tercero de bachillerato. El estudiantado deberá ser integrado a los paralelos y/o grupos de primero o segundo de bachillerato para realizar el programa. 5 Son considerados “estudiantes no aprobados” quienes tengan pendiente el cumplimiento de las 200 horas del PPE; es decir, estudiantes que no aprobaron el programa en primero ni segundo curso de bachillerato, estudiantes que se encuentren en tercer curso de bachillerato y no se hayan realizado el PPE en los años anteriores y estudiantes que hayan culminado su formación de bachillerato y no cuenten con la nota del PPE.
  • 12. 4.5 Módulo del Programa de Participación Estudiantil en el Sistema de Gestión y Control Escolar A partir del año lectivo 2020 – 2021, para el registro de estudiantes, asistencias y notas del Programa de Participación Estudiantil se utiliza la plataforma de Gestión y Control Escolar, bajo la responsabilidad de la autoridad institucional, coordinador/a y docentes facilitadores/as del programa conforme al rol establecido en el sistema. Todas las instituciones educativas deberán ingresar las calificaciones del estudiantado del Programa de Participación Estudiantil en los tiempos estipulados, como también, informar con antelación al Distrito y Zona Educativa cualquier dificultad que se presente, con la finalidad de poder dar seguimiento, acompañamiento y solventar cualquier requerimiento. • Si un estudiante no está registrado en el Sistema de Información de Estudiantes o conocido como CAS (Consulta de Asignación de Estudiantes), se deberá proceder conforme al Memorando Nro. MINEDUC-SASRE-2021-00164-M, donde se señala: “(…) la actualización de la información de los estudiantes es responsabilidad de las instituciones educativas, quienes deben verificar y validar los documentos de identidad que sustenten los procesos correspondientes, así como, la obligatoriedad de solicitar a las Direcciones Distritales la gestión respectiva.” • Si una autoridad institucional cumple el rol de coordinador/a o docente facilitador/a del programa deberá solicitar la creación del rol correspondiente al analista zonal encargado del programa, quien remitirá el requerimiento a planta central. • Si existe inconvenientes al ingresar las calificaciones por parte del personal docente, pese a tener asignada la carga horaria del programa, se deberá verificar que la persona asignada como coordinador o docente facilitador tenga carga horaria académica para que se pueda ver reflejada la carga horaria del programa, caso contrario no se podrá registrar las calificaciones. • En el caso que los docentes de contrato que son parte del programa no tengan acceso al sistema de Gestión y Control Escolar, la autoridad institucional verificará con el distrito que la acción de personal del docente esté posesionada. • En el caso que las instituciones educativas no registren las calificaciones del programa por los motivos citados, durante el año lectivo vigentes, las y los docentes facilitadores deberán remitir un oficio, mencionando el motivo, para aprobación de la autoridad institucional y registro correspondiente. Esta documentación deberá ser archivada como respaldo en caso de una posible auditoria del módulo. • Cuando se realicen cambios de estudiantes de una institución a otra, se deberá imprimir el certificado del programa, previa matrícula en la nueva institución educativa, a fin de evitar inconvenientes posteriores. 4.6 Aprobación del Programa de Participación Estudiantil Para la aprobación del Programa de Participación Estudiantil la calificación mínima requerida es de siete sobre diez (7/10) tanto en primero como en segundo de bachillerato. La nota final que corresponde al 10% de la nota para la obtención del título de bachiller es el promedio entre las notas obtenidas en los dos años.
  • 13. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec 4.7 Especificidades del Programa de Participación Estudiantil 1. En las instituciones educativas que cuentan con bachillerato para personas con escolaridad inconclusa en modalidades presencial, semipresencial y a distancia, en jornada matutina, vespertina y nocturna, la calificación obtenida en la asignatura de Emprendimiento y Gestión se duplicará para cubrir con la calificación del Programa de Participación Estudiantil. 2. El Programa de Apoyo a la Inclusión Pre Laboral se considerará como propuesta de Participación Estudiantil para los y las estudiantes de Instituciones Educativas Especializadas. Las Unidades Distritales de Apoyo a la Inclusión UDAI, los docentes y equipos multidisciplinarios de las Instituciones Educativas Especializadas serán los responsables de asesorar y acompañar el proceso educativo adaptando a las necesidades educativas especiales del estudiantado en la práctica pre laboral. 3. Para los/las estudiantes del Programa de Aulas Hospitalarias, Centro de Adolescentes Infractores - CAI y Centros Especializados en Tratamiento a Personas con Consumo Problemático de Alcohol y otras drogas - CETAD, la calificación obtenida en la asignatura de Emprendimiento y Gestión se duplicará para cubrir con la calificación del Programa de Participación Estudiantil. Las Unidades Distritales de Apoyo a la Inclusión UDAI, docentes de Aulas Hospitalarias, CAI y CETAD serán los responsables de asesorar y acompañar en el proceso educativo adaptando a las necesidades educativas especiales de los estudiantes en la asignatura de Emprendimiento y Gestión. NOMBRE CARGO FECHA FIRMA ELABORADO POR: Gabriela Chamorro Analista de Educación para la Democracia y el Buen Vivir 31/05/2022 REVISADO POR: Araceli Correa Directora Nacional de Educación para la Democracia y el Buen Vivir 31/05/2022 APROBADO POR: Diana Castellanos Subsecretaria para la Innovación Educativa y el Buen Vivir 31/05/2022 Firmado electrónicamente por: DIANA CRISTINA CASTELLANOS VELA GABRIELA BELEN CHAMORRO BENAVIDES Firmado digitalmente porGABRIELA BELEN CHAMORRO BENAVIDES DN: cn=GABRIELA BELEN CHAMORRO BENAVIDES c=EC o=SECURITY DATA S.A. 2 ou=ENTIDAD DE CERTIFICACION DE INFORMACION Motivo:Soy el autor de este documento Ubicación: Fecha:2022-05-31 17:33-05:00 Firmado electrónicamente por: PIEDAD ARACELI CORREA ESPINOZA