Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
LEY 1620 2013 RUTA DE CONVIVENCIA ESCOLAR.pptx
1. TUTOR
JORGE RAMOS NEGRETE
PSICOLOGO.
ESP. GERENCIA DEL TALENTO HUMANO
ESP. GERENCIA EDUCATIVA
MAG. CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN
TP. 115538
Ley 1620 de 2013 protocolos de atención a
situaciones que afectan la convivencia escolar y el
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos de los niños, niñas y adolescentes
2. • Promover el uso y apropiación de los protocolos para atender
situaciones que afectan los derechos humanos, sexuales y
reproductivos de los niños, niñas y adolescentes y la
convivencia escolar.
Objetivos
LEY 1620 2013
3. SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
Creado por la Ley 1620 de 2013 y reglamentado por el Decreto 1965 de 2013
Nacional
Territorial
Local
Comités municipales, distritales y
departamentales de convivencia escolar
Comité Escolar de Convivencia del
establecimiento educativo
Comité Nacional de
Convivencia Escolar
5. PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
Documento que establece las
actividades, pautas y orientaciones que
se realizan en el establecimiento
educativo para atender las situaciones
que afectan la convivencia escolar y el
ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos de los niños,
niñas y adolescentes.
PROTOCOLOS DE
ATENCIÓN
Definición
6. Situaciones a atender
Objeto
Fortalecimiento de la
formación ciudadana
y convivencia escolar
Ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y
reproductivos de los
estudiantes
Prevención y
mitigación de la
violencia escolar
Prevención del
embarazo en la
adolescencia
Ley 1620 de 2013. Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y
Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la
Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.
Se enmarca en las situaciones que afectan
la convivencia escolar y el ejercicio de los
derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
Se enmarca en el Código Penal
Delitos contra la libertad, integridad y
formación sexual y otros delitos
establecidos en la ley.
Situaciones contempladas en los protocolos
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
[ Articulación Interinstitucional ]
7. Tipo III
Tipo II
Tipo I
Corresponden a este tipo las situaciones de agresión
escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso
(ciberbullying), que no revistan las características de
la comisión de un delito y que cumplan con
cualquiera de las siguientes características:
a) Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar
incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados
Situaciones a atender
Corresponden a este tipo las situaciones de agresión
escolar que sean constitutivas de presuntos delitos
contra la libertad, integridad y formación sexual,
referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de
2000, o cuando constituyen cualquier otro delito
establecido en la Ley penal colombiana vigente
Corresponden a este tipo los conflictos manejados
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas
que inciden negativamente en el clima escolar, y que
en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
Comité Distrital de Convivencia Escolar
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
8. Situaciones a atender
Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y
aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima
escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
Los conflictos son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o
percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.
Los conflictos manejados inadecuadamente son situaciones en las que los conflictos no
son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia
escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la
comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no
exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.
9. Procedimiento mínimo a desarrollar
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
1) Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera
pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de
los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro
de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.
2) Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a
buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la
reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo
involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará
constancia.
3) Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución
fue efectiva o si se requiere acudir al procedimiento establecido para las situaciones
tipo II y III.
10. Que __ son situaciones Tipo I
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
Portar incorrectamente el uniforme correspondiente sin previa autorización de los
directivos
Ausentarse o abstenerse de participar en todas las actividades académicas e
institucionales programadas
Incumplir el horario establecido para asistir al establecimiento educativo, a las clases y
demás actividades institucionales programadas.
No portar los materiales requeridos para el buen desarrollo de las actividades
académicas.
Hacer uso inadecuado de los materiales, la aulas y otros espacios institucionales
No contribuir al aseo de la planta física y su entorno
Desacato a la autoridad, responder con altanería
El irrespeto a las insignias patrias y valores religiosos
Las ventas de productos en la Institución sin autorización
11. Situaciones a atender
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
La agresión escolar es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa
que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo
menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y
electrónica.
El acoso escolar (bullying), es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de
agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado,
amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por
medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus
pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o
a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra
estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su
entorno.
Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar
(bullying) y ciberacoso (ciberbullying), que no revistan las características de
la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes
características:
a) Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para
cualquiera de los involucrados
12. Procedimiento mínimo a desarrollar
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
1) En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física
y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes,
actuación de la cual se dejará constancia.
2) Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a
las autoridades adminisitrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la
cual se dejará constancia
3) Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles
acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.
4) Informar de manera inmediata a los padres. madres o acudientes de todos los
estudiantes involucrados. actuación de la cual se dejará constancia.
5) Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres. madres o acudientes
de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando. en
cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.
13. Procedimiento mínimo a desarrollar
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
6) Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños
causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un
clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las
consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la
situación reportada.
7) El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes
de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité
realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva.
8) El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de
las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e
intervinientes.
9) El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al
aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información
Unificado de Convivencia Escolar
14. Que ___ son situaciones Tipo II
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
Falsificar documentos propios de las actividades escolares (excusas, evaluaciones, etc.)
Salirse de clases sin permiso
Retirarse de las instalaciones del colegio sin autorización
Suplantar personas, acudientes o nombres de compañeros
Consumo de cigarrillos, alcohol, fármacos dentro del colegio, lo mimos que si lo hace
alrededor del colegio con uniforme
Situaciones tipo I que se vuelvan repetitivas
Suministrar información incorrecta a docentes y directivos con la cual se entorpezca
procesos académicos y pedagógicos
Atentar contra el patrimonio cultural y ecológico de la institución
Organizar o participar en juegos de azar y organizar apuestas en torno a actividades
deportivas u otro tipo de eventos, dentro del colegio.
15. Situaciones a atender
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
Tipo III
Corresponden a este tipo las situaciones de
agresión escolar que sean constitutivas de
presuntos delitos contra la libertad, integridad
y formación sexual, referidos en el Título IV del
Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando
constituyen cualquier otro delito establecido
en la Ley penal colombiana vigente
16. Procedimiento mínimo a desarrollar
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
1) En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en salud física
y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes,
actuación de la cual se dejará constancia.
2) Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los
estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
3) El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio
más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de
la cual se dejará constancia.
4) No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité
escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la
citación se dejará constancia.
5) El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el
comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de
aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y
confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la
autoridad competente.
17. Procedimiento mínimo a desarrollar
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
6) Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades
competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las
medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del
ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las
personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación
de la cual se dejará constancia.
7) El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al
aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información
Unificado de Convivencia Escolar.
8) Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del
comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del
comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza
jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.
18. Que ___ son situaciones Tipo III
PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
La hechicería, la brujería, el espiritismo y en general toda clase de ritos que atenten
contra la integridad humana.
Reincidencia en situaciones tipo II por tercera vez
Cualquier tipo de delito consignado en el código de infancia y adolescencia y el código
penal Colombiano .
De acuerdo a la Guía 49 del Ministerio de Educación Nacional en los Manuales de
Convivencia se deben definir los derechos y obligaciones de todas las personas de la
comunidad educativa en aras de convivir de manera pacífica y armónica.
Entre sus principales objetivos esta “Establecer normas paras las funciones, deberes,
comportamientos y actitudes pactados por la comunidad educativa entre sí y con el
entorno escolar, de manera tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las
personas que la conforman”
Nota de interés: