2. Firma electrónica
La primera ley en materia de firma digital que fue
aprobada en el mendo es la llamada “utah digital
signature act” publicada en mayo de 1995. Este
estado fue el primero en legislar el uso comercial
de la firma digital, regulando el uso de la
criptografía asimétrica, además esta ley tiene
como finalidad facilitar la realización de
transacciones por medio de mensajes electrónicos
firmados electrónicamente
3. Esta ley otorga a la firma y al documento
electrónico un valor legal equivalente al de la
firma autógrafa y al documento en papel, así
mismo, reviste de validez a todos los actos y
transacciones que se realizan por medios
electrónicos, es decir ninguna ley, reglamento o
norma podrá negarle valor legal por el simple
hecho que su firma esta en forma electrónico
4. En la actualidad Internet es un
sistema de información
transfronterizo en el que se
comercializa a escala mundial, y por
lo tanto, estas comunicaciones y
transacciones comerciales pueden
realizar tanto en el sector público,
privado y en el ámbito nacional e
internacional.
5. Por otra parte, con el auge de la denominada
revolución tecnológica, todavía se refleja una
considerable sensación de inseguridad en las
transacciones electrónicas por partes de las
personas. En definitiva agilizar y facilitar la
expansión del comercio electrónico y por ende de
las transacciones por medios electrónicos sin
garantizar la seguridad no favorece su desarrollo.
6. Finalmente para que haya seguridad jurídica, es
necesario contar con un cuerpo normativo que regule
los medios técnicos (como la firma electrónica)
creados para garantizar y dar seguridad al tráfico
comercial. Además, la seguridad jurídica como uno
de los fines del derecho también es uno de los
objetivos esenciales del derecho informático
7.
8. La criptografía es el elemento
sustancial para que la implementación
de la firma electrónica produzca la
seguridad necesaria para garantizar las
transacciones electrónicas
10. La criptografía
Es la ciencia que estudia los procedimientos que
hacen opacos o ininteligibles los mensajes para
aquellas personas que no conocen las claves
utilizadas. “La criptografía utiliza generalmente
un algoritmo matemático para cifrar datos para
hacerlos ininteligibles para aquellas persona que
no conozca el procedimiento, ni la clave
criptográfica necesaria para descifrar los datos
cifrados”
11.
12. hash
Es una herramienta fundamental en la criptografía, la función
hash, es usada principalmente para resolver el problema de la
integridad de los mensajes, así como la autenticidad de mensajes
y de su origen. Una función hash es también ampliamente usada
para la firma digital, ya que los documentos a firmar son en
general demasiado grandes, la función hash les asocia una
cadena de longitud de 160 bits que los hace más manejable para
el propósito de la firma digital.
13. ¿Para que sirve un hash?
Los algoritmos hash transforman una secuencia de bits en otra
menor, es decir, este algoritmo efectúa un cálculo matemático
sobre los datos que constituyen el documento y da como
resultado un numero único Mensaje cifrado y Clave
Empaquetada cifrado Clave Privada del Receptor Clave
simétrica Clave empaquetada Mensaje Descifrado Sobre Digital
Mensaje Cifrado Clave simétrica 108 denominado MAC
(Messeges Authenticatión Code), la función hash se caracteriza
por su irreversibilidad, es decir, no se puede construir el texto a
firmar dada la función hash y estos se aplican tanto para la
creación, como para la verificación de la Firma Digital
15. firma en términos tradicionales,
“Es aquella expresión del nombre o apellido del
suscriptor o de algunos de los elementos que los integren
o de un signo o símbolo utilizados como medio de
identificación personal”. Los cuales son plasmados en un
documento mediante, el cual, el suscriptor adquiere
todos los derechos y las obligaciones que de el deriven.
La función de las firmas manuscritas es identificar a una
persona y vincular a esa persona con el contenido del
documento.
16. La firma digital se puede definir como
“La transformación de un mensaje utilizando una
función hash, y un criptosistema asimétrico y
simétrico de forma que una persona que tenga el
mensaje inicial y la clave publica del firmante
pueda determinar de forma segura la autenticidad
y la integridad del documento”
17. UNA FIRMA ELECTRÓNICA
Es un conjunto de caracteres que acompaña a un documento o
fichero, acreditado quien es su autor (autenticación) y que no ha
existido ninguna manipulación posterior de los datos (integridad).
Para firmar un documento digital, su autor utiliza su propia clave
secreta (sistema criptográfico asimétrico), a la que solo el tiene
acceso, lo que impide que pueda después negar su autoría (no
revocación o no repudio).
De esta forma el autor queda vinculado al documento de la firma.
La validez de dicha firma podrá ser comprobada por cualquier
persona que disponga de la clave pública del autor.
18. firma electrónica avanzada como
“Aquella firma que esta vinculada al firmante de
manera única, permitiendo su identificación
creada por medios que el firmante mantenga bajo
su exclusivo control, estando vinculada a los datos
a que se refiere de modo que cualquier cambio
ulterior de los mismos sea detectable”.
19. firma electrónica reconocida
Tal como lo establece la ley de firma electrónica
de españa y es aquella “basada en un certificado
reconocido y generada mediante un dispositivo
seguro de creación de firma.
22. 1. Se trata de un conjunto de datos electrónicos,
consignados en forma electrónica.
2. Que proporcione seguridad que el mensaje no ha sido
alterado o modificado durante su viaje por internet, con lo
que se asegura la integridad del mismo.
3. Que por medio de ella se pueda identificar al autor del
mensaje.
23. 4. Que haya sido creada bajo medios que el firmante pueda
tener bajo su exclusivo control.
5. Que haya una vinculación entre la creación de cada firma
electrónica y los datos a los que se refiere.
6. que esta sea creada mediante un dispositivo seguro de
creación de firmas.
7. que este basada en un certificado reconocido.
25. neutralidad tecnológica
El cual tiene su origen en la ley modelo de la comisión de las
naciones unidas sobre comercio electrónico(uncitral), este
principio hace referencia a la aptitud de las nuevas normas
que regulan el comercio electrónico para que abarquen la
tecnología existente en el momento que se formulan, y
también incorporen a las tecnologías futuras, para evitar que
esas disposiciones se sometan en el futuro nuevamente a
modificaciones, y con eso garantizar la vigencia de las normas
26. Principio de compatibilidad
Internacional
Este se refiere a que debe de existir una relación
en todas las legislaciones ya que se trata de una
sola tecnología, y por tanto, no puede ser
regulada de manera diferente sino con muchas
coincidencias sin llegar hacer idénticas
27. Principio de Equivalencia Funcional Art.
2LFE
Con el que se busca que la firma electrónica cumpla las
mismas funciones jurídicas, que cumple la firma
autógrafa, es decir, que se busca que la primera equipare
las funciones de la ultima. Este principio también implica
aplicar a las mensajes de datos electrónicos un principio
de no discriminación respecto a las declaraciones de
voluntad por el hecho que estas son emitidas por medios
tecnológicos