2. Tiene un carácter de título de crédito,
naturalmente dentro de la categoría de los
títulos representativos de mercancías; así, el
Código de Comercio Salvadoreño le atribuye el
carácter de títulovalor, y respecto al poseedor
legítimo, le otorga la propiedad de las
mercaderías que ampara, y le da derecho a
reclamar la entrega de tales mercaderías, previo
pago de los derechos que en el mismo título se
consignan.
3. EL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
SERÁ EXTENDIDO EN
CUADRUPLICADO:
Correspondiendo cada una de las
copias:
1)A la empresa naviera,
2)Al capitán,
3)Al cargador
4)Y al consignatario.
4. Solamente la copia que se
remita al consignatario tiene
calidad jurídica de titulo
valor.
5. REQUISITOS DEL CONOCIMIENTO
DE EMBARQUE.
a) Mención “conocimiento de embarque” inserta en el texto.
b) Nombre y domicilio del transportador;
c) Nombre y domicilio del cargador;
d) Nombre y nacionalidad del buque;
e) Puerto de carga y descarga o hacia donde el buque deba dirigirse a
órdenes.
f) Nombre y domicilio del consignatario o destinatario, si son
nominativos, o de la persona o entidad a quien deba notificarse la
llegada de la mercadería, si los conocimientos son a la orden del
cargador o de un buque intermediario;
6. g) La naturaleza y calidad de la mercadería, número de bultos o
piezas o cantidad o peso, y las marcas principales de identificación;
h) Estado y condición aparente de la carga;
i) Flete convenido y lugar de pago;
j) Número de originales entregados;
k) Lugar, fecha y firma del transportador, agente marítimo o capitán”.
7. CONVENIOS INTERNACIONALES
RELACIONADOS CON EL
CONOCIMIENTO DE EMBARQUE.
1) “Reglas de la Haya (1924): Es el convenio internacional
para la unificación de reglas y normas relacionadas con los
conocimientos de embarque.
2) Reglas de Bisby (1936): Protocolo modificatorio de las
reglas de la haya relacionados a los límites de responsabilidad
en cuanto al conocimiento de embarque.
3) Protocolo de Bisby(1979): Protocolo que viene a enmendar
las reglas de Bisby de 1936 en lo concerniente a los límites de
responsabilidad.
4) Reglas de Hamburgo (1978): Convenio internacional para
el transporte de las mercancías por mar, abarcando tópicos
relacionados con el conocimiento de embarque,
responsabilidad, reclamos y acciones”.