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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO
SUB DIRECCION DE INVESTIGACION Y POSGRADO
COORDINACION GENERAL DE POSGRADO
PLAN DE ACCION SOBRE LA ORIENTACION JURIDICA Y EDUCATIVA
SOBRE EL ACOSO ESCOLAR EN LA UNIDAD EDUCATIVA JOSE
MARIA VARGAS DEL ESTADO VARGAS 2.017-2.018
Proyecto Especial de grado que se presenta ante la Ilustre Universidad
Pedagógica Experimental Libertador, como requisito para optar el Titulo
de Maestría en Gerencia Educativa
Autor
Cárdenas U. Magno A
C.I: V-21.759.012
Tutor:
LA GUAIRA, ABRIL 2.017
2
DEDICATORIA
A Dios Todopoderoso por bendecirme y acompañarme en mi vida, por
escuchar mis plegarias e iluminar mi vida.
A mi Padre Abel Magno Cárdenas Núñez, por su apoyo, consejos,
compresión, amor, la ayuda en los momentos difíciles.
A Dr. Alejandro José Márquez Marín, por su apoyo en mi crecimiento
profesional.
A mis Hijos, que con su afecto me llenan de fortaleza para seguir adelante, los
amo con todo mi corazón.
A mi Esposa por su apoyo, amor y compresión en todas mis metas que me he
trazado.
A mis compañeros de la Promoción Simón Bolívar de la Misión Sucre –
Universidad Bolivariana de Venezuela en el Programa de formación Estudios
Jurídicos Sección II, que una o de otra forma motivaron a seguir adelante en mi
formación profesional.
3
AGRADECIMIENTOS
Primeramente a Dios todo Poderoso, porque sin el esto no es posible, por
darme vida y salud, por bendecir cada uno de mis pasos, por haberme dado la
sabiduría y la fortaleza para que fuese posible alcanzar esta bendición.
A mi Padre por su apoyo incondicional y consejos, compresión durante la
trayectoria de mi metas que me he trazados como persona.
Al Dr., José Alejandro Márquez Marín por apoyo por incentivarme a seguir
estudiando para un mejor futuro.
A los ciudadanos: Jesús Cedré Fragosa, José López Gulfo, Felipe Pérez, Juan
Carlos Camacho, Jicmar Marchan, Ing. Cesar Rincón, Migdalia Andrian, Irwis Parra,
Neysi Parra, Nancy Peña a cada uno de ellos que por su dedicación, paciencia y
orientación me ayudaron a realizar esta investigación, a mis compañeros por
compartir con ellos éstos años de aprendizaje, disgustos, tristezas y alegrías.
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO
SUB DIRECCION DE INVESTIGACION Y POSGRADO
COORDINACION GENERAL DE POSGRADO
Línea de Investigación: “Comportamiento, Desarrollo y Cambios
Organizacionales”
PLAN DE ACCION SOBRE LA ORIENTACION JURIDICA Y EDUCATIVA
SOBRE EL ACOSO ESCOLAR EN LA UNIDAD EDUCATIVA JOSE
MARIA VARGAS DEL ESTADO VARGAS 2.017-2.018
Proyecto Especial de grado que se presenta ante la Ilustre Universidad
Pedagógica Experimental Libertador, como requisito para optar el Titulo
de Maestría en Gerencia Educativa
AUTOR: CARDENAS MAGNO
TUTOR:
FECHA: Mayo; 2019
RESUMEN
El Síndrome de Bullying o Acoso Escolar es un problema social por causa
de conducta y de pérdida de valores que surge desde de la convivencia
familiar, ahora hay alumnos que han sido agredido por alguna persona, ya
sea compañero de escuela, que por el simple hecho de que les ven un
defecto lo han acosado, insultado u humillado, dañando fuertemente la
autoestima, causándole daño sicológico como depresión, temor, inseguridad
, entre otros. Nace la importancia de realizar esta investigación, con el
objetivo de Proponer un Plan de Acción Sobre La Orientación Jurídica y
Educativa sobre el Acoso Escolar en la Unidad Educativa José María Vargas
del Estado Vargas 2017-2018, Basándose en las Teoría Conductista y en la
Teoría Intervención Social, con una filosofía Empírica. Permitió elaborar
estrategias de acción para el abordaje del objeto de estudio bajo una
perspectiva cuantitativa. El tipo de investigación fue descriptivo, transaccional
de campo; con una muestra de 82 alumnos. Las técnicas de recolección de
datos fueron la observación directa, notas de campo y cuestionario tipo
encuesta, para posteriormente tabular e interpretar la información recabada
del análisis de los resultados de dar las conclusiones y recomendaciones de
nombrar mediadores en el entorno social educativa para alternativas,
proponer programas educativos y jurídicos con el fin de disminuir dicho
5
fenómeno social, fortaleciendo los valores, derechos, deberes del
adolescente en el ámbito educacional. Para contribuir una formación integral
social libre de violencia.
Palabras Clave: Acoso Escolar, Alumnos, Causas, Agresiones, Familia,
Profesores.
Correo Electrónico: magnocardenas@gmail.com .
6
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Línea de Investigación: “Comportamiento, Desarrollo y Cambios
Organizacionales”
PLAN DE ACCION SOBRE LA ORIENTACION JURIDICA Y EDUCATIVA
SOBRE EL ACOSO ESCOLAR EN LA UNIDAD EDUCATIVA JOSE
MARIA VARGAS DEL ESTADO VARGAS 2.017-2.018
Proyecto Especial de grado que se presenta ante la Ilustre Universidad
Pedagógica Experimental Libertador, como requisito para optar el Titulo
de Maestría en Gerencia Educativa
AUTOR: CARDENAS MAGNO
TUTOR:
FECHA: Mayo; 2019
SUMMARY
The Bullying Syndrome or School Bullying is a social problem due to conduct
and loss of values that arises from family life, now there are students who
have been assaulted by someone, either schoolmate, that by the simple fact
that they see a defect have harassed, insulted or humiliated, strongly
damaging self-esteem, causing psychological damage such as depression,
fear, insecurity to mental problems. The importance of carrying out this
research is born, with the objective of Propose an Action Plan on Legal and
Educational Guidance on School Bullying in the José Maria Vargas
Educational Unit of Vargas State 2017-2018, Based on Behavioral Theory
and Theory Social Intervention, with an Empirical philosophy. It allowed the
elaboration of action strategies to approach the object of study from a
quantitative perspective. The type of research was descriptive, transactional
field; with a sample of 82 students. The data collection techniques were direct
observation, field notes and questionnaire-type survey, to subsequently
tabulate and interpret the information collected from the analysis of the results
of giving the conclusions and recommendations of naming mediators in the
educational social environment for alternatives, propose educational and
legal programs with the purpose of diminishing said social phenomenon,
7
strengthening the values, rights, duties of the adolescent in the educational
field. To contribute a comprehensive social formation free of violence.
Keywords: Students, Causes, Aggressions, Family, Teachers.
Email: magnocardenas@gmail.com.
INDICES GENERAL
Pag.
Introducción 7
CAPITULO I
EL PROBLEMA
1 El Planteamiento del Problema 15
1.1 Interrogante de la Investigación 15
1.2 Objetivos de la Investigación 15
1.2.1 Objetivo General 15
1.2.2 Objetivo Especifico 15
1.3 Justificación e importancia 16
1.4 Línea de Investigación 16
1.5 Delimitación, Alcances y Limitantes de las Investigación 19
8
1.5.1 Delimitación 19
1.5.2 Alcances 19
1.5.3 Limitantes de la Investigación 20
CAPITULO II
MARCO REFERENCIAL
2.1 Antecedentes de la Investigación
2.1.1 Histórico Internacional
2.1.2 Investigación Previas Relacionadas con el Estudio Realizado
2.2 Contesto Organizacional
2.2.1 Breve Reseña Histórica
2.2.2 Misión, Visión y Valores
2.2.3 Estructura Organizativa
2.3 Bases Teóricas
2.3.1 Concepto de Acoso Escolar
2.3.2 Causas y Consecuencias del Acoso Escolar
2.3.2.1 Causas del Agresor
9
INTRODUCCIÓN
10
En este trabajo se pretende explorar hasta qué punto resulta factible
llevar a cabo la inducción jurídica y educativa sobre el Acoso Escolar o
también denominado Síndrome de Bullying, como fenómeno social que ha
ido creciendo de una manera acelerada, afectando la integridad y dignidad
del individuo, trayendo como consecuencia problemas sociales para el
desarrollo integral del niño y/o adolescente. Ahora bien en este capítulo se
plantea discutir en forma analítica las consecuencias que origina en el
individuo desde la pérdida de autoestima hasta la depresión, causando
delitos, faltas u omisiones en la conducta hacia tercera persona calificada
como víctima.
Cabe a destacar por otra parte, al proceder a realizar diagnósticos al
público estudiantil y profesionales como Sicólogos, Médicos, Funcionarios
públicos y Militares, con el fin de conocer su opinión sobre el tema, en la
presente investigación se buscara de implementar los objetivos y
metodología que se utilizara como instrumento para analizar la problemática,
posibles resultados y conclusiones. Por otra parte, es necesario analizar
teóricamente la conceptualización, característica, causas y consecuencia
sobre el tema a investigar, basándose en documentos educativos y jurídicos.
El objetivo social es Proponer un Plan de acción sobre la orientación
Jurídica y educativa sobre el acoso escolar también llamado el síndrome de
Bullying, en la Unidad Educativa José María Vargas del Estado Vargas.
A través de talleres y proponer un plan de acción, sobre el acoso
escolar que regule el maltrato que genera, con el fin de proteger los derechos
del niño y adolescentes de la masa estudiantil y a la instalación de un comité
de convivencia escolar. Es importante evaluar la conducta desde el punto de
vista ocular, las emociones del individuo con fin de promover normas que
permitan la protección del niño y del adolescente con la finalidad de corregir
sus actitudes y pueda obtener un desarrollo integral ante la sociedad. La
presente investigación estará estructurada en capítulos.
11
En el capítulo I, se presenta el Planteamiento del Problema,
Interrogantes del Problema, Objetivos de la Investigación, se formulan los
objetivos tomando como base el hecho a investigar y preguntas de
investigación, Justificación e Importancia, Línea de Investigación,
Delimitación, Alcance y Limitantes de la Investigación.
En el Capítulo II, hace referencia al Marco Referencial, Antecedentes
de la Investigación Históricos, Investigación Previas Relacionándolas con el
Estudio a Realizar. Contexto Organizacional: comprendido en Breve Reseña
Histórica, Misión, Visión y Valores, Estructura Organizativa. Bases Teóricas:
Filosóficas, Jurídicas, Conceptuales
En el Capítulo III se hace referencia al Marco Metodológico, Tipo de
estudio y diseño de investigación, Profundidad de la Investigación, Definición
de la Población y Muestra, Diseños de los instrumentos de Recolección de
Datos, Validez y Confiabilidad de los Instrumentos y Métodos estadísticos
para el tratamiento de la información procesada.
En el Capítulo IV se hace referencia al Análisis e Interpretación de los
resultados; Aplicación de instrumentos de recolección de la información, se
procedió a realizar el tratamiento correspondiente para el análisis de los
mismos por cuanto la información que arrojara será la que indique las
conclusiones a las cuales llega la investigación.
Presenta el análisis e interpretación de los resultados obtenidos a
través de la aplicación del cuestionario a los estudiantes que resultaron ser la
muestra, los gráficos y tablas en el orden de las variables utilizadas,
conclusiones y recomendación.
En el Capítulo V. Expone la Propuesta de Intervención Social, Objetivo
General y Objetivos Específicos, Estrategia Metodológica y Actividades
educativas y jurídicas en aspecto de orientación. Para concluir la
12
investigación se presentan los anexos e índice de referencia bibliográfica que
apoyaron el estudio realizado así como el modelo de encuesta y las
solicitudes realizadas a los expertos que las validaron.
13
CAPITULO I
EL PROBLEMA
La Presente investigación a tratar en el Estado Vargas, es el tema
relacionado con el acoso escolar conocido por muchos como bullying, ha
llamado la atención, tanto del propio gobierno regional, como de padres y
representantes, por la cantidad de niños, niñas y adolescente en las
diferentes unidades educativas del estado, que vienen padeciendo de
discriminación o violencia en su espacio de formación.
Cuando un estudiante está siendo intimado por otro estudiante o
grupos de estudiantes: dice cosas mezquinas o desagradables, se ríe de él o
le llama por nombres molestos o hirientes. Le ignora completamente, lo
excluye de su grupo de amigos o le retira de actividades a propósito, Golpea,
patea, empujan o le amenaza, esta definición más aceptada por Olweus
(1999); se cita en la Referencia Bibliográfica (En el Capítulo I, en la pag. 33,
Garaigordobil, M y Oñederra) (2010)
El Bullying por su parte, una palabra de origen inglés, es aquella que
tiene como significado la intimidación. Entonces, el bullying o acoso es
definido como la injusticia o abuso de poder que sufren los escolares en las
aulas.
Los Niños o jóvenes que sufren acoso escolar por parte de otros
estudiantes o son testigos de situaciones de violencia de forma reiterada,
tiene un menor rendimiento académico a corto y a largo plazo.
A hora bien para el Abogado Camacho J. (Entrevista efectuada
03/03/2017), considera que el Bullying ocurre cuando un individuo más fuerte
y poderoso daña o amenaza con hacerlo a alguien más pequeño o débil de
forma deliberada una y otra vez.
14
Estas agresiones pueden manifestarse en infinita forma como: golpes,
empujones, agresiones verbales y/o físicas, exclusiones intencional de un
grupo, gestos de amenazas, insultos, esparcir rumores, entre otros, el
Abogado Camacho, expreso, que este fenómeno social es causado por una
asimetría de poder y dominio, donde un individuo utiliza su poder (fuerza u
otra condición) para intimidar u hostigar a otra.
“Cedre J. (Entrevista efectuada en 03/03/2017), Sicólogo Clínico,
egresado de la Universidad Central de Venezuela, debidamente registrado
bajo el número de F.P.V. 4709, en una entrevista que se le realizo en su
consultorio, da su punto de vista que es una situación muy compleja que
debe ser abordado por especialistas, tales como: Sociólogos, Sicólogos
Sociales, Sicólogos Escolares, Médicos Psiquiatras y Pediatras, entre otros,
es muy difícil su abordaje, ya que cada caso es muy diferente, debe ser
evaluado tanto el niño calificado como víctima, como el niño o los niños
calificado como agresores e igualmente la familia de ambos.
Mayormente las maestras, directoras, o personal de educación que se
encuentran con estos casos, no cuentan con las herramientas necesarias
para el abordaje, por esto se recomienda remitirlos al organismo pertinente
que cuente con la asistencia de personal especializado, como las
instituciones nacionales o gubernamentales, como la LOPNA, Defensoría, u
otros organismo del Estado que cuente con asistencia de profesiones en la
materia.
Para el Dr. López J. (Entrevista efectuada en 13/04/2017), Médico
Internista, da su opinión donde explica que el acoso escolar es un problema
de conducta, que viene causado por falta de comunicación y relación entre
los padres e hijos. En un hogar donde hay violencia familiar el niño o
adolescente copia la conducta inapropiada y luego la refleja en otros
causándole daños morales y sicológicos, como temor, inseguridad entre
otros. Por lo cual expone, que hay otros elementos que inciden en este
15
problema social en la formación del individuo, que son los juegos en internet
y programas de televisión, que causan en el ser, conductas inadecuadas y es
necesario la orientación de sus representantes, tales como padres, abuelos,
tíos, tutores entre otros.
Para Pérez F. (Entrevista efectuada en fecha 29/04/2017) Abogado de
la Notaria Publica Segunda del Estado Vargas da su opinión, regular sobre
este hecho social, que causa daños morales y perdidas de valores en el niño
y adolescente, situación que debería ser denunciada a las autoridades
competentes, hace saber que Bullying, no solamente se ve en alumnos con
alumnos, sino también, profesores con alumnos, un conflicto que hay que
controlarlo a través de una evaluación directa del alumno y del profesor
mediante de programas de formación jurídica y educativa.
A hora bien, en términos críticos, una persona que sea acosada bajo
este síndrome es darle paso a ser un individuo inseguro y guiarlo a un
camino del fracaso y a sentirse excluido de la sociedad. La sociedad se
enfoca en el individuo y el individuo en la sociedad.
La sociedad forma y hace crecer su desarrollo intelectual y económico
del individuo y este a su vez crea nueva sociedades de nuevo talentos, en
todo su aspecto espiritual, educativo, personal y económico al ser englobado
este aspecto podemos hablar de crecimiento científico en lo que se quiera
investigar, para alcanzar este logro es importante proteger a la nueva
siembra de la futura generación, como enseñando en la unidades educativas
programas de enseñanza que permita contrarrestar este hecho o fenómeno
que afecta al estímulo del niño o adolescente considerado como alumno.
En un reportaje I y II, hecho por la periodista Eleanita Quintero hace
referencia que uno (1) de cada tres (3) niños, sobre este mal de violencia de
agresión física y sicológica que conlleva a la perdida de una vida humana,
este fenómeno no solamente ataca a la integridad personal del sujeto sino
16
también produce efecto de temor, trastornos y bajo nivel de aprendizaje. Se
cita en la Referencia Pagina Web (www.youtube.com)
El Bullying es un problema social por causa de conducta y de pérdida
de valores que surge desde de la convivencia familiar, ahora hay alumnos
que han sido agredido por alguna persona, ya sea compañero de escuela,
que por el simple hecho de que les ven un defecto lo han acosado, insultado
u humillado, dañando fuertemente la autoestima, causándole daño sicológico
como depresión, temor, inseguridad hasta problemas mentales; entre otros.
Por dicha razón, me he dado a la tarea de investigar más, acerca de
este problema que día a día, a generado mucho interés, inquietud y auge, la
manera de cómo voy a realizar la investigación basándome en encuestas,
entrevistas que he aplicado ante algunos alumnos de 1er año y de 5to año
por medio de comunicación masiva, tales como internet, libros entrevistas a
autoridades civiles y militares, profesionales de libre ejercicios como
maestro, profesores, médico cirujano y público general ya que me concierne
el por qué sucede este hecho, como se presenta y cuáles son las
consecuencia de este fenómeno social, así mismo dar soluciones de normas
preventivas y apoyo a los jóvenes y niños que son los más vulnerables.
Este fenómeno social que se acredita en la sociedad puede dar a
crear individuos a cometer acciones que van en contra de la ley y de la
buena costumbre, por no ser tratados tiempo por sus representantes y por
las instrucciones respectiva para esclarecer el hecho y tomar medidas
correctivas.
Este fenómeno se ha incrementado de una manera acelerada a
medida que ha ido evolucionando la sociedad con la tecnología, surge una
nueva forma de Bullying conocida como Ciberbullyin; Consiste en uso de la
nueva tecnologías de la información y la comunicación, como internet y
teléfono móvil, como consecuencia, es una forma de acoso indirecto y
17
anónimo. Happy Slapping: que se refiere a las grabaciones físicas brutales o
vejaciones que son difundidas, a través del teléfono móvil o internet, también
se observa el acoso entre parejas de adolescente, donde prevalece el
chantaje emocional.
Cabe destacar, que esto es considerado como la antesala de la
violencia de genero conocido como Dating Violence, y esto conlleva a una
situación inescrupulosas que afecta el niño o adolescentes, al enfrentar una
realidad discriminatoria y por falta de conocimientos a vulnerar los derechos
de otros, se cita en la referencia bibliográfica en este autor Oñederra (2008)
Seguidamente Para el Ciudadano J Marchan (Entrevista efectuada el
día 16 de mayo de 2.017), Profesión Marino Mercante, Designado con el
Cargo de Oficial de Entrenamiento da su opinión es un problema social que
se origina por falta de atención de la familia y por falta de comunicación con
los padres incluso explica que en su institución donde egreso se presenta
este problema social.
Expone que esta situación también se ve cuando él o ellos están
abordo incluso siempre intimidan al sexo femenino, y por miedo no
denuncian por no perder su trabajo. No obstante el alega que crearon un
comité de protección hacia la mujer con el fin de erradicar este problema,
El acoso es un problema que puede surgir de otros miembros, de
otros grupos de pertenencia a lo largo de nuestra vida. A menudo empieza
en el colegio, continúa en la universidad, en la vida laboral incluyendo la
relación amorosa y la vida familiar. Este párrafo se cita en la siguiente
Referencia Bibliografía A. Schwarz S. Pag. 11( WWW.ellibrodelbullyin.com).
Cesar Rincón, de Profesión Ingeniero en Sistema Alcaida
Metropolitana de Caracas, (Entrevista efectuada el día 16 de mayo de
2.017), expresa que este fenómeno debe ser tipificado en nuestro Código
18
Penal Venezolano como delito o falta. Ya que esto origina bajo nivel de
aprendizaje y auto estima.
1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
A hora bien, en base a lo planteado anteriormente causas las
siguientes interrogantes: ¿Proponer un Plan de Acción sobre la Orientación
Jurídicamente y Educativa sobre el Síndrome de Bullíng o Acoso Escolar en
la población estudiantil de la Unidad Educativa José María Vargas,
comunidad educativa del Estado Vargas?,
1.1. Interrogante De La Investigación
¿Cómo actúa el órgano rector frente a una situación de acoso escolar
ante el victimario, agresor y testigos y ante la Unidad Educativa José María
Vargas?
1.2. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION
Con la presente investigación se pretende formar preventivamente al
adolescente sobre este hecho que acontece en la vida social y proponer
normas de convivencia que contribuyan a fortalecer los valores y derechos
sin discriminación alguna.
1.2.1 Objetivo General:
Proponer un Plan De Acción Sobre La Orientación Jurídica y Educativa
Sobre El Acoso Escolar o Síndrome De Bullying En la Unidad Educativa José
María Vargas Del Estado Vargas.
1.2.2 Objetivos Específicos:
1. Determinar las causas y consecuencias de la violencia escolar en la
comunidad estudiantil
19
2. Sugerir Talleres educativos – jurídico sobre cómo prevenir el Acoso
Escolar o Síndrome de Bullying en las unidades educativa
3. Enumerar las normas de prevención que aplica unidad educativa ante
dicha situación de acoso escolar.
4. Elaborar Estrategias por la unidad educativa para prevenir el acoso
escolar
5. Indicar que normas preventivas exponen las autoridades civiles ante
este hecho social.
1.3. JUSTIFICACION E IMPORTANCIA
El propósito de esta investigación, es Proponer un Plan de Acción
sobre la Orientación Jurídica y Educativa sobre el Acoso Escolar o Síndrome
de Bullying en la comunidad educativa y proponer un Comité donde se
establezcan las normas de convivencia y sanciones a la unidad educativa,
victima, agresor y espectador, con el fin de erradicar este hecho social que
afecta al desarrollo integral, del niño o adolescente. .
1.4. LINEA DE INVESTIGACION
Se hace referencia en la presente Línea de Investigación el
“Comportamiento, Desarrollo y Cambios Organizacionales” que contribuya
a una transformación direccional y personal, evaluando a los educadores
para implementar programas de inducción sobre los valores a nivel familiar
y educativo.
Haciendo referencia: A una relación Jurídica – Educativa, por las
siguientes razones, Revisar que normas aplican las unidades educativa para
erradicar este fenómeno social, sería interesante actualizar las normas
tomando en cuenta el ordenamiento jurídico vigente al ser ingresado el
alumno a la unidad educativa.
20
Diseñar temas sobre este hecho y ser dictados por los educadores
con el fin de fórmalos e incentivarlo al respeto a ser más disciplinado, la
gerencia educativa aplicaría un plan de acción como charlas, foros, talleres,
clases especiales y trabajos dentro del área con medidas de saneamiento
espiritual y educativo.
Incluir este hecho en los pensum de estudios para ser estudiados a
fondo y se pueda en forma participativa y protagonista de los afectados,
conseguir una forma de proponer y redactar un proyecto de ley especial que
regule este fenómeno desde el punto de vista social enfocado a las
necesidades de la unidad educativa, que inicie desde la disciplina al trabajo,
manual del alumno que sea exportador de ideas para mejorar su institución,
colegios y escuelas.
Seguidamente formar asambleas de padres representantes,
profesores y abogados para discutir, aprobar e insertar normas que permitan
regular este fenómeno social en las aulas de clases y en las instalaciones de
la unidad educativa interna como externa y proponerlas al gobierno estadal
para la formulación de una ordenanza que pueda controlar los incidentes que
se causen.
En la Unidad educativa José María Vargas, se le hace la propuesta de
anexar una nueva Coordinación; que sería la Coordinación de Convivencia
conformada por un Representante de la LOPNNA, un(1) Vocero de la
Coordinación o Comunidad Estudiantil y Un (01) Vocero de la comunidad de
padres representante, con el fin de evaluar la conducta del individuo cuando
se presente violencia en ellos, que permitan minimizar el acoso escolar que
conlleva a la violencia estudiantil y mucha veces familiares, el objetivo
principal de esta coordinación es erradicar este fenómeno social que asecha
a los alumnos, que le impide el mayor grado de nivel de aprendizaje entre
ellos, aplicando las normas positivistas del ordenamiento jurídico en todas las
fases del conflicto.
21
Esta Coordinación tendrá un enfoque, al examinar y corregir las
situaciones que se presenten, notificando a los organismos competentes de
las situaciones anormales producidas ocasionalmente o temporalmente, que
origino abusos de poder entre los alumnos que causan agresiones, lesiones
y delitos de mayor magnitud. Registrar en actas los casos que generen
violencia y de las posibles soluciones para restituir el daño causado,
respetando sus derechos constitucionales.
En esta Coordinación de Convivencia, se encuentre constituido
formalmente el Comité de Convivencia Escolar y Disciplinario, cuya tarea
principal es el desarrollo integral y espiritual. Con este se propone una
modificación en su estructura direccional de la Unidad Educativa José María
Vargas.
Instalar de un departamento jurídico en todas las unidades educativas
que sirva de orientador sobre tal fenómeno social y al mismo tiempo que
sirva para diagnosticar y procesar antes las instituciones del estado con el fin
de erradicar dicha situación.
22
1.5. DELIMITACION, ALCANCES Y LIMITANTES DE LA
INVESTIGACION
1.5.1 Delimitación
Con esta investigación se pretende Proponer un Plan de Acción de
Orientación Jurídico - Educativo de acuerdo al Ordenamiento Jurídico vigente
sobre el Acoso Escolar o Síndrome de Bullíng en la Comunidad Educativa
del Estado Vargas, dentro de la localidad del Municipio Vargas de la
Parroquia Carlos Soublette, Avenida Principal Soublette Unidad Educativa
José María Vargas, entre el mes de abril y diciembre del año 2.018, se
realizara entrevista abiertas a los alumnos del 1er año al 5to año para
determinar el acoso escolar o hostigamiento que se observe o que se
encuentre como hecho social que causan diferente tipos de delitos, faltas.
1.5.2 Alcances
Esto va dirigido, a los sujetos (niños o adolescente), calificado como
alumnos que serán observados, encuestados o entrevistados para analizar el
conflicto en forma jurídica y educativa tal situación que permita bajar el
índice de violencia.
La población estará comprendida del numero total de estudiantes de
1er año a 5to año de bachillerato; equivalente a 414 alumnos, como se toma
una porción para su estudio comprendido en dos secciones, en base a ella
se determinan los tipos de casos de abuso escolar que servirán para diseñar
estrategias, orientación jurídica y educativa para erradicar este fenómeno,
imponiendo foros, charlas, talleres en las unidades educativas, con el fin de
educar a la población sobre lo que genera este mal como, daños morales
hasta llegar al homicidio y proponer un plan de acción para orientar al
agresor, espectador, unidad educativa con clases especiales y trabajos
comunitarios.
23
A dicha situación de maltrato y de agresiones de un estudiante a otro
que se presenta en un entorno social debe haber una razón o factor que
influya en dicha procedencia de cambio de actitudes en el ser, con qué
intención aplica el agresor este fenómeno ¿para qué? y ¿cómo? Se podría
llegar a un resultado, para obtener un algo de valor tangible o para llamar la
atención o simplemente ocasionar daños físicos o sicológicos, este párrafo lo
relacionaría con la teoría contextual o ecológica, una teoría que enfoca sobre
el estudio de la conducta agresiva, que es el resultado de la interacción
compleja entre las características del niño adolescente y otros factores que
surgen de los distintos contexto y de los valores imperantes en los que vive.
Tomando esta teoría como referencia se pretende fortalecer los
valores utilizando el ordenamiento jurídico a través de charlas, foros y talleres
que dicten medidas de mejorar la actitud de los alumnos víctimas de este
síndrome.
1.5.3. Limitantes de la Investigación
Un limitante de esta investigación seria el sufrimiento de toda familia;
Escuchar el relato que hacen sus hijos de los insultos, los comentarios que
desvalorizan, las humillaciones que padecen, conlleva a una tensión psíquica
permanente en los padres, vivir en el clima del acoso necesita una fuerza de
voluntad, atención y comprensión.
El no notificar a los padres sobre el comportamiento del niño y
adolescente agresivo o disciplinado de los alumnos por parte de los
profesores hacia los representantes y esto a su vez, porque no hacer las
denuncias respectivas a las autoridades respectivas.
La no actuación de las autoridades competentes ante tal situación,
que no le dan tal importancia, ya que es un hecho de agresión o de abuso
hacia otra persona donde es vulnerado sus derechos y necesita ser
protegido ante la sociedad.
24
Al no responder a las entrevistas o encuestas para determinar los
motivos de este fenómenos en la unidad educativa José María Vargas por
parte de los alumnos.
25
CAPITULO II
MARCO REFERENCIAL
2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN.
2.1.1. Histórico
Internacional
El fenómeno del Bullying ha sido ampliamente investigado y analizado
en las dos últimas décadas, principalmente desde la psicología y la
sociología educativa. Desde la perspectiva psicológica, la atención se ha
focalizado en las prácticas y comportamientos vinculados e implicados en el
fenómeno del acoso entre iguales, en especial en las conductas agresivas y
violentas y la problemática de victimización en sus diferentes expresiones y
consecuencias psicológicas y sociales para los afectados (Hawker y Boulton,
2000; Espelage, Holt y Henkel, 2003; Rigby, 2003; Perren y Alsaker, 2006).
Desde la mirada sociológica, se ha profundizado en la identificación de
factores sociales ligados al bullying (pobreza, exclusión social, delincuencia
juvenil, consumo de alcohol y drogas, cultura juvenil) con el propósito de
reconocer y prevenir su incidencia y disminuir las conductas de riesgo
(Martínez-Otero, 2005; Blaya y otros, 2006; Barker y otros, 2008).
Así, sabemos que la violencia y el maltrato entre pares no son un
hecho nuevo ni aislado o propio de ciertas escuelas o países (Abramovay y
Rua, 2005; Berger, Rodkin y Karimpour, 2008; Plan International, 2008).
Constituyen un fenómeno transversal y frecuente que afecta a un importante
porcentaje de estudiantes en tanto víctimas (en mayor medida), victimarios o
agresores, o en tanto observadores o espectadores del bullying entre sus
compañeros, y que ha sido constatado mediante diversas investigaciones en
las distintas regiones y países del mundo (Olweus 1978, 1993; Schäfer y
26
otros, 2005; Ortega, 2005; Blaya y otros, 2006; Smith, Kanetsuna y Koo,
2007).
Entre las formas de maltrato más comunes y frecuentes, la evidencia
identifica distintos tipos de insultos, apodos y sobrenombres; golpes,
agresiones directas, robos; amenazas, rumores y la exclusión o el
aislamiento social (Whitney y Smith, 1993; Owens, Daly y Slee, 2005).
Últimamente ha aumentado de manera importante el llamado bullying
cibernético mediante el cual se maltrata y denigra al estudiante de distintas
formas a través de teléfonos celulares, páginas web, blogs, redes sociales
(facebook, hi5, twitter), YouTube u otros medios compartidos y utilizados por
los escolares en internet (Skrzypiec, 2008).
El género y la edad inciden en la expresión y magnitud que alcanza el
acoso entre compañeros. Así, los estudiantes varones se ven envueltos
mayormente en situaciones de maltrato físico (golpes), mientras que las
mujeres ocupan preferentemente el maltrato social o psicológico (Skrzypiec,
2008). Este fenómeno disminuye a medida que aumenta el nivel de
escolaridad (Pellegrini y Long, 2002; Dake, Price y Telljohann, 2003; Smith,
2003).
Entre los primeros estudios en que se dio cuenta de la magnitud del
fenómeno en Europa se encuentra el de Whitney y Smith (1993), donde se
mostraba una tasa de victimización del 10% para Inglaterra, en tanto que un
6% de los estudiantes se reconocieron como agresores. Diez años después
y de acuerdo con Dake, Price y Telljohann (2003), las cifras de prevalencia
del bullying en escuelas primarias europeas van desde un 11% (Finlandia) a
un 49% (Irlanda), mientras que en los Estados Unidos el porcentaje se
acerca al 20%. En España, uno de cada cuatro alumnos es víctima de la
27
violencia escolar, siendo siete veces más alta en primaria que en bachillerato
y el principal tipo de violencia es la psicológica (Voors, 2005).
En Australia, un 17,4% de los estudiantes de 7 a 9 años declaran ser
víctimas de bullying severo, mientras que el 31% reconocen haber sufrido
bullying o abuso de tipo medio (Skrzypiec, 2008). En las recientes cifras
entregadas por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos
(ocde, 2009) respecto de los países que la componen se constata en
promedio un 26% de estudiantes víctimas de bulliyng en educación primaria,
un 20% en la secundaria inferior y un 10% en la secundaria superior.
En los estudios realizados en América Latina se aprecian también
diferencias entre países y respecto del nivel de enseñanza. Así, por ejemplo,
un 11% de los estudiantes mexicanos de primaria han robado o amenazado
a algún compañero, mientras que en secundaria ese porcentaje alcanza a
poco más de un 7% (Aguilera, Muñoz y Orozco, 2007). En escuelas privadas
y públicas del Brasil el porcentaje de estudiantes de primaria que reconocen
ser reiteradamente amenazados va del 21% al 40%, dependiendo del estado
en cuestión (Abramovay y Rua, 2005).
Con respecto al Perú, los datos señalan una tasa de bullying del 47%
(Oliveros y otros, 2008), mientras que en Chile un 11% de los estudiantes
declaran haber sufrido bullying, ya sean amenazas permanentes,
discriminación o ambas de parte de sus compañeros (Encuesta nacional de
violencia escolar, 2007). Las principales agresiones reconocidas
corresponden a violencia psicológica (22,2%); física (17,7%); discriminación
o rechazo (13,5%); amenaza u hostigamiento permanente (11,1%); atentado
contra la propiedad (9,6%); con armas (4,3%), y sexual (3%).
28
En la Argentina, casi un tercio de los estudiantes de secundaria
reconocen haber sufrido la rotura de útiles u otros objetos llevados a la
escuela (32%). La violencia verbal (gritos, burlas e insultos) alcanza
porcentajes entre un 12% y un 14%, dependiendo del grado. El 10% de los
alumnos dicen haber sufrido amenazas por parte de un compañero, mientras
que un 8% han sido víctimas de violencia social (exclusión). Por último, algo
más de un 7% de ellos señalan haber sido golpeados por sus pares y un
4,5% declaran haber sido víctimas de robo por fuerza o amenazas (García,
2010). Cita en la página web on line (http://gmiradasmultiples.blogspot.com).
2.1.2. Investigaciones Previas Relacionándolas con el estudio a Realizar
Un gran aporte es la que hace los teístas Augustas, Rebecca y
Cabreara, Daniela (2014), Documental: El Bullying no es un juego de niños,
Tesis y Trabajo no publicada, Universidad Católica Andrés Bello, Facultad de
Humanidades y Educación, Escuela de Comunicación Social, Caracas hace
referencias sobre los testimonio de la victimas afectadas por el acoso
escolar.
El Diario El Universal Rodríguez Alfredo (Domingo 14 de octubre de
2.013), Caracas ¿Quién responde al ocurrir hechos de violencia o acoso
entre adolescente en la escuela?, En una publicación establece quien
responde al ocurrir hechos de violencia o acoso entre adolescentes en la
escuela? Para algunos la responsabilidad recae sobre la institución educativa
donde suceden los eventos. Otro sector señala a los padres del menor
abusador, por cuanto son ellos quienes ejercen el gobierno de sus hijos. Por
último, pocos sostienen que es el propio agente causante de los daños (el
menor hostigador) quien debe ser castigado por sus actos.
¿Qué prevé la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes (Lopnna)? Esta ley no regula ninguno de los tipos de bullying
en forma expresa, Sin embargo, consagra que los niños, niñas y
adolescentes son sujetos de derecho con deberes y responsabilidades, en
29
consecuencias, pueden ser enjuiciados en los tribunales penales y resultar
condenados se cita en la página web on line (www.eluniversal.com)
Ahora bien, otra investigación es la que realizo la Licenciada Jadíes
Coromoto Bogarin Pereira (2014), Documental: Factores Sociales
Relacionados con la Violencia Estudiantil, Trabajo de Grado, Universidad del
Zulia Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, División de Estudios para
Graduados, Programas: Intervención Social, Nivel: Maestría, hace referencia
que la violencia estudiantil considerada como los actos cometidos dentro de
los ambientes escolares que perjudican el normal flujo de las actividades
diarias, determina que es una situación que causa daños a las personas,
familias e instituciones públicas y privadas donde se presenta y se origina de
los grupos familiares disfuncionales principalmente con ausencia de la figura
paterna.
Esto representa el factor social de mayor incidencia, tiende a
relacionarse a la violencia escolar, por las características de los grupos
familiares de los estudiantes, donde se pudo conocer, familias
disfuncionales, reacciones afectivas violentas y carecen de una buena
comunicación entre padres, hermanos y otros familiares que conforman.
En toda investigación que se realiza, es importante tomar en cuenta,
los trabajos o investigaciones referidos a la temática que se está trabajando y
que se hayan realizado, con la finalidad de buscar en ellos los aspectos
más relevantes que fortalezcan el estudio o la investigación realizada
manteniendo una estructura lógica racional que permite el análisis de los
hechos conocidos, así como, orientar la búsqueda de otros datos relevantes,
en los hechos conocidos o que no se conocen, por lo tanto los resultados
fueron los siguientes:
El primer trabajo sistemático sobre las conductas Bullying o Acoso
Escolar fue realizado por Dan Olweus, profesor de la Universidad de Bergen.
30
Se trata de un estudio longitudinal que comenzó en 1970, y aún hoy sigue
desarrollándose.
El trabajo de Olweus, desde 1973, requiere especial atención ya que
ningún otro es comparable en tamaño y complejidad. El autor ha trabajado
en este campo más de 20 años, lo que le ha permitido acceder a importantes
estudios longitudinales.
Olweus define el Bullying o Acoso Escolar diciendo que “un alumno
está siendo maltratado o victimizado cuando él o ella está expuesto
repetidamente y a lo largo del tiempo a acciones negativas de otro grupo de
estudiantes”.
Olweus ha matizado las acciones negativas en varias ocasiones, por
ejemplo, en la definición de Bullying que presenta en su cuestionario
modificado señalando que hace referencia a características que según
Olweus, definen el Acoso Escolar son tres: intencionalidad, decir cosas
desagradables, poner motes, ignorar, excluir, golpear, amenazar, etc. En
cambio, independientemente de las formas de agresión que se utilicen,
las persistencia en el tiempo y abuso de poder.
Un gran aporte es el de Ortega (1998) en su obra “Las leyes del
Maltrato Escolar” Explica que existen dos leyes que mantienen el maltrato
entre escolares que son, la ley del silencio y la ley del Dominio sumisión,
Según Ortega estas dos leyes son las que posibilitan que el Bullying o Acoso
Escolar se mantenga. Por un lado, las personas implicadas directamente
mantienen un vínculo por el cual uno aprende a dominar y otro a ser sumiso
a esta dominación.
Por su parte, Rigby (2002) ha limitado el Bullying o Acoso Escolar al
abuso sistemático de poder de uno sobre otro u otros. Cerezo (2001) en su
obra Titulada “Bullying el fenómeno de la Sociedad” lo plantea desde una
perspectiva iguales donde se producen situaciones de maltrato.
Se trata de un fenómeno que presenta al menos dos tipos de
problemáticas bien diferentes, por un lado la que viven los principales
31
implicados; el actor de las agresiones o Bullying; y el otro lado el receptor de
la misma o víctima (aunque, en ocasiones puede suceder que el alumno
participe en los dos roles) pero también, paralelamente afecta al grupo de
observadores o no implicado en aspectos de desarrollo psicosocial y
afectivo.
La investigación de Contreras (2007), quien en su artículo “Hacia una
Comprensión de la Violencia o Maltrato entre Iguales en La Escuela y el
Aula” hace mención en su investigación que tuvo como objetivo general
“Contribuir al conocimiento e identificación, en un contexto escolar
específico, de formas, manifestaciones o tendencias más frecuentes de
violencia o maltrato escolar”, en la convivencia dentro de una institución
educativa.
2.2. CONTEXTO ORGANIZACIONAL
2.2.1. Breve Reseña Histórica
Reseña Histórica
U.E.N. “José María Vargas”
El Liceo José María Vargas fue la primera casa de Educación
Secundaria que se crea para proseguir estudios de Bachillerato, debido a
que en los años 40, los jóvenes al salir de 6° grado tenían que trasladarse a
la ciudad de Caracas para continuar los mismos.
Este Emblemático Liceo, comenzó a funcionar para el año escolar
1943 – 1944 en una vieja casa de los Granados en La Guaira con sólo 40
estudiantes; pero fue el 10 de marzo de 1.944, fecha aniversario del Dr. José
María Vargas, en honor a este Insigne y Polifacético Guaireño, que asume
con orgullo su actual nombre. Fueron sus fundadores el Prof. César Zamora
Torres, quien asume la Dirección y la Prof. Clara Isabel González.
32
Una vez formalizado oficialmente como Liceo por disposición del
despacho de Educación, se muda para la calle Los Baños en Maiquetía,
luego de algunos años debido al crecimiento de la población estudiantil y una
infraestructura ya colapsada, en el año 1960 se le asigna una nueva
edificación, con una capacidad de 1200 estudiantes.
Es un liceo defensor de los Valores Científicos, Humanistas y
Culturales, seguidores de las nuevas políticas educativas emanadas del
Ministerio del Poder Popular para la Educación, solidario y colaborador con
Instituciones y entes que hacen vida en nuestros espacios.
Actualmente la dirección del plantel se encuentra a cargo del Prof.
Zulema Urbina T., Profa. Mercedes Marcote Subdirectora Académica, Prof.
Denis Merchán Subdirector Administrativo, La Institución cuenta con cinco
Coordinadores, 32 Docentes, 27 administrativos y 30 obreros. Además
funcionan (01) Centro Comunitario (Medicina General y Odontología), Centro
de Recursos para el Aprendizaje y Programa de Alimentación (C.N.A.E.).
2.2.2. Misión, Visión y Valores
2.2.2.1 Misión
La misión del Liceo Bolivariano “José María Vargas” es educar e
instruir mediante un Proceso de Interacción entre Familia, Escuela,
Comunidad, en un ambiente plenamente democrático, participativo, de
corresponsabilidad compartida entre sus miembros y de compromiso social.
Identificando y desarrollando las cualidades y potencialidades de las y los
estudiantes, respondiendo a sus necesidades, respetando sus características
individuales, para así garantizarles una educación de calidad concebida bajo
un enfoque Humanista, sustentado en valores universales, permitiendo su
integración como ciudadanas y ciudadanos a una sociedad en constante
cambio.
33
2.2.2.2 Visión
El Liceo Bolivariano “José María Vargas” es una Institución Educativa
de Formación Integral, vinculada a la Familia y a la Comunidad, que aporta a
la dinámica social que se genera en el país, ciudadanos con formación Ética,
Académica, Tecnológica, Deportiva y Socio-Cultural, capaces de enfrentar
los retos sociales que se presenten.
2.2.2.3 Valores
Problemática carencia de valores como:
 Solidaridad
 Responsabilidad
 Respeto
 Tolerancia
 Honestidad
 Honradez
Alto nivel de agresión en los (las) estudiantes.
Desmotivación de los miembros participantes y corresponsables del
quehacer educativo.
2.2.3. Estructura Organizativa
La Estructura Organizativa se encuentra conformada de la siguiente
manera
Una (01) Dirección
Una (01) Sub Dirección
Una (01) Coordinación de Evaluación y Control de Estudio
Una (01) Coordinación de Diferencia de Grados y Secciones
Una (01) Coordinación de Formación Permanente
Una (01) Coordinación Bienestar Estudiantil
34
2.3. Bases Teórica.
2.3.1 Concepto de Acoso Escolar
El Bullying o Acoso Escolar es una intimidación y maltrato entre
escolares de forma repetida y mantenida, casi siempre lejos de los ojos de
los adultos, con la intensión de humillar y someter abusivamente a una
víctima indefensa, por parte de uno o varios agresores a través de
agresiones físicas, verbales o sociales con resultas de victimización
psicológica y rechazo grupal. Este párrafo se hace referencia en Pagina Web
On Line; (www. elbullying1d4.blogspost.com)
2.3.2. Causas y Consecuencias por el cual se genera el Acoso
Escolar o Bullying, “No quiero ir a la escuela” puede ser la primera
manifestación de que un joven está en problemas, en ocasiones
acompañada de signos tales como dolores imprecisos, malestares
diversos o dificultades para salir de la cama, suele aludir a cierta clase de
cosas que no tienen que ver con la clase de matemática o las exigencias de
la profesora de geografía y sí con algo que para niños y jóvenes suele ser
vivencialmente más importante (la relación con sus compañeros). Este
párrafo se cita en Trabajo y Tesis de Grado, Anabel Ortiz (2014)
Consecuencia Generada por Acoso Escolar (Bullying). En el Desarrollo
Integral del Niño, Niña, y Adolescente de acuerdo a la Norma Legal Vigente
El fenómeno de Acoso Escolar, también llamado Bullying, intimidación
u hostigamiento, se está convirtiendo en un tema de la realidad escolar en
todo el mundo y se refiere, específicamente, a maltrato físico o verbal
sistemático por parte de uno o más alumnos hacia otro.
El caso de un adolescente que sobrelleva el papel que le ha
asignado el grupo de compañeros dominantes en la clase y que
sistemáticamente es mofado, insultado, humillado y puesto en ridículo
35
delante de todos sus compañeros que comparten esa situación de forma
tácita.
Un niño o adolescente que actúa de manera agresiva sufre
intimidaciones en la escuela o en la familia. Adquiere esta conducta cuando
es frecuentemente humillado por los adultos.
Se siente superior, ya sea porque cuenta con el apoyo de otros
atacantes o porque el acosado es un niño o un adolescente con muy poca
capacidad de responder a las agresiones psicológicas.
En el ámbito familiar el adolescente puede tener actitudes agresivas
como una forma de expresar su sentir ante un entorno familiar poco afectivo,
donde existen situaciones de ausencia de algún padre, violencia, abuso
ejercida por los padres y hermanos mayores; tal vez porque es un niño que
posiblemente vive bajo constante presión para que tenga éxito en sus
actividades o por el contrario es un individuo sumamente mimado, todas
estas situaciones pueden generar un comportamiento agresivo en los niños y
llevarles a la violencia cuando sean adolescentes.
Cuanto más grande es la escuela hay mayor riesgo de que haya
acoso escolar, sobre todo si a este factor se le suma la falta de control físico,
vigilancia y respeto; humillación, amenazas o la exclusión entre personal
docente y alumnos.
Por otro lado, los nuevos modelos educativos a los que son expuestos
los niños o adolescentes como la ligereza con que se tratan y ponen en
práctica los valores, según psicólogos y estudios realizados, han influenciado
para que este tipo de comportamiento se presente con mayor frecuencia.
La intolerancia o irrespeto a la diversidad no es otra cosa que
nuestra incapacidad de aceptar que somos diferentes porque pensamos y
nos comportamos de distintas maneras.
Excluimos a quienes no son, piensan o actúan como nosotros,
rechazamos a las personas por su color de piel, su contextura física, sus
gustos o intereses, su religión, su forma de hablar, su forma de vestir e
36
incluso por su rendimiento académico. Lo vivimos en las familias, centros
educativos, comunidades y sociedad en general.
Nuestros hijos y estudiantes, ante la necesidad de sentirse
populares, pueden utilizar el acoso escolar para discriminar a los que no son
sus iguales, o perciben diferente.
De hecho, con frecuencia en los salones existen diferentes grupos que
se constituyen porque tienen gustos o intereses similares y a veces también
problemas parecidos.
No es raro escuchar cómo los diferentes grupos (“nerds”, “gallos, “x”,
“invisibles”, “populares”, “sobrinas”, “tuquis”) comparten un mismo salón pero
no se relacionan ni comunican entre sí; al contrario, compiten, se agreden, se
ignoran. Se genera violencia y se dificulta la convivencia escolar.
Se utilizan las bromas y los chistes para ofender a otros estudiantes.
Con los sobrenombres y apodos se humilla al otro porque, aunque decimos
que se emplean “con cariño”, nos valemos de una condición física (blanco,
negro, gordo, pequeño, grande, bonito, feo) para sustituir sus nombres.
Existen estudiantes que no se afilian a los grupos existentes, por
diferentes razones y los compañeros los estigmatizan como antisociales y
justifican excluirlos, rechazarlos e incluso agredirlos por su forma de ser. Se
parte de la idea de que si no te asocias a uno de los grupos no estás en
nada.
Todos los niños, niñas y adolescentes deben gozar de todos sus
derechos sin discriminación de raza, color, sexo, edad, idioma, pensamiento,
conciencia, religión, creencias, cultura, opinión política, posición
económica, origen social, étnico, discapacidad, enfermedad o cualquier
otra condición particular o de los familiares tal y como lo contempla Ley
Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, LOPNNA (Art.
3). Sin embargo en la práctica la ley se queda en un enunciado carente de
aplicación práctica.
37
A continuación se desarrollan una serie de factores por el cual se genera el
Acoso y por el cual se recibe el Acoso Escolar:
2.3.2.1 Causas del Agresor
2.3.2.1.1 Causas individuales:
Ausencia de empatía: incapacidad para reconocer el estado
emocional de otras personas.
Baja autoestima: percepción negativa de sí mismo.
Impulsividad: falta de control de los impulsos que lleva a actuar y decir las
cosas sin pensar.
Egocentrismo: exagerada exaltación de la propia personalidad por la
que la persona se considera el centro de atención.
Fracaso escolar: Bajo rendimiento escolar, que puede llevar al
absentismo y/o abandono escolar.
Consumo de alcohol y drogas.
Trastornos psicopatológicos: trastornos de conducta (trastorno por déficit de
atención con hiperactividad, trastorno negativista desafiante y trastorno
disocial); trastornos del control de los impulsos (trastorno explosivo
intermitente); y trastornos adaptativos (trastorno adaptativo con alteración
mixta de las emociones y el comportamiento)
2.3.2.1.2. Causas familiares:
Prácticas de crianza inadecuadas: Autoritario por el contrario,
negligentes.
Maltrato intrafamiliar.
Familia disfuncional.
Poco tiempo compartido en familia.
Pobres o escasos canales de comunicación.
2.3.2.1.3. Causas escolares:
Políticas educativas que no sancionan adecuadamente las conductas
violentas.
38
Ausencia de transmisión de valores.
Transmisión de estereotipos sexistas en las prácticas educativas.
Falta de atención a la diversidad cultural.
Contenidos excesivamente academicistas.
Problemática del profesorado: Vulnerabilidad psicológica, carencia de una
metodología adecuada para el control de la clase.
Ausencia de la figura del maestro como modelo.
Falta de reconocimiento social respecto a la labor del profesorado.
2.3.2.2 Causas de la victima
2.3.2.2.1. Causas individuales:
Baja autoestima.
Pocas habilidades sociales para relacionarse con otros niños.
Excesivo nerviosismo.
Rasgos físicos o culturales distintos a los de la mayoría: minorías étnicas,
raciales y culturales.
Discapacidad.
Trastornos psicopatológicos: trastornos mentales leves, trastornos del estado
de ánimo (trastorno depresivo), trastornos de conducta (trastorno por déficit
de atención con hiperactividad y trastorno desafiante).
2.3.2.2.2 Causas familiares:
Prácticas de crianza inadecuadas: Autoritarias o por el contrario,
negligentes (Síndrome del niño con la llave al cuello).
Familia disfuncional.
Poca comunicación familiar.
2.3.2.2.3 Causas escolares:
Ley del silencio: silencio e inacción que hay alrededor de una agresión
entre iguales. El agresor exige silencio o se lo impone la propia víctima por
temor a las represalias. Los observadores, testigos o espectadores tampoco
comunican los hechos por miedo, por cobardía o por no ser acusados de
“chivatos”.
39
Escasa participación en actividades de grupo.
Pobres relaciones con sus compañeros.
Poca comunicación entre alumnado y profesorado.
Ausencia de la figura de autoridad de referencia en el centro escolar.
2.3.2.3 Causas o Factores socioculturales:
2.3.2.3.1 Medios de comunicación:
Presentación de modelos carentes de valores.
Baja calidad educativa y cultural de la programación.
Alta presencia de contenidos violentos en los programas de televisión.
Tratamiento sensacionalista de las noticias con contenido violento.
2.3.2.3.2 Otros:
Situación económica precaria.
Estereotipos xenófobos instalados en la sociedad.
Justificación social de la violencia como medio para conseguir un objetivo.
2.3.3 Tipos de Acoso Escolar
Entre los diversos mecanismo para el Acoso Escolar el más utilizado
es el Bullying Físico que incluye toda acción corporal. Es la forma más
habitual del Bullying. En los últimos años, el Bullying físico se ha mezclado
con una frecuencia alarmante, con diversas formas de abuso sexual. Se
identifica porque suele dejar huellas corporales. Puede ser directo como
Golpes, empujones, patadas, formas de encierro, escupir entre otros e
Indirecto que son los daños a pertenencias, robar, romper, esconder
cualquier clase de objeto. También se encuentra el Bullying Verbal el
cual incluyen acciones no corporales con la finalidad de discriminar,
difundir chismes, realizar acciones de exclusión, bromas insultantes y
repetidas.
Los niños y jóvenes son mucho más sensibles que los adultos ante
estas cuestiones. La opinión de los padres constituye una parte esencial
40
entre los factores que ayudarán a formar la identidad y la personalidad.
Es más utilizado por las mujeres mientras se van acercando más a la
adolescencia.
Puede ser directo por ejemplo poner apodos, insultar, amenazar,
burlarse, reírse, entre otros e Indirecto generar rumores raciales o sexistas,
malos comentarios, hablar mal.
Por otro ámbito se da la figura del Bullying Psicológico, son las más
difíciles de detectar ya que son formas de agresión, amenaza o exclusión
que se llevan a cabo a espaldas de cualquier persona que pueda advertir la
situación, por lo que el agresor puede permanecer en el anonimato.
Se usa frecuentemente para subrayar, reforzar o resaltar acciones
llevadas a cabo con anterioridad y mantener latente la amenaza.
Incrementan la fuerza del maltrato, pues el agresor exhibe un poder mayor al
mostrar que es capaz de amenazar aunque esté “presente” una figura de
autoridad.
En el agredido aumenta el sentimiento de indefensión y vulnerabilidad,
pues percibe este atrevimiento como una amenaza que tarde o temprano se
materializará de manera más contundente.
Pueden consistir en una mirada, una señal obscena, una cara
desagradable, un gesto, entre otros. También dentro de este hay un tipo de
Bullying que se conoce como Bullying racista que se da cuando el maltrato
hace referencia a los orígenes de la víctima.
El acoso en su modalidad de agresión emocional o psicológica es aún
menos visible para los profesores, pero es extremadamente doloroso.
Condenar a un menor al ostracismo escolar, puede ser en determinados
casos más dañino incluso que las agresiones leves continuadas.
El acoso en su modalidad de exclusión social puede manifestarse en
forma activa (no dejar participar) en forma pasiva (ignorar) o en una
combinación de ambas. Se da la figura del Bullying Sexual, Es cuando se
presenta un asedio, inducción o abuso sexual.
41
Se da cuando el maltrato hace referencia a partes íntimas del cuerpo
de la víctima. Incluye el Bullying Homofóbico que se da cuando el maltrato
hace referencia a la orientación sexual de la víctima o las que se intentan
justificar por motivos de homosexualidad, real o imaginaria.
2.3.4 Características del Bullying:
• Debe existir una víctima (indefensa) atacada por un bullies o grupo de
agresores.
• Debe existir una desigualdad de poder-“desequilibrio de fuerzas” entre el
más fuerte y el más débil. No hay equilibrio en cuanto a posibilidades de
defensa, ni equilibrio físico, social o psicológico. Es una situación desigual y
de indefensión por parte de la víctima.
• La acción agresiva tiene que ser repetida. Tiene que suceder durante un
período largo de tiempo y de forma recurrente, de forma repetida en el
tiempo, La agresión supone un dolor no sólo en el momento del ataque, sino
de forma sostenida, ya que crea la expectativa en la víctima de poder, es
decir, ser blanco de futuros ataques.
El objetivo de la intimidación suele ser en un solo alumno, aunque
también pueden ser varios pero este caso se da con mucha menos
frecuencia.
La intimidación se puede ejercer en solitario o en grupo, pero se
intimida a sujetos concretos, nunca se intimida a un grupo. Este enunciado
se cita en referencia en trabajo de grado Pífano Vanessa (2010), Síndrome
Bullying en Estudiantes de Ciclo Diversificado del Ciclo Diversificado de Liceo
Bolivariano Fernando Peñalver de Ciudad Bolívar. Abril – Junio de 2.009
Irwis Parra, (Entrevista efectuada el día 26 de mayo de 2.017), de
Profesión Técnico Superior Universitario, designado con el cargo de Tutor y
facilitador de los programas de orientación sobre el acoso escolar, muy
subjetivamente estableció, que dan orientación al adolecente y a su
representantes sobre el tema, para minimizar los daños que se produzca o
se cause entre alumnos.
42
Explico que la base de datos estadísticos sobre este problema social
no se actualiza desde el año 2.012, los caso que se presentan son
manejados directamente por la Defensoría y/o al Consejo de Protección de
Niños, Niñas y Adolescente, con el fin de tomar medidas correctivas,
dependiendo de las falta y lesiones que cause el agresor e impone medidas
como trabajos sociales en la unidad educativa.
En los programas que aplican le hacen saber sus derechos, deberes,
las sanciones respectiva, cuando un alumno causa una falta y se convierte
en agresor, esta institución la LOPNNA, le da inducción educativa y jurídica
sobre la problemática del acoso escolar utilizando instrumentos de video
visuales, video vid, reparte folletos e impulsan campañas de anti acoso entre
unas de ellas tenemos la denomina “No Lleves la Violencia en el Morral”.
Finalmente expuso que los programas hay que actualizarlos de acuerdo con
la reforma que sufrió la LOPNNA de fecha 08 de junio de 2.015, Gaceta
Oficial LOPNNA.
Agrego; adicionalmente aplicar métodos de disciplinas a los alumnos
con el fin de mejorar su conducta para ser formados verdaderos ciudadanos
para construir con el desarrollo del país, convirtiéndola en una PATRIA
GRANDE.
Profesora Neysi Pérez (Entrevista efectuada el día 26 de mayo de
2.017) representante de la Comunidad Bienestar Estudiantil, en una
conversación muy subjetiva, dio como referencia que unas de las medidas
que aplican para prever este fenómeno social; es la formación de niños,
niñas y adolescente desde el punto de vista académico y valores, a través
del “Proyecto Educativo Integral Comunitario” que consiste en fortalecer los
valores, dentro del plan que encierra el amor y la paz en ambiente que
acontece.
Prepararlos para que sean verdaderos investigadores sobre cualquier
conflicto que se quiera resolver, la comunicación entre Padre –Hijos,
Alumnos – Profesores, es un punto para evaluarlos ante cualquier situación
43
que se presente ante cualquier daño causado bien sea entre alumnos, a los
profesores o a las instalaciones del plantel. Enseñarle disciplina para que
sean buenos ciudadanos y profesionales.
La Unidad Educativa Liceo José María Vargas utiliza como
instrumentos programas educativos, como vamos a la mano a la siembra”,
Contiene una Brigada de Derecho Humanos, conformada con los voceros
principales: Hernández Yulitza, Bravo Víctor, esta brigada recoge las
problemática y notifica a los profesores y al departamento de Orientación
(Sicológico), según el caso remite al SAPNNA. (Servicios de Atención de
Protección de Niños, Niñas y Adolescente).
Para minimizar dicha problemática han invitado a la ONA, con el fin de
dictar Cine, foros sobre el tema acoso escolar, también efectuados como
método de prevención, los trabajos artesanales, Eventos Deportivos,
Encuentro de Ajedrez, Olimpiadas de Matemáticas, esto mejora la conducta
del alumnos en su formación o desarrollo como tal; Estos programas y
eventos los han utilizado como estrategia para prevenir el conflicto entre
alumnos.
Han disminuido los conflictos entre alumnos en el comedor, debido
que se han organizado con los profesores en una manera interrelacionada,
que cuando van los alumnos, van a almorzar los profesores se ofrecieron a ir
con ellos para evitar cualquier índole de problemas, han utilizado este medio
como estrategia y ha dado resultado.
Dar una respuesta que permita crear conciencia ciudadana entre las
relaciones interpersonales de los alumnos, se propone un plan de acción con
el fin de minimizar este fenómeno social proponiendo la creación de un
Comité de Convivencia Escolar con el objeto del respeto, tolerancia y
disciplina entre los alumnos.
Este comité que sea conformado y organizado por los profesores,
alumnos y padres representantes, en donde cada uno de ellos elijan un
vocero, Un (01) Vocero Principal y suplente de la comunidad estudiantil y en
44
conjunto con la Coordinación de La Comunidad Estudiantil, Un (01) Vocero
Principal que represente a los profesores y un (01) Vocero Principal de la
Comunidad de Padres y Representantes.
Con atribución de denunciar las situaciones que se presenten en la
unidad educativa al Órgano Rector, Aplicación de Amonestaciones a los
agresores, Trabajo comunitario dentro de la instalación de la Unidad
Educativa José María Vargas, Formación de Trabajos Artesanales y
Programas de formación ciudadana que permitan refundar los valores en los
alumnos, Talleres Educativos sobre el acoso escolar y de formación
ciudadana, Charlas sobre la Responsabilidad Penal e imponer al agresor que
de testimonios sobre su cambio de conducta y de aptitudes y que reciban
clases especiales de formación disciplinaria evaluados por orientadores
sicológicos y representantes del órgano rector.
Atribuciones del Vocero Principal Estudiantil: Podrá Coordinar
Programas educativos sobre acoso escolar para ser discutidas con alumnos,
representantes y profesores, El Coordinador Estudiantil de la Unidad
Educativa José María Vargas, debe supervisar y evaluar los programas y
evaluarlos para su ejecución en los alumnos para determinar su nivel de
aprendizaje sobre el fenómeno social que afecta a la unidad educativa,
Llevar un Registro sobre los abusos que se cause entre compañero y será
llevado a mano de coordinación estudiantil para formular la denuncia
respectiva o ejecutar los programas de orientación.
Atribuciones Vocero Principal Coordinación Estudiantil: Notificar a la
autoridades respectiva (LOPNNA) para que se ejecute el procedimiento
administrativo, civil o penal según sea el caso, Podrá imponer clases
especiales de convivencia con el alumno y con los representantes, Ejecutar
los programas deportivos y sociales que requiera la unidad educativa José
María Vargas de acuerdo a las necesidades que presente las instalaciones.
Atribuciones del Vocero Principal de Padres Representantes: Asistir a los
Programa Educativos y asistir a clase especiales por los orientadores cuando
45
son sus hijos para restituir la falta u omisión que causo el agresor, Llevar un
seguimiento de casos de acosos y solicitar ante la unidad educativa y órgano
rector las sanciones respectiva que diera a lugar.
Las Autoridades Civiles en el Caso la LOPNNA aplican Campañas anti
Acosos, Charlas, Programas Educativo, Orientaciones sobre el acoso
escolar. También aplican Amonestaciones (Castigo Verbal, Asentado por
Escrito). Imposiciones Regla de Conducta (Regula el modo de vida del
adolescente y su formación conductual).
Servicios a la Comunidad (Tareas de Interés General que se realizara
de forma gratuita).
Libertad Asistidas (Sometido a Supervisión. Asistencia, Orientación de
un profesional)
Semi- Libertad (Incorporación a un Centro Especializado durante su
tiempo libre),
Privación de Libertad (Internación a un Centro donde solo un juez
puede darle orden de salida), cuando la falta del acoso es muy grave o cause
un delito.
2.3.5. Filosóficas:
El Bullying o acoso escolar puede ser explicado y analizado mediante
la corriente filosófica denominada “Empirismo”, la cual propone que el origen
del conocimiento es la experiencia y en particular de la experiencia sensible.
Esta es la Teoría sustentada por Jhon Lockr.
Esta concepción niega ideas innatas, nada es producto de la mente,
sino de aquellas acciones que efectivamente ejecutamos. Si, el niño o
adolescente que es violento es porque ha experimentado esa violencia de
una u otra forma, ya sea porque alguien lo golpeo, o por la violencia a la que
se ve expuesto con el gran aumento de los medios de comunicación masiva.
Al golpear a otro lo único que este niño está haciendo es reproducir un
patrón de conducta adquirido.
46
2.3.6 Teorías
2.3.6.1 Teorías Conductista
Burrhus Frederick Skinner (1904-1990) fue un importante psicólogo,
inventor y escritor estadounidense reconocido en todo el mundo por aportar
rigor científico a la psicología. En 1938 escribió su primer estudio llamado "La
conducta de los organismos: un análisis experimental[1]
" y fue plasmando
sobre papel todo aquello que estudió hasta que, en 1974, resumió su trabajo
en una famosa obra llamada "Sobre el Conductismo[2]" Este párrafo se hace
referencia en Pagina Web On Line; (www.psicologia-online.com/la-teoria-
de-b-f-skinner-conductismo-y-condicionamiento-operante-4155.html).
En este libro, Skinner explica los fundamentos del análisis de la
conducta y cómo sus experimentos con animales pueden extrapolarse a la
terapia psicológica en humanos. El autor nos explica cómo se puede
entender la psicología desde un punto de vista operante y cómo afecta
nuestro comportamiento a nuestros pensamientos. Este párrafo se hace
referencia en Pagina Web On Line; (www.psicologia-online.com/la-teoria-
de-b-f-skinner-conductismo-y-condicionamiento-operante-4155.html).
El conductismo es una rama de la psicología que, como su
propio nombre indica, se basa en la observación de la conducta y el
análisis de la misma. El conductismo surgió como contraposición al
psicoanálisis y tenía como objetivo proporcionar una base científica,
demostrable y medible a la psicología. Pioneros como Watson o
Pavlov empezaron a realizar experimentos con varios animales que
sentaron las bases del conductismo y el condicionamiento. Este párrafo
se hace referencia en Pagina Web On Line; (www.psicologia-
online.com/la-teoria-de-b-f-skinner-conductismo-y-condicionamiento-
operante-4155.html).
47
2.3.6.2 Teorías Intervención Social
La intervención social es un encuadre de los cambios sociales
que ha tenido la humanidad, e implica analizar relatos recortados de la
misma que poseen una faz material y una simbólica que se constituyen de
manera histórico social, como forma de expresión de diferentes actores
sociales. Este párrafo se hace referencia en Pagina Web On Line; (www.
/es.wikipedia.org/wiki/Intervención_social).
Carballeda nos dice que la intervención es “un proceso complejo que
la sociedad construye con sus creencias y costumbres y cambia al paso del
tiempo” y que “se lleva a cabo despaciosa y calladamente a través de
descripciones, informes, observaciones y la relación que establece el
interventor con el medio". Este párrafo se hace referencia en Pagina Web On
Line; (www. /es.wikipedia.org/wiki/Intervención_social).
2.3.6.2.1 Característica
Según Fantova, la intervención social es un tipo de actividad que reúne
las siguientes características:
1. Se realiza de manera formal u organizada.
2. Pretende responder a necesidades sociales (relacionadas con
derechos sociales).
3. Tiene como propósito primario proteger y promover la interacción
humana (es decir, el acoplamiento dinámico entre autonomía
funcional e integración relacional).
4. Aspira a una legitimación pública o comunitaria.
Realizar este tipo de intervención es difícil para los especialistas en
diferentes áreas ya que no podemos ver la situación desde afuera porque
48
cada persona está y forma parte de un grupo, una comunidad, un ente social
con el cual nos identificamos y estamos en constante movimiento con el
medio que nos rodea.
Pero una intervención adecuada no es imposible y la historia del
mundo lo ha vivido a través de las constantes revoluciones que se ha tenido
en el mundo por tratar de mejorar lo ya establecido por romper las barreras
que nos oprimen y sobresalir como seres humanos independientes pero que
forman parte de una sociedad. Este párrafo se hace referencia en Pagina
Web On Line; (www. /es.wikipedia.org/wiki/Intervención_social).
2.3.6.2.2 Intervención en Trabajo Social
Para el Trabajo Social, la intervención social es la acción organizada y
desarrollada por los trabajadores sociales con las personas, grupos y
comunidades, orientada a superar los obstáculos que impiden avanzar en el
desarrollo humano y en la mejora de la calidad de vida de las personas Este
párrafo se hace referencia en Pagina Web On Line; (www.
/es.wikipedia.org/wiki/Intervención_social).
No es un acto arbitrario de invasión o intromisión, y tampoco obedece
solo a los criterios que el trabajador social considera valiosos. Por el
contrario, lo que busca es acompañar, ayudar y capacitar a las personas en
sus procesos vitales para ser responsables, libres de elegir y ejercer la
participación, así como facilitar los cambios de aquellas situaciones que
supongan un obstáculo para el desarrollo humano y la justicia social.3 Este
párrafo se hace referencia en Pagina Web On Line; (www.
/es.wikipedia.org/wiki/Intervención_social).
2.3.2. Jurídicas:
Sanciones a la violencia juvenil.
49
Responsabilidad Penal del Adolescente
Se asume que la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes (LOPNNA) solo existe para proteger, y muchas veces
sobreproteger, a los infantes y adolescentes. Este párrafo se Cita en
referencia de Barbará Puglisi (2012). La Escuela como escenario en los que
se producen y reproducen violencia contra niños, niñas y adolescente.
Caracas
Esta creencia no es del todo cierta. La LOPNNA contiene un título
referido al Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, lo cual es
importante a sabiendas de que ellos son sujetos activos y pasivos de
relaciones de violencia dentro y fuera del ámbito escolar. Este párrafo se Cita
en referencia de Barbará Puglisi (2012). La Escuela como escenario en los
que se producen y reproducen violencia contra niños, niñas y adolescente.
Caracas
La LOPNNA define este sistema como el “Conjunto de órganos y
entidades que se encargan del establecimiento de la responsabilidad del
adolescente por los hechos punibles en los cuales incurran, así como de la
aplicación y control de las sanciones correspondientes”. Este párrafo se Cita
en referencia Puglisi (ob, cit). La Escuela como escenario en los que se
producen y reproducen violencia contra niños, niñas y adolescente. Caracas
Estas normas son aplicables a toda persona con edad comprendida
entre 12 y menos de 18 años al momento de cometer el hecho punible. Este
párrafo se Cita en referencia (ob, cit, 2012). La Escuela como escenario en
los que se producen y reproducen violencia contra niños, niñas y
adolescente. Caracas
Las sanciones que se le aplican a los adolescentes que comentan
hechos punibles son: Amonestación, imposición reglas de conducta,
servicios a la comunidad, libertad asistida, semilibertad y privación de
libertad. Este párrafo se Cita en Puglisi (ob, cit, 2012). La Escuela como
50
escenario en los que se producen y reproducen violencia contra niños, niñas
y adolescente. Caracas
Pero no solo los adolescentes pueden ser responsables de sus actos
violentos, también los niños, para quienes sólo se podrá aplicar una medida
de protección en virtud de que no son responsables penalmente.
Si el niño es encontrado en flagrancia, se pondrá a la orden del
Consejo de Protección quien se encargará de todo lo conducente al
respecto. Este párrafo se Cita Puglisi (ob,cit, 2012). La Escuela como
escenario en los que se producen y reproducen violencia contra niños, niñas
y adolescente. Caracas
Magdelia Andrian (Entrevista efectuada en fecha 24 de mayo de
2.017), representante de la LOPNNA, sede ubicada en la Parroquia de Catia
La Mar, del Municipio Vargas del Estado Vargas, Sector Barrio La Angustia,
Estadio Cesar Nieve, ocupando el cargo de Orientadora, expone que se han
presentado situaciones anormales en el Liceo José María Vargas, donde se
le han encontrado Presuntos Objeto armado (Chopo), y pequeña porciones
de sustanciación no identificadas a alumnos, donde intervienen como órgano
rector con el fin de regular la situación aplicando el ordenamiento jurídico
vigente, dependiendo de la situación se procede el procedimiento bien sea
de mediación, o conciliación. Hay que reeducar al alumno para que sea
incorporado nuevamente a la sociedad.
La Educación y no Violencia está amparado por los siguientes
documentos legales:
a.- La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
b.- Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y
Adolescente
c.- Ley Para la Protección a la Familia Paternidad y
Maternidad
d.- Ley Orgánica de Educación
51
Fuente de Tipo Legal (Art. 21 CRBV) Todas las personas son
iguales ante la ley; en consecuencia: No se permitirán discriminaciones
fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en
general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el
reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los
derechos y libertades de toda persona. La Ley garantizara las condiciones
jurídicas, y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y
efectiva; adoptara medidas positivas a favor de personas o grupos que
puedan ser discriminados, marginados o vulnerable; proteger especialmente
a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas,
se encuentre en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionara los
abusos o maltratos que contra se cometan.
Solo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana; salvo las
formulas diplomáticas.
No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias.
Fuente de Tipo Legal (Art, 78 CRBV). Los niños, niñas y adolescentes
son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación,
órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y
desarrollarán los contenidos de esta Constitución, la Convención sobre los
Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia
haya suscrito y ratificado la República.
El Estado, las familias y la sociedad asegurarán, con prioridad
absoluta, protección integral, para lo cual se tomará en cuenta su interés
superior en las decisiones y acciones que les conciernan.
El Estado promoverá su incorporación progresiva a la ciudadanía
activa, y creará un sistema rector nacional para la protección integral de los
niños, niñas y adolescentes.
52
Fuente de Tipo Legal (Art. 79. CRBC) Los jóvenes y las jóvenes
tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de
desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la
sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la
vida adulta y, en particular, para la capacitación y el acceso al primer empleo,
de conformidad con la ley.
Fuente de Tipo Legal (Art. 1 LOPNNA) Objeto: Esta ley tiene por
objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes, que se encuentren
en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus
derechos y garantías, a través de la protección integral que el Estado, la
sociedad y a familia deben brindarles desde el momento de su concepción.
Fuente de Tipo Legal (Art. 2 LOPNNA). Definición de niño, niña y
adolescente: Se entiende por niño o niña toda persona con menos de doce
años de edad. Se entiende por adolescente toda persona con doce años o
más y menos de dieciocho años de edad. Si existieren dudas acerca de sí
una persona es niño o adolescente, niña o adolescente, se le
presumirá niño o niña, hasta prueba en contrario. Si existieren dudas acerca
de sí una persona es adolescente o mayor de dieciocho años, se le
presumirá adolescente, hasta prueba en contrario.
Fuente de Tipo Legal (Art. 3 LOPNNA) Principios de Igualdad y no-
discriminación: Las disposiciones de esta Ley se aplican por igual a todos los
niños, niñas y adolescentes, sin discriminación alguna fundada en motivos de
raza, color, sexo, edad, idioma, pensamiento, conciencia, religión, creencias,
cultura, opinión política o de otra índole, posición económica, origen social,
étnico o nacional, discapacidad, enfermedad, nacimiento o cualquier otra
53
condición de los niños, niñas o adolescentes, de su padre, madre,
representante o responsable, o de sus familiares.
Fuente de Tipo Legal (Art. 4-A LOPNNA) Principios de
Corresponsabilidad: El Estado, las familias y la sociedad son
corresponsables en la defensa y garantía de los derechos de los niños, niñas
y adolescentes, por lo que asegurarán con prioridad absoluta, su protección
integral, para lo cual tomarán en cuenta su interés superior, en las
decisiones y acciones que les conciernan.
Fuente de Tipo Legal (Art. 8. LOPNNA) Interés Suprior de Niños,
Niñas y Adolescente: El Interés Superior del Niños, Niñas y Adolescentes es
un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, el cual es de
obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones
concernientes a los niños, niñas y adolescentes. Este principio está
dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños, niñas y
adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y
garantías. Parágrafo Primero. Para determinar el interés superior de niños,
niñas y Adolescentes en una situación concreta se debe apreciar:
a) La opinión de los niños, niñas y adolescentes
b) La necesidad de equilibrio entre los derechos y garantías de los niños,
niñas y adolescentes y sus deberes.
c) La necesidad de equilibrio entre las exigencias del bien común y los
derechos y garantías del niño, niña o adolescente.
d) La necesidad de equilibrio entre los derechos de las personas y los
Derechos y garantías del niño, niña o adolescente.
e) La condición específica de los niños, niñas y adolescentes como personas
en desarrollo. Parágrafo Segundo. En aplicación del Interés Superior de
Niños, Niñas y Adolescentes, cuando exista conflicto entre los derechos e
54
intereses de los niños, niñas y adolescentes frente a otros derechos e
intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros.
Fuente de Tipo Legal (Art. 32 LOPNNA).Derecho a la Integridad
personal: Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la
integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y
moral. Parágrafo Primero. Los niños, niñas y adolescentes no pueden ser
sometidos a torturas, ni a otras penas o tratos crueles, inhumanos o
degradantes. Parágrafo Segundo. El Estado, las familias y la sociedad deben
proteger a todos los niños, niñas y adolescentes contra cualquier forma
de explotación, maltrato, torturas, abusos o negligencias que afecten su
integridad personal. El Estado debe garantizar programas gratuitos de
asistencia y atención integral a los niños, niñas y adolescentes que hayan
sufrido lesiones a su integridad personal.
Fuente de Tipo Legal (Art. 32-A. LOPNNA), Derecho Al Buen Trato:
Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho al buen trato. Este
derecho comprende una crianza y educación no violenta, basada en el amor,
el afecto, la comprensión mutua, el respeto recíproco y la solidaridad. El
padre, la madre, representantes, responsables, tutores, tutoras, familiares,
educadores y educadoras deberán emplear métodos no violentos en la
crianza, formación, educación y corrección de los niños, niñas y
adolescentes.
En consecuencia, se prohíbe cualquier tipo de castigo físico o
humillante. El Estado, con la activa participación de la sociedad, debe
garantizar políticas, programas y medidas de protección dirigidas a la
abolición de toda forma de castigo físico o humillante de los niños, niñas y
adolescentes.
Se entiende por castigo físico el uso de la fuerza, en ejercicio de las
potestades de crianza o educación, con la intención de causar algún grado
55
de dolor o incomodidad corporal con el fin de corregir, controlar o cambiar el
comportamiento de los niños, niñas y adolescentes, siempre que no
constituyan un hecho punible.
Fuente de Tipo Legal (Art. 56 LOPNNA), Derecho a ser respetados y
respetadas por los educadores y educadoras: Todos Los niños, niñas, y
adolescente tienen derecho a ser respetados y respetadas por sus
educadores y educadoras, así como recibir una educación, basada en el
amor, al afecto, la compresión mutua, la identidad nacional, el resto reciproco
a ideas y creencias, y la solidaridad. En consecuencia, se prohíbe cualquier
tipo de castigo físico o humillante.
Fuente de Tipo Legal (Art. 65 LOPNNA), Derecho al honor,
reputación, propia imagen, de vida privada e intimidar familiar: Todos Los
Niños, niñas y adolescentes tiene derecho al honor, reputación y propia
imagen. Así Mismo tienen derecho a la vida e intimidad de la vida familiar.
Estos derechos no pueden ser objetos de injerencias arbitrarias o ilegales.
Parágrafo Primero: Se prohíbe exponer o divulgar, a través de cualquier
medio, las imágenes de los niños, niñas y adolescentes contra su voluntad o
la de su padre, madre, representantes o responsable. Asimismo, se prohíbe
exponer o divulgar datos, imágenes o información, a través de cualquier
medio, que lesiones el honor o la reputación de los niños, niñas y
adolescente o que constituyan injerencia arbitraria o ilegal en su vida o
intimidad familiar.
Parágrafo Segundo: está prohibido exponer o divulgar, por cualquier medios,
datos, información o imágenes que permitan identificar, directa o
indirectamente, a los niños, niñas y adolescente que hayan sido sujetos
activos o pasivos de hechos punibles, salvo autorización judicial en razones
de seguridad u orden público.
56
Fuente de Tipo Legal (Art, 253 LOPNNA). Tortura: El funcionario
público o funcionaria pública que por sí o por otro ejecute contra algún
niño, niña o adolescente actos que produzcan graves sufrimientos o dolor,
con el propósito de obtener información de la víctima o de un tercero, será
penado o penada con prisión de uno a cinco años. Parágrafo Primero. En
la misma pena incurre quien no siendo funcionario público o funcionaria
pública, ejecute la tortura por éste determinada. Parágrafo Segundo. Si
resulta una lesión grave o gravísima, la pena será de prisión de dos a ocho
años. Parágrafo Tercero. Si resulta la muerte, la pena será de prisión de
quince a treinta años.
Fuente de Tipo Legal (Art. 254. LOPNNA) Trato cruel o maltrato:
Quien someta a un niño, niña o adolescente bajo su autoridad,
Responsabilidad de Crianza o vigilancia a trato cruel o maltrato,
mediante vejación física o síquica, será penado o penada con prisión de uno
a tres años, siempre que no constituya un hecho punible será sancionado o
sancionada con una pena mayor. El trato cruel o maltrato puede ser físico o
psicológico.
Ley Para la Protección a la Familia Paternidad y Maternidad
Fuente de Tipo Legal (Art. 32. Ley Para la Protección a la Familia
Paternidad y Maternidad). El Estado, en sus diversos niveles de gobierno,
promoverá y ejecutará programas, proyectos y acciones dirigidos a proteger
a las familias de factores generadores de conflictos y violencia intrafamiliar
que afecten la convivencia pacífica, solidaria y respetuosa de sus
integrantes.
Fuente de Tipo Legal (Art. 33. Ley Para la Protección a la Familia
Paternidad y Maternidad). Los funcionarios y funcionarias deberán estar
57
especialmente formados, instruidos y capacitados en el conocimiento,
manejo, y control de factores de riesgo, y situaciones de conflictos
intrafamiliar, a los fines de que en su relación con el escenario familiar, se
respete la dignidad de las personas, se garanticen sus derechos humanos
y se cumplan estrictamente las formalidades esenciales del procedimiento
previsto en la Constitución y la ley
Fuente de Tipo Legal (Art. 34 Ley Para la Protección a la Familia
Paternidad y Maternidad). Los consejos comunales promoverán actividades
de educación, información y sensibilización dirigidas a generar conciencia
en las comunidades acerca de la importancia de la paz y la convivencia en
el seno familiar, así como la prevención de todo factor, riesgo o
amenaza de situaciones de conflictos intrafamiliares para el bienestar de las
familias y la propia comunidad.
Fuente de Tipo Legal (Art. 35 Ley Para la Protección a la Familia
Paternidad y Maternidad). Los ministerios del poder popular con competencia
en materia de educación superior y de cultura deberán incorporar en los
planes y programas de estudio, en todos sus niveles y modalidades,
contenidos dirigidos a promover en las y los estudiantes los valores de
igualdad, solidaridad, respeto, tolerancia, autoestima, compresión, solución
pacífica y dialogada de los conflictos y la preparación para una vida
familiar con derechos y obligaciones domésticas y responsabilidades sobre
las personas bajo su cuidado y, en general, la igualdad entre los hombres y
mujeres.
Fuente de Tipo Legal (Art. 36 Ley Para la Protección a la Familia
Paternidad y Maternidad). El ministerio del poder popular con competencia
en materia comunicacional, conjuntamente con los medios de comunicación
públicos, privados y comunitarios, deberán diseñar y ejecutar campañas de
58
información destinadas a prevenir los factores generadores de conflictos
y violencia intrafamiliar.
Ley Orgánica de Educación
Fuente de Tipo Legal (Art. 1 de la Ley Orgánica de Educación), “Establece
La Educación tiene como prioridad fundamental el pleno desarrollo de la
personalidad y el logro de un hombre, sano crítico y apto para convivir en
una sociedad democrática, justa, libre, basada en la familia como célula
fundamental capaz de participar activa, consciente y solidariamente en los
procesos de transformación social; consustanciado con los valores de la
nacional y la compresión, la tolerancia, la convivencia y los actitudes que
favorezcan el fortalecimiento de la paz entre las naciones y los vínculos de
integración y solidaridad latinoamericana”.
Fuente de Tipo Legal (Art. 11 de la Ley Orgánica de Educación),
establece se prohíbe la publicación y divulgación de impresos u otras formas
de comunicación social que produzcan terror en los niños, inciten al odio, a la
agresividad, la indisciplina, deformen el lenguaje, y atenten contra los sanos
valores del pueblo venezolano, la moral, y las buenas costumbre. Así mismo
la ley y los reglamentos regularan la propaganda en la defensa de la salud
mental y física de la población.
Peña N Abogada Consejera de Niños, Niñas y Adolescente de la
LOPNNA, (Entrevista efectuada el 26 de mayo de 2.017), estableció en los
casos de acoso escolar dan orientación, programas y medidas de protección
al adolescente, y explico textualmente e interpretativa lo siguiente cuando la
amenaza o violación de sus derechos, puede provenir de la acción u omisión
de la sociedad, los particulares, el padre, la madre, representantes,
responsables o de la propia conducta del adolescente; reza en Fuente de
Tipo Legal (Art. 125 de la LOPNNA), que se buscar restituir sus derechos.
59
Fuente de tipo Legal (Art. 124 de la LOPNNA) Tipos, Con el Objeto de
desarrollar políticas y permitir la ejecución de las medidas se establecen, con
carácter indicativo, a los siguientes programas: b) De apoyo u orientación:
para estimular la integración del niño, niña y adolescente en el seno de su
familia y de la sociedad, así como guiar el desarrollo armónico de las
relaciones entre los miembros de la familia. Sobre este mal que asecha a los
alumnos cuando se presente este tipo de situación.
Fuente de Tipo Legal (Art. 126 de la LOPNNA). Tipos de Medidas de
Protección. Una Vez comprobada la amenaza que se refiere el artículo
anterior la autoridad competente puede aplicar las siguientes medidas de
protección: Ordinal y separación de la persona que maltrate a un niño, niña o
adolescente de su entorno.
Fuente de Tipo Legal (Art. 202 de la LOPNNA), Tipo de servicios Las
Defensoría de los niños, niñas y adolescentes pueden prestar a estos y a sus
familias, entre otros, los siguientes servicios; a) Orientación y apoyo
interdisciplinario y en el ordinal c) Orientación en los casos que ameriten la
atención de otros programas y servicios.
Explico que en los casos de lesiones menores o según el daño que se
presente en la unidad educativa pasa a la Fiscalía Séptima cuando son
menores de 14 años y cuando son mayores de 14 años es remitido los
casos a la Fiscalía Octava
2.3.3. Conceptuales:
Acoso Escolar: La Real Academia Española da como definición de acoso
“acción y efecto de acosar”. Ya este como “perseguir, sin darle tregua ni
reposo, a un animal o una persona”, “apremiar de forma insistente con
molestias o requerimiento”.
60
En cuanto al escolar, lo define, entre otras acepciones, como
pertenecientes o relativo al estudiante o a la escuela; alumnos que asisten a
la escuela para recibir la enseñanza obligatoria.
Se puede decir, entonces, que es un maltrato psicológico, verbal o
físico que se produce entre escolares de forma reiterada a lo largo de un
determinado tiempo. Se considera que la violencia que prevalece en este
caso es la emocional y se da mayoritariamente en el aula y patio de los
centro educativos.
Es por tanto una violencia escolar. Una especie de tortura metódica y
sistemática, que puede darse a nivel físico como patadas, peleas,
zancadillas, tirones de pelo, entre otros. También puede darse a nivel
sicológicos como insultos, burlas, motes en lo verbal. Y en lo no verbal, con
gestos groseros, desprecio, ignorancia, asilar a la víctima, enviar notas
ofensivas. Este párrafo se cita en Pagina Web On Line
(www.diccionarioactual.com/acoso-escolar/)
Agresión: Es Cualquier forma de conducta dirigida a dañar o injuriar a
otro ser vivo que está motivado a evitar tal trato. Se incluyen conductas que
teniendo la intención de provocar un daño fracasan en lograr este objetivo y
se excluyan aquellas que provocan daños sin tener intención. La Intención es
el elemento central de la definición.
Conceptos por lo que se suele confundir este concepto:
 Termino antisocial: todos aquellos comportamientos que violan las
normas sociales sobre lo que se considera una conducta a propiedad
(DelWall y Anderson, 2011).
 El termino violencia: Es más concreto, y se puede referir a las normas
más graves de agresión física o no física que buscan controlar,
castigar o incluso destruir a otras personas.
61
 El Término maldad: Se trata de un fenómeno que está atrayendo la
atención de un número cada vez mayor de investigadores dentro de la
Sicología. Sus elementos son de carácter cruel y dañino. Siempre
implica agresión, pero no toda agresión debe considerase maldad.
Pagina Web On Line (Wpsikipedia.com/libro/psicología-social)
Amedrentar: Viva aterrorizado por ir a la escuela y que se muestre
nervioso, triste y solitario en su vida cotidiana. El Verbo amedrentar hace
referencia a provocar temor. La Noción suele utilizar como sinónimo de
amenazar o de presionar. Por Ejemplo “No me voy a dejar amedrentar por
los poderosos que no quieren que este país ofrezcan oportunidades para
todos, este párrafo se cita en Pagina Web On Line
(www.quesignificaxd.blogspot.com)
Derechos Humanos: Los Derechos Humanos se basan en el
principio de respeto por el individuo. Su suposición fundamental es que cada
persona es un ser moral y racional que merece que lo traten con dignidad.
Se llaman derechos humanos porque son universales. Mientras que
naciones y grupos especializados disfrutan de derechos específicos que
aplican solo a ellos, los derechos humanos son los derechos que cada
persona posee (sin importar quién es o donde vive) simplemente porque este
vivo; este párrafo se cita en Referencia Electrónica, Pagina Web On Line
(www.humanrights.com)
La Intimidación: La Intimidación o acoso escolar (llamado bullying en
inglés) es un comportamiento no deseado, agresivo entre los niños en edad
escolar que implica un desequilibrio de poder real o percibido. El
Comportamiento se repite, o tiene el potencial de ser repetido, con el tiempo.
62
Tanto los niños que son intimidados y como los que intimidan a otros
pueden tener problemas graves y duraderos.
Con el fin de ser considerados acoso escolar, el comportamiento debe
ser agresivo y debe incluir:
 Un desequilibrio de poder. Los niños que intimidan utilizan su poder,
como fuerza física, el acceso a la información embarazosa o
popularidad, para controlar o dañar a los demás.
 Los desequilibrios de poder pueden cambiar con el tiempo y en
diferentes situaciones, aunque respondan a las mismas personas.
Página Web On Line (www.geosalud.com)
Plan
Es un término de carácter global, expresa las líneas políticas
fundamentales, las prioridades, la asignación de recursos acorde a esas
prioridades, las estrategias de acción. Pretende trazar el curso deseable y
probable de desarrollo en el campo establecido…………………………..
- Fija objetivos y metas generales, Identifica los medios que se deben
emplear para lograr esos objetivos, Generalmente es de largo plazo. Se cita
en la Pagina On Line (fundamentos-trabajo-social.blogspot.com)
Plan de Acción
Un plan de acción es una presentación resumida de las tareas que deben
realizarse por ciertas personas naturales o jurídicas, en un plazo de tiempo
específicos, utilizando un monto de recursos asignados con el fin de lograr
un objetivo dado El plan de acción es un espacio para discutir qué, cómo,
cuándo y con quien se realizaran las acciones. Se cita en la Página web
(www.minsalud.gov.com)
Orientación
El concepto de orientación está vinculado al verbo orientar. Esta acción
hace referencia a situar una cosa en una cierta posición, a comunicar a
63
una persona aquello que no sabe y que pretende conocer, o a guiar a un
sujeto hacia un sitio. Se Cita en la Página web On Line (WWW /definición)
Orientación Educativa
La orientación educativa es un conjunto de actividades destinadas a
los alumnos, los padres y los profesores, con el objetivo de contribuir al
desarrollo de sus tareas dentro del ámbito específico de los centros
escolares. Se cita en la Página Web On Line https:(definicion.de/orientacion-
educativa/)
Orientación Jurídica
Consiste en la Administración de la Justicia; CRBV Artículo 26 Toda persona
tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para
hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la
tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión
correspondiente.
El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea,
transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita,
sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles. Se Cita en la
Página Web On Line (http://leyes.tuabogado.com/constitucion/)
Acoso Escolar
El Acoso es el maltrato físico y/o sicológico deliberado y continuado
que recibe un niño o individuo por parte de otro u otros, que soportan con el
cruelmente con el objetivo de someterlo y asustarlo, con vistas a obtener
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Plan de acción contra el acoso escolar

  • 1. 1 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO SUB DIRECCION DE INVESTIGACION Y POSGRADO COORDINACION GENERAL DE POSGRADO PLAN DE ACCION SOBRE LA ORIENTACION JURIDICA Y EDUCATIVA SOBRE EL ACOSO ESCOLAR EN LA UNIDAD EDUCATIVA JOSE MARIA VARGAS DEL ESTADO VARGAS 2.017-2.018 Proyecto Especial de grado que se presenta ante la Ilustre Universidad Pedagógica Experimental Libertador, como requisito para optar el Titulo de Maestría en Gerencia Educativa Autor Cárdenas U. Magno A C.I: V-21.759.012 Tutor: LA GUAIRA, ABRIL 2.017
  • 2. 2 DEDICATORIA A Dios Todopoderoso por bendecirme y acompañarme en mi vida, por escuchar mis plegarias e iluminar mi vida. A mi Padre Abel Magno Cárdenas Núñez, por su apoyo, consejos, compresión, amor, la ayuda en los momentos difíciles. A Dr. Alejandro José Márquez Marín, por su apoyo en mi crecimiento profesional. A mis Hijos, que con su afecto me llenan de fortaleza para seguir adelante, los amo con todo mi corazón. A mi Esposa por su apoyo, amor y compresión en todas mis metas que me he trazado. A mis compañeros de la Promoción Simón Bolívar de la Misión Sucre – Universidad Bolivariana de Venezuela en el Programa de formación Estudios Jurídicos Sección II, que una o de otra forma motivaron a seguir adelante en mi formación profesional.
  • 3. 3 AGRADECIMIENTOS Primeramente a Dios todo Poderoso, porque sin el esto no es posible, por darme vida y salud, por bendecir cada uno de mis pasos, por haberme dado la sabiduría y la fortaleza para que fuese posible alcanzar esta bendición. A mi Padre por su apoyo incondicional y consejos, compresión durante la trayectoria de mi metas que me he trazados como persona. Al Dr., José Alejandro Márquez Marín por apoyo por incentivarme a seguir estudiando para un mejor futuro. A los ciudadanos: Jesús Cedré Fragosa, José López Gulfo, Felipe Pérez, Juan Carlos Camacho, Jicmar Marchan, Ing. Cesar Rincón, Migdalia Andrian, Irwis Parra, Neysi Parra, Nancy Peña a cada uno de ellos que por su dedicación, paciencia y orientación me ayudaron a realizar esta investigación, a mis compañeros por compartir con ellos éstos años de aprendizaje, disgustos, tristezas y alegrías.
  • 4. 4 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO SUB DIRECCION DE INVESTIGACION Y POSGRADO COORDINACION GENERAL DE POSGRADO Línea de Investigación: “Comportamiento, Desarrollo y Cambios Organizacionales” PLAN DE ACCION SOBRE LA ORIENTACION JURIDICA Y EDUCATIVA SOBRE EL ACOSO ESCOLAR EN LA UNIDAD EDUCATIVA JOSE MARIA VARGAS DEL ESTADO VARGAS 2.017-2.018 Proyecto Especial de grado que se presenta ante la Ilustre Universidad Pedagógica Experimental Libertador, como requisito para optar el Titulo de Maestría en Gerencia Educativa AUTOR: CARDENAS MAGNO TUTOR: FECHA: Mayo; 2019 RESUMEN El Síndrome de Bullying o Acoso Escolar es un problema social por causa de conducta y de pérdida de valores que surge desde de la convivencia familiar, ahora hay alumnos que han sido agredido por alguna persona, ya sea compañero de escuela, que por el simple hecho de que les ven un defecto lo han acosado, insultado u humillado, dañando fuertemente la autoestima, causándole daño sicológico como depresión, temor, inseguridad , entre otros. Nace la importancia de realizar esta investigación, con el objetivo de Proponer un Plan de Acción Sobre La Orientación Jurídica y Educativa sobre el Acoso Escolar en la Unidad Educativa José María Vargas del Estado Vargas 2017-2018, Basándose en las Teoría Conductista y en la Teoría Intervención Social, con una filosofía Empírica. Permitió elaborar estrategias de acción para el abordaje del objeto de estudio bajo una perspectiva cuantitativa. El tipo de investigación fue descriptivo, transaccional de campo; con una muestra de 82 alumnos. Las técnicas de recolección de datos fueron la observación directa, notas de campo y cuestionario tipo encuesta, para posteriormente tabular e interpretar la información recabada del análisis de los resultados de dar las conclusiones y recomendaciones de nombrar mediadores en el entorno social educativa para alternativas, proponer programas educativos y jurídicos con el fin de disminuir dicho
  • 5. 5 fenómeno social, fortaleciendo los valores, derechos, deberes del adolescente en el ámbito educacional. Para contribuir una formación integral social libre de violencia. Palabras Clave: Acoso Escolar, Alumnos, Causas, Agresiones, Familia, Profesores. Correo Electrónico: magnocardenas@gmail.com .
  • 6. 6 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO SUB DIRECCION DE INVESTIGACION Y POSGRADO COORDINACION GENERAL DE POSGRADO Línea de Investigación: “Comportamiento, Desarrollo y Cambios Organizacionales” PLAN DE ACCION SOBRE LA ORIENTACION JURIDICA Y EDUCATIVA SOBRE EL ACOSO ESCOLAR EN LA UNIDAD EDUCATIVA JOSE MARIA VARGAS DEL ESTADO VARGAS 2.017-2.018 Proyecto Especial de grado que se presenta ante la Ilustre Universidad Pedagógica Experimental Libertador, como requisito para optar el Titulo de Maestría en Gerencia Educativa AUTOR: CARDENAS MAGNO TUTOR: FECHA: Mayo; 2019 SUMMARY The Bullying Syndrome or School Bullying is a social problem due to conduct and loss of values that arises from family life, now there are students who have been assaulted by someone, either schoolmate, that by the simple fact that they see a defect have harassed, insulted or humiliated, strongly damaging self-esteem, causing psychological damage such as depression, fear, insecurity to mental problems. The importance of carrying out this research is born, with the objective of Propose an Action Plan on Legal and Educational Guidance on School Bullying in the José Maria Vargas Educational Unit of Vargas State 2017-2018, Based on Behavioral Theory and Theory Social Intervention, with an Empirical philosophy. It allowed the elaboration of action strategies to approach the object of study from a quantitative perspective. The type of research was descriptive, transactional field; with a sample of 82 students. The data collection techniques were direct observation, field notes and questionnaire-type survey, to subsequently tabulate and interpret the information collected from the analysis of the results of giving the conclusions and recommendations of naming mediators in the educational social environment for alternatives, propose educational and legal programs with the purpose of diminishing said social phenomenon,
  • 7. 7 strengthening the values, rights, duties of the adolescent in the educational field. To contribute a comprehensive social formation free of violence. Keywords: Students, Causes, Aggressions, Family, Teachers. Email: magnocardenas@gmail.com. INDICES GENERAL Pag. Introducción 7 CAPITULO I EL PROBLEMA 1 El Planteamiento del Problema 15 1.1 Interrogante de la Investigación 15 1.2 Objetivos de la Investigación 15 1.2.1 Objetivo General 15 1.2.2 Objetivo Especifico 15 1.3 Justificación e importancia 16 1.4 Línea de Investigación 16 1.5 Delimitación, Alcances y Limitantes de las Investigación 19
  • 8. 8 1.5.1 Delimitación 19 1.5.2 Alcances 19 1.5.3 Limitantes de la Investigación 20 CAPITULO II MARCO REFERENCIAL 2.1 Antecedentes de la Investigación 2.1.1 Histórico Internacional 2.1.2 Investigación Previas Relacionadas con el Estudio Realizado 2.2 Contesto Organizacional 2.2.1 Breve Reseña Histórica 2.2.2 Misión, Visión y Valores 2.2.3 Estructura Organizativa 2.3 Bases Teóricas 2.3.1 Concepto de Acoso Escolar 2.3.2 Causas y Consecuencias del Acoso Escolar 2.3.2.1 Causas del Agresor
  • 10. 10 En este trabajo se pretende explorar hasta qué punto resulta factible llevar a cabo la inducción jurídica y educativa sobre el Acoso Escolar o también denominado Síndrome de Bullying, como fenómeno social que ha ido creciendo de una manera acelerada, afectando la integridad y dignidad del individuo, trayendo como consecuencia problemas sociales para el desarrollo integral del niño y/o adolescente. Ahora bien en este capítulo se plantea discutir en forma analítica las consecuencias que origina en el individuo desde la pérdida de autoestima hasta la depresión, causando delitos, faltas u omisiones en la conducta hacia tercera persona calificada como víctima. Cabe a destacar por otra parte, al proceder a realizar diagnósticos al público estudiantil y profesionales como Sicólogos, Médicos, Funcionarios públicos y Militares, con el fin de conocer su opinión sobre el tema, en la presente investigación se buscara de implementar los objetivos y metodología que se utilizara como instrumento para analizar la problemática, posibles resultados y conclusiones. Por otra parte, es necesario analizar teóricamente la conceptualización, característica, causas y consecuencia sobre el tema a investigar, basándose en documentos educativos y jurídicos. El objetivo social es Proponer un Plan de acción sobre la orientación Jurídica y educativa sobre el acoso escolar también llamado el síndrome de Bullying, en la Unidad Educativa José María Vargas del Estado Vargas. A través de talleres y proponer un plan de acción, sobre el acoso escolar que regule el maltrato que genera, con el fin de proteger los derechos del niño y adolescentes de la masa estudiantil y a la instalación de un comité de convivencia escolar. Es importante evaluar la conducta desde el punto de vista ocular, las emociones del individuo con fin de promover normas que permitan la protección del niño y del adolescente con la finalidad de corregir sus actitudes y pueda obtener un desarrollo integral ante la sociedad. La presente investigación estará estructurada en capítulos.
  • 11. 11 En el capítulo I, se presenta el Planteamiento del Problema, Interrogantes del Problema, Objetivos de la Investigación, se formulan los objetivos tomando como base el hecho a investigar y preguntas de investigación, Justificación e Importancia, Línea de Investigación, Delimitación, Alcance y Limitantes de la Investigación. En el Capítulo II, hace referencia al Marco Referencial, Antecedentes de la Investigación Históricos, Investigación Previas Relacionándolas con el Estudio a Realizar. Contexto Organizacional: comprendido en Breve Reseña Histórica, Misión, Visión y Valores, Estructura Organizativa. Bases Teóricas: Filosóficas, Jurídicas, Conceptuales En el Capítulo III se hace referencia al Marco Metodológico, Tipo de estudio y diseño de investigación, Profundidad de la Investigación, Definición de la Población y Muestra, Diseños de los instrumentos de Recolección de Datos, Validez y Confiabilidad de los Instrumentos y Métodos estadísticos para el tratamiento de la información procesada. En el Capítulo IV se hace referencia al Análisis e Interpretación de los resultados; Aplicación de instrumentos de recolección de la información, se procedió a realizar el tratamiento correspondiente para el análisis de los mismos por cuanto la información que arrojara será la que indique las conclusiones a las cuales llega la investigación. Presenta el análisis e interpretación de los resultados obtenidos a través de la aplicación del cuestionario a los estudiantes que resultaron ser la muestra, los gráficos y tablas en el orden de las variables utilizadas, conclusiones y recomendación. En el Capítulo V. Expone la Propuesta de Intervención Social, Objetivo General y Objetivos Específicos, Estrategia Metodológica y Actividades educativas y jurídicas en aspecto de orientación. Para concluir la
  • 12. 12 investigación se presentan los anexos e índice de referencia bibliográfica que apoyaron el estudio realizado así como el modelo de encuesta y las solicitudes realizadas a los expertos que las validaron.
  • 13. 13 CAPITULO I EL PROBLEMA La Presente investigación a tratar en el Estado Vargas, es el tema relacionado con el acoso escolar conocido por muchos como bullying, ha llamado la atención, tanto del propio gobierno regional, como de padres y representantes, por la cantidad de niños, niñas y adolescente en las diferentes unidades educativas del estado, que vienen padeciendo de discriminación o violencia en su espacio de formación. Cuando un estudiante está siendo intimado por otro estudiante o grupos de estudiantes: dice cosas mezquinas o desagradables, se ríe de él o le llama por nombres molestos o hirientes. Le ignora completamente, lo excluye de su grupo de amigos o le retira de actividades a propósito, Golpea, patea, empujan o le amenaza, esta definición más aceptada por Olweus (1999); se cita en la Referencia Bibliográfica (En el Capítulo I, en la pag. 33, Garaigordobil, M y Oñederra) (2010) El Bullying por su parte, una palabra de origen inglés, es aquella que tiene como significado la intimidación. Entonces, el bullying o acoso es definido como la injusticia o abuso de poder que sufren los escolares en las aulas. Los Niños o jóvenes que sufren acoso escolar por parte de otros estudiantes o son testigos de situaciones de violencia de forma reiterada, tiene un menor rendimiento académico a corto y a largo plazo. A hora bien para el Abogado Camacho J. (Entrevista efectuada 03/03/2017), considera que el Bullying ocurre cuando un individuo más fuerte y poderoso daña o amenaza con hacerlo a alguien más pequeño o débil de forma deliberada una y otra vez.
  • 14. 14 Estas agresiones pueden manifestarse en infinita forma como: golpes, empujones, agresiones verbales y/o físicas, exclusiones intencional de un grupo, gestos de amenazas, insultos, esparcir rumores, entre otros, el Abogado Camacho, expreso, que este fenómeno social es causado por una asimetría de poder y dominio, donde un individuo utiliza su poder (fuerza u otra condición) para intimidar u hostigar a otra. “Cedre J. (Entrevista efectuada en 03/03/2017), Sicólogo Clínico, egresado de la Universidad Central de Venezuela, debidamente registrado bajo el número de F.P.V. 4709, en una entrevista que se le realizo en su consultorio, da su punto de vista que es una situación muy compleja que debe ser abordado por especialistas, tales como: Sociólogos, Sicólogos Sociales, Sicólogos Escolares, Médicos Psiquiatras y Pediatras, entre otros, es muy difícil su abordaje, ya que cada caso es muy diferente, debe ser evaluado tanto el niño calificado como víctima, como el niño o los niños calificado como agresores e igualmente la familia de ambos. Mayormente las maestras, directoras, o personal de educación que se encuentran con estos casos, no cuentan con las herramientas necesarias para el abordaje, por esto se recomienda remitirlos al organismo pertinente que cuente con la asistencia de personal especializado, como las instituciones nacionales o gubernamentales, como la LOPNA, Defensoría, u otros organismo del Estado que cuente con asistencia de profesiones en la materia. Para el Dr. López J. (Entrevista efectuada en 13/04/2017), Médico Internista, da su opinión donde explica que el acoso escolar es un problema de conducta, que viene causado por falta de comunicación y relación entre los padres e hijos. En un hogar donde hay violencia familiar el niño o adolescente copia la conducta inapropiada y luego la refleja en otros causándole daños morales y sicológicos, como temor, inseguridad entre otros. Por lo cual expone, que hay otros elementos que inciden en este
  • 15. 15 problema social en la formación del individuo, que son los juegos en internet y programas de televisión, que causan en el ser, conductas inadecuadas y es necesario la orientación de sus representantes, tales como padres, abuelos, tíos, tutores entre otros. Para Pérez F. (Entrevista efectuada en fecha 29/04/2017) Abogado de la Notaria Publica Segunda del Estado Vargas da su opinión, regular sobre este hecho social, que causa daños morales y perdidas de valores en el niño y adolescente, situación que debería ser denunciada a las autoridades competentes, hace saber que Bullying, no solamente se ve en alumnos con alumnos, sino también, profesores con alumnos, un conflicto que hay que controlarlo a través de una evaluación directa del alumno y del profesor mediante de programas de formación jurídica y educativa. A hora bien, en términos críticos, una persona que sea acosada bajo este síndrome es darle paso a ser un individuo inseguro y guiarlo a un camino del fracaso y a sentirse excluido de la sociedad. La sociedad se enfoca en el individuo y el individuo en la sociedad. La sociedad forma y hace crecer su desarrollo intelectual y económico del individuo y este a su vez crea nueva sociedades de nuevo talentos, en todo su aspecto espiritual, educativo, personal y económico al ser englobado este aspecto podemos hablar de crecimiento científico en lo que se quiera investigar, para alcanzar este logro es importante proteger a la nueva siembra de la futura generación, como enseñando en la unidades educativas programas de enseñanza que permita contrarrestar este hecho o fenómeno que afecta al estímulo del niño o adolescente considerado como alumno. En un reportaje I y II, hecho por la periodista Eleanita Quintero hace referencia que uno (1) de cada tres (3) niños, sobre este mal de violencia de agresión física y sicológica que conlleva a la perdida de una vida humana, este fenómeno no solamente ataca a la integridad personal del sujeto sino
  • 16. 16 también produce efecto de temor, trastornos y bajo nivel de aprendizaje. Se cita en la Referencia Pagina Web (www.youtube.com) El Bullying es un problema social por causa de conducta y de pérdida de valores que surge desde de la convivencia familiar, ahora hay alumnos que han sido agredido por alguna persona, ya sea compañero de escuela, que por el simple hecho de que les ven un defecto lo han acosado, insultado u humillado, dañando fuertemente la autoestima, causándole daño sicológico como depresión, temor, inseguridad hasta problemas mentales; entre otros. Por dicha razón, me he dado a la tarea de investigar más, acerca de este problema que día a día, a generado mucho interés, inquietud y auge, la manera de cómo voy a realizar la investigación basándome en encuestas, entrevistas que he aplicado ante algunos alumnos de 1er año y de 5to año por medio de comunicación masiva, tales como internet, libros entrevistas a autoridades civiles y militares, profesionales de libre ejercicios como maestro, profesores, médico cirujano y público general ya que me concierne el por qué sucede este hecho, como se presenta y cuáles son las consecuencia de este fenómeno social, así mismo dar soluciones de normas preventivas y apoyo a los jóvenes y niños que son los más vulnerables. Este fenómeno social que se acredita en la sociedad puede dar a crear individuos a cometer acciones que van en contra de la ley y de la buena costumbre, por no ser tratados tiempo por sus representantes y por las instrucciones respectiva para esclarecer el hecho y tomar medidas correctivas. Este fenómeno se ha incrementado de una manera acelerada a medida que ha ido evolucionando la sociedad con la tecnología, surge una nueva forma de Bullying conocida como Ciberbullyin; Consiste en uso de la nueva tecnologías de la información y la comunicación, como internet y teléfono móvil, como consecuencia, es una forma de acoso indirecto y
  • 17. 17 anónimo. Happy Slapping: que se refiere a las grabaciones físicas brutales o vejaciones que son difundidas, a través del teléfono móvil o internet, también se observa el acoso entre parejas de adolescente, donde prevalece el chantaje emocional. Cabe destacar, que esto es considerado como la antesala de la violencia de genero conocido como Dating Violence, y esto conlleva a una situación inescrupulosas que afecta el niño o adolescentes, al enfrentar una realidad discriminatoria y por falta de conocimientos a vulnerar los derechos de otros, se cita en la referencia bibliográfica en este autor Oñederra (2008) Seguidamente Para el Ciudadano J Marchan (Entrevista efectuada el día 16 de mayo de 2.017), Profesión Marino Mercante, Designado con el Cargo de Oficial de Entrenamiento da su opinión es un problema social que se origina por falta de atención de la familia y por falta de comunicación con los padres incluso explica que en su institución donde egreso se presenta este problema social. Expone que esta situación también se ve cuando él o ellos están abordo incluso siempre intimidan al sexo femenino, y por miedo no denuncian por no perder su trabajo. No obstante el alega que crearon un comité de protección hacia la mujer con el fin de erradicar este problema, El acoso es un problema que puede surgir de otros miembros, de otros grupos de pertenencia a lo largo de nuestra vida. A menudo empieza en el colegio, continúa en la universidad, en la vida laboral incluyendo la relación amorosa y la vida familiar. Este párrafo se cita en la siguiente Referencia Bibliografía A. Schwarz S. Pag. 11( WWW.ellibrodelbullyin.com). Cesar Rincón, de Profesión Ingeniero en Sistema Alcaida Metropolitana de Caracas, (Entrevista efectuada el día 16 de mayo de 2.017), expresa que este fenómeno debe ser tipificado en nuestro Código
  • 18. 18 Penal Venezolano como delito o falta. Ya que esto origina bajo nivel de aprendizaje y auto estima. 1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA A hora bien, en base a lo planteado anteriormente causas las siguientes interrogantes: ¿Proponer un Plan de Acción sobre la Orientación Jurídicamente y Educativa sobre el Síndrome de Bullíng o Acoso Escolar en la población estudiantil de la Unidad Educativa José María Vargas, comunidad educativa del Estado Vargas?, 1.1. Interrogante De La Investigación ¿Cómo actúa el órgano rector frente a una situación de acoso escolar ante el victimario, agresor y testigos y ante la Unidad Educativa José María Vargas? 1.2. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION Con la presente investigación se pretende formar preventivamente al adolescente sobre este hecho que acontece en la vida social y proponer normas de convivencia que contribuyan a fortalecer los valores y derechos sin discriminación alguna. 1.2.1 Objetivo General: Proponer un Plan De Acción Sobre La Orientación Jurídica y Educativa Sobre El Acoso Escolar o Síndrome De Bullying En la Unidad Educativa José María Vargas Del Estado Vargas. 1.2.2 Objetivos Específicos: 1. Determinar las causas y consecuencias de la violencia escolar en la comunidad estudiantil
  • 19. 19 2. Sugerir Talleres educativos – jurídico sobre cómo prevenir el Acoso Escolar o Síndrome de Bullying en las unidades educativa 3. Enumerar las normas de prevención que aplica unidad educativa ante dicha situación de acoso escolar. 4. Elaborar Estrategias por la unidad educativa para prevenir el acoso escolar 5. Indicar que normas preventivas exponen las autoridades civiles ante este hecho social. 1.3. JUSTIFICACION E IMPORTANCIA El propósito de esta investigación, es Proponer un Plan de Acción sobre la Orientación Jurídica y Educativa sobre el Acoso Escolar o Síndrome de Bullying en la comunidad educativa y proponer un Comité donde se establezcan las normas de convivencia y sanciones a la unidad educativa, victima, agresor y espectador, con el fin de erradicar este hecho social que afecta al desarrollo integral, del niño o adolescente. . 1.4. LINEA DE INVESTIGACION Se hace referencia en la presente Línea de Investigación el “Comportamiento, Desarrollo y Cambios Organizacionales” que contribuya a una transformación direccional y personal, evaluando a los educadores para implementar programas de inducción sobre los valores a nivel familiar y educativo. Haciendo referencia: A una relación Jurídica – Educativa, por las siguientes razones, Revisar que normas aplican las unidades educativa para erradicar este fenómeno social, sería interesante actualizar las normas tomando en cuenta el ordenamiento jurídico vigente al ser ingresado el alumno a la unidad educativa.
  • 20. 20 Diseñar temas sobre este hecho y ser dictados por los educadores con el fin de fórmalos e incentivarlo al respeto a ser más disciplinado, la gerencia educativa aplicaría un plan de acción como charlas, foros, talleres, clases especiales y trabajos dentro del área con medidas de saneamiento espiritual y educativo. Incluir este hecho en los pensum de estudios para ser estudiados a fondo y se pueda en forma participativa y protagonista de los afectados, conseguir una forma de proponer y redactar un proyecto de ley especial que regule este fenómeno desde el punto de vista social enfocado a las necesidades de la unidad educativa, que inicie desde la disciplina al trabajo, manual del alumno que sea exportador de ideas para mejorar su institución, colegios y escuelas. Seguidamente formar asambleas de padres representantes, profesores y abogados para discutir, aprobar e insertar normas que permitan regular este fenómeno social en las aulas de clases y en las instalaciones de la unidad educativa interna como externa y proponerlas al gobierno estadal para la formulación de una ordenanza que pueda controlar los incidentes que se causen. En la Unidad educativa José María Vargas, se le hace la propuesta de anexar una nueva Coordinación; que sería la Coordinación de Convivencia conformada por un Representante de la LOPNNA, un(1) Vocero de la Coordinación o Comunidad Estudiantil y Un (01) Vocero de la comunidad de padres representante, con el fin de evaluar la conducta del individuo cuando se presente violencia en ellos, que permitan minimizar el acoso escolar que conlleva a la violencia estudiantil y mucha veces familiares, el objetivo principal de esta coordinación es erradicar este fenómeno social que asecha a los alumnos, que le impide el mayor grado de nivel de aprendizaje entre ellos, aplicando las normas positivistas del ordenamiento jurídico en todas las fases del conflicto.
  • 21. 21 Esta Coordinación tendrá un enfoque, al examinar y corregir las situaciones que se presenten, notificando a los organismos competentes de las situaciones anormales producidas ocasionalmente o temporalmente, que origino abusos de poder entre los alumnos que causan agresiones, lesiones y delitos de mayor magnitud. Registrar en actas los casos que generen violencia y de las posibles soluciones para restituir el daño causado, respetando sus derechos constitucionales. En esta Coordinación de Convivencia, se encuentre constituido formalmente el Comité de Convivencia Escolar y Disciplinario, cuya tarea principal es el desarrollo integral y espiritual. Con este se propone una modificación en su estructura direccional de la Unidad Educativa José María Vargas. Instalar de un departamento jurídico en todas las unidades educativas que sirva de orientador sobre tal fenómeno social y al mismo tiempo que sirva para diagnosticar y procesar antes las instituciones del estado con el fin de erradicar dicha situación.
  • 22. 22 1.5. DELIMITACION, ALCANCES Y LIMITANTES DE LA INVESTIGACION 1.5.1 Delimitación Con esta investigación se pretende Proponer un Plan de Acción de Orientación Jurídico - Educativo de acuerdo al Ordenamiento Jurídico vigente sobre el Acoso Escolar o Síndrome de Bullíng en la Comunidad Educativa del Estado Vargas, dentro de la localidad del Municipio Vargas de la Parroquia Carlos Soublette, Avenida Principal Soublette Unidad Educativa José María Vargas, entre el mes de abril y diciembre del año 2.018, se realizara entrevista abiertas a los alumnos del 1er año al 5to año para determinar el acoso escolar o hostigamiento que se observe o que se encuentre como hecho social que causan diferente tipos de delitos, faltas. 1.5.2 Alcances Esto va dirigido, a los sujetos (niños o adolescente), calificado como alumnos que serán observados, encuestados o entrevistados para analizar el conflicto en forma jurídica y educativa tal situación que permita bajar el índice de violencia. La población estará comprendida del numero total de estudiantes de 1er año a 5to año de bachillerato; equivalente a 414 alumnos, como se toma una porción para su estudio comprendido en dos secciones, en base a ella se determinan los tipos de casos de abuso escolar que servirán para diseñar estrategias, orientación jurídica y educativa para erradicar este fenómeno, imponiendo foros, charlas, talleres en las unidades educativas, con el fin de educar a la población sobre lo que genera este mal como, daños morales hasta llegar al homicidio y proponer un plan de acción para orientar al agresor, espectador, unidad educativa con clases especiales y trabajos comunitarios.
  • 23. 23 A dicha situación de maltrato y de agresiones de un estudiante a otro que se presenta en un entorno social debe haber una razón o factor que influya en dicha procedencia de cambio de actitudes en el ser, con qué intención aplica el agresor este fenómeno ¿para qué? y ¿cómo? Se podría llegar a un resultado, para obtener un algo de valor tangible o para llamar la atención o simplemente ocasionar daños físicos o sicológicos, este párrafo lo relacionaría con la teoría contextual o ecológica, una teoría que enfoca sobre el estudio de la conducta agresiva, que es el resultado de la interacción compleja entre las características del niño adolescente y otros factores que surgen de los distintos contexto y de los valores imperantes en los que vive. Tomando esta teoría como referencia se pretende fortalecer los valores utilizando el ordenamiento jurídico a través de charlas, foros y talleres que dicten medidas de mejorar la actitud de los alumnos víctimas de este síndrome. 1.5.3. Limitantes de la Investigación Un limitante de esta investigación seria el sufrimiento de toda familia; Escuchar el relato que hacen sus hijos de los insultos, los comentarios que desvalorizan, las humillaciones que padecen, conlleva a una tensión psíquica permanente en los padres, vivir en el clima del acoso necesita una fuerza de voluntad, atención y comprensión. El no notificar a los padres sobre el comportamiento del niño y adolescente agresivo o disciplinado de los alumnos por parte de los profesores hacia los representantes y esto a su vez, porque no hacer las denuncias respectivas a las autoridades respectivas. La no actuación de las autoridades competentes ante tal situación, que no le dan tal importancia, ya que es un hecho de agresión o de abuso hacia otra persona donde es vulnerado sus derechos y necesita ser protegido ante la sociedad.
  • 24. 24 Al no responder a las entrevistas o encuestas para determinar los motivos de este fenómenos en la unidad educativa José María Vargas por parte de los alumnos.
  • 25. 25 CAPITULO II MARCO REFERENCIAL 2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN. 2.1.1. Histórico Internacional El fenómeno del Bullying ha sido ampliamente investigado y analizado en las dos últimas décadas, principalmente desde la psicología y la sociología educativa. Desde la perspectiva psicológica, la atención se ha focalizado en las prácticas y comportamientos vinculados e implicados en el fenómeno del acoso entre iguales, en especial en las conductas agresivas y violentas y la problemática de victimización en sus diferentes expresiones y consecuencias psicológicas y sociales para los afectados (Hawker y Boulton, 2000; Espelage, Holt y Henkel, 2003; Rigby, 2003; Perren y Alsaker, 2006). Desde la mirada sociológica, se ha profundizado en la identificación de factores sociales ligados al bullying (pobreza, exclusión social, delincuencia juvenil, consumo de alcohol y drogas, cultura juvenil) con el propósito de reconocer y prevenir su incidencia y disminuir las conductas de riesgo (Martínez-Otero, 2005; Blaya y otros, 2006; Barker y otros, 2008). Así, sabemos que la violencia y el maltrato entre pares no son un hecho nuevo ni aislado o propio de ciertas escuelas o países (Abramovay y Rua, 2005; Berger, Rodkin y Karimpour, 2008; Plan International, 2008). Constituyen un fenómeno transversal y frecuente que afecta a un importante porcentaje de estudiantes en tanto víctimas (en mayor medida), victimarios o agresores, o en tanto observadores o espectadores del bullying entre sus compañeros, y que ha sido constatado mediante diversas investigaciones en las distintas regiones y países del mundo (Olweus 1978, 1993; Schäfer y
  • 26. 26 otros, 2005; Ortega, 2005; Blaya y otros, 2006; Smith, Kanetsuna y Koo, 2007). Entre las formas de maltrato más comunes y frecuentes, la evidencia identifica distintos tipos de insultos, apodos y sobrenombres; golpes, agresiones directas, robos; amenazas, rumores y la exclusión o el aislamiento social (Whitney y Smith, 1993; Owens, Daly y Slee, 2005). Últimamente ha aumentado de manera importante el llamado bullying cibernético mediante el cual se maltrata y denigra al estudiante de distintas formas a través de teléfonos celulares, páginas web, blogs, redes sociales (facebook, hi5, twitter), YouTube u otros medios compartidos y utilizados por los escolares en internet (Skrzypiec, 2008). El género y la edad inciden en la expresión y magnitud que alcanza el acoso entre compañeros. Así, los estudiantes varones se ven envueltos mayormente en situaciones de maltrato físico (golpes), mientras que las mujeres ocupan preferentemente el maltrato social o psicológico (Skrzypiec, 2008). Este fenómeno disminuye a medida que aumenta el nivel de escolaridad (Pellegrini y Long, 2002; Dake, Price y Telljohann, 2003; Smith, 2003). Entre los primeros estudios en que se dio cuenta de la magnitud del fenómeno en Europa se encuentra el de Whitney y Smith (1993), donde se mostraba una tasa de victimización del 10% para Inglaterra, en tanto que un 6% de los estudiantes se reconocieron como agresores. Diez años después y de acuerdo con Dake, Price y Telljohann (2003), las cifras de prevalencia del bullying en escuelas primarias europeas van desde un 11% (Finlandia) a un 49% (Irlanda), mientras que en los Estados Unidos el porcentaje se acerca al 20%. En España, uno de cada cuatro alumnos es víctima de la
  • 27. 27 violencia escolar, siendo siete veces más alta en primaria que en bachillerato y el principal tipo de violencia es la psicológica (Voors, 2005). En Australia, un 17,4% de los estudiantes de 7 a 9 años declaran ser víctimas de bullying severo, mientras que el 31% reconocen haber sufrido bullying o abuso de tipo medio (Skrzypiec, 2008). En las recientes cifras entregadas por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (ocde, 2009) respecto de los países que la componen se constata en promedio un 26% de estudiantes víctimas de bulliyng en educación primaria, un 20% en la secundaria inferior y un 10% en la secundaria superior. En los estudios realizados en América Latina se aprecian también diferencias entre países y respecto del nivel de enseñanza. Así, por ejemplo, un 11% de los estudiantes mexicanos de primaria han robado o amenazado a algún compañero, mientras que en secundaria ese porcentaje alcanza a poco más de un 7% (Aguilera, Muñoz y Orozco, 2007). En escuelas privadas y públicas del Brasil el porcentaje de estudiantes de primaria que reconocen ser reiteradamente amenazados va del 21% al 40%, dependiendo del estado en cuestión (Abramovay y Rua, 2005). Con respecto al Perú, los datos señalan una tasa de bullying del 47% (Oliveros y otros, 2008), mientras que en Chile un 11% de los estudiantes declaran haber sufrido bullying, ya sean amenazas permanentes, discriminación o ambas de parte de sus compañeros (Encuesta nacional de violencia escolar, 2007). Las principales agresiones reconocidas corresponden a violencia psicológica (22,2%); física (17,7%); discriminación o rechazo (13,5%); amenaza u hostigamiento permanente (11,1%); atentado contra la propiedad (9,6%); con armas (4,3%), y sexual (3%).
  • 28. 28 En la Argentina, casi un tercio de los estudiantes de secundaria reconocen haber sufrido la rotura de útiles u otros objetos llevados a la escuela (32%). La violencia verbal (gritos, burlas e insultos) alcanza porcentajes entre un 12% y un 14%, dependiendo del grado. El 10% de los alumnos dicen haber sufrido amenazas por parte de un compañero, mientras que un 8% han sido víctimas de violencia social (exclusión). Por último, algo más de un 7% de ellos señalan haber sido golpeados por sus pares y un 4,5% declaran haber sido víctimas de robo por fuerza o amenazas (García, 2010). Cita en la página web on line (http://gmiradasmultiples.blogspot.com). 2.1.2. Investigaciones Previas Relacionándolas con el estudio a Realizar Un gran aporte es la que hace los teístas Augustas, Rebecca y Cabreara, Daniela (2014), Documental: El Bullying no es un juego de niños, Tesis y Trabajo no publicada, Universidad Católica Andrés Bello, Facultad de Humanidades y Educación, Escuela de Comunicación Social, Caracas hace referencias sobre los testimonio de la victimas afectadas por el acoso escolar. El Diario El Universal Rodríguez Alfredo (Domingo 14 de octubre de 2.013), Caracas ¿Quién responde al ocurrir hechos de violencia o acoso entre adolescente en la escuela?, En una publicación establece quien responde al ocurrir hechos de violencia o acoso entre adolescentes en la escuela? Para algunos la responsabilidad recae sobre la institución educativa donde suceden los eventos. Otro sector señala a los padres del menor abusador, por cuanto son ellos quienes ejercen el gobierno de sus hijos. Por último, pocos sostienen que es el propio agente causante de los daños (el menor hostigador) quien debe ser castigado por sus actos. ¿Qué prevé la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna)? Esta ley no regula ninguno de los tipos de bullying en forma expresa, Sin embargo, consagra que los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derecho con deberes y responsabilidades, en
  • 29. 29 consecuencias, pueden ser enjuiciados en los tribunales penales y resultar condenados se cita en la página web on line (www.eluniversal.com) Ahora bien, otra investigación es la que realizo la Licenciada Jadíes Coromoto Bogarin Pereira (2014), Documental: Factores Sociales Relacionados con la Violencia Estudiantil, Trabajo de Grado, Universidad del Zulia Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, División de Estudios para Graduados, Programas: Intervención Social, Nivel: Maestría, hace referencia que la violencia estudiantil considerada como los actos cometidos dentro de los ambientes escolares que perjudican el normal flujo de las actividades diarias, determina que es una situación que causa daños a las personas, familias e instituciones públicas y privadas donde se presenta y se origina de los grupos familiares disfuncionales principalmente con ausencia de la figura paterna. Esto representa el factor social de mayor incidencia, tiende a relacionarse a la violencia escolar, por las características de los grupos familiares de los estudiantes, donde se pudo conocer, familias disfuncionales, reacciones afectivas violentas y carecen de una buena comunicación entre padres, hermanos y otros familiares que conforman. En toda investigación que se realiza, es importante tomar en cuenta, los trabajos o investigaciones referidos a la temática que se está trabajando y que se hayan realizado, con la finalidad de buscar en ellos los aspectos más relevantes que fortalezcan el estudio o la investigación realizada manteniendo una estructura lógica racional que permite el análisis de los hechos conocidos, así como, orientar la búsqueda de otros datos relevantes, en los hechos conocidos o que no se conocen, por lo tanto los resultados fueron los siguientes: El primer trabajo sistemático sobre las conductas Bullying o Acoso Escolar fue realizado por Dan Olweus, profesor de la Universidad de Bergen.
  • 30. 30 Se trata de un estudio longitudinal que comenzó en 1970, y aún hoy sigue desarrollándose. El trabajo de Olweus, desde 1973, requiere especial atención ya que ningún otro es comparable en tamaño y complejidad. El autor ha trabajado en este campo más de 20 años, lo que le ha permitido acceder a importantes estudios longitudinales. Olweus define el Bullying o Acoso Escolar diciendo que “un alumno está siendo maltratado o victimizado cuando él o ella está expuesto repetidamente y a lo largo del tiempo a acciones negativas de otro grupo de estudiantes”. Olweus ha matizado las acciones negativas en varias ocasiones, por ejemplo, en la definición de Bullying que presenta en su cuestionario modificado señalando que hace referencia a características que según Olweus, definen el Acoso Escolar son tres: intencionalidad, decir cosas desagradables, poner motes, ignorar, excluir, golpear, amenazar, etc. En cambio, independientemente de las formas de agresión que se utilicen, las persistencia en el tiempo y abuso de poder. Un gran aporte es el de Ortega (1998) en su obra “Las leyes del Maltrato Escolar” Explica que existen dos leyes que mantienen el maltrato entre escolares que son, la ley del silencio y la ley del Dominio sumisión, Según Ortega estas dos leyes son las que posibilitan que el Bullying o Acoso Escolar se mantenga. Por un lado, las personas implicadas directamente mantienen un vínculo por el cual uno aprende a dominar y otro a ser sumiso a esta dominación. Por su parte, Rigby (2002) ha limitado el Bullying o Acoso Escolar al abuso sistemático de poder de uno sobre otro u otros. Cerezo (2001) en su obra Titulada “Bullying el fenómeno de la Sociedad” lo plantea desde una perspectiva iguales donde se producen situaciones de maltrato. Se trata de un fenómeno que presenta al menos dos tipos de problemáticas bien diferentes, por un lado la que viven los principales
  • 31. 31 implicados; el actor de las agresiones o Bullying; y el otro lado el receptor de la misma o víctima (aunque, en ocasiones puede suceder que el alumno participe en los dos roles) pero también, paralelamente afecta al grupo de observadores o no implicado en aspectos de desarrollo psicosocial y afectivo. La investigación de Contreras (2007), quien en su artículo “Hacia una Comprensión de la Violencia o Maltrato entre Iguales en La Escuela y el Aula” hace mención en su investigación que tuvo como objetivo general “Contribuir al conocimiento e identificación, en un contexto escolar específico, de formas, manifestaciones o tendencias más frecuentes de violencia o maltrato escolar”, en la convivencia dentro de una institución educativa. 2.2. CONTEXTO ORGANIZACIONAL 2.2.1. Breve Reseña Histórica Reseña Histórica U.E.N. “José María Vargas” El Liceo José María Vargas fue la primera casa de Educación Secundaria que se crea para proseguir estudios de Bachillerato, debido a que en los años 40, los jóvenes al salir de 6° grado tenían que trasladarse a la ciudad de Caracas para continuar los mismos. Este Emblemático Liceo, comenzó a funcionar para el año escolar 1943 – 1944 en una vieja casa de los Granados en La Guaira con sólo 40 estudiantes; pero fue el 10 de marzo de 1.944, fecha aniversario del Dr. José María Vargas, en honor a este Insigne y Polifacético Guaireño, que asume con orgullo su actual nombre. Fueron sus fundadores el Prof. César Zamora Torres, quien asume la Dirección y la Prof. Clara Isabel González.
  • 32. 32 Una vez formalizado oficialmente como Liceo por disposición del despacho de Educación, se muda para la calle Los Baños en Maiquetía, luego de algunos años debido al crecimiento de la población estudiantil y una infraestructura ya colapsada, en el año 1960 se le asigna una nueva edificación, con una capacidad de 1200 estudiantes. Es un liceo defensor de los Valores Científicos, Humanistas y Culturales, seguidores de las nuevas políticas educativas emanadas del Ministerio del Poder Popular para la Educación, solidario y colaborador con Instituciones y entes que hacen vida en nuestros espacios. Actualmente la dirección del plantel se encuentra a cargo del Prof. Zulema Urbina T., Profa. Mercedes Marcote Subdirectora Académica, Prof. Denis Merchán Subdirector Administrativo, La Institución cuenta con cinco Coordinadores, 32 Docentes, 27 administrativos y 30 obreros. Además funcionan (01) Centro Comunitario (Medicina General y Odontología), Centro de Recursos para el Aprendizaje y Programa de Alimentación (C.N.A.E.). 2.2.2. Misión, Visión y Valores 2.2.2.1 Misión La misión del Liceo Bolivariano “José María Vargas” es educar e instruir mediante un Proceso de Interacción entre Familia, Escuela, Comunidad, en un ambiente plenamente democrático, participativo, de corresponsabilidad compartida entre sus miembros y de compromiso social. Identificando y desarrollando las cualidades y potencialidades de las y los estudiantes, respondiendo a sus necesidades, respetando sus características individuales, para así garantizarles una educación de calidad concebida bajo un enfoque Humanista, sustentado en valores universales, permitiendo su integración como ciudadanas y ciudadanos a una sociedad en constante cambio.
  • 33. 33 2.2.2.2 Visión El Liceo Bolivariano “José María Vargas” es una Institución Educativa de Formación Integral, vinculada a la Familia y a la Comunidad, que aporta a la dinámica social que se genera en el país, ciudadanos con formación Ética, Académica, Tecnológica, Deportiva y Socio-Cultural, capaces de enfrentar los retos sociales que se presenten. 2.2.2.3 Valores Problemática carencia de valores como:  Solidaridad  Responsabilidad  Respeto  Tolerancia  Honestidad  Honradez Alto nivel de agresión en los (las) estudiantes. Desmotivación de los miembros participantes y corresponsables del quehacer educativo. 2.2.3. Estructura Organizativa La Estructura Organizativa se encuentra conformada de la siguiente manera Una (01) Dirección Una (01) Sub Dirección Una (01) Coordinación de Evaluación y Control de Estudio Una (01) Coordinación de Diferencia de Grados y Secciones Una (01) Coordinación de Formación Permanente Una (01) Coordinación Bienestar Estudiantil
  • 34. 34 2.3. Bases Teórica. 2.3.1 Concepto de Acoso Escolar El Bullying o Acoso Escolar es una intimidación y maltrato entre escolares de forma repetida y mantenida, casi siempre lejos de los ojos de los adultos, con la intensión de humillar y someter abusivamente a una víctima indefensa, por parte de uno o varios agresores a través de agresiones físicas, verbales o sociales con resultas de victimización psicológica y rechazo grupal. Este párrafo se hace referencia en Pagina Web On Line; (www. elbullying1d4.blogspost.com) 2.3.2. Causas y Consecuencias por el cual se genera el Acoso Escolar o Bullying, “No quiero ir a la escuela” puede ser la primera manifestación de que un joven está en problemas, en ocasiones acompañada de signos tales como dolores imprecisos, malestares diversos o dificultades para salir de la cama, suele aludir a cierta clase de cosas que no tienen que ver con la clase de matemática o las exigencias de la profesora de geografía y sí con algo que para niños y jóvenes suele ser vivencialmente más importante (la relación con sus compañeros). Este párrafo se cita en Trabajo y Tesis de Grado, Anabel Ortiz (2014) Consecuencia Generada por Acoso Escolar (Bullying). En el Desarrollo Integral del Niño, Niña, y Adolescente de acuerdo a la Norma Legal Vigente El fenómeno de Acoso Escolar, también llamado Bullying, intimidación u hostigamiento, se está convirtiendo en un tema de la realidad escolar en todo el mundo y se refiere, específicamente, a maltrato físico o verbal sistemático por parte de uno o más alumnos hacia otro. El caso de un adolescente que sobrelleva el papel que le ha asignado el grupo de compañeros dominantes en la clase y que sistemáticamente es mofado, insultado, humillado y puesto en ridículo
  • 35. 35 delante de todos sus compañeros que comparten esa situación de forma tácita. Un niño o adolescente que actúa de manera agresiva sufre intimidaciones en la escuela o en la familia. Adquiere esta conducta cuando es frecuentemente humillado por los adultos. Se siente superior, ya sea porque cuenta con el apoyo de otros atacantes o porque el acosado es un niño o un adolescente con muy poca capacidad de responder a las agresiones psicológicas. En el ámbito familiar el adolescente puede tener actitudes agresivas como una forma de expresar su sentir ante un entorno familiar poco afectivo, donde existen situaciones de ausencia de algún padre, violencia, abuso ejercida por los padres y hermanos mayores; tal vez porque es un niño que posiblemente vive bajo constante presión para que tenga éxito en sus actividades o por el contrario es un individuo sumamente mimado, todas estas situaciones pueden generar un comportamiento agresivo en los niños y llevarles a la violencia cuando sean adolescentes. Cuanto más grande es la escuela hay mayor riesgo de que haya acoso escolar, sobre todo si a este factor se le suma la falta de control físico, vigilancia y respeto; humillación, amenazas o la exclusión entre personal docente y alumnos. Por otro lado, los nuevos modelos educativos a los que son expuestos los niños o adolescentes como la ligereza con que se tratan y ponen en práctica los valores, según psicólogos y estudios realizados, han influenciado para que este tipo de comportamiento se presente con mayor frecuencia. La intolerancia o irrespeto a la diversidad no es otra cosa que nuestra incapacidad de aceptar que somos diferentes porque pensamos y nos comportamos de distintas maneras. Excluimos a quienes no son, piensan o actúan como nosotros, rechazamos a las personas por su color de piel, su contextura física, sus gustos o intereses, su religión, su forma de hablar, su forma de vestir e
  • 36. 36 incluso por su rendimiento académico. Lo vivimos en las familias, centros educativos, comunidades y sociedad en general. Nuestros hijos y estudiantes, ante la necesidad de sentirse populares, pueden utilizar el acoso escolar para discriminar a los que no son sus iguales, o perciben diferente. De hecho, con frecuencia en los salones existen diferentes grupos que se constituyen porque tienen gustos o intereses similares y a veces también problemas parecidos. No es raro escuchar cómo los diferentes grupos (“nerds”, “gallos, “x”, “invisibles”, “populares”, “sobrinas”, “tuquis”) comparten un mismo salón pero no se relacionan ni comunican entre sí; al contrario, compiten, se agreden, se ignoran. Se genera violencia y se dificulta la convivencia escolar. Se utilizan las bromas y los chistes para ofender a otros estudiantes. Con los sobrenombres y apodos se humilla al otro porque, aunque decimos que se emplean “con cariño”, nos valemos de una condición física (blanco, negro, gordo, pequeño, grande, bonito, feo) para sustituir sus nombres. Existen estudiantes que no se afilian a los grupos existentes, por diferentes razones y los compañeros los estigmatizan como antisociales y justifican excluirlos, rechazarlos e incluso agredirlos por su forma de ser. Se parte de la idea de que si no te asocias a uno de los grupos no estás en nada. Todos los niños, niñas y adolescentes deben gozar de todos sus derechos sin discriminación de raza, color, sexo, edad, idioma, pensamiento, conciencia, religión, creencias, cultura, opinión política, posición económica, origen social, étnico, discapacidad, enfermedad o cualquier otra condición particular o de los familiares tal y como lo contempla Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, LOPNNA (Art. 3). Sin embargo en la práctica la ley se queda en un enunciado carente de aplicación práctica.
  • 37. 37 A continuación se desarrollan una serie de factores por el cual se genera el Acoso y por el cual se recibe el Acoso Escolar: 2.3.2.1 Causas del Agresor 2.3.2.1.1 Causas individuales: Ausencia de empatía: incapacidad para reconocer el estado emocional de otras personas. Baja autoestima: percepción negativa de sí mismo. Impulsividad: falta de control de los impulsos que lleva a actuar y decir las cosas sin pensar. Egocentrismo: exagerada exaltación de la propia personalidad por la que la persona se considera el centro de atención. Fracaso escolar: Bajo rendimiento escolar, que puede llevar al absentismo y/o abandono escolar. Consumo de alcohol y drogas. Trastornos psicopatológicos: trastornos de conducta (trastorno por déficit de atención con hiperactividad, trastorno negativista desafiante y trastorno disocial); trastornos del control de los impulsos (trastorno explosivo intermitente); y trastornos adaptativos (trastorno adaptativo con alteración mixta de las emociones y el comportamiento) 2.3.2.1.2. Causas familiares: Prácticas de crianza inadecuadas: Autoritario por el contrario, negligentes. Maltrato intrafamiliar. Familia disfuncional. Poco tiempo compartido en familia. Pobres o escasos canales de comunicación. 2.3.2.1.3. Causas escolares: Políticas educativas que no sancionan adecuadamente las conductas violentas.
  • 38. 38 Ausencia de transmisión de valores. Transmisión de estereotipos sexistas en las prácticas educativas. Falta de atención a la diversidad cultural. Contenidos excesivamente academicistas. Problemática del profesorado: Vulnerabilidad psicológica, carencia de una metodología adecuada para el control de la clase. Ausencia de la figura del maestro como modelo. Falta de reconocimiento social respecto a la labor del profesorado. 2.3.2.2 Causas de la victima 2.3.2.2.1. Causas individuales: Baja autoestima. Pocas habilidades sociales para relacionarse con otros niños. Excesivo nerviosismo. Rasgos físicos o culturales distintos a los de la mayoría: minorías étnicas, raciales y culturales. Discapacidad. Trastornos psicopatológicos: trastornos mentales leves, trastornos del estado de ánimo (trastorno depresivo), trastornos de conducta (trastorno por déficit de atención con hiperactividad y trastorno desafiante). 2.3.2.2.2 Causas familiares: Prácticas de crianza inadecuadas: Autoritarias o por el contrario, negligentes (Síndrome del niño con la llave al cuello). Familia disfuncional. Poca comunicación familiar. 2.3.2.2.3 Causas escolares: Ley del silencio: silencio e inacción que hay alrededor de una agresión entre iguales. El agresor exige silencio o se lo impone la propia víctima por temor a las represalias. Los observadores, testigos o espectadores tampoco comunican los hechos por miedo, por cobardía o por no ser acusados de “chivatos”.
  • 39. 39 Escasa participación en actividades de grupo. Pobres relaciones con sus compañeros. Poca comunicación entre alumnado y profesorado. Ausencia de la figura de autoridad de referencia en el centro escolar. 2.3.2.3 Causas o Factores socioculturales: 2.3.2.3.1 Medios de comunicación: Presentación de modelos carentes de valores. Baja calidad educativa y cultural de la programación. Alta presencia de contenidos violentos en los programas de televisión. Tratamiento sensacionalista de las noticias con contenido violento. 2.3.2.3.2 Otros: Situación económica precaria. Estereotipos xenófobos instalados en la sociedad. Justificación social de la violencia como medio para conseguir un objetivo. 2.3.3 Tipos de Acoso Escolar Entre los diversos mecanismo para el Acoso Escolar el más utilizado es el Bullying Físico que incluye toda acción corporal. Es la forma más habitual del Bullying. En los últimos años, el Bullying físico se ha mezclado con una frecuencia alarmante, con diversas formas de abuso sexual. Se identifica porque suele dejar huellas corporales. Puede ser directo como Golpes, empujones, patadas, formas de encierro, escupir entre otros e Indirecto que son los daños a pertenencias, robar, romper, esconder cualquier clase de objeto. También se encuentra el Bullying Verbal el cual incluyen acciones no corporales con la finalidad de discriminar, difundir chismes, realizar acciones de exclusión, bromas insultantes y repetidas. Los niños y jóvenes son mucho más sensibles que los adultos ante estas cuestiones. La opinión de los padres constituye una parte esencial
  • 40. 40 entre los factores que ayudarán a formar la identidad y la personalidad. Es más utilizado por las mujeres mientras se van acercando más a la adolescencia. Puede ser directo por ejemplo poner apodos, insultar, amenazar, burlarse, reírse, entre otros e Indirecto generar rumores raciales o sexistas, malos comentarios, hablar mal. Por otro ámbito se da la figura del Bullying Psicológico, son las más difíciles de detectar ya que son formas de agresión, amenaza o exclusión que se llevan a cabo a espaldas de cualquier persona que pueda advertir la situación, por lo que el agresor puede permanecer en el anonimato. Se usa frecuentemente para subrayar, reforzar o resaltar acciones llevadas a cabo con anterioridad y mantener latente la amenaza. Incrementan la fuerza del maltrato, pues el agresor exhibe un poder mayor al mostrar que es capaz de amenazar aunque esté “presente” una figura de autoridad. En el agredido aumenta el sentimiento de indefensión y vulnerabilidad, pues percibe este atrevimiento como una amenaza que tarde o temprano se materializará de manera más contundente. Pueden consistir en una mirada, una señal obscena, una cara desagradable, un gesto, entre otros. También dentro de este hay un tipo de Bullying que se conoce como Bullying racista que se da cuando el maltrato hace referencia a los orígenes de la víctima. El acoso en su modalidad de agresión emocional o psicológica es aún menos visible para los profesores, pero es extremadamente doloroso. Condenar a un menor al ostracismo escolar, puede ser en determinados casos más dañino incluso que las agresiones leves continuadas. El acoso en su modalidad de exclusión social puede manifestarse en forma activa (no dejar participar) en forma pasiva (ignorar) o en una combinación de ambas. Se da la figura del Bullying Sexual, Es cuando se presenta un asedio, inducción o abuso sexual.
  • 41. 41 Se da cuando el maltrato hace referencia a partes íntimas del cuerpo de la víctima. Incluye el Bullying Homofóbico que se da cuando el maltrato hace referencia a la orientación sexual de la víctima o las que se intentan justificar por motivos de homosexualidad, real o imaginaria. 2.3.4 Características del Bullying: • Debe existir una víctima (indefensa) atacada por un bullies o grupo de agresores. • Debe existir una desigualdad de poder-“desequilibrio de fuerzas” entre el más fuerte y el más débil. No hay equilibrio en cuanto a posibilidades de defensa, ni equilibrio físico, social o psicológico. Es una situación desigual y de indefensión por parte de la víctima. • La acción agresiva tiene que ser repetida. Tiene que suceder durante un período largo de tiempo y de forma recurrente, de forma repetida en el tiempo, La agresión supone un dolor no sólo en el momento del ataque, sino de forma sostenida, ya que crea la expectativa en la víctima de poder, es decir, ser blanco de futuros ataques. El objetivo de la intimidación suele ser en un solo alumno, aunque también pueden ser varios pero este caso se da con mucha menos frecuencia. La intimidación se puede ejercer en solitario o en grupo, pero se intimida a sujetos concretos, nunca se intimida a un grupo. Este enunciado se cita en referencia en trabajo de grado Pífano Vanessa (2010), Síndrome Bullying en Estudiantes de Ciclo Diversificado del Ciclo Diversificado de Liceo Bolivariano Fernando Peñalver de Ciudad Bolívar. Abril – Junio de 2.009 Irwis Parra, (Entrevista efectuada el día 26 de mayo de 2.017), de Profesión Técnico Superior Universitario, designado con el cargo de Tutor y facilitador de los programas de orientación sobre el acoso escolar, muy subjetivamente estableció, que dan orientación al adolecente y a su representantes sobre el tema, para minimizar los daños que se produzca o se cause entre alumnos.
  • 42. 42 Explico que la base de datos estadísticos sobre este problema social no se actualiza desde el año 2.012, los caso que se presentan son manejados directamente por la Defensoría y/o al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, con el fin de tomar medidas correctivas, dependiendo de las falta y lesiones que cause el agresor e impone medidas como trabajos sociales en la unidad educativa. En los programas que aplican le hacen saber sus derechos, deberes, las sanciones respectiva, cuando un alumno causa una falta y se convierte en agresor, esta institución la LOPNNA, le da inducción educativa y jurídica sobre la problemática del acoso escolar utilizando instrumentos de video visuales, video vid, reparte folletos e impulsan campañas de anti acoso entre unas de ellas tenemos la denomina “No Lleves la Violencia en el Morral”. Finalmente expuso que los programas hay que actualizarlos de acuerdo con la reforma que sufrió la LOPNNA de fecha 08 de junio de 2.015, Gaceta Oficial LOPNNA. Agrego; adicionalmente aplicar métodos de disciplinas a los alumnos con el fin de mejorar su conducta para ser formados verdaderos ciudadanos para construir con el desarrollo del país, convirtiéndola en una PATRIA GRANDE. Profesora Neysi Pérez (Entrevista efectuada el día 26 de mayo de 2.017) representante de la Comunidad Bienestar Estudiantil, en una conversación muy subjetiva, dio como referencia que unas de las medidas que aplican para prever este fenómeno social; es la formación de niños, niñas y adolescente desde el punto de vista académico y valores, a través del “Proyecto Educativo Integral Comunitario” que consiste en fortalecer los valores, dentro del plan que encierra el amor y la paz en ambiente que acontece. Prepararlos para que sean verdaderos investigadores sobre cualquier conflicto que se quiera resolver, la comunicación entre Padre –Hijos, Alumnos – Profesores, es un punto para evaluarlos ante cualquier situación
  • 43. 43 que se presente ante cualquier daño causado bien sea entre alumnos, a los profesores o a las instalaciones del plantel. Enseñarle disciplina para que sean buenos ciudadanos y profesionales. La Unidad Educativa Liceo José María Vargas utiliza como instrumentos programas educativos, como vamos a la mano a la siembra”, Contiene una Brigada de Derecho Humanos, conformada con los voceros principales: Hernández Yulitza, Bravo Víctor, esta brigada recoge las problemática y notifica a los profesores y al departamento de Orientación (Sicológico), según el caso remite al SAPNNA. (Servicios de Atención de Protección de Niños, Niñas y Adolescente). Para minimizar dicha problemática han invitado a la ONA, con el fin de dictar Cine, foros sobre el tema acoso escolar, también efectuados como método de prevención, los trabajos artesanales, Eventos Deportivos, Encuentro de Ajedrez, Olimpiadas de Matemáticas, esto mejora la conducta del alumnos en su formación o desarrollo como tal; Estos programas y eventos los han utilizado como estrategia para prevenir el conflicto entre alumnos. Han disminuido los conflictos entre alumnos en el comedor, debido que se han organizado con los profesores en una manera interrelacionada, que cuando van los alumnos, van a almorzar los profesores se ofrecieron a ir con ellos para evitar cualquier índole de problemas, han utilizado este medio como estrategia y ha dado resultado. Dar una respuesta que permita crear conciencia ciudadana entre las relaciones interpersonales de los alumnos, se propone un plan de acción con el fin de minimizar este fenómeno social proponiendo la creación de un Comité de Convivencia Escolar con el objeto del respeto, tolerancia y disciplina entre los alumnos. Este comité que sea conformado y organizado por los profesores, alumnos y padres representantes, en donde cada uno de ellos elijan un vocero, Un (01) Vocero Principal y suplente de la comunidad estudiantil y en
  • 44. 44 conjunto con la Coordinación de La Comunidad Estudiantil, Un (01) Vocero Principal que represente a los profesores y un (01) Vocero Principal de la Comunidad de Padres y Representantes. Con atribución de denunciar las situaciones que se presenten en la unidad educativa al Órgano Rector, Aplicación de Amonestaciones a los agresores, Trabajo comunitario dentro de la instalación de la Unidad Educativa José María Vargas, Formación de Trabajos Artesanales y Programas de formación ciudadana que permitan refundar los valores en los alumnos, Talleres Educativos sobre el acoso escolar y de formación ciudadana, Charlas sobre la Responsabilidad Penal e imponer al agresor que de testimonios sobre su cambio de conducta y de aptitudes y que reciban clases especiales de formación disciplinaria evaluados por orientadores sicológicos y representantes del órgano rector. Atribuciones del Vocero Principal Estudiantil: Podrá Coordinar Programas educativos sobre acoso escolar para ser discutidas con alumnos, representantes y profesores, El Coordinador Estudiantil de la Unidad Educativa José María Vargas, debe supervisar y evaluar los programas y evaluarlos para su ejecución en los alumnos para determinar su nivel de aprendizaje sobre el fenómeno social que afecta a la unidad educativa, Llevar un Registro sobre los abusos que se cause entre compañero y será llevado a mano de coordinación estudiantil para formular la denuncia respectiva o ejecutar los programas de orientación. Atribuciones Vocero Principal Coordinación Estudiantil: Notificar a la autoridades respectiva (LOPNNA) para que se ejecute el procedimiento administrativo, civil o penal según sea el caso, Podrá imponer clases especiales de convivencia con el alumno y con los representantes, Ejecutar los programas deportivos y sociales que requiera la unidad educativa José María Vargas de acuerdo a las necesidades que presente las instalaciones. Atribuciones del Vocero Principal de Padres Representantes: Asistir a los Programa Educativos y asistir a clase especiales por los orientadores cuando
  • 45. 45 son sus hijos para restituir la falta u omisión que causo el agresor, Llevar un seguimiento de casos de acosos y solicitar ante la unidad educativa y órgano rector las sanciones respectiva que diera a lugar. Las Autoridades Civiles en el Caso la LOPNNA aplican Campañas anti Acosos, Charlas, Programas Educativo, Orientaciones sobre el acoso escolar. También aplican Amonestaciones (Castigo Verbal, Asentado por Escrito). Imposiciones Regla de Conducta (Regula el modo de vida del adolescente y su formación conductual). Servicios a la Comunidad (Tareas de Interés General que se realizara de forma gratuita). Libertad Asistidas (Sometido a Supervisión. Asistencia, Orientación de un profesional) Semi- Libertad (Incorporación a un Centro Especializado durante su tiempo libre), Privación de Libertad (Internación a un Centro donde solo un juez puede darle orden de salida), cuando la falta del acoso es muy grave o cause un delito. 2.3.5. Filosóficas: El Bullying o acoso escolar puede ser explicado y analizado mediante la corriente filosófica denominada “Empirismo”, la cual propone que el origen del conocimiento es la experiencia y en particular de la experiencia sensible. Esta es la Teoría sustentada por Jhon Lockr. Esta concepción niega ideas innatas, nada es producto de la mente, sino de aquellas acciones que efectivamente ejecutamos. Si, el niño o adolescente que es violento es porque ha experimentado esa violencia de una u otra forma, ya sea porque alguien lo golpeo, o por la violencia a la que se ve expuesto con el gran aumento de los medios de comunicación masiva. Al golpear a otro lo único que este niño está haciendo es reproducir un patrón de conducta adquirido.
  • 46. 46 2.3.6 Teorías 2.3.6.1 Teorías Conductista Burrhus Frederick Skinner (1904-1990) fue un importante psicólogo, inventor y escritor estadounidense reconocido en todo el mundo por aportar rigor científico a la psicología. En 1938 escribió su primer estudio llamado "La conducta de los organismos: un análisis experimental[1] " y fue plasmando sobre papel todo aquello que estudió hasta que, en 1974, resumió su trabajo en una famosa obra llamada "Sobre el Conductismo[2]" Este párrafo se hace referencia en Pagina Web On Line; (www.psicologia-online.com/la-teoria- de-b-f-skinner-conductismo-y-condicionamiento-operante-4155.html). En este libro, Skinner explica los fundamentos del análisis de la conducta y cómo sus experimentos con animales pueden extrapolarse a la terapia psicológica en humanos. El autor nos explica cómo se puede entender la psicología desde un punto de vista operante y cómo afecta nuestro comportamiento a nuestros pensamientos. Este párrafo se hace referencia en Pagina Web On Line; (www.psicologia-online.com/la-teoria- de-b-f-skinner-conductismo-y-condicionamiento-operante-4155.html). El conductismo es una rama de la psicología que, como su propio nombre indica, se basa en la observación de la conducta y el análisis de la misma. El conductismo surgió como contraposición al psicoanálisis y tenía como objetivo proporcionar una base científica, demostrable y medible a la psicología. Pioneros como Watson o Pavlov empezaron a realizar experimentos con varios animales que sentaron las bases del conductismo y el condicionamiento. Este párrafo se hace referencia en Pagina Web On Line; (www.psicologia- online.com/la-teoria-de-b-f-skinner-conductismo-y-condicionamiento- operante-4155.html).
  • 47. 47 2.3.6.2 Teorías Intervención Social La intervención social es un encuadre de los cambios sociales que ha tenido la humanidad, e implica analizar relatos recortados de la misma que poseen una faz material y una simbólica que se constituyen de manera histórico social, como forma de expresión de diferentes actores sociales. Este párrafo se hace referencia en Pagina Web On Line; (www. /es.wikipedia.org/wiki/Intervención_social). Carballeda nos dice que la intervención es “un proceso complejo que la sociedad construye con sus creencias y costumbres y cambia al paso del tiempo” y que “se lleva a cabo despaciosa y calladamente a través de descripciones, informes, observaciones y la relación que establece el interventor con el medio". Este párrafo se hace referencia en Pagina Web On Line; (www. /es.wikipedia.org/wiki/Intervención_social). 2.3.6.2.1 Característica Según Fantova, la intervención social es un tipo de actividad que reúne las siguientes características: 1. Se realiza de manera formal u organizada. 2. Pretende responder a necesidades sociales (relacionadas con derechos sociales). 3. Tiene como propósito primario proteger y promover la interacción humana (es decir, el acoplamiento dinámico entre autonomía funcional e integración relacional). 4. Aspira a una legitimación pública o comunitaria. Realizar este tipo de intervención es difícil para los especialistas en diferentes áreas ya que no podemos ver la situación desde afuera porque
  • 48. 48 cada persona está y forma parte de un grupo, una comunidad, un ente social con el cual nos identificamos y estamos en constante movimiento con el medio que nos rodea. Pero una intervención adecuada no es imposible y la historia del mundo lo ha vivido a través de las constantes revoluciones que se ha tenido en el mundo por tratar de mejorar lo ya establecido por romper las barreras que nos oprimen y sobresalir como seres humanos independientes pero que forman parte de una sociedad. Este párrafo se hace referencia en Pagina Web On Line; (www. /es.wikipedia.org/wiki/Intervención_social). 2.3.6.2.2 Intervención en Trabajo Social Para el Trabajo Social, la intervención social es la acción organizada y desarrollada por los trabajadores sociales con las personas, grupos y comunidades, orientada a superar los obstáculos que impiden avanzar en el desarrollo humano y en la mejora de la calidad de vida de las personas Este párrafo se hace referencia en Pagina Web On Line; (www. /es.wikipedia.org/wiki/Intervención_social). No es un acto arbitrario de invasión o intromisión, y tampoco obedece solo a los criterios que el trabajador social considera valiosos. Por el contrario, lo que busca es acompañar, ayudar y capacitar a las personas en sus procesos vitales para ser responsables, libres de elegir y ejercer la participación, así como facilitar los cambios de aquellas situaciones que supongan un obstáculo para el desarrollo humano y la justicia social.3 Este párrafo se hace referencia en Pagina Web On Line; (www. /es.wikipedia.org/wiki/Intervención_social). 2.3.2. Jurídicas: Sanciones a la violencia juvenil.
  • 49. 49 Responsabilidad Penal del Adolescente Se asume que la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) solo existe para proteger, y muchas veces sobreproteger, a los infantes y adolescentes. Este párrafo se Cita en referencia de Barbará Puglisi (2012). La Escuela como escenario en los que se producen y reproducen violencia contra niños, niñas y adolescente. Caracas Esta creencia no es del todo cierta. La LOPNNA contiene un título referido al Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, lo cual es importante a sabiendas de que ellos son sujetos activos y pasivos de relaciones de violencia dentro y fuera del ámbito escolar. Este párrafo se Cita en referencia de Barbará Puglisi (2012). La Escuela como escenario en los que se producen y reproducen violencia contra niños, niñas y adolescente. Caracas La LOPNNA define este sistema como el “Conjunto de órganos y entidades que se encargan del establecimiento de la responsabilidad del adolescente por los hechos punibles en los cuales incurran, así como de la aplicación y control de las sanciones correspondientes”. Este párrafo se Cita en referencia Puglisi (ob, cit). La Escuela como escenario en los que se producen y reproducen violencia contra niños, niñas y adolescente. Caracas Estas normas son aplicables a toda persona con edad comprendida entre 12 y menos de 18 años al momento de cometer el hecho punible. Este párrafo se Cita en referencia (ob, cit, 2012). La Escuela como escenario en los que se producen y reproducen violencia contra niños, niñas y adolescente. Caracas Las sanciones que se le aplican a los adolescentes que comentan hechos punibles son: Amonestación, imposición reglas de conducta, servicios a la comunidad, libertad asistida, semilibertad y privación de libertad. Este párrafo se Cita en Puglisi (ob, cit, 2012). La Escuela como
  • 50. 50 escenario en los que se producen y reproducen violencia contra niños, niñas y adolescente. Caracas Pero no solo los adolescentes pueden ser responsables de sus actos violentos, también los niños, para quienes sólo se podrá aplicar una medida de protección en virtud de que no son responsables penalmente. Si el niño es encontrado en flagrancia, se pondrá a la orden del Consejo de Protección quien se encargará de todo lo conducente al respecto. Este párrafo se Cita Puglisi (ob,cit, 2012). La Escuela como escenario en los que se producen y reproducen violencia contra niños, niñas y adolescente. Caracas Magdelia Andrian (Entrevista efectuada en fecha 24 de mayo de 2.017), representante de la LOPNNA, sede ubicada en la Parroquia de Catia La Mar, del Municipio Vargas del Estado Vargas, Sector Barrio La Angustia, Estadio Cesar Nieve, ocupando el cargo de Orientadora, expone que se han presentado situaciones anormales en el Liceo José María Vargas, donde se le han encontrado Presuntos Objeto armado (Chopo), y pequeña porciones de sustanciación no identificadas a alumnos, donde intervienen como órgano rector con el fin de regular la situación aplicando el ordenamiento jurídico vigente, dependiendo de la situación se procede el procedimiento bien sea de mediación, o conciliación. Hay que reeducar al alumno para que sea incorporado nuevamente a la sociedad. La Educación y no Violencia está amparado por los siguientes documentos legales: a.- La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela b.- Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescente c.- Ley Para la Protección a la Familia Paternidad y Maternidad d.- Ley Orgánica de Educación
  • 51. 51 Fuente de Tipo Legal (Art. 21 CRBV) Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia: No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona. La Ley garantizara las condiciones jurídicas, y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptara medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerable; proteger especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentre en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionara los abusos o maltratos que contra se cometan. Solo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana; salvo las formulas diplomáticas. No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias. Fuente de Tipo Legal (Art, 78 CRBV). Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y desarrollarán los contenidos de esta Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República. El Estado, las familias y la sociedad asegurarán, con prioridad absoluta, protección integral, para lo cual se tomará en cuenta su interés superior en las decisiones y acciones que les conciernan. El Estado promoverá su incorporación progresiva a la ciudadanía activa, y creará un sistema rector nacional para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes.
  • 52. 52 Fuente de Tipo Legal (Art. 79. CRBC) Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en particular, para la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley. Fuente de Tipo Legal (Art. 1 LOPNNA) Objeto: Esta ley tiene por objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que el Estado, la sociedad y a familia deben brindarles desde el momento de su concepción. Fuente de Tipo Legal (Art. 2 LOPNNA). Definición de niño, niña y adolescente: Se entiende por niño o niña toda persona con menos de doce años de edad. Se entiende por adolescente toda persona con doce años o más y menos de dieciocho años de edad. Si existieren dudas acerca de sí una persona es niño o adolescente, niña o adolescente, se le presumirá niño o niña, hasta prueba en contrario. Si existieren dudas acerca de sí una persona es adolescente o mayor de dieciocho años, se le presumirá adolescente, hasta prueba en contrario. Fuente de Tipo Legal (Art. 3 LOPNNA) Principios de Igualdad y no- discriminación: Las disposiciones de esta Ley se aplican por igual a todos los niños, niñas y adolescentes, sin discriminación alguna fundada en motivos de raza, color, sexo, edad, idioma, pensamiento, conciencia, religión, creencias, cultura, opinión política o de otra índole, posición económica, origen social, étnico o nacional, discapacidad, enfermedad, nacimiento o cualquier otra
  • 53. 53 condición de los niños, niñas o adolescentes, de su padre, madre, representante o responsable, o de sus familiares. Fuente de Tipo Legal (Art. 4-A LOPNNA) Principios de Corresponsabilidad: El Estado, las familias y la sociedad son corresponsables en la defensa y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, por lo que asegurarán con prioridad absoluta, su protección integral, para lo cual tomarán en cuenta su interés superior, en las decisiones y acciones que les conciernan. Fuente de Tipo Legal (Art. 8. LOPNNA) Interés Suprior de Niños, Niñas y Adolescente: El Interés Superior del Niños, Niñas y Adolescentes es un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños, niñas y adolescentes. Este principio está dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías. Parágrafo Primero. Para determinar el interés superior de niños, niñas y Adolescentes en una situación concreta se debe apreciar: a) La opinión de los niños, niñas y adolescentes b) La necesidad de equilibrio entre los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes y sus deberes. c) La necesidad de equilibrio entre las exigencias del bien común y los derechos y garantías del niño, niña o adolescente. d) La necesidad de equilibrio entre los derechos de las personas y los Derechos y garantías del niño, niña o adolescente. e) La condición específica de los niños, niñas y adolescentes como personas en desarrollo. Parágrafo Segundo. En aplicación del Interés Superior de Niños, Niñas y Adolescentes, cuando exista conflicto entre los derechos e
  • 54. 54 intereses de los niños, niñas y adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros. Fuente de Tipo Legal (Art. 32 LOPNNA).Derecho a la Integridad personal: Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y moral. Parágrafo Primero. Los niños, niñas y adolescentes no pueden ser sometidos a torturas, ni a otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Parágrafo Segundo. El Estado, las familias y la sociedad deben proteger a todos los niños, niñas y adolescentes contra cualquier forma de explotación, maltrato, torturas, abusos o negligencias que afecten su integridad personal. El Estado debe garantizar programas gratuitos de asistencia y atención integral a los niños, niñas y adolescentes que hayan sufrido lesiones a su integridad personal. Fuente de Tipo Legal (Art. 32-A. LOPNNA), Derecho Al Buen Trato: Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho al buen trato. Este derecho comprende una crianza y educación no violenta, basada en el amor, el afecto, la comprensión mutua, el respeto recíproco y la solidaridad. El padre, la madre, representantes, responsables, tutores, tutoras, familiares, educadores y educadoras deberán emplear métodos no violentos en la crianza, formación, educación y corrección de los niños, niñas y adolescentes. En consecuencia, se prohíbe cualquier tipo de castigo físico o humillante. El Estado, con la activa participación de la sociedad, debe garantizar políticas, programas y medidas de protección dirigidas a la abolición de toda forma de castigo físico o humillante de los niños, niñas y adolescentes. Se entiende por castigo físico el uso de la fuerza, en ejercicio de las potestades de crianza o educación, con la intención de causar algún grado
  • 55. 55 de dolor o incomodidad corporal con el fin de corregir, controlar o cambiar el comportamiento de los niños, niñas y adolescentes, siempre que no constituyan un hecho punible. Fuente de Tipo Legal (Art. 56 LOPNNA), Derecho a ser respetados y respetadas por los educadores y educadoras: Todos Los niños, niñas, y adolescente tienen derecho a ser respetados y respetadas por sus educadores y educadoras, así como recibir una educación, basada en el amor, al afecto, la compresión mutua, la identidad nacional, el resto reciproco a ideas y creencias, y la solidaridad. En consecuencia, se prohíbe cualquier tipo de castigo físico o humillante. Fuente de Tipo Legal (Art. 65 LOPNNA), Derecho al honor, reputación, propia imagen, de vida privada e intimidar familiar: Todos Los Niños, niñas y adolescentes tiene derecho al honor, reputación y propia imagen. Así Mismo tienen derecho a la vida e intimidad de la vida familiar. Estos derechos no pueden ser objetos de injerencias arbitrarias o ilegales. Parágrafo Primero: Se prohíbe exponer o divulgar, a través de cualquier medio, las imágenes de los niños, niñas y adolescentes contra su voluntad o la de su padre, madre, representantes o responsable. Asimismo, se prohíbe exponer o divulgar datos, imágenes o información, a través de cualquier medio, que lesiones el honor o la reputación de los niños, niñas y adolescente o que constituyan injerencia arbitraria o ilegal en su vida o intimidad familiar. Parágrafo Segundo: está prohibido exponer o divulgar, por cualquier medios, datos, información o imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente, a los niños, niñas y adolescente que hayan sido sujetos activos o pasivos de hechos punibles, salvo autorización judicial en razones de seguridad u orden público.
  • 56. 56 Fuente de Tipo Legal (Art, 253 LOPNNA). Tortura: El funcionario público o funcionaria pública que por sí o por otro ejecute contra algún niño, niña o adolescente actos que produzcan graves sufrimientos o dolor, con el propósito de obtener información de la víctima o de un tercero, será penado o penada con prisión de uno a cinco años. Parágrafo Primero. En la misma pena incurre quien no siendo funcionario público o funcionaria pública, ejecute la tortura por éste determinada. Parágrafo Segundo. Si resulta una lesión grave o gravísima, la pena será de prisión de dos a ocho años. Parágrafo Tercero. Si resulta la muerte, la pena será de prisión de quince a treinta años. Fuente de Tipo Legal (Art. 254. LOPNNA) Trato cruel o maltrato: Quien someta a un niño, niña o adolescente bajo su autoridad, Responsabilidad de Crianza o vigilancia a trato cruel o maltrato, mediante vejación física o síquica, será penado o penada con prisión de uno a tres años, siempre que no constituya un hecho punible será sancionado o sancionada con una pena mayor. El trato cruel o maltrato puede ser físico o psicológico. Ley Para la Protección a la Familia Paternidad y Maternidad Fuente de Tipo Legal (Art. 32. Ley Para la Protección a la Familia Paternidad y Maternidad). El Estado, en sus diversos niveles de gobierno, promoverá y ejecutará programas, proyectos y acciones dirigidos a proteger a las familias de factores generadores de conflictos y violencia intrafamiliar que afecten la convivencia pacífica, solidaria y respetuosa de sus integrantes. Fuente de Tipo Legal (Art. 33. Ley Para la Protección a la Familia Paternidad y Maternidad). Los funcionarios y funcionarias deberán estar
  • 57. 57 especialmente formados, instruidos y capacitados en el conocimiento, manejo, y control de factores de riesgo, y situaciones de conflictos intrafamiliar, a los fines de que en su relación con el escenario familiar, se respete la dignidad de las personas, se garanticen sus derechos humanos y se cumplan estrictamente las formalidades esenciales del procedimiento previsto en la Constitución y la ley Fuente de Tipo Legal (Art. 34 Ley Para la Protección a la Familia Paternidad y Maternidad). Los consejos comunales promoverán actividades de educación, información y sensibilización dirigidas a generar conciencia en las comunidades acerca de la importancia de la paz y la convivencia en el seno familiar, así como la prevención de todo factor, riesgo o amenaza de situaciones de conflictos intrafamiliares para el bienestar de las familias y la propia comunidad. Fuente de Tipo Legal (Art. 35 Ley Para la Protección a la Familia Paternidad y Maternidad). Los ministerios del poder popular con competencia en materia de educación superior y de cultura deberán incorporar en los planes y programas de estudio, en todos sus niveles y modalidades, contenidos dirigidos a promover en las y los estudiantes los valores de igualdad, solidaridad, respeto, tolerancia, autoestima, compresión, solución pacífica y dialogada de los conflictos y la preparación para una vida familiar con derechos y obligaciones domésticas y responsabilidades sobre las personas bajo su cuidado y, en general, la igualdad entre los hombres y mujeres. Fuente de Tipo Legal (Art. 36 Ley Para la Protección a la Familia Paternidad y Maternidad). El ministerio del poder popular con competencia en materia comunicacional, conjuntamente con los medios de comunicación públicos, privados y comunitarios, deberán diseñar y ejecutar campañas de
  • 58. 58 información destinadas a prevenir los factores generadores de conflictos y violencia intrafamiliar. Ley Orgánica de Educación Fuente de Tipo Legal (Art. 1 de la Ley Orgánica de Educación), “Establece La Educación tiene como prioridad fundamental el pleno desarrollo de la personalidad y el logro de un hombre, sano crítico y apto para convivir en una sociedad democrática, justa, libre, basada en la familia como célula fundamental capaz de participar activa, consciente y solidariamente en los procesos de transformación social; consustanciado con los valores de la nacional y la compresión, la tolerancia, la convivencia y los actitudes que favorezcan el fortalecimiento de la paz entre las naciones y los vínculos de integración y solidaridad latinoamericana”. Fuente de Tipo Legal (Art. 11 de la Ley Orgánica de Educación), establece se prohíbe la publicación y divulgación de impresos u otras formas de comunicación social que produzcan terror en los niños, inciten al odio, a la agresividad, la indisciplina, deformen el lenguaje, y atenten contra los sanos valores del pueblo venezolano, la moral, y las buenas costumbre. Así mismo la ley y los reglamentos regularan la propaganda en la defensa de la salud mental y física de la población. Peña N Abogada Consejera de Niños, Niñas y Adolescente de la LOPNNA, (Entrevista efectuada el 26 de mayo de 2.017), estableció en los casos de acoso escolar dan orientación, programas y medidas de protección al adolescente, y explico textualmente e interpretativa lo siguiente cuando la amenaza o violación de sus derechos, puede provenir de la acción u omisión de la sociedad, los particulares, el padre, la madre, representantes, responsables o de la propia conducta del adolescente; reza en Fuente de Tipo Legal (Art. 125 de la LOPNNA), que se buscar restituir sus derechos.
  • 59. 59 Fuente de tipo Legal (Art. 124 de la LOPNNA) Tipos, Con el Objeto de desarrollar políticas y permitir la ejecución de las medidas se establecen, con carácter indicativo, a los siguientes programas: b) De apoyo u orientación: para estimular la integración del niño, niña y adolescente en el seno de su familia y de la sociedad, así como guiar el desarrollo armónico de las relaciones entre los miembros de la familia. Sobre este mal que asecha a los alumnos cuando se presente este tipo de situación. Fuente de Tipo Legal (Art. 126 de la LOPNNA). Tipos de Medidas de Protección. Una Vez comprobada la amenaza que se refiere el artículo anterior la autoridad competente puede aplicar las siguientes medidas de protección: Ordinal y separación de la persona que maltrate a un niño, niña o adolescente de su entorno. Fuente de Tipo Legal (Art. 202 de la LOPNNA), Tipo de servicios Las Defensoría de los niños, niñas y adolescentes pueden prestar a estos y a sus familias, entre otros, los siguientes servicios; a) Orientación y apoyo interdisciplinario y en el ordinal c) Orientación en los casos que ameriten la atención de otros programas y servicios. Explico que en los casos de lesiones menores o según el daño que se presente en la unidad educativa pasa a la Fiscalía Séptima cuando son menores de 14 años y cuando son mayores de 14 años es remitido los casos a la Fiscalía Octava 2.3.3. Conceptuales: Acoso Escolar: La Real Academia Española da como definición de acoso “acción y efecto de acosar”. Ya este como “perseguir, sin darle tregua ni reposo, a un animal o una persona”, “apremiar de forma insistente con molestias o requerimiento”.
  • 60. 60 En cuanto al escolar, lo define, entre otras acepciones, como pertenecientes o relativo al estudiante o a la escuela; alumnos que asisten a la escuela para recibir la enseñanza obligatoria. Se puede decir, entonces, que es un maltrato psicológico, verbal o físico que se produce entre escolares de forma reiterada a lo largo de un determinado tiempo. Se considera que la violencia que prevalece en este caso es la emocional y se da mayoritariamente en el aula y patio de los centro educativos. Es por tanto una violencia escolar. Una especie de tortura metódica y sistemática, que puede darse a nivel físico como patadas, peleas, zancadillas, tirones de pelo, entre otros. También puede darse a nivel sicológicos como insultos, burlas, motes en lo verbal. Y en lo no verbal, con gestos groseros, desprecio, ignorancia, asilar a la víctima, enviar notas ofensivas. Este párrafo se cita en Pagina Web On Line (www.diccionarioactual.com/acoso-escolar/) Agresión: Es Cualquier forma de conducta dirigida a dañar o injuriar a otro ser vivo que está motivado a evitar tal trato. Se incluyen conductas que teniendo la intención de provocar un daño fracasan en lograr este objetivo y se excluyan aquellas que provocan daños sin tener intención. La Intención es el elemento central de la definición. Conceptos por lo que se suele confundir este concepto:  Termino antisocial: todos aquellos comportamientos que violan las normas sociales sobre lo que se considera una conducta a propiedad (DelWall y Anderson, 2011).  El termino violencia: Es más concreto, y se puede referir a las normas más graves de agresión física o no física que buscan controlar, castigar o incluso destruir a otras personas.
  • 61. 61  El Término maldad: Se trata de un fenómeno que está atrayendo la atención de un número cada vez mayor de investigadores dentro de la Sicología. Sus elementos son de carácter cruel y dañino. Siempre implica agresión, pero no toda agresión debe considerase maldad. Pagina Web On Line (Wpsikipedia.com/libro/psicología-social) Amedrentar: Viva aterrorizado por ir a la escuela y que se muestre nervioso, triste y solitario en su vida cotidiana. El Verbo amedrentar hace referencia a provocar temor. La Noción suele utilizar como sinónimo de amenazar o de presionar. Por Ejemplo “No me voy a dejar amedrentar por los poderosos que no quieren que este país ofrezcan oportunidades para todos, este párrafo se cita en Pagina Web On Line (www.quesignificaxd.blogspot.com) Derechos Humanos: Los Derechos Humanos se basan en el principio de respeto por el individuo. Su suposición fundamental es que cada persona es un ser moral y racional que merece que lo traten con dignidad. Se llaman derechos humanos porque son universales. Mientras que naciones y grupos especializados disfrutan de derechos específicos que aplican solo a ellos, los derechos humanos son los derechos que cada persona posee (sin importar quién es o donde vive) simplemente porque este vivo; este párrafo se cita en Referencia Electrónica, Pagina Web On Line (www.humanrights.com) La Intimidación: La Intimidación o acoso escolar (llamado bullying en inglés) es un comportamiento no deseado, agresivo entre los niños en edad escolar que implica un desequilibrio de poder real o percibido. El Comportamiento se repite, o tiene el potencial de ser repetido, con el tiempo.
  • 62. 62 Tanto los niños que son intimidados y como los que intimidan a otros pueden tener problemas graves y duraderos. Con el fin de ser considerados acoso escolar, el comportamiento debe ser agresivo y debe incluir:  Un desequilibrio de poder. Los niños que intimidan utilizan su poder, como fuerza física, el acceso a la información embarazosa o popularidad, para controlar o dañar a los demás.  Los desequilibrios de poder pueden cambiar con el tiempo y en diferentes situaciones, aunque respondan a las mismas personas. Página Web On Line (www.geosalud.com) Plan Es un término de carácter global, expresa las líneas políticas fundamentales, las prioridades, la asignación de recursos acorde a esas prioridades, las estrategias de acción. Pretende trazar el curso deseable y probable de desarrollo en el campo establecido………………………….. - Fija objetivos y metas generales, Identifica los medios que se deben emplear para lograr esos objetivos, Generalmente es de largo plazo. Se cita en la Pagina On Line (fundamentos-trabajo-social.blogspot.com) Plan de Acción Un plan de acción es una presentación resumida de las tareas que deben realizarse por ciertas personas naturales o jurídicas, en un plazo de tiempo específicos, utilizando un monto de recursos asignados con el fin de lograr un objetivo dado El plan de acción es un espacio para discutir qué, cómo, cuándo y con quien se realizaran las acciones. Se cita en la Página web (www.minsalud.gov.com) Orientación El concepto de orientación está vinculado al verbo orientar. Esta acción hace referencia a situar una cosa en una cierta posición, a comunicar a
  • 63. 63 una persona aquello que no sabe y que pretende conocer, o a guiar a un sujeto hacia un sitio. Se Cita en la Página web On Line (WWW /definición) Orientación Educativa La orientación educativa es un conjunto de actividades destinadas a los alumnos, los padres y los profesores, con el objetivo de contribuir al desarrollo de sus tareas dentro del ámbito específico de los centros escolares. Se cita en la Página Web On Line https:(definicion.de/orientacion- educativa/) Orientación Jurídica Consiste en la Administración de la Justicia; CRBV Artículo 26 Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente. El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles. Se Cita en la Página Web On Line (http://leyes.tuabogado.com/constitucion/) Acoso Escolar El Acoso es el maltrato físico y/o sicológico deliberado y continuado que recibe un niño o individuo por parte de otro u otros, que soportan con el cruelmente con el objetivo de someterlo y asustarlo, con vistas a obtener algún resultado favorable para los acosadores simplemente a satisfacer la necesidad de agredir y destruir que estos suelen presentar. Implica una repetición continuada de las burlas o las agresiones y puede provocar la