1. UNIVERSIDAD DE PANAMA
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO
EL FUERO SINDICAL EN LA
LEGISLACIÓN PANAMEÑA
ESTUDIANTE:
LEIDYS ARANDA
2-725-162
2.
3. Un privilegio, una
exención o
prerrogativa,
instituida por ley en
favor de ciertos
trabajadores .
La organización
continua y
permanente creada
por los trabajadores
para protegerse en
su trabajo
la asociación de
trabajadores para
tener una
representación común
de intereses
4. CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE
PANAMÁ
EL CODIGO DE
TRABAJO
En el artículo 68
reconoce el derecho a
sindicación.
Art.334, mismos que
determinan su
personería jurídica y
reconocimiento con la
inscripción.
5. TIPOS DE
SINDICATO
GREMIALES DE EMPRESAS INDUSTRIALES MIXTO
Los que están
formados por
personas de una
misma profesión,
oficio o especialidad.
Formados por
personas de varias
profesiones, oficios,
que pertenecen a
un misma empresa.
Formados por
personas de varias
profesiones, oficios,
prestan servicios en
dos o más
empresas.
Formados por
personas de varias
profesiones, oficios,
que trabajan en
empresas diversas
o inconexas
6. Los miembros
de los
sindicatos en
formación.
Los miembros de
la directiva de los
sindicatos.
Los suplentes
de los
directivos, aún
cuando no
actúen.
Los
representantes
sindicales.
7. cuando un mínimo de 20
miembros presenta su
intención de constituirse en
sindicato
Quedan amparados por el
fuero sindical mientras
ocupen sus respectivos
cargos
Lo presenta ante las
autoridades de trabajo.
Luego se da la solicitud
formal de inscripción con
un mínimo de 40 miembros.
Quedarán protegidos antes
de haber entrado
Siempre y cuando la
autoridad de trabajo haya
sido notificada durante los
siguientes 15 días a partir de
su designación o escogencia.
Inicia
8. DESPIDO SIN AUTORIZACIÓN
DE LOS TRIBUNALES DE
TRABAJO
ALTERACION UNILATERAL DE
LAS CONDICIONES DE
TRABAJO
TRASLADO DEL TRABAJADOR
A OTRO ESTABLECIMIENTO O
CENTRO DE TRABAJO.
VIOLACIÓN DEL
FUERO SINDICAL
9. El Fuero Sindical no es mas que un
privilegio con el que cuentan ciertos
trabajadores, y dicho fuero se encuentra
consagrado en nuestra Constitución Política
y a la vez en El Código de trabajo.
Existen varios tipos de sindicato los cuales
son: gremiales, de empresa, industriales y
mixtos. Las personas que la representación
dentro del sindicato se encuentran
amparados por el Fuero Sindical.
Son consideradas violaciones al fuero
sindical: el despido sin autorización de los
Tribunales de Trabajo, alteración de las
condiciones de trabajo y traslado del
trabajador a otro centro de trabajo.
10. RECOMENDACIONES
• Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, ejerza una función
más efectiva de supervisión a las empresas y de atención de
las denuncias que hacen los sindicatos.
• Que las organizaciones sindicales dispongan más recursos
entre sus miembros para la educación sindical.
CONCLUSIONES
• El Fuero Sindical se ve seriamente afectado por la
flexibilización de la empresas.
• El crecimiento económico experimentado por Panamá en los
últimos años presenta un escenario favorable en cuanto al
empleo,, se ha incremento del trabajo informal y otras
situaciones que han reducido las posibilidades de lograr
estabilidad en el empleo .