El día de hoy quedó formalmente publicado en el DOF la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, cuyos diversos anteproyectos habían sido comunicados a través de la página del SAT.
COPASST Y COMITE DE CONVIVENCIA.pptx DE LA EMPRESA
Ya es oficial prorroga para entrega de la contabilidad
1. El día de hoy quedó formalmente publicado en el DOF la Primera Resolución de Modificaciones
a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, cuyos diversos anteproyectos habían sido
comunicados a través de la página del SAT.
De conformidad con las nuevas disposiciones, que entran en vigor a partir del día de mañana,
4 de marzo de 2015, la obligación de entregar información contable al SAT se deberá cumplir
en función del tipo de contribuyente, de sus ingresos y del tipo de documentación contable de
que se trate, de la siguiente manera:
Tipo de contribuyente Tipo de información
contable
Fecha de inicio
de la
obligación
Fecha para cumplimento de la
obligación
Personas físicas y morales
cuyos ingresos acumulables
declarados o que se
debieron declarar
correspondientes al
ejercicio 2013 sean iguales
o superiores a 4 millones de
pesos
Catálogo de cuentas
y balanzas de
comprobación
01 de enero de
2015
A más tardar el 3 de abril de
2015, para la información
correspondiente a los meses
de enero y febrero de 2015
Personas morales cuyos
ingresos acumulables
declarados o que se
debieron declarar
correspondientes al
ejercicio 2013 sean iguales
o superiores a 4 millones de
pesos
Pólizas y auxiliares
de cuenta de nivel
mayor o subcuenta
de primer nivel
01 de enero de
2015
A partir del 01 de julio de
2015, con información
generada a partir de esa
fecha
2. Tipo de contribuyente Tipo de información
contable
Fecha de inicio
de la
obligación
Fecha para cumplimento de la
obligación
Personas físicas Pólizas y auxiliares
de cuenta de nivel
mayor o subcuenta
de primer nivel
01 de enero de
2016
A partir del 01 de enero de
2016
Contribuyentes dedicados a
las actividades agrícolas,
silvícolas, ganaderas o de
pesca que cumplan con sus
obligaciones fiscales en los
términos del Título II,
Capítulo VIII de la Ley del
ISR
Catálogo de cuentas,
balanzas de
comprobación ,
pólizas y auxiliares
de cuenta de nivel
mayor o subcuenta
de primer nivel
01 de enero de
2016
El catálogo de cuentas y las
balanzas de comprobación se
deberán entregar a más
tardar en los primeros 3 días
del segundo mes posterior, al
mes que corresponde la
información
Las personas morales a que
se refiere el Título III de la
Ley del ISR
Catálogo de cuentas,
balanzas de
comprobación ,
pólizas y auxiliares
de cuenta de nivel
mayor o subcuenta
de primer nivel
01 de enero de
2016
El catálogo de cuentas y las
balanzas de comprobación se
deberán entregar a más
tardar en los primeros 3 días
del segundo mes posterior, al
mes que corresponde la
información
Contribuyentes – personas
físicas y morales - que se
inscriban al RFC durante el
ejercicio 2014 o 2015
Catálogo de cuentas,
balanzas de
comprobación ,
pólizas y auxiliares
01 de enero de
2016
El catálogo de cuentas y las
balanzas de comprobación se
deberán entregar a más
tardar en los primeros 3 y 5
3. Tipo de contribuyente Tipo de información
contable
Fecha de inicio
de la
obligación
Fecha para cumplimento de la
obligación
de cuenta de nivel
mayor o subcuenta
de primer nivel
días del segundo mes
posterior, al mes que
corresponde la información,
para personas morales y
físicas, respectivamente
Contribuyentes – personas
físicas y morales - que se
inscriban al RFC a partir del
1 de enero de 2016
Catálogo de cuentas,
balanzas de
comprobación ,
pólizas y auxiliares
de cuenta de nivel
mayor o subcuenta
de primer nivel
A partir del
primer día del
mes siguiente a
aquel en que se
inscribieron al
RFC
El catálogo de cuentas y las
balanzas de comprobación se
deberán entregar a más
tardar en los primeros 3 y 5
días del segundo mes
posterior, al mes que
corresponde la información,
para personas morales y
físicas, respectivamente
Los contribuyentes que a la fecha no se han amparado en contra de las disposiciones
legales relativas a la contabilidad electrónica como normas auto aplicativas, lo podrán hacer
con motivo del primer acto de aplicación de la misma, es decir una vez presentada la
información contable correspondiente al mes de enero y/o febrero de 2015, obligación que se
deberá cumplir a más tardar en los primeros 3 días del mes de abril de 2015 para personas
morales y 5 días del mismo mes para personas físicas, siempre que sus ingresos acumulables
declarados o que se debieron declarar correspondientes al ejercicio 2013 hayan sido iguales o
superiores a 4 millones de pesos.