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Medicina Legal
Médico legista: establece u puente entre la
medicina y la justicia, es un auxiliar del juez.
Definición (Nerio Rojas): es la aplicación de los
conocimientos médicos a los problemas
judiciales.
Ramas de la Medicina Legal
Deontología médica: es el estudio de los deberes
y obligaciones de los médicos(ley 17.123).
Cód de Ética
Deberes para con la sociedad y con los enfermos,
sin distinción de raza, nacionalidad y
considerando la condición humana.
Obligación de atender:
Cdo no hay otro médico en la localidad
Cdo un colega requiere espontáneamente, su
colaboración profesional
En casos de suma urgencia cdo haya peligro de
la vida del pcte.
A esta rama de la medicina también se la conoce
como derecho médico o jurisprudenciamédica e
incluye:
•Ejercicio legal e ilegal de la medicina.
• Responsabilidad médica.
• Secreto médico.
• Documentación médica.
• Honorarios médico.
• Labor médico-legal o tarea pericial.
Diceología médica estudio los derechos de los
médicos. La cuestión de los derechos se halla
tratada en el código de ética médica (capítulo
XVIII, Art. 120 a 125).
El profesional tienederecho a la libreelección de
sus enfermos.
Art, 130: puede transferir o abandonar la
atención al pcte cdo:
Consulta……….
Patología forense: estudia las cuestiones
vinculadas a la muerte y comprende:
• Tanatología: incluye definición de muerte,
fenómenos cadavéricos, data de la muerte,
autopsia, conservación de cadáveres y
legislación, diferencias de modalidad de muerte
(natural, violenta, súbita infantil y del adulto,
muerte fetal y del recién nacido).
• Asfixiología: es la muerte por interrupción del
intercambio respiratorio
• Lesionología: se ocupa de las lesiones en el
aspecto jurídico, etiopatogénico, morfológico y
evolutivo.
Criminalística Médico Legal: trata de la
aplicación de los métodos y técnicas destinados
a la identificación de las personas, cadáveres,
restos humanos y estudio de rastros y huellas.
Sexología Médico Legal. Comprende las
cuestiones médico legales vinculadas al sexo.
Tocoginecología Médico Legal o Forense:
comprende cuestiones ligadas al embarazo,
parto, nacimiento, violación, aborto y
fecundación asistida.
Psiquiatría médico legal o psiquiatría forense:
• Aspectos civiles: comprende la internación de
enfermos mentales, capacidad civil, juicio de
insania y juicio de inhabilitación.
• Aspectos penales: imputabilidad e
inimputabilidad, emoción violenta, aporte a la
criminología, aspecto médico legal de las
toxicomanías.
Medicina legal social: comprende varios
aspectos como, aspectos legales del SIDA,
violencia familiar, ablación e implantación de
órganos, medicina legal del trabajo y el médico
de emergencias y catástrofes.
Organización de la justicia Derecho
Es el conjunto de normas que regulan la vida en
sociedad estableciendo sanciones aplicables a
quienes incurren en conductas tipificadas
consideradas reprochables social y
jurídicamente.
Fuero: son las ramas o instancias del derecho
(fuero civil, penal, laboral, etc.)
Fuero penal: se ocupa de los delitos tipificados
en el código penal, el fuero penal es aquel que
hace un reproche y sanción a una conducta
delictiva.
Prisión: puede salir por buena conducta, 2 x 1
etc.
Reclusión: pierde todo lo anterior.
Multa.
Inhabilitación.
Fuero civil: se busca un resarcimiento del daño
producido.
Código: conjunto de disposiciones referidas a
una rama del derecho. (código civil, penal,
comercial, etc.). Los códigos pueden ser de
fondo: sirven para todo el país,código civil,penal
o de forma: sirven solo para el lugar donde se
hicieron.Explican sobreprocedimientos civiles y
penales.
Ley: disposición legal concernientea un aspecto
específico.
Decreto reglamentario: disposición dictada por
el Poder Ejecutivo que aclara y da normas sobre
determinados puntos de las leyes.
Jurisprudencia: es el conjunto de sentencias
sobre determinado tema del derecho.
Sentencia: es la norma individualizada dictada
por un tribunal determinado.
Certificado Médico
Es obligación y derecho del médico después de
todo acto médico siempre que el paciente lo
requiera.
Es un documento de valor legal, donde se
testigua el Motivo de Consulta del pcte, y de lo
que vieron, hicieron y constataron. Escrito por el
médico que lo describe comprobado por su
firma. (Adquiere un valor legal por tener la
firma).
¡Es SIEMPRE un consejo que permite cierta
justificación, desde que sea un testimonio!
Valor Legal
Realizado en recetario con membrete o
formularios preimpresos o recetarios de
instituciones púbicas.
Escrito en castellano.
Redactado por manuscrito y firmado por el
médico.
En la provincia de Santa Fe es obligatorio el
estampillado del Fondo Solidario Colegio Médico
por ley 4.931 y Estampilla dela CajadeSeguridad
Social de profesionales del arte de curar por ley
12.818 con excepción en instituciones públicas
con membrete o sello (se entienden como
personas no pudientes) Hay que averiguar en
cada provincia
Condición Básica
1. Veracidad y el respaldo dela historiaclínica
(agregar a la historia clínica que se otorgó el
certificado).
2. Membrete de quién lo suscribe
3. Identificación del profesional (nombre y
apellido, matrícula, especialidad, domicilio y
teléfono)
4. Encabezado la palabra CERTIFICO. La
responsabilidad no es por la palabracertifico o
constancia, es por el contenido.
5. Identificicación del pcte con nombre y
apellido y doc.Si el pacienteno presenta el doc,
tenemos que poner que el paciente dice tener
dicho nº de documento, ya que no podemos
asegurar que ese sería su documento, porque
no pudimos averiguar en persona
6. “Certifico que en la fecha he atendido a
quien se dice llamarse XXX, quien dice tener el
DNI XXXX.
7. Concepto base que se certifica (salud,
enfermedad, embarazo, vacunación,
nacimiento, lactancia, muerte, indicación de
reposo)
8. Fecha (en letras) y lugar de la consulta que
motiva el hecho o situación a certificar.
9. A pedido del interesado (paciente o tutor)
10.FINALIDAD del mismo, ante quién lo
presenta, quién lo recibe (escolar, deporte,
piscinas, laborales, práctica deportiva)
11.Consejo
12.Estampillado obligatorio
Contenido
Consejo/recomendación médica:
SEMPRE ES UN CONSEJO MEDICO, el tiempo de
duración del consejo debe ser hasta que cite el
pcte a una nueva evaluación utilizando un
criterio lógico.
No estar en contacto con… Debe guardar reposo
de… No puede realizar esfuerzos…
Ejemplo: Paciente con lumbalgia, que tiene una
reconsulta a los 5 dias.El consejo será de 5 días.
T iempo de Validez
La validez es por siempre. Es un testimonio, no
tiene validez.
Como no vence nunca y es consecuencia de un
acto médico, debe tener su REFLEJO EN LA
HISTORIA CLINICA.
Algunos certificados por su naturaleza deben
ajustarse a un modelo predeterminado por la
información que debe contener por lo que en
algunas circunstancias se utilizan textos
preimpresos que el profesional debe completar,
por lo general provistos por el mismo ente
(generalmente oficial) que requiere la
certificación.
Certificado médico falso y Código
Penal
Falsificar un certificado médico significa que el
contenido del mismo no resulta verdadero.
Quien lo formula y firma comete un delito de
orden doloso.
La falsificación de un certificado médico
constituye una figura penal que se encuadra
como "falsificación de documento". Esta figura
está contemplada en los Arts. 295,296 y 298 del
Código Penal.
Clases de certificados médicos
 Ordinarios: Deportes, Escolares,
Esparcimiento
 Laborales: Aptitud, ausentismo laboral,
Reubicación
 Judiciales: Accidentes: laborales, transito,
personales. Responsabilidad médica
 Oficiales:
 Nascimiento
 Defunción
 Discapacidad
 Internación psiquiárica involuntaria
 Matrimonio in extremis
Certificado Práctica Deportiva Competitiva
Siempre saber los riesgos a que está sometido,
conocer el puesto que ocupa el pct
Formulario pide Ecocardiograma y prueba
ergonométrica.
Cardiología superarlasub máxima,Ejevertebral,
estudios radiológicos, funcionales
respiratorios.
Certificado de nacimiento
Es aquel que confecciona el médico interviniente
o en su defecto la partera en el que se acredita
haber visto con vida al recién nacido,
consignando además fecha, lugar, hora del
nacimiento y nombre de la madre.
Certificado de defunción
Es el que confecciona el médico para acreditar la
muerte de una persona emitido por el médico
tratante de la última enfermedad o cualquier
otro que sea llamado al efecto, lo que certifica es
la muerte. Lo primero que hay quedescartar es si
es muerte violenta, muerte por enfermedad o de
causa de dudosa criminalidad. Hacer la autopsia
en todas las muertas violentas de la provincia
de Santa Fe.
Debe ser extendido solo cuando no existan
dudas en cuanto a la causa de la muerte. Si
existen dudas se estará ante una muerte de
causa dudosa requiriéndose la intervención
policial para la práctica de la autopsia médico
legal.
En casos de muerte violenta se impone la
intervención policial y la práctica de la autopsia
médico legal siendo los médicos que la
practiquen los que confeccionan el certificado
respectivo.
En todos los casos, en el certificado deberá
constar la identidad del fallecido (comprobado
por el DNI); el día, hora y lugar de la muerte; la
causa de la muerte y causas coadyuvantes
dejando constancia quelos datos que consignan
son por haber asistido al paciente, por
referencias de terceros o por haber reconocido
el cadáver.
Describir:
1)Causa inmediata o final (ACV)
2) Origen de la anterior (aneurisma)
3) Causa básica o concomitante (Arteriopatía)
El paro cardíaco és siempre el final de las causas
de muerte, hay que poner el que lo lleva a eso.
Certificado de defunción fetal
Datos de la madre, lugar,fecha y hora del hecho
y las semanas de gestación.
Certificado de cremación
Se extiende a pedido de los deudos,cuando haya
decisión de cremar (incinerar] el cadáver. Sólo
debe extenderse cuando no queda ninguna duda
en cuanto a la causa del fallecimiento de la
persona y ésta haya acaecido por causa natural.
En este certificado deben constar también los
datos filiatorios del fallecido y diagnóstico de
muerte.
Certificado prenupcial
Son exigidos para contraer matrimonio. Para el
varón por Ley Nº 12.331 y para la mujer por Ley
Nº 16.668.
Estas exigen el examen médico prematrimonial,
a efectos de la detección de enfermedades
venéreas.
Delito penal
Cdo genera perjuicio, lo otro es una falta ética
ES UN DELITO CONTRA LA FE PUBLICA
El Art. 295 estipula que"sufrirá prisión deun mes
a un año, el médico que diere por escrito un
certificado falso, concerniente a la
existencia o inexistencia presente o pasada de
alguna enfermedad o lesión cuando de ello
resulte perjuicio. Si no genera un perjuicio es
solamente una falta ética.
La pena será de 1 mes a 4 años si el falso
certificado debiere tener por consecuencia a
que una persona sana fuera detenida en un
manicomio, lazareto u otro hospital".
Es un delito doloso que tiene como
características esenciales el que su autor es un
médico que extiende un certificado, donde
asevera una falsedad y de cuyo uso surge un
perjuicio para terceros. Es agravante de este
delito, el que una persona sana resulte privada
de su libertad al ser internada como
consecuencia del certificado médico.
El Art. 296 consigna que"el que hiciereuso deun
documento o certificado falso o adulterado,será
reprimido como si fuera autor de la falsedad".
El Código Penal fe aplica la misma pena que al
autor de la falsedad a aquel que hiciera uso de
un documento o certificado falso o adulterado.
En este caso seagrega como delito el hecho de la
adulteración del documento.
Por último, el Art. 298 contempla una pena
accesoria de inhabilitación por el doble del
tiempo de la condena si quien comete el delito
es un funcionario público con abuso de sus
funciones.
Historia Clínica
Es un documento escrito obligatorio,
cronológico, foliado y completo que prueba la
actividad desarrollada en el paciente para
procurar la recuperación de la salud.
Utilidad
Estadistica
Auditoria médica
Administrativa
Asistencial (principal utilidad)
Legal
Educativa (Formación de estudiantes y
residentes)
Facturacion
Principal interesado es el médico
Ética, ya que posibilita conocer la historia de
otros colegas
Reglas básicas de confección
Redactados personalmente, con prolijidad, letra
legible y amplia, con un orden lógico, fechado,
numerado y firmado.
La importancia Med Legal de la HC sirve para la
seguridad del acto médico.
Sirve como prueba fundamental para reclamos
de los pacientes y para defensa médica
Contenido de la historia clínica
 Dados identificatorios del paciente comprovar
com el documento
 Fechas y hora de ingreso y egreso
 Datos personales y afiliatorios
 Dados identificatorios del profesional
interviniente y su especialidad
 Estado en que el paciente ingresa
 Antecedentes Familiares
 Antecedentes personales
 Estado actual
 Diagnósticos presuntivos y diferenciales
 Escribir los datos positivos y también los
negativos
 Exámenes complementarios
 Tratamiento y evolución diaria
 Epicrisis
 No deberá tener tachaduras, ni se podrá
escribir sobrelo ya escrito. No se podrá borrar y
escribir sobre lo quitado.
Confección y redacción
Debe ser hecha por el propio médico de puño y
letra por quien los redacta,para identificar quién
es responsabledel mismo,con el sello respectivo
o aclaración de sus datos personales y función.
Con letra legible en forma prolija, sin
abreviaturas, sin enmiendas ni tachaduras y si las
hay,salvadas convenientemente. Todo ello por la
trascendencia jurídica como elemento de
defensa en un juicio de responsabilidad y
recordando que el secuestro es una de las
primeras medidas que dispone el juez ante una
denuncia de esa naturaleza. Cada intervención
médica debe ser firmada, sellada y fechada. Es
también aconsejable la foliación o sea la
numeración correlativa de todas las hojas con el
nombre del paciente y el número de la historia
clínica en cada hoja con el fin de evitar
sustracciones o intercalaciones.
El pcte es el titular de la HC, y cdo se lo solicita
tenemos 48Hrs para darle una copia o un
resumen de la misma. La puede solicitar el pcte o
el representante legal, además de deber decir a
quién lo vá presentar por el tema del secreto
médico. Por ley la HC debe se guardada por un
plazo mínimo de 10 años de la última actuación
registrada. El primer interesado al contenido de
la HC es el médico para la comprobación de su
acto.
Obligatoriedad de la confección, conservación y
archivo: La entrega se realizará dentro de las
48hrs de solicitada o de inmediato, cuando el
paciente se encuentra en proceso de atención o
en situaciones de urgencia que será acreditado
presentando certificado del médico tratante.
Ante una imposibilidad debidamente fundada,
los directivos de los establecimientos
asistenciales podrán entregar una epicrisis de
alta o resumen de historia clínica, y solicitarle
una prórroga para entregarla que no podrá
extenderse más allá de los 10 dias corridos.
Los establecimientos asistenciales públicos o
privados y los profesionales de la salud, en su
calidad de titulares de consultorios privados,
tienen a su cargo su guarda y custodio,
asumiendo el carácter de depositarios de
aquella. Durante el plazo mínimo de 10 años de
prescripción liberatoria de la responsabilidad
contractual. Dicho plazo se computa desde la
última actualización registrada en la historia
clínica y vencido el mismo, el depositario
dispondrá de la misma en el modo y forma que
determine la reglamentación.
Las HCs pueden pasar por un sistema de
microfilmación e impresión que garantice la
inalterable reproducción del contenido de las
Historias Clínicas y tiene valor jurídico cuando
incluye el foliado de cada documento y una
síntesis final certificada por el Director del
establecimiento;
Historia Clínica computarizada: El contenido de
la historia clínica puede confeccionarse en
soporte magnético siempre que se arbitren
todos los medios que aseguren la preservación
de su integridad, autenticidad, inalterabilidad,
perdurabilidad y recuperabilidad de los datos
contenidos en la misma en tiempo y forma.
(Tienen que tener firmas electrónicas o
manuales)
Los pacientes tienen derecho al acceso a su
historia clínica disponiendo que "las historias
clínicas pertenecientes a los pacientes de los
establecimientos asistenciales dependientes del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,serán de
exhibición obligatoria frente a expresa y
acreditada petición del interesado, su
representante legal y /o apoderado o sus
herederos, en caso de fallecimiento del mismo
'pudiendo las personas interesadas' extraer
fotocopias a su costo, de las referidas historias
clínicas quedando expresamente prohibido su
otorgamiento en préstamo a los interesados
para tales efectos".
Lugar del Hecho
Es el espacio físico y jurídico en el que se
presume que ha ocurrido un acontecimiento
criminal.
Se caracteriza por la presencia de rastros y/o
indicios que puedan develar las circunstancias o
características de lo allí ocurrido.
-Preservar es la obligación inmediata (Protección
y fijación)
- Puede estar integrado por uno o varios espacios
físicos interrelacionados.
- Se habla un único idioma y hay que conocerlo
Lugar del hallazgo: donde se encuentran los
indicios Medio de transporte o enlace entre
ambos: vinculación El lugar del hecho debe ser
completo (investigación completa), metódico
(ingresar de forma metódica al lugar del hecho)
e ilustrado (todo debe ser fotografiado o
filmado)
Qué corresponde hacer en el lugar del hecho:
Preservar y proteger (intangible),
Delimitar Extender
Examinar (El cuerpo y lugar)
Objetivos
Naturaleza del hecho (Circunstancias – natural o
violenta)
- Quienes intervinieron (Responsables)
Principio de transferencia,
Principio deintangibilidad (tener cuidado al tocar
todo lo que está en el lugar del hecho.)
PRINCIPIOS
• De intercambio:ambos se llevan y dejan cosas
del medioambiente El victimario le deja a la
víctima algunos elementos (la herida) La víctima
ledeja alguna herida al defenderse.La víctima se
queda (en las uñas) con la piel del victimario El
victimario se lleva tierra, deja huellas, pisadas,
pelos.
Primeras acciones a realizar:
-Preservar y evitar la contaminación del lugardel
hecho
-Corroborar fehacientemente la muerte de la/las
victimas
-Intentar establecer la causa de su producción
-Delimitar el lugar del hecho
-Impedir el ingreso de toda persona ajena a la
investigación
-Interrogatorio breve a eventuales testigos a fin
de poder reconstruir las circunstancias de lo
ocurrido
Al margen de los estudios criminalísticos de
rutina deberá prestarse especial atención a:
—El tipo de suspensión del cadáver.
—El mecanismo de suspensión puesto en
práctica.
—El elemento constrictor utilizado (el cual
deberá ser remitido conjuntamente con el
cuerpo, en lo posiblesin ser retirado del cuello).
—Muebles u objetos circundantes al cadáver.
—Elementos, objetos o vestimentas que
sugieran la realización deprácticasautoeróticas.
Debe ser completo, metódico e ilustrado.
El lugardelhecho
Primario: Dónde ocurre la muerte/crimen
(Escena del crimen propiamente dicho)
Secundario: Dónde se encuentra el cadáver,
Terciario: Dónde se lleva a cabo alguna otra
acción delictivaqueameritela investigación pero
no ocurrió la muerte ni el cuerpo del cadáver
(Buscar cámaras,huellas, para la investigación)
Cerrado: Es un espacio interior que cuenta con
límites físicos (Casas, locales, autos)
Ventajas: Facilidad del acordamiento, menor
contaminación por extraños, Aislamiento de
factores ambientales.
Desventajas: escaso lugar, espacios habitados,
presencia de elementos que no son de interés
para la investigación
Abiertos: Espacio que no cuenta con protección
a los factores ambientales como la luz solar, el
viento, lluvia, polvo. Ej: calles, parques, bosque,
ríos. Son de mayor complejidad investigativa,
difícil preservación y aislamiento
Forma dela muerte
Muerte natural: Es la muerte por vejes o en
decorrencia de una enfermedad ya conocida y
espontánea, propias del individuo, sin intención
volitiva de hechos violentos. Causas: IAM, ACV,
Envejecimiento, Enfermedades
Cardiovasculares. Enfermedades Degenerativas,
Neoplasias. No hace falta denunciarla.
Muerte Violenta: Es un criterio jurídico.Cuando
la interrupción de la vida resulta de un proceso
antinatural, determinado por la intervención
volitiva delos hechos violentos del mismo sujeto
para consigo, volitiva o no de terceros o de
hechos de terceros, Formas
Etiológicas: Accidental (Accidente de tránsito,
Domésticos), Suicida o Homicida
IMP: Preservar la escena del hecho, evitar la
contaminación dela misma,intervención policial
El medico asistencial comproba la muerte el
médico del SIES investiga su causa.
MuertedeDudosa Criminalidad
Son aquellasmuertes en las quehay algún indicio
que impida descartar su origen criminal.
Casos: Recién Nacidos, Menores, Adultos joven,
Tóxicos, Praxis Médica, Conflictos de Interés.
Equipo Criminalístico
-Cordinador
-Médico
-Investigador
-Fotógrafo
-Dibujante (croquis con mediciones)
-Dactilóscopia (Levantamiento de rastros)
-Planimétrico (Plano de la escena) Informática
Forense.
-Personal de laboratorio (Muestra biológicas y
dermotest)
-Balística
Estudio dellugardel hecho
conjunto de operaciones que incluye el examen
del cadáver, la descripción completa y detallada
del espacio dondeestees hallado y la recolección
y estudio de los elementos indiciarios
considerados útiles para la investigación, en el
caso de sucesos violentos de carácter doloso,
culposo o accidental.
La labordel médico
-Diagnosticar la muerte (Médico asistencia)
- Diagnosticar o presumir la causa de muerte
- Diagnosticar lamuerte y en lo posiblepresumir
la data y la causa
- Demonstrar la existencia de un delito
- Recoger y preservar los indicios,las huellas y los
rastros.
Cronotanatodiagnóstico
Responsabilidad del médico criminal
diagnosticar el intervalo postmortem
El médico asistencial solo puede constatar la
muerte
Inmediatos: Deshidratación, livideces, rigideces,
enfriamiento
Mediatos: Períodos cromático y enfisematoso
Tardios: Reduyctivos
Enfriamiento: Varía según la estación del año, el
lugar del hecho y el momento del día. Se enfría
1ºC/hora, hay que diagnosticar3hrs antes y 3hrs
después de la hora constatada.
Livideces: Son manchas gravitacionales por
acumulación de sangre en zonas de declive pero
no en los puntos de apoyo. La coloración puede
indicar presencia de toxicos.
CO (Rojo fuerte), Ac sulfidrico (amarronada
achocolatada)
Livideces fijas: 15-18hrs
Livideces móviles → menos a 12hrs
Rigidez: Estado de endurecimiento generalizado
que se Inicia en región cefálica suele ser
descendente y predomina la actitud flexora.
Desaparece en la misma dirección y con la
putrefación intensa →2-15hrs
- Elevar la totalidad dela información útil para la
investigación a través del acta de levantamiento
de cadáver.
EL lugar del Hecho tiene características:
Criminalista Medico Legal: Estudia los objetivos
biológicos o de transformación patológica,
destinados a establecer la identificación deraza,
especie, sexo, talla de determinado sujeto en la
investigación de crímenes.
Criminalista Policial: Técnica (Obtención de
pruebas) Cientifica (Estudia las evidencias para
dar valor a las mismas.)
Indicio: Lo que nos hace pensar en algo
Todo aquel elemento perceptible sea o no
material, que resulta o se ve implicado de la
escena de un crimen y que permite imaginar la
existencia de una circunstancia determinada
vinculada al suceso o crimen investigado
Prueba: El elemento con el que se busca
encontrar la verdad. Denominamos prueba a
todo aquel elemento o argumento que se
emplea con el fin de demonstrar la veracidad o
falsedad de un hecho.
Evidencia: Cuando algo demuestra la existencia
de una relación Todo aquel elemento que
permite establecer, de manera clara, la relación
e entre dos elementos encontrados en la escena
del crimen, puede entenderse como aquel
indicio recogido que refleja claramente una
relación con otro elemento.
Suicidio y Homicidio? Idoneidad lesional, tipo,
características, numero y ubicación de las
lesiones, elementos de lucha, cierre por dentro.
Antecedentes previos, esquela de despedida
(Nota póstuma) Elección del arma o
procedimiento suicida.
Responsabilidad Médica / Praxis Médica
Es la obligación que tienen los médicos de
responder por las consecuencias derivadas de
su actuación profesional.
Atendiéndose a la concepción jurídica y genérica
que divide a las obligaciones en obligaciones de
MEDIOS y obligaciones de RESULTADOS, la
OBLIGACIÓN DEL MEDICO ES DE MEDIOS y no de
RESULTADOS. El médico tiene el compromiso de
poner todo el empeño y la técnica al servicio del
paciente.
La relación de causalidad puede ser interrumpida
por el pcte, por los familiares o por las obras
sociales.
La relación médico-paciente es de carácter
CONTRACTUAL, mismo que ese sea gratuito.
Relación EXTRACONTRACTUAL seda cuando,por
ejemplo, un médico atiende a un paciente
accidentado en la vía pública o en otras
situaciones de emergencia, en que NO EXISTE
una obligación previamente pactada pero sí, un
deber de cuidado.
Los actos médicos son actos humanos y como
tales llevan implícitosuna cuota de FALIBILIDAD.
Los elementos que configuran la responsabilidad
profesional son:
1. Autor
2. Acto Médico
3. Elemento Subjetivo
4. Elemento Objetivo
5. Relación de causalidad directa
Autor: es el profesional queejercela medicina en
las condiciones estipuladas en la ley del ejercicio
profesional
Acto médico: una acción efectuada como médico
cuando en tal carácter asiste a un paciente.
Elemento subjetivo:consisteen la demostración
de "culpa" por parte del médico. (Prudente,
dirigente, perito debe ser la conducta)
Son factores subjetivos deatribución laculpay el
dolo.
La culpa consiste en la omisión de la diligencia
debida según la naturaleza de la obligación y las
circunstancias de las personas, el tiempo y el
lugar.
El tiempo, no es de la consulta, es lo que se
aconsejaba en esa época, año del acto médico,
ya que la medicina es evolutiva.
Artículo 1725: Valoración de la conducta. El
deber es mayor cto mayor es el conocimiento. El
médico tiene la obligación de especializarse.
Cuanta más especialización (Diplomas) más se
eleva nuestro CRITERIO MEDICO.
El carácter distintivo de la culpa es la falta de
previsión delas consecuenciasdel acto por parte
de una persona con capacidad de previsión. El
caso contrario sería un accidente excusable.
En el código penal la culpa médica exige la
demostración de IMPERICIA, IMPRUDENCIA,
NEGLIGENCIA. La conducta médica debe ser
prudente, diligente y perita.
Esa "culpa" ha de ser grave, inexcusable. El
médico debe contar con los conocimientos
necesarios, básicos o sea que debe actuar con
pericia, con un criterio médico promedio.
IMPERICIA: Hacer lo que no se sabe (o sabe,pero
no lo hace según las circunstancias).Consisteen
la ignorancia de las reglas respectivas del
tratamiento médico que se realiza, deacuerdo a
un CRITERIO MEDICO PROMEDIO DE
FORMACIÓN.
Ejemplo: Dar un certificado médico a un jugador
de Rugby sin saber en qué puesto juega y sin
tener conocimiento de Rugby, pedir el
certificado a un deportólogo.
Ejemplo: ECG de reposo nos dice si existealguna
alteración, pero no como responderá el sist.
Cardiológico ante el esfuerzo (Si ocurre alguna
afectación en la práctica no podemos
argumentar que no somos deportólogos).
IMPRUDENCIA: Hacer de más, actuar con
apresuramiento.
Ejemplo: hacer una resección mamaria completa
bilateral deun CA de mama antes de realizar un
análisis anatomopatológico.
Se necesita también actuar con moderación, sin
excesos, sin temeridad y sin soberbia o sea con
prudencia.
NEGLIGENCIA: Hacer de menos. No hacer lo que
corresponde.
-No ha puesto el empeño necesario para
escuchar
- no tuvo la preocupación correspondiente ante
el motivo del acto médico
- no controlo o indicó controles
- no verificó la manifestación evolutiva de la
enfermedad
- no puso la imaginación suficiente(diagnósticos
diferentes)
Se debe considerar las circunstancias del caso y
documentar lo que se ve describiendo según lo
evaluado. (Estado de salud del paciente al
momento del acto médico, puede modificarseen
minutos, en la misma internación o en el mismo
día). Circunstancia es el estado de salud del pcte
al momento del acto médico reclamado.
Consentimientoinformado
Es un proceso que empieza en la primera
consulta, siendo una información conocida y
consentida (expreso, tácito o presunto). Y tiene
como base la Relación médico pcte.
El tiempo del atendimiento al pcte debe ser lo
necesario para que puedas conocer bien su
Motivo de Consulta.
Tener en cuenta siempre que el juez no sabe
nada de medicina, sólo valoran la conducta, por
medio de la NEGLIGENCIA, IMPRUDENCIA E
IMPERICIA acordea circunstanciasdel estado del
paciente, al tiempo que es la época en que se hizo
y al lugar que hicieron la práctica médica. La
medicina es dinámica
Elemento objetivo
Consiste en el perjuicio causado al paciente.
Este perjuicio consiste en daños en el cuerpo o
en la salud o en la muerte del paciente o sea en
la producción delesiones u homicidio, ambos de
carácter culposo.
Esta valoración es de carácter penal habiendo
otra valoración civil, de tipo económico, por la
cual los dañificados podrán solicitar una
reparación económica de acuerdo al perjuicio
producido.
Relación causal
Para que haya responsabilidad —civil o penal—
debe quedar bien demostrado que el perjuicio —
lesiones o muerte— es la consecuencia DIRECTA
del acto profesional.
Para que exista una responsabilidad médica,
hay que haber una Relación de Causalidad entre
lo que el médico hace (Acción u omisión) y el
Daño (lesiones o muerte).
Relación de Causalidad Interrumpida por el
paciente: no concurrea la reconsulta,no cumple
indicadores.
Interrumpida por obra social o terceros: No
autorizaciones, no cumplimiento de órdenes,
cambio de medicaciones.
Relación Médico- Paciente
Se incurreen INOBSERVANCIA DE LOS DEBERES Y
REGLAMENTOS DE UN CARGO cuando el médico
no cumple con la obligación de controlar el
cumplimiento de las tareas que le asignó al
personal auxiliar y paramédico, en lo que
concierneal cuidado y atención delos pacientes.
Dolo/Intención Culpa/no tener intención
(Hecho/antijuridico): Cuando hablamos de
responsabilidad médica estamos relatando a
conducta culposa, nunca dolosa.
Acción: Todo acto médico esperado
Omisión: Ausencia del acto médico esperado
(No palpar, auscultar, explorar el paciente)
Contrato: El contrato es un acuerdo,
generalmente escrito, por el que dos o más
partes se comprometen recíprocamente a
respetar y cumplir una serie de condiciones.
Bilateral: Médico y paciente se obligan
recíprocamente.
Oneroso: Una de las partes procura una ventaja
que es concedida por una prestación que ha
hecho.
Consensual: Manifestación de consentimiento
recíproco.
Articulo 1251: Hay contrato de servicios cuando
una persona, prestador deservicios – médicos. La
obligación del médico es de medios / servicio,
tratando de que se haga un Tto adecuado, con
las mínimas secuelas posibles y que si se muere
demonstrar que el servicio fueadecuado y que a
pesar de eso el paciente se murió.
Artículo 2561:El reclamo de la indemnización de
daños derivados de la responsabilidad civil
prescribe a los tres años. (Tres años del acto
médico, de la secuela, de la toma de
conocimiento). Las HCs se guardan desde la
última actualización por próximamente 10 años.
Artículo 1252: Calificación del contrato, se
entiende que hay contrato de servicios cuando la
obligación de hacer consiste en realizar cierta
actividad independiente de su eficacia.
Obligación deMedios
(Locación de Servicios) 100% de los actos
médicos; Se compromete a aplicar los medios
adecuados en la asistencia de un paciente y sus
dolencias (motivo de consulta) Lo determinante
es el fin de INICIO – no el último (es aleatorio) Se
exime por falta de culpa. Debe probar el
Acreedor (el paciente) El medico debe colaborar.
Artículo 1734: Prueba de los factores de
atribución y de las eximentes, Excepto
disposición legal, la carga de la prueba de los
factores de atribución y de las circunstancias
eximentes, corresponde a quien los alega
(paciente)
Artículo 1735: Facultades judiciales: No
obstante, el juez puede distribuir la carga de la
prueba de la culpa, ponderando cual de las
partes se halla en mejor situación para
aportarla (Protocolo o quirúrgico)
- Obligación deHacer:Articulo 773: Concepto. La
obligación de hacer es aquella cuyo objeto
consiste en la prestación de un servicio o en la
realización de un hecho, en el tiempo, lugar y
modo acordados, por las partes.
Artículo 774: La prestación de un servicio puede
consistir en realizar cierta actividad, con la
diligenciaapropiada, independientemente de su
éxito.
Básicamente: La obligación deservicio es realizar
una actividad sin que el resultado sea eficaz (no
lo garantiza). De medios es aplicar los medios
específicamente para llevar a cabo la consulta.Y
de hacer hace referencia a tener en cuenta el
tiempo lugar y circunstancias del paciente,
Art 1730: Caso fortuito. Fuerza mayor: Se
considera caso fortuito o fuerza mayor al hecho
que no han podido ser previstos o que, habiendo
sido previsto, no ha podido ser evitado. En caso
fortuito o fuerza mayor, exime de
responsabilidad, excepto disposición en
contrario.
Consecuencias Reparables: Articulo 1726:
Relación causal, son reparables las
consecuencias dañosas que tienen nexo
adecuado de casualidad con el hecho productor
del daño. Excepto disposición legal en contrario,
se indemnizan las consecuencias INMEDIATAS Y
LAS MEDIATAS PREVISIBLES
Art 1727: Tipos de consecuencias. Las
consecuencias de un hecho que acostumbran a
suceder según el curso natural y ordinarlo delas
cosas:
Consecuencias Inmediatas (Son las
complicaciones) Ejemplo: Cirugia de reemplazo
de cadera con corte del ciático.
Consecuencias Mediata resultan solamente de
la conexión de un hecho (Posibles
complicaciones, aparecen después, pero están
relacionadas con el acto médico. Ej: Ciático
debería ser reparado y quedó con una lesión
parcial por algo que deberíamos haberlo hecho)
Abandono depersona
es un delito contemplado y sancionado en el
artículo 106 del código penal en el que se
expresa que "el que pusiere en peligro la vida o
la salud de otro, sea colocándolo en situación de
desamparo, sea abandonando a su suerte o una
persona incapaz de valerse y a la que deba
mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya
incapacitado, será reprimido con prisión de2 a …
años. La pena será de reclusión o prisión de 3 a
10 años. Si a consecuencia del abandono
resultare grave daño en el cuerpo o en la salud
de la víctima.Si ocurrierela muerte, la pena será
de 5 a 15 años de reclusión o prisión."
Es un delito doloso, variando la pena según la
característicadel daño que puede ser: peligro de
vida, grave daño en el cuerpo o en la salud o la
muerte.
En casos urgentes y graves el médico está
obligado a prestar su oficio, cuando es requerido
y en caso negativo surge su responsabilidad civil.
Omisión deauxilio
Art. 108. Será multado, el que, encontrando a
una persona herida o amenazada de un peligro
cualquiera, omitiera prestarle el auxilio
necesario, cuando pudiere hacerlo sin riesgo
personal o diere aviso inmediatamente a la
autoridad. (Ej: Cuando el médico no quiere
atender el paciente cuando el lugar tiene barro y
tiene zapatos nuevos)
Otras Obligaciones:
Actualizaciones
Certificados por escrito
Aceptar la negativa al tratamiento, ante eso
solicitar quefirmeel consentimiento informado.
iatrogenia
daños emergentes del accionar médico, pero en
el que se actuó con
atención, dedicación y cuidado descartándosela
DESAPRENSIÓN, AUDACIA O TERMERIDAD. O sea
que a pesar del resultado no deseado — daño o
muerte— se han cumplido con las normas del
arte médico de acuerdo al caso, al tiempo y al
lugar,no siendo en consecuencia,ese resultado,
punible penalmente ni resarcible
económicamente.
"trastornos psíquicos originados o generados en
el enfermo por actitudes o explicaciones del
médico sobre la afección que padece*.
Puede definirse a la IATROGENIA como a las
alteraciones sobrevinientes que el médico NO
HA PODIDO PREVEER o que previstas NO HAN
PODIDO EVITARSE. De este modo la iatrogenia
resulta médica y jurídicamente FORTUITA,
IMPREVISTA E INEVITABLE, asimilable al hecho
fortuito que define el artículo 514 del C. Civil ("lo
que no ha podido preverse o que previsto no ha
podido evitarse").
Las alteraciones que pueden producirse en el
organismo a raíz de un hecho de esta naturaleza
pueden ser directas o indirectas; orgánicas o
Ejercicio profesional y hechos dolosos
Los delitos cometidos durante el ejercicio
profesional son: la eutanasia, la ayuda y / o
instigación al suicidio y el abandono de persona.
Su carácter DOLOSO hace que estén excluidos
del campo de los delitos por responsabilidad
médica. Con respecto a las tres primeras figuras,
nos remitimos a los capítulos respectivos
refiriéndonos aquí al abandono de persona.
El reglamento de por medio o no, con o sin el
pago del anticipo por el trabajo profesional, el
médico en funcionales, y, temporales o
definitivas pudiendo mencionar entre las más
frecuentes a las siguientes:
— reacciones adversas a fármacos previamente
testeados,
— fracturas del esternón o costales al realizar
masaje cardíaco externo,
— úlceras por tratamiento radiante
correctamente aplicado,
— stress por el medio asistencial,
— cuadros depresivos por lo que ve, oye o
interpreta acerca de la enfermedad que padece
y
— cicatrices queloides.
cuyas manos está en ese momento la de
contribuir a la salvación de un ser humano, debe
cumplir, ante todo, con su deber profesional y
moral afrontando cualquier responsabilidad en
que pudiera incurrir frente a las autoridades de
la institución por la violación deuna disposición
administrativa de tipo utilitario" (Cámara de
Apelaciones Civil y Comercial deSan Martín, Sala
I, 1979).
Estado de necesidad
Es una circunstancia prevista en la legislación
penal. En efecto en artículo 34 del Código
respectivo se establecen las condiciones de
inimputabilidad o sea la NO PUNIBILIDAD de
aquel que cometiere un mal para evitar otro
mayor inminente al que ha sido extraño.
En el caso de los médicos se da esta situado*)
cuando hay que adoptar una conducta
determinada pues de no hacerlo se pondría en
riesgo de la vida del paciente.Esa conducta lleva
implícito un mal pero menor al que ha motivado
esa situación y a la que el médico es extraño.
Las situaciones más comunes son las siguientes:
— esplenectomía por ruptura de bazo
— amputaciones de miembros luego de un
accidente
— interrupción del embarazo, o sea aborto, en
los casos que, habiéndose desencadenado una
hemorragia uterina por causas patológicas, esa
es la
indicación precisa para evitar la muerte de la
madre.
ENCUADRAMIENTO JURÍDICO DE LA
RESPONSABILIDAD MÉDICA
A) Aspecto penal:en el ámbito penal la conducta
médica sancionable debe ser típica o sea que
debe estar configurada en el Código Penal. En
estos casos
las penas recaen sobre las personas. Por eso se
diceque este tipo de responsabilidad —penal—,
es SUBJETIVA, debiéndose demostrar la relación
directa o NEXO DE CAUSALIDAD entre el accionar
médico y el daño, sin lo cual no puede hablarse
de delito.
Las consecuencias del accionar culposo pueden
ser el daño en el cuerpo o en la salud o la muerte
o sea LESIONES U HOMICIDIO,ambos decarácter
CULPOSO.
Es de señalar que una de las sanciones que se
impone en caso decomprobación deeste tipo de
conducta antijurídica es la INHABILITACIÓN, la
que en el caso delos médicos es particularmente
trascendente respecto de la vida profesional ya
que ejerce sus efectos durante el tiempo del
cumplimiento efectivo de la sanción y aun
después de su finalización.
Los artículos el Código Penal que conciernen
específicamente a esta cuestión son el 84 y el 94
que tratan respectivamente del HOMICIDIO
CULPOSO Y DE LAS LESIONES CULPOSAS. El 29 de
septiembre de 1999 el Congreso Nacional
modificó por ley N9 25.189 los artículos
mencionados quedando redactados de esta
forma:
Artículo 84: Será reprimido con prisión de seis
meses a cinco años e inhabilitación especial, en
su caso, por cinco a diez años el que, por
imprudencia, negligencia, impericia en su arte o
profesión o inobservancia de los reglamentos o
de los deberes a su cargo, causare a otro la
muerte.
El mínimo de la pena se elevará a dos años si
fueran más de una las víctimas fatales, o si el
hecho hubiese sido ocasionado por la
conducción imprudente, negligente, inexperta o
antireglamentaria de un vehículo automotor.
Artículo 9 4 : Se impondrá prisión de un mes a
tres años o multa de mil a quince mil pesos e
inhabilitación especial por uno a cuatro años, el
que por imprudencia o negligencia,por impericia
en su arte o profesión, o por inobservancia delos
reglamentos o deberes a su cargo,causarea otro
un daño en el cuerpo o en la salud.
Si las lesiones fueran de las descriptas en los
artículos 90 o 91 y concurriera alguna de las
circunstnacias previstas en el segundo párrafo
del artículo 84,
el mínimo de pena prevista en el primer párrafo,
será de seis meses o multa de tres mil pesos e
inhabilitación especial por dieciocho meses.
B) Aspecto civil: Civilmente el médico también
puede ser responsable pero aquí, de
comprobarse la culpa, el resarcimiento es
económico. En algunas oportunidades el médico
puede ser sobreseído en un juicio penal, pero
como la sentencia es "no vinculante", ello no
implica que queda eximido de una eventual
condena civil. En este ámbito muchas veces la
demanda se entabla contra el médico y las
instituciones en las que se desempeñó
profesionalmente siendo solidariamente
responsables. El resarcimiento civil surge de la
comprobación que existe entre el agente y el
resultado dañoso producido
independientemente de si el médico obro con
impericia, negligencia o imprudencia.
En este aspecto son pertinentes los artículos
1113, 902 y 512 del Código que transcribimos y
comentamos:
El artículo 1113 estableceen forma genérica que:
"La obligación del que ha causado un daño se
extiende a los daños que causaren los queestán
bajo su dependencia o por las cosas de que se
sirve o que tiene a su cuidado".
El artículo 909 dice que "cuanto mayor sea el
deber de obrar con prudencia y pleno
conocimiento de las cosas, mayor será la
obligación que resulte de las consecuencias
posibles delos hechos". En lo concerniente a los
médicos debe entenderse que será mayor la
responsabilidad cuanto mayor sea la
especialización alcanzada en una rama de la
medicina.
Por su parte el artículo 512 establece que "la
culpa del deudor en el cumplimiento de una
obligación consiste en la omisión de aquellas
diligencias que exigiere la naturaleza de la
obligación y que correspondiesen a las
circunstancias de las personas, del tiempo y del
lugar".
O sea que, si se trata de un médico, habrá culpa
si OMITE cumplir las diligenciasquele impone la
naturaleza de su obligación entendiéndose por
ésta la atención correcta del pacientede acuerdo
al momento en que realizó la prestación y a las
características y medios disponibles.
CAUSAS Y PREVENCIÓN DE LOS JUICIOS POR
RESPONSABILIDAD MÉDICA
a) Causas: El origen de los juicios por
responsabilidad médica es múltiple:
precarización dela atención por falta derecursos
o su mala distribución;
complejidad de las nuevas terapias que carecen
de una adecuada regulación jurídica; la
innovación tecnológica; la masificación de la
profesión médica;la importanciacadavezmayor
de las empresas de medicina prepaga y de las
obras sociales;la mayor difusión delos temas de
salud en forma no controlada y la afirmación
cada día más acentuada y a veces distorsionada
de los derechos de los pacientes explotada por
los que hacen de los juiciosdela mala praxis una
verdadera "industria".
El médico, en su tarea profesional, debe
extremar los recaudos para no verseinvolucrado
en una demanda judicial actuando con pericia,
diligencia y prudencia.
No obstante, ello, nuestra experiencia confirma
casi a diario que en todo juicio de mala praxis
subyace como elemento latente hasta el
momento de la iniciación de la demanda, una
mala relación médico-paciente. Por ello, las
escuelas de medicina deberían incrementar la
enseñanza en este tema, cada día de mayor
trascendencia en la actividad médica.Hasta hace
pocos años, el rol preponderante del médico, en
el momento de tomar decisiones, no merecía
cuestionamientos. Hoy no es así, pues al influjo
de los postulados de la Bioética, la relación
médico-paciente en cierto modo, se ha
HORIZONTAUZADO, dejando de ser paternal y
verticalista,en la cual médico y pacienteNO SON
IGUALES en cuanto a saber,pero sí,SON IGUALES
en cuanto al DECIDIR.
A través de estos cambios, la relación médico-
paciente se ha enriquecido reafirmando el
carácter humanista de la ciencia médica.
Simultáneamente con esta transformación, la
medicina experimentó interferencias
desfavorables siendo una de las más notorias la
problemática de los juicios por responsabilidad
profesional.
En los últimos años se ha incrementado la
cantidad dedemandas civiles y penalesy sea cual
fuere su resultado, dejan en el médico una
secuela que se ha
denominado "síndrome judicial" que se define
como el "conjunto de signos y síntomas que
presentan aquellos profesionales dela salud que
se hallan
sometidos a un proceso judicial".
b) Prevención: En el año 1995 se realizó la
Jornada Universitaria sobre mala praxis médica
en la Facultad de Medicina de la U.B.A.
elaborándose 20
conclusiones queconsideramos deutilidad tener
en cuenta para la prevención por lo que las
transcribimos:
1) promover por medio de la educación y la
modificación de las condiciones de atención
médica una mejor relación del profesional con el
paciente y su núcleo familiar.
2) normatizar y supervisar la redacción de la
historia clínica para facilitar su lectura y
comprensión.
3) normatizar los protocolos de consentimiento,
informado para los procedimientos de
diagnóstico y tratamiento potencialmente
riesgosos. Promover el suministro de
información continua y correcta sobreel proceso
de salud-enfermedad.
4) realizar auditoría de gestión en las
instituciones asistenciales para evaluar las
condiciones del trabajo profesional y la calidad
de la atención médica, garantizando al médico
pautas mínimas que le permitan desarrollar
dignamente su actividad.
5) promover la creación de Comités de
Responsabilidad Profesional en las instituciones
asistenciales públicas y privadas con fines
educativos, normativos y de asesoramiento
médico y jurídico a los profesionales.
6) promover la creación en los establecimientos
asistenciales de Tribunales de Ética que evalúen
la incentivación de las demandas por parte de
médicos o personal paramédico.
7) enfatizar en la enseñanza de pregrado los
temas referentes a la responsabilidad
profesional.
8) Solicitar queselimiteel beneficio de litigar sin
gastos por medio de una rigurosa y exhaustiva
investigación de los medios económicos del
demandante.
9) solicitarqueel profesional declarado inocente
sea eximido de abonar las costas del juicio.
10) promover la creación deun baremo de daños
tarifado, homologado al derecho laboral.
11) promover la creación deconsejos integrados
por profesionales de reconocida trayectoria
académica y asistencial para evaluar las
demandas por mala praxis y eventualmente
actuar como tribunales de mediación.
12) solicitar que en las causas judiciales se
designen peritos de reconocida experiencia y
antecedentes académicos en el tema a tratar.
13) solicitar que los jueces sancionen
adecuadamente a los abogados patrocinantes de
aventuras judiciales.
14) solicitar que en las eventuales
modificaciones del Código Civil la carga de la
prueba siga quedando a cargo del demandante.
15) solicitar que se limite a dos años el período
de la prescripción en las obligaciones de tipo
contractual asimilándolas a las de tipo
extracontractual.
16) promover una mayor interrelación entre las
instituciones queagrupan a médicos,abogadosy
magistrados con la finalidad de intercambiar
opiniones sobre aspectos fundamentales del
tema convocante, en forma periódica y
permanente.
17) aconsejar a los profesionales queadhieran a
un seguro o fondo solidario.
18) aconsejar a los profesionales absueltos por
decisión judicial que inicien querellas por
calumnias e injurias y demandas por daños y
perjuicios a las
personas que los involucraron injustamente en
un caso de presunta mala praxis.
19) promover la creación en las Facultades de
Medicina de comisiones para asesoramiento y
consulta del Poder Ejecutivo, del Poder
Legislativo, del Poder
Judicial y de las instituciones médicas públicas y
privadas.
20) promover la realización de nuevas Jornadas.
Dado el criterio abarcativo y general de estas
conclusiones, consideramos
como de interés especial para aquellos que se
inician en la profesión, la observación atenta de
las conclusiones consignadasen los puntos 1),2),
3) y 17). c) El recurso de amparo:Muchas veces,
en la práctica profesional, pueden darse
situaciones conflictivasdedifícil resolución.Una
de ellas es, sin duda, la negativa de algunos
pacientes a recibir una transfusión sanguínea,
fundamentada en razones de índole religiosa.
Nuestra legislación,respetuosa de las libertades
individuales, garantiza el derecho de los
pacientes a la autodeterminación a través del
artículo 14 de la Constitución Nacional, por la
que se consagra la libertad de conciencia, y del
artículo 19 inciso 3) de la ley Nº 17132 del
ejercicio de la medicina, que establece que los
médicos están "obligados a respetar la negativa
del paciente en cuanto sea negativa a tratarseo
internarse..." Por ello,estando el paciente lúcido
y con juicio crítico conservado debe respetarse
su voluntad en cuanto su negativa a aceptar las
indicaciones terapéuticas o internarse. En caso
de dudas tal como podría plantearse con
menores en que los padres tienen la patria
potestad y en embarazadas con indicación
precisa de transfusión, así como, en enfermos
con alternativas terapéuticas cuestionadas, y en
los que haya peligro de vida,una de las maneras
de poner a salvo la responsabilidad profesional
es a través del recurso de amparo sobre el que
deberá expedirse el juez civil de turno previa
petición médica mediante la intervención
policial. PLAZOS PARA INICIAR UN JUICIO DE
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL.
PRESCRIPCIÓN Como ya vimos, la vinculación
entre el médico y el paciente, desde el punto de
vista jurídico puede ser de dos tipos:
CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL,
estimándoseque, en general es del primer tipo y
que excepcionalmente son del segundo. Las
demandas civiles por responsabilidad
profesional tienen un plazo para ser iniciadas por
los presuntos damnificados, denominándose a
ese lapso de tiempo "PRESCRIPCIÓN" vencido el
cual, dicho derecho desaparece. El plazo de
prescripción de las acciones civiles —que se
cuenta a partir del hecho dañoso— es de 10 y 2
años, cuando la relación ha sido contractual o
extracontractual respectivamente.
Secreto médico
Esta dentro del secreto profesional y se marca
con la relación médico pcte.
El secreto médico es la obligación quetiene toda
la persona…….
Absoluto
Relativo
Compartido
La ley asigna a la denuncia un carácter
obligatorio (justa causa) respecto de la violencia
ejercida sobre menores o incapaces pesando
dicha carga sobre sus representantes legales y /
o sobre el ministerio público. La misma se hace
extensiva a los directores de hospitales públicos
y clínicas privadas, así como a todos los
profesionales del área de la salud físicay mental
(médicos, psicólogos). Esta obligación alcanza a
los directores de escuelas y colegios públicos y
privados y a los funcionarios públicos que, en
razón de su labor hubiesen tomado
conocimiento de hechos de violencia doméstica.
Según el artículo 4 del decreto reglamentario el
plazo máximo para hacer la denuncia es de 72
horas, salvo que a criterio del denunciante
resulte conveniente extender dicho plazo.
Si bien el Código de Procedimiento en materia
Penal (ley 23.984) diceque toda persona víctima
de un delito o que tome conocimiento de que se
ha cometido un delito, puede efectuar la
denuncia al juez, al agente fiscal o a la policía,la
ley de Protección contra el maltrato limita la
amplitud ante quienes puede hacerse la
denuncia
Cese del maltrato
Desde el punto de vista jurídico la ley 24.417 es
una norma de procedimiento siendo materia de
los juzgados civiles con competencia en asuntos
de familia.
El mecanismo que instituye la ley brinda a la
víctima la oportunidad para que pueda requerir
y obtener el auxilio dela justicia paraqueceseel
hecho dañoso.
El magistrado que interviene y constata
situaciones de peligros no aplica sanciones sino
las llamadas "medido1* autelares enumeradas
en el artículo 4 y que son: la exclusión del autor
de la vivienda donde habita el grupo familiar y
prohibición del acceso al domicilio ¿fe'
damnificado,así como a los lugares de trabajo o
estudio.
También puede ordenar el reingreso al domicilio
a petición de quien ha debido salirdel mismo por
razones de seguridad personal y decretar
provisoriamente alimentos, tenencia y derecho
de comunicación con los hijos".
Pericias
El artículo 3 de la ley dispone: "El juez requerirá
un diagnóstico de interacción familiar efectuado
por peritos de diversas disciplinas para
determinar los daños físicos y psíquicos sufridos
por la víctima, la situación de peligro y el medio
social y ambiental de la familia. Las partes
podrán solicitar otros informes técnicos".
Comentario: De acuerdo a ese artículo son
necesarias las pericias psicológicas, que causen
un daño físico o psíquico y al abandono físico y
emocional de la persona.
• menor abandonado.
circunscribiéndolo a los jueces con competencia
en asuntos de familia.
socioambiental y médica que pondrán en
conocimiento del juez la verosimilitud de los
hechos denunciados,sus causasy el tratamiento
que podría instituirse
Feminicidio: Son la forma más extrema de
violencia contra las mujeres. Es la muerte
violenta de mujeres por razones de género, ya
sea tenga lugar dentro de la familia, unidad
doméstica o en cualquier relación interpersonal,
en la comunidad por parte de cualquier persona,
o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y
sus agentes, por acción u omisión (Declaración
sobre el Femicidio 2008)
Marco Legal: Ley 26.485 de protección Integral a
la Mujer contra toda forma de Violencia allí
donde desarrollen susrelaciones interpersonales
(Violencia de genero)
Ley 26.791 Modificación art. 80 CP; Figura que
agrava el homicidio (Feminicidio)
Art. 72 del Código Penal (Modificado por Ley
27.455) Se procederá de oficio ante la denuncia
de cualquier ciudadano.
Ley nacional nº 24.417 y Provincial
Nº 11.529/97 Protección contra la violencia
Familiar
Ejercicio Legal e ilegal de la Medicina
El asesoramiento público o privado (Ej.
Directores y Sub directores de hospitales,
funcionarios públicos) Las pericias que
practiquen los profesionales comprendidos en el
art 13 (Presentación de informes periciales)
Qué necesito para poder ejercer la Medicina: -
Titulo otorgado por Universidad Nacional o
privada (Habilitada por el Estado Nacional) -
Titulo otorgado por Universidad Extranjera
(Convalidado o revalidado en Universidad
Nacional) - Matrícula
Ley Nacional 17.132
Ejercicio de la Medicina, Odontología y
actividades colaboración: Sancionada y
promulgada el 24/01/1967 Ejercicio de la
Medicina: Anunciar, prescribir, indicar o aplicar
cualquier procedimiento directo o indirecto de
uso en diagnóstico, pronostico y/o tratamiento
de las enfermedades de las personas y la
recuperación, conservación y preservación de la
salud de las mismas,el asesoramiento público o
privado y las pericias que practiquen los
profesionales autorizados.(No hace referencia a
CURAR) El ejercicio de la Medicina sólo se
autoriza a médicos (ejercicio regular) previa
obtención de la matrícula, conformando
entonces el ejercicio legal de la Medicina.
Convenios Internaciones
Argentina, Uruguay, Paraguay
Podrán ejercer Medicina
- Titulo otorgado por Universidad Nacional o
privada (Habilitada por el Estado Nacional)
- Profesionales de prestigio internacional que
estuvieran de tránsito por el país, requeridos en
consulta por asuntos de su exclusiva
especialidad.
- Profesionales extranjeros contratados por
instituciones públicas o privadas con finalidades
de investigación, asesoramiento, docencia y/o
para evacuar consultas de dichas instituciones
(durante la vigencia desu contrato, no pudiendo
ejercer la profesión privadamente)
Habilitación profesional
- Finalización de estudios
- Diploma
– Jura
- Constancia de finalización – Analítico
- Matriculación (Colegio Médico – Ley 3950)
-Habilitación de consultorio
- Registro de Firma (Se pueden registrar hasta 3
firmas)
- Inscripción Caja de Profesionales (Obligatorio)
- DGI – AFIP
El ejercicio de la medicina sólo se autoriza a
médicos (ejercicio regular) previa obtención de la
matrícula.
– Ejercicio Regular de la provincia de Santa Fe
(Cada provincia tiene su propria
reglamentación):
- Titulo otorgado por Universidad Extranjera
(Convalidado o revalidado en Universidad
Nacional)
MAT RICULACIÓN
- Habrá de fijar Domicio legal en el sitio dóndese
realizará la actividad.
- Presentará diploma otorgado por Universidad
- Registro de Firma: en el caso de que se tengan
dos firmas diferentes, se deben registrar ambas,
si se cambia la firma, también se debe volver a
registrar.
- Matrícula (En la provinciadeSanta Fe,1ra o 2da
circunscripción, en el trámite de obtención de
matrícula se realiza en el colegio de médicos,
para ejercer medicina en otras provincias se
debe averiguar, dónde se tramita pudiendo ser
colegio de médicos, ministerio de salud
provincial u otra dependencia)
Utilidad fundamental: Evitar reconocimiento de
documentales en tribunales (Dar la debida
Autenticidad)
Causales de cancelación de la Matrícula
- Enfermedad física o mental que lo inhabilite
- Suspensiones por más de un mes del ejercicio
profesional aplicadas por 3 veces.
-Pedido del interesado o fijar domicilio fuera de
la provincia
Habilitación Consultorio – Ley 9847
Establece requisitos de habilitación de las
instituciones asistenciales privadas sin
internación por el Colegio de Médicos
(Dimensiones y características edilicias)
ColegiosProfesionalesdelArtede Curar:Ley
3950
Finalidad
- Establecer un eficaz resguardo de las
actividades del arte de curar.
- Control superior de la faz moral y material del
ejercicio de la medicina,
- Propender al mejoramiento profesional en los
aspectos científico, cultural, económico.
- Fomentar el espíritu de solidaridad y las
relaciones amistosas entre colegas
- Contribuir al estudio y solución de problemas
que afecten el ejercicio profesional y la salud
pública.
Constituido por una Mesa Directiva (Cada 3 años)
Elegida en forma directa, secreta y obligatoria,
por los colegiados de cada Departamento
(Belgrano, Rosario, Iriondo) en la primera
quincena de Abril, puede ser por
correspondencia o en la sede del Colegio.
Atribuciones y Deberes
Velar por cumplimento de esta Ley y toda la
disposición de Salud Pública.
- Velar que nadie ejerza sin autorización,
otorgando la matrícula.
- Organizar y mantener el registro profesional,
llevar registro de entidades relacionadas con la
actividad.
- Producir informes sobre antecedentes de
conducta de los matriculados
- Velar por el decoro profesional y el
cumplimiento de la ética (Haciendo sumarios
cuando existan denuncias sobre los colegiados)
- establecer aranceles profesionales (Mínimo –
no nomenclados)
- Justipreciar honorarios profesionales a pedido
de la justicia
- Autorizar especialistas que comprueban haber
perfeccionado su técnica y sus conocimientos.
Art. 22: Anuncios (propaganda) por cualquier
medio o en cualquier forma, serán previamente
autorizados por la Mesa Directiva.
Tribunales de Ética: Tienen potestad para:
Art 24- Medidas Disciplinarias: Por infracción a
normas éticas
- Apercibimiento privada por escrito
- Por escrito y publicación de la resolución
- Suspensión hasta 15 dias (1ª), más de un mes
(3ª) en toda la Provincia
Además, también podrá aplicarse multa
dineraria.
Art 25: Recursos (Al inscribirse, Cuota anual, se
paga bimestral y multas)
El Fondo de Solidaridad: Subsidios por
nacimiento, casamiento, muerte, créditos
Surge de la compra de un monto anual de
estampillad obligatorias (en todos los
certificados) no obligatorio en instituciones
públicas o los de serie.
EspecialidadesMédicas
Ser profesor Universitario
Obtener Título de especialista.
(Carrera de post grado, residencia,
concurrencia)
4 años de concurrencia (800hrs anuales) en
general
Cursado y aprobado
Recertificaciones Ley 23.873
Establece a nivel nacional:La autorización oficial
de la especialidad tendrá una duración de5 años
y podrá ser revalidadacada5 años medianteuna
acreditación de antecedentes que demuestren
continuidad en la especialidad y una entrevista
personal o examen complementario, de acuerdo
con la reglamentación.
Sistema de Rectificación – Colegio Médico
Rosário:
Art 1: crear el sistema de recertificación de
Médicos especialistas. Los criterios que
sustentan la aplicación del mencionado sistema
son los siguientes:
- La institución Recertificadora seráel Colegio de
médicos de la provincia de Santa Fe, (Acorde a
razones jurídicas – legales según la ley 3950) El
régimen será voluntario y optativo para los
profesionales.
Establecer la condición de recertificado en
carácter de antecedentes curricular para
aquellos profesionales con una antigüedad
mayor de cinco años en la especialidad que
cumplimenten las disposiciones de la presente
Resolución y Anexos.
El antecedente de Recertificación reconocido por
el Colegio de Médicos de la provincia de Santa
Fe, tiene una validezdecinco años,pudiendo ser
renovado por períodos iguales y consecutivos.
Rectificación Automática: Profesores, jefes de
Servicio
Recertificación curricular (1.000 puntos) Acorde
a los antecedentes de los últimos 5 años en la
especialidad: ejercicio profesional, docente,
investigación, cargos o funciones no técnicas.
Recertificación por Bateria de preguntas: Un
comité de la especialidadeelaboraráuna bateria
de preguntas, ejercicios y problemas que se
entregará con la bibliografia sugerida. El
postulante tendrá un plazo de 90 dias para
presentar sus respuestas en sobre cerrado y
firmado, deberá tener correcto, un mínimo de
85% de los ítems planteados en la bateria de
preguntas, ejercicios y problemas.
Caja del Arte Curar (OSPAC)
Es de seguridad social
Filiación es automático, obligatoria y es de base
legal, a partir de la fecha de inscripción de la
matricula. La tiene que renovar todos los años.
Los valores van cambiando según el tiempo de
filiación y la especialidad.
Art 2: La caja de curar tiene por objeto asegurar,
organizar,implementar y administrar un sistema
de seguridad social, siendo sus objetivos
primordiales lossistemas de previsión y de obra
social.
Art 4: La afiliación a la Caja es automática y
obligatoria y por tanto, constituye una carga
legal para todos los profesionales universitários
de disciplinas básicas o auxiliares del Arte de
Curar egresados de carreras de enseñanza
superior del nivel terciario o universitario con
reconocimiento oficial,que ejercen su profesión
e forma autónoma relacionada con el Arte de
Curar, a partir de la fecha de inscripción en la
matrícula en cualquiera de los Colegios
Profesionales del Artede Curar que funcionan en
la provincia y mientras ella subista.
Art. 114: La elección de directores titulares y
suplentes por los afiliados activos y por los
jubilados, se realiza por el voto directo, secreto,
obligatorio y por simple mayoría, cualquiera
fuere el número de votantes
Art 5: El hecho de estar inscripto en la matricula
presume el ejercicio de la profesión. El
profesional que no ejerce la profesión en forma
autónoma y cuenta con los elementos
probatórios deellos,está obligado acomunicarlo
a la Caja, pudiendo en tal caso y a su opción:
- Requerir la cancelación de su afiliación, la que
trae aparejada la pérdida de todo derecho a los
beneficiarios contemplados en la presente ley.
- Solicitar continuar como afiliado, abonando la
cuota diferencial que refiere el artículo 20
La cancelación dela afiliación opera a partirdela
fecha de la presentación de la solicitud ante la
Caja. En ningún caso se puede cancelar
retroactivamente la afiliación por un periodo
mayor a 1 año anterior a la presentación de la
solicitud.
Art 6: La circunstancia de estar también
comprendido en otro régimen previsional o de
seguridad social de índole nacional, provincial o
municipal, de naturaleza estatal, privada,
semiprivada, así como el hecho de gozar de
cualquier jubilación, prensión o retiro, no exime
a los profesionales a losquese refiere el artículo
4 de esta ley,cuando ejerzan en forma autónoma
de la obligatoriedad deestar afiliadosy aportar a
este sistema, salgo que se desempeñen
exclusivamente en relación de dependencia,
debidamente comprobada.
Obra social pueden no tenerla los primeros
cuatro años,luego automática a plan A (de tener
otra tramitar)
Cancelación de Afiliación: Relación de
dependencia
– otra actividad
Nota- Declaración jurada colegio (formulario
4171)
- Certificado facturación en AMR – certificado del
servicio o de dependencia. Recibo de sueldo
constancia AFIP
– renovable todos los años.
Circulo Médico (Finalidad Científica)
Asociación Médica
– Representación acceso y defensa de fuentes de
trabajo
– Centro de trabajo (AMR gestión) Realiza
convenio con la Seguridad Social y financiadoras
de Salud – Sindicato Médico
Cómo dar la información
Te recibis de médico y no sabés cómo
comunicarte y comunicar una noticia a un
paciente. Dar una noticia es un acto
esencialmente humano. El médico no es
responsable de la información, pero sí es
responsable de la comunicación.
1º: Estar absolutamente seguro de la
información que vamos a transmitir. Todo
comportamiento insertado en una relación,
asume valores de comunicación.
Considerar cada gesto – palabra- frase, actitud.
- El dialogo será:Sencillo con frases más o menos
cortas y claras.Evitando el lenguajetécnico (Usar
castellano básico) Informar personalmente y
siempre que posible, no utilizar el teléfono.
- Tener en cuenta la edad y capacidad de
compresión del paciente.
- Buscar el espacio físico adecuado siendo
conveniente evitar pasillos, habitaciones
compartidas.
- Informar personalmente y no utilizar el
teléfono.
- Siempre llegar con la información hasta dónde
el pacientequiera y si el pacienteseniega a saber
la verdad, no la decimos. Darle el tiempo para
que
asimile todo lo que está ocurriendo y ayudar al
paciente al encontrar por sí mismo la propia
verdad de su situación actual o a designar un
tercero con quien
debemos compartirla.
256Renata Barreto @floreciendotuestudio
- Nunca dar opinión sobreuna Rx o análisisdeun
amigo, puede ser del paciente y tomar este una
resolución acorde a lo que se le informe y es un
acto contrario a la correcta praxis médica,no se
informan estudios se evalúan pacientes.
Asertividad:Que el paciente sienta que sabemos
lo que hacemos y que se respeten sus opiniones.
No basta con saber qué debemos hacer, si
queremos ser asertivos el paciente debe
percibirnos como profesionales seguros de
nosotros mismos. Incluso en situaciones de
incertidumbre debemos transmitir seguridad y
que nuestras opiniones estén fundamentadas.
Pautas a considerar:Darnos a conocer, Informar
adecuadamente respecto de los derechos.
Respetar su intimidad y Brindar información
completa sobre el diagnóstico, tratamiento y
pronóstico de su enfermedad, en lenguaje
sencillo y entendible. Darle la posibilidad de
participar en las decisiones relacionadas con su
tratamiento. Informarlede su derecho a negarse
a recibir tratamiento.
Formasdeejercicio iIegal
Curanderismo (art 208:) Ejercer la medicina sin
título ni autorización,o excediendo los límites de
la autorización,de manera habitual,aun a título
gratuito.
Condiciones:La persona no tiene título médico o
se excede de la autorización (estudiante de
medicina en la PFO). Se realiza periódicamente
de manera habitual (si serealiza una únicavezno
hay delito.)
No importa si la persona lo hace de manera
gratuita.
Charlatanismo (Delito contra la salud pública)
(art208 ) Anunciar o prometer la curación de
enfermedades a término fijo (curación decáncer
de forma definitiva en 5 meses) o por medios
secretos o infalibles (depilación definitiva con
láser)
A diferencia del curanderismo ,el charlatán tiene
título o autorización para el ejercicio de un arte
de curar.Se protege la salud publica sancionada
a los médicos que no ejercen la profesión de
acuerdo a la ley.
Cesión de título (Art 208) Una persona con título
o autorización para el arte de curar, presta su
nombre a otra persona que no tiene título, o
autorización para queejerza la medicina.Setrata
de dos personas que saben y acuerdan el
préstamo y el uso del nombre: una tiene título o
autorización (un médico) la otra no (curandero)
Es necesario que la persona que sustituye al
médico simule su identidad, y atienda a los
pacientes como si setratara del otro profesional.
Se protege la salud publica combatiendo la
sustitución de un profesional médico por otra
persona no habilitada para ejercer la medicina.
Usurpación de título (247): Toma el titulo de
laguién sin autorización. Ejercer actos propios de
una profesión, sin tener título o autorización
necesaria, Arrogar grados académicos, títulos
profesionales o honores que en realidad no
tiene. Si bien, por la costumbre mencionamos
como (Doctor) a un profesional médico o un
abogado, la realidad es que para ser doctor se
requiere realizar un doctorado.Lo mismo sucede
con los profesores: para ser llamado (Profesor)
se requiere haber cursado y aprobado la carrera
de profesorado,caso contrario,setratará deuna
persona que ejerce la docencia, pero no es
profesor. Se protege el buen funcionamiento de
la administración pública, defendiendo la
facultad estatal de conferir autoridad, titulo u
honores públicos.
Art. 58 Cod de Etica AMA El equipo de salud
tiene el deber de combatir el charlatanismo y el
curanderismo, cualquiera sea su forma,
recurriendo para ello a todos los medios legales
que disponen, siendo oportuno la intervención
de las organizaciones científicas, entidades
gremiales y la justicia.
Asfixiología
Cuadro caracterizado por una detención de la
función respiratoria. Como resultante de éstas,
se genera su déficit tisular de oxígeno cuya
máxima expresión se denomina anoxia.
Clasificación anoxias:
• Anoxia Anóxica: producida como consecuencia
de la falta de ingreso de oxígeno a las vías
respiratorias; ya sea debido a un bajo tenor del
mismo en el aire respirado (rarefacción
ambiental); por alteraciones ventilórias
(neumopatías, neumotórax), o por
impedimentos mecánicos extrínsecos.
• Anoxia Anémica: generada por una
disminución absoluta o relativa de la
hemoglobina; es decir por pérdida, déficit; de
producción o por ocupación funcional de la
misma (monóxido de carbono).
• Anoxia Circulatoria: también llamada de
estasis,ya que el déficit de oxígeno en este caso
se halla vinculado con un enlentecimiento
circulatorio producto decondiciones patológicas
(T.E.P., shock) o tóxicas (drogas, picaduras de
arácnidos y ofidios, etc.)
• Anoxia Histotóxica: o tisular, debida a un
bloqueo enzimático celular; ocasionado por
sustancias tóxicas (cianuro/ácido cianhídrico,
arsénico,) Nitritos (intoxicación genera la
formación de metahemoglobina). Debe
considerarse que en él estudio de un caso
médico legal dado,pueden actuar variosdeestos
mecanismos descriptos.
Tipos de Asfixias
• Asfixias Clínicas: Las que responden a
entidades nosológicas definidas, en las que no
intervienen sustancias tóxicas o mecanismos
violentos.Ejemplo: Evolución de ICC o neumonía
por un cuadro de distrés respiratorio. o EAP;
• Asfixias Tóxicas: Las producidas por contacto
con tóxicos, cualquiera sea el modo en que el
organismo se vincule con éstos. Ejemplo:
Monóxido de carbono, gas envasado o natural.
• Asfixias Mecánicas: impedimento mecánico de
la función respiratoria, generalmente de causa
violenta.
Este ordenamiento se basa en distinguir los
diferentes niveles de bloqueo del sistema
respiratorio;los medios físicosinvolucradosy las
distintas situaciones por las cuáles el aire puede
carecer del oxígeno necesario.
• Por acción Mecánica Externa:
• A nivel cervical:
— Estrangulación — A lazo (homicida)
— Ahorcadura — Manual (suicida)
— Otras
• A nivel de los Orificios Respiratorios:
Sofocación
• Compresión torácica y/o abdominal
• A nivel diafragmático: Crucifixión (Se da por
agotamiento de los músculos respiratorios y
diafragmáticos) o Suspensión reversa
• Por ocupación de Vías Respiratorias:
— Por medios sólidos: Cuerpos extraños o
Sepultamiento
— Por medios líquidos: Sumersión
— Por medios gaseosos: Gases inertes (helio,
neón, argón) Gas natural o envasado
• Por Ausencia de Aire Respirable:
— Confinamiento
Signos Generales: Deben ser valorados en el
contexto global de la necropsia;ya que inclusive
pueden presentarseen otras causales violentasy
aún en muertes naturales. Ellos son:
—Cianosis Cérvico Facial y Torácica: coloración
rojo azulada.Encuentra su máxima expresión en
las compresiones tóracoabdominales y en las
ahorcaduras.
— Congestión Visceral: Fundamentalmente
producida por la vasodilatación que genera la
hipoxia y secundariamente por la mayor fluidez
sanguínea.Se manifiesta por el aspecto pletórico
de las vísceras y porque al cortarlas fluye
abundante sangre.
—Edema Pulmonar: La microscopía revela la
turgencia y fluido.
—Hiperfluidez Hemática: Producida por la
hipercapnia y un predominio de la actividad
fibrinolítico. Se objetiva por la densidad
sanguínea, por una acelerada aparición de las
livideces y por la escasa presencia de coágulos.
Está básicamente en relación con una corta
duración del período agónico.(Petequias en
pericardio o pleura)
—Sufusiones Hemáticas Petequiales:
Constituyen pequeñas extravasaciones
hemáticas que se encuentran a nivel de las
conjuntivas, la piel de la cara y el cuello, la
aponeurosis epicraneana y las serosas
(meninges, pleuras y pericardio).
Ahorcadura
Asfixia Mecánica Externa a nivel cervical.
Es la muerte violenta producida por un elemento
constrictor que rodea el cuello y cuyo extremo se
encuentra sujeto a un punto fijo; actuando como
fuerza de tracción el propio peso del cuerpo.
Patogenia: Pueden existir cuatro mecanismos
responsables de la muerte en las ahorcaduras.
• Mecanismo Vascular: (+Fr, por hipoxia cerebral
– 1º Venosa y después arterial) El lazo genera la
compresión extrínseca e interrumpiendo el flujo
a dicho nivel. La anoxia cerebral resultante lleva
a una rápida pérdida de conciencia
imposibilitando la reacción de la víctima. El flujo
vascular venoso cervical es detenido con una
fuerza extrínseca de tan sólo 2 kg; para
interrumpir la circulación carotidea son
suficientes 5 kg. La escasa magnitud de esos
valores explica que la tracción de sólo un sector
corporal pueda resultar idóneo para provocar el
deceso.
• Mecanismo Respiratorio: El desplazamiento de
las estructuras cervicales superiores por efecto
del lazo, genera la retropulsión de la base de la
lengua, la cual se adosa a los planos posteriores
faríngeos obturando el pasaje del aire a la vía
aérea. Se necesita para este efecto la
compresión de una fuerza de aproximadamente
15 kg.
• Mecanismo Reflejo Vasovagal: Desencadenado
por impulsos inhibitorios originados en la
compresión del seno carotídeo o del
neumogástrico; que tienen acción depresora
sobre el automatismo cardíaco. (Lazo puede
generar paro cardiaco)
• Mecanismo Raquídeo: Para que participe este
mecanismo, es necesario una suspensión
completa, con caída desde cierta altura.De esta
forma, la violencia de la tracción genera lesión
ósea cervical (fractura-luxación a nivel
atloideoaxoideo o C2-C3 según las distintas
series);produciéndoselesiones bulbomedulares
destructivas.(Pena de muerte, por lesión a nivel
vertebro medular)
Etiología médico-legal
—Completa: El cuerpo se encuentra totalmente
suspendido, sin tener ningún punto de contacto
con el suelo u objeto alguno.
—Incompleta: Alguna zona topográfica toma
contacto con algún punto de apoyo del entorno.
—Simétrica: El nudo se encuentra sobre la línea
media del cuerpo.
—Asimétrica: El nudo se encuentra lateralizado,
a derecha o izquierda. (+Fr)
—Típica: La ubicación del nudo es en la región
posterior del cuello (nuca).
—Atípica: El nudo puede situarse tanto en
posición submentoniana, como en las regiones
laterales del cuello.
Etiología / Causales
—Suicida: Representa holgadamente el mayor
porcentaje. (+Fr en Rosario)
—Accidental: 2ª +Fr. Puede darse como un
hecho desgraciado en el curso de juegos
infantiles o más frecuentemente como
desenlace no deseado durante la realización de
maniobras autoeróticas.
—Homicida: Se cuentan algunos pocos casos
perpetrados por grupos de personas
(linchamiento), o en los que el agredido había
sido reducido previamente por otros medios
violentos.
—Judicial: De escasa relevancia actual, fue
utilizada en otras épocas como método de
ajusticiamiento.
— Eroticomasoquista.
Períodosclínicos
Si bien las distintasmodalidades etiológicas y los
diferentes mecanismos intervinientes pueden
hacer que éstos períodos se superpongan o aún
falten parcialmente, didácticamente conviene
discriminarlos:
—Hipóxico: intensas cefaleas, acúfenos,
escotomas, parestesias a nivel de los miembros
inferiores, etc. Al final de este período se
produce la pérdida de la conciencia.
—Convulsivo: La hipoxia cerebral creciente,
genera convulsiones generalizadas.
Es necesario tener presente la existencia de este
período; ya que la víctima puede contusionarse
contra objetos circundantes en el curso de estos
movimientos involuntarios agónicos, pudiendo
interpretarse falsamente estas lesiones como
producidas por terceros.
—Final/Agónico: Fase última de apnea, paro
cardíaco y la muerte.Estudio del cadáver:
Las premisas fundamentales serán:
—Determinar las características y magnitud de
las lesiones cervicales.
—Establecer la vitalidad de las mismas.
—Categorizar otro tipo de lesiones
extracervicales como así también correlacionar
los hallazgos generales de la autopsia con las
observaciones del lugar del hecho.
Para ello se procede de acuerdo a la siguiente
sistemática:
• Examen Externo: Previa toma de vistas
fotográficas generales del cadáver y en
especial de la región cervical; se estudian todas
las lesiones corporales, y en
particular las del cuello. En este último la lesión
fundamental la constituye el surco
de compresión;setrata de una impronta o marca
deprimida, longitudinal, que deja
el elemento compresivo al ajustarse sobre el
cuello. Este hallazgo no es privativo de
las ahorcaduras, ya que como veremos más
adelante lo encontraremos también en
las estrangulaciones a lazo. Sin embargo, el
análisis de sus características nos
permitirá diferenciarlos. Puede suceder que el
surco no se evidencie (hecho
excepcional); esto ocurre cuando se interpone
algún elemento entre el lazo y el
cuello o cuando la distensibilidad del material le
permite comprimir en un área
extensa. En las ahorcaduras presentará las
siguientes elementos distintivos:
—Número: Generalmente único.
—Ubicación: Habitualmente por encima del
cartílago tiroides.
—Dirección: Oblicua ascendente hacia la
posición del nudo.
• Examen Interno: Debe tenerse presente que la
objetivación macroscópica de las lesiones
internas,del mismo modo que su categorización
como vitales, dependen fundamentalmente del
hallazgo deáreas con infiltración hemática delos
tejidos. En tal sentido, es de buena práctica
realizar primeramente la apertura de la cavidad
craneal, a fin de eliminar la gran cantidad de
sangre acumulada en la extremidad cefálica en
estos casos; permitiendo una correcta
visualización de las lesiones.
El examen cervical podrá mostrar los siguientes
hallazgos:
—Desgarros musculares, ligamentosos,
vasculares y nerviosos.
—Áreas hemorrágicas a nivel de dichas
estructuras.
—Fracturas de las estructuras osteo-
cartilaginosas de la vía aérea.
—Fracturas y / o luxaciones de la columna
cervical superior.
El resto del examen interno evidenciará los
signos generales correspondientes a las asfixias
descriptos oportunamente.
• Estudios de laboratorio a fin de determinar la
presencia de sustancias tóxicaso psicofármacos.
Variedades Lazos
Los lazos utilizados en esta forma de muerte son
de variados tipos y de diversos materiales; pero
todos tienen en común la presencia de un nudo,
que puede ser fijo o corredizo. Teniendo en
cuenta la posición relativa del nudo respecto del
cuello de la víctima, o del cuerpo en relación al
entorno, pueden establecerse las siguientes
variedades de ahorcadura:
—Continuidad: Interrumpido a nivel del nudo.
—Profundidad: Más marcado en la zona que
corresponde al asa del lazo.
—Ancho: Variable en relación al elemento
constrictor y a la región topográfica
considerada.
—Fondo: Generalmente apergaminado. Pueden
observarse además la presencia de
pequeñas extravasaciones hemáticas, vesículas
conteniendo líquido seroso y en
algunos casos la reproducción de la trama del
lazo utilizado.
—Bordes: Ligeramente sobreelevados, de
aspecto equimótico-escoriativo.
—Adyacencias: Es factible encontrar pequeñas
escoriaciones y equimosis como así también una
banda violácea por encima del surco que
corresponde a la presencia de livideces a dicho
nivel.
Respecto del resto del examen externo:
—El rostro puede presentar un aspecto variable
según la variedad de ahorcadura que se trate y
consecuentemente del mecanismo patogénico
involucrado. Si la ahorcadura ha sido simétrica,
el bloqueo de las circulaciones arterial y venosa
darán como resultado un rostro pálido. Por el
contrario, de tratarse de una variedad
asimétrica, al permanecer por cierto tiempo la
circulación arterial del lado del nudo y estar
bloqueada bilateralmente la de retorno, el
aspecto facial será congestivo.
—Las livideces se manifiestan a nivel de las
porciones dislates de los miembros cuando la
suspensión es completa y en las áreas de
decúbito en las incompletas. De prolongarse la
suspensión durante cierto tiempo, es factible
encontrar extravasaciones flemáticas
puntiformes en las zonas donde las livideces se
revelan con mayor intensidad (púrpura
hipostática).
—Puede observarse, además, tumescencia
peneana y aún escapede líquido seminal debido
a congestión pelviana posicional. En algunos
casos, y en virtud de la hipoxia agónica puede
haber relajación esfinteriana.
• Histopotología: Ya que resulta de vital
importancia establecer la existencia y vitalidad
de las lesiones, consideramos aconsejable
extraer "in foto" el block visceral de cuello,
realizar el estudio macroscópico en fresco
durante la necropsia y posteriormente enviarlo a
estudio histológico.(paquete laringotraqueal,
con músculos del cuello,cuñas de pulmón y piel
del surco de ahorcadura)
Igualmente resulta de gran valor la búsqueda de
lesiones de enfisema traumático en la histología
pulmonar, caracterizadas por focos de
extravasación hemática con ruptura de septos
alveolares.
• Radiología: Constituye un excelente método
auxiliarpara el diagnóstico delas fracturasdelas
estructuras osteo- cartilaginosas. Para ello debe
radiografiarseel block visceral del cuello aislado
antes de proceder a su apertura. Estudios
recientes han demostrado la inconveniencia de
realizar un diagnóstico macroscópico defractura,
ya que la considerable flexibilidad de estas
estructuras y las marcadas diferencias
individuales de osificación (sobre todo en
individuos jóvenes), pueden conducir a
conclusiones erróneas.
Caberesaltar queen un estudio seriado realizado
recientemente por el Departamento de
Antropología del Instituto Smithsoniano, las
frecuencias estadísticas de fracturas
encontradas (8% del hiodes;
15% del tiroides y 0,003% del cricoides), han
resultado significativamente inferiores a las
encontradas en las estrangulaciones.
Estrangulación
Muerte violenta provocada por un elemento
constrictor que rodea al cuello, mediante la
aplicación de una fuerza activa. Es la acción de
constreñir el cuello mediante un lazo, las manos,
brazo y antebrazo o cualquier elemento que
cumpla con ese fin. En este caso, se aplica una
fuerza de constricción perpendicular al eje del
cuerpo y extraña a su peso.(No tiene nada que
ver con el peso del cuerpo).
Ellos provocan una anoxia anóxica o una muerte
por inhibición.
Etiología médico-legal:
Presenta las mismas modalidades de las
ahorcaduras, pero con distintas frecuencias
relativas.
—Homicida: +Fr.
—Accidental: +Fr en niños y ancianos.
Generalmente durante juegos o con ropas
(bufandas) o en puertas automáticas.
—Suicida: Mucho menos frecuente ya que
requiere la implementación de un mecanismo
que mantenga la compresión luego de la pérdida
de conciencia.
Patogenia:
—Vascular
—Respiratorio
—Reflejo vasovagal
El surco de la ahorcadura es levemente
ascendente hacia dondeestá el nudo a diferencia
de la estrangulación donde va tener signos de
lucha en la mano, lesiones equimóticas,
escoriativas o estimas ungueales en el cuello
producidas por el elemento constrictor.
Diferencia en el color entre la cabeza y el cuerpo.
Lugar del hecho:
La búsqueda se orientará hacia la presencia de
signos de lucha; el estado de las ropas de la
víctima (concomitancia de agresión sexual);
Dispositivos utilizados para la autoprovococión
de la asfixia y testimonios respecto de las
eventuales circunstancias accidentales del
deceso.
Estudio del cadáver:
Siguiendo la misma sistemática procederemos
al:
• Examen Externo: Llama la atención la marcada
congestión del rostro, generada por el
mecanismo vascular interviniente. Otro
elemento a destacar en la modalidad homicida,
es la presencia de lesiones de naturaleza
básicamente contusiva, generalmente ubicadas
en la región cefálica,provocadas por el victimario
con el objeto de reducir la resistencia de la
víctima o como método combinado de asfixia
(sofocación). Asimismo deben explorarse las
regiones genitales y paragenitales, a fin de
descartar lesiones por ataque sexual, para
sustanciar el diagnóstico es necesario examinar
las características del surco de compresión:
—Número: Con frecuencia múltiple.
—Ubicación: Generalmente a la altura o por
debajo del cartílago tiroides.
—Dirección: Horizontal u oblicuo descendente.
—Continuidad: Rodea completamente el cuello.
—Profundidad: Uniforme en todo el perímetro
cervical.
—Ancho: Variable según lazo y región
topográfica.
—Jurídica: No utilizada en la actualidad.
— Erótico- masoquista
ocasionando el cierre de la vía aérea.
—Reflejo: Puede participar con la mecánica ya
descripta.
—Fondo: No presenta habitualmente signos de
apergaminamiento.
—Adyacentes: Diversa variedad de lesiones
contusivas (homicidio).
• Examen Interno: Caben las mismas
consideraciones hechas para la ahorcadura,
respecto de la metódica de estudio y de los
hallazgos lesiónales.
Sin embargo, conviene marcar algunas
diferencias:
—No seencuentran habitualmentelesiones dela
columna cervical como así tampoco desgarros
intímales vasculares;ya que para su producción
es necesaria una fuerza de tracción que accione
longitudinalmente sobre el cuello,situación que
no se verifica en este tipo de asfixia.
—Los estudios de referencia han demostrado,
que dada la altura de la compresión las lesiones
osteo-cartilaginosas de la vía aérea ocurren con
mayor frecuencia que en las ahorcaduras;
destacando las fracturas del
tiroides con un 32% de los casos,siguiéndoleen
frecuencia el hioides lesionado en un 1 1% y
finalmente el cricoides comprometido en un 9%.
• Estudios Complementarios: Se realizarán
estudios histológicos (paquete laringotraqueal,
con músculos del cuello,cuñas de pulmón y piel
de surcos de ahorcadura.) radiológicos y
toxicológicos; con las técnicas y objetivos ya
mencionados.
Estudios de laboratorio a fin de determinar la
presencia de sustancias tóxicaso psicofármacos.
Estrangulación a Manual:
Es la muerte violenta provocada por la
constricción del cuello, realizada con una o
ambas manos, brazo, lazo o antebrazo o
cualquier elemento que cumpla con ese fin. En
este caso, se aplica una fuerza de constricción
perpendicular al eje del cuerpo y extraña a su
peso. Ello provoca una anoxia anóxica o una
muerte por inhibición.
Estudios complementarios: Estudio de
laboratorio a fin de determinar la presencia de
sustancias tóxicas o psicofármacos.
Etiología médico-legal:
A priori constituye una modalidad homicida.
No obstante debe considerarse la posibilidad
de un accidente, sobre todo cuando se produce
en el curso de juegos infantiles o la práctica de
artes marciales.
Lugar del hecho: Deberán investigarse:
—Signos de violencia o de lucha.
—Evidencias indirectas de agresión sexual.
—Recabar datos respecto de la inmediatez del
deceso a fin de corroborar hipótesis de muerte
refleja.
Patogenia:
El mecanismo principal involucrado es el
respiratorio, por bloqueo de la vía aérea.
Secundariamente puede intervenir el
compromiso de la circulación cervical. También
pueden sobrevenir muertes por mecanismo
inhibitoria, desencadenado por la estimulación
del seno carotideo.
Otras variedades:
Es necesario tener en cuenta que la
compresión del cuello puede ser realizada
utilizando medios distintos a un lazo o las
manos. Tal es el caso de las sujeciones llevadas a
cabo con el antebrazo, el brazo u objetos rígidos
de diversa naturaleza.
Los mecanismos involucrados y la sistemáticade
estudio son idénticos.Sin embargo,caberesaltar
que en los dos primeros casos pueden no
evidenciarse lesiones externas y que, en el
último de los supuestos, el daño interno es
habitualmente significativo.
Estudio del cadáver:
• Examen Externo: Los hallazgos secorrelacionan
con el medio utilizado para la constricción
cervical. En tal sentido aparecen improntas
equimóticas en las caras anterior y laterales del
cuello (en la región posterior en los niños debido
al reducido diámetro del segmento) provocadas
por la presión de los pulpejos de los dedos del
agresor.
Asimismo es dable encontrar lesiones
escoriativas semilunares (estigmas ungueales)
ocasionadaspor la compresión perpendicularde
las uñas sobre el plano cutáneo, y /o
escoriaciones lineales (regueros ungueales)
cuando la uña se desplaza tangencialmente
sobre la superficie epidérmica. La ausencia de
lesiones sugerirá la posibilidad deun mecanismo
inhibitorio. Puede haber lesiones en mucosa
bucal por sofocación asociada. El resto del
examen podrá presentar diversos tipos de
lesiones cuya topografía y significación ya han
sido comentadas.
• Examen Interno: Las lesiones internas
cervicales son similares a las observadas en la
forma a lazo, pero habitualmente de mayor
magnitud.
Así las fracturasdel hioidesy del tiroideshan sido
encontradas en un 34% de las víctimas de
estrangulación manual, frecuencias éstas
superiores a las encontradas en los otros dos
tipos de compresiones
cervicales.Hay infiltrado hemáticos en músculos
del cuello, ruptura de
estructuras osteocartilaginosas laríngeas,
infiltrados hemáticos
retrolaríngeos, congestión multivisceral.
• Estudios Complementarios: Se realizarán
estudios histológicos (paquete laringotraqueal,
con músculos del cuello,cuñas de pulmón y piel
de surcos de ahorcadura.) radiológicos y
toxicológicos; con las técnicas y objetivos ya
mencionados.
Estudios de laboratorio a fin de determinar la
presencia de sustancias tóxicaso psicofármacos.
Sofocación
Es la muerte violenta provocada por la oclusión
de los orificiosrespiratorios,obstaculizándosela
entrada de aire.
Obstrucción de nariz y boca: Bolsas de nylon,
aspiraciones de poxiram, obstrucción homicida
con las manos, posicional en niños, epilépticos,
embriagados, amordazamiento.
Obstrucción intrínseca de vías respiratorias por
cuerpo extraño: niños, ancianos, embriagados,
dificultad masticatoria, crisis epiléptica (posible
mecanismo inhibitorio) Asfixia por
broncoaspiración (volumen y profundidad del
contenido gástrico)
Compresión Torácica y/o Abdominal: Es la
muerte violenta provocada por la compresión
extrínseca del tórax y / o el abdomen, que impide
la dinámica respiratoria.
Etiología médico-legal: Presenta dos
modalidades:
—Accidental: En aglomeraciones, por puertas
automáticas, en derrumbes o explosiones, y en
accidentes automovilísticos.
—Homicida: Asociada con maniobras de
estrangulación o sofocación.
Generalmente es accidental. Mascara
equimótica de Morestín
Etiología médico-legal: Básicamente homicida y
accidental: —Homicida: Pueden utilizarse las
manos u otros elementos que puedan ocluir los
orificios respiratorios o bien introducir
materiales dentro de la cavidad bucal a fin de
producir la obturación de la misma. —
Accidental: Existen varias posibilidades: —
Posicional: en ebrios, epilépticos y toxicómanos
que al perder la conciencia permanecen en
decúbito ventral, apoyando su cara sobre
objetos blandos. —Por utilización de bolsas: ya
sea como juego en los niños, para estimulación
autoerótica o por los adictos inhaladores que
vuelcan en ellas las sustancias a utilizar.
Patogenia: El mecanismo interviniente (si no se
han realizado otras maniobras asociadas), es la
anoxia anóxica por falta de oxígeno.
Lugar del hecho: Búsqueda de signos de
violencia; dispositivos autoeróticos; bolsas o
elementos intrabucales;como así también restos
de disolventes, toxifármacos o alcohol.
Estudio del cadáver: Deben buscarse
fundamentalmente lesiones periorificiales
(improntas digitales y ungueales). Debe
explorarse asimismo la mucosa yugal a fin de
detectar lesiones provocadas por la compresión
de los dientes sobreésta.Pueden encontrarseen
otros sectores lesiones por agresión de variada
etiología. A nivel interno se advertirá la
signología general de las asfixias. Debe
recalcarsela vital importancia dela investigación
en el lugar del hecho y de las circunstancias en
que se produjo el deceso; ya que en muchas
ocasiones los estudios necrópsicos arrojan
resultados totalmente negativos.
Crucifixión:
Han sido descriptos en la literaturaalgunos casos
de esta inusual forma de asfixia. Dadas las
lesiones transfixiantes a nivel de las muñecas y
de los pies, un mecanismo importante en la
producción de la muerte debe estar vinculado al
desencadenamiento de un estado de shock
(hipovolémico y neurogénico), asociado a un
mecanismo asfíctico por agotamiento posicional
de la musculatura diafragmática e intercostal).
Otra interesante e infrecuente modalidad
asfíctica es la denominada Suspensión Reversa.
Como su nombre lo sugiere,el sujeto permanece
suspendido cabeza abajo.Dado queen este caso
no existen lesiones traumáticas, la muerte
sobreviene como resultado de la asfixia
posicional ya comentada agregándose los
efectos circulatorios antigravitacionales.
Cuerpos Extraños:
La oclusión intrínseca de las vías respiratorias
provocada por la ocupación de su luz por un
cuerpo extraño sólido, constituye otra variante
asfíctica frecuente.
Etiología médico-legal: Si bien han sido
descriptos casos de homicidio y
Patogenia: El deceso responde a dos
mecanismos:
Estudio del Cadáver: Sin duda el hallazgo
necrópsíco del cuerpo extraño
Patogenia: Fundamentalmente el mecanismo es
la anoxia anóxica asociado o no con lesiones
traumáticas diversas.
Estudio del cadáver:Dos hechos son remarcables
en esta variedad: —La intensidad con la que se
presentan las manifestaciones asfícticas. El
rostro, el cuello y la parte superior del tórax
muestran una muy marcada congestión
(máscara equimótica), dada la magnitud de la
compresión. Asimismo se acentúan las
sufusiones hemáticas petequiales en los mismos
territorios. —El examen interno arroja una
notable signología asfíctica, pudiendo asociarse
a fracturas múltiples, desgarros vasculares y
viscerales.Renata Barreto
@floreciendotuestudio
suicidio, la modalidad accidental debe
considerarse casi como excluyente.
—Sucede habitualmente en niños los cuales se
introducen objetos de las más diversasformas y
tamaños.
—De similar forma ocurre en sujetos alienados.
—También se encuentren prótesis dentales o
trozos alimenticios voluminosos en sujetos
ancianos, ebrios, epilépticos o con trastornos
deglutorios.
—Respiratorio:Por anoxia anóxica generada por
la interrupción al flujo aéreo ocasionada por el
cuerpo extraño; asociada o no a un espasmo
canalicular.
—Refleja: A punto de partida laríngeo, debida a
impulsos vagales inhibitorios.
en el interior de la vía aérea, habitualmente a
nivel laríngeo, constituye el elementos de mayor
valor diagnóstico.
Si el objeto extraño es de reducidas dimensiones,
deben considerarselas hipótesisespasmódicaso
reflejas.
El examen general demostrará marcada
signología asfíctica tanto externa como interna.
Sepultamiento:
Es la muerte violenta provocada por la ocupación
de la vía aérea por un medio sólido pulverulento
o constituido por pequeñas partículas.
Etiología médico-legal:
—Accidental: En derrumbes, catástrofes,
explosiones, etc.
También sehan observado casos en trabajadores
de silos areneros o de acopio de granos, o en
explotaciones mineras.
—Homicida: Si bien puede excepcionalmente
utilizarseesta metódica para provocarlamuerte,
debe considerarse la posibilidad que el
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  • 1. Medicina Legal Médico legista: establece u puente entre la medicina y la justicia, es un auxiliar del juez. Definición (Nerio Rojas): es la aplicación de los conocimientos médicos a los problemas judiciales. Ramas de la Medicina Legal Deontología médica: es el estudio de los deberes y obligaciones de los médicos(ley 17.123). Cód de Ética Deberes para con la sociedad y con los enfermos, sin distinción de raza, nacionalidad y considerando la condición humana. Obligación de atender: Cdo no hay otro médico en la localidad Cdo un colega requiere espontáneamente, su colaboración profesional En casos de suma urgencia cdo haya peligro de la vida del pcte. A esta rama de la medicina también se la conoce como derecho médico o jurisprudenciamédica e incluye: •Ejercicio legal e ilegal de la medicina. • Responsabilidad médica. • Secreto médico. • Documentación médica. • Honorarios médico. • Labor médico-legal o tarea pericial. Diceología médica estudio los derechos de los médicos. La cuestión de los derechos se halla tratada en el código de ética médica (capítulo XVIII, Art. 120 a 125). El profesional tienederecho a la libreelección de sus enfermos. Art, 130: puede transferir o abandonar la atención al pcte cdo: Consulta………. Patología forense: estudia las cuestiones vinculadas a la muerte y comprende: • Tanatología: incluye definición de muerte, fenómenos cadavéricos, data de la muerte, autopsia, conservación de cadáveres y legislación, diferencias de modalidad de muerte (natural, violenta, súbita infantil y del adulto, muerte fetal y del recién nacido). • Asfixiología: es la muerte por interrupción del intercambio respiratorio • Lesionología: se ocupa de las lesiones en el aspecto jurídico, etiopatogénico, morfológico y evolutivo. Criminalística Médico Legal: trata de la aplicación de los métodos y técnicas destinados a la identificación de las personas, cadáveres, restos humanos y estudio de rastros y huellas. Sexología Médico Legal. Comprende las cuestiones médico legales vinculadas al sexo. Tocoginecología Médico Legal o Forense: comprende cuestiones ligadas al embarazo, parto, nacimiento, violación, aborto y fecundación asistida. Psiquiatría médico legal o psiquiatría forense: • Aspectos civiles: comprende la internación de enfermos mentales, capacidad civil, juicio de insania y juicio de inhabilitación. • Aspectos penales: imputabilidad e inimputabilidad, emoción violenta, aporte a la criminología, aspecto médico legal de las toxicomanías. Medicina legal social: comprende varios aspectos como, aspectos legales del SIDA, violencia familiar, ablación e implantación de órganos, medicina legal del trabajo y el médico de emergencias y catástrofes. Organización de la justicia Derecho Es el conjunto de normas que regulan la vida en sociedad estableciendo sanciones aplicables a quienes incurren en conductas tipificadas consideradas reprochables social y jurídicamente. Fuero: son las ramas o instancias del derecho (fuero civil, penal, laboral, etc.) Fuero penal: se ocupa de los delitos tipificados en el código penal, el fuero penal es aquel que hace un reproche y sanción a una conducta delictiva. Prisión: puede salir por buena conducta, 2 x 1 etc. Reclusión: pierde todo lo anterior. Multa. Inhabilitación. Fuero civil: se busca un resarcimiento del daño producido. Código: conjunto de disposiciones referidas a una rama del derecho. (código civil, penal, comercial, etc.). Los códigos pueden ser de fondo: sirven para todo el país,código civil,penal o de forma: sirven solo para el lugar donde se hicieron.Explican sobreprocedimientos civiles y penales. Ley: disposición legal concernientea un aspecto específico. Decreto reglamentario: disposición dictada por el Poder Ejecutivo que aclara y da normas sobre determinados puntos de las leyes. Jurisprudencia: es el conjunto de sentencias sobre determinado tema del derecho. Sentencia: es la norma individualizada dictada por un tribunal determinado. Certificado Médico Es obligación y derecho del médico después de todo acto médico siempre que el paciente lo requiera. Es un documento de valor legal, donde se testigua el Motivo de Consulta del pcte, y de lo que vieron, hicieron y constataron. Escrito por el médico que lo describe comprobado por su firma. (Adquiere un valor legal por tener la firma). ¡Es SIEMPRE un consejo que permite cierta justificación, desde que sea un testimonio! Valor Legal Realizado en recetario con membrete o formularios preimpresos o recetarios de instituciones púbicas. Escrito en castellano. Redactado por manuscrito y firmado por el médico. En la provincia de Santa Fe es obligatorio el estampillado del Fondo Solidario Colegio Médico por ley 4.931 y Estampilla dela CajadeSeguridad Social de profesionales del arte de curar por ley 12.818 con excepción en instituciones públicas con membrete o sello (se entienden como personas no pudientes) Hay que averiguar en cada provincia Condición Básica 1. Veracidad y el respaldo dela historiaclínica (agregar a la historia clínica que se otorgó el certificado). 2. Membrete de quién lo suscribe 3. Identificación del profesional (nombre y apellido, matrícula, especialidad, domicilio y teléfono) 4. Encabezado la palabra CERTIFICO. La responsabilidad no es por la palabracertifico o constancia, es por el contenido. 5. Identificicación del pcte con nombre y apellido y doc.Si el pacienteno presenta el doc, tenemos que poner que el paciente dice tener dicho nº de documento, ya que no podemos asegurar que ese sería su documento, porque no pudimos averiguar en persona 6. “Certifico que en la fecha he atendido a quien se dice llamarse XXX, quien dice tener el DNI XXXX. 7. Concepto base que se certifica (salud, enfermedad, embarazo, vacunación, nacimiento, lactancia, muerte, indicación de reposo) 8. Fecha (en letras) y lugar de la consulta que motiva el hecho o situación a certificar. 9. A pedido del interesado (paciente o tutor) 10.FINALIDAD del mismo, ante quién lo presenta, quién lo recibe (escolar, deporte, piscinas, laborales, práctica deportiva) 11.Consejo 12.Estampillado obligatorio Contenido Consejo/recomendación médica: SEMPRE ES UN CONSEJO MEDICO, el tiempo de duración del consejo debe ser hasta que cite el pcte a una nueva evaluación utilizando un criterio lógico. No estar en contacto con… Debe guardar reposo de… No puede realizar esfuerzos… Ejemplo: Paciente con lumbalgia, que tiene una reconsulta a los 5 dias.El consejo será de 5 días.
  • 2. T iempo de Validez La validez es por siempre. Es un testimonio, no tiene validez. Como no vence nunca y es consecuencia de un acto médico, debe tener su REFLEJO EN LA HISTORIA CLINICA. Algunos certificados por su naturaleza deben ajustarse a un modelo predeterminado por la información que debe contener por lo que en algunas circunstancias se utilizan textos preimpresos que el profesional debe completar, por lo general provistos por el mismo ente (generalmente oficial) que requiere la certificación. Certificado médico falso y Código Penal Falsificar un certificado médico significa que el contenido del mismo no resulta verdadero. Quien lo formula y firma comete un delito de orden doloso. La falsificación de un certificado médico constituye una figura penal que se encuadra como "falsificación de documento". Esta figura está contemplada en los Arts. 295,296 y 298 del Código Penal. Clases de certificados médicos  Ordinarios: Deportes, Escolares, Esparcimiento  Laborales: Aptitud, ausentismo laboral, Reubicación  Judiciales: Accidentes: laborales, transito, personales. Responsabilidad médica  Oficiales:  Nascimiento  Defunción  Discapacidad  Internación psiquiárica involuntaria  Matrimonio in extremis Certificado Práctica Deportiva Competitiva Siempre saber los riesgos a que está sometido, conocer el puesto que ocupa el pct Formulario pide Ecocardiograma y prueba ergonométrica. Cardiología superarlasub máxima,Ejevertebral, estudios radiológicos, funcionales respiratorios. Certificado de nacimiento Es aquel que confecciona el médico interviniente o en su defecto la partera en el que se acredita haber visto con vida al recién nacido, consignando además fecha, lugar, hora del nacimiento y nombre de la madre. Certificado de defunción Es el que confecciona el médico para acreditar la muerte de una persona emitido por el médico tratante de la última enfermedad o cualquier otro que sea llamado al efecto, lo que certifica es la muerte. Lo primero que hay quedescartar es si es muerte violenta, muerte por enfermedad o de causa de dudosa criminalidad. Hacer la autopsia en todas las muertas violentas de la provincia de Santa Fe. Debe ser extendido solo cuando no existan dudas en cuanto a la causa de la muerte. Si existen dudas se estará ante una muerte de causa dudosa requiriéndose la intervención policial para la práctica de la autopsia médico legal. En casos de muerte violenta se impone la intervención policial y la práctica de la autopsia médico legal siendo los médicos que la practiquen los que confeccionan el certificado respectivo. En todos los casos, en el certificado deberá constar la identidad del fallecido (comprobado por el DNI); el día, hora y lugar de la muerte; la causa de la muerte y causas coadyuvantes dejando constancia quelos datos que consignan son por haber asistido al paciente, por referencias de terceros o por haber reconocido el cadáver. Describir: 1)Causa inmediata o final (ACV) 2) Origen de la anterior (aneurisma) 3) Causa básica o concomitante (Arteriopatía) El paro cardíaco és siempre el final de las causas de muerte, hay que poner el que lo lleva a eso. Certificado de defunción fetal Datos de la madre, lugar,fecha y hora del hecho y las semanas de gestación. Certificado de cremación Se extiende a pedido de los deudos,cuando haya decisión de cremar (incinerar] el cadáver. Sólo debe extenderse cuando no queda ninguna duda en cuanto a la causa del fallecimiento de la persona y ésta haya acaecido por causa natural. En este certificado deben constar también los datos filiatorios del fallecido y diagnóstico de muerte. Certificado prenupcial Son exigidos para contraer matrimonio. Para el varón por Ley Nº 12.331 y para la mujer por Ley Nº 16.668. Estas exigen el examen médico prematrimonial, a efectos de la detección de enfermedades venéreas. Delito penal Cdo genera perjuicio, lo otro es una falta ética ES UN DELITO CONTRA LA FE PUBLICA El Art. 295 estipula que"sufrirá prisión deun mes a un año, el médico que diere por escrito un certificado falso, concerniente a la existencia o inexistencia presente o pasada de alguna enfermedad o lesión cuando de ello resulte perjuicio. Si no genera un perjuicio es solamente una falta ética. La pena será de 1 mes a 4 años si el falso certificado debiere tener por consecuencia a que una persona sana fuera detenida en un manicomio, lazareto u otro hospital". Es un delito doloso que tiene como características esenciales el que su autor es un médico que extiende un certificado, donde asevera una falsedad y de cuyo uso surge un perjuicio para terceros. Es agravante de este delito, el que una persona sana resulte privada de su libertad al ser internada como consecuencia del certificado médico. El Art. 296 consigna que"el que hiciereuso deun documento o certificado falso o adulterado,será reprimido como si fuera autor de la falsedad". El Código Penal fe aplica la misma pena que al autor de la falsedad a aquel que hiciera uso de un documento o certificado falso o adulterado. En este caso seagrega como delito el hecho de la adulteración del documento. Por último, el Art. 298 contempla una pena accesoria de inhabilitación por el doble del tiempo de la condena si quien comete el delito es un funcionario público con abuso de sus funciones. Historia Clínica Es un documento escrito obligatorio, cronológico, foliado y completo que prueba la actividad desarrollada en el paciente para procurar la recuperación de la salud. Utilidad Estadistica Auditoria médica Administrativa Asistencial (principal utilidad) Legal Educativa (Formación de estudiantes y residentes) Facturacion Principal interesado es el médico Ética, ya que posibilita conocer la historia de otros colegas Reglas básicas de confección Redactados personalmente, con prolijidad, letra legible y amplia, con un orden lógico, fechado, numerado y firmado. La importancia Med Legal de la HC sirve para la seguridad del acto médico. Sirve como prueba fundamental para reclamos de los pacientes y para defensa médica Contenido de la historia clínica  Dados identificatorios del paciente comprovar com el documento  Fechas y hora de ingreso y egreso  Datos personales y afiliatorios  Dados identificatorios del profesional interviniente y su especialidad  Estado en que el paciente ingresa  Antecedentes Familiares  Antecedentes personales
  • 3.  Estado actual  Diagnósticos presuntivos y diferenciales  Escribir los datos positivos y también los negativos  Exámenes complementarios  Tratamiento y evolución diaria  Epicrisis  No deberá tener tachaduras, ni se podrá escribir sobrelo ya escrito. No se podrá borrar y escribir sobre lo quitado. Confección y redacción Debe ser hecha por el propio médico de puño y letra por quien los redacta,para identificar quién es responsabledel mismo,con el sello respectivo o aclaración de sus datos personales y función. Con letra legible en forma prolija, sin abreviaturas, sin enmiendas ni tachaduras y si las hay,salvadas convenientemente. Todo ello por la trascendencia jurídica como elemento de defensa en un juicio de responsabilidad y recordando que el secuestro es una de las primeras medidas que dispone el juez ante una denuncia de esa naturaleza. Cada intervención médica debe ser firmada, sellada y fechada. Es también aconsejable la foliación o sea la numeración correlativa de todas las hojas con el nombre del paciente y el número de la historia clínica en cada hoja con el fin de evitar sustracciones o intercalaciones. El pcte es el titular de la HC, y cdo se lo solicita tenemos 48Hrs para darle una copia o un resumen de la misma. La puede solicitar el pcte o el representante legal, además de deber decir a quién lo vá presentar por el tema del secreto médico. Por ley la HC debe se guardada por un plazo mínimo de 10 años de la última actuación registrada. El primer interesado al contenido de la HC es el médico para la comprobación de su acto. Obligatoriedad de la confección, conservación y archivo: La entrega se realizará dentro de las 48hrs de solicitada o de inmediato, cuando el paciente se encuentra en proceso de atención o en situaciones de urgencia que será acreditado presentando certificado del médico tratante. Ante una imposibilidad debidamente fundada, los directivos de los establecimientos asistenciales podrán entregar una epicrisis de alta o resumen de historia clínica, y solicitarle una prórroga para entregarla que no podrá extenderse más allá de los 10 dias corridos. Los establecimientos asistenciales públicos o privados y los profesionales de la salud, en su calidad de titulares de consultorios privados, tienen a su cargo su guarda y custodio, asumiendo el carácter de depositarios de aquella. Durante el plazo mínimo de 10 años de prescripción liberatoria de la responsabilidad contractual. Dicho plazo se computa desde la última actualización registrada en la historia clínica y vencido el mismo, el depositario dispondrá de la misma en el modo y forma que determine la reglamentación. Las HCs pueden pasar por un sistema de microfilmación e impresión que garantice la inalterable reproducción del contenido de las Historias Clínicas y tiene valor jurídico cuando incluye el foliado de cada documento y una síntesis final certificada por el Director del establecimiento; Historia Clínica computarizada: El contenido de la historia clínica puede confeccionarse en soporte magnético siempre que se arbitren todos los medios que aseguren la preservación de su integridad, autenticidad, inalterabilidad, perdurabilidad y recuperabilidad de los datos contenidos en la misma en tiempo y forma. (Tienen que tener firmas electrónicas o manuales) Los pacientes tienen derecho al acceso a su historia clínica disponiendo que "las historias clínicas pertenecientes a los pacientes de los establecimientos asistenciales dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,serán de exhibición obligatoria frente a expresa y acreditada petición del interesado, su representante legal y /o apoderado o sus herederos, en caso de fallecimiento del mismo 'pudiendo las personas interesadas' extraer fotocopias a su costo, de las referidas historias clínicas quedando expresamente prohibido su otorgamiento en préstamo a los interesados para tales efectos". Lugar del Hecho Es el espacio físico y jurídico en el que se presume que ha ocurrido un acontecimiento criminal. Se caracteriza por la presencia de rastros y/o indicios que puedan develar las circunstancias o características de lo allí ocurrido. -Preservar es la obligación inmediata (Protección y fijación) - Puede estar integrado por uno o varios espacios físicos interrelacionados. - Se habla un único idioma y hay que conocerlo Lugar del hallazgo: donde se encuentran los indicios Medio de transporte o enlace entre ambos: vinculación El lugar del hecho debe ser completo (investigación completa), metódico (ingresar de forma metódica al lugar del hecho) e ilustrado (todo debe ser fotografiado o filmado) Qué corresponde hacer en el lugar del hecho: Preservar y proteger (intangible), Delimitar Extender Examinar (El cuerpo y lugar) Objetivos Naturaleza del hecho (Circunstancias – natural o violenta) - Quienes intervinieron (Responsables) Principio de transferencia, Principio deintangibilidad (tener cuidado al tocar todo lo que está en el lugar del hecho.) PRINCIPIOS • De intercambio:ambos se llevan y dejan cosas del medioambiente El victimario le deja a la víctima algunos elementos (la herida) La víctima ledeja alguna herida al defenderse.La víctima se queda (en las uñas) con la piel del victimario El victimario se lleva tierra, deja huellas, pisadas, pelos. Primeras acciones a realizar: -Preservar y evitar la contaminación del lugardel hecho -Corroborar fehacientemente la muerte de la/las victimas -Intentar establecer la causa de su producción -Delimitar el lugar del hecho -Impedir el ingreso de toda persona ajena a la investigación -Interrogatorio breve a eventuales testigos a fin de poder reconstruir las circunstancias de lo ocurrido Al margen de los estudios criminalísticos de rutina deberá prestarse especial atención a: —El tipo de suspensión del cadáver. —El mecanismo de suspensión puesto en práctica. —El elemento constrictor utilizado (el cual deberá ser remitido conjuntamente con el cuerpo, en lo posiblesin ser retirado del cuello). —Muebles u objetos circundantes al cadáver. —Elementos, objetos o vestimentas que sugieran la realización deprácticasautoeróticas. Debe ser completo, metódico e ilustrado. El lugardelhecho Primario: Dónde ocurre la muerte/crimen (Escena del crimen propiamente dicho) Secundario: Dónde se encuentra el cadáver, Terciario: Dónde se lleva a cabo alguna otra acción delictivaqueameritela investigación pero no ocurrió la muerte ni el cuerpo del cadáver (Buscar cámaras,huellas, para la investigación) Cerrado: Es un espacio interior que cuenta con límites físicos (Casas, locales, autos) Ventajas: Facilidad del acordamiento, menor contaminación por extraños, Aislamiento de factores ambientales. Desventajas: escaso lugar, espacios habitados, presencia de elementos que no son de interés para la investigación Abiertos: Espacio que no cuenta con protección a los factores ambientales como la luz solar, el viento, lluvia, polvo. Ej: calles, parques, bosque, ríos. Son de mayor complejidad investigativa, difícil preservación y aislamiento Forma dela muerte Muerte natural: Es la muerte por vejes o en decorrencia de una enfermedad ya conocida y
  • 4. espontánea, propias del individuo, sin intención volitiva de hechos violentos. Causas: IAM, ACV, Envejecimiento, Enfermedades Cardiovasculares. Enfermedades Degenerativas, Neoplasias. No hace falta denunciarla. Muerte Violenta: Es un criterio jurídico.Cuando la interrupción de la vida resulta de un proceso antinatural, determinado por la intervención volitiva delos hechos violentos del mismo sujeto para consigo, volitiva o no de terceros o de hechos de terceros, Formas Etiológicas: Accidental (Accidente de tránsito, Domésticos), Suicida o Homicida IMP: Preservar la escena del hecho, evitar la contaminación dela misma,intervención policial El medico asistencial comproba la muerte el médico del SIES investiga su causa. MuertedeDudosa Criminalidad Son aquellasmuertes en las quehay algún indicio que impida descartar su origen criminal. Casos: Recién Nacidos, Menores, Adultos joven, Tóxicos, Praxis Médica, Conflictos de Interés. Equipo Criminalístico -Cordinador -Médico -Investigador -Fotógrafo -Dibujante (croquis con mediciones) -Dactilóscopia (Levantamiento de rastros) -Planimétrico (Plano de la escena) Informática Forense. -Personal de laboratorio (Muestra biológicas y dermotest) -Balística Estudio dellugardel hecho conjunto de operaciones que incluye el examen del cadáver, la descripción completa y detallada del espacio dondeestees hallado y la recolección y estudio de los elementos indiciarios considerados útiles para la investigación, en el caso de sucesos violentos de carácter doloso, culposo o accidental. La labordel médico -Diagnosticar la muerte (Médico asistencia) - Diagnosticar o presumir la causa de muerte - Diagnosticar lamuerte y en lo posiblepresumir la data y la causa - Demonstrar la existencia de un delito - Recoger y preservar los indicios,las huellas y los rastros. Cronotanatodiagnóstico Responsabilidad del médico criminal diagnosticar el intervalo postmortem El médico asistencial solo puede constatar la muerte Inmediatos: Deshidratación, livideces, rigideces, enfriamiento Mediatos: Períodos cromático y enfisematoso Tardios: Reduyctivos Enfriamiento: Varía según la estación del año, el lugar del hecho y el momento del día. Se enfría 1ºC/hora, hay que diagnosticar3hrs antes y 3hrs después de la hora constatada. Livideces: Son manchas gravitacionales por acumulación de sangre en zonas de declive pero no en los puntos de apoyo. La coloración puede indicar presencia de toxicos. CO (Rojo fuerte), Ac sulfidrico (amarronada achocolatada) Livideces fijas: 15-18hrs Livideces móviles → menos a 12hrs Rigidez: Estado de endurecimiento generalizado que se Inicia en región cefálica suele ser descendente y predomina la actitud flexora. Desaparece en la misma dirección y con la putrefación intensa →2-15hrs - Elevar la totalidad dela información útil para la investigación a través del acta de levantamiento de cadáver. EL lugar del Hecho tiene características: Criminalista Medico Legal: Estudia los objetivos biológicos o de transformación patológica, destinados a establecer la identificación deraza, especie, sexo, talla de determinado sujeto en la investigación de crímenes. Criminalista Policial: Técnica (Obtención de pruebas) Cientifica (Estudia las evidencias para dar valor a las mismas.) Indicio: Lo que nos hace pensar en algo Todo aquel elemento perceptible sea o no material, que resulta o se ve implicado de la escena de un crimen y que permite imaginar la existencia de una circunstancia determinada vinculada al suceso o crimen investigado Prueba: El elemento con el que se busca encontrar la verdad. Denominamos prueba a todo aquel elemento o argumento que se emplea con el fin de demonstrar la veracidad o falsedad de un hecho. Evidencia: Cuando algo demuestra la existencia de una relación Todo aquel elemento que permite establecer, de manera clara, la relación e entre dos elementos encontrados en la escena del crimen, puede entenderse como aquel indicio recogido que refleja claramente una relación con otro elemento. Suicidio y Homicidio? Idoneidad lesional, tipo, características, numero y ubicación de las lesiones, elementos de lucha, cierre por dentro. Antecedentes previos, esquela de despedida (Nota póstuma) Elección del arma o procedimiento suicida. Responsabilidad Médica / Praxis Médica Es la obligación que tienen los médicos de responder por las consecuencias derivadas de su actuación profesional. Atendiéndose a la concepción jurídica y genérica que divide a las obligaciones en obligaciones de MEDIOS y obligaciones de RESULTADOS, la OBLIGACIÓN DEL MEDICO ES DE MEDIOS y no de RESULTADOS. El médico tiene el compromiso de poner todo el empeño y la técnica al servicio del paciente. La relación de causalidad puede ser interrumpida por el pcte, por los familiares o por las obras sociales. La relación médico-paciente es de carácter CONTRACTUAL, mismo que ese sea gratuito. Relación EXTRACONTRACTUAL seda cuando,por ejemplo, un médico atiende a un paciente accidentado en la vía pública o en otras situaciones de emergencia, en que NO EXISTE una obligación previamente pactada pero sí, un deber de cuidado. Los actos médicos son actos humanos y como tales llevan implícitosuna cuota de FALIBILIDAD. Los elementos que configuran la responsabilidad profesional son: 1. Autor 2. Acto Médico 3. Elemento Subjetivo 4. Elemento Objetivo 5. Relación de causalidad directa Autor: es el profesional queejercela medicina en las condiciones estipuladas en la ley del ejercicio profesional Acto médico: una acción efectuada como médico cuando en tal carácter asiste a un paciente. Elemento subjetivo:consisteen la demostración de "culpa" por parte del médico. (Prudente, dirigente, perito debe ser la conducta) Son factores subjetivos deatribución laculpay el dolo. La culpa consiste en la omisión de la diligencia debida según la naturaleza de la obligación y las circunstancias de las personas, el tiempo y el lugar. El tiempo, no es de la consulta, es lo que se aconsejaba en esa época, año del acto médico, ya que la medicina es evolutiva. Artículo 1725: Valoración de la conducta. El deber es mayor cto mayor es el conocimiento. El médico tiene la obligación de especializarse. Cuanta más especialización (Diplomas) más se eleva nuestro CRITERIO MEDICO. El carácter distintivo de la culpa es la falta de previsión delas consecuenciasdel acto por parte de una persona con capacidad de previsión. El caso contrario sería un accidente excusable. En el código penal la culpa médica exige la demostración de IMPERICIA, IMPRUDENCIA, NEGLIGENCIA. La conducta médica debe ser prudente, diligente y perita. Esa "culpa" ha de ser grave, inexcusable. El médico debe contar con los conocimientos necesarios, básicos o sea que debe actuar con pericia, con un criterio médico promedio. IMPERICIA: Hacer lo que no se sabe (o sabe,pero no lo hace según las circunstancias).Consisteen
  • 5. la ignorancia de las reglas respectivas del tratamiento médico que se realiza, deacuerdo a un CRITERIO MEDICO PROMEDIO DE FORMACIÓN. Ejemplo: Dar un certificado médico a un jugador de Rugby sin saber en qué puesto juega y sin tener conocimiento de Rugby, pedir el certificado a un deportólogo. Ejemplo: ECG de reposo nos dice si existealguna alteración, pero no como responderá el sist. Cardiológico ante el esfuerzo (Si ocurre alguna afectación en la práctica no podemos argumentar que no somos deportólogos). IMPRUDENCIA: Hacer de más, actuar con apresuramiento. Ejemplo: hacer una resección mamaria completa bilateral deun CA de mama antes de realizar un análisis anatomopatológico. Se necesita también actuar con moderación, sin excesos, sin temeridad y sin soberbia o sea con prudencia. NEGLIGENCIA: Hacer de menos. No hacer lo que corresponde. -No ha puesto el empeño necesario para escuchar - no tuvo la preocupación correspondiente ante el motivo del acto médico - no controlo o indicó controles - no verificó la manifestación evolutiva de la enfermedad - no puso la imaginación suficiente(diagnósticos diferentes) Se debe considerar las circunstancias del caso y documentar lo que se ve describiendo según lo evaluado. (Estado de salud del paciente al momento del acto médico, puede modificarseen minutos, en la misma internación o en el mismo día). Circunstancia es el estado de salud del pcte al momento del acto médico reclamado. Consentimientoinformado Es un proceso que empieza en la primera consulta, siendo una información conocida y consentida (expreso, tácito o presunto). Y tiene como base la Relación médico pcte. El tiempo del atendimiento al pcte debe ser lo necesario para que puedas conocer bien su Motivo de Consulta. Tener en cuenta siempre que el juez no sabe nada de medicina, sólo valoran la conducta, por medio de la NEGLIGENCIA, IMPRUDENCIA E IMPERICIA acordea circunstanciasdel estado del paciente, al tiempo que es la época en que se hizo y al lugar que hicieron la práctica médica. La medicina es dinámica Elemento objetivo Consiste en el perjuicio causado al paciente. Este perjuicio consiste en daños en el cuerpo o en la salud o en la muerte del paciente o sea en la producción delesiones u homicidio, ambos de carácter culposo. Esta valoración es de carácter penal habiendo otra valoración civil, de tipo económico, por la cual los dañificados podrán solicitar una reparación económica de acuerdo al perjuicio producido. Relación causal Para que haya responsabilidad —civil o penal— debe quedar bien demostrado que el perjuicio — lesiones o muerte— es la consecuencia DIRECTA del acto profesional. Para que exista una responsabilidad médica, hay que haber una Relación de Causalidad entre lo que el médico hace (Acción u omisión) y el Daño (lesiones o muerte). Relación de Causalidad Interrumpida por el paciente: no concurrea la reconsulta,no cumple indicadores. Interrumpida por obra social o terceros: No autorizaciones, no cumplimiento de órdenes, cambio de medicaciones. Relación Médico- Paciente Se incurreen INOBSERVANCIA DE LOS DEBERES Y REGLAMENTOS DE UN CARGO cuando el médico no cumple con la obligación de controlar el cumplimiento de las tareas que le asignó al personal auxiliar y paramédico, en lo que concierneal cuidado y atención delos pacientes. Dolo/Intención Culpa/no tener intención (Hecho/antijuridico): Cuando hablamos de responsabilidad médica estamos relatando a conducta culposa, nunca dolosa. Acción: Todo acto médico esperado Omisión: Ausencia del acto médico esperado (No palpar, auscultar, explorar el paciente) Contrato: El contrato es un acuerdo, generalmente escrito, por el que dos o más partes se comprometen recíprocamente a respetar y cumplir una serie de condiciones. Bilateral: Médico y paciente se obligan recíprocamente. Oneroso: Una de las partes procura una ventaja que es concedida por una prestación que ha hecho. Consensual: Manifestación de consentimiento recíproco. Articulo 1251: Hay contrato de servicios cuando una persona, prestador deservicios – médicos. La obligación del médico es de medios / servicio, tratando de que se haga un Tto adecuado, con las mínimas secuelas posibles y que si se muere demonstrar que el servicio fueadecuado y que a pesar de eso el paciente se murió. Artículo 2561:El reclamo de la indemnización de daños derivados de la responsabilidad civil prescribe a los tres años. (Tres años del acto médico, de la secuela, de la toma de conocimiento). Las HCs se guardan desde la última actualización por próximamente 10 años. Artículo 1252: Calificación del contrato, se entiende que hay contrato de servicios cuando la obligación de hacer consiste en realizar cierta actividad independiente de su eficacia. Obligación deMedios (Locación de Servicios) 100% de los actos médicos; Se compromete a aplicar los medios adecuados en la asistencia de un paciente y sus dolencias (motivo de consulta) Lo determinante es el fin de INICIO – no el último (es aleatorio) Se exime por falta de culpa. Debe probar el Acreedor (el paciente) El medico debe colaborar. Artículo 1734: Prueba de los factores de atribución y de las eximentes, Excepto disposición legal, la carga de la prueba de los factores de atribución y de las circunstancias eximentes, corresponde a quien los alega (paciente) Artículo 1735: Facultades judiciales: No obstante, el juez puede distribuir la carga de la prueba de la culpa, ponderando cual de las partes se halla en mejor situación para aportarla (Protocolo o quirúrgico) - Obligación deHacer:Articulo 773: Concepto. La obligación de hacer es aquella cuyo objeto consiste en la prestación de un servicio o en la realización de un hecho, en el tiempo, lugar y modo acordados, por las partes. Artículo 774: La prestación de un servicio puede consistir en realizar cierta actividad, con la diligenciaapropiada, independientemente de su éxito. Básicamente: La obligación deservicio es realizar una actividad sin que el resultado sea eficaz (no lo garantiza). De medios es aplicar los medios específicamente para llevar a cabo la consulta.Y de hacer hace referencia a tener en cuenta el tiempo lugar y circunstancias del paciente, Art 1730: Caso fortuito. Fuerza mayor: Se considera caso fortuito o fuerza mayor al hecho que no han podido ser previstos o que, habiendo sido previsto, no ha podido ser evitado. En caso fortuito o fuerza mayor, exime de responsabilidad, excepto disposición en contrario. Consecuencias Reparables: Articulo 1726: Relación causal, son reparables las consecuencias dañosas que tienen nexo adecuado de casualidad con el hecho productor del daño. Excepto disposición legal en contrario, se indemnizan las consecuencias INMEDIATAS Y LAS MEDIATAS PREVISIBLES Art 1727: Tipos de consecuencias. Las consecuencias de un hecho que acostumbran a suceder según el curso natural y ordinarlo delas cosas: Consecuencias Inmediatas (Son las complicaciones) Ejemplo: Cirugia de reemplazo de cadera con corte del ciático.
  • 6. Consecuencias Mediata resultan solamente de la conexión de un hecho (Posibles complicaciones, aparecen después, pero están relacionadas con el acto médico. Ej: Ciático debería ser reparado y quedó con una lesión parcial por algo que deberíamos haberlo hecho) Abandono depersona es un delito contemplado y sancionado en el artículo 106 del código penal en el que se expresa que "el que pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en situación de desamparo, sea abandonando a su suerte o una persona incapaz de valerse y a la que deba mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya incapacitado, será reprimido con prisión de2 a … años. La pena será de reclusión o prisión de 3 a 10 años. Si a consecuencia del abandono resultare grave daño en el cuerpo o en la salud de la víctima.Si ocurrierela muerte, la pena será de 5 a 15 años de reclusión o prisión." Es un delito doloso, variando la pena según la característicadel daño que puede ser: peligro de vida, grave daño en el cuerpo o en la salud o la muerte. En casos urgentes y graves el médico está obligado a prestar su oficio, cuando es requerido y en caso negativo surge su responsabilidad civil. Omisión deauxilio Art. 108. Será multado, el que, encontrando a una persona herida o amenazada de un peligro cualquiera, omitiera prestarle el auxilio necesario, cuando pudiere hacerlo sin riesgo personal o diere aviso inmediatamente a la autoridad. (Ej: Cuando el médico no quiere atender el paciente cuando el lugar tiene barro y tiene zapatos nuevos) Otras Obligaciones: Actualizaciones Certificados por escrito Aceptar la negativa al tratamiento, ante eso solicitar quefirmeel consentimiento informado. iatrogenia daños emergentes del accionar médico, pero en el que se actuó con atención, dedicación y cuidado descartándosela DESAPRENSIÓN, AUDACIA O TERMERIDAD. O sea que a pesar del resultado no deseado — daño o muerte— se han cumplido con las normas del arte médico de acuerdo al caso, al tiempo y al lugar,no siendo en consecuencia,ese resultado, punible penalmente ni resarcible económicamente. "trastornos psíquicos originados o generados en el enfermo por actitudes o explicaciones del médico sobre la afección que padece*. Puede definirse a la IATROGENIA como a las alteraciones sobrevinientes que el médico NO HA PODIDO PREVEER o que previstas NO HAN PODIDO EVITARSE. De este modo la iatrogenia resulta médica y jurídicamente FORTUITA, IMPREVISTA E INEVITABLE, asimilable al hecho fortuito que define el artículo 514 del C. Civil ("lo que no ha podido preverse o que previsto no ha podido evitarse"). Las alteraciones que pueden producirse en el organismo a raíz de un hecho de esta naturaleza pueden ser directas o indirectas; orgánicas o Ejercicio profesional y hechos dolosos Los delitos cometidos durante el ejercicio profesional son: la eutanasia, la ayuda y / o instigación al suicidio y el abandono de persona. Su carácter DOLOSO hace que estén excluidos del campo de los delitos por responsabilidad médica. Con respecto a las tres primeras figuras, nos remitimos a los capítulos respectivos refiriéndonos aquí al abandono de persona. El reglamento de por medio o no, con o sin el pago del anticipo por el trabajo profesional, el médico en funcionales, y, temporales o definitivas pudiendo mencionar entre las más frecuentes a las siguientes: — reacciones adversas a fármacos previamente testeados, — fracturas del esternón o costales al realizar masaje cardíaco externo, — úlceras por tratamiento radiante correctamente aplicado, — stress por el medio asistencial, — cuadros depresivos por lo que ve, oye o interpreta acerca de la enfermedad que padece y — cicatrices queloides. cuyas manos está en ese momento la de contribuir a la salvación de un ser humano, debe cumplir, ante todo, con su deber profesional y moral afrontando cualquier responsabilidad en que pudiera incurrir frente a las autoridades de la institución por la violación deuna disposición administrativa de tipo utilitario" (Cámara de Apelaciones Civil y Comercial deSan Martín, Sala I, 1979). Estado de necesidad Es una circunstancia prevista en la legislación penal. En efecto en artículo 34 del Código respectivo se establecen las condiciones de inimputabilidad o sea la NO PUNIBILIDAD de aquel que cometiere un mal para evitar otro mayor inminente al que ha sido extraño. En el caso de los médicos se da esta situado*) cuando hay que adoptar una conducta determinada pues de no hacerlo se pondría en riesgo de la vida del paciente.Esa conducta lleva implícito un mal pero menor al que ha motivado esa situación y a la que el médico es extraño. Las situaciones más comunes son las siguientes: — esplenectomía por ruptura de bazo — amputaciones de miembros luego de un accidente — interrupción del embarazo, o sea aborto, en los casos que, habiéndose desencadenado una hemorragia uterina por causas patológicas, esa es la indicación precisa para evitar la muerte de la madre. ENCUADRAMIENTO JURÍDICO DE LA RESPONSABILIDAD MÉDICA A) Aspecto penal:en el ámbito penal la conducta médica sancionable debe ser típica o sea que debe estar configurada en el Código Penal. En estos casos las penas recaen sobre las personas. Por eso se diceque este tipo de responsabilidad —penal—, es SUBJETIVA, debiéndose demostrar la relación directa o NEXO DE CAUSALIDAD entre el accionar médico y el daño, sin lo cual no puede hablarse de delito. Las consecuencias del accionar culposo pueden ser el daño en el cuerpo o en la salud o la muerte o sea LESIONES U HOMICIDIO,ambos decarácter CULPOSO. Es de señalar que una de las sanciones que se impone en caso decomprobación deeste tipo de conducta antijurídica es la INHABILITACIÓN, la que en el caso delos médicos es particularmente trascendente respecto de la vida profesional ya que ejerce sus efectos durante el tiempo del cumplimiento efectivo de la sanción y aun después de su finalización. Los artículos el Código Penal que conciernen específicamente a esta cuestión son el 84 y el 94 que tratan respectivamente del HOMICIDIO CULPOSO Y DE LAS LESIONES CULPOSAS. El 29 de septiembre de 1999 el Congreso Nacional modificó por ley N9 25.189 los artículos mencionados quedando redactados de esta forma: Artículo 84: Será reprimido con prisión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que, por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causare a otro la muerte. El mínimo de la pena se elevará a dos años si fueran más de una las víctimas fatales, o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta o antireglamentaria de un vehículo automotor. Artículo 9 4 : Se impondrá prisión de un mes a tres años o multa de mil a quince mil pesos e inhabilitación especial por uno a cuatro años, el que por imprudencia o negligencia,por impericia en su arte o profesión, o por inobservancia delos reglamentos o deberes a su cargo,causarea otro un daño en el cuerpo o en la salud. Si las lesiones fueran de las descriptas en los artículos 90 o 91 y concurriera alguna de las
  • 7. circunstnacias previstas en el segundo párrafo del artículo 84, el mínimo de pena prevista en el primer párrafo, será de seis meses o multa de tres mil pesos e inhabilitación especial por dieciocho meses. B) Aspecto civil: Civilmente el médico también puede ser responsable pero aquí, de comprobarse la culpa, el resarcimiento es económico. En algunas oportunidades el médico puede ser sobreseído en un juicio penal, pero como la sentencia es "no vinculante", ello no implica que queda eximido de una eventual condena civil. En este ámbito muchas veces la demanda se entabla contra el médico y las instituciones en las que se desempeñó profesionalmente siendo solidariamente responsables. El resarcimiento civil surge de la comprobación que existe entre el agente y el resultado dañoso producido independientemente de si el médico obro con impericia, negligencia o imprudencia. En este aspecto son pertinentes los artículos 1113, 902 y 512 del Código que transcribimos y comentamos: El artículo 1113 estableceen forma genérica que: "La obligación del que ha causado un daño se extiende a los daños que causaren los queestán bajo su dependencia o por las cosas de que se sirve o que tiene a su cuidado". El artículo 909 dice que "cuanto mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias posibles delos hechos". En lo concerniente a los médicos debe entenderse que será mayor la responsabilidad cuanto mayor sea la especialización alcanzada en una rama de la medicina. Por su parte el artículo 512 establece que "la culpa del deudor en el cumplimiento de una obligación consiste en la omisión de aquellas diligencias que exigiere la naturaleza de la obligación y que correspondiesen a las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar". O sea que, si se trata de un médico, habrá culpa si OMITE cumplir las diligenciasquele impone la naturaleza de su obligación entendiéndose por ésta la atención correcta del pacientede acuerdo al momento en que realizó la prestación y a las características y medios disponibles. CAUSAS Y PREVENCIÓN DE LOS JUICIOS POR RESPONSABILIDAD MÉDICA a) Causas: El origen de los juicios por responsabilidad médica es múltiple: precarización dela atención por falta derecursos o su mala distribución; complejidad de las nuevas terapias que carecen de una adecuada regulación jurídica; la innovación tecnológica; la masificación de la profesión médica;la importanciacadavezmayor de las empresas de medicina prepaga y de las obras sociales;la mayor difusión delos temas de salud en forma no controlada y la afirmación cada día más acentuada y a veces distorsionada de los derechos de los pacientes explotada por los que hacen de los juiciosdela mala praxis una verdadera "industria". El médico, en su tarea profesional, debe extremar los recaudos para no verseinvolucrado en una demanda judicial actuando con pericia, diligencia y prudencia. No obstante, ello, nuestra experiencia confirma casi a diario que en todo juicio de mala praxis subyace como elemento latente hasta el momento de la iniciación de la demanda, una mala relación médico-paciente. Por ello, las escuelas de medicina deberían incrementar la enseñanza en este tema, cada día de mayor trascendencia en la actividad médica.Hasta hace pocos años, el rol preponderante del médico, en el momento de tomar decisiones, no merecía cuestionamientos. Hoy no es así, pues al influjo de los postulados de la Bioética, la relación médico-paciente en cierto modo, se ha HORIZONTAUZADO, dejando de ser paternal y verticalista,en la cual médico y pacienteNO SON IGUALES en cuanto a saber,pero sí,SON IGUALES en cuanto al DECIDIR. A través de estos cambios, la relación médico- paciente se ha enriquecido reafirmando el carácter humanista de la ciencia médica. Simultáneamente con esta transformación, la medicina experimentó interferencias desfavorables siendo una de las más notorias la problemática de los juicios por responsabilidad profesional. En los últimos años se ha incrementado la cantidad dedemandas civiles y penalesy sea cual fuere su resultado, dejan en el médico una secuela que se ha denominado "síndrome judicial" que se define como el "conjunto de signos y síntomas que presentan aquellos profesionales dela salud que se hallan sometidos a un proceso judicial". b) Prevención: En el año 1995 se realizó la Jornada Universitaria sobre mala praxis médica en la Facultad de Medicina de la U.B.A. elaborándose 20 conclusiones queconsideramos deutilidad tener en cuenta para la prevención por lo que las transcribimos: 1) promover por medio de la educación y la modificación de las condiciones de atención médica una mejor relación del profesional con el paciente y su núcleo familiar. 2) normatizar y supervisar la redacción de la historia clínica para facilitar su lectura y comprensión. 3) normatizar los protocolos de consentimiento, informado para los procedimientos de diagnóstico y tratamiento potencialmente riesgosos. Promover el suministro de información continua y correcta sobreel proceso de salud-enfermedad. 4) realizar auditoría de gestión en las instituciones asistenciales para evaluar las condiciones del trabajo profesional y la calidad de la atención médica, garantizando al médico pautas mínimas que le permitan desarrollar dignamente su actividad. 5) promover la creación de Comités de Responsabilidad Profesional en las instituciones asistenciales públicas y privadas con fines educativos, normativos y de asesoramiento médico y jurídico a los profesionales. 6) promover la creación en los establecimientos asistenciales de Tribunales de Ética que evalúen la incentivación de las demandas por parte de médicos o personal paramédico. 7) enfatizar en la enseñanza de pregrado los temas referentes a la responsabilidad profesional. 8) Solicitar queselimiteel beneficio de litigar sin gastos por medio de una rigurosa y exhaustiva investigación de los medios económicos del demandante. 9) solicitarqueel profesional declarado inocente sea eximido de abonar las costas del juicio. 10) promover la creación deun baremo de daños tarifado, homologado al derecho laboral. 11) promover la creación deconsejos integrados por profesionales de reconocida trayectoria académica y asistencial para evaluar las demandas por mala praxis y eventualmente actuar como tribunales de mediación. 12) solicitar que en las causas judiciales se designen peritos de reconocida experiencia y antecedentes académicos en el tema a tratar. 13) solicitar que los jueces sancionen adecuadamente a los abogados patrocinantes de aventuras judiciales. 14) solicitar que en las eventuales modificaciones del Código Civil la carga de la prueba siga quedando a cargo del demandante. 15) solicitar que se limite a dos años el período de la prescripción en las obligaciones de tipo contractual asimilándolas a las de tipo extracontractual. 16) promover una mayor interrelación entre las instituciones queagrupan a médicos,abogadosy magistrados con la finalidad de intercambiar opiniones sobre aspectos fundamentales del tema convocante, en forma periódica y permanente. 17) aconsejar a los profesionales queadhieran a un seguro o fondo solidario.
  • 8. 18) aconsejar a los profesionales absueltos por decisión judicial que inicien querellas por calumnias e injurias y demandas por daños y perjuicios a las personas que los involucraron injustamente en un caso de presunta mala praxis. 19) promover la creación en las Facultades de Medicina de comisiones para asesoramiento y consulta del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo, del Poder Judicial y de las instituciones médicas públicas y privadas. 20) promover la realización de nuevas Jornadas. Dado el criterio abarcativo y general de estas conclusiones, consideramos como de interés especial para aquellos que se inician en la profesión, la observación atenta de las conclusiones consignadasen los puntos 1),2), 3) y 17). c) El recurso de amparo:Muchas veces, en la práctica profesional, pueden darse situaciones conflictivasdedifícil resolución.Una de ellas es, sin duda, la negativa de algunos pacientes a recibir una transfusión sanguínea, fundamentada en razones de índole religiosa. Nuestra legislación,respetuosa de las libertades individuales, garantiza el derecho de los pacientes a la autodeterminación a través del artículo 14 de la Constitución Nacional, por la que se consagra la libertad de conciencia, y del artículo 19 inciso 3) de la ley Nº 17132 del ejercicio de la medicina, que establece que los médicos están "obligados a respetar la negativa del paciente en cuanto sea negativa a tratarseo internarse..." Por ello,estando el paciente lúcido y con juicio crítico conservado debe respetarse su voluntad en cuanto su negativa a aceptar las indicaciones terapéuticas o internarse. En caso de dudas tal como podría plantearse con menores en que los padres tienen la patria potestad y en embarazadas con indicación precisa de transfusión, así como, en enfermos con alternativas terapéuticas cuestionadas, y en los que haya peligro de vida,una de las maneras de poner a salvo la responsabilidad profesional es a través del recurso de amparo sobre el que deberá expedirse el juez civil de turno previa petición médica mediante la intervención policial. PLAZOS PARA INICIAR UN JUICIO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL. PRESCRIPCIÓN Como ya vimos, la vinculación entre el médico y el paciente, desde el punto de vista jurídico puede ser de dos tipos: CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL, estimándoseque, en general es del primer tipo y que excepcionalmente son del segundo. Las demandas civiles por responsabilidad profesional tienen un plazo para ser iniciadas por los presuntos damnificados, denominándose a ese lapso de tiempo "PRESCRIPCIÓN" vencido el cual, dicho derecho desaparece. El plazo de prescripción de las acciones civiles —que se cuenta a partir del hecho dañoso— es de 10 y 2 años, cuando la relación ha sido contractual o extracontractual respectivamente. Secreto médico Esta dentro del secreto profesional y se marca con la relación médico pcte. El secreto médico es la obligación quetiene toda la persona……. Absoluto Relativo Compartido La ley asigna a la denuncia un carácter obligatorio (justa causa) respecto de la violencia ejercida sobre menores o incapaces pesando dicha carga sobre sus representantes legales y / o sobre el ministerio público. La misma se hace extensiva a los directores de hospitales públicos y clínicas privadas, así como a todos los profesionales del área de la salud físicay mental (médicos, psicólogos). Esta obligación alcanza a los directores de escuelas y colegios públicos y privados y a los funcionarios públicos que, en razón de su labor hubiesen tomado conocimiento de hechos de violencia doméstica. Según el artículo 4 del decreto reglamentario el plazo máximo para hacer la denuncia es de 72 horas, salvo que a criterio del denunciante resulte conveniente extender dicho plazo. Si bien el Código de Procedimiento en materia Penal (ley 23.984) diceque toda persona víctima de un delito o que tome conocimiento de que se ha cometido un delito, puede efectuar la denuncia al juez, al agente fiscal o a la policía,la ley de Protección contra el maltrato limita la amplitud ante quienes puede hacerse la denuncia Cese del maltrato Desde el punto de vista jurídico la ley 24.417 es una norma de procedimiento siendo materia de los juzgados civiles con competencia en asuntos de familia. El mecanismo que instituye la ley brinda a la víctima la oportunidad para que pueda requerir y obtener el auxilio dela justicia paraqueceseel hecho dañoso. El magistrado que interviene y constata situaciones de peligros no aplica sanciones sino las llamadas "medido1* autelares enumeradas en el artículo 4 y que son: la exclusión del autor de la vivienda donde habita el grupo familiar y prohibición del acceso al domicilio ¿fe' damnificado,así como a los lugares de trabajo o estudio. También puede ordenar el reingreso al domicilio a petición de quien ha debido salirdel mismo por razones de seguridad personal y decretar provisoriamente alimentos, tenencia y derecho de comunicación con los hijos". Pericias El artículo 3 de la ley dispone: "El juez requerirá un diagnóstico de interacción familiar efectuado por peritos de diversas disciplinas para determinar los daños físicos y psíquicos sufridos por la víctima, la situación de peligro y el medio social y ambiental de la familia. Las partes podrán solicitar otros informes técnicos". Comentario: De acuerdo a ese artículo son necesarias las pericias psicológicas, que causen un daño físico o psíquico y al abandono físico y emocional de la persona. • menor abandonado. circunscribiéndolo a los jueces con competencia en asuntos de familia. socioambiental y médica que pondrán en conocimiento del juez la verosimilitud de los hechos denunciados,sus causasy el tratamiento que podría instituirse Feminicidio: Son la forma más extrema de violencia contra las mujeres. Es la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier relación interpersonal, en la comunidad por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión (Declaración sobre el Femicidio 2008) Marco Legal: Ley 26.485 de protección Integral a la Mujer contra toda forma de Violencia allí donde desarrollen susrelaciones interpersonales (Violencia de genero) Ley 26.791 Modificación art. 80 CP; Figura que agrava el homicidio (Feminicidio) Art. 72 del Código Penal (Modificado por Ley 27.455) Se procederá de oficio ante la denuncia de cualquier ciudadano. Ley nacional nº 24.417 y Provincial Nº 11.529/97 Protección contra la violencia Familiar Ejercicio Legal e ilegal de la Medicina El asesoramiento público o privado (Ej. Directores y Sub directores de hospitales, funcionarios públicos) Las pericias que practiquen los profesionales comprendidos en el art 13 (Presentación de informes periciales) Qué necesito para poder ejercer la Medicina: - Titulo otorgado por Universidad Nacional o privada (Habilitada por el Estado Nacional) - Titulo otorgado por Universidad Extranjera (Convalidado o revalidado en Universidad Nacional) - Matrícula Ley Nacional 17.132 Ejercicio de la Medicina, Odontología y actividades colaboración: Sancionada y promulgada el 24/01/1967 Ejercicio de la Medicina: Anunciar, prescribir, indicar o aplicar cualquier procedimiento directo o indirecto de uso en diagnóstico, pronostico y/o tratamiento de las enfermedades de las personas y la
  • 9. recuperación, conservación y preservación de la salud de las mismas,el asesoramiento público o privado y las pericias que practiquen los profesionales autorizados.(No hace referencia a CURAR) El ejercicio de la Medicina sólo se autoriza a médicos (ejercicio regular) previa obtención de la matrícula, conformando entonces el ejercicio legal de la Medicina. Convenios Internaciones Argentina, Uruguay, Paraguay Podrán ejercer Medicina - Titulo otorgado por Universidad Nacional o privada (Habilitada por el Estado Nacional) - Profesionales de prestigio internacional que estuvieran de tránsito por el país, requeridos en consulta por asuntos de su exclusiva especialidad. - Profesionales extranjeros contratados por instituciones públicas o privadas con finalidades de investigación, asesoramiento, docencia y/o para evacuar consultas de dichas instituciones (durante la vigencia desu contrato, no pudiendo ejercer la profesión privadamente) Habilitación profesional - Finalización de estudios - Diploma – Jura - Constancia de finalización – Analítico - Matriculación (Colegio Médico – Ley 3950) -Habilitación de consultorio - Registro de Firma (Se pueden registrar hasta 3 firmas) - Inscripción Caja de Profesionales (Obligatorio) - DGI – AFIP El ejercicio de la medicina sólo se autoriza a médicos (ejercicio regular) previa obtención de la matrícula. – Ejercicio Regular de la provincia de Santa Fe (Cada provincia tiene su propria reglamentación): - Titulo otorgado por Universidad Extranjera (Convalidado o revalidado en Universidad Nacional) MAT RICULACIÓN - Habrá de fijar Domicio legal en el sitio dóndese realizará la actividad. - Presentará diploma otorgado por Universidad - Registro de Firma: en el caso de que se tengan dos firmas diferentes, se deben registrar ambas, si se cambia la firma, también se debe volver a registrar. - Matrícula (En la provinciadeSanta Fe,1ra o 2da circunscripción, en el trámite de obtención de matrícula se realiza en el colegio de médicos, para ejercer medicina en otras provincias se debe averiguar, dónde se tramita pudiendo ser colegio de médicos, ministerio de salud provincial u otra dependencia) Utilidad fundamental: Evitar reconocimiento de documentales en tribunales (Dar la debida Autenticidad) Causales de cancelación de la Matrícula - Enfermedad física o mental que lo inhabilite - Suspensiones por más de un mes del ejercicio profesional aplicadas por 3 veces. -Pedido del interesado o fijar domicilio fuera de la provincia Habilitación Consultorio – Ley 9847 Establece requisitos de habilitación de las instituciones asistenciales privadas sin internación por el Colegio de Médicos (Dimensiones y características edilicias) ColegiosProfesionalesdelArtede Curar:Ley 3950 Finalidad - Establecer un eficaz resguardo de las actividades del arte de curar. - Control superior de la faz moral y material del ejercicio de la medicina, - Propender al mejoramiento profesional en los aspectos científico, cultural, económico. - Fomentar el espíritu de solidaridad y las relaciones amistosas entre colegas - Contribuir al estudio y solución de problemas que afecten el ejercicio profesional y la salud pública. Constituido por una Mesa Directiva (Cada 3 años) Elegida en forma directa, secreta y obligatoria, por los colegiados de cada Departamento (Belgrano, Rosario, Iriondo) en la primera quincena de Abril, puede ser por correspondencia o en la sede del Colegio. Atribuciones y Deberes Velar por cumplimento de esta Ley y toda la disposición de Salud Pública. - Velar que nadie ejerza sin autorización, otorgando la matrícula. - Organizar y mantener el registro profesional, llevar registro de entidades relacionadas con la actividad. - Producir informes sobre antecedentes de conducta de los matriculados - Velar por el decoro profesional y el cumplimiento de la ética (Haciendo sumarios cuando existan denuncias sobre los colegiados) - establecer aranceles profesionales (Mínimo – no nomenclados) - Justipreciar honorarios profesionales a pedido de la justicia - Autorizar especialistas que comprueban haber perfeccionado su técnica y sus conocimientos. Art. 22: Anuncios (propaganda) por cualquier medio o en cualquier forma, serán previamente autorizados por la Mesa Directiva. Tribunales de Ética: Tienen potestad para: Art 24- Medidas Disciplinarias: Por infracción a normas éticas - Apercibimiento privada por escrito - Por escrito y publicación de la resolución - Suspensión hasta 15 dias (1ª), más de un mes (3ª) en toda la Provincia Además, también podrá aplicarse multa dineraria. Art 25: Recursos (Al inscribirse, Cuota anual, se paga bimestral y multas) El Fondo de Solidaridad: Subsidios por nacimiento, casamiento, muerte, créditos Surge de la compra de un monto anual de estampillad obligatorias (en todos los certificados) no obligatorio en instituciones públicas o los de serie. EspecialidadesMédicas Ser profesor Universitario Obtener Título de especialista. (Carrera de post grado, residencia, concurrencia) 4 años de concurrencia (800hrs anuales) en general Cursado y aprobado Recertificaciones Ley 23.873 Establece a nivel nacional:La autorización oficial de la especialidad tendrá una duración de5 años y podrá ser revalidadacada5 años medianteuna acreditación de antecedentes que demuestren continuidad en la especialidad y una entrevista personal o examen complementario, de acuerdo con la reglamentación. Sistema de Rectificación – Colegio Médico Rosário: Art 1: crear el sistema de recertificación de Médicos especialistas. Los criterios que sustentan la aplicación del mencionado sistema son los siguientes: - La institución Recertificadora seráel Colegio de médicos de la provincia de Santa Fe, (Acorde a razones jurídicas – legales según la ley 3950) El régimen será voluntario y optativo para los profesionales. Establecer la condición de recertificado en carácter de antecedentes curricular para aquellos profesionales con una antigüedad mayor de cinco años en la especialidad que cumplimenten las disposiciones de la presente Resolución y Anexos. El antecedente de Recertificación reconocido por el Colegio de Médicos de la provincia de Santa Fe, tiene una validezdecinco años,pudiendo ser renovado por períodos iguales y consecutivos. Rectificación Automática: Profesores, jefes de Servicio Recertificación curricular (1.000 puntos) Acorde a los antecedentes de los últimos 5 años en la
  • 10. especialidad: ejercicio profesional, docente, investigación, cargos o funciones no técnicas. Recertificación por Bateria de preguntas: Un comité de la especialidadeelaboraráuna bateria de preguntas, ejercicios y problemas que se entregará con la bibliografia sugerida. El postulante tendrá un plazo de 90 dias para presentar sus respuestas en sobre cerrado y firmado, deberá tener correcto, un mínimo de 85% de los ítems planteados en la bateria de preguntas, ejercicios y problemas. Caja del Arte Curar (OSPAC) Es de seguridad social Filiación es automático, obligatoria y es de base legal, a partir de la fecha de inscripción de la matricula. La tiene que renovar todos los años. Los valores van cambiando según el tiempo de filiación y la especialidad. Art 2: La caja de curar tiene por objeto asegurar, organizar,implementar y administrar un sistema de seguridad social, siendo sus objetivos primordiales lossistemas de previsión y de obra social. Art 4: La afiliación a la Caja es automática y obligatoria y por tanto, constituye una carga legal para todos los profesionales universitários de disciplinas básicas o auxiliares del Arte de Curar egresados de carreras de enseñanza superior del nivel terciario o universitario con reconocimiento oficial,que ejercen su profesión e forma autónoma relacionada con el Arte de Curar, a partir de la fecha de inscripción en la matrícula en cualquiera de los Colegios Profesionales del Artede Curar que funcionan en la provincia y mientras ella subista. Art. 114: La elección de directores titulares y suplentes por los afiliados activos y por los jubilados, se realiza por el voto directo, secreto, obligatorio y por simple mayoría, cualquiera fuere el número de votantes Art 5: El hecho de estar inscripto en la matricula presume el ejercicio de la profesión. El profesional que no ejerce la profesión en forma autónoma y cuenta con los elementos probatórios deellos,está obligado acomunicarlo a la Caja, pudiendo en tal caso y a su opción: - Requerir la cancelación de su afiliación, la que trae aparejada la pérdida de todo derecho a los beneficiarios contemplados en la presente ley. - Solicitar continuar como afiliado, abonando la cuota diferencial que refiere el artículo 20 La cancelación dela afiliación opera a partirdela fecha de la presentación de la solicitud ante la Caja. En ningún caso se puede cancelar retroactivamente la afiliación por un periodo mayor a 1 año anterior a la presentación de la solicitud. Art 6: La circunstancia de estar también comprendido en otro régimen previsional o de seguridad social de índole nacional, provincial o municipal, de naturaleza estatal, privada, semiprivada, así como el hecho de gozar de cualquier jubilación, prensión o retiro, no exime a los profesionales a losquese refiere el artículo 4 de esta ley,cuando ejerzan en forma autónoma de la obligatoriedad deestar afiliadosy aportar a este sistema, salgo que se desempeñen exclusivamente en relación de dependencia, debidamente comprobada. Obra social pueden no tenerla los primeros cuatro años,luego automática a plan A (de tener otra tramitar) Cancelación de Afiliación: Relación de dependencia – otra actividad Nota- Declaración jurada colegio (formulario 4171) - Certificado facturación en AMR – certificado del servicio o de dependencia. Recibo de sueldo constancia AFIP – renovable todos los años. Circulo Médico (Finalidad Científica) Asociación Médica – Representación acceso y defensa de fuentes de trabajo – Centro de trabajo (AMR gestión) Realiza convenio con la Seguridad Social y financiadoras de Salud – Sindicato Médico Cómo dar la información Te recibis de médico y no sabés cómo comunicarte y comunicar una noticia a un paciente. Dar una noticia es un acto esencialmente humano. El médico no es responsable de la información, pero sí es responsable de la comunicación. 1º: Estar absolutamente seguro de la información que vamos a transmitir. Todo comportamiento insertado en una relación, asume valores de comunicación. Considerar cada gesto – palabra- frase, actitud. - El dialogo será:Sencillo con frases más o menos cortas y claras.Evitando el lenguajetécnico (Usar castellano básico) Informar personalmente y siempre que posible, no utilizar el teléfono. - Tener en cuenta la edad y capacidad de compresión del paciente. - Buscar el espacio físico adecuado siendo conveniente evitar pasillos, habitaciones compartidas. - Informar personalmente y no utilizar el teléfono. - Siempre llegar con la información hasta dónde el pacientequiera y si el pacienteseniega a saber la verdad, no la decimos. Darle el tiempo para que asimile todo lo que está ocurriendo y ayudar al paciente al encontrar por sí mismo la propia verdad de su situación actual o a designar un tercero con quien debemos compartirla. 256Renata Barreto @floreciendotuestudio - Nunca dar opinión sobreuna Rx o análisisdeun amigo, puede ser del paciente y tomar este una resolución acorde a lo que se le informe y es un acto contrario a la correcta praxis médica,no se informan estudios se evalúan pacientes. Asertividad:Que el paciente sienta que sabemos lo que hacemos y que se respeten sus opiniones. No basta con saber qué debemos hacer, si queremos ser asertivos el paciente debe percibirnos como profesionales seguros de nosotros mismos. Incluso en situaciones de incertidumbre debemos transmitir seguridad y que nuestras opiniones estén fundamentadas. Pautas a considerar:Darnos a conocer, Informar adecuadamente respecto de los derechos. Respetar su intimidad y Brindar información completa sobre el diagnóstico, tratamiento y pronóstico de su enfermedad, en lenguaje sencillo y entendible. Darle la posibilidad de participar en las decisiones relacionadas con su tratamiento. Informarlede su derecho a negarse a recibir tratamiento. Formasdeejercicio iIegal Curanderismo (art 208:) Ejercer la medicina sin título ni autorización,o excediendo los límites de la autorización,de manera habitual,aun a título gratuito. Condiciones:La persona no tiene título médico o se excede de la autorización (estudiante de medicina en la PFO). Se realiza periódicamente de manera habitual (si serealiza una únicavezno hay delito.) No importa si la persona lo hace de manera gratuita. Charlatanismo (Delito contra la salud pública) (art208 ) Anunciar o prometer la curación de enfermedades a término fijo (curación decáncer de forma definitiva en 5 meses) o por medios secretos o infalibles (depilación definitiva con láser) A diferencia del curanderismo ,el charlatán tiene título o autorización para el ejercicio de un arte de curar.Se protege la salud publica sancionada a los médicos que no ejercen la profesión de acuerdo a la ley. Cesión de título (Art 208) Una persona con título o autorización para el arte de curar, presta su nombre a otra persona que no tiene título, o autorización para queejerza la medicina.Setrata de dos personas que saben y acuerdan el préstamo y el uso del nombre: una tiene título o autorización (un médico) la otra no (curandero) Es necesario que la persona que sustituye al médico simule su identidad, y atienda a los pacientes como si setratara del otro profesional. Se protege la salud publica combatiendo la sustitución de un profesional médico por otra persona no habilitada para ejercer la medicina.
  • 11. Usurpación de título (247): Toma el titulo de laguién sin autorización. Ejercer actos propios de una profesión, sin tener título o autorización necesaria, Arrogar grados académicos, títulos profesionales o honores que en realidad no tiene. Si bien, por la costumbre mencionamos como (Doctor) a un profesional médico o un abogado, la realidad es que para ser doctor se requiere realizar un doctorado.Lo mismo sucede con los profesores: para ser llamado (Profesor) se requiere haber cursado y aprobado la carrera de profesorado,caso contrario,setratará deuna persona que ejerce la docencia, pero no es profesor. Se protege el buen funcionamiento de la administración pública, defendiendo la facultad estatal de conferir autoridad, titulo u honores públicos. Art. 58 Cod de Etica AMA El equipo de salud tiene el deber de combatir el charlatanismo y el curanderismo, cualquiera sea su forma, recurriendo para ello a todos los medios legales que disponen, siendo oportuno la intervención de las organizaciones científicas, entidades gremiales y la justicia. Asfixiología Cuadro caracterizado por una detención de la función respiratoria. Como resultante de éstas, se genera su déficit tisular de oxígeno cuya máxima expresión se denomina anoxia. Clasificación anoxias: • Anoxia Anóxica: producida como consecuencia de la falta de ingreso de oxígeno a las vías respiratorias; ya sea debido a un bajo tenor del mismo en el aire respirado (rarefacción ambiental); por alteraciones ventilórias (neumopatías, neumotórax), o por impedimentos mecánicos extrínsecos. • Anoxia Anémica: generada por una disminución absoluta o relativa de la hemoglobina; es decir por pérdida, déficit; de producción o por ocupación funcional de la misma (monóxido de carbono). • Anoxia Circulatoria: también llamada de estasis,ya que el déficit de oxígeno en este caso se halla vinculado con un enlentecimiento circulatorio producto decondiciones patológicas (T.E.P., shock) o tóxicas (drogas, picaduras de arácnidos y ofidios, etc.) • Anoxia Histotóxica: o tisular, debida a un bloqueo enzimático celular; ocasionado por sustancias tóxicas (cianuro/ácido cianhídrico, arsénico,) Nitritos (intoxicación genera la formación de metahemoglobina). Debe considerarse que en él estudio de un caso médico legal dado,pueden actuar variosdeestos mecanismos descriptos. Tipos de Asfixias • Asfixias Clínicas: Las que responden a entidades nosológicas definidas, en las que no intervienen sustancias tóxicas o mecanismos violentos.Ejemplo: Evolución de ICC o neumonía por un cuadro de distrés respiratorio. o EAP; • Asfixias Tóxicas: Las producidas por contacto con tóxicos, cualquiera sea el modo en que el organismo se vincule con éstos. Ejemplo: Monóxido de carbono, gas envasado o natural. • Asfixias Mecánicas: impedimento mecánico de la función respiratoria, generalmente de causa violenta. Este ordenamiento se basa en distinguir los diferentes niveles de bloqueo del sistema respiratorio;los medios físicosinvolucradosy las distintas situaciones por las cuáles el aire puede carecer del oxígeno necesario. • Por acción Mecánica Externa: • A nivel cervical: — Estrangulación — A lazo (homicida) — Ahorcadura — Manual (suicida) — Otras • A nivel de los Orificios Respiratorios: Sofocación • Compresión torácica y/o abdominal • A nivel diafragmático: Crucifixión (Se da por agotamiento de los músculos respiratorios y diafragmáticos) o Suspensión reversa • Por ocupación de Vías Respiratorias: — Por medios sólidos: Cuerpos extraños o Sepultamiento — Por medios líquidos: Sumersión — Por medios gaseosos: Gases inertes (helio, neón, argón) Gas natural o envasado • Por Ausencia de Aire Respirable: — Confinamiento Signos Generales: Deben ser valorados en el contexto global de la necropsia;ya que inclusive pueden presentarseen otras causales violentasy aún en muertes naturales. Ellos son: —Cianosis Cérvico Facial y Torácica: coloración rojo azulada.Encuentra su máxima expresión en las compresiones tóracoabdominales y en las ahorcaduras. — Congestión Visceral: Fundamentalmente producida por la vasodilatación que genera la hipoxia y secundariamente por la mayor fluidez sanguínea.Se manifiesta por el aspecto pletórico de las vísceras y porque al cortarlas fluye abundante sangre. —Edema Pulmonar: La microscopía revela la turgencia y fluido. —Hiperfluidez Hemática: Producida por la hipercapnia y un predominio de la actividad fibrinolítico. Se objetiva por la densidad sanguínea, por una acelerada aparición de las livideces y por la escasa presencia de coágulos. Está básicamente en relación con una corta duración del período agónico.(Petequias en pericardio o pleura) —Sufusiones Hemáticas Petequiales: Constituyen pequeñas extravasaciones hemáticas que se encuentran a nivel de las conjuntivas, la piel de la cara y el cuello, la aponeurosis epicraneana y las serosas (meninges, pleuras y pericardio). Ahorcadura Asfixia Mecánica Externa a nivel cervical. Es la muerte violenta producida por un elemento constrictor que rodea el cuello y cuyo extremo se encuentra sujeto a un punto fijo; actuando como fuerza de tracción el propio peso del cuerpo. Patogenia: Pueden existir cuatro mecanismos responsables de la muerte en las ahorcaduras. • Mecanismo Vascular: (+Fr, por hipoxia cerebral – 1º Venosa y después arterial) El lazo genera la compresión extrínseca e interrumpiendo el flujo a dicho nivel. La anoxia cerebral resultante lleva a una rápida pérdida de conciencia imposibilitando la reacción de la víctima. El flujo vascular venoso cervical es detenido con una fuerza extrínseca de tan sólo 2 kg; para interrumpir la circulación carotidea son suficientes 5 kg. La escasa magnitud de esos valores explica que la tracción de sólo un sector corporal pueda resultar idóneo para provocar el deceso. • Mecanismo Respiratorio: El desplazamiento de las estructuras cervicales superiores por efecto del lazo, genera la retropulsión de la base de la lengua, la cual se adosa a los planos posteriores faríngeos obturando el pasaje del aire a la vía aérea. Se necesita para este efecto la compresión de una fuerza de aproximadamente 15 kg. • Mecanismo Reflejo Vasovagal: Desencadenado por impulsos inhibitorios originados en la compresión del seno carotídeo o del neumogástrico; que tienen acción depresora sobre el automatismo cardíaco. (Lazo puede generar paro cardiaco) • Mecanismo Raquídeo: Para que participe este mecanismo, es necesario una suspensión completa, con caída desde cierta altura.De esta forma, la violencia de la tracción genera lesión ósea cervical (fractura-luxación a nivel atloideoaxoideo o C2-C3 según las distintas series);produciéndoselesiones bulbomedulares destructivas.(Pena de muerte, por lesión a nivel vertebro medular) Etiología médico-legal —Completa: El cuerpo se encuentra totalmente suspendido, sin tener ningún punto de contacto con el suelo u objeto alguno. —Incompleta: Alguna zona topográfica toma contacto con algún punto de apoyo del entorno. —Simétrica: El nudo se encuentra sobre la línea media del cuerpo. —Asimétrica: El nudo se encuentra lateralizado, a derecha o izquierda. (+Fr) —Típica: La ubicación del nudo es en la región posterior del cuello (nuca).
  • 12. —Atípica: El nudo puede situarse tanto en posición submentoniana, como en las regiones laterales del cuello. Etiología / Causales —Suicida: Representa holgadamente el mayor porcentaje. (+Fr en Rosario) —Accidental: 2ª +Fr. Puede darse como un hecho desgraciado en el curso de juegos infantiles o más frecuentemente como desenlace no deseado durante la realización de maniobras autoeróticas. —Homicida: Se cuentan algunos pocos casos perpetrados por grupos de personas (linchamiento), o en los que el agredido había sido reducido previamente por otros medios violentos. —Judicial: De escasa relevancia actual, fue utilizada en otras épocas como método de ajusticiamiento. — Eroticomasoquista. Períodosclínicos Si bien las distintasmodalidades etiológicas y los diferentes mecanismos intervinientes pueden hacer que éstos períodos se superpongan o aún falten parcialmente, didácticamente conviene discriminarlos: —Hipóxico: intensas cefaleas, acúfenos, escotomas, parestesias a nivel de los miembros inferiores, etc. Al final de este período se produce la pérdida de la conciencia. —Convulsivo: La hipoxia cerebral creciente, genera convulsiones generalizadas. Es necesario tener presente la existencia de este período; ya que la víctima puede contusionarse contra objetos circundantes en el curso de estos movimientos involuntarios agónicos, pudiendo interpretarse falsamente estas lesiones como producidas por terceros. —Final/Agónico: Fase última de apnea, paro cardíaco y la muerte.Estudio del cadáver: Las premisas fundamentales serán: —Determinar las características y magnitud de las lesiones cervicales. —Establecer la vitalidad de las mismas. —Categorizar otro tipo de lesiones extracervicales como así también correlacionar los hallazgos generales de la autopsia con las observaciones del lugar del hecho. Para ello se procede de acuerdo a la siguiente sistemática: • Examen Externo: Previa toma de vistas fotográficas generales del cadáver y en especial de la región cervical; se estudian todas las lesiones corporales, y en particular las del cuello. En este último la lesión fundamental la constituye el surco de compresión;setrata de una impronta o marca deprimida, longitudinal, que deja el elemento compresivo al ajustarse sobre el cuello. Este hallazgo no es privativo de las ahorcaduras, ya que como veremos más adelante lo encontraremos también en las estrangulaciones a lazo. Sin embargo, el análisis de sus características nos permitirá diferenciarlos. Puede suceder que el surco no se evidencie (hecho excepcional); esto ocurre cuando se interpone algún elemento entre el lazo y el cuello o cuando la distensibilidad del material le permite comprimir en un área extensa. En las ahorcaduras presentará las siguientes elementos distintivos: —Número: Generalmente único. —Ubicación: Habitualmente por encima del cartílago tiroides. —Dirección: Oblicua ascendente hacia la posición del nudo. • Examen Interno: Debe tenerse presente que la objetivación macroscópica de las lesiones internas,del mismo modo que su categorización como vitales, dependen fundamentalmente del hallazgo deáreas con infiltración hemática delos tejidos. En tal sentido, es de buena práctica realizar primeramente la apertura de la cavidad craneal, a fin de eliminar la gran cantidad de sangre acumulada en la extremidad cefálica en estos casos; permitiendo una correcta visualización de las lesiones. El examen cervical podrá mostrar los siguientes hallazgos: —Desgarros musculares, ligamentosos, vasculares y nerviosos. —Áreas hemorrágicas a nivel de dichas estructuras. —Fracturas de las estructuras osteo- cartilaginosas de la vía aérea. —Fracturas y / o luxaciones de la columna cervical superior. El resto del examen interno evidenciará los signos generales correspondientes a las asfixias descriptos oportunamente. • Estudios de laboratorio a fin de determinar la presencia de sustancias tóxicaso psicofármacos. Variedades Lazos Los lazos utilizados en esta forma de muerte son de variados tipos y de diversos materiales; pero todos tienen en común la presencia de un nudo, que puede ser fijo o corredizo. Teniendo en cuenta la posición relativa del nudo respecto del cuello de la víctima, o del cuerpo en relación al entorno, pueden establecerse las siguientes variedades de ahorcadura: —Continuidad: Interrumpido a nivel del nudo. —Profundidad: Más marcado en la zona que corresponde al asa del lazo. —Ancho: Variable en relación al elemento constrictor y a la región topográfica considerada. —Fondo: Generalmente apergaminado. Pueden observarse además la presencia de pequeñas extravasaciones hemáticas, vesículas conteniendo líquido seroso y en algunos casos la reproducción de la trama del lazo utilizado. —Bordes: Ligeramente sobreelevados, de aspecto equimótico-escoriativo. —Adyacencias: Es factible encontrar pequeñas escoriaciones y equimosis como así también una banda violácea por encima del surco que corresponde a la presencia de livideces a dicho nivel. Respecto del resto del examen externo: —El rostro puede presentar un aspecto variable según la variedad de ahorcadura que se trate y consecuentemente del mecanismo patogénico involucrado. Si la ahorcadura ha sido simétrica, el bloqueo de las circulaciones arterial y venosa darán como resultado un rostro pálido. Por el contrario, de tratarse de una variedad asimétrica, al permanecer por cierto tiempo la circulación arterial del lado del nudo y estar bloqueada bilateralmente la de retorno, el aspecto facial será congestivo. —Las livideces se manifiestan a nivel de las porciones dislates de los miembros cuando la suspensión es completa y en las áreas de decúbito en las incompletas. De prolongarse la suspensión durante cierto tiempo, es factible encontrar extravasaciones flemáticas puntiformes en las zonas donde las livideces se revelan con mayor intensidad (púrpura hipostática). —Puede observarse, además, tumescencia peneana y aún escapede líquido seminal debido a congestión pelviana posicional. En algunos casos, y en virtud de la hipoxia agónica puede haber relajación esfinteriana. • Histopotología: Ya que resulta de vital importancia establecer la existencia y vitalidad de las lesiones, consideramos aconsejable extraer "in foto" el block visceral de cuello, realizar el estudio macroscópico en fresco durante la necropsia y posteriormente enviarlo a estudio histológico.(paquete laringotraqueal, con músculos del cuello,cuñas de pulmón y piel del surco de ahorcadura) Igualmente resulta de gran valor la búsqueda de lesiones de enfisema traumático en la histología pulmonar, caracterizadas por focos de extravasación hemática con ruptura de septos alveolares. • Radiología: Constituye un excelente método auxiliarpara el diagnóstico delas fracturasdelas estructuras osteo- cartilaginosas. Para ello debe radiografiarseel block visceral del cuello aislado antes de proceder a su apertura. Estudios recientes han demostrado la inconveniencia de
  • 13. realizar un diagnóstico macroscópico defractura, ya que la considerable flexibilidad de estas estructuras y las marcadas diferencias individuales de osificación (sobre todo en individuos jóvenes), pueden conducir a conclusiones erróneas. Caberesaltar queen un estudio seriado realizado recientemente por el Departamento de Antropología del Instituto Smithsoniano, las frecuencias estadísticas de fracturas encontradas (8% del hiodes; 15% del tiroides y 0,003% del cricoides), han resultado significativamente inferiores a las encontradas en las estrangulaciones. Estrangulación Muerte violenta provocada por un elemento constrictor que rodea al cuello, mediante la aplicación de una fuerza activa. Es la acción de constreñir el cuello mediante un lazo, las manos, brazo y antebrazo o cualquier elemento que cumpla con ese fin. En este caso, se aplica una fuerza de constricción perpendicular al eje del cuerpo y extraña a su peso.(No tiene nada que ver con el peso del cuerpo). Ellos provocan una anoxia anóxica o una muerte por inhibición. Etiología médico-legal: Presenta las mismas modalidades de las ahorcaduras, pero con distintas frecuencias relativas. —Homicida: +Fr. —Accidental: +Fr en niños y ancianos. Generalmente durante juegos o con ropas (bufandas) o en puertas automáticas. —Suicida: Mucho menos frecuente ya que requiere la implementación de un mecanismo que mantenga la compresión luego de la pérdida de conciencia. Patogenia: —Vascular —Respiratorio —Reflejo vasovagal El surco de la ahorcadura es levemente ascendente hacia dondeestá el nudo a diferencia de la estrangulación donde va tener signos de lucha en la mano, lesiones equimóticas, escoriativas o estimas ungueales en el cuello producidas por el elemento constrictor. Diferencia en el color entre la cabeza y el cuerpo. Lugar del hecho: La búsqueda se orientará hacia la presencia de signos de lucha; el estado de las ropas de la víctima (concomitancia de agresión sexual); Dispositivos utilizados para la autoprovococión de la asfixia y testimonios respecto de las eventuales circunstancias accidentales del deceso. Estudio del cadáver: Siguiendo la misma sistemática procederemos al: • Examen Externo: Llama la atención la marcada congestión del rostro, generada por el mecanismo vascular interviniente. Otro elemento a destacar en la modalidad homicida, es la presencia de lesiones de naturaleza básicamente contusiva, generalmente ubicadas en la región cefálica,provocadas por el victimario con el objeto de reducir la resistencia de la víctima o como método combinado de asfixia (sofocación). Asimismo deben explorarse las regiones genitales y paragenitales, a fin de descartar lesiones por ataque sexual, para sustanciar el diagnóstico es necesario examinar las características del surco de compresión: —Número: Con frecuencia múltiple. —Ubicación: Generalmente a la altura o por debajo del cartílago tiroides. —Dirección: Horizontal u oblicuo descendente. —Continuidad: Rodea completamente el cuello. —Profundidad: Uniforme en todo el perímetro cervical. —Ancho: Variable según lazo y región topográfica. —Jurídica: No utilizada en la actualidad. — Erótico- masoquista ocasionando el cierre de la vía aérea. —Reflejo: Puede participar con la mecánica ya descripta. —Fondo: No presenta habitualmente signos de apergaminamiento. —Adyacentes: Diversa variedad de lesiones contusivas (homicidio). • Examen Interno: Caben las mismas consideraciones hechas para la ahorcadura, respecto de la metódica de estudio y de los hallazgos lesiónales. Sin embargo, conviene marcar algunas diferencias: —No seencuentran habitualmentelesiones dela columna cervical como así tampoco desgarros intímales vasculares;ya que para su producción es necesaria una fuerza de tracción que accione longitudinalmente sobre el cuello,situación que no se verifica en este tipo de asfixia. —Los estudios de referencia han demostrado, que dada la altura de la compresión las lesiones osteo-cartilaginosas de la vía aérea ocurren con mayor frecuencia que en las ahorcaduras; destacando las fracturas del tiroides con un 32% de los casos,siguiéndoleen frecuencia el hioides lesionado en un 1 1% y finalmente el cricoides comprometido en un 9%. • Estudios Complementarios: Se realizarán estudios histológicos (paquete laringotraqueal, con músculos del cuello,cuñas de pulmón y piel de surcos de ahorcadura.) radiológicos y toxicológicos; con las técnicas y objetivos ya mencionados. Estudios de laboratorio a fin de determinar la presencia de sustancias tóxicaso psicofármacos. Estrangulación a Manual: Es la muerte violenta provocada por la constricción del cuello, realizada con una o ambas manos, brazo, lazo o antebrazo o cualquier elemento que cumpla con ese fin. En este caso, se aplica una fuerza de constricción perpendicular al eje del cuerpo y extraña a su peso. Ello provoca una anoxia anóxica o una muerte por inhibición. Estudios complementarios: Estudio de laboratorio a fin de determinar la presencia de sustancias tóxicas o psicofármacos. Etiología médico-legal: A priori constituye una modalidad homicida. No obstante debe considerarse la posibilidad de un accidente, sobre todo cuando se produce en el curso de juegos infantiles o la práctica de artes marciales. Lugar del hecho: Deberán investigarse: —Signos de violencia o de lucha. —Evidencias indirectas de agresión sexual. —Recabar datos respecto de la inmediatez del deceso a fin de corroborar hipótesis de muerte refleja. Patogenia: El mecanismo principal involucrado es el respiratorio, por bloqueo de la vía aérea. Secundariamente puede intervenir el compromiso de la circulación cervical. También pueden sobrevenir muertes por mecanismo inhibitoria, desencadenado por la estimulación del seno carotideo. Otras variedades: Es necesario tener en cuenta que la compresión del cuello puede ser realizada utilizando medios distintos a un lazo o las manos. Tal es el caso de las sujeciones llevadas a cabo con el antebrazo, el brazo u objetos rígidos de diversa naturaleza. Los mecanismos involucrados y la sistemáticade estudio son idénticos.Sin embargo,caberesaltar que en los dos primeros casos pueden no evidenciarse lesiones externas y que, en el último de los supuestos, el daño interno es habitualmente significativo. Estudio del cadáver: • Examen Externo: Los hallazgos secorrelacionan con el medio utilizado para la constricción cervical. En tal sentido aparecen improntas equimóticas en las caras anterior y laterales del cuello (en la región posterior en los niños debido al reducido diámetro del segmento) provocadas por la presión de los pulpejos de los dedos del agresor. Asimismo es dable encontrar lesiones escoriativas semilunares (estigmas ungueales) ocasionadaspor la compresión perpendicularde las uñas sobre el plano cutáneo, y /o
  • 14. escoriaciones lineales (regueros ungueales) cuando la uña se desplaza tangencialmente sobre la superficie epidérmica. La ausencia de lesiones sugerirá la posibilidad deun mecanismo inhibitorio. Puede haber lesiones en mucosa bucal por sofocación asociada. El resto del examen podrá presentar diversos tipos de lesiones cuya topografía y significación ya han sido comentadas. • Examen Interno: Las lesiones internas cervicales son similares a las observadas en la forma a lazo, pero habitualmente de mayor magnitud. Así las fracturasdel hioidesy del tiroideshan sido encontradas en un 34% de las víctimas de estrangulación manual, frecuencias éstas superiores a las encontradas en los otros dos tipos de compresiones cervicales.Hay infiltrado hemáticos en músculos del cuello, ruptura de estructuras osteocartilaginosas laríngeas, infiltrados hemáticos retrolaríngeos, congestión multivisceral. • Estudios Complementarios: Se realizarán estudios histológicos (paquete laringotraqueal, con músculos del cuello,cuñas de pulmón y piel de surcos de ahorcadura.) radiológicos y toxicológicos; con las técnicas y objetivos ya mencionados. Estudios de laboratorio a fin de determinar la presencia de sustancias tóxicaso psicofármacos. Sofocación Es la muerte violenta provocada por la oclusión de los orificiosrespiratorios,obstaculizándosela entrada de aire. Obstrucción de nariz y boca: Bolsas de nylon, aspiraciones de poxiram, obstrucción homicida con las manos, posicional en niños, epilépticos, embriagados, amordazamiento. Obstrucción intrínseca de vías respiratorias por cuerpo extraño: niños, ancianos, embriagados, dificultad masticatoria, crisis epiléptica (posible mecanismo inhibitorio) Asfixia por broncoaspiración (volumen y profundidad del contenido gástrico) Compresión Torácica y/o Abdominal: Es la muerte violenta provocada por la compresión extrínseca del tórax y / o el abdomen, que impide la dinámica respiratoria. Etiología médico-legal: Presenta dos modalidades: —Accidental: En aglomeraciones, por puertas automáticas, en derrumbes o explosiones, y en accidentes automovilísticos. —Homicida: Asociada con maniobras de estrangulación o sofocación. Generalmente es accidental. Mascara equimótica de Morestín Etiología médico-legal: Básicamente homicida y accidental: —Homicida: Pueden utilizarse las manos u otros elementos que puedan ocluir los orificios respiratorios o bien introducir materiales dentro de la cavidad bucal a fin de producir la obturación de la misma. — Accidental: Existen varias posibilidades: — Posicional: en ebrios, epilépticos y toxicómanos que al perder la conciencia permanecen en decúbito ventral, apoyando su cara sobre objetos blandos. —Por utilización de bolsas: ya sea como juego en los niños, para estimulación autoerótica o por los adictos inhaladores que vuelcan en ellas las sustancias a utilizar. Patogenia: El mecanismo interviniente (si no se han realizado otras maniobras asociadas), es la anoxia anóxica por falta de oxígeno. Lugar del hecho: Búsqueda de signos de violencia; dispositivos autoeróticos; bolsas o elementos intrabucales;como así también restos de disolventes, toxifármacos o alcohol. Estudio del cadáver: Deben buscarse fundamentalmente lesiones periorificiales (improntas digitales y ungueales). Debe explorarse asimismo la mucosa yugal a fin de detectar lesiones provocadas por la compresión de los dientes sobreésta.Pueden encontrarseen otros sectores lesiones por agresión de variada etiología. A nivel interno se advertirá la signología general de las asfixias. Debe recalcarsela vital importancia dela investigación en el lugar del hecho y de las circunstancias en que se produjo el deceso; ya que en muchas ocasiones los estudios necrópsicos arrojan resultados totalmente negativos. Crucifixión: Han sido descriptos en la literaturaalgunos casos de esta inusual forma de asfixia. Dadas las lesiones transfixiantes a nivel de las muñecas y de los pies, un mecanismo importante en la producción de la muerte debe estar vinculado al desencadenamiento de un estado de shock (hipovolémico y neurogénico), asociado a un mecanismo asfíctico por agotamiento posicional de la musculatura diafragmática e intercostal). Otra interesante e infrecuente modalidad asfíctica es la denominada Suspensión Reversa. Como su nombre lo sugiere,el sujeto permanece suspendido cabeza abajo.Dado queen este caso no existen lesiones traumáticas, la muerte sobreviene como resultado de la asfixia posicional ya comentada agregándose los efectos circulatorios antigravitacionales. Cuerpos Extraños: La oclusión intrínseca de las vías respiratorias provocada por la ocupación de su luz por un cuerpo extraño sólido, constituye otra variante asfíctica frecuente. Etiología médico-legal: Si bien han sido descriptos casos de homicidio y Patogenia: El deceso responde a dos mecanismos: Estudio del Cadáver: Sin duda el hallazgo necrópsíco del cuerpo extraño Patogenia: Fundamentalmente el mecanismo es la anoxia anóxica asociado o no con lesiones traumáticas diversas. Estudio del cadáver:Dos hechos son remarcables en esta variedad: —La intensidad con la que se presentan las manifestaciones asfícticas. El rostro, el cuello y la parte superior del tórax muestran una muy marcada congestión (máscara equimótica), dada la magnitud de la compresión. Asimismo se acentúan las sufusiones hemáticas petequiales en los mismos territorios. —El examen interno arroja una notable signología asfíctica, pudiendo asociarse a fracturas múltiples, desgarros vasculares y viscerales.Renata Barreto @floreciendotuestudio suicidio, la modalidad accidental debe considerarse casi como excluyente. —Sucede habitualmente en niños los cuales se introducen objetos de las más diversasformas y tamaños. —De similar forma ocurre en sujetos alienados. —También se encuentren prótesis dentales o trozos alimenticios voluminosos en sujetos ancianos, ebrios, epilépticos o con trastornos deglutorios. —Respiratorio:Por anoxia anóxica generada por la interrupción al flujo aéreo ocasionada por el cuerpo extraño; asociada o no a un espasmo canalicular. —Refleja: A punto de partida laríngeo, debida a impulsos vagales inhibitorios. en el interior de la vía aérea, habitualmente a nivel laríngeo, constituye el elementos de mayor valor diagnóstico. Si el objeto extraño es de reducidas dimensiones, deben considerarselas hipótesisespasmódicaso reflejas. El examen general demostrará marcada signología asfíctica tanto externa como interna. Sepultamiento: Es la muerte violenta provocada por la ocupación de la vía aérea por un medio sólido pulverulento o constituido por pequeñas partículas. Etiología médico-legal: —Accidental: En derrumbes, catástrofes, explosiones, etc. También sehan observado casos en trabajadores de silos areneros o de acopio de granos, o en explotaciones mineras. —Homicida: Si bien puede excepcionalmente utilizarseesta metódica para provocarlamuerte, debe considerarse la posibilidad que el